Decreto 1/2011, de 28 de marzo, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan elecciones a las Cortes de Castilla y León
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
El artículo 27.1.a) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del mismo, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León convocar Elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Asimismo, dispone el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, modificada por la Ley 4/1991, de 18 de marzo, y por la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, de acuerdo con la facultad atribuida por el artículo 27.1.a) del Estatuto de Autonomía y el artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León, dispongo:
Artículo 1.
Se convocan Elecciones a las Cortes de Castilla y León que se celebrarán el domingo 22 de mayo de 2011.
Artículo 2.
En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley Electoral de esta Comunidad, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y cuatro Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:
| Circunscripción electoral | Procuradores/as |
| Ávila | Siete. |
| Burgos | Once. |
| León | Catorce. |
| Palencia | Siete. |
| Salamanca | Once. |
| Segovia | Siete. |
| Soria | Cinco. |
| Valladolid | Quince. |
| Zamora | Siete. |
Artículo 3.
La Campaña Electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes 6 de mayo y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 20 de mayo.
Artículo 4.
La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 14 de junio de 2011 a las 12,00 horas.
Disposición final.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 28 de marzo de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.
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