Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio del Interior

Rango Orden
Publicación 2011-05-13
Última actualización 2018-01-03
Estado Vigente
Departamento Ministerio del Interior
Fuente BOE
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Datos de circunstancias sociales.

Datos de información comercial.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones de bienes y servicios.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A las Autoridades Judiciales y Ministerio Fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre; a otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Instituciones Penitenciarias y organismos nacionales de coordinación o con competencias en materia de seguridad pública, Defensa Nacional o que versen sobre las mismas materias en las que la Guardia Civil dispone de atribuciones, conforme a lo establecido en los artículos 11.2.a) y 21.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en cumplimiento de los principios de colaboración, mutuo auxilio y cooperación e información recíprocas que establece la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo. A empresas de Seguridad Privada en el marco de las actividades de auxilio y colaboración con las Fuerzas de Seguridad en los casos en que su actividad esté directamente relacionada con la seguridad pública o la Defensa Nacional, al amparo de lo establecido en el artículo 11.2. a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: A organismos internacionales y países extranjeros, en virtud de los acuerdos, tratados y convenios internacionales legalmente vinculantes para España en los términos previstos en la Constitución española, y la transferencia por tratados o convenios en los que sea parte España, conforme a lo establecido en el artículo 34.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil). C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Policía Judicial, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

15.

FICHERO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Prestación del servicio.

a.2) Finalidad: Facilitar la planificación y el nombramiento del servicio prestado por el personal del Cuerpo en cumplimiento de las funciones y cometidos de seguridad pública encomendados a la Guardia Civil, así como aquellas actividades de formación continua computables a efectos del servicio; automatizar los sistemas de registro y archivo de los servicios y el cómputo de los esfuerzos desarrollados por el personal y gestionar la reclamación de las compensaciones de los sobreesfuerzos y el control de los servicios prestados por el personal.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal de la Guardia Civil o que presta servicio para la Guardia Civil.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Datos incorporados telemáticamente del sistema de Recursos Humanos de la Guardia Civil y datos introducidos por los mandos de las Unidades al efectuar la planificación y el nombramiento del servicio, complementados por los aportados por el propio personal que prestó el servicio, en soporte papel y soporte informático.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, y número de identificación profesional.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Estado Mayor, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

16.

FICHERO: PSICOLOGÍA.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Psicología.

a.2) Finalidad: Gestión del historial psicológico relacionado con la salud mental de los componentes del Cuerpo y Guardias Alumnos. Gestión de los datos relacionados con los procesos de selección para ingreso, especialización y promoción. Gestión de los expedientes del personal del Cuerpo, Militares, Funcionarios Civiles y Familiares que participen en programas preventivos o de intervención psicoterapéutica.

a.3) Usos previstos: Administrativo, de investigación y planes preventivos.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal del Cuerpo de la Guardia Civil y aspirantes a ingreso en el mismo. Militares, funcionarios civiles y familiares que participen en programas preventivos o de intervención psicoterapéutica.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, mediante encuestas, entrevistas y formularios en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A los Órganos competentes, en virtud de lo dispuesto en los artículos 49 y 55 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil y su normativa de desarrollo.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

17.

FICHERO: RECURSOS.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Recursos.

a.2) Finalidad: Gestión y control de los recursos tramitados al amparo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; al derecho de petición, al amparo de la Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición, en el ámbito de la Guardia Civil; y a las quejas formuladas al amparo del artículo 100 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, del Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, y del artículo 33 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal de la Guardia Civil y otros que recurran las resoluciones adoptadas por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil).

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, contenido en la documentación obrante en el expediente del recurso interpuesto.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y teléfono.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos de detalle de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Al Ministerio de Defensa y a otros órganos del Ministerio del Interior, en materia de Responsabilidad patrimonial en el ejercicio de las competencias del artículo 142.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común; Al Consejo de Estado, en virtud de lo previsto en los apartados nueve y trece del artículo 22 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, reguladora de dicha institución; A órganos judiciales en cumplimiento de lo previsto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Subdirección General de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

18.

FICHERO: REGISTRO.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Registro.

a.2) Finalidad: Registro de entrada y salida de los documentos tramitados por las unidades de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), conforme establece el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas incluidas en los documentos tramitados.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado y de otros órganos oficiales, mediante la transmisión electrónica de datos, a través de los documentos de entrada o salida; utilizados en soporte papel o vía telemática.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos.

Datos de detalle de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A la persona, órgano o unidad destinataria de la misma.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Secretaría de Despacho, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

19.

FICHERO: REGISTRO DE CONDUCTORES.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Registro de conductores.

a.2) Finalidad: Gestión de permisos de conducción y accidentes del personal de la Guardia Civil; y personal civil y de las Fuerzas Armadas adscritos a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil).

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: El personal adscrito a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) y terceras personas implicadas en accidentes con vehículos de la Guardia Civil.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado mediante formularios en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales y administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y teléfono.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos sobre circunstancias del accidente.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A la Dirección General de Tráfico, cuando la comunicación se realice para el ejercicio de las competencias atribuidas en virtud del artículo 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de enero, en relación con el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. A determinados Centros de Reconocimiento de Conductores y a las compañías de seguros en caso de accidente de tráfico con un vehículo de la Guardia Civil, al amparo del artículo 11.2.c) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en relación con el artículo Artículo 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de los Servicios de Apoyo, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

20.

FICHERO: SEDEX.

(Suprimido)

Destino de los datos: Destrucción.

21.

FICHERO: TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Tarjetas de identificación.

a.2) Finalidad: Control y gestión de las tarjetas de identificación del personal adscrito temporal o permanentemente a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) y familiares con derecho a las mismas.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal adscrito temporal o permanentemente a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) y familiares con derecho a las mismas.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: El propio interesado o su representante legal, a través de formularios y de las publicaciones oficiales en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, huella/firma digitalizada, imagen/voz, número de registro de personal, y firma electrónica.

Datos de características personales.

Datos de características sociales.

Datos de detalle de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén cesiones de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Subdirección General de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

22.

FICHERO: VESTUARIO.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Vestuario.

a.2) Finalidad: Gestión de prendas de uniformidad y almacén de vestuario, así como el control de prendas de uniformidad entregadas.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: El personal adscrito a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil).

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado mediante fichas y formularios que proporciona en soporte papel y electrónico.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y número de registro de personal.

Datos características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos de detalle de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de los Servicios de Apoyo, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

23.

FICHERO: ACCESDOC.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: ACCESDOC.

a.2) Finalidad: Control de acceso y consulta a documentos en los archivos de gestión.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Solicitantes de acceso a documentos producidos, reunidos o conservados por la Guardia Civil en el ejercicio de sus competencias y titulares de los documentos a los que se pretende acceder.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, en soporte papel (impreso solicitud de acceso).

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, Nombre y apellidos.

Datos académicos y profesionales.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Sección del Archivo General del Ministerio del Interior en la Guardia Civil, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

24.

FICHERO: AFECTADOS POR ATENTADOS DE TERRORISMO EN EL ÁMBITO DE LA GUARDIA CIVIL.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Afectados por atentados de terrorismo en el ámbito de la Guardia Civil.

a.2) Finalidad: Disponer de una información actualizada y completa sobre todos los guardias civiles y familiares de los mismos, afectados por atentados terroristas, desde 1968, para informarles de los derechos y beneficios a los que pudieran optar.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Componentes de la Guardia Civil y sus familiares que hayan sido víctimas de atentado terrorista, desde el año 1968.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos y, en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, número de Seguridad Social/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y tarjeta sanitaria.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, del Ministerio del Interior, en virtud de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

25.

FICHERO: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Ayudas acción social.

a.2) Finalidad: Gestión de los planes anuales de Acción Social que se desarrollan en el ámbito de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal que solicita la adjudicación de una ayuda determinada y que se encuentra dentro de los beneficiarios establecidos en los Planes de Acción Social aprobados anualmente.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios en soporte papel y su posterior grabación en la base de datos.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, n.º S.S./Mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y correo electrónico.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Agencias de viajes, con el consentimiento del interesado, con las que se mantienen acuerdo, Intervención General de la Administración del Estado, Tribunal de Cuentas, Agencias Estatal de Administración Tributaria y a las entidades financieras correspondientes.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

26.

FICHERO: CENTRO DE ACTIVIDADES FÍSICAS (GIMNASIO).

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Centro de actividades físicas (gimnasio).

a.2) Finalidad: Tratamiento, programación y gestión del Registro de usuarios y monitores de los gimnasios de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas que soliciten la inscripción al gimnasio y que se encuentren dentro de los usuarios autorizados.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: A través del propio interesado, mediante formularios en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y teléfono.

Datos de características personales.

Datos de detalles de empleo.

Datos de circunstancias sociales.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Subdirección General de Personal (Jefatura de Asistencia al Personal), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

27.

FICHERO: CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Centros de educación infantil de primer ciclo.

a.2) Finalidad: Tratamiento y resolución del proceso de solicitud y adjudicación de plazas en los Centros de Educación Infantil de primer ciclo de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Alumnos, padres, tutores o representantes legales que soliciten plaza en los Centros de Educación Infantil de primer ciclo de la Guardia Civil.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, imagen, teléfono y firma.

Datos de características personales.

Datos de detalles de empleo.

Datos de circunstancias sociales.

Datos económico-financieros y de seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A la empresa adjudicataria del servicio.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Jefatura de Asistencia al Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

28.

FICHERO: CUADERNOS DE LA GUARDIA CIVIL.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Cuadernos de la Guardia Civil.

a.2) Finalidad: Control y gestión de los suscriptores, colaboradores y autores de la publicación de la Guardia Civil «Cuadernos de la Guardia Civil».

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas suscritas a la publicación «Cuadernos de la Guardia Civil» y colaboradores y autores.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: El propio interesado a través de formularios.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A entidades financieras para el cobro del precio de suscripción y para el abono de sus honorarios a los colaboradores, así como en su caso, a los órganos competentes para la fiscalización del gasto.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Unidad de Coordinación - Centro de Análisis y Prospectiva, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

29.

FICHERO: ECOFIN.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: ECOFIN.

a.2) Finalidad: Administración y coordinación de los recursos financieros y patrimoniales, el seguimiento de la ejecución del presupuesto y registro contable, gestión y seguimiento de los procesos de contratación, la coordinación de la actividad de las Unidades de Gestión Económica y la gestión de indemnizaciones por razón del servicio, traslados y asistencias.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas físicas o jurídicas que mantienen obligaciones contractuales con la Guardia Civil; personal dependiente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) y externos que tengan derecho a indemnizaciones.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal, mediante formularios y facturas o transmisión electrónica de datos, en soporte papel o informático.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y teléfono.

Datos de detalle de empleo.

Datos de información comercial.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A la Administración Tributaria, en virtud del artículo 29 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; a las Intervenciones delegadas, en virtud de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar», y Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija. A las entidades financieras que deban proceder a la transferencia monetaria, con cargo a las cuentas corrientes de las Unidades.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Asuntos Económicos, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

30.

FICHERO: EXPEDIENTES.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Expedientes.

a.2) Finalidad: Control y gestión de los expedientes que deben confeccionarse para la gestión de los Recursos Humanos de la Guardia Civil, excepto los disciplinarios.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal dependiente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito de la Guardia Civil.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del fichero de Gestión de Personal en cuanto a los datos identificativos de la persona, del propio interesado o su representante legal y de las publicaciones oficiales relativas a los datos de la resolución de los expedientes.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos relativos a la comisión de infracciones penales y administrativas: Infracciones penales y administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos de la persona.

Datos de detalles de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

31.

FICHERO: GESTIÓN DE APARCAMIENTOS.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Gestión de aparcamientos.

a.2) Finalidad: Tratamiento, programación y gestión del Registro de usuarios residentes como no residentes y vehículos oficiales de los aparcamientos de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal de la Guardia Civil, personal de las Fuerzas Armadas y funcionarios que se encuentren destinados en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito de la Guardia Civil).

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: A través del propio interesado, mediante formularios en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, matrículas de vehículos.

Datos de características personales.

Datos de detalles de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Subdirección General de Personal (Servicio de Asuntos Generales), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

32.

FICHERO: HOJA DE SERVICIOS.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Hoja de servicios.

a.2) Finalidad: Gestionar la Hoja de Servicios del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, en virtud de lo dispuesto en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil (art. 45.a), y en la Orden Ministerial número 50/1997, de 3 de abril, por la que se aprueba el modelo de Hoja de Servicios del personal militar de carrera y de empleo de la categoría de Oficial. Que incluye:

Hoja General de servicios.

Hoja Anual de servicios.

Hoja Resumen.

Certificaciones.

Cómputo de tiempos a efectos de servicio, trienios y derechos pasivos.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal dependiente de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito de la Guardia Civil).

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del fichero de Gestión de Personal en cuanto a los datos identificativos de la persona, del propio interesado o su representante legal y de las publicaciones oficiales de cada una de las vicisitudes profesionales.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales y administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos de la persona, fotografía.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalles de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior en las materias previstas por la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, de acuerdo con la distribución de competencias regulada en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, y Real Decreto Legislativo 670/1987, de Clases Pasivas del Estado. Al Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal o los Jueces y Tribunales en ejercicio de las competencias que tienen atribuidas, de conformidad con el artículo 11.2.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Medio.

33.

FICHERO: REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE GUARDIAS CIVILES.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Registro de asociaciones profesionales de Guardias Civiles.

a.2) Finalidad: Gestión del Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Miembros de los órganos de gobierno y represtación, así como representantes que figuren como tales de acuerdo al procedimiento establecido en los Estatutos de las Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles que solicitan ser inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: A través de la documentación que acompaña a la solicitud de inscripción realizadas por Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles (estatutos y acta fundacional u otros documentos que sean presentados).

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos: Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y el cargo directivo o de representante que desempeña en la Asociación.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevé comunicación de datos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), Subdirección General de Personal (Servicio de Asuntos Generales), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

34.

FICHERO: RETRIBUCIONES.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Retribuciones.

a.2) Finalidad: Gestión de los haberes que la Guardia Civil abona; Cálculo mensual del IRPF y obtención del certificado anual de retenciones para la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Gestión económica de las medallas pensionadas del personal no incluido en la nómina de la Guardia Civil; Control y seguimiento de los recursos presentados en relación con las retribuciones del personal de la Guardia Civil; Gestión de las retenciones judiciales; Obtención del fichero anual de planes de pensiones; Gestión de los haberes abonados con cargo a los créditos de la Dirección General de Tráfico, gestión de las retribuciones abonadas en virtud de los convenios celebrados con diversas Comunidades Autónomas y otras entidades de derecho público.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, del Ministerio de Defensa, laboral y funcionarios, destinados o adscritos a la Guardia Civil; y personal no incluido en la nómina de la Guardia Civil con derecho a pensión por las medallas concedidas.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: De las publicaciones oficiales, del propio interesado o su representante legal, mediante formularios en soporte papel o la cumplimentación del contrato correspondiente.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos y, en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

– datos especialmente protegidos: Afiliación sindical.

– otros datos especialmente protegidos: Salud.

– datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, número de Seguridad Social/Mutualidad, dirección postal, teléfono y número de registro de personal.

– datos de características personales.

– datos de circunstancias sociales.

– datos académicos y profesionales.

– datos de detalle de empleo.

– datos económico-financieros y de seguros.

– datos de transacciones.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en virtud de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y del Real Decreto 214/1999, del 5 de febrero, del Reglamento del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas; al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), Ministerio de Defensa, Dirección General de Tráfico, Centro Nacional de Inteligencia, Pagadurías de diversas Comunidades Autónomas, en virtud de lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre; a la Mutualidad de Funcionarios de la Administración Civil de Estado (MUFACE), en virtud de la Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de Funcionarios Civiles del Estado y a la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud de Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; a las entidades financieras donde se produzcan los abonos.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se prevén.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Guardia Civil, calle de Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Guardia Civil, Jefatura de Personal, calle de Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

35.

FICHERO: RÉGIMEN DISCIPLINARIO.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Régimen disciplinario.

a.2) Finalidad: Control y seguimiento de los expedientes disciplinarios y procedimientos penales abiertos a personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Administrativo y régimen disciplinario.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Todos los componentes de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito de la Guardia Civil).

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado, de Unidades del Cuerpo de la Guardia Civil, de publicaciones oficiales, de fuentes accesibles al público y de la instrucción y resolución de los procedimientos administrativos y/o judiciales, mediante formularios en soporte papel.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales y administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, y número de registro personal.

Datos de características personales.

Datos de detalle de empleo.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Al Ministerio Fiscal, Jueces y Tribunales, de conformidad con el artículo 11.2.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Jefatura de Personal, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Medio.

36.

FICHERO: VIDEOVIGILANCIA.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: Videovigilancia.

a.2) Finalidad: Seguridad de los acuartelamientos de la Guardia Civil y de los edificios, bases, instalaciones y centros vigilados por la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Seguridad.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas que se encuentren en zonas videovigiladas de los acuartelamientos de la Guardia Civil o de los edificios, bases, instalaciones y centros vigilados por la Guardia Civil.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Circuito cerrado de televisión.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos: Datos de carácter identificativo: Imagen/voz.

c.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para sus funciones de protección de la seguridad pública, conforme a lo establecido en el artículo 22.2 de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en cumplimiento de los principios de colaboración, mutuo auxilio y cooperación e información recíprocas que establece la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se tiene previsto efectuar transferencias internacionales de datos.

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) – Jefatura de Unidades Especiales y Reserva, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

37.

FICHERO: ADNIC.

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: ADNIC.

a.2) Finalidad: Cooperar con la Administración de Justicia mediante la identificación genética de vestigios biológicos y la identificación genética de muestras de origen conocido, en investigaciones realizadas por el Cuerpo de la Guardia Civil.

a.3) Usos previstos: Investigación policial.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Las personas que determinen las autoridades que tienen atribuidas competencias por ley para exigir el tratamiento de los datos, las que expresamente lo requieran y estén relacionadas con algún hecho y aquéllas a las que pertenecen los vestigios biológicos relacionados con los hechos.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Facilitados por el propio interesado, otras personas físicas distintas del afectado (con sujeción a lo expresado en el párrafo anterior y al amparo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), o su representante y las administraciones públicas, mediante formulario, transmisión electrónica de datos/Internet y análisis de laboratorio de ADN en soporte papel, vía telemática o soporte informático o magnético.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud.

Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, datos genéticos con fines identificativos y patrón de ADN, otros documentos identificativos.

Datos de características personales.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Pueden cederse datos a otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a los Órganos Jurisdiccionales y al Ministerio Fiscal, en virtud de lo establecido en los artículos 3 y 45 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, artículos 11.2 a) y d) y 21.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. A la Secretaría de Estado de Seguridad, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: A organismos internacionales y países extranjeros en los términos establecidos en los tratados o convenios en los que España sea parte (Interpol, Europol, Sistema de Información Schengen, Unión Europea y convenios bilaterales).

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Policía Judicial, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

38.

FICHERO: ARMAS.

a)

Identificación del fichero o tratamiento:

a.1) Identificación del fichero: Armas.

a.2) Finalidad: Mantenimiento de la seguridad pública mediante el control de las materias tipificadas en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, y Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.

a.3) Usos previstos: Control de las materias reglamentadas (armas, explosivos, artículos pirotécnicos y cartuchería), gestión de los procedimientos de concesión, renovación y revocación de licencias, permisos y autorizaciones, procedimientos sancionadores, elaboración de estadísticas y análisis de los datos para detección de cualquier circunstancia de interés policial, como las relacionadas con el tráfico o empleo ilícito, pérdida o sustracción de armas o documentaciones, decomisos, enajenaciones o cualesquiera otras que afectaran a su tenencia y uso, a efectos de descubrimiento y persecución de actos delictivos o infracciones.

b)

Origen de los datos:

b.1) Colectivo: Personas físicas o jurídicas que solicitan o realizan trámites administrativos relacionados con la normativa de armas, explosivos y de artículos pirotécnicos y cartuchería, así como los incursos en procedimientos sancionadores relacionados con la materia.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado o su representante legal mediante formularios, impresos y documentación, procesando los datos en el fichero informático directamente por las distintas unidades interventoras de armas y explosivos a todos los niveles.

c)

Estructura básica del fichero:

c.1) Descripción de los datos:

Datos especialmente protegidos: Salud (Informe de aptitud psicofísica).

Datos de infracciones penales o administrativas: Infracciones penales y administrativas e informe de conducta y antecedentes.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y teléfono, dirección de correo electrónico y otros documentos identificativos.

Datos de características personales: Datos de filiación, fecha, lugar y país de nacimiento, edad, sexo, y nacionalidad.

Datos de circunstancias sociales: Pertenencia a clubes, asociaciones, etc. Categoría deportiva.

Datos de detalle de empleo: Cuerpo, escala, categoría, grado, puesto de trabajo, situación administrativa.

Datos de información comercial: Establecimientos relacionados con la fabricación, adquisición, almacenamiento, circulación, transporte, comercio, tenencia y uso de armas, sus municiones, explosivos y artículos pirotécnicos.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas: A las Autoridades Judiciales y Ministerio Fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. A otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y organismos nacionales, conforme a lo establecido en el artículo 11.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países: A organismos internacionales y países extranjeros, en los términos establecidos en los acuerdos suscritos por España (Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Instrumento internacional sobre marcado y rastreo de armas pequeñas y ligeras, Directiva 91/477/CEE, del Consejo, de 18 de junio de 1991, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas, modificada por la Directiva 2008/51/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, Directiva 93/15/CEE, del Consejo, de 5 de abril de 1993, relativa a la armonización de las disposiciones sobre la puesta en el mercado y el control de los explosivos con fines civiles, Directiva 2008/43/CE, de la Comisión, de 4 de abril de 2008, por la que se establece, con arreglo a la Directiva 93/15/CEE, del Consejo, un sistema de identificación y trazabilidad de explosivos con fines civiles, Directiva 2012/4/UE, de la Comisión, de 22 de febrero de 2012, que modifica la Directiva 2008/43/CE, Directiva 2007/23/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, sobre la puesta en el mercado de artículos pirotécnicos, Reglamento (UE) 98/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos, acuerdos bilaterales, Interpol, Europol, Sistema Información Schengen, Unión Europea y convenios bilaterales).

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Guardia Civil, calle Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de la Guardia Civil-Intervención Central de Armas y Explosivos, calle Batalla de Salado, 32, 28045 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Alto.

39.

FICHERO: BDRA

a)

Identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: BDRA.

a.2) Finalidad: Base de datos patrón que permite comparar calidad y eficacia de sistemas de reconocimiento de voces. Su finalidad es científica.

a.3) Usos previstos: Evaluación de sistemas de reconocimiento de voz y desarrollo de tecnologías en dicho ámbito.

b)

Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Voces de las personas que utilizan medios de comunicación intervenidos por orden judicial. Voces donadas voluntariamente para investigación científica. Voces obtenidas a través de medios de comunicación públicos.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: A través de las escuchas telefónicas llevadas a cabo por los distintos Servicios de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), autorizados judicialmente para su inclusión en esta base de datos y a través de grabaciones realizadas con donantes de voz.

c)

Estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Descripción de los datos:

Datos de carácter identificativo: Imagen/voz.

Datos de características personales.

c.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

d)

Comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Pueden cederse datos a otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a los Órganos Jurisdiccionales y al Ministerio Fiscal, en virtud de lo establecido en los artículos 3 y 45 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, y de conformidad con los artículos 11.2 a) y d) y 21.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Debido a su finalidad científica, también se prevé la cesión de voz a investigadores de centros universitarios y organismos de investigación que colaboren formalmente con la Guardia Civil en el estudio y desarrollo de tecnologías de biometría del habla, al amparo de los artículos 3.2.j) y 1.2 c) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria y el 6.2.c) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.

e)

Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: A organismos internacionales y países extranjeros en los términos establecidos en tratados y convenios en los que España sea parte (Interpol, Europol, Sistema de Información Schengen, Unión Europea y convenios bilaterales).

f)

Órgano responsable del fichero: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil), C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

g)

Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Ámbito Guardia Civil) - Jefatura de Policía Judicial, C/ Guzmán el Bueno, 110, 28003 Madrid.

h)

Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

40.

FICHERO: CONSEJO DE LA GUARDIA CIVIL.

a)

Identificación del fichero o tratamiento:

a.1) Identificación del fichero: Consejo de la Guardia Civil.

a.2) Finalidad: Gestión del procedimiento de elección de los representantes de los miembros del Cuerpo en el Consejo de la Guardia Civil, y de las propuestas o sugerencias planteadas por los guardias civiles al citado Consejo y a la Oficina de Atención al Guardia Civil, así como la gestión de la elaboración y difusión de las actas de las sesiones del Consejo, y de las reuniones de las Comisiones y Grupos de Trabajo.

a.3) Usos previstos: Administrativo.

b)

Origen de los datos:

b.1) Colectivo: Personal de la Guardia Civil, participantes en los procesos de elección del Consejo de la Guardia Civil, conforme a la legislación que regule el proceso electoral (Representantes de la Administración, Delegados de las distintas Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil, Censo electoral, Candidatos, Junta Electoral etc.), Vocales del Consejo y otro personal respecto de sus intervenciones en las sesiones de Pleno y de las Comisiones dependientes de aquél, así como todo aquél que dirija al Consejo o a la Oficina de Atención al Guardia Civil, cuestiones, propuestas o sugerencias.

b.2) Procedencia y procedimiento de recogida: Del propio interesado, en formularios, soporte papel y vía telemática. Del fichero de Gestión de Personal. De la Orden Comunicada del Ministro del Interior en cada convocatoria electoral, en la que se regule la composición de la Junta Electoral.

c)

Estructura básica del fichero:

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