Orden AEC/2413/2012, de 23 de octubre, por la que se suprime el Centro Cultural de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en Sao Paulo
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, la AECID) se encuentra inmersa en un proceso de concentración geográfica, sectorial y multilateral enmarcado en la agenda de mejora de la eficacia y calidad de la ayuda de la política de cooperación al desarrollo y respaldado por las recomendaciones que el Comité de Ayuda al Desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ha realizado sobre la actuación de la AECID.
Asimismo, este proceso se ha visto acelerado por el contexto de ajuste presupuestario, que obliga a reorganizar el despliegue exterior de la AECID, especialmente en relación con sus Oficinas Técnicas de Cooperación, aunque también con otras Unidades de Cooperación en el Exterior, es decir, con sus Centros Culturales y Centros de Formación.
Por ello, resulta necesario proceder a la supresión del Centro Cultural de la AECID en Sao Paulo, ya que el desarrollo de relaciones culturales y científicas y el mantenimiento de los lazos culturales con Sao Paulo quedan salvaguardados gracias a la existencia de una sede del Instituto Cervantes en esta localidad. Asimismo, con esta medida se evitan posibles duplicidades entre los dos órganos.
La habilitación normativa de esta orden se encuentra en el artículo 17.7 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.
En su virtud, a propuesta del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
Artículo 1. Supresión del Centro Cultural.
Se suprimen el Centro Cultural de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en Sao Paulo, en la Misión Diplomática Permanente de España en la República Federativa de Brasil.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo iniciará, inmediatamente después de la entrada en vigor de esta orden, los procedimientos administrativos necesarios para darle pleno cumplimiento.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de octubre de 2012.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo y Marfil.
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