Orden AAA/2606/2012, de 26 de noviembre, por la que se fija para el año 2013 la renta de referencia

Rango Orden
Publicación 2012-12-08
Estado Caducada
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos Sin indexar

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

Historial de reformas JSON API

La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, en su disposición final sexta, establece que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la actualidad Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, se realizará periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de esta Ley. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

En su virtud, dispongo que la renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2013 en la cuantía de 28.278 euros.

La presente Orden tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2013.

Madrid, 26 de noviembre de 2012.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.