Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional Sanidad

Rango Real Decreto
Publicación 2012-01-19
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de la Presidencia
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, tal como indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.

En desarrollo del artículo 7, se establecieron la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre. Con arreglo al artículo 3.2, según la redacción dada por este último real decreto, el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales permitirá identificar, definir y ordenar las cualificaciones profesionales y establecer las especificaciones de la formación asociada a cada unidad de competencia; así como establecer el referente para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Por el presente real decreto se establecen dos nuevas cualificaciones profesionales, correspondientes a la Familia profesional Sanidad, que se definen en los anexos 668 a 669, así como sus correspondientes módulos formativos, avanzando así en la construcción del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

Según establece el artículo 5.1. de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, corresponde a la Administración General del Estado, en el ámbito de la competencia exclusiva que le es atribuida por el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución Española, la regulación y la coordinación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas y de la participación de los agentes sociales.

Las comunidades autónomas han participado en la elaboración de las cualificaciones que se anexan a la presente norma a través del Consejo General de Formación Profesional en las fases de solicitud de expertos para la configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo y en la emisión del informe positivo que de las mismas realiza el propio Consejo General de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como Real Decreto.

Conforme al artículo 7.2 de la misma ley orgánica, se encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinar la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobar las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, así como garantizar su actualización permanente. El presente real decreto ha sido informado por el Consejo General de Formación Profesional y por el Consejo Escolar del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre.

La redacción final del proyecto corrige el error detectado por el Dictamen del Consejo Escolar del Estado 80/2011, de 19 de julio, en relación con el apartado «Parámetros de contexto de la formación» del módulo formativo «Cuidados auxiliares sanitarios especializados» del anexo DCLXIX «Cuidados auxiliares sanitarios» incorporándose en consecuencia la vertiente de género en la definición de los «Espacios en instalaciones».

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Educación y de Trabajo e Inmigración, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de diciembre,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Este real decreto tiene por objeto establecer determinadas cualificaciones profesionales y sus correspondientes módulos formativos que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, regulado por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre. Dichas cualificaciones y su formación asociada correspondiente tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.

Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen.

Las Cualificaciones profesionales que se establecen corresponden a la Familia Profesional Sanidad y son las que a continuación se relacionan, ordenadas por nivel de cualificación, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

Traslado y movilización de usuarios/as y/o pacientes, documentación y materiales en centros sanitarios. Nivel 1: Anexo DCLXVIII.

Cuidados auxiliares sanitarios. Nivel 2: Anexo DCLXIX.

Disposición adicional única. Actualización.

Atendiendo a la evolución de las necesidades del sistema productivo y a las posibles demandas sociales, en lo que respecta a las cualificaciones establecidas en el presente real decreto, se procederá a una actualización del contenido de los anexos cuando sea necesario, siendo en todo caso antes de transcurrido el plazo de cinco años desde su publicación.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y 30.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 16 de diciembre de 2011

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia,

RAMÓN JÁUREGUI ATONDO

ANEXO DCLXVIII

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: TRASLADO Y MOVILIZACIÓN DE USUARIOS/AS Y/O PACIENTES, DOCUMENTACIÓN Y MATERIALES EN CENTROS SANITARIOS.

Familia Profesional: Sanidad

Nivel: 1

Código: SAN668_1

Competencia general

Colaborar en la movilización y realizar el traslado y atención de los usuarios/as y/o pacientes de un centro sanitario, y la ordenación y traslado de documentos y materiales del mismo, utilizando las técnicas, equipos y materiales accesorios, bajo la supervisión del personal correspondiente, para garantizar la integridad y seguridad de los usuarios/as y/o pacientes, cumpliendo con los protocolos y/o normativa aplicable en los centros sanitarios.

Unidades de competencia

UC2251_1: Ordenar y trasladar los documentos, materiales y equipos de un centro sanitario y proporcionar la información demandada.

UC2252_1: Trasladar y colaborar en la movilización de los pacientes, «éxitus», amputaciones y fetos tanto en el acceso como en las unidades de hospitalización de un centro sanitario, bajo la supervisión del personal responsable.

UC2253_1: Trasladar y colaborar en la movilización e inmovilización de los pacientes en unidades especiales, bajo la supervisión del personal responsable.

Entorno Profesional

Ámbito Profesional

Desarrolla su actividad profesional por cuenta ajena en instituciones o centros sanitarios de salud, públicos o privados, en atención primaria o especializada. Actúa bajo la supervisión del personal responsable.

Sectores Productivos

Se ubica en el sector de los centros sanitarios, en el ámbito público y privado. Podrá desarrollar sus funciones en los siguientes espacios: centros sanitarios de atención primaria, de atención especializada, centros de rehabilitación en el ámbito sanitario.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

Celador/a de instituciones sanitarias.

Celador/a de unidades de hospitalización de centros sanitarios.

Celador/a de unidades especiales de centros sanitarios.

Celador/a de centros de atención primaria.

Celador/a de almacén.

Celador/a de autopsias.

Formación Asociada (360 horas)

Módulos Formativos

MF2251_1: Ordenación y traslado de documentos, materiales y equipos de un centro sanitario y comunicación de información. (60 horas)

MF2252_1: Movilización, traslado y colocación de pacientes, «éxitus», amputaciones y fetos en las unidades de hospitalización de un centro sanitario. (180 horas)

MF2253_1: Movilización, traslado y colocación de pacientes en servicios especiales de un centro sanitario. (120 horas)

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: ORDENAR Y TRASLADAR LOS DOCUMENTOS, MATERIALES Y EQUIPOS DE UN CENTRO SANITARIO Y PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN DEMANDADA.

Nivel: 1

Código: UC2251_1

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Ordenar los documentos recibidos en los servicios generales del centro sanitario, clasificándolos por servicios para identificarlos con agilidad y poder trasladarlos al lugar de destino.

CR 1.1 La documentación, correspondencia y comunicaciones verbales se reciben por medio de la solicitud de aquellos servicios que lo requieran para trasladarla posteriormente al destino fijado.

CR 1.2 Las comunicaciones verbales y la documentación se trasladan, con la mayor brevedad posible, a sus puntos de destino para la utilización por parte del personal que lo requiera.

CR 1.3 Los impresos, la documentación y la correspondencia se clasifican de acuerdo a las normas internas establecidas, para distribuirlas posteriormente a los departamentos.

CR 1.4 Los datos de los impresos y documentos se comprueban, verificando la concordancia y cumplimentación de los mismos para trasladarlos a su destino.

CR 1.5 La documentación y correspondencia se distribuye teniendo en cuenta el circuito de tramitación establecido para que llegue a su destinatario.

CR 1.6 Los archivadores se ordenan con la documentación o correspondencia de cada servicio para su posterior distribución.

CR 1.7 Los impresos y documentación, se fotocopian y encuadernan utilizando las máquinas existentes a tal fin, para tener cubiertas las necesidades del centro sanitario.

RP 2: Trasladar el material y los equipos sanitarios y no sanitarios bajo la supervisión del responsable de los mismos, trasladándolos y colocándolos en su lugar de destino para garantizar su disponibilidad.

CR 2.1 El medio utilizado para el transporte se identifica, en función del material sanitario y no sanitario a trasladar, para asegurar su desplazamiento con seguridad, atendiendo a la normativa de riesgos laborales.

CR 2.2 Los aparatos sanitarios, maquinaria y ayudas técnicas, se trasladan teniendo en cuenta sus características, para colocarlos en su lugar de destino y evitar situaciones de riesgo, atendiendo a la normativa de riesgos laborales.

CR 2.3 Los preparados, sueros y unidosis se trasladan en los carros destinados a tal fin, a cada una de los servicios o plantas, para ser utilizados por el servicio que lo solicite.

CR 2.4 El material de almacén y farmacia se recuenta almacena y distribuye en colaboración con el personal destinado en dichos servicios, según la organización de los mismos para su posterior entrega al servicio que lo solicite y para comprobar el stock.

CR 2.5 Los pedidos se distribuyen según la solicitud y demanda realizadas por los supervisores/as de los servicios, por medio de vales de pedido para entregarlos en su destino.

CR 2.6 La lencería se traslada en los carros destinados a tal fin para depositarlos en el lugar correspondiente.

CR 2.7 Las anomalías o deficiencias observadas en la dotación del servicio encomendado, se pone en conocimiento del responsable de la unidad para su reparación, mediante los protocolos establecidos.

RP 3: Informar y atender al público ofreciendo las indicaciones básicas para favorecer el funcionamiento del centro sanitario.

CR 3.1 Las personas que se presentan en el centro sanitario se atienden, en los casos que se requiera, utilizando los programas informáticos destinados a tal efecto y/o los recursos requeridos para informarles de manera clara y precisa.

CR 3.2 Las normas internas del centro sanitario se salvaguardan, para conseguir su cumplimiento por parte de los usuarios/as y/o pacientes, garantizando el respeto a las mismas.

CR 3.3 Las técnicas de primeros auxilios básicos y los protocolos de emergencia establecidos en el centro sanitario, se cumplen, y siguen para favorecer la integridad de las personas que se encuentran en el mismo, asegurando su seguridad.

CR 3.4 La atención al público del centro sanitario, se proporciona demostrando habilidades de comunicación (escucha activa, feed back, claridad, concreción, entre otras), para ofrecer una atención acorde a las necesidades del público.

RP 4: Atender al usuario/a y/o paciente de manera clara y concisa ofreciendo las indicaciones básicas para mejorar la utilización de los servicios y favorecer la agilidad de los trámites de los mismos, en el centro de atención primaria.

CR 4.1 Los datos de identificación del usuario/a y/o paciente se solicitan mediante la petición de la tarjeta sanitaria, para reflejar la actividad asistencial del centro de atención primaria.

CR 4.2 Las citas se dan al usuario/a y/o paciente según orden de preferencia, para ser atendido en el centro de atención primaria, en colaboración con el personal del mismo, siguiendo instrucciones del superior jerárquico y utilizando los programas informáticos destinados a tal fin.

CR 4.3 El teléfono se atiende a lo largo de la jornada, en colaboración con el personal del centro de atención primaria, siguiendo instrucciones del superior jerárquico, para asegurar una atención continuada en dicho centro.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Documentos, equipos sanitarios y no sanitarios, equipos informáticos y de comunicación. Archivadores. Material de farmacia y almacén. Carros.

Productos y resultados:

Manejo, clasificación y distribución de la documentación. Asistencia al público en un centro sanitario. Traslado de material y equipos sanitarios y no sanitarios.

Información utilizada o generada:

Normativa de prevención de riesgos laborales. Técnicas de primeros auxilios básicos. Planes de actuación ante catástrofes. Catalogo de normas de los servicios dependientes. Manual de los equipos para su conservación.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: TRASLADAR Y COLABORAR EN LA MOVILIZACIÓN DE LOS PACIENTES, «ÉXITUS», AMPUTACIONES Y FETOS TANTO EN EL ACCESO COMO EN LAS UNIDADES DE HOSPITALIZACIÓN DE UN CENTRO SANITARIO, BAJO LA SUPERVISIÓN DEL PERSONAL RESPONSABLE.

Nivel: 1

Código: UC2252_1

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Colaborar en la movilización de los pacientes para ayudar al personal de enfermería, bajo su supervisión, a realizar los cometidos asistenciales, para el mejor desarrollo de la atención al paciente, adecuándolas a las necesidades del mismo.

CR 1.1 Las características del paciente se identifican para su movilización, extremando las medidas de seguridad y evitando agravar su situación, previa información del personal sanitario.

CR 1.2 Las ayudas técnicas se emplean para facilitar la movilización del paciente, colaborando con el personal de enfermería en los cuidados relacionados con los pacientes y respetando la intimidad de los mismos.

CR 1.3 El paciente se moviliza en colaboración con el personal responsable, según sus necesidades, extremando las medidas de seguridad y evitando agravar su situación, para realizar los cometidos asistenciales acorde a su situación.

CR 1.4 La movilización del paciente, se realiza mediante la coordinación de los profesionales destinados a tal efecto, aplicando las normas de ergonomía e higiene postural, para evitar la fatiga y aparición de lesiones.

CR 1.5 Los protocolos establecidos en la movilización de los pacientes en el centro sanitario se siguen para favorecer la integridad del paciente, colaborando con el personal de enfermería en los cuidados relacionados con el paciente y respetando la intimidad de los mismos.

CR 1.6 Las trasferencias del paciente de un medio a otro se realizan acordes con sus necesidades, según prescripción facultativa para evitar agravar la situación del paciente.

RP 2: Asistir al personal sanitario, bajo su supervisión, en la inmovilización y sujeción de los pacientes para realizarles las maniobras sanitarias, evitando la aparición de lesiones y garantizando su seguridad física.

CR 2.1 Las características del paciente se identifican para la sujeción y/o inmovilización del mismo, en coordinación con el personal sanitario, evitando agravar su situación.

CR 2.2 El paciente se sujeta o inmoviliza para prevenir la aparición de lesiones, en colaboración con el personal responsable, respetando la intimidad de los mismos y garantizando su integridad.

CR 2.3 Las medidas y los medios de sujeción se utilizan para la inmovilización y/o sujeción del paciente bajo la supervisión del personal responsable, garantizando la seguridad del paciente y aplicando las normas de ergonomía e higiene postural.

RP 3: Trasladar al paciente, bajo la supervisión del personal de enfermería, para realizar las pruebas técnicas solicitadas por los facultativos, o en caso de emergencia del centro sanitario, garantizando la seguridad del paciente.

CR 3.1 La identificación del paciente se comprueba para evitar posibles equivocaciones en la ubicación del mismo, cotejando la identidad del paciente con la solicitud del servicio.

CR 3.2 Las peticiones de traslado se comprueban verificando los datos del paciente y las pruebas a realizar, para determinar el lugar a donde van trasladar al paciente para realizar la prueba solicitada por el facultativo.

CR 3.3 Las necesidades del paciente se tienen en cuenta garantizando su seguridad en el traslado para realizar la prueba.

CR 3.4 El circuito del traslado del paciente se determina con anterioridad, para realizarlo en el menor tiempo posible.

CR 3.5 El paciente se traslada a la velocidad acorde a la gravedad de su patología, utilizando el material accesorio y los medios que se requieran para evitar agravar su situación, informándole previamente del traslado y garantizando su integridad.

CR 3.6 Al paciente se le coloca en el medio de transporte acorde a sus necesidades para evitar riesgos físicos durante el traslado previo aviso, respetando la integridad de los mismos.

CR 3.7 El paciente, sus enseres e historia clínica, se trasladan juntos, para que no se extravíen y esté siempre documentado cuando cambie de ubicación, informándole previamente y respetando su intimidad.

CR 3.8 El paciente se traslada informándole de manera clara y precisa, en caso de emergencia del centro sanitario, siguiendo los protocolos de emergencia y catástrofe establecidos en el centro, para asegurar la integridad del mismo.

RP 4: Trasladar «éxitus», fetos y amputaciones para ser estudiados y/o recogidos por los servicios funerarios, cumpliendo las medidas higiénico-sanitarias y preservando las condiciones de conservación de los restos orgánicos, atendiendo a los protocolos establecidos.

CR 4.1 Los datos de identificación de los «éxitus», fetos y amputaciones se comprueban para evitar errores, garantizando la coherencia con los datos de las peticiones o solicitudes y preservando su confidencialidad.

CR 4.2 El medio para trasladar los «éxitus», fetos y amputaciones se determina en función de los mismos, para llevarlos a los lugares destinados, garantizando las medidas higiénico-sanitarias establecidas por el centro sanitario.

CR 4.3 Los «éxitus», fetos y amputaciones se trasladan para su estudio y/o recogida por los servicios funerarios, teniendo en cuenta los protocolos establecidos por el centro sanitario sobre higiene y autoprotección en el traslado de los mismos.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Medios de transporte, accesorios. Ayudas técnicas. Equipos de protección, traslado y transferencias. Equipos sanitarios.

Productos y resultados:

Traslado y movilización de pacientes, «éxitus», fetos y amputaciones. Movilización de pacientes para la realización de cometidos asistenciales y pruebas técnicas. Inmovilización y sujeción del paciente para las distintas maniobras sanitarias. Evacuación del centro sanitario.

Información utilizada o generada:

Solicitudes de pruebas. Organigrama del centro sanitario. Historias clínicas. Protocolos de emergencia y/o catástrofe. Protocolos higiénico-sanitarios y autoprotección. Protocolos de aislamiento. Características del paciente. Medidas de seguridad. Normas de ergonomía. Protocolos de movilización. Procedimientos de prevención de riesgos laborales.

UNIDAD DE COMPETENCIA 3: TRASLADAR Y COLABORAR EN LA MOVILIZACIÓN E INMOVILIZACIÓN DE LOS PACIENTES EN UNIDADES ESPECIALES, BAJO LA SUPERVISIÓN DEL PERSONAL RESPONSABLE.

Nivel: 1

Código: UC2253_1

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Colaborar en la movilización de los pacientes y preparar la mesa quirúrgica y sus accesorios conforme a los protocolos y normas de asepsia del centro sanitario, bajo la supervisión del personal de enfermería, para que el facultativo pueda proceder a efectuar las operaciones quirúrgicas.

CR 1.1 Las características y necesidades de los pacientes, que van a entrar ó salir del área quirúrgica se identifican previa información del personal sanitario, para realizar su traslado acorde a dichas necesidades y protegiendo la integridad de ambos.

CR 1.2 La mesa quirúrgica y sus accesorios se preparan en las posiciones acordes a la operación que se va a realizar al paciente, siguiendo las instrucciones del personal responsable, para que el personal que tiene que realizar la intervención quirúrgica pueda realizar su trabajo.

CR 1.3 Los pacientes se colocan en colaboración con el personal responsable en la posición quirúrgica acorde a la patología de los mismos, bajo la supervisión del personal destinado a tal fin, extremando las medidas de seguridad y evitando agravar la situación del paciente, para que se pueda realizar la operación.

CR 1.4 Los pacientes se movilizan en colaboración con el personal responsable, durante la intervención quirúrgica, bajo la supervisión del profesional destinado a tal fin, salvaguardando las condiciones de asepsia del centro sanitario, para que el personal sanitario que está realizando la operación pueda seguir operando.

RP 2: Realizar las movilizaciones, inmovilizaciones y sujeciones de los pacientes en las unidades de cuidados intensivos (de ahora en adelante UCI), de vigilancia intensiva (de ahora en adelante UVI) y de grandes quemados, colaborando con el personal correspondiente de cada unidad y siguiendo las normas del centro sanitario, para ayudar al personal de enfermería a realizar los cuidados de los pacientes, y bajo su supervisión.

CR 2.1 Las necesidades y características de los pacientes se identifican en colaboración con el servicio de UCI, UVI y grandes quemados, para ayudar a éste, a realizar los cuidados de los pacientes, estando coordinados todos los componentes del servicio.

CR 2.2 Los pacientes se movilizan en colaboración con el personal responsable en la UCI, UVI y en la unidad de grandes quemados, teniendo en cuenta los aparatos a los que están conectados, para ayudar a desarrollar los cuidados de los pacientes en dichas unidades, extremando las medidas de seguridad y evitando agravar la situación del mismo.

CR 2.3 El paciente es inmovilizado o sujetado, en colaboración y bajo la supervisión del personal responsable, cumpliendo el protocolo de la UCI, UVI y de la unidad de grandes quemados, para realizar los cuidados y técnicas sanitarias al paciente, garantizando su seguridad e integridad.

CR 2.4 Los protocolos de aislamiento y asepsia de la UCI, UVI y de la unidad de grandes quemados se aplican para prevenir la aparición y transmisión de infecciones, manejando los dispositivos con este fin.

RP 3: Efectuar el traslado, colocación y desvestido del cadáver, así como la preparación de la sala e instrumental de autopsias para poder llevar a cabo el estudio forense, asegurando que esté todo preparado para poder realizar dicho estudio, bajo la supervisión del personal responsable.

CR 3.1 Los cadáveres se reciben y desnudan en las salas de autopsias, garantizando las medidas de seguridad y de intimidad de los mismos, para que esté preparado para la realización de autopsia o necropsia.

CR 3.2 El traslado del cadáver se realiza para introducirlo en la cámara frigorífica y para su conservación, utilizando el material accesorio y los medios requeridos, para garantizar en todo el proceso la integridad del mismo.

CR 3.3 El cadáver se extrae de la cámara frigorífica y se coloca en la mesa de autopsias, para que el personal destinado a tal fin, pueda realizar las pruebas que determinen el motivo de la defunción, salvaguardando la integridad del mismo.

CR 3.4 El instrumental para realizar la autopsia se prepara, siguiendo las instrucciones del facultativo, para que pueda ser utilizado durante la misma, cumpliendo las medidas higiénicas y preservando las condiciones de conservación del cadáver.

CR 3.5 Las muestras de la autopsia se pesan, embalan y etiquetan para realizar su procesado y posterior estudio en el laboratorio correspondiente, tomando las medidas requeridas para la autoprotección en la manipulación de las mismas, siguiendo las instrucciones del personal responsable.

CR 3.6 El traslado a la cámara frigorífica del cadáver se realiza una vez finalizada la autopsia, para el mantenimiento del mismo hasta que sea requerido por los servicios funerarios, asegurando así su integridad.

CR 3.7 El instrumental y la mesa de autopsias se limpian para que estén en condiciones de volver a ser utilizados, teniendo en cuenta los protocolos sobre limpieza y desinfección de material del centro sanitario.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Mesas quirúrgicas. Medios de transporte. Equipos sanitarios. Ayudas técnicas. Instrumental quirúrgico.

Productos y resultados:

Traslado y movilización de pacientes. Transferencias de pacientes. Inmovilización y sujeción de los pacientes. Colocación de pacientes.

Información utilizada o generada:

Protocolo de asepsia y de aislamiento. Protocolo de limpieza de mesas de autopsias y materiales quirúrgicos. Protocolo de ergonomía. Características del paciente. Protocolo de conservación de cadáveres. Impresos y solicitudes de pruebas e historia clínica. Procedimientos de prevención de riesgos laborales. Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

MÓDULO FORMATIVO 1: ORDENACIÓN Y TRASLADO DE DOCUMENTOS, MATERIALES Y EQUIPOS DE UN CENTRO SANITARIO Y COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN.

Nivel: 1

Código: MF2251_1

Asociado a la UC: Ordenar y trasladar los documentos, materiales y equipos de un centro sanitario y proporcionar la información demandada.

Duración: 60 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Clasificar la documentación utilizada en un centro sanitario: formularios, peticiones de citas, pruebas diagnósticas, entre otras, teniendo en cuenta sus características y la urgencia de dicho documento.

CE1.1 Categorizar la recepción de documentación y correspondencia, teniendo en cuenta los departamentos y servicios de un centro sanitario.

CE1.2 En un supuesto práctico, en un centro sanitario:

CE1.3 Identificar los impresos y documentos de un centro sanitario, indicando su destino, después de haber contrastado su contenido.

CE1.4 Relacionar la documentación y la correspondencia con su respectivo destino, respetando la tramitación establecida en una supuesta distribución.

CE1.5 Disponer los archivadores, mediante una estructura que asigne un espacio específico a cada servicio.

CE1.6 Llevar a cabo los procesos de reprografía, para mantener el acopio de impresos y documentación que precise un centro sanitario, utilizando para ellos las máquinas existentes.

C2: Aplicar técnicas de manipulación de materiales y equipos sanitarios y no sanitarios, valorando la forma de manejo según el tipo de material o equipo a trasladar o instalar.

CE2.1 En un supuesto práctico, en un centro sanitario:

CE2.2 Describir las existencias del material de farmacia y/o almacén de un determinado centro sanitario, tanto si se destina a su depósito como a su distribución a otros servicios, según las pautas preestablecidas, para efectuar el recuento y comprobación de las existencias.

CE2.3 En un supuesto práctico: Identificar el modo de distribución de los pedidos realizados por los servicios, mediante el correspondiente formulario, favoreciendo que lleguen a su destino.

CE2.4 Describir el carro para el transporte de lencería según el contenido a trasladar.

CE2.5 Identificar y reconocer las anomalías o deficiencias del material de un servicio determinado, que permitan mejorar la calidad del mismo.

C3: Definir el funcionamiento de un centro sanitario, en lo relativo a la atención al público, teniendo en cuenta protocolos establecidos.

CE3.1 En un supuesto práctico de atención al público, informar a un usuario/a y/o paciente que se presente en un mostrador de información, utilizando un lenguaje claro y preciso.

CE3.2 Reconocer las normas internas de un centro sanitario, según los criterios establecidos para su cumplimiento por los usuarios/as y/o pacientes.

CE3.3 Describir tanto las técnicas de primeros auxilios básicos como el plan de emergencia de un centro sanitario, según los protocolos establecidos en dicho centro para estos casos.

CE3.4 Describir la forma y actitud en la atención al público en un centro sanitario en función del canal de comunicación.

C4: Explicar el proceso de atención al público en un centro de atención primaria, considerando posibles trámites a realizar, para ofrecer la información requerida.

CE4.1 En un supuesto práctico de atención al público, obtener datos de un usuario/a y/o paciente mediante la solicitud de una tarjeta sanitaria para identificar al mismo.

CE4.2 En un supuesto práctico de atención al público, ordenar mediante criterios de preferencia establecidos en un centro asistencial, las citas a los usuarios/as y/o pacientes, utilizando para ello programas informáticos destinados a tal efecto.

CE4.3 En un supuesto práctico de atención al público, atender el servicio telefónico a lo largo de una jornada, manteniendo una atención continuada.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.2; C2 respecto a CE2.1 y CE2.3; C3 respecto a CE3.1; C4 respecto a CE4.1. CE4.2 y CE4.3.

Otras capacidades:

Demostrar un buen hacer profesional.

Tratar al usuario/a y/o paciente con cortesía, respeto y discreción.

Demostrar cordialidad, amabilidad y actitud conciliadora y sensible hacia los demás.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Transmitir información con claridad, de manera ordenada, estructurada y precisa a las personas adecuadas en cada momento.

Respetar los procedimientos y normas internas de la empresa.

Contenidos:

1. Ordenación de la documentación de los servicios generales de un centro sanitario por servicios

Centros sanitarios: tipos, estructura funcional y orgánica.

Características y clases de documentos.

Urgencia y otras prioridades.

Clasificación de documentación.

Categorizar la distribución de la documentación y correspondencia.

Funcionamiento de maquinaria de reprografía e informática básica.

Conteo de material de farmacia y almacén.

Planes de emergencia

Normativa sobre riesgos laborales.

2. Manejo y traslado del material y equipos de un centro sanitario

Manejo y traslado de material.

Transporte: clases.

Aparatos sanitarios, maquinaria y ayudas técnicas: tipos, protocolos.

Distribución de unidosis y sueros.

Control de stock y recepción de productos.

Prevención de riesgos en relación a los materiales y equipos de un centro sanitario.

3. Atención de los celadores/as a usuarios/as y/o pacientes de un centro sanitario

Datos de la tarjeta sanitaria.

Habilidades de comunicación.

Técnicas de comunicación: verbal y no verbal.

Tipos de información. Confidencialidad.

Técnicas de primeros auxilios básicos.

Derechos y deberes de pacientes, usuarios/as y familiares.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

− Aula polivalente de un mínimo de 2 m² por alumno o alumna.

− Aula de informática de 45 m²

Perfil profesional del formador o formadora:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la ordenación y el traslado de documentos, materiales y equipos de un centro sanitario y la comunicación de la información demandada, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:

2. Competencia pedagógica de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

MÓDULO FORMATIVO 2: MOVILIZACIÓN, TRASLADO Y COLOCACIÓN DE PACIENTES, «ÉXITUS», AMPUTACIONES Y FETOS EN LAS UNIDADES DE HOSPITALIZACIÓN DE UN CENTRO SANITARIO.

Nivel: 1

Código: MF2252_1

Asociado a la UC: Trasladar y colaborar en la movilización de los pacientes, «éxitus», amputaciones y fetos tanto en el acceso como en las unidades de hospitalización de un centro sanitario, bajo la supervisión del personal responsable.

Duración: 180 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Determinar el proceso de las movilizaciones, en función de los cometidos asistenciales que necesita un determinado paciente.

CE1.1 En un supuesto práctico:

CE1.2 Detallar las ayudas técnicas utilizadas en la movilización de un determinado paciente, describiendo las indicaciones, funcionamiento y manejo de las mismas.

CE1.3 Describir las necesidades asistenciales de un determinado paciente, atendiendo a las características del mismo.

CE1.4 Definir las posturas de colocación de un determinado paciente, en relación a los cuidados del personal de enfermería, atendiendo a los protocolos preestablecidos.

C2: Aplicar las técnicas y procedimientos a utilizar en la inmovilización y sujeción de un paciente, atendiendo a las características físicas del mismo.

CE2.1 Identificar las características de un paciente, previa información del personal sanitario, para su sujeción o inmovilización.

CE2.2 En un supuesto práctico: analizar las medidas de prevención de aparición de lesiones, siguiendo las indicaciones del personal sanitario.

CE2.3 Detallar las medidas y los medios de sujeción que se utilizan para la inmovilización o sujeción de un paciente, siguiendo los protocolos preestablecidos.

C3: Identificar las características y funcionamiento de equipos de traslado de pacientes, relacionándolo con las características de los mismos.

CE3.1 En un supuesto práctico, en un centro sanitario:

CE3.2 Detallar los equipos utilizados según las necesidades del paciente, explicando sus indicaciones, funcionamiento y manejo.

CE3.3 Reconocer el medio de transporte para realizar el traslado de un paciente, atendiendo a sus características.

CE3.4 Identificar la documentación de un paciente a llevar en el traslado del mismo, para uso del personal destinado a tal fin, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia de protección de datos y de documentación clínica.

CE3.5 Reconocer los enseres de un paciente, garantizando que pertenecen al mismo, para evitar su pérdida en el traslado.

CE3.6 Enumerar las acciones de evacuación de un centro sanitario, seleccionando el método de evacuación en función de las características del paciente y el plan de emergencias y catástrofes del mismo.

C4: Definir las medidas higiénicas, de autoprotección y conservación, de «éxitus», fetos y amputaciones trasladándolos según protocolos preestablecidos.

CE4.1 Diferenciar la documentación que debe acompañar a los «éxitus», fetos y amputaciones, comprobando los datos de identificación de los mismos.

CE4.2 Relacionar los «éxitus», fetos y amputaciones con los envases y medios de transporte correspondientes a cada uno de ellos, siguiendo las normas higiénico-sanitarias establecidas en los centros sanitarios.

CE4.3 En un supuesto práctico: relacionar los «éxitus», fetos y amputaciones con su destino final, asegurando la distribución de los mismos, siguiendo los protocolos establecidos.

CE4.4 Identificar las normas sobre higiene y autoprotección para realizar el traslado de los «éxitus», fetos y amputaciones, en función de los protocolos preestablecidos en un centro sanitario.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.1; C2 respecto a CE2.2; C3 respecto a CE3.1; C4 respecto a CE4.3.

Otras capacidades:

Respetar los procedimientos y normas internas de la empresa.

Aprender nuevos conceptos o procedimientos y aprovechar eficazmente la formación utilizando los conocimientos adquiridos.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Tratar al paciente con cortesía, respeto y discreción.

Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.

Demostrar interés y preocupación por atender satisfactoriamente las necesidades de los pacientes.

Contenidos:

1. Pacientes de un centro sanitario

Características.

Tipología en función de la patología.

2. Posiciones anatómicas en función de la patología, en la unidad de hospitalización de un centro sanitario

Anatomía básica en función de las movilizaciones y traslados a realizar.

Tipos.

3. Técnicas de actuación con los pacientes: aplicación

Sujeción: medidas y medios.

Inmovilización: medidas y medios.

Aislamiento de pacientes: tipos, materiales y medidas.

Traslado: técnicas, métodos de evacuación, medios de transporte y tipos (pacientes, «éxitus», amputaciones y fetos).

Transferencias: tipos y métodos.

4. Ayudas técnicas para la movilidad: tipos y características

Muletas.

Bastón.

Andadores.

Cinturón de traslado.

Sillas de ruedas: accesorios.

Camas y camillas.

Grúas.

Cucharas.

Tablas.

Rulos de transporte.

5. Documentación y legislación relativa a la movilización de pacientes

Servicios de un centro sanitario.

Plan de Emergencias y Catástrofes.

Impresos de peticiones de prueba.

Protocolos de sujeción mecánica.

Normativa de higiene preventiva.

Normativa sobre riesgos laborales.

Normativa vigente sobre protección de datos y de documentación clínica.

Protocolos de traslado.

Protocolos de ergonomía.

Derechos y deberes del paciente.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

− Aula polivalente de un mínimo de 2 m² por alumno o alumna.

− Aula taller socio-sanitaria de 60 m²

Perfil profesional del formador o formadora:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el traslado y la colaboración en la movilización de los pacientes, «éxitus», amputaciones y fetos, tanto en el acceso como en las unidades de hospitalización de un centro sanitario, bajo la supervisión del personal responsable, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:

2. Competencia pedagógica de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

MÓDULO FORMATIVO 3: MOVILIZACIÓN, TRASLADO Y COLOCACIÓN DE PACIENTES EN SERVICIOS ESPECIALES DE UN CENTRO SANITARIO.

Nivel: 1

Código: MF2253_1

Asociado a la UC: Trasladar y colaborar en la movilización e inmovilización de los pacientes en unidades especiales, bajo la supervisión del personal responsable.

Duración: 120 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Describir las tareas propias en un área quirúrgica teniendo en cuenta protocolos y normas de asepsia preestablecidas.

CE1.1 Relacionar las características de un paciente de un área quirúrgica con la problemática que presenta, protegiendo la integridad del mismo.

CE1.2 Identificar las mesas quirúrgicas y sus accesorios, teniendo en cuenta las características y necesidades de un paciente.

CE1.3 En un supuesto práctico: colocar al paciente en la mesa quirúrgica, en la posición quirúrgica determinada por el personal destinado a tal fin, extremando las medidas de seguridad, para evitar agravar su situación y siguiendo los protocolos establecidos de ergonomía.

CE1.4 En un supuesto práctico: movilizar a los pacientes durante las intervenciones quirúrgicas, siguiendo los protocolos y normas de asepsia del centro sanitario.

C2: Determinar el proceso de actuación en unidades de cuidados intensivos (de ahora en adelante UCI), de vigilancia intensiva (de ahora en adelante UVI) y de grandes quemados, teniendo en cuenta normas y procedimientos predefinidos en dichas unidades.

CE2.1 En un supuesto práctico, en la UCI, UVI y unidades de grandes quemados:

CE2.2 Identificar las medidas de prevención de transmisión de infecciones, teniendo en cuenta los protocolos de aislamiento de la UCI, UVI y en la unidad de grandes quemados.

CE2.3 Reconocer los tipos de transmisión de enfermedades, conociendo y valorando los protocolos de asepsia de la UCI, UVI y en la unidad de grandes quemados.

C3: Definir el material, el espacio y el instrumental de una sala de autopsias, atendiendo a un protocolo preestablecido relativo al estudio de un cadáver.

CE3.1 En un supuesto práctico, en la sala de autopsias:

CE3.2 Identificar el instrumental con el que se va a realizar la autopsia, teniendo en cuenta las medidas higiénico-sanitarias y de conservación de dicho instrumental.

CE3.3 En un supuesto práctico, en la sala de autopsias:

CE3.4 Describir las técnicas de limpieza del instrumental y de la mesa de autopsias, considerando los protocolos de prevención de riesgos laborales, de limpieza y desinfección de material de un centro sanitario.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.3 y CE1.4; C2 respecto a CE2.1; C3 respecto a CE3.1 y CE3.3.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.

Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.

Tratar al cliente con cortesía, respeto y discreción.

Demostrar interés y preocupación por atender satisfactoriamente las necesidades de los pacientes.

Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.

Habituarse al ritmo de trabajo de la empresa.

Contenidos:

1. Posiciones de los pacientes en unidades especiales

Anatómicas.

Quirúrgicas.

Patologías.

2. Materiales del área quirúrgica

Camas: posiciones y accesorios.

Mesas quirúrgicas: clases y accesorios.

Accesorios para movilizar cadáveres: tipos.

Instrumental de autopsias.

Accesorios para la movilización de pacientes: tipos y características.

Equipamiento de los servicios especiales: tipos.

3. Sujeción e inmovilización en UCI, UVI y grandes quemados

Tipos.

Accesorios.

4. Protocolos, normativa e impresos de unidades especiales

Impresos para la movilización de cadáveres.

Normas de conservación de cadáveres.

Normativa sobre riesgos laborales.

Protocolos de asepsia.

Limpieza instrumental y mesas de autopsias: técnicas, instrumentos y protocolos.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

− Aula polivalente de un mínimo de 2 m² por alumno o alumna.

− Aula taller socio-sanitaria de 60 m²

Perfil profesional del formador o formadora:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el traslado y la colaboración en la movilización e inmovilización de los pacientes en unidades especiales, bajo la supervisión del personal responsable, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:

2. Competencia pedagógica de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

ANEXO DCLXIX

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: CUIDADOS AUXILIARES SANITARIOS

Familia Profesional: Sanidad

Nivel: 2

Código: SAN669_2

Competencia general

Proporcionar cuidados auxiliares al paciente/usuario o a la paciente/usuaria y actuar sobre las condiciones sanitarias de su entorno como miembro de un equipo de enfermería en los centros sanitarios de atención especializada y de atención primaria, con la supervisión de la persona superior responsable o, en su caso, como integrante de un equipo de salud en la asistencia sanitaria derivada de la práctica del ejercicio liberal.

Unidades de competencia

UC2254_2: Preparar los materiales de la consulta, unidad y servicio, y procesar la información sanitaria

UC2255_2: Realizar actividades de acondicionamiento higiénico del paciente/usuario o de la paciente/usuaria y su entorno, así como del material e instrumental sanitario

UC2256_2: Aplicar cuidados auxiliares sanitarios especializados

UC2257_2: Prestar apoyo emocional al paciente/usuario o a la paciente/usuaria e intervenir en programas y actividades de educación para la salud

Entorno Profesional

Ámbito Profesional

Desarrolla su actividad profesional en el sector sanitario, como integrante de un equipo interdisciplinar, en organismos e instituciones del ámbito público y en empresas privadas, en todos los niveles del Sistema Nacional, en centros sanitarios de atención especializada, atención primaria, residencias geriátricas, centros de día y centros sociosanitarios, edificios públicos, viviendas tuteladas o centros privados con servicios a personas mayores, centros de salud mental públicos o privados, o en su caso, como integrante de un equipo de salud en la asistencia sanitaria derivada de la práctica del ejercicio liberal.

Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración sanitaria competente.

Sectores Productivos

Se ubica en el sector sanitario, prestando su servicio en: Centros de atención especializada, atención primaria, atención comunitaria y ayuda a domicilio. Hospitales, residencias u otros centros sanitarios: cirugía estética, centros balneoterápicos, centros geriátricos, clínicas dentales, centros de atención domiciliaria, entre otros. Residencias geriátricas, viviendas tuteladas para mayores, centros de salud mental, y departamentos de asuntos sociales de ministerios; comunidades autónomas y ayuntamientos y mancomunidades.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

Técnico en cuidados auxiliares de enfermería.

Técnico auxiliar de clínica.

Auxiliar de enfermería hospitalaria.

Auxiliar de enfermería de atención primaria, y atención domiciliaria.

Auxiliar de enfermería de consultorio médico o gabinetes bucodentales.

Auxiliar de enfermería de salud mental y toxicomanías, de geriatría, de pediatría, de rehabilitación, de balnearios.

Auxiliar de cuidados sanitarios de personas con discapacidad física, psíquica y sensorial en establecimientos sanitarios y sociosanitarios.

Formación Asociada (900 horas)

Módulos Formativos

MF2254_2: Organización y gestión del área de trabajo sanitaria. (240 horas)

MF2255_2: Cuidados auxiliares sanitarios básicos. (210 horas)

MF2256_2: Cuidados auxiliares sanitarios especializados. (240 horas)

MF2257_2: Apoyo emocional y educación para la salud al paciente/usuario o a la paciente/usuaria. (210 horas)

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: PREPARAR LOS MATERIALES DE LA CONSULTA, UNIDAD Y SERVICIO, Y PROCESAR LA INFORMACIÓN SANITARIA

Nivel: 2

Código: UC2254_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Realizar las operaciones de gestión de documentación, de información y económica de la consulta, unidad o servicio, en función de las necesidades de atención, de la tecnología disponible y del tipo de entidad responsable de la prestación sanitaria o sociosanitaria.

CR 1.1 La citación del paciente/usuario o de la paciente/usuaria se realiza asignando fecha, hora y lugar, aplicando los criterios de prioridad, calendario y agenda establecidos por la institución, registrándose en el soporte correspondiente, (informático o de papel) y se comunica al paciente/usuario o a la paciente/usuaria o acompañante, si procede, junto con las instrucciones a seguir en relación a la cita para garantizar la calidad del proceso de atención.

CR 1.2 Las historias clínicas de los pacientes/usuarios o de las pacientes/usuarias citados se solicitan al archivo con antelación comprobándose, al ser recibidas, que los datos de identificación se corresponden con los de la citación y que contienen la documentación necesaria para organizar la cita prevista, depositándose en los lugares establecidos en el protocolo correspondiente.

CR 1.3 La apertura de historia, registro de datos o actualización de éstos se realiza, si procede, en el caso de que el paciente/usuario o la paciente/usuaria no tenga historia clínica, no figure en el registro o refiera una modificación de datos personales, siguiendo el protocolo correspondiente, para mantener actualizados los archivos de gestión de datos clínicos.

CR 1.4 Las peticiones de pruebas, informes, citas, interconsultas y otras comunicaciones, realizadas por o para otras unidades, servicios o centros y relacionadas con la asistencia a pacientes/usuarios o pacientes/usuarias, se tramitan (emisión, envío con registro de salida, reclamación si no se recibe, registro de entrada, incorporación en la historia clínica, entrega al destinatario) siguiendo los protocolos de comunicación, establecidos por la institución, con otras unidades, servicios o centros para garantizar la continuidad del proceso asistencial.

CR 1.5 La finalización de la consulta, asistencia o estancia del paciente/usuario o paciente/usuaria en la institución, se notifica a los servicios centrales para proceder al acondicionamiento del espacio, arreglo de la consulta, unidad o servicio, conforme al protocolo establecido, participándose en la optimización de los recursos disponibles.

CR 1.6 La documentación del paciente/usuario o de la paciente/usuaria se reúne, una vez terminada la consulta, asistencia o estancia en la institución, ordenando los archivos y registros contenidos en la historia clínica y comprobando previamente, en caso de tratarse de un alta, que están incluidos, el informe correspondiente y la documentación de enfermería para proceder a su remisión al archivo, previa autorización de la persona superior responsable.

CR 1.7 Los presupuestos, facturas y recibos, derivados de las actividades de asistencia sanitaria o socio-sanitarias de carácter privado, o servicios de proveedores, se emiten o reciben, según el caso, comprobando que contienen los datos de identificación contemplados en la normativa, haciéndose la anotación en el registro correspondiente, archivando el documento e informando a la persona superior responsable y al paciente/usuario o a la paciente/usuaria o familiar, según proceda.

CR 1.8 La legislación sobre protección de datos se aplica en las actividades de gestión y actividades relacionadas con el paciente/usuario o la paciente/usuaria, preservando la confidencialidad de los datos de carácter personal.

CR 1.9 El consentimiento informado, en los servicios de atención en que los protocolos lo requieran, se entrega al paciente/usuario o a la paciente/usuaria de los servicios el documento previsto para su lectura y aceptación.

RP 2: Preparar la sala con el material, instrumental y equipos necesarios para garantizar el proceso de atención al paciente/usuario o a la paciente/usuaria en instituciones sanitarias, gabinetes o consultas, instituciones socio-sanitarias, y en intervenciones de asistencia domiciliaria programada.

CR 2.1 El material recibido se comprueba que coincide en cantidad y calidad con el solicitado.

CR 2.2 La sala se mantiene en condiciones de uso inmediato, comprobando que el mobiliario y las condiciones ambientales son las adecuadas para la consulta o asistencia.

CR 2.3 El material, instrumental y equipos para la consulta o actividad asistencial se distribuyen y preparan en función de la actuación prevista y las indicaciones del superior responsable, efectuando las revisiones de primer nivel de los equipos para verificar que se encuentran operativos, comprobando entre otros: sistemas de iluminación, equipos, sistemas y útiles de monitorización, aspiración, material e instrumental quirúrgico, sillón e instrumental odontológico.

CR 2.4 Los protocolos de puesta en marcha, apagado y mantenimiento diario del material y de los equipos del servicio/unidad/gabinete se desarrollan en función de las necesidades que presenta el equipamiento específico del área de trabajo.

CR 2.5 Las revisiones de los equipos y maquinaria por parte de los servicios técnicos especializados, se verifica que se ajustan a las necesidades y plazos establecidos, para garantizar la operatividad de los mismos.

CR 2.6 El material e instrumental utilizados en la consulta o actividad de asistencia domiciliaria, se retiran y reponen, asegurando el nivel de existencias, cualitativa y cuantitativamente, para satisfacer las necesidades de atención y optimizar al máximo los recursos materiales disponibles.

CR 2.7 El material e instrumental para reposición y sustitución se almacena ordenado, en condiciones de conservación en cada caso, revisando su caducidad, registrando las entradas y salidas, controlando periódicamente las existencias y cursando las peticiones de reposición de acuerdo al volumen de almacén establecido y, en su caso, atendiendo a instrucciones de la persona superior responsable a fin de asegurar la continuidad de la actividad.

CR 2.8 La historia clínica del paciente/usuario o de la paciente/usuaria se dispone en la sala, una vez comprobados los datos de filiación y verificada la existencia de la documentación precisa para garantizar el acto asistencial.

CR 2.9 El equipamiento propio de cada unidad/servicio o gabinete, se mantiene, con todos sus elementos y útiles, en estado de uso, limpiándose después de cada intervención y quedando en condiciones de uso para su siguiente utilización.

RP 3: Realizar el proceso de preparación y manipulación de los diferentes materiales de uso odontológico, según el protocolo y las normas de calidad establecidas.

CR 3.1 Las dosis utilizadas en la preparación de los distintos materiales de odontología conservadora y restauradora, tales como siliconas, alginatos, materiales para el sellado de fosas y fisuras, geles y barnices de flúor, materiales para pulido y blanqueamiento dentario, entre otros, se corresponden con las indicadas en los protocolos de trabajo.

CR 3.2 La preparación de los distintos materiales utilizados en cirugía odontológica, tales como materiales de impresión, cementos de uso dental y resinas autopolimerizables o fotopolimerizables, entre otros, se corresponden con las indicadas en los protocolos de trabajo.

CR 3.3 El procedimiento de preparación y manipulación de los materiales utilizados en técnicas de odontología conservadora y odontología intervencionista (batido, espatulado y mezclado, entre otros), se realiza en todas sus fases.

CR 3.4 Los materiales obtenidos se garantiza que se adecúan en textura y fluidez y son conformes a las indicaciones de calidad expresadas por el facultativo o la facultativa, encontrándose disponibles para su uso en el momento preciso.

RP 4: Establecer las comunicaciones con otras unidades o servicios del centro o institución y con unidades u organizaciones externas, cuando así proceda, de acuerdo a los protocolos y a los criterios de calidad establecidos, garantizando un proceso de atención integral al paciente/usuario o a la paciente/usuaria.

CR 4.1 El registro de la petición y los servicios solicitados a otras unidades se realiza conforme a protocolos, reclamándose, en caso de demora, de acuerdo a los ritmos de trabajo establecidos por el centro.

CR 4.2 Los informes y pruebas recibidas se identifican, anotando la fecha de recepción y notificándose al superior correspondiente, procediéndose a su incorporación en las historias clínicas, responsabilizándose de que los documentos permanezcan en el expediente y archivo asignado.

CR 4.3 Los trabajos solicitados a otras organizaciones externas se identifican, anotando la fecha de recepción y notificándose al superior, procediéndose a su vinculación a las correspondientes historias clínicas, responsabilizándose de que los trabajos permanezcan en el almacén establecido hasta la prueba o entrega al usuario/paciente.

CR 4.4 La información solicitada por otras unidades, se remite en la forma y plazos previstos, previa autorización de la persona superior responsable, registrándose previamente los datos concernientes a la solicitud.

CR 4.5 Las observaciones al responsable del plan de cuidados de enfermería se realizan, colaborando con éste, en el proceso de elaboración del informa de alta de enfermería.

CR 4.6 La información a la unidad central o al departamento de admisión, según proceda, del alta hospitalaria o institucional del paciente/usuario o de la paciente/usuaria del servicio se realiza de acuerdo a los procedimientos y normas internas del centro.

CR 4.7 Los protocolos clínicos normalizados de trabajo se elaboran en colaboración con el resto de los miembros del equipo interdisciplinar.

RP 5: Realizar operaciones vinculadas con la programación de la consulta, unidad o servicio y en el seguimiento del plan de prevención de riesgos, colaborando con la persona superior responsable.

CR 5.1 La utilización de los recursos materiales dentro de su área de actividad se optimiza, participando en el aseguramiento de la calidad del servicio.

CR 5.2 La programación de su área de actividad/responsabilidad se cumple atendiendo a los plazos establecidos en la institución para satisfacer las necesidades de asistencia.

CR 5.3 Los riesgos asociados a cada área de trabajo, se detectan para prevenirlos o minimizarlos, mediante la adopción de medidas específicas de profilaxis, utilización de equipos de protección personal, métodos de aislamiento del entorno y uso de métodos de desinfección y esterilización de materiales, instrumental y equipamiento, según proceda.

CR 5.4 Las situaciones de emergencia o accidente se detectan para garantizar la actuación inmediata de activación del sistema de emergencias y, en caso preciso, participar conforme a los protocolos establecidos en la resolución de la situación de emergencia y/o accidente laboral en el área de trabajo específica.

RP 6: Colaborar en la prevención de posibles riesgos secundarios, relacionados con las pruebas diagnósticas o con la realización del acto asistencial.

CR 6.1 A los pacientes/usuarios o a las pacientes/usuarias en la sala de espera, se le comunica a través de información verbal y escrita, la necesidad de informar al personal sanitario sobre un posible embarazo, para adoptar las medidas oportunas ante futuras exploraciones radiológicas.

CR 6.2 Los mandiles de protección radiológica, se proporcionan al paciente/usuario o a la paciente/usuaria en la realización de radiografías, cuando sus características o circunstancias individuales así lo aconsejen (edad, embarazo u otras).

CR 6.3 Los elementos protectores utilizados para la realización del acto asistencial, tales como gafas, baberos u otros, se proporcionan al paciente o usuario para minimizar o evitar posibles riesgos asociados.

CR 6.4 La utilización de medidas de autoprotección se adopta en la realización de radiografías, advirtiendo de la próxima ejecución al resto del personal sanitario que se encuentre en la sala.

CR 6.5 La utilización de medidas de protección se adopta en caso de manejo de determinados materiales de uso diagnóstico o terapéutico que puedan entrañar riesgos derivados de la manipulación de los mismos.

CR 6.6 La aplicación de las medidas preventivas se adoptan en caso de que el paciente/usuario o la paciente/usuaria refiera antecedentes de alergia al látex, para garantizar la ausencia de contacto entre éste y dicho material.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Sistemas informáticos de gestión. Ficheros, dietarios, protocolos, libros de contabilidad y de control de almacén. Calculadora. Historia clínica. Historia social. Hoja de consentimiento informado. Impresos y fichas de registro de datos. Fichas de peticiones. Material e instrumental médico quirúrgico. Lencería. Camillas. Contenedores. Equipos protectores, gafas, baberos, mandiles. Material de limpieza. Desinfectantes. Instrumental y material desechable y no desechable. Material, indumentaria e instrumentación de exploración, diagnóstico e intervención operatoria (odontológico entre otros). Material de recogida y transporte de muestras. Contenedores de eliminación de residuos. Neveras. Materiales de cura.

Productos y resultados:

Albaranes. Historias clínicas. Citaciones y registros de pacientes/usuarios o pacientes/usuarias. Datos de identificación y petición. Informe de enfermería realizado al alta. Presupuestos y facturas. Material e instrumental listo y ordenado. Listados de trabajo. Inventarios. Almacén ordenado. Registro de control de existencias. Registro de mantenimiento de equipos. Material distribuido. Instrumental preparado. Fichas de registro dentales. Operaciones de gestión de documentación, información y económica de la consulta, unidad o servicio, de la prestación sanitaria o sociosanitaria, realizadas. Preparación de la sala, material, instrumental y equipos sanitarios. Proceso de preparación y manipulación de material de uso odontológico realizado. Comunicaciones con otras unidades o servicios del centro o institución y con unidades u organizaciones externas establecidas. Operaciones vinculadas con la programación de la consulta, unidad o servicio y en el seguimiento del plan de prevención de riesgos, realizadas. Operaciones de prevención de riesgos secundarios, relacionados con las pruebas diagnósticas o con la realización del acto asistencial, realizadas.

Información utilizada o generada:

Catálogos y listado de productos, materiales, instrumental y aparatos. Normas de almacenamiento y conservación. Protocolos normalizados de trabajo. Manuales técnicos de manejo y mantenimiento de equipos y materiales. Albaranes y facturas. Inventarios. Aplicaciones de registro manual y/o informático. Protocolos normalizados de sistemas de archivo y actualización de la documentación. Historias, fichas clínicas y consentimientos informados. Protocolos y Plan de prevención de riesgos. Normativa comunitaria, estatal y en su caso autonómica sobre: Ley General de Sanidad. Ordenación de profesiones sanitarias. Protección de datos de carácter personal. Prevención de riesgos laborales, así como su reglamento y normas de aplicación. Autonomía del paciente o de la paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: REALIZAR ACTIVIDADES DE ACONDICIONAMIENTO HIGIÉNICO DEL PACIENTE/USUARIO O DE LA PACIENTE/USUARIA Y SU ENTORNO, ASÍ COMO DEL MATERIAL E INSTRUMENTAL SANITARIO

Nivel: 2

Código: UC2255_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Realizar las operaciones de mantenimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de la habitación o unidad del paciente/usuario o de la paciente/usuaria que correspondan, para asegurar las condiciones de confort establecidas por la institución y/o por el responsable del plan de cuidados.

CR 1.1 El orden y limpieza de la habitación o unidad del paciente/usuario o de la paciente/usuaria se comprueba, comunicando las incidencias al responsable del plan de cuidados para que se comunique con los servicios centrales de la institución, cuidadores o asistentes personales del paciente/usuario o de la paciente/usuaria, según proceda, y se subsanen las deficiencias observadas.

CR 1.2 El orden y limpieza del mobiliario se mantienen, comprobando que se encuentran presentes los accesorios precisos para garantizar, entre otros, los aspectos básicos de confort y movilidad del paciente/usuario o de la paciente/usuaria.

CR 1.3 Las condiciones ambientales, incluyendo la intensidad de luz, temperatura, humedad, nivel de ruido y ventilación, se verifica que se ajustan a las características y necesidades del paciente/usuario o de la paciente/usuaria, a fin de favorecer su descanso y comodidad.

CR 1.4 Las condiciones de aislamiento del paciente/usuario o de la paciente/usuaria, cuando así se precisen, se verifica que se ajustan a los protocolos de trabajo e instrucciones establecidas por la persona superior responsable.

RP 2: Hacer la cama del paciente/usuario o de la paciente/usuaria conforme al protocolo establecido, para asegurar la calidad del proceso de atención integral.

CR 2.1 La lencería de cama, se dispone doblada, limpia y ordenada, en el lugar de almacenamiento correspondiente y reponiendo las existencias, siguiendo los protocolos establecidos, con el fin de asegurar la disponibilidad de las piezas precisas cuando así se requiera.

CR 2.2 El estado y funcionamiento de la cama y colchón se comprueban con la periodicidad establecida en el protocolo.

CR 2.3 La cama libre abierta o cerrada, según los casos, se hace empleando lencería limpia y seca, aplicando la técnica indicada en los protocolos y comprobando que queda preparada en condiciones de uso inmediato.

CR 2.4 La cama ocupada se hace realizando las movilizaciones necesarias e imprescindibles del paciente/usuario o de la paciente/usuaria y conforme a los protocolos establecidos, evitando causarle daño y comprobando, una vez terminada, que la posición del paciente/usuario o de la paciente/usuaria es la adecuada conforme al plan de tratamiento y que el estado de los elementos de soporte y conexiones que porta el paciente/usuario o la paciente/usuaria (drenajes, sueros, oxigenoterapia) no se ha alterado durante el procedimiento.

CR 2.5 El estado final de la cama se comprueba, verificando que queda limpia, seca, sin arrugas y en la posición adecuada, en función de las necesidades y condiciones del paciente/usuario o de la paciente/usuaria del servicio de asistencia.

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