Orden AEC/1324/2012, de 31 de mayo, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Chiang Mai (Tailandia)
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
La ciudad de Chiang Mai, la segunda en importancia en Tailandia y destino turístico principal junto con Bangkok y Phuket, es el punto desde el que los turistas inician su ruta por el llamado «Triángulo de oro». El incremento de los turistas españoles que visitan Tailandia, hace necesaria la creación de una Oficina Consular Honoraria en esa ciudad con el fin de garantizar la asistencia a los ciudadanos españoles ante cualquier incidente en el que puedan verse implicados.
Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Bangkok (Tailandia), con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General para América del Norte, Asia y Pacífico, he tenido a bien disponer:
Primero.
Se crea una Oficina Consular Honoraria en Chiang Mai (Tailandia), con jurisdicción en Chiang Mai, Chiang Rai, Phayao, Nan, Mae Hong Son, Lamphun, Lampang y Phrae, con categoría de Consulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Bangkok (Tailandia).
Segundo.
El Jefe de la Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Madrid, 31 de mayo de 2012.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo Marfil.
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