Orden ESS/1368/2012, de 25 de junio, por la que se prorrogan los plazos para la presentación de las solicitudes y de remisión de los informes-propuesta de los incentivos correspondientes al ejercicio 2011, al amparo del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral

Rango Orden
Publicación 2012-06-26
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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Al amparo de las previsiones establecidas en la disposición final tercera del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral, la Orden TIN/1512/2011, de 6 de junio, vino a ampliar hasta el 30 de junio y el 15 de agosto de 2011, respectivamente, los plazos para la presentación a las entidades gestoras o mutuas de las solicitudes de las empresas que desearan optar por el incentivo correspondiente al ejercicio 2010 y de remisión por aquéllas de los informes-propuesta a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

El volumen de gestión derivado de las solicitudes presentadas respecto del referido ejercicio 2010 hace aconsejable el mantenimiento de la ampliación de plazos señalada para las solicitudes correspondientes al ejercicio 2011, a fin de garantizar la recopilación de la información a presentar por las empresas junto con la solicitud, y permitir a las entidades gestoras y a las mutuas la realización de las comprobaciones necesarias para la elaboración del informe-propuesta a remitir a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Esta Orden se dicta en uso de las facultades conferidas en la disposición final tercera del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Plazos de presentación y tramitación de las solicitudes correspondientes al ejercicio 2011.

Se prorrogan para el ejercicio 2011, hasta el 30 de junio y el 15 de agosto de 2012, respectivamente, las fechas de finalización de los plazos de presentación de las solicitudes de las empresas a las entidades gestoras o mutuas y de remisión por éstas a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social de los informes-propuesta a los que se refiere el artículo 7 del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

Disposición final primera. Facultades de aplicación y desarrollo.

Se faculta al Secretario de Estado de la Seguridad Social para resolver cuantas cuestiones puedan plantearse en aplicación de esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de junio de 2012.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez García.

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