Resolución de 13 de julio de 2012, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears

Rango Resolución
Publicación 2012-07-14
Estado Caducada
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Precio total de venta al público – Euros/cajetilla
A) Cigarrillos
Ideales KS Soft 3,95
--- ---
Precio total de venta al público – Euros/unidad
B) Cigarros y cigarritos
Breñas Cubanas:
Club 2000 (20) 4,70
Coronas (5x5) 2,40
Dalias (25) 4,15
Demi Tasse Petaca (50) 0,90
Naturales (25) 3,35
N.º 4 (25) 2,90
N.º 4 (5x5) 2,20
Palmas (10) 3,85
Perlas (5x5) 1,40
Pirámides (10) 4,40
Robustos (20) 3,70
Condega:
Arsenio Edición Limitada (10) 4,20
Esplendido (25) 4,00
Gran Reserva (25) 4,50
IV Centenario (10) 4,15
Juanito (25) 2,55
Maduro Selección Privada Serie F (10) 4,45
Magnum 52 (25) 3,95
Mini Robusto Caja (25) 3,20
Perlas (25) 2,00
Piramide (25) 3,75
Robusto (25) 3,55
Robusto Celebración (20) 2,30
Don José:
Corona Mazo (10) 1,55
Corona Mazo (25) 1,55
Cortos (10) 1,15
Cortos (25) 1,15
Mini Pirámide (10) 1,30
Mini Robusto (10) 1,30
Mini Robusto Mazo (25) 1,30
N.º 1 (25) 1,80
N.º 1 Mazo (10) 1,80
N.º 2 (25) 1,70
N.º 2 Mazo (10) 1,70
N.º 3 (10) 0,95
N.º 3 (25) 0,95
N.º 4 Mazo (10) 0,80
N.º 4 (25) 0,80
Perlas (25) 0,95
Perlas Mazo (10) 0,95
Pirámides (10) 1,75
Pirámides (25) 1,75
Premiun Mini Robusto (10) 1,85
Premiun Robusto (10) 2,10
El Crédito:
Serie R N.º 6 (4) 5,75
Flor de Besana:
Churchill Tubulares (25) 4,15
Monte Albar:
Alianza (25) 2,80
Delirios (25) 2,10
Placeres (24) 2,10
Stelas (25) 2,25
Superiores (25) 1,85
Tesoros (20) 2,00
Santa Clara:
1830 Magnum (1) 15,00
Quino (5) 0,80
Tabacos Jalapa:
Gallos (50) 0,60
Minis (50) 0,35
Toros (5 x 10) 0,50
Vegafina:
Short Robusto T (10) EE 4,00
Sumum T 2011 (10) 6,00
Vegas de Guayaquil:
Celebración (25) 2,50
Diamantes (25) 2,90
C) Picaduras de liar
Excite Red American Blend (15 g) 1,90
Mohawk «sin aditivos» (1.000 g) 126,00
Mohawk Extra Fine Cut (1.000 g) 121,00
Salsa Natural (20 g) 2,40
D) Picaduras de pipa
Bullbrand Tabaco Negro (100 g) 11,90
Excite Tabaco American Blend (100 g) 11,90
W.O. Larsen Edition 2013 (100 g) 11,30

Segundo.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de julio de 2012.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Juan Luís Nieto Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

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