Orden AEC/2292/2013, de 21 de noviembre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Nevsehir (Turquía)
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
La creación de una Oficina Consular Honoraria de España en Nevsehir, se justifica por el importante número de turistas españoles que visitan la zona de Capadocia y también serviría para dar una asistencia consular más eficaz y rápida a los ciudadanos españoles ante cualquier problema que pudieran tener.
Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Ankara, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General de Relaciones Bilaterales con Países de la Unión Europea, Países Candidatos y Países del Espacio Económico Europeo, he tenido a bien disponer:
Primero.
Se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Nevsehir (Turquía), con jurisdicción en las provincias de Nigde, Aksaray, Nevsehir, Kayseri, Kirsehir y Yozgat, con categoría de Consulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Ankara (Turquía).
Segundo.
El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en Nevsehir (Turquía) tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Madrid, 21 de noviembre de 2013.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo y Marfil.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.