Resolución de 15 de febrero de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se adoptan medidas sobre estructura organizativa y se modifica la Resolución de 21 de septiembre de 2004, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
La Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, actualizó su estructura territorial y sentó las bases para su adaptación a un ámbito regional de competencias y funciones.
En el actual escenario de austeridad presupuestaria, la búsqueda de la mayor eficacia y eficiencia posible, junto con la optimización y racionalización de los recursos disponibles deben ser los principios inspiradores de la actuación de la Agencia.
Con esta finalidad, se suprimen las doce Delegaciones de la Agencia Tributaria existentes en las provincias donde tienen su sede las correspondientes Delegaciones Especiales, en las cuales pasa a quedar integrada la estructura orgánica de aquellas. Al mismo tiempo, se revisa la estructura orgánica de las Delegaciones Especiales suprimiendo la figura del Delegado Coordinador y fijando las funciones de los Delegados Ejecutivo y de Planificación y Control.
En relación a las Administraciones, se continúa con el proceso de especialización de las funciones de control, al tiempo que se garantiza un nivel adecuado en los servicios de información y asistencia que se prestan a los ciudadanos. Asimismo, se avanza en el proceso de reordenación y concentración de las Administraciones situadas en un mismo término municipal, para optimizar los recursos existentes. Como parte de dicho proceso de reordenación, las Administraciones de Sants-Les Corts y de Sant Andreu se integran en otras Administraciones urbanas de Barcelona. Idéntica circunstancia se produce con la integración de la Administración de Córdoba-Este en la Delegación de Córdoba. En Madrid, las Administraciones de Hortaleza-Barajas y Fuencarral se fusionan en la nueva Administración de Fermín Caballero. Finalmente en Valencia, se fusionan las Administraciones de Valencia- Grao y Valencia- Norte en la nueva Administración de Blasco Ibáñez. En Sevilla, la Administración de Macarena se integra en la Delegación de Sevilla, que se integra, a su vez, en la Delegación Especial de Andalucía, y finalmente en Zaragoza la Administración de Delicias pasa a denominarse Administración de Albareda, integrando también la Delegación de Zaragoza. En A Coruña, la integración de la Delegación en la estructura regional aconseja la creación de una nueva Administración en A Coruña.
Asimismo, se incorpora en la Resolución de 21 de septiembre de 2004 el contenido de la Resolución de 21 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el ámbito territorial de las Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, quedando derogada.
Finalmente, se actualizan diversos preceptos para adecuarlos al marco normativo actual y se introducen mejoras técnicas y sendas disposiciones sobre supresión y sucesión de órganos y sobre referencias orgánicas en los cambios de denominaciones, así como las transitorias pertinentes. Tal como se indica expresamente en la parte dispositiva, esta Resolución no supone incremento de gasto alguno.
En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, dictada en desarrollo del número 5 del apartado Once del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, dispongo:
Primero. Creación de Administraciones.
Se crean las Administraciones de la Agencia Tributaria de Albareda, en la Delegación Especial de Aragón; de A Coruña, en la Delegación Especial de Galicia; de Fermín Caballero en la Delegación Especial de Madrid y de Blasco Ibáñez en la Delegación Especial de Valencia.
Segundo. Modificación de la Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria queda modificada como sigue:
Uno. El apartado cuarto queda redactado de la siguiente forma:
«Cuarto. Estructura y funciones de las Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria.
La superior jefatura de las Delegaciones Especiales corresponde a su titular que, dependiendo directamente de la Dirección General de la Agencia Tributaria, desarrollará las competencias y funciones que le atribuye el apartado quinto de la presente Resolución, conforme a las directrices y criterios de actuación establecidos por la Dirección General de la Agencia Tributaria y por los Departamentos en el ámbito de sus competencias.
En las Delegaciones Especiales de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Cataluña, de Madrid y de Valencia, dependiendo directamente del titular de la Delegación Especial, existirán sendos Delegados Ejecutivos y Delegados de Planificación y Control, que ejercerán las funciones y competencias enumeradas en el apartado sexto de esta Resolución.
Las Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria estarán integradas por las siguientes Dependencias Regionales:
Dependencia Regional de Inspección.
Dependencia Regional de Gestión Tributaria.
Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales.
Dependencia Regional de Recaudación.
Dependencia Regional de Relaciones Institucionales.
Dependencia Regional de Informática Tributaria.
Dependencia Regional de Recursos Humanos y Gestión Económica.
No obstante, las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales sólo existirán en las Delegaciones Especiales en las que las circunstancias aconsejen su creación.
Las competencias, funciones, organización y estructura correspondientes a las Dependencias Regionales, así como el régimen de suplencia de los Jefes de las Dependencias Regionales, serán los establecidos en la normativa reguladora de la organización y funciones de cada área funcional de la Agencia Tributaria.
El Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria, a través del correspondiente Servicio Jurídico Regional, prestará la asistencia jurídica en el ámbito de la Delegación Especial, conforme a lo establecido en la Resolución de 11 de mayo de 1999 de la Presidencia de la Agencia Tributaria, de reestructuración del Servicio Jurídico.
En las Delegaciones Especiales de la Agencia cuyo ámbito territorial coincida con el de Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que no exista Delegación de la Agencia, existirá una Oficina de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia, en los términos establecidos en la Resolución de 23 de junio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crean las Oficinas de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia en el ámbito de las Delegaciones de la Agencia Tributaria y se regula su funcionamiento.
En los demás casos, la Oficina de Comunicación con Juzgados y Tribunales se integrará en las Delegaciones de la Agencia Tributaria, en los términos que establece el apartado Octavo.3 de la presente Resolución o en las Delegaciones Especiales correspondientes en las provincias sin Delegación de la Agencia.»
Dos. El número 4 del apartado quinto queda redactado de la siguiente forma:
«4. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad los Delegados Especiales serán sustituidos, salvo que la Dirección General de la Agencia Tributaria disponga otra cosa, de acuerdo con el siguiente orden: Delegados Ejecutivos, Delegados de Planificación y Control, y Jefes de las Dependencias Regionales, en el orden en el que se relacionan en el número 3 del apartado cuarto.»
Tres. El apartado sexto queda redactado de la siguiente forma:
«Sexto. Competencias y funciones de los Delegados Ejecutivo y de Planificación y Control.
Los Delegados a que se hace referencia en el apartado cuarto.2 de esta Resolución ejercerán las competencias y funciones que a continuación se indican:
Los Delegados Ejecutivos asistirán a los correspondientes Delegados Especiales en las funciones de dirección y coordinación de las Dependencias Regionales y de las Administraciones cuando no estén integradas en una Delegación de la Agencia. Asimismo, ejercerán las demás funciones que los Delegados Especiales respectivos les encomienden.
Los Delegados de Planificación y Control asistirán a los correspondientes Delegados Especiales en las funciones de planificación y control de las Dependencias Regionales de la Delegación Especial y participarán, conforme a la normativa vigente sobre régimen de competencias, en la elaboración de los planes de actuación de las áreas funcionales, coordinando su ejecución y proponiendo al titular de la Delegación Especial las medidas que aseguren el cumplimiento de los diferentes programas. Asimismo, ejercerán las demás funciones que los Delegados Especiales respectivos les encomienden.
Los Delegados Ejecutivo y de Planificación y Control serán nombrados y cesados por la Presidencia de la Agencia Tributaria a propuesta de la Dirección General de la misma, de conformidad con lo establecido en el apartado tres.2 del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991. Su nombramiento y cese se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
En caso de ausencia, vacante o enfermedad de los Delegados Ejecutivo y de Planificación y Control, éstos se sustituirán entre sí. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de ambos Delegados, el titular de la Delegación Especial acordará el régimen de sustitución que proceda en cada caso.»
Cuatro. El apartado octavo queda redactado de la siguiente manera:
«Octavo. Estructura y funciones de las Delegaciones de la Agencia Tributaria.
La superior jefatura de las Delegaciones de la Agencia Tributaria corresponde al Delegado de la Agencia Tributaria que, dependiendo directamente del Delegado Especial desarrollará las funciones que le atribuye el apartado Noveno de la presente Resolución, conforme a las directrices y criterios de actuación establecidos por los Delegados Especiales y los Jefes de Dependencia Regional en el ámbito de sus competencias.
En las Delegaciones de la Agencia Tributaria podrán existir unidades administrativas regionales de cada Dependencia Regional, las cuales podrán configurarse como Dependencias cuando así se disponga en la normativa reguladora de la organización y funciones en el ámbito de competencia de cada Departamento de la Agencia Tributaria. Dicha normativa establecerá también las funciones, estructura y organización de las unidades administrativas regionales ubicadas en las Delegaciones.
En las Delegaciones de la Agencia Tributaria existirá una Oficina de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia en los términos establecidos en la Resolución de 23 de junio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crean las Oficinas de Comunicación con los Juzgados y Tribunales de Justicia en el ámbito de las Delegaciones de la Agencia Tributaria y se regula su funcionamiento.
Cuando así se haya establecido, la unidad desconcentrada del Servicio Jurídico Regional, prestará la asistencia jurídica en el ámbito de la Delegación, conforme a lo establecido en la Resolución de 11 de mayo de 1999 de la Presidencia de la Agencia Tributaria, de reestructuración del Servicio Jurídico.»
Cinco. El apartado décimo queda redactado de la siguiente forma:
«Décimo. Ámbito territorial y competencial de las Administraciones de la Agencia Tributaria.
Las Administraciones se integran en la Delegación de la Agencia de la provincia o demarcación territorial donde estén establecidas. En las Delegaciones Especiales cuyo ámbito territorial coincida con el de las Comunidades Autónomas uniprovinciales, en las que no exista Delegación de la Agencia, las Administraciones de la Agencia se integran en las Delegaciones Especiales. Asimismo, se integran en la Delegación Especial correspondiente las Administraciones situadas en la provincia en la que no exista Delegación.
Las Administraciones de la Agencia Tributaria extenderán sus competencias con carácter general a su ámbito territorial respectivo y ejercerán sus funciones respecto de las unidades administrativas regionales y servicios que se encuentren integrados en las mismas.
Las Administraciones de la Agencia son las que se relacionan en el anexo II de esta Resolución, en el que también se establece su ámbito territorial.»
Seis. El número 2 del apartado decimotercero queda sin contenido.
Siete. Se suprime la disposición adicional séptima.
Ocho. El anexo 1 queda sustituido por el anexo I de la presente Resolución.
Nueve. El anexo II queda sustituido por el anexo II de la presente Resolución.
Disposición adicional primera. Supresión y sucesión de órganos.
1. Quedan suprimidas las Delegaciones de la Agencia de Sevilla, Zaragoza, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Toledo, Valladolid, Barcelona, Badajoz, A Coruña, Murcia, Bizkaia y Valencia.
2. Las funciones y competencias atribuidas en la normativa vigente a los titulares de las Delegaciones de la Agencia suprimidas serán asumidas por los titulares de las Delegaciones Especiales de las que aquellas dependían.
3. La estructura orgánica de las Dependencias y el resto de las unidades y puestos de trabajo de las Delegaciones suprimidas se integran en las respectivas Dependencias Regionales y demás unidades de las correspondientes Delegaciones Especiales.
4. Las funciones y competencias atribuidas en la normativa vigente a los órganos de las Delegaciones suprimidas serán asumidas por los órganos correspondientes de las Delegaciones Especiales en las que se integran.
5. Quedan suprimidas las siguientes Administraciones de la Agencia:
– Administración de Macarena, que se integra en la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla.
– Administración de Córdoba-Este que se integra en la Delegación de Córdoba.
– Administración de Delicias, cuyas funciones son asumidas por Administración de Albareda.
– Administración de Sants-Les Corts, cuyas funciones son asumidas por las Administraciones de Colom y Via Augusta.
– Administración de Sant Andreu, cuyas funciones son asumidas por las Administraciones de Horta y Poble Nou.
– Administración de Hortaleza-Barajas y Administración de Fuencarral, cuyas funciones son asumidas por la Administración de Fermín Caballero.
– Administración de Valencia- Grao y Valencia-Norte, cuyas funciones son asumidas por la Administración de Blasco Ibáñez.
Disposición adicional segunda. Referencias orgánicas.
1. Las referencias en las disposiciones vigentes a las Dependencias Regionales de Recursos Humanos y Administración Económica deberán entenderse efectuadas a las Dependencias Regionales de Recursos Humanos y Gestión Económica.
Disposición adicional cuarta. Ausencia de incremento del gasto público.
La aplicación de lo dispuesto en esta Resolución no implicará aumento del gasto en el presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.
Los procedimientos administrativos relativos a los obligados tributarios con domicilio fiscal en los municipios o códigos postales redistribuidos o afectados por la creación de Administraciones o la supresión de Delegaciones serán ultimados y resueltos por los órganos competentes de las Administraciones o Delegaciones de la Agencia Tributaria a las que se asignen dichos códigos postales o municipios, con las salvedades establecidas en el artículo 59.3 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y en el artículo 20.3 del Reglamento General del régimen sancionador tributario, aprobado por Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre.
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del personal afectado.
Los funcionarios y demás personal que resulten afectados por las modificaciones orgánicas establecidas en esta Resolución percibirán la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con lo establecido para el puesto de trabajo que estuviesen desempeñando según las relaciones de puestos de trabajo aprobadas a la fecha de la entrada en vigor de la Resolución y en tanto no se proceda a su modificación o a la readscripción de los puestos afectados.
Disposición derogatoria única.
Queda derogada la Resolución de 21 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el ámbito territorial de las Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día 25 de febrero de 2013, salvo en lo referente a la supresión de las Administraciones de Valencia-Norte y Valencia-Grao y a la creación de la Administración de Blasco Ibáñez, cuya entrada en vigor será el 15 de julio de 2013.
Madrid, 15 de febrero de 2013.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Miguel Ferre Navarrete.
ANEXO I. Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla: Sede en Sevilla.
Delegación de la Agencia de Almería: Sede en Almería.
Delegación de la Agencia de Cádiz: Sede en Cádiz.
Delegación de la Agencia de Córdoba: Sede en Córdoba.
Delegación de la Agencia de Granada: Sede en Granada.
Delegación de la Agencia de Huelva: Sede en Huelva.
Delegación de la Agencia de Jaén: Sede en Jaén.
Delegación de la Agencia de Málaga: Sede en Málaga.
Delegación de la Agencia de Ceuta: Sede en Ceuta.
Delegación de la Agencia de Melilla: Sede en Melilla.
Delegación de la Agencia de Jerez de la Frontera: Sede en Jerez de la Frontera.
Delegación Especial de Aragón: Sede en Zaragoza.
Delegación de la Agencia de Huesca: Sede en Huesca.
Delegación de la Agencia de Teruel: Sede en Teruel.
Delegación Especial de Asturias: Sede en Oviedo.
Delegación de la Agencia de Gijón: Sede en Gijón.
Delegación Especial de Illes Balears: Sede en Palma de Mallorca.
Delegación Especial de Canarias: Sede en Las Palmas de Gran Canaria.
Delegación de la Agencia de Santa Cruz de Tenerife: Sede en Santa Cruz de Tenerife.
Delegación Especial de Cantabria: Sede en Santander.
Delegación Especial de Castilla-La Mancha: Sede en Toledo.
Delegación de la Agencia de Albacete: Sede en Albacete.
Delegación de la Agencia de Ciudad Real: Sede en Ciudad Real.
Delegación de la Agencia de Cuenca: Sede en Cuenca.
Delegación de la Agencia de Guadalajara: Sede en Guadalajara.
Delegación Especial de Castilla y León: Sede en Valladolid.
Delegación de la Agencia de Ávila: Sede en Ávila.
Delegación de la Agencia de Burgos: Sede en Burgos.
Delegación de la Agencia de León: Sede en León.
Delegación de la Agencia de Palencia: Sede en Palencia.
Delegación de la Agencia de Salamanca: Sede en Salamanca.
Delegación de la Agencia de Segovia: Sede en Segovia.
Delegación de la Agencia de Soria: Sede en Soria.
Delegación de la Agencia de Zamora: Sede en Zamora.
Delegación Especial de Cataluña: Sede en Barcelona.
Delegación de la Agencia de Girona: Sede en Girona.
Delegación de la Agencia de Lleida: Sede en Lleida.
Delegación de la Agencia de Tarragona: Sede en Tarragona.
Delegación Especial de Extremadura: Sede en Badajoz.
Delegación de la Agencia de Cáceres: Sede en Cáceres.
Delegación Especial de Galicia: Sede en A Coruña.
Delegación de la Agencia de Lugo: Sede en Lugo.
Delegación de la Agencia de Ourense: Sede en Ourense.
Delegación de la Agencia de Pontevedra: Sede en Pontevedra.
Delegación de la Agencia de Vigo: Sede en Vigo.
Delegación Especial de Madrid: Sede en Madrid.
Delegación Especial de Murcia: Sede en Murcia.
Delegación de la Agencia de Cartagena: Sede en Cartagena.
Delegación Especial de Navarra: Sede en Pamplona/Iruña.
Delegación Especial del País Vasco: Sede en Bilbao.
Delegación de la Agencia de Araba: Sede en Vitoria-Gasteiz.
Delegación de la Agencia de Gipuzkoa: Sede en Donostia.
Delegación Especial de La Rioja: Sede en Logroño.
Delegación Especial de Valencia: Sede en Valencia.
Delegación de la Agencia de Alicante/Alacant: Sede en Alicante/Alacant.
Delegación de la Agencia de Castellón/Castelló: Sede en Castellón de la Plana/Castelló de la Plana.
ANEXO II. Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
I. Relación de Administraciones.
Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla
| Administración | Delegación |
| Huércal-Overa. | Almería. |
| El Ejido. | Almería. |
| Algeciras. | Cádiz. |
| Chiclana de la Frontera. | Cádiz. |
| El Puerto de Santa María. | Cádiz. |
| Sanlúcar de Barrameda. | Cádiz. |
| San Roque. | Cádiz. |
| Ubrique. | Cádiz. |
| Lucena. | Córdoba. |
| Montilla. | Córdoba. |
| Peñarroya-Pueblonuevo. | Córdoba. |
| Pozoblanco. | Córdoba. |
| Baza. | Granada. |
| Guadix. | Granada. |
| Loja. | Granada. |
| Motril. | Granada. |
| Órgiva. | Granada. |
| Granada- Almanjayar. | Granada. |
| Aracena. | Huelva. |
| Ayamonte. | Huelva. |
| La Palma del Condado. | Huelva. |
| Andújar. | Jaén. |
| Linares. | Jaén. |
| Úbeda. | Jaén. |
| Villacarrillo. | Jaén. |
| Álora. | Málaga. |
| Antequera. | Málaga. |
| Marbella. | Málaga. |
| Ronda. | Málaga. |
| Vélez-Málaga. | Málaga. |
| Torremolinos. | Málaga. |
| Málaga-Este. | Málaga. |
| Écija. | Delegación Especial. |
| Lora del Río. | Delegación Especial. |
| Morón de la Frontera. | Delegación Especial. |
| Osuna. | Delegación Especial. |
| Utrera. | Delegación Especial. |
| Parque. | Delegación Especial. |
| Nervión-San Pablo. | Delegación Especial. |
| Sevilla Oeste-Noroeste. | Delegación Especial. |
Delegación Especial de Aragón
| Administración | Delegación |
| Monzón. | Huesca. |
| Alcañiz. | Teruel. |
| Calatayud. | Delegación Especial. |
| Ejea de los Caballeros. | Delegación Especial. |
| Arrabal-Puente de Santiago. | Delegación Especial. |
| Albareda. | Delegación Especial. |
| Las Fuentes. | Delegación Especial. |
Delegación Especial de Asturias
| Administración | Delegación Gijón. |
| Avilés. | Delegación Gijón. |
| Cangas de Narcea. | Delegación Gijón. |
| Cangas de Onís. | Delegación Gijón. |
| Langreo. | Delegación Gijón. |
| Luarca-Valdés. | Delegación Gijón. |
| Mieres. | Delegación Gijón. |
Delegación Especial de Illes Balears
Administración:
Eivissa-Formentera.
Inca.
Menorca.
Manacor.
Palma de Mallorca.
Delegación Especial de Canarias
| Administración | Delegación |
| Lanzarote. | Delegación Especial. |
| Santa María de Guía. | Delegación Especial. |
| Fuerteventura. | Delegación Especial. |
| San Bartolomé de Tirajana. | Delegación Especial. |
| Las Palmas de Gran Canaria. | Delegación Especial. |
| Arona. | Santa Cruz de Tenerife. |
| Laguna (La). | Santa Cruz de Tenerife. |
| Puerto de la Cruz. | Santa Cruz de Tenerife. |
| Gomera (La). | Santa Cruz de Tenerife. |
| Palma (La). | Santa Cruz de Tenerife. |
| Hierro (El). | Santa Cruz de Tenerife. |
Delegación Especial de Cantabria
Administración:
Laredo.
Reinosa.
Torrelavega.
Delegación Especial de Castilla-La Mancha
| Administración | Delegación |
| Hellín. | Albacete. |
| La Roda. | Albacete. |
| Alcázar de San Juan. | Ciudad Real. |
| Puertollano. | Ciudad Real. |
| Valdepeñas. | Ciudad Real. |
| Tarancón. | Cuenca. |
| Quintanar de la Orden. | Delegación Especial. |
| Talavera de la Reina. | Delegación Especial. |
Delegación Especial de Castilla y León
| Administración | Delegación |
| Aranda de Duero. | Burgos. |
| Miranda de Ebro. | Burgos. |
| Astorga. | León. |
| Ponferrada. | León. |
| Aguilar de Campoo. | Palencia. |
| Béjar. | Salamanca. |
| Ciudad Rodrigo. | Salamanca. |
| Medina del Campo. | Delegación Especial. |
| Valladolid-capital. | Delegación Especial. |
| Benavente. | Zamora. |
Delegación Especial de Cataluña
| Administración | Delegación |
| Arenys de Mar. | Delegación Especial. |
| Badalona. | Delegación Especial. |
| Berga. | Delegación Especial. |
| Cornellá de Llobregat. | Delegación Especial. |
| Granollers. | Delegación Especial. |
| L’Hospitalet de Llobregat. | Delegación Especial. |
| Igualada. | Delegación Especial. |
| Manresa. | Delegación Especial. |
| Mataró. | Delegación Especial. |
| Sabadell. | Delegación Especial. |
| Sant Cugat del Vallés. | Delegación Especial. |
| Sant Feliu de Llobregat. | Delegación Especial. |
| Santa Coloma de Gramenet. | Delegación Especial. |
| Terrassa. | Delegación Especial. |
| Vic. | Delegación Especial. |
| Vilafranca del Penedès. | Delegación Especial. |
| Vilanova i la Geltrú. | Delegación Especial. |
| Colom. | Delegación Especial. |
| Via Augusta. | Delegación Especial. |
| Horta. | Delegación Especial. |
| Poblenou. | Delegación Especial. |
| Letamendi. | Delegación Especial. |
| La Bisbal. | Girona. |
| Figueres. | Girona. |
| Olot. | Girona. |
| La Seu d’Urgell. | Lleida. |
| Tàrrega. | Lleida. |
| Reus. | Tarragona. |
| Tortosa. | Tarragona. |
Delegación Especial de Extremadura
| Administración | Delegación |
| Don Benito. | Delegación Especial. |
| Mérida. | Delegación Especial. |
| Zafra. | Delegación Especial. |
| Navalmoral de la Mata. | Cáceres. |
| Plasencia. | Cáceres. |
| Trujillo. | Cáceres. |
Delegación Especial de Galicia
| Administración | Delegación |
| Betanzos. | Delegación Especial. |
| Carballo. | Delegación Especial. |
| Cee. | Delegación Especial. |
| Ferrol. | Delegación Especial. |
| A Coruña. | Delegación Especial. |
| Ortigueira. | Delegación Especial. |
| Ribeira. | Delegación Especial. |
| Santiago de Compostela. | Delegación Especial. |
| Foz. | Lugo. |
| Monforte de Lemos. | Lugo. |
| O Barco de Valdeorras. | Ourense. |
| O Carballiño. | Ourense. |
| Celanova. | Ourense. |
| Verín. | Ourense. |
| A Estrada. | Pontevedra. |
| Ponteareas. | Pontevedra. |
| Tui. | Pontevedra. |
| Vilagarcía de Arousa. | Pontevedra. |
Delegación Especial de Madrid
Administración de la Agencia:
Alcalá de Henares.
Alcobendas.
Alcorcón.
Aranjuez.
Arganda.
Colmenar Viejo.
El Escorial
Fuenlabrada.
Getafe.
Leganés.
Móstoles.
Pozuelo de Alarcón.
Torrejón de Ardoz.
Carabanchel.
Montalbán.
Ciudad Lineal.
Fermín Caballero.
Latina.
Villa de Vallecas.
María de Molina.
San Blas.
Vinateros.
Villaverde-Usera.
Guzmán el Bueno.
Delegación Especial de Murcia
Administración de la Agencia:
Cieza.
Lorca.
Mula.
Murcia.
Administración de la Agencia:
Calahorra.
Haro.
Delegación Especial de Valencia
| Administración de la Agencia Tributaria | Delegación |
| Alcoy/Alcoi. | Alicante/Alacant. |
| Benidorm. | Alicante/Alacant. |
| Dénia. | Alicante/Alacant. |
| Elche/Elx. | Alicante/Alacant. |
| Elda. | Alicante/Alacant. |
| Orihuela. | Alicante/Alacant. |
| Villena. | Alicante/Alacant. |
| Alicante/Alacant. | Alicante/Alacant. |
| Vila-real. | Castellón/Castelló. |
| Vinaròs. | Castellón/Castelló. |
| Alzira. | Delegación Especial. |
| Catarroja. | Delegación Especial. |
| Gandia. | Delegación Especial. |
| Xàtiva. | Delegación Especial. |
| Llíria. | Delegación Especial. |
| Manises. | Delegación Especial. |
| Moncada. | Delegación Especial. |
| Requena. | Delegación Especial. |
| Sagunto/Sagunt. | Delegación Especial. |
| Sueca. | Delegación Especial. |
| Torrent. | Delegación Especial. |
| Blasco Ibáñez. | Delegación Especial. |
| Valencia-Guillem de Castro. | Delegación Especial. |
II. Ámbito territorial.
Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla
En la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Almería.
1.1 Delegación Almería. Código 04600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Almería salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
1.2 Administraciones.
Código 04053. Administración Huércal-Overa.
Albánchez.
Albox.
Alcóntar.
Antas.
Arboleas.
Armuña de Almanzora.
Bacares.
Bayarque.
Bédar.
Cantoria.
Chercos.
Chirivel.
Cóbdar.
Cuevas del Almanzora.
Fines.
Gallardos (Los).
Garrucha.
Huércal-Overa.
Laroya.
Líjar.
Lubrín.
Lúcar.
Macael.
María.
Mojácar.
Olula del Río.
Oria.
Partaloa.
Pulpí.
Purchena.
Serón.
Sierro.
Somotín.
Suflí.
Taberno.
Tíjola.
Turre.
Urrácal.
Vélez Blanco.
Vélez Rubio.
Vera.
Zurgena.
Código 04104. Administración El Ejido.
Adra.
Alcolea.
Bayárcal.
Berja.
Dalías.
Ejido (El).
Fondón.
Laujar de Andarax.
Mojonera (La).
Paterna del Río.
Roquetas de Mar.
Vícar.
2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cádiz.
2.1 Delegación Cádiz. Código 11600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Cádiz salvo los asignados a la Delegación de Jerez de la Frontera o a alguna de las Administraciones siguientes.
2.2 Administraciones.
Código 11004. Administración Algeciras.
Algeciras.
Barrios (Los).
Castellar de la Frontera.
Jimena de la Frontera.
Línea de la Concepción (La).
San Roque.
Tarifa.
Código 11015. Administración Chiclana de la Frontera.
Alcalá de los Gazules.
Barbate.
Benalup.
Chiclana de la Frontera.
Conil de la Frontera.
Medina-Sidonia.
Paterna de Rivera.
Vejer de la Frontera.
Código 11027. Administración Puerto de Santa María (El).
Chipiona.
Puerto de Santa María (El).
Puerto Real.
Rota.
Sanlúcar de Barrameda.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 11032. Administración Sanlúcar de Barrameda.
Código 11033. Administración San Roque.
Código 11038. Administración Ubrique.
3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Córdoba.
3.1 Delegación Córdoba. Código 14600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Córdoba salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
3.2 Administraciones.
Código 14038. Administración Lucena.
Almedinilla.
Benameji.
Cabra.
Carcabuey.
Doña Mencía.
Encinas Reales.
Fuente Tójar.
Iznájar.
Lucena.
Luque.
Monturque.
Moriles.
Palenciana.
Priego de Córdoba.
Puente Genil.
Rute.
Zuheros.
Código 14042. Administración Montilla.
Aguilar de la Frontera.
Baena.
Castro del Río.
Espejo.
Fernán Núñez.
Montalbán de Córdoba.
Montemayor.
Montilla.
Nueva Carteya.
Rambla (La).
San Sebastián de los Ballesteros.
Santaella.
Victoria (La).
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 14052. Administración Peñarroya-Pueblonuevo.
Código 14054. Administración Pozoblanco.
4. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Granada.
4.1 Delegación Granada. Código 18600.
El ámbito de esta Delegación abarca los códigos postales del municipio de Granada y los municipios de la provincia de Granada, salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
4.2 Administraciones.
Código 18142. Administración Motril.
Albondón.
Albuñol.
Almegíjar.
Almuñécar.
Alpujarra de la Sierra.
Bérchules.
Bubión.
Busquistar.
Cádiar.
Cáñar.
Capileira.
Carataunas.
Cástaras.
Guajares (Los).
Gualchos.
Itrabo.
Jete.
Juviles.
Tahá (La).
Lanjarón.
Lentegí.
Lobras.
Lújar.
Molvízar.
Motril.
Murtas.
Nevada.
Orgiva.
Otívar.
Pampaneira.
Polopos.
Pórtugos.
Rubite.
Salobreña.
Soportújar.
Sorvilán.
Torvizcón.
Trévelez.
Turón.
Ugíjar.
Valor.
Vélez de Benaudalla.
Código 18601. Administración Granada-Almanjayar.
Códigos postales de Granada números: 18011 y 18013.
Alamedilla.
Albolote.
Albuñán.
Aldeire.
Alfacar.
Alicún de Ortega.
Alquife.
Atarfe.
Baza.
Beas de Granada.
Beas de Guadix.
Benalúa de las Villas.
Benalúa de Guadix.
Benamaurel.
Calicasas.
Campotéjar.
Caniles.
Castilléjar.
Castril.
Cogollos de Guadix.
Cogollos de la Vega.
Colomera.
Cortes de Baza.
Cortes y Graena.
Cuevas del Campo.
Cúllar.
Chimeneas.
Darro.
Dehesas de Guadix.
Deifontes.
Dólar.
Diezma.
Ferreira.
Freila.
Fonelas.
Fuente Vaqueros.
Galera.
Gobernador.
Gor.
Gorafe.
Guadahortuna.
Guadix.
Güevéjar.
Huélago.
Huéneja.
Huéscar
Huétor de Santillán.
Illora.
Iznalloz.
Jayena.
Jérez Marquesado.
Jun.
Lacalahorra.
Lanteira.
Lugros.
Marchal.
Maracena.
Moclín.
Montejícar.
Montillana.
Morelabor.
Nívar.
Orce.
Pedro-Martínez.
Peligros.
Peza (La).
Pinos-Puente.
Píñar.
Policar.
Puebla de Don Fadrique.
Purullena
Pulianas.
Torre-Cardela.
Valle del Zalabí.
Ventas de Huelma.
Villanueva de las Torres.
Víznar.
Zújar.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 18024. Administración Baza.
Código 18091. Administración Guadix.
Código 18123. Administración Loja.
Código 18150. Administración Orgiva.
5. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Huelva.
5.1 Delegación Huelva. Código 21600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Huelva salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
5.2 Administraciones.
Código 21054. Administración Palma del Condado (La).
Almonte.
Bollullos Par del Condado.
Bonares.
Chucena.
Escacena del Campo.
Hinojos.
Lucena del Puerto.
Manzanilla.
Niebla.
Palma del Condado (La).
Paterna del Campo.
Rociana del Condado.
Villalba del Alcor.
Villarrasa.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 21007. Administración Aracena.
Código 21010. Administración Ayamonte.
6. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Jaén.
6.1 Delegación Jaén. Código 23600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Jaén salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
6.2 Administraciones.
Código 23005. Administración Andújar.
Andújar.
Arjona.
Arjonilla.
Cazalilla.
Escañuela.
Espeluy.
Higuera (La).
Lopera.
Marmolejo.
Mengíbar.
Villanueva de la Reina.
Código 23055. Administración Linares.
Aldeaquemada.
Arquillos.
Bailén.
Baños de la Encina.
Carboneros.
Carolina (La).
Guarromán.
Jabalquinto.
Linares.
Navas de San Juan.
Santa Elena.
Torreblascopedro.
Vilches.
Código 23092. Administración Úbeda.
Arroyo del Ojanco.
Baeza.
Beas de Segura.
Begíjar.
Benatae.
Canena.
Castellar.
Cazorla.
Chiclana de Segura.
Chilluévar.
Génave.
Hinojares.
Hornos.
Huesa.
Ibros.
Iruela (La).
Iznatoraf.
Jódar.
Lupión.
Montizón.
Orcera.
Peal de Becerro.
Pozo Alcón.
Puente de Génave.
Puerta de Segura (La).
Quesada.
Rus.
Sabiote.
Santiago-Pontones.
Santisteban del Puerto.
Santo Tomé.
Segura de la Sierra.
Siles.
Sorihuela del Guadalimar.
Torreperogil.
Torres Albánchez.
Úbeda.
Villacarrillo.
Villanueva del Arzobispo.
Villarrodrigo.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 23095. Administración Villacarrillo.
7. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Málaga.
7.1 Delegación Málaga. Código 29600.
El ámbito de esta Delegación abarca los códigos postales del municipio de Málaga y los municipios de la provincia de Málaga salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
7.2 Administraciones.
Código 29015. Administración Antequera.
Alameda.
Almargen.
Antequera.
Archidona.
Campillos.
Cuevas Bajas.
Cuevas de San Marcos.
Fuente de Piedra.
Humilladero.
Mollina.
Sierra de Yeguas.
Teba.
Valle de Abdalajís.
Villanueva de Algaidas.
Villanueva de la Concepción.
Villanueva de Tapia.
Villanueva del Rosario.
Villanueva del Trabuco.
Código 29069. Administración Marbella.
Benahavís.
Casares.
Estepona.
Istán.
Manilva.
Marbella.
Ojén.
Código 29084. Administración Ronda.
Algatocín.
Alpandeire.
Arriate.
Atajate.
Benadalid.
Benalauría.
Benaoján.
Benarrabá.
Burgo (El).
Cañete la Real.
Cartajima.
Cortes de la Frontera.
Cuevas del Becerro.
Faraján.
Gaucín.
Genalguacil.
Igualeja.
Jimera de Líbar.
Jubrique.
Júzcar.
Montejaque.
Parauta.
Pujerra.
Ronda.
Yunquera.
Código 29094. Administración Vélez-Málaga.
Alcaucín.
Algarrobo.
Almáchar.
Archez.
Arenas.
Benamargosa.
Benamocarra.
Borge (El).
Canillas de Aceituno.
Canillas de Albaida.
Comares.
Cómpeta.
Cútar.
Frigiliana.
Iznate.
Macharaviaya.
Nerja.
Periana.
Salares.
Sayalonga.
Sedella.
Torrox.
Vélez-Málaga.
Viñuela.
Código 29103. Administración Torremolinos.
Alhaurín de la Torre.
Benalmádena.
Fuengirola.
Mijas.
Torremolinos.
Código 29601. Administración Málaga-Este.
Códigos postales de Málaga números: 29001, 29005, 29008, 29012, 29013, 29014, 29015, 29016, 29017, 29018, 29193, 29197.
Alfarnate.
Alfarnatejo.
Casabermeja.
Colmenar.
Moclinejo.
Rincón de la Victoria.
Riogordo.
Totalán.
Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:
Código 29012. Administración Álora.
8. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Jerez de la Frontera (código 53600).
El ámbito de esta Delegación abarca los siguientes municipios:
Arcos de la Frontera.
Algar.
Bornos.
Espera.
Jerez de la Frontera.
Prado del Rey.
Trebujena.
Villamartín.
San José del Valle.
9. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ceuta (código 55600).
El ámbito de esta Delegación abarca la Ciudad Autónoma de Ceuta.
10. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Melilla (código 56600).
El ámbito de esta Delegación abarca la Ciudad Autónoma de Melilla.
11. Integradas directamente en la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla.
Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla los códigos postales del municipio de Sevilla y los municipios de la provincia de Sevilla salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes. (Código 41600)
Código 41095. Administración Utrera.
Algámitas.
Arahal.
Cabezas de San Juan (Las).
Coripe.
Coronil (El).
Cuervo de Sevilla (El).
Lebrija.
Marchena.
Molares (Los).
Montellano.
Morón de la Frontera.
Palacios y Villafranca (Los).
Paradas.
Pruna.
Puebla de Cazalla (La).
Utrera.
Código 41603. Administración Parque.
Códigos postales de Sevilla números: 41012, 41013 y 41014.
Alcalá de Guadaira.
Dos Hermanas.
Código 41604. Administración Nervión-San Pablo.
Códigos postales de Sevilla números: 41005, 41006, 41007, 41016, 41017, 41018, 41019, 41020.
Carmona.
Mairena del Alcor.
Viso del Alcor (El).
Código 41606. Administración Sevilla Oeste-Noroeste.
Albaida del Aljarafe.
Alcalá del Río.
Algaba (La).
Almadén de la Plata.
Almensilla.
Aznalcázar.
Aznalcóllar.
Benacazón.
Bollullos de la Mitación.
Bormujos.
Brenes.
Burguillos.
Camas.
Carrión de los Céspedes.
Castilblanco de los Arroyos.
Castilleja de Guzmán.
Castilleja de la Cuesta.
Castilleja del Campo.
Castillo de las Guardas (El).
Coria del Río.
Espartinas.
Garrobo (El).
Gelves.
Gerena.
Gines.
Guillena.
Huévar.
Isla Mayor.
Madroño (El).
Mairena del Aljarafe.
Olivares.
Palomares del Río.
Pilas.
Puebla del Río (La).
Real de la Jara (El).
Rinconada (La).
Ronquillo (El).
Salteras.
San Juan de Aznalfarache.
Sanlúcar la Mayor.
Santiponce.
Tomares.
Umbrete.
Valencina de la Concepción.
Villamanrique de la Condesa.
Villanueva del Ariscal.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 41039. Administración Écija.
Código 41055. Administración Lora del Río.
Código 41065. Administración Morón de la Frontera.
Código 41068. Administración Osuna.
Delegación Especial de Aragón
En la Delegación Especial de Aragón se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Huesca.
1.1 Delegación Huesca. Código 22600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Huesca salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
1.2 Administraciones.
Código 22218. Administración Monzón.
Abiego.
Abizanda.
Adahuesca.
Aínsa-Sobrarbe.
Albalate de Cinca.
Albelda.
Alcampell.
Alcolea de Cinca.
Alfántega.
Almunia de San Juan.
Alquézar.
Altorricón.
Arén.
Azanuy-Alins.
Azara.
Azlor.
Baells.
Baldellou.
Ballobar.
Barbastro.
Barbuñales.
Bárcabo.
Belver de Cinca.
Benabarre.
Benasque.
Berbegal.
Bielsa.
Bierge.
Binaced.
Binéfar.
Bisaurri.
Boltaña.
Bonansa.
Broto.
Campo.
Camporrells.
Candasnos.
Capella.
Castejón del Puente.
Castejón de Sos.
Castigaleu.
Castillazuelo.
Castillonroy.
Colungo.
Chalamera.
Chía.
Esplús.
Estada.
Estadilla.
Estopiñán del Castillo.
Fanlo.
Fiscal.
Fonz.
Foradada del Toscar.
Fraga.
Fueva (La).
Gistain.
Grado (El).
Graus.
Hoz y Costean.
Ilche.
Isábena.
Labuerda.
Laluenga.
Laperdiguera.
Lascellas-Ponzano.
Lascuarre.
Laspaúles.
Laspuña.
Monesma y Cajigar.
Montanúy.
Monzón.
Naval.
Olvena.
Ontiñena.
Osso de Cinca.
Palo.
Peñalba.
Peralta de Calasanz.
Peraltilla.
Perarrúa.
Plan.
Pozán de Vero.
Puebla de Castro (La).
Puente de Montañana.
Puértolas.
Pueyo de Araguás (El).
Pueyo de Santa Cruz.
Sahún.
Salas Altas.
Salas Bajas.
San Esteban de Litera.
San Juan de Plan.
San Miguel del Cinca.
Santaliestra y San Quílez.
Santa María de Dulcis.
Secastilla.
Seira.
Sesué.
Sopeira.
Tamarite de Litera.
Tella-Sin.
Tolva.
Torla.
Torre la Ribera.
Torrente de Cinca.
Valfarta.
Valle de Bardají.
Valle de Lierp.
Velilla de Cinca.
Vencillón.
Veracruz.
Viacamp y Litera.
Villanova.
Zaidín.
2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Teruel.
2.1 Delegación Teruel. Código 44600.
El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Teruel salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
2.2 Administraciones.
Código 44013. Administración Alcañiz.
Aguaviva.
Alacón.
Albalate del Arzobispo.
Alcañiz.
Alcorisa.
Alloza.
Andorra.
Arens de Lledó.
Ariño.
Azaila.
Beceite.
Belmonte de San José.
Berge.
Bordón.
Calaceite.
Calanda.
Cañada de Verich (La).
Castellote.
Castelnou.
Castelserás.
Cerollera (La).
Codoñera (La).
Cretas.
Crivillén.
Cuba (La).
Fórnoles.
Foz-Calanda.
Fresneda (La).
Fuentespalda.
Ginebrosa (La).
Hijar.
Jatiel.
Lledó.
Mas de las Matas.
Mata de los Olmos (La).
Mazaleón.
Mirambel.
Molinos.
Monroyo.
Oliete.
Olmos (Los).
Parras de Castellote (Las).
Peñarroya de Tastavins.
Portellada (La).
Puebla de Híjar (La).
Ráfales.
Samper de Calanda.
Seno.
Torre de Arcas.
Torre del Compte.
Torrecilla de Alcañiz.
Torrevelilla.
Tronchón.
Urrea de Gaén.
Valdealgorfa.
Valjunquera.
Valderrobres.
Valdeltormo.
Vinaceite.
3. Integradas directamente en la Delegación Especial de Aragón.
Código 50601. Administración Arrabal-Puente de Santiago.
Códigos Postales de Zaragoza números: 50014, 50015, 50016, 50018, 50058, 50059 y 50194.
Código 50603. Administración Las Fuentes.
Códigos Postales de Zaragoza números: 50002, 50007, 50008 y 50013.
Código 50602. Administración Albareda.
Códigos Postales de Zaragoza números: 50001, 50003, 50004, 50005, 50006, 50009, 50010, 50011, 50012, 50017, 50019, 50020, 50021, 50022, 50120, 50139, 50162, 50190, 50191, 50192, 50193, 50197, 50411, 50620, 50692, 50720 y 50820.
Municipios de:
Abanto.
Acered.
Agón.
Aguarón.
Aguilón.
Ainzón.
Aladrén.
Alagón.
Alarba.
Alberite de San Juan.
Albeta.
Alborge.
Alcalá de Ebro.
Alcalá de Moncayo.
Alconchel de Ariza.
Aldehuela de Liestos.
Alfajarín.
Alfamén.
Alforque.
Alhama de Aragón.
Almochuel.
Almolda (La).
Almonacid de la Cuba.
Almonacid de la Sierra.
Almunia de Doña Godina (La).
Alpartir.
Ambel.
Anento.
Aniñón.
Añón de Moncayo.
Aranda de Moncayo.
Arándiga.
Ardisa.
Ariza.
Artieda.
Asín.
Atea.
Ateca.
Azuara.
Badules.
Bagüés.
Balconchán.
Barboles.
Bardallur.
Belchite.
Belmonte de Gracián.
Berdejo.
Berrueco.
Biel.
Bijuesca.
Biota.
Bisimbre.
Boquiñeni.
Bordalba.
Borja.
Botorrita.
Brea de Aragón.
Bubierca.
Bujaraloz.
Bulbuente.
Bureta.
Burgo de Ebro.
Buste (El).
Cabañas de Ebro.
Cabolafuente.
Cadrete.
Calatayud.
Calatorao.
Calcena.
Calmarza.
Campillo de Aragón.
Carenas.
Cariñena.
Caspe.
Castejón de Alarba.
Castejón de las Armas.
Castejón de Valdejasa.
Castiliscar.
Cervera de la Cañada.
Cerveruela.
Cetina.
Chiprana.
Chodes.
Cimballa.
Cinco Olivas.
Clares de Ribota.
Codo.
Codos.
Contamina.
Cosuenda.
Cuarte de Huerva.
Cubel.
Cuerlas (Las).
Daroca.
Ejea de los Caballeros.
Embid de Ariza.
Encinacorba.
Epila.
Erla.
Escatrón.
Fabara.
Farlete.
Fayón.
Fayos (Los).
Figueruelas.
Fombuena.
Frago (El).
Frasno (El).
Fréscano.
Fuendejalón.
Fuendetodos.
Fuentes de Ebro.
Fuentes de Jiloca.
Gallocanta.
Gallur.
Gelsa.
Godojos.
Gotor.
Grisel.
Grisen.
Herrera de los Navarros.
Ibdes.
Illueca.
Isuerre.
Jaraba.
Jarque.
Jaulín.
Joyosa (La).
Lagata.
Langa del Castillo.
Layana.
Lécera.
Lechón.
Leciñena.
Letux.
Litago.
Lituénigo.
Lobera de Onsella.
Longares.
Longás.
Lucena de Jalón.
Luceni.
Luesia.
Luesma.
Lumpiaque.
Luna.
Maella.
Magallón.
Mainar.
Malanquilla.
Maleján.
Mallén.
Malón.
Maluenda.
Manchones.
Mara.
María de Huerva.
Marracos.
Mediana de Aragón.
Mequinenza.
Mesones de Isuela.
Mezalocha.
Mianos.
Miedes de Aragón.
Monegrillo.
Moneva.
Monreal de Ariza.
Monterde.
Montón.
Morata de Jalón.
Morata de Jiloca.
Morés.
Moros.
Moyuela.
Mozota.
Muel.
Muela (La).
Munébrega.
Murero.
Murillo de Gállego.
Navardún.
Nigüella.
Nombrevilla.
Nonaspe.
Novallas.
Novillas.
Nuévalos.
Nuez de Ebro.
Olvés.
Orcajo.
Orera.
Orés.
Oseja.
Osera de Ebro.
Paniza.
Paracuellos de Jiloca.
Paracuellos de la Ribera.
Pastriz.
Pedrola.
Pedrosas (Las).
Perdiguera.
Piedratajada.
Pina de Ebro.
Pinseque.
Pintanos (Los).
Plasencia de Jalón.
Pleitas.
Plenas.
Pomer.
Pozuel de Ariza.
Pozuelo de Aragón.
Pradilla de Ebro.
Puebla de Albortón.
Puebla de Alfindén (La).
Puendeluna.
Purujosa.
Quinto de Ebro.
Remolinos.
Retascón.
Ricla.
Romanos.
Rueda de Jalón.
Ruesca.
Sabiñán.
Sádaba.
Salillas de Jalón.
Salvatierra de Esca.
Samper del Salz.
San Martín de la Virgen de Moncayo.
San Mateo de Gállego.
Santa Cruz de Grío.
Santa Cruz de Moncayo.
Santa Eulalia de Gállego.
Santed.
Sástago.
Sediles.
Sestrica.
Sierra de Luna.
Sigüés.
Sisamón.
Sobradiel.
Sos del Rey Católico.
Tabuenca.
Talamantes.
Tarazona.
Tauste.
Terrer.
Tierga.
Tobed.
Torralba de los Frailes.
Torralba de Ribota.
Torralbilla.
Torrehermosa.
Torrelapaja.
Torrellas.
Torres de Berrellén.
Torrijo de la Cañada.
Tosos.
Trasmoz.
Trasobares.
Uncastillo.
Undués de Lerda.
Urrea de Jalón.
Urriés.
Used.
Utebo.
Val San Martín.
Valdehorna.
Valmadrid.
Valpalmas.
Valtorres.
Velilla de Ebro.
Velilla de Jiloca.
Vera de Moncayo.
Vierlas.
Villadoz.
Villafeliche.
Villafranca de Ebro.
Villalba de Perejil.
Villalengua.
Villamayor de Gállego.
Villanueva de Gállego.
Villanueva de Huerva.
Villanueva de Jiloca.
Villar de los Navarros.
Villarreal de Huerva.
Villarroya de la Sierra.
Villarroya del Campo.
Vilueña (La).
Vistabella.
Zaida (La).
Zuera.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 50067. Administración Calatayud.
Código 50095. Administración Ejea de los Caballeros.
Delegación Especial de Asturias
En la Delegación Especial de Asturias se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (munipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Gijón.
1.1 Delegación de Gijón. Código 52600.
Cabranes.
Carreño.
Caravia.
Colunga.
Gijón.
Villaviciosa.
Amieva.
Cabrales.
Cangas de Onís.
Llanes.
Onís.
Parres.
Peñamellera Alta.
Peñamellera Baja.
Piloña.
Ponga.
Ribadedeva.
Ribadesella.
1.2 Administraciones.
Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:
Código 52012. Administración Cangas de Onís.
2. Integradas directamente en la Delegación Especial de Asturias.
Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Asturias los municipios de la provincia salvo los asignados a la Delegación de Gijón o a alguna de las Administraciones siguientes. (Código 33600).
Código 33004. Administración Avilés.
Avilés.
Boal.
Castrillón.
Castropol.
Coaña.
Corvera de Asturias.
Cudillero.
Franco (El).
Gozón.
Grandas de Salime.
Illano.
Illas.
Muros de Nalón.
Navia.
Pesoz.
Pravia.
San Martín de Oscos.
San Tirso de Abres.
Santa Eulalia de Oscos.
Soto del Barco.
Tapia de Casariego.
Taramundi.
Valdés.
Vegadeo.
Villanueva de Oscos.
Villayón.
Código 33031. Administración Langreo.
Caso.
Langreo.
Laviana.
San Martín del Rey Aurelio.
Sobrescobio.
Código 33037. Administración Mieres.
Aller.
Lena.
Mieres.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 33011. Administración Cangas del Narcea.
Código 33034. Administración Luarca-Valdés.
Delegación Especial de Illes Balears
En la Delegación Especial de Illes Balears se integran las siguientes Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
Código 07026. Administración Eivissa-Formentera.
Eivissa.
Formentera.
Sant Josep de sa Talaia.
Sant Antoni de Portmany.
Sant Joan de Labritja.
Santa Eulària des Riu.
Código 07027. Administración Inca.
Alaró.
Alcúdia.
Binissalem.
Búger.
Campanet.
Consell.
Costitx.
Escorca.
Inca.
Lloret de Vistalegre.
Lloseta.
Llubí.
Mancor de la Vall.
María de la Salut.
Muro.
Pobla (Sa).
Pollença.
Santa Margalida.
Selva.
Sencelles.
Sineu.
Código 07032. Administración Menorca.
Alaior.
Castell (Es).
Ciutadella de Menorca.
Ferreries.
Mahón.
Mercadal (Es).
Migjorn Gran (Es).
Sant Lluís.
Código 07033. Administración Manacor.
Ariany.
Artà.
Capdepera.
Felanitx.
Manacor.
Montuïri.
Petra.
Porreres.
Salines (Ses).
Santanyí.
Sant Joan.
Sant Llorenç des Cardassar.
Son Servera.
Vilafranca de Bonany.
Código 07601. Administración Palma de Mallorca.
Andratx.
Algaida.
Banyalbufar.
Bunyola.
Calvià.
Campos.
Deià.
Esporles.
Estellencs.
Fornalutx.
Llucmajor.
Marratxí.
Palma de Mallorca.
Puigpunyent.
Santa Eugènia.
Santa María del Camí.
Sóller.
Valldemossa.
Delegación Especial de Canarias
En la Delegación Especial de Canarias se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Tenerife.
1.1 Delegación Santa Cruz Tenerife. Código 38600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
1.2 Administraciones.
Código 38006. Administración Arona.
Adeje.
Arico.
Arona.
Fasnia.
Granadilla de Abona.
Guía de Isora.
San Miguel de Abona.
Santiago del Teide.
Vilaflor.
Código 38023. Administración Laguna (La).
Matanza de Acentejo (La).
Rosario (El).
San Cristóbal de la Laguna.
Sauzal (El).
Tacoronte.
Tegueste.
Victoria de Acentejo (La).
Código 38028. Administración Puerto de la Cruz.
Buenavista del Norte.
Garachico.
Guancha (La).
Icod de los Vinos.
Orotava (La).
Puerto de la Cruz.
Realejos (Los).
San Juan de la Rambla.
Santa Úrsula.
Silos (Los).
Tanque (El).
Código 38036. Administración Gomera (La).
Agulo.
Alajeró.
Hermigua.
San Sebastián de la Gomera.
Valle Gran Rey.
Vallehermoso.
Código 38037. Administración Palma (La).
Barlovento.
Breña Alta.
Breña Baja.
Fuencaliente de la Palma.
Garafía.
Llanos de Aridane (Los).
Paso (El).
Puntagorda.
Puntallana.
San Andrés y Sauces.
Santa Cruz de la Palma.
Tazacorte.
Tijarafe.
Villa de Mazo.
Código 38048. Administración Hierro (El).
Frontera (La).
Pinar de El Hierro (El).
Valverde.
2. Integradas directamente en la Delegación Especial de Canarias.
Código 35004. Administración Lanzarote.
Arrecife.
Haría.
San Bartolomé de Lanzarote.
Teguise.
Tías.
Tinajo.
Yaiza.
Código 35010. Administración Santa María de Guía.
Agaete.
Aldea de San Nicolás (La).
Artenara.
Arucas.
Firgas.
Gáldar.
Moya.
Santa María de Guía.
Tejeda.
Teror.
Valleseco.
Código 35018. Administración Fuerteventura.
Antigua.
Betancuria.
Oliva (La).
Pájara.
Puerto del Rosario.
Tuineje.
Código 35020. Administración San Bartolomé de Tirajana.
Mogán.
San Bartolomé de Tirajana.
Santa Lucía de Tirajana.
Código 35601. Administración Palmas de Gran Canaria (Las).
Agüimes.
Ingenio.
Palmas de Gran Canaria (Las).
Santa Brígida.
Telde.
Valsequillo de Gran Canaria.
Vega de San Mateo.
Delegación Especial de Cantabria
En la Delegación Especial de Cantabria se integran las siguientes Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Cantabria los municipios de la provincia salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes. (Código 39600).
Código 39035. Administración Laredo.
Ampuero.
Argoños.
Arnuero.
Arredondo.
Bárcena de Cicero.
Bareyo.
Castro Urdiales.
Colindres.
Escalante.
Guriezo.
Hazas de Cesto.
Laredo.
Liendo.
Limpias.
Meruelo.
Noja.
Ramales de la Victoria.
Rasines.
Ruesga.
Santoña.
Soba.
Solórzano.
Valle de Villaverde.
Voto.
Código 39087. Administración Torrelavega.
Alfoz de Lloredo.
Anievas.
Arenas de Iguña.
Bárcena de Pie de Concha.
Cabezón de Liébana.
Cabezón de la Sal.
Cabuérniga.
Camaleño.
Campoo de Yuso.
Campoo de Enmedio.
Cartes.
Cieza.
Cillorigo de Liébana.
Comillas.
Corrales de Buelna (Los).
Hermandad de Campoo de Suso.
Herrerías.
Lamasón.
Mazcuerras.
Miengo.
Molledo.
Peñarrubia.
Pesaguero.
Pesquera.
Polaciones.
Polanco.
Potes.
Reinosa.
Reocín.
Rionansa.
Rozas de Valdearrollo (Las).
Ruente.
Ruiloba.
San Felices de Buelna.
San Miguel de Aguayo.
San Vicente de la Barquera.
Santillana del Mar.
Santiurde de Reinosa.
Suances.
Tojos (Los).
Torrelavega.
Tresviso.
Tudanca.
Udías.
Valdáliga.
Valdeolea.
Valdeprado del Río.
Valderredible.
Val de San Vicente.
Vega de Liébana.
Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:
Código 39059. Administración Reinosa.
Delegación Especial de Castilla-La Mancha
En la Delegación Especial de Castilla-La Mancha se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Albacete.
1.1 Delegación Albacete. Código 02600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Albacete salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
1.2 Administraciones.
Código 02069. Administración Roda (La).
Barrax.
Bonillo (El).
Fuensanta.
Lezuza.
Madrigueras.
Minaya.
Montalvos.
Munera.
Ossa de Montiel.
Roda (La).
Tarazona de la Mancha.
Villalgordo del Júcar.
Villarrobledo.
Código 02037. Administración Hellín.
Albatana.
Ayna.
Elche de la Sierra.
Férez.
Hellín.
Letur.
Liétor.
Molinicos.
Nerpio.
Ontur.
Socovos.
Tobarra.
Yeste.
2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ciudad Real.
2.1 Delegación Ciudad Real. Código 13600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Ciudad Real salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
2.2 Administraciones.
Código 13005. Administración Alcázar de San Juan.
Alcázar de San Juan.
Arenales de San Gregorio.
Argamasilla de Alba.
Campo de Criptana.
Herencia.
Pedro Muñoz.
Puerto Lápice.
Ruidera.
Socuéllamos.
Tomelloso.
Código 13071. Administración Puertollano.
Abenójar.
Agudo.
Alamillo.
Aldea del Rey.
Almadén.
Almadenejos.
Almodóvar del Campo.
Argamasilla de Calatrava.
Brazatortas.
Cabezarados.
Cabezarrubias del Puerto.
Caracuel de Calatrava.
Chillón.
Corral de Calatrava.
Fuencaliente.
Guadalmez.
Hinojosas de Calatrava.
Mestanza.
Pozuelos de Calatrava (Los).
Puertollano.
Saceruela.
San Lorenzo de Calatrava.
Solana del Pino.
Valdemanco del Esteras.
Villamayor de Calatrava.
Villanueva de San Carlos.
Código 13087. Administración Valdepeñas.
Albaladejo.
Alcubillas.
Alhambra.
Almedina.
Almuradiel.
Carrizosa.
Castellar de Santiago.
Cózar.
Fuenllana.
Labores (Las).
Llanos del Caudillo.
Manzanares.
Membrilla.
Montiel.
Moral de Calatrava.
Puebla del Príncipe.
San Carlos del Valle.
Santa Cruz de los Cáñamos.
Santa Cruz de Mudela.
Solana (La).
Terrinches.
Torre de Juan Abad.
Torrenueva.
Valdepeñas.
Villahermosa.
Villamanrique.
Villanueva de la Fuente.
Villanueva de los Infantes.
Villarta de San Juan.
Viso del Marqués.
3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cuenca.
3.1 Delegación Cuenca. Código 16600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Cuenca salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
3.2 Administraciones.
Código 16212. Administración Tarancón.
Acebrón (El).
Alcázar del Rey.
Alconchel de la Estrella.
Almendros.
Almonacid del Marquesado.
Barajas de Melo.
Belinchón.
Belmonte.
Buendía.
Campos del Paraíso.
Carrascosa de Haro.
Cervera del Llano.
Fuente de Pedro Naharro.
Fuentelespino de Haro.
Hinojosos (Los).
Hito (El).
Hontanaya.
Horcajo de Santiago.
Huelves.
Huete.
Leganiel.
Mesas (Las).
Monreal del Llano.
Montalbanejo.
Montalbo.
Mota del Cuervo.
Osa de la Vega.
Palomares del Campo.
Paredes.
Pedernoso (El).
Pedroñeras (Las).
Peraleja (La).
Pineda de Gigüela.
Portalrubio de Guadamejud.
Pozorrubio de Santiago.
Puebla de Almenara.
Rada de Haro.
Rozalén del Monte.
Saceda-Trasierra.
Saelices.
Santa María de los Llanos.
Tarancón.
Tinajas.
Torrejoncillo del Rey.
Torrubia del Campo.
Tresjuncos.
Tribaldos.
Uclés.
Valle de Altomira (El).
Vellisca.
Villaescusa de Haro.
Villalba del Rey.
Villalgordo del Marquesado.
Villamayor de Santiago.
Villanueva de Guadamejud.
Villar de Cañas.
Villarejo de Fuentes.
Villares del Saz.
Villarrubio.
Zafra de Záncara.
Zarza de Tajo.
4. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Guadalajara. (Código 19600).
Su ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Guadalajara.
5. Integradas directamente en la Delegación Especial de Castilla-La Mancha.
Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Castilla-La Mancha los municipios de la provincia de Toledo salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes. (Código 45600).
Código 45143. Administración Quintanar de la Orden.
Cabezamesada.
Camuñas.
Corral de Almaguer.
Guardia (La).
Lillo.
Madridejos.
Miguel Esteban.
Puebla de Almoradiel (La).
Quero.
Quintanar de la Orden.
Romeral (El).
Santa Cruz de la Zarza.
Tembleque.
Toboso (El).
Villa de Don Fadrique (La).
Villacañas.
Villafranca de los Caballeros.
Villanueva de Alcardete.
Villarrubia de Santiago.
Villatobas.
Código 45166. Administración Talavera de la Reina.
Alcañizo.
Alcaudete de la Jara.
Alcolea de Tajo.
Aldeanueva de Barbarroya.
Aldeanueva de San Bartolomé.
Almendral de la Cañada.
Azután.
Belvís de la Jara.
Buenaventura.
Calera y Chozas.
Caleruela.
Calzada de Oropesa.
Campillo de la Jara (El).
Cardiel de los Montes.
Castillo de Bayuela.
Cazalegas.
Cebolla.
Cerralbos (Los).
Cervera de los Montes.
Espinoso del Rey.
Estrella (La).
Herencias (Las).
Herreruela de Oropesa.
Hinojosa de San Vicente.
Iglesuela (La).
Illán de Vacas.
Lagartera.
Lucillos.
Malpica de Tajo.
Marrupe.
Mejorada.
Mohedas de la Jara.
Montearagón.
Montesclaros.
Nava de Ricomalillo (La).
Navalcán.
Navalmoralejo.
Navalmorales (Los).
Navalucillos (Los).
Navamorcuende.
Oropesa.
Parrillas.
Pepino.
Pueblanueva (La).
Puente del Arzobispo (El).
Puerto de San Vicente.
Real de San Vicente (El).
Retamoso de la Jara.
Robledo del Mazo.
San Bartolomé de las Abiertas.
San Martín de Pusa.
San Román de los Montes.
Santa Ana de Pusa.
Sartajada.
Segurilla.
Sevilleja de la Jara.
Sotillo de las Palomas.
Talavera de la Reina.
Torralba de Oropesa.
Torrecilla de la Jara.
Torrico.
Valdeverdeja.
Velada.
Ventas de San Julián (Las).
Villarejo de Montalbán.
Delegación Especial de Castilla-León
En la Delegación Especial de Castilla y León se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ávila. (Código 05600).
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Ávila.
2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Burgos.
2.1 Delegación Burgos. Código 09600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Burgos.
2.2 Administraciones.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 09018. Administración Aranda de Duero.
Código 09224. Administración Miranda de Ebro.
3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de León.
3.1 Delegación León. Código 24600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de León salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
3.2 Administraciones.
Código 24009. Administración Astorga.
Alija del Infantado.
Antigua (La).
Astorga.
Bañeza (La).
Benavides.
Bercianos del Páramo.
Brazuelo.
Bustillo del Páramo.
Carrizo.
Castrillo de la Valduerna.
Castrocalbón.
Castrocontrigo.
Cebrones del Río.
Cimanes de la Vega.
Destriana.
Hospital de Órbigo.
Laguna Dalga.
Laguna de Negrillos.
Llamas de la Ribera.
Lucillo.
Luyego.
Magaz de Cepeda.
Palacios de la Valduerna.
Pobladura de Pelayo García.
Pozuelo del Páramo.
Quintana del Castillo.
Quintana del Marco.
Quintana y Congosto.
Regueras de Arriba.
Riego de la Vega.
Roperuelos del Páramo.
San Adrián del Valle.
San Cristóbal de la Polantera.
San Esteban de Nogales.
San Justo de la Vega.
San Pedro Bercianos.
Santa Colomba de Somoza.
Santa Elena de Jamuz.
Santa María de la Isla.
Santa María del Páramo.
Santa Marina del Rey.
Santiago Millas.
Soto de la Vega.
Truchas.
Turcia.
Urdiales del Páramo.
Val de San Lorenzo.
Valdefuentes del Páramo.
Valderrey.
Villagatón.
Villamejil.
Villamontán de la Valduerna.
Villaobispo de Otero.
Villaquejida.
Villarejo de Órbigo.
Villares de Órbigo.
Villazala.
Zotes del Páramo.
Código 24118. Administración Ponferrada.
Arganza.
Balboa.
Barjas.
Bembibre.
Benuza.
Berlanga del Bierzo.
Borrenes.
Cabañas Raras.
Cacabelos.
Camponaraya.
Candín.
Carracedelo.
Carucedo.
Castrillo de Cabrera.
Castropodame.
Congosto.
Corullón.
Cubillos del Sil.
Encinedo.
Fabero.
Folgoso de la Ribera.
Igüeña.
Molinaseca.
Noceda del Bierzo.
Oencia.
Palacios del Sil.
Páramo del Sil.
Peranzanes.
Ponferrada.
Priaranza del Bierzo.
Puente de Domingo Flórez.
Sancedo.
Sobrado.
Toreno.
Torre del Bierzo.
Trabadelo.
Vega de Espinareda.
Vega de Valcarce.
Villablino.
Villadecanes.
Villafranca del Bierzo.
4. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Palencia.
4.1 Delegación Palencia. Código 34600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Palencia.
4.2 Administraciones.
Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:
Código 34004. Administración Aguilar de Campoo.
5. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Salamanca.
5.1 Delegación Salamanca. Código 37600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Salamanca.
5.2 Administraciones.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 37046. Administración Béjar.
Código 37107. Administración Ciudad Rodrigo.
6. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Segovia (código 40600).
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Segovia.
7. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Soria (código 42600).
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Soria.
8. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Zamora.
8.1 Delegación Zamora. Código 49600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Zamora.
8.2 Administraciones.
Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:
Código 49023. Administración Benavente.
9. Integradas directamente en la Delegación Especial de Castilla y León.
Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Castilla y León los municipios de la provincia de Valladolid salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes. (Código 47600).
Código 47601. Administración Valladolid-capital.
Adalia.
Aguilar de Campos.
Aldea de San Miguel.
Aldeamayor de San Martín.
Amusquillo.
Bahabón.
Barcial de la Loma.
Barruelo de Valle.
Becilla de Valderaduey.
Benafarces.
Bercero.
Berceruelo.
Berrueces.
Bocos de Duero.
Boecillo.
Bolaños de Campos.
Bustillo de Chaves.
Cabezón de Pisuerga.
Cabezón de Valderaduey.
Cabreros del Monte.
Campaspero.
Camporredondo.
Canalejas de Peñafiel.
Canillas de Esgueva.
Casasola de Arión.
Castrillo de Duero.
Castrillo-Tejeriego.
Castrobol.
Castrodeza.
Castromembibre.
Castromonte.
Castronuevo de Esgueva.
Castroponce.
Castroverde de Cerrato.
Ceinos de Campos.
Cigales.
Ciguñuela.
Cogeces del Monte.
Corcos.
Corrales de Duero.
Cubillas de Santa Marta.
Cuenca de Campos.
Curiel de Duero.
Encinas de Esgueva.
Esguevillas de Esgueva.
Fombellida.
Fompedraza.
Fontihoyuelo.
Fuensaldaña.
Gallegos de Hornija.
Gatón de Campos.
Geria.
Herrín de Campos.
Langayo.
Manzanillo.
Marzales.
Matilla de los Caños.
Mayorga.
Medina de Rioseco.
Melgar de Abajo.
Melgar de Arriba.
Mojados.
Monasterio de Vega.
Montealegre de Campos.
Montemayor de Pililla.
Moral de la Reina.
Morales de Campos.
Mota del Marqués.
Mucientes.
Mudarra (La).
Olivares de Duero.
Olmos de Esgueva.
Olmos de Peñafiel.
Palazuelo de Vedija.
Parrilla (La).
Pedraja de Portillo (La).
Pedrosa del Rey.
Peñafiel.
Peñaflor de Hornija.
Pesquera de Duero.
Piña de Esgueva.
Piñel de Abajo.
Piñel de Arriba.
Portillo.
Pozuelo de la Orden.
Quintanilla de Arriba.
Quintanilla de Onésimo.
Quintanilla de Trigueros.
Quintanilla del Molar.
Rábano.
Renedo de Esgueva.
Roales de Campos.
Robladillo.
Roturas.
Saelices de Mayorga.
San Cebrián de Mazote.
San Llorente.
San Martín de Valvení.
San Miguel del Arroyo.
San Miguel del Pino.
San Pedro de Latarce.
San Pelayo.
San Román de Hornija.
San Salvador.
Santa Eufemia del Arroyo.
Santervás de Campos.
Santibáñez de Valcorba.
Sardón de Duero.
Tamariz de Campos.
Tiedra.
Tordehumos.
Tordesillas.
Torre de Esgueva.
Torre de Peñafiel.
Torrecilla de la Abadesa.
Torrecilla de la Torre.
Torrelobatón.
Torrescárcela.
Traspinedo.
Trigueros del Valle.
Tudela de Duero.
Unión de Campos (La).
Urones de Castroponce.
Urueña.
Valbuena de Duero.
Valdearcos de la Vega.
Valdenebro de los Valles.
Valdunquillo.
Valoria la Buena.
Valverde de Campos.
Vega de Ruiponce.
Vega de Valdetronco.
Velilla.
Velliza.
Viana de Cega.
Viloria.
Villabáñez.
Villabaruz de Campos.
Villabrágima.
Villacarralón.
Villacid de Campos.
Villaco.
Villafrades de Campos.
Villafrechós.
Villafuerte.
Villagarcía de Campos.
Villagómez la Nueva.
Villalán de Campos.
Villalar de los Comuneros.
Villalba de la Loma.
Villalba de los Alcores.
Villalbarba.
Villalón de Campos.
Villamuriel de Campos.
Villán de Tordesillas.
Villanubla.
Villanueva de San Mancio.
Villanueva de la Condesa.
Villanueva de los Caballeros.
Villanueva de los Infantes.
Villardefrades.
Villarmentero de Esgueva.
Villasexmir.
Villavaquerín.
Villavellid.
Villavicencio de los Caballeros.
Wamba.
Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:
Código 47086. Administración Medina del Campo
Delegación Especial de Cataluña
En la Delegación Especial de Cataluña se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:
1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Girona.
1.1 Delegación Girona. Código 17600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Girona salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
1.2 Administraciones.
Código 17025. Administración Bisbal (La).
Begur.
Bisbal d’Empordà (La).
Calonge.
Castell-Platja d’Aro.
Corçà.
Cruïlles, Monells i Sant Sadurní de l’Heura.
Foixà.
Fontanilles.
Forallac.
Gualta.
Mont-ras.
Palafrugell.
Palamós.
Palau-sator.
Pals.
Parlavà.
Pera (La).
Regencós.
Rupià.
Sant Feliu de Guíxols.
Santa Cristina d’Aro.
Serra de Daró.
Tallada d’Empordà (La).
Torrent.
Torroella de Montgrí.
Ullà.
Ullastret.
Ultramort.
Vall-llobrega.
Código 17072. Administración Figueres.
Agullana.
Albanyà.
Armentera (L’).
Avinyonet de Puigventós.
Bàscara.
Biure.
Boadella i les Escaules.
Borrassà.
Cabanelles.
Cabanes.
Cadaqués.
Cantallops.
Capmany.
Castelló d’Empúries.
Cistella.
Colera.
Crespià.
Darnius.
Escala (L’).
Espolla.
Far d’Empordà (El).
Figueres.
Fortià.
Garrigàs.
Garriguella.
Jonquera (La).
Lladó.
Llançà.
Llers.
Maçanet de Cabrenys.
Masarac.
Mollet de Peralada.
Navata.
Ordis.
Palau de Santa Eulàlia.
Palau-saverdera.
Pau.
Pedret i Marzà.
Peralada.
Pont de Molins.
Pontós.
Port de la Selva (El).
Portbou.
Rabós.
Riumors.
Roses.
Sant Climent Sescebes.
Sant Llorenç de la Muga.
Sant Miquel de Fluvià.
Sant Mori.
Sant Pere Pescador.
Santa Llogaia d’Àlguema.
Saus.
Selva de Mar (La).
Siurana.
Terrades.
Torroella de Fluvià.
Vajol (La).
Ventalló.
Vilabertran.
Viladamat.
Vilafant.
Vilajuïga.
Vilamacolum.
Vilamalla.
Vilamaniscle.
Vilanant.
Vila-sacra.
Vilaür.
Código 17121. Administración Olot .
Alp.
Argelaguer.
Besalú.
Beuda.
Bolvir.
Campdevànol.
Campelles.
Camprodon.
Castellfollit de la Roca.
Das.
Fontanals de Cerdanya.
Ger.
Gombrèn.
Guils de Cerdanya.
Isòvol.
Llanars.
Llívia.
Llosses (Les).
Maià de Montcal.
Meranges.
Mieres.
Molló.
Montagut i Oix.
Ogassa.
Olot.
Pardines.
Planes d’Hostoles (Les).
Planoles.
Preses (Les).
Puigcerdà.
Queralbs.
Ribes de Freser.
Ripoll.
Riudaura.
Sales de Llierca.
Sant Aniol de Finestres.
Sant Feliu de Pallerols.
Sant Ferriol.
Sant Jaume de Llierca.
Sant Joan de les Abadesses.
Sant Joan les Fonts.
Sant Miquel de Campmajor.
Sant Pau de Segúries.
Santa Pau.
Setcases.
Tortellà.
Toses.
Urús.
Vall de Bianya (La).
Vall d’en Bas (La).
Vallfogona de Ripollès.
Vidrà.
Vilallonga de Ter.
2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Lleida.
2.1 Delegación Lleida. Código 25600.
El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Lleida.
2.2 Administraciones.
Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:
Código 25252. Administración La Seu d’Urgell.
Código 25272. Administración Tàrrega.
3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Tarragona.
3.1 Delegación Tarragona. Código 43600.
El ámbito abarca todos los municipios de Tarragona salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.
3.2 Administraciones.
Código 43125. Administración Reus.
Aleixar (L’).
Alforja.
Albiol (L’).
Almoster.
Arbolí.
Argentera (L’).
Bellmunt del Priorat.
Bisbal de Falset (La).
Borges del Camp (Les).
Botarell.
Cabacés.
Cambrils.
Capafonts.
Capçanes.
Castellvell del Camp.
Colldejou.
Cornudella de Montsant.
Duesaigües.
Falset.
Febró (La).
Figuera (La).
Gratallops.
Guiamets (Els).
Lloar (El).
Marçà.
Margalef.
Maspujols.
Masroig (El).
Molar (El).
Montbrió del Camp.
Mont-roig del Camp.
Móra la Nova
Morera de Montsant (La).
Poboleda.
Porrera.
Pradell de la Teixeta.
Prades
Pratdip.
Reus.
Riudecanyes.
Riudecols.
Riudoms.
Selva del Camp (La).
Torre de Fontaubella (La).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.