Resolución de 26 de abril de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico

Rango Resolución
Publicación 2013-05-01
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Economía y Competitividad
Fuente BOE
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La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables que publique mensualmente mediante Resolución la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes».

Conforme a dicha obligación de actualización mensual de los tipos fijos o diferenciales máximos aplicables, se publica un nuevo anexo que sustituirá al anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013 y a la última actualización publicada en la Resolución de 1 de abril, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

Madrid, 26 de abril de 2013.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

ANEXO. Diferenciales máximos aplicables al mes de mayo a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

Vida media de la operación (Meses) Tipo fijo máximo Diferencial máximo sobre euribor 12 meses Diferencial máximo sobre euribor 6 meses Diferencial máximo sobre euribor 3 meses Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
1 2,69 237
2 2,69 245
3 2,70 244 253
4 2,86 263 272
5 2,97 275 284
6 3,07 274 286 295
7 3,12 280 292 301
8 3,16 285 297 306
9 3,29 297 309 318
10 3,41 309 321 329
11 3,48 316 328 337
12 3,53 301 321 333 342
13 3,62 310 330 342 350
14 3,71 319 339 351 360
15 3,80 328 348 360 368
16 3,87 335 354 366 375
17 3,94 341 361 373 382
18 4,02 348 368 380 388
19 4,08 355 373 385 394
20 4,14 361 379 391 400
21 4,20 368 385 397 405
22 4,27 374 390 402 411
23 4,36 380 398 410 419
24 4,46 387 407 419 427
25 4,52 393 412 424 433
26 4,57 397 418 430 438
27 4,63 401 423 435 443
28 4,68 405 428 440 449
29 4,72 407 430 442 451
Plazo ≥ 30 4,75 410 433 445 454

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