Orden AEC/909/2013, de 6 de mayo, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Manchester (Reino Unido de la Gran Bretaña)

Rango Orden
Publicación 2013-05-25
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La necesidad de crear una Oficina Consular Honoraria de España en la ciudad de Manchester se justifica por tratarse de un área industrial y de servicios en pleno auge en la que se están instalando muchas empresas británicas y extranjeras. También hay que destacar que un gran número de españoles se están desplazando a esta zona para establecerse.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Londres, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General de Relaciones Bilaterales con Países de la UE, Países Candidatos y Países del Espacio Económico Europeo, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Manchester, con jurisdicción en los Condados de Greater Manchester, North Yorkshire y West Yorkshire, con categoría de Consulado Honorario y dependiente del Consulado General de España en Edimburgo.

Segundo.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en la Manchester tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

Madrid, 6 de mayo de 2013.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo y Marfil.

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