Ley Foral 27/2013, de 2 de julio, de reforma de la Ley Foral 7/2004, de 24 de junio, por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 159.224 metros cuadrados de terreno comunal, perteneciente al Ayuntamiento de Murillo el Fruto
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de reforma de la Ley Foral 7/2004, de 24 de junio, por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 159.224 metros cuadrados de terreno comunal, perteneciente al Ayuntamiento de Murillo el Fruto.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Foral 7/2004, de 24 de junio, aprobó la desafectación de 159.224 metros cuadrados de terrenos comunales para su posterior venta a la empresa «Indugarbi, S.L.», para la instalación de un complejo industrial destinado a recuperación y valorización de residuos.
En la misma, se estableció, entre otras, la siguiente condición:
«c) Que se dé cumplimiento al compromiso del Ayuntamiento de Murillo el Fruto de destinar el importe obtenido con la venta de los terrenos desafectados a la adquisición de nuevos terrenos de cultivo útiles, que se incorporarán al patrimonio comunal.»
Lo que se pretende con esta Ley Foral es que se pueda destinar el importe obtenido por la venta de los terrenos comunales, de 243.787 euros, a la financiación de los costes de transformación de secano en regadío de los terrenos comunales regables incluidos en el sector X del Canal de Navarra, en lugar de a la adquisición de nuevos terrenos de cultivo útiles, que se incorporaban al patrimonio comunal.
Artículo único.
Se modifica la letra c) del artículo 2 de la Ley Foral 7/2004, de 24 de junio, por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 159.224 metros cuadrados de terreno comunal, perteneciente al Ayuntamiento de Murillo el Fruto, que pasa a tener la siguiente redacción:
«c) Que el Ayuntamiento de Murillo el Fruto destine el importe obtenido por la venta de los terrenos desafectados a la transformación de secano en regadío de los terrenos comunales regables incluidos en el sector X del Canal de Navarra.»
Disposición final única.
La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. El Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 2 de julio de 2013.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina Angulo.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 133, de 12 de julio de 2013.)
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