Real Decreto 633/2013, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio y el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional

Rango Real Decreto
Publicación 2013-08-31
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de la Presidencia
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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Mediante este real decreto se modifican dos normas de carácter reglamentario. Por un lado, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, y, por otro, el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.

La primera de las modificaciones tiene por objetivo potenciar el Mercado Alternativo de Renta Fija. Este Mercado se configura como un sistema multilateral de negociación creado de conformidad con lo previsto en el título XI de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, con la finalidad de facilitar la financiación de las empresas españolas a través de la renta fija. Con el objetivo de impulsar el mejor funcionamiento de este mercado, este real decreto modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, con la finalidad de equiparar el tratamiento fiscal de las rentas obtenidas por los inversores en el Mercado Alternativo de Renta Fija y las del régimen general aplicable a los mercados secundarios oficiales. A estos efectos, se suprime la obligación de practicar retención sobre las rentas obtenidas por los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades procedentes de activos financieros negociados en el citado Mercado Alternativo de Renta Fija.

Por otro lado, mediante este real decreto se modifica el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional, eliminando la obligación de remisión a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de la información estadística semestral de los corredores de seguros y de los corredores de reaseguro, y de la información del negocio semestral de los agentes de seguros vinculados y de los operadores de banca-seguros vinculados.

Con ello se avanza en los compromisos de reducción de cargas administrativas sin mermar la necesaria información con la que debe contar la autoridad supervisora para el ejercicio de sus funciones, toda vez que la información anual que deben remitir estos profesionales es suficiente para cumplir este objetivo.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de agosto de 2013,

DISPONGO:

Artículo primero. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio.

El apartado 2.º) del artículo 59.q), primer párrafo, del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, queda redactado como sigue:

«2.º) Que se negocien en un mercado secundario oficial de valores español, o en el Mercado Alternativo de Renta Fija, sistema multilateral de negociación creado de conformidad con lo previsto en el título XI de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.»

Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.

El Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 2 del artículo 6 queda suprimido.

Dos. El apartado 2 del artículo 7 queda suprimido.

Tres. El apartado 2 del artículo 8 queda suprimido.

Cuatro. El apartado 2 del artículo 9 queda suprimido.

Cinco. Los anexos III y IV quedan suprimidos.

Disposición adicional única. Primera información exenta de remisión.

La modificación operada por el artículo segundo se aplicará por primera vez a la información estadístico-contable y del negocio, correspondiente al primer semestre de 2013.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 2 de agosto de 2013.

JUAN CARLOS R.

La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

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