Resolución de 5 de septiembre de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifican la de 28 de julio de 1998, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y la de 21 de septiembre de 2004, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Rango Resolución
Publicación 2013-09-11
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, estableció un marco de organización territorial y distribución de funciones en el área de Aduanas e Impuestos Especiales basado en Dependencias Regionales, Dependencias Provinciales y Administraciones de Aduanas, cada una con un ámbito de competencias limitado a su ámbito territorial respectivo.

Por su parte, la Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, estableció una estructura territorial de la Agencia Tributaria basada en Delegaciones Especiales, Delegaciones, Administraciones de la Agencia Tributaria y Administraciones de Aduanas, cada una con una ámbito territorial de competencias delimitado, si bien sentó las bases para que los órganos territoriales de ámbito inferior al de la Delegación Especial pudieran extender sus competencias al ámbito de ésta.

En el actual escenario de austeridad presupuestaria, la búsqueda de la mayor eficacia y eficiencia posible, junto con la optimización y racionalización de los recursos disponibles, deben ser los principios inspiradores de la actuación de la Agencia.

Con esta finalidad, la Resolución de 28 de julio de 1998 ha sido modificada por la Resolución de 28 de diciembre de 2012, al objeto de flexibilizar el marco organizativo del área de Aduanas e Impuestos Especiales, atribuyendo a todos sus órganos territoriales competencias y funciones en el ámbito territorial de la Delegación Especial en la que se integren, con independencia de la sede en la que se encuentren.

Asimismo, se han adoptado diversas medidas organizativas en relación a las Delegaciones y Administraciones mediante la Resolución de 15 de febrero de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se adoptan medidas sobre estructura organizativa y se modifica la Resolución de 21 de septiembre de 2004, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, suprimiendo las doce Delegaciones de la Agencia Tributaria existentes en las provincias donde tienen su sede las correspondientes Delegaciones Especiales, en las cuales pasa a quedar integrada la estructura orgánica de aquellas, y avanzando en los procesos de concentración de Administraciones situadas en el mismo término municipal y de especialización de las funciones de control desarrolladas por las Administraciones.

Con idéntica finalidad, procede en estos momentos reorganizar las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales manteniendo el máximo nivel de servicio de despacho aduanero de mercancías en todo el territorio nacional. Así, se suprimen las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales con menor tráfico de mercancías, pasando a integrarse los recintos aduaneros de ellas dependientes en las Dependencias Regionales o Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales correspondientes, que continuarán prestando el servicio de despacho aduanero de las mercancías que se canalicen a través de los mismos. En particular, se suprimen las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales de Palamós (Delegación de Girona), San Carles de la Rápita (Delegación de Tarragona), Ribadeo (Delegación de Lugo), Pasaia (Delegación de Guipuzkoa) y Gandía (Delegación Especial de Valencia).

Además, se reorganiza el área de Aduanas e Impuestos Especiales en Palma de Mallorca, suprimiendo la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales del Aeropuerto de Palma de Mallorca y creando la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Palma de Mallorca de la que dependerán los recintos aduaneros del aeropuerto y del puerto. Habida cuenta de la ubicación de los recintos aduaneros dependientes de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales de Barcelona-Marítima y de Barcelona-Carretera, se considera conveniente para mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios proceder a suprimir ambas Administraciones y crear la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Barcelona de la que dependerán los recintos aduaneros que actualmente integran las Administraciones que se suprimen.

Por último, se crea la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Las Palmas de Gran Canaria-Marítima en consideración al volumen de tráfico de mercancías a través de su puerto y su proyección como puerto internacional de distribución de carga, en especial, para la parte occidental de África, que exige, como en otros puertos y aeropuertos estratégicos en España, contar con un órgano administrativo específico.

Teniendo en cuenta que las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales se encuentran reguladas tanto en la Resolución de 28 de julio de 1998 como en la Resolución de 21 de septiembre de 2004, la adopción de estas medidas exige la modificación de ambas normas. Por razones de técnica normativa, se suprime el anexo III de la Resolución de 28 de julio de 1998, que contiene la relación de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales, integrándose su contenido en el anexo II de la Resolución de 21 de septiembre de 2004 junto con la relación de Administraciones de la Agencia Tributaria.

Asímismo, con la misma finalidad, procede suprimir el anexo II de la Resolución de 28 de julio de 1998, ajustando el texto de la misma a tal supresión. Por tal motivo se procede a suprimir su apartado segundo.7, a modificar su apartado décimo.3, por contener ambos preceptos referencias al mencionado anexo, y se incluye una nueva disposición adicional que recoge las especificidades en relación con la sede de determinadas Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales.

Adicionalmente, se modifican los apartados decimotercero y decimocuarto de la Resolución de 21 de septiembre de 2004, relativos a la competencia, estructura y funciones de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales y a las competencias y funciones de los Administradores de Aduanas e Impuestos Especiales, remitiéndose a la regulación de la Resolución de 28 de julio de 1998.

Finalmente, se procede a realizar determinados ajustes técnicos, siendo el más importante, el referido al texto del apartado segundo.1 de la Resolución de 28 de julio de 1998 con el fin de ajustarlo a lo establecido en la Resolución de 28 de diciembre de 2012 por la que se modificaba la primera de las Resoluciones indicadas, y la adaptación del texto de esta Resolución para prever la competencia sobre futuros impuestos medioambientales.

En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo establecido por el artículo 103.once.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, dispongo:

Primero. Creación de Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.

Se crean las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales de Barcelona, en la Delegación Especial de Cataluña, de Palma de Mallorca, en la Delegación Especial de IIles Balears y de Las Palmas de Gran Canaria-Marítima, en la Delegación Especial de Canarias.

Segundo. Modificación de la Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado segundo.1, que queda redactado de la siguiente forma:

«1. En todas las Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, bajo la dependencia del titular de la Delegación Especial, existirá una Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales que tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a)

Las actuaciones de gestión de aduanas, de impuestos especiales y demás tributos a las que se refiere el apartado Décimo, así como las de coordinación, planificación y asistencia técnica a los órganos, equipos y unidades de Aduanas e Impuestos Especiales situados en su ámbito territorial.

b)

La inspección de los tributos, beneficios y restituciones, cuya comprobación e investigación esté atribuida o se atribuya por la normativa vigente al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

Dicha función y cualquier otra atribuida normativamente a la Inspección de los Tributos se extenderá a todos los obligados tributarios con domicilio fiscal en el ámbito de la respectiva Delegación Especial de la Agencia Tributaria sobre los que la Delegación Central de Grandes Contribuyentes no ejerza su competencia.

No obstante, las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales extenderán sus competencias sobre los siguientes obligados tributarios:

1.º Los obligados tributarios que sin estar domiciliados en el ámbito territorial de la respectiva Delegación Especial o estando adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, comparezcan en las actuaciones o procedimientos iniciados por la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales con relación a otro obligado sobre el que tenga competencia de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo de este apartado b).

2.º Los sucesores de personas físicas fallecidas y de las personas jurídicas y demás entidades disueltas o extinguidas que, sin estar domiciliados en el ámbito territorial de la respectiva Delegación Especial o estando adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, comparezcan en las actuaciones o procedimientos iniciados por la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales con relación a alguno o algunos de los sucesores sobre los que tenga competencia de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo de este apartado b).

3.º Los obligados tributarios con domicilio fiscal en el ámbito de otra Delegación Especial cuando así se haya acordado de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.g) de la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias.

c)

La intervención de las actividades y locales, en los términos previstos por el Reglamento de los Impuestos Especiales, que se hallen situados en el territorio al que se refieran sus competencias en la materia.

d)

El desarrollo, en el ámbito regional, de las funciones de represión del fraude fiscal y aduanero. Asimismo, ejercerá la dirección, planificación y coordinación de las actuaciones a desarrollar por las Unidades de Vigilancia Aduanera.

e)

El desarrollo, en el ámbito regional, de las funciones que se encomienden a Vigilancia Aduanera en el ámbito de la persecución, investigación y descubrimiento del fraude.

f)

Las de investigación e información relacionadas con las funciones de la Dependencia.

g)

La iniciación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores derivados del incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo que se pongan de manifiesto como consecuencia de las actuaciones y procedimientos realizados por los órganos, equipos, unidades administrativas o funcionarios que integran los servicios territoriales de Aduanas e Impuestos Especiales en su ámbito territorial.

La competencia se extenderá, en su caso, a todos los que hubieran sido parte en la operación de pago de efectivo aunque no tuvieran esa condición en la actuación o procedimiento que la pone de manifiesto.

h)

El asesoramiento y asistencia al titular de la Delegación Especial de la Agencia en materia de Aduanas e Impuestos Especiales y demás tributos que estén o se encomienden al área.

i)

La relación con las restantes áreas de la Agencia, en el ámbito de su respectiva Delegación Especial.

j)

Las de tramitación y resolución derivadas del ejercicio de las funciones anteriormente expresadas.»

Dos. Se suprime el apartado segundo.7.

Tres. Se modifica el apartado sexto.a), que queda redactado de la siguiente forma:

«a) La coordinación de las actuaciones encomendadas a las Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales de su ámbito territorial.»

Cuatro. Se modifica el apartado décimo.2.e), que queda redactado de la siguiente forma:

«e) La gestión de los Impuestos Especiales y demás tributos estatales cuya dirección, planificación y coordinación de la gestión esté atribuida o se atribuya en el futuro al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.»

Cinco. Se modifica el apartado décimo.3, que queda redactado de la siguiente forma:

«3. En toda Delegación de la Agencia existirá una Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales, salvo en el caso de la Delegación de la Agencia de Cádiz en la que existirá, además, la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de Algeciras.»

Seis. Se suprime el apartado undécimo.4.

Siete. Se incluye una nueva disposición adicional sexta, que queda redactada de la siguiente forma:

«Disposición adicional sexta. Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales situadas en municipios distintos a la sede de la Delegación de la Agencia.

La sede de la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de Girona se situará en La Jonquera, la sede de la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de Lleida se situará en La Farga de Moles, salvo la Oficina Gestora que estárá en la sede de la Delegación de Lleida, y la sede de la Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales de Gipuzkoa se situará en Irún.»

Ocho. Se suprimen los anexos II y III.

Tercero. Modificación de la Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado decimotercero, que queda redactado de la siguiente forma:

«Decimotercero. Competencias y funciones de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.

1.

Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales se integran en la Delegación de la Agencia Tributaria de la provincia o demarcación territorial donde estén establecidas. En las Delegaciones Especiales cuyo ámbito territorial coincida con el de las Comunidades Autónomas uniprovinciales y en las provincias sin Delegación, las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales se integran en las Delegaciones Especiales.

2.

Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales podrán extender sus competencias a todo el ámbito territorial de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en la que se integren.

3.

Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales desarrollarán las funciones que le atribuya la Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y demás disposiciones que le sean de aplicación.

4.

Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales son las que se relacionan en el apartado III del anexo II de la presente Resolución.»

Dos. Se modifica el apartado decimocuarto, que queda redactado de la siguiente forma:

«Decimocuarto. Competencias y funciones de los titulares de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.

1.

Corresponderá a los titulares de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales el desarrollo de las siguientes competencias y funciones:

a)

Dirigir, coordinar y controlar todas las unidades administrativas y servicios integrados en ella.

b)

Dirigir el personal que presta sus servicios en la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales, sin perjuicio del ejercicio de las competencias en la materia por los órganos que la tengan atribuida.

c)

Controlar y coordinar la ejecución de los planes y programas de actuación atribuidos a las unidades y servicios existentes en la misma.

d)

Constituir cauce general de relación con los órganos de la Delegación.

e)

Procurar el adecuado mantenimiento de las instalaciones y servicios de todo tipo de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales, impulsando para ello las medidas necesarias en colaboración con los órganos competentes en materia de administración económica.

f)

Ejercer las competencias y funciones que se determinen en la Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y demás disposiciones que les sean de aplicación.

2.

En los casos de ausencia, vacante o enfermedad, el titular de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales será sustituido por el funcionario que designe el titular de la Delegación de la Agencia Tributaria de quien dependa la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales a propuesta del titular de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales, salvo que el titular de la Delegación Especial disponga otro régimen de sustitución en cada caso concreto.»

Tres. Se sustituye el anexo II por el anexo de la presente Resolución, que pasa a denominarse: «Administraciones de la Agencia Tributaria y Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales».

Cuatro. Se suprime el anexo 3.

Disposición adicional primera. Supresión de órganos.

Quedan suprimidas las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales de Barcelona-Marítima y de Barcelona-Carretera, de la Delegación Especial de Cataluña; del Aeropuerto de Palma de Mallorca, de la Delegación Especial de Illes Balears; de Palamós, de la Delegación de Girona; de San Carles de la Rápita, de la Delegación de Tarragona; de Ribadeo, de la Delegación de Lugo; de Pasaia, de la Delegación de Guipuzkoa y de Gandía, de la Delegación Especial de Valencia.

Disposición adicional segunda. Ausencia de incremento del gasto público.

La aplicación de lo dispuesto en esta Resolución no implicará aumento del gasto en el presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.

Los procedimientos administrativos en tramitación en las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales suprimidas serán ultimados y resueltos por las Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales de las Delegaciones de la Agencia Tributaria en la que estaban integradas aquéllas, salvo los de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Gandía que serán ultimados y resueltos por la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de Valencia.

Los procedimientos administrativos en tramitación en la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de Illes Balears relativos al recinto aduanero del Puerto de Palma de Mallorca y de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales del Aeropuerto de Palma de Mallorca serán ultimados y resueltos por la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Palma de Mallorca.

Los procedimientos administrativos en tramitación en la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de Canarias relativos al recinto aduanero del Puerto de Las Palmas de Gran Canaria serán ultimados y resueltos por la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Las Palmas de Gran Canaria-Marítima.

Los procedimientos administrativos en tramitación en las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales de Barcelona-Marítima y de Barcelona-Carretera serán ultimados y resueltos por la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Barcelona.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del personal afectado.

Los funcionarios y demás personal que resulten afectados por las modificaciones orgánicas establecidas en esta Resolución percibirán la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con lo establecido para el puesto de trabajo que estuviesen desempeñando según las relaciones de puestos de trabajo aprobadas a la fecha de la entrada en vigor de la Resolución y en tanto no se proceda a su modificación o a la readscripción de los puestos afectados.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el 16 de septiembre de 2013, excepto el apartado segundo.uno, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de septiembre de 2013.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Miguel Ferre Navarrete.

ANEXO. Administraciones de la Agencia Tributaria y de Aduanas e Impuestos Especiales

I. Relación de Administraciones de la Agencia Tributaria

Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Huércal-Overa. El Ejido. Algeciras. Chiclana de la Frontera. El Puerto de Santa María. Sanlúcar de Barrameda. San Roque. Ubrique. Lucena. Montilla. Almería. Almería. Cádiz. Cádiz. Cádiz. Cádiz. Cádiz. Cádiz. Córdoba. Córdoba.
Peñarroya-Pueblonuevo. Córdoba.
Pozoblanco. Córdoba.
Baza. Granada.
Guadix. Granada.
Loja. Granada.
Motril. Granada.
Órgiva. Granada.
Granada- Almanjayar. Granada.
Aracena. Huelva.
Ayamonte. Huelva.
La Palma del Condado. Huelva.
Andújar. Jaén.
Linares. Jaén.
Úbeda. Jaén.
Villacarrillo. Jaén.
Álora. Málaga.
Antequera. Málaga.
Marbella. Málaga.
Ronda. Málaga.
Vélez-Málaga. Málaga.
Torremolinos. Málaga.
Málaga-Este. Málaga.
Écija. Delegación Especial.
Lora del Río. Delegación Especial.
Morón de la Frontera. Delegación Especial.
Osuna. Delegación Especial.
Utrera. Delegación Especial.
Parque. Delegación Especial.
Nervión-San Pablo. Delegación Especial.
Sevilla Oeste-Noroeste. Delegación Especial.

Delegación Especial de Aragón

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Monzón. Huesca.
Alcañiz. Teruel.
Calatayud. Delegación Especial.
Ejea de los Caballeros. Delegación Especial.
Arrabal-Puente de Santiago. Delegación Especial.
Albareda. Delegación Especial.
Las Fuentes. Delegación Especial.

Delegación Especial de Asturias

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Cangas de Onís Avilés Cangas de Narcea Langreo Luarca-Valdés Mieres. Gijón Delegación Especial Delegación Especial Delegación Especial Delegación Especial Delegación Especial.

Delegación Especial de Illes Balears

Administración de la Agencia Tributaria
Eivissa-Formentera.
Inca.
Menorca.
Manacor.
Palma de Mallorca.

Delegación Especial de Canarias

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Lanzarote. Delegación Especial.
Santa María de Guía. Delegación Especial.
Fuerteventura. Delegación Especial.
San Bartolomé de Tirajana. Delegación Especial.
Las Palmas de Gran Canaria. Delegación Especial.
Arona. Santa Cruz de Tenerife.
Laguna (La). Santa Cruz de Tenerife.
Puerto de la Cruz. Santa Cruz de Tenerife.
Gomera (La). Santa Cruz de Tenerife.
Palma (La). Santa Cruz de Tenerife.
Hierro (El). Santa Cruz de Tenerife.

Delegación Especial de Cantabria

Administración de la Agencia Tributaria
Laredo Reinosa Torrelavega

Delegación Especial de Castilla-La Mancha

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Hellín. Albacete.
La Roda. Albacete.
Alcázar de San Juan. Ciudad Real.
Puertollano. Ciudad Real.
Valdepeñas. Ciudad Real.
Tarancón. Cuenca.
Quintanar de la Orden. Delegación Especial.
Talavera de la Reina. Delegación Especial.

Delegación Especial de Castilla y León

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Aranda de Duero. Burgos.
Miranda de Ebro. Burgos.
Astorga. León.
Ponferrada. León.
Aguilar de Campoo. Palencia.
Béjar. Salamanca.
Ciudad Rodrigo. Salamanca.
Medina del Campo. Delegación Especial.
Valladolid-capital. Delegación Especial.
Benavente. Zamora.

Delegación Especial de Cataluña

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Arenys de Mar. Delegación Especial.
Badalona. Delegación Especial.
Berga. Delegación Especial.
Cornellà de Llobregat. Delegación Especial.
Granollers. Delegación Especial.
L’Hospitalet de Llobregat. Delegación Especial.
Igualada. Delegación Especial.
Manresa. Delegación Especial.
Mataró. Delegación Especial.
Sabadell. Delegación Especial.
Sant Cugat del Vallès. Delegación Especial.
Sant Feliu de Llobregat. Delegación Especial.
Santa Coloma de Gramenet. Delegación Especial.
Terrassa. Delegación Especial.
Vic. Delegación Especial.
Vilafranca del Penedès. Delegación Especial.
Vilanova i la Geltrú. Delegación Especial.
Colom. Delegación Especial.
Via Augusta. Delegación Especial.
Horta. Delegación Especial.
Poblenou. Delegación Especial.
Letamendi. Delegación Especial.
La Bisbal. Girona.
Figueres. Girona.
Olot. Girona.
La Seu d’Urgell. Lleida.
Tàrrega. Lleida.
Reus. Tarragona.
Tortosa. Tarragona.

Delegación Especial de Extremadura

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Don Benito Mérida Zafra Navalmoral de la Mata Plasencia Trujillo. Delegación Especial Delegación Especial Delegación Especial Cáceres Cáceres Cáceres.

Delegación Especial de Galicia

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Betanzos. Carballo. Cee. Ferrol. A Coruña. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial.
Ortigueira. Delegación Especial.
Ribeira. Delegación Especial.
Santiago de Compostela. Delegación Especial.
Foz. Lugo.
Monforte de Lemos. Lugo.
O Barco de Valdeorras. Ourense.
O Carballiño. Ourense.
Celanova. Ourense.
Verín. Ourense.
A Estrada. Pontevedra.
Ponteareas. Pontevedra.
Tui. Pontevedra.
Vilagarcía de Arousa. Pontevedra.

Delegación Especial de Madrid

Administración de la Agencia Tributaria
Alcalá de Henares.
Alcobendas.
Alcorcón.
Aranjuez.
Arganda.
Colmenar Viejo.
El Escorial.
Fuenlabrada.
Getafe.
Leganés.
Móstoles.
Pozuelo de Alarcón.
Torrejón de Ardoz.
Carabanchel.
Montalbán.
Ciudad Lineal.
Fermín Caballero.
Latina.
Villa de Vallecas.
María de Molina.
San Blas.
Vinateros.
Villaverde-Usera.
Guzmán el Bueno.

Delegación Especial de Murcia

Administración de la Agencia Tributaria
Cieza. Lorca. Mula. Murcia.

Delegación Especial de la Rioja

Administración de la Agencia Tributaria
Calahorra.
Haro.

Delegación Especial de Valencia

Administración de la Agencia Tributaria Delegación
Alcoy/Alcoi. Benidorm. Dénia. Elche/Elx. Elda. Orihuela. Villena. Alicante/Alacant. Vila-real. Vinaròs. Alzira. Catarroja. Gandia. Xàtiva. Llíria. Manises. Moncada. Requena. Sagunto/Sagunt. Sueca. Torrent. Blasco Ibáñez. Valencia-Guillem de Castro. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Alicante/Alacant. Castellón/Castelló. Castellón/Castelló. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial. Delegación Especial.

II. Ámbito territorial de las Administraciones de la Agencia Tributaria

Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla

En la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Almería.

1.1 Delegación Almería. Código 04600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Almería salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

1.2 Administraciones.

Código 04053. Administración Huércal-Overa:

Albánchez.

Albox.

Alcóntar.

Antas.

Arboleas.

Armuña de Almanzora.

Bacares.

Bayarque.

Bédar.

Cantoria.

Chercos.

Chirivel.

Cóbdar.

Cuevas del Almanzora.

Fines.

Gallardos (Los).

Garrucha.

Huércal-Overa.

Laroya.

Líjar.

Lubrín.

Lúcar.

Macael.

María.

Mojácar.

Olula del Río.

Oria.

Partaloa.

Pulpí.

Purchena.

Serón.

Sierro.

Somotín.

Suflí.

Taberno.

Tíjola.

Turre.

Urrácal.

Vélez Blanco.

Vélez Rubio.

Vera.

Zurgena.

Código 04104. Administración El Ejido:

Adra.

Alcolea.

Bayárcal.

Berja.

Dalías.

Ejido (El).

Fondón.

Laujar de Andarax.

Mojonera (La).

Paterna del Río.

Roquetas de Mar.

Vícar.

2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cádiz.

2.1 Delegación Cádiz. Código 11600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Cádiz salvo los asignados a la Delegación de Jerez de la Frontera o a alguna de las Administraciones siguientes.

2.2 Administraciones.

Código 11004. Administración Algeciras:

Algeciras.

Barrios (Los).

Castellar de la Frontera.

Jimena de la Frontera.

Línea de la Concepción (La).

San Roque.

Tarifa.

Código 11015. Administración Chiclana de la Frontera

Alcalá de los Gazules.

Barbate.

Benalup.

Chiclana de la Frontera.

Conil de la Frontera.

Medina-Sidonia.

Paterna de Rivera.

Vejer de la Frontera.

Código 11027. Administración Puerto de Santa María (El)

Chipiona.

Puerto de Santa María (El).

Puerto Real.

Rota.

Sanlúcar de Barrameda.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 11032. Administración Sanlúcar de Barrameda.

Código 11033. Administración San Roque.

Código 11038. Administración Ubrique.

3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Córdoba.

3.1 Delegación Córdoba.Código 14600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Córdoba salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

3.2 Administraciones.

Código 14038. Administración Lucena:

Almedinilla.

Benameji.

Cabra.

Carcabuey.

Doña Mencía.

Encinas Reales.

Fuente Tójar.

Iznájar.

Lucena.

Luque.

Monturque.

Moriles.

Palenciana.

Priego de Córdoba.

Puente Genil.

Rute.

Zuheros.

Código 14042. Administración Montilla:

Aguilar de la Frontera.

Baena.

Castro del Río.

Espejo.

Fernán Núñez.

Montalbán de Córdoba.

Montemayor.

Montilla.

Nueva Carteya.

Rambla (La).

San Sebastián de los Ballesteros.

Santaella.

Victoria (La).

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 14052. Administración Peñarroya-Pueblonuevo.

Código 14054. Administración Pozoblanco.

4. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Granada.

4.1 Delegación Granada. Código 18600.

El ámbito de esta Delegación abarca los códigos postales del municipio de Granada y los municipios de la provincia de Granada, salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

4.2 Administraciones.

Código 18142. Administración Motril:

Albondón.

Albuñol.

Almegíjar.

Almuñécar.

Alpujarra de la Sierra.

Bérchules.

Bubión.

Busquistar.

Cádiar.

Cáñar.

Capileira.

Carataunas.

Cástaras.

Guajares (Los).

Gualchos.

Itrabo.

Jete.

Juviles.

Tahá (La).

Lanjarón.

Lentegí.

Lobras.

Lújar.

Molvízar.

Motril.

Murtas.

Nevada.

Orgiva.

Otívar.

Pampaneira.

Polopos.

Pórtugos.

Rubite.

Salobreña.

Soportújar.

Sorvilán.

Torvizcón.

Trévelez.

Turón.

Ugíjar.

Valor.

Vélez de Benaudalla.

Código 18601. Administración Granada-Almanjayar:

Códigos postales de Granada números: 18011 y 18013.

Agrón.

Alamedilla.

Albolote.

Albuñán.

Aldeire.

Alfacar.

Alicún de Ortega.

Alquife

Atarfe.

Baza.

Beas de Granada.

Beas de Guadix.

Benalúa de las Villas.

Benalúa de Guadix.

Benamaurel.

Calicasas.

Campotéjar.

Caniles.

Castilléjar.

Castril.

Cogollos de Guadix.

Cogollos de la Vega.

Colomera.

Cortes de Baza.

Cortes y Graena.

Cuevas del Campo.

Cúllar.

Chimeneas.

Darro.

Dehesas de Guadix.

Deifontes.

Diezma.

Dólar.

Ferreira.

Freila.

Fonelas.

Fuente Vaqueros.

Galera.

Gobernador.

Gor.

Gorafe.

Guadahortuna.

Guadix.

Güevéjar.

Huélago.

Huéneja.

Huéscar.

Huétor de Santillán.

Illora.

Iznalloz.

Jayena.

Jerez Marquesado.

Jun.

Lacalahorra.

Lanteira.

Lugros.

Marchal,

Maracena.

Moclín.

Montejícar.

Montillana.

Morelabor.

Nívar.

Orce.

Pedro-Martínez.

Peligros.

Peza (La).

Pinos-Puente.

Piñar.

Policar.

Puebla de Don Fadrique.

Purullena.

Pulianas.

Torre-Cardela.

Valle del Zalabí.

Ventas de Huelma.

Villanueva de las Torres.

Viznar.

Zújar.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 18024. Administración Baza.

Código 18091. Administración Guadix.

Código 18123. Administración Loja.

Código 18150. Administración Orgiva.

5. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Huelva.

5.1 Delegación Huelva. Código 21600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Huelva salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

5.2 Administraciones.

Código 21054. Administración Palma del Condado (La):

Almonte.

Bollullos Par del Condado.

Bonares.

Chucena.

Escacena del Campo.

Hinojos.

Lucena del Puerto.

Manzanilla.

Niebla.

Palma del Condado (La).

Paterna del Campo.

Rociana del Condado.

Villalba del Alcor.

Villarrasa.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 21007. Administración Aracena.

Código 21010. Administración Ayamonte.

6. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Jaén

6.1 Delegación Jaén. Código 23600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Jaén salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

6.2 Administraciones.

Código 23005. Administración Andújar:

Andújar.

Arjona.

Arjonilla.

Cazalilla.

Escañuela.

Espeluy.

Higuera (La).

Lopera.

Marmolejo.

Mengíbar.

Villanueva de la Reina.

Código 23055. Administración Linares:

Aldeaquemada.

Arquillos.

Bailén.

Baños de la Encina.

Carboneros.

Carolina (La).

Guarromán.

Jabalquinto.

Linares.

Navas de San Juan.

Santa Elena.

Torreblascopedro.

Vilches.

Código 23092. Administración Úbeda:

Arroyo del Ojanco.

Baeza.

Beas de Segura.

Begíjar.

Benatae.

Canena.

Castellar.

Cazorla.

Chiclana de Segura.

Chilluévar.

Génave.

Hinojares.

Hornos.

Huesa.

Ibros.

Iruela (La).

Iznatoraf.

Jódar.

Lupión.

Montizón.

Orcera.

Peal de Becerro.

Pozo Alcón.

Puente de Génave.

Puerta de Segura (La).

Quesada.

Rus.

Sabiote.

Santiago-Pontones.

Santisteban del Puerto.

Santo Tomé.

Segura de la Sierra.

Siles.

Sorihuela del Guadalimar.

Torreperogil.

Torres Albánchez.

Úbeda.

Villacarrillo.

Villanueva del Arzobispo.

Villarrodrigo.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 23095. Administración Villacarrillo.

7. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Málaga.

7.1 Delegación Málaga. Código 29600.

El ámbito de esta Delegación abarca los códigos postales del municipio de Málaga y los municipios de la provincia de Málaga salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

7.2 Administraciones.

Código 29015. Administración Antequera:

Alameda.

Almargen.

Antequera.

Archidona.

Campillos.

Cuevas Bajas.

Cuevas de San Marcos.

Fuente de Piedra.

Humilladero.

Mollina.

Sierra de Yeguas.

Teba.

Valle de Abdalajís.

Villanueva de Algaidas.

Villanueva de la Concepción.

Villanueva de Tapia.

Villanueva del Rosario.

Villanueva del Trabuco.

Código 29069. Administración Marbella

Benahavís.

Casares.

Estepona.

Istán.

Manilva.

Marbella.

Ojén.

Código 29084. Administración Ronda:

Algatocín.

Alpandeire.

Arriate.

Atajate.

Benadalid.

Benalauría.

Benaoján.

Benarrabá.

Burgo (El).

Cañete la Real.

Cartajima.

Cortes de la Frontera.

Cuevas del Becerro.

Faraján.

Gaucín.

Genalguacil.

Igualeja.

Jimera de Líbar.

Jubrique.

Júzcar.

Montejaque.

Parauta.

Pujerra.

Ronda.

Yunquera.

Código 29094. Administración Vélez-Málaga:

Alcaucín.

Algarrobo.

Almáchar.

Archez.

Arenas.

Benamargosa.

Benamocarra.

Borge (El).

Canillas de Aceituno.

Canillas de Albaida.

Comares.

Cómpeta.

Cútar.

Frigiliana.

Iznate.

Macharaviaya.

Nerja.

Periana.

Salares.

Sayalonga.

Sedella.

Torrox.

Vélez-Málaga.

Viñuela.

Código 29103. Administración Torremolinos:

Alhaurín de la Torre.

Benalmádena.

Fuengirola.

Mijas.

Torremolinos.

Código 29601. Administración Málaga-Este.

Códigos postales de Málaga números: 29001, 29005, 29008, 29012, 29013, 29014, 29015, 29016, 29017, 29018, 29193, 29197.

Alfarnate.

Alfarnatejo.

Casabermeja.

Colmenar.

Moclinejo.

Rincón de la Victoria.

Riogordo.

Totalán.

Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:

Código 29012. Administración Álora.

8. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Jerez de la Frontera (código 53600).

El ámbito de esta Delegación abarca los siguientes municipios:

Arcos de la Frontera.

Algar.

Bornos.

Espera.

Jerez de la Frontera.

Prado del Rey.

San José del Valle.

Trebujena

Villamartín.

9. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ceuta (código 55600)

El ámbito de esta Delegación abarca la Ciudad Autónoma de Ceuta.

10. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Melilla (Código 56600).

El ámbito de esta Delegación abarca la Ciudad Autónoma de Melilla.

11. Integradas directamente en la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla.

Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla los códigos postales del municipio de Sevilla y los municipios de la provincia de Sevilla salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes (Código 41600).

Código 41095. Administración Utrera:

Algámitas.

Arahal.

Cabezas de San Juan (Las).

Coripe.

Coronil (El).

Cuervo de Sevilla (El).

Lebrija.

Marchena.

Molares (Los).

Montellano.

Morón de la Frontera.

Palacios y Villafranca (Los).

Paradas.

Pruna.

Puebla de Cazalla (La).

Utrera.

Código 41603. Administración Parque:

Códigos postales de Sevilla números: 41012, 41013 y 41014.

Alcalá de Guadaira.

Dos Hermanas.

Código 41604. Administración Nervión-San Pablo:

Códigos postales de Sevilla números: 41005, 41006, 41007, 41016, 41017, 41018, 41019, 41020.

Carmona.

Mairena del Alcor.

Viso del Alcor (El).

Código 41606. Administración Sevilla Oeste-Noroeste:

Albaida del Aljarafe.

Alcalá del Río.

Algaba (La).

Almadén de la Plata.

Almensilla.

Aznalcázar.

Aznalcóllar.

Benacazón.

Bollullos de la Mitación.

Bormujos.

Brenes.

Burguillos.

Camas.

Carrión de los Céspedes.

Castilblanco de los Arroyos.

Castilleja de Guzmán.

Castilleja de la Cuesta.

Castilleja del Campo.

Castillo de las Guardas (El).

Coria del Río.

Espartinas.

Garrobo (El).

Gelves.

Gerena.

Gines.

Guillena.

Huévar.

Isla Mayor.

Madroño (El).

Mairena del Aljarafe.

Olivares.

Palomares del Río.

Pilas.

Puebla del Río (La).

Real de la Jara (El).

Rinconada (La).

Ronquillo (El).

Salteras.

San Juan de Aznalfarache.

Sanlúcar la Mayor.

Santiponce.

Tomares.

Umbrete.

Valencina de la Concepción.

Villamanrique de la Condesa.

Villanueva del Ariscal.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 41039. Administración Écija.

Código 41055. Administración Lora del Río.

Código 41065. Administración Morón de la Frontera.

Código 41068. Administración Osuna.

Delegación Especial de Aragón

En la Delegación Especial de Aragón se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Huesca.

1.1 Delegación Huesca. Código 22600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Huesca salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

1.2 Administraciones.

Código 22218. Administración Monzón:

Abiego.

Abizanda.

Adahuesca.

Aínsa-Sobrarbe.

Albalate de Cinca.

Albelda.

Alcampell.

Alcolea de Cinca.

Alfántega.

Almunia de San Juan.

Alquézar.

Altorricón.

Arén.

Azanuy-Alins.

Azara.

Azlor.

Baells.

Baldellou.

Ballobar.

Barbastro.

Barbuñales.

Bárcabo.

Belver de Cinca.

Benabarre.

Benasque.

Berbegal.

Bielsa.

Bierge.

Binaced.

Binéfar.

Bisaurri.

Boltaña.

Bonansa.

Broto.

Campo.

Camporrells.

Candasnos.

Capella.

Castejón del Puente.

Castejón de Sos.

Castigaleu.

Castillazuelo.

Castillonroy.

Colungo.

Chalamera.

Chía.

Esplús.

Estada.

Estadilla.

Estopiñán del Castillo.

Fanlo.

Fiscal.

Fonz.

Foradada del Toscar.

Fraga.

Fueva (La).

Gistain.

Grado (El).

Graus.

Hoz y Costean.

Ilche.

Isábena.

Labuerda.

Laluenga.

Laperdiguera.

Lascellas-Ponzano.

Lascuarre.

Laspaúles.

Laspuña.

Monesma y Cajigar.

Montanúy.

Monzón.

Naval.

Olvena.

Ontiñena.

Osso de Cinca.

Palo.

Peñalba.

Peralta de Calasanz.

Peraltilla.

Perarrúa.

Plan.

Pozán de Vero.

Puebla de Castro (La).

Puente de Montañana.

Puértolas.

Pueyo de Araguás (El).

Pueyo de Santa Cruz.

Sahún.

Salas Altas.

Salas Bajas.

San Esteban de Litera.

San Juan de Plan.

San Miguel del Cinca.

Santaliestra y San Quílez.

Santa María de Dulcis.

Secastilla.

Seira.

Sesué.

Sopeira.

Tamarite de Litera.

Tella-Sin.

Tolva.

Torla.

Torre la Ribera.

Torrente de Cinca.

Valfarta.

Valle de Bardají.

Valle de Lierp.

Velilla de Cinca.

Vencillón.

Veracruz.

Viacamp y Litera.

Villanova.

Zaidín.

2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Teruel.

2.1 Delegación Teruel. Código 44600.

El ámbito territorial de esta Delegación abarca todos los municipios de la provincia de Teruel salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

2.2 Administraciones.

Código 44013. Administración Alcañiz:

Aguaviva.

Alacón.

Albalate del Arzobispo.

Alcañiz.

Alcorisa.

Alloza.

Andorra.

Arens de Lledó.

Ariño.

Azaila.

Beceite.

Belmonte de San José.

Berge.

Bordón.

Calaceite.

Calanda.

Cañada de Verich (La).

Castellote.

Castelnou.

Castelserás.

Cerollera (La).

Codoñera (La).

Cretas.

Crivillén.

Cuba (La).

Fórnoles.

Foz-Calanda.

Fresneda (La).

Fuentespalda.

Ginebrosa (La).

Hijar.

Jatiel.

Lledó.

Mas de las Matas.

Mata de los Olmos (La).

Mazaleón.

Mirambel.

Molinos.

Monroyo.

Oliete.

Olmos (Los).

Parras de Castellote (Las).

Peñarroya de Tastavins.

Portellada (La).

Puebla de Híjar (La).

Ráfales.

Samper de Calanda.

Seno.

Torre de Arcas.

Torre del Compte.

Torrecilla de Alcañiz.

Torrevelilla.

Tronchón.

Urrea de Gaén.

Valdealgorfa.

Valjunquera.

Valderrobres.

Valdeltormo.

Vinaceite.

3. Integradas directamente en la Delegación Especial de Aragón.

Código 50601. Administración Arrabal-Puente de Santiago.

Códigos Postales de Zaragoza números: 50014, 50015, 50016, 50018, 50058, 50059 y 50194.

Código 50602. Administración Albareda.

Códigos Postales de Zaragoza números: 50001, 50003, 50004, 50005, 50006, 50009, 50010, 50011, 50012, 50017, 50019, 50020, 50021, 50022, 50120, 50139, 50162, 50190, 50191, 50192, 50193, 50197, 50411, 50620, 50692, 50720 y 50820, y todos los demás municipios de la provincia de Zaragoza.

Código 50603. Administración Las Fuentes:

Códigos Postales de Zaragoza números: 50002, 50007, 50008 y 50013.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 50067. Administración Calatayud.

Código 50095. Administración Ejea de los Caballeros.

Delegación Especial de Asturias

En la Delegación Especial de Asturias se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (munipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Gijón.

1.1 Delegación de Gijón. Código 52600.

Amieva.

Cabrales.

Cabranes.

Cangas de Onís.

Carreño.

Caravia.

Colunga.

Gijón.

Llanes.

Onís.

Parres.

Peñamellera Alta.

Peñamellera Baja.

Piloña.

Ponga.

Ribadedeva.

Ribadesella.

Villaviciosa.

1.2 Administraciones.

Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:

Código 52012. Administración Cangas de Onís.

2. Integradas directamente en la Delegación Especial de Asturias.

Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Asturias los municipios de la provincia salvo los asignados a la Delegación de Gijón o a alguna de las Administraciones siguientes (Código 33600).

Código 33004. Administración Avilés:

Avilés.

Boal.

Castrillón.

Castropol.

Coaña.

Corvera de Asturias.

Cudillero.

Franco (El).

Gozón.

Grandas de Salime.

Illano.

Illas.

Muros de Nalón.

Navia.

Pesoz.

Pravia.

San Martín de Oscos.

San Tirso de Abres.

Santa Eulalia de Oscos.

Soto del Barco.

Tapia de Casariego.

Taramundi.

Valdés.

Vegadeo.

Villanueva de Oscos.

Villayón.

Código 33031. Administración Langreo

Caso.

Langreo.

Laviana.

San Martín del Rey Aurelio.

Sobrescobio.

Código 33037. Administración Mieres:

Aller.

Lena.

Mieres.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 33011. Administración Cangas del Narcea.

Código 33034. Administración Luarca-Valdés.

Delegación Especial de Illes Balears

En la Delegación Especial de Illes Balears se integran las siguientes Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

Código 07026. Administración Eivissa-Formentera:

Eivissa.

Formentera.

Sant Josep de sa Talaia.

Sant Antoni de Portmany.

Sant Joan de Labritja.

Santa Eulària des Riu.

Código 07027. Administración Inca:

Alaró.

Alcúdia.

Binissalem.

Búger.

Campanet.

Consell.

Costitx.

Escorca.

Inca.

Lloret de Vistalegre.

Lloseta.

Llubí.

Mancor de la Vall.

María de la Salut.

Muro.

Pobla (Sa).

Pollença.

Santa Margalida.

Selva.

Sencelles.

Sineu.

Código 07032. Administración Menorca:

Alaior.

Castell (Es).

Ciutadella de Menorca.

Ferreries.

Mahón.

Mercadal (Es).

Migjorn Gran (Es).

Sant Lluís.

Código 07033. Administración Manacor:

Ariany.

Artà.

Capdepera.

Felanitx.

Manacor.

Montuïri.

Petra.

Porreres.

Salines (Ses).

Santanyí.

Sant Joan.

Sant Llorenç des Cardassar.

Son Servera.

Vilafranca de Bonany.

Código 07601. Administración Palma de Mallorca:

Andratx.

Algaida.

Banyalbufar.

Bunyola.

Calvià.

Campos.

Deià.

Esporles.

Estellencs.

Fornalutx.

Llucmajor.

Marratxí.

Palma de Mallorca.

Puigpunyent.

Santa Eugènia.

Santa María del Camí.

Sóller.

Valldemossa.

Delegación Especial de Canarias

En la Delegación Especial de Canarias se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Santa Cruz de Tenerife.

1.1 Delegación Santa Cruz Tenerife. Código 38600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

1.2 Administraciones.

Código 38006. Administración Arona:

Adeje.

Arico.

Arona.

Fasnia.

Granadilla de Abona.

Guía de Isora.

San Miguel de Abona.

Santiago del Teide.

Vilaflor.

Código 38023. Administración Laguna (La):

Matanza de Acentejo (La).

Rosario (El).

San Cristóbal de la Laguna.

Sauzal (El).

Tacoronte.

Tegueste.

Victoria de Acentejo (La).

Código 38028. Administración Puerto de la Cruz:

Buenavista del Norte.

Garachico.

Guancha (La).

Icod de los Vinos.

Orotava (La).

Puerto de la Cruz.

Realejos (Los).

San Juan de la Rambla.

Santa Úrsula.

Silos (Los).

Tanque (El).

Código 38036. Administración Gomera (La):

Agulo.

Alajeró.

Hermigua.

San Sebastián de la Gomera.

Valle Gran Rey.

Vallehermoso.

Código 38037. Administración Palma (La):

Barlovento.

Breña Alta.

Breña Baja.

Fuencaliente de la Palma.

Garafía.

Llanos de Aridane (Los).

Paso (El).

Puntagorda.

Puntallana.

San Andrés y Sauces.

Santa Cruz de la Palma.

Tazacorte.

Tijarafe.

Villa de Mazo.

Código 38048. Administración Hierro (El):

Frontera (La).

Pinar de El Hierro (El)

Valverde.

2. Integradas directamente en la Delegación Especial de Canarias.

Código 35004. Administración Lanzarote:

Arrecife.

Haría.

San Bartolomé de Lanzarote.

Teguise.

Tías.

Tinajo.

Yaiza.

Código 35010. Administración Santa María de Guía:

Agaete.

Aldea de San Nicolás (La).

Artenara.

Arucas.

Firgas.

Gáldar.

Moya.

Santa María de Guía.

Tejeda.

Teror.

Valleseco.

Código 35018. Administración Fuerteventura:

Antigua.

Betancuria.

Oliva (La).

Pájara.

Puerto del Rosario.

Tuineje.

Código 35020. Administración San Bartolomé de Tirajana:

Mogán.

San Bartolomé de Tirajana.

Santa Lucía de Tirajana.

Código 35601. Administración Palmas de Gran Canaria (Las):

Agüimes.

Ingenio.

Palmas de Gran Canaria (Las).

Santa Brígida.

Telde.

Valsequillo de Gran Canaria.

Vega de San Mateo.

Delegación Especial de Cantabria

En la Delegación Especial de Cantabria se integran las siguientes Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Cantabria los municipios de la provincia salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes (Código 39600).

Código 39035. Administración Laredo:

Ampuero.

Argoños.

Arnuero.

Arredondo.

Bárcena de Cicero.

Bareyo.

Castro Urdiales.

Colindres.

Escalante.

Guriezo.

Hazas de Cesto.

Laredo.

Liendo.

Limpias.

Meruelo.

Noja.

Ramales de la Victoria.

Rasines.

Ruesga.

Santoña.

Soba.

Solórzano.

Valle de Villaverde.

Voto.

Código 39087. Administración Torrelavega:

Alfoz de Lloredo.

Anievas.

Arenas de Iguña.

Bárcena de Pie de Concha.

Cabezón de Liébana.

Cabezón de la Sal.

Cabuérniga.

Camaleño.

Campoo de Yuso.

Campoo de Enmedio.

Cartes.

Cieza.

Cillorigo de Liébana.

Comillas.

Corrales de Buelna (Los).

Hermandad de Campoo de Suso.

Herrerías.

Lamasón.

Mazcuerras.

Miengo.

Molledo.

Peñarrubia.

Pesaguero.

Pesquera.

Polaciones.

Polanco.

Potes.

Reinosa.

Reocín.

Rionansa.

Rozas de Valdearrollo (Las).

Ruente.

Ruiloba.

San Felices de Buelna.

San Miguel de Aguayo.

San Vicente de la Barquera.

Santillana del Mar.

Santiurde de Reinosa.

Suances.

Tojos (Los).

Torrelavega.

Tresviso.

Tudanca.

Udías.

Valdáliga.

Valdeolea.

Valdeprado del Río.

Valderredible.

Val de San Vicente.

Vega de Liébana.

Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:

Código 39059. Administración Reinosa:

Delegación Especial de Castilla-La Mancha

En la Delegación Especial de Castilla-La Mancha se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Albacete.

1.1 Delegación Albacete.Código 02600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Albacete salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

1.2 Administraciones.

Código 02037. Administración Hellín:

Albatana.

Ayna.

Elche de la Sierra.

Férez.

Hellín.

Letur.

Liétor.

Molinicos.

Nerpio.

Ontur.

Socovos.

Tobarra.

Yeste.

Código 02069. Administración Roda (La):

Barrax.

Bonillo (El).

Fuensanta.

Lezuza.

Madrigueras.

Minaya.

Montalvos.

Munera.

Ossa de Montiel.

Roda (La).

Tarazona de la Mancha.

Villalgordo del Júcar.

Villarrobledo.

2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ciudad Real.

2.1 Delegación Ciudad Real. Código 13600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Ciudad Real salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

2.2 Administraciones.

Código 13005. Administración Alcázar de San Juan:

Alcázar de San Juan.

Arenales de San Gregorio.

Argamasilla de Alba.

Campo de Criptana.

Herencia.

Pedro Muñoz.

Puerto Lápice.

Ruidera.

Socuéllamos.

Tomelloso.

Código 13071. Administración Puertollano:

Abenójar.

Agudo.

Alamillo.

Aldea del Rey.

Almadén.

Almadenejos.

Almodóvar del Campo.

Argamasilla de Calatrava.

Brazatortas.

Cabezarados.

Cabezarrubias del Puerto.

Caracuel de Calatrava.

Chillón.

Corral de Calatrava.

Fuencaliente.

Guadalmez.

Hinojosas de Calatrava.

Mestanza.

Pozuelos de Calatrava (Los).

Puertollano.

Saceruela.

San Lorenzo de Calatrava.

Solana del Pino.

Valdemanco del Esteras.

Villamayor de Calatrava.

Villanueva de San Carlos.

Código 13087. Administración Valdepeñas:

Albaladejo.

Alcubillas.

Alhambra.

Almedina.

Almuradiel.

Carrizosa.

Castellar de Santiago.

Cózar.

Fuenllana.

Labores (Las).

Llanos del Caudillo.

Manzanares.

Membrilla.

Montiel.

Moral de Calatrava.

Puebla del Príncipe.

San Carlos del Valle.

Santa Cruz de los Cáñamos.

Santa Cruz de Mudela.

Solana (La).

Terrinches.

Torre de Juan Abad.

Torrenueva.

Valdepeñas.

Villahermosa.

Villamanrique.

Villanueva de la Fuente.

Villanueva de los Infantes.

Villarta de San Juan.

Viso del Marqués.

3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cuenca.

3.1 Delegación Cuenca. Código 16600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Cuenca salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

3.2 Administraciones.

Código 16212. Administración Tarancón:

Acebrón (El).

Alcázar del Rey.

Alconchel de la Estrella.

Almendros.

Almonacid del Marquesado.

Barajas de Melo.

Belinchón.

Belmonte.

Buendía.

Campos del Paraíso.

Carrascosa de Haro.

Cervera del Llano.

Fuente de Pedro Naharro.

Fuentelespino de Haro.

Hinojosos (Los).

Hito (El).

Hontanaya.

Horcajo de Santiago.

Huelves.

Huete.

Leganiel.

Mesas (Las).

Monreal del Llano.

Montalbanejo.

Montalbo.

Mota del Cuervo.

Osa de la Vega.

Palomares del Campo.

Paredes.

Pedernoso (El).

Pedroñeras (Las).

Peraleja (La).

Pineda de Gigüela.

Portalrubio de Guadamejud.

Pozorrubio de Santiago.

Puebla de Almenara.

Rada de Haro.

Rozalén del Monte.

Saceda-Trasierra.

Saelices.

Santa María de los Llanos.

Tarancón.

Tinajas.

Torrejoncillo del Rey.

Torrubia del Campo.

Tresjuncos.

Tribaldos.

Uclés.

Valle de Altomira (El).

Vellisca.

Villaescusa de Haro.

Villalba del Rey.

Villalgordo del Marquesado.

Villamayor de Santiago.

Villanueva de Guadamejud.

Villar de Cañas.

Villarejo de Fuentes.

Villares del Saz.

Villarrubio.

Zafra de Záncara.

Zarza de Tajo.

4. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Guadalajara (código 19600).

Su ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Guadalajara.

5. Integradas directamente en la Delegación Especial de Castilla-La Mancha.

Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Castilla-La Mancha los municipios de la provincia de Toledo salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes (Código 45600).

Código 45143. Administración Quintanar de la Orden:

Cabezamesada.

Camuñas.

Corral de Almaguer.

Guardia (La).

Lillo.

Madridejos.

Miguel Esteban.

Puebla de Almoradiel (La).

Quero.

Quintanar de la Orden.

Romeral (El).

Santa Cruz de la Zarza.

Tembleque.

Toboso (El).

Villa de Don Fadrique (La).

Villacañas.

Villafranca de los Caballeros.

Villanueva de Alcardete.

Villarrubia de Santiago.

Villatobas.

Código 45166. Administración Talavera de la Reina:

Alcañizo.

Alcaudete de la Jara.

Alcolea de Tajo.

Aldeanueva de Barbarroya.

Aldeanueva de San Bartolomé.

Almendral de la Cañada.

Azután.

Belvís de la Jara.

Buenaventura.

Calera y Chozas.

Caleruela.

Calzada de Oropesa.

Campillo de la Jara (El).

Cardiel de los Montes.

Castillo de Bayuela.

Cazalegas.

Cebolla.

Cerralbos (Los).

Cervera de los Montes.

Espinoso del Rey.

Estrella (La).

Herencias (Las).

Herreruela de Oropesa.

Hinojosa de San Vicente.

Iglesuela (La).

Illán de Vacas.

Lagartera.

Lucillos.

Malpica de Tajo.

Marrupe.

Mejorada.

Mohedas de la Jara.

Montearagón.

Montesclaros.

Nava de Ricomalillo (La).

Navalcán.

Navalmoralejo.

Navalmorales (Los).

Navalucillos (Los).

Navamorcuende.

Oropesa.

Parrillas.

Pepino.

Pueblanueva (La).

Puente del Arzobispo (El).

Puerto de San Vicente.

Real de San Vicente (El).

Retamoso de la Jara.

Robledo del Mazo.

San Bartolomé de las Abiertas.

San Martín de Pusa.

San Román de los Montes.

Santa Ana de Pusa.

Sartajada.

Segurilla.

Sevilleja de la Jara.

Sotillo de las Palomas.

Talavera de la Reina.

Torralba de Oropesa.

Torrecilla de la Jara.

Torrico.

Valdeverdeja.

Velada.

Ventas de San Julián (Las).

Villarejo de Montalbán.

Delegación Especial de Castilla-León

En la Delegación Especial de Castilla y León se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ávila (código 05600).

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Ávila.

2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Burgos.

2.1 Delegación Burgos. Código 09600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Burgos.

2.2 Administraciones.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 09018. Administración Aranda de Duero.

Código 09224. Administración Miranda de Ebro.

3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de León.

3.1 Delegación León. Código 24600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de León salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

3.2 Administraciones.

Código 24009. Administración Astorga:

Alija del Infantado.

Antigua (La).

Astorga.

Bañeza (La).

Benavides.

Bercianos del Páramo.

Brazuelo.

Bustillo del Páramo.

Carrizo.

Castrillo de la Valduerna.

Castrocalbón.

Castrocontrigo.

Cebrones del Río.

Cimanes de la Vega.

Destriana.

Hospital de Órbigo.

Laguna Dalga.

Laguna de Negrillos.

Llamas de la Ribera.

Lucillo.

Luyego.

Magaz de Cepeda.

Palacios de la Valduerna.

Pobladura de Pelayo García.

Pozuelo del Páramo.

Quintana del Castillo.

Quintana del Marco.

Quintana y Congosto.

Regueras de Arriba.

Riego de la Vega.

Roperuelos del Páramo.

San Adrián del Valle.

San Cristóbal de la Polantera.

San Esteban de Nogales.

San Justo de la Vega.

San Pedro Bercianos.

Santa Colomba de Somoza.

Santa Elena de Jamuz.

Santa María de la Isla.

Santa María del Páramo.

Santa Marina del Rey.

Santiago Millas.

Soto de la Vega.

Truchas.

Turcia.

Urdiales del Páramo.

Val de San Lorenzo.

Valdefuentes del Páramo.

Valderrey.

Villagatón.

Villamejil.

Villamontán de la Valduerna.

Villaobispo de Otero.

Villaquejida.

Villarejo de Órbigo.

Villares de Órbigo.

Villazala.

Zotes del Páramo.

Código 24118. Administración Ponferrada:

Arganza.

Balboa.

Barjas.

Bembibre.

Benuza.

Berlanga del Bierzo.

Borrenes.

Cabañas Raras.

Cacabelos.

Camponaraya.

Candín.

Carracedelo.

Carucedo.

Castrillo de Cabrera.

Castropodame.

Congosto.

Corullón.

Cubillos del Sil.

Encinedo.

Fabero.

Folgoso de la Ribera.

Igüeña.

Molinaseca.

Noceda del Bierzo.

Oencia.

Palacios del Sil.

Páramo del Sil.

Peranzanes.

Ponferrada.

Priaranza del Bierzo.

Puente de Domingo Flórez.

Sancedo.

Sobrado.

Toreno.

Torre del Bierzo.

Trabadelo.

Vega de Espinareda.

Vega de Valcarce.

Villablino.

Villadecanes.

Villafranca del Bierzo.

4. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Palencia.

4.1 Delegación Palencia. Código 34600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Palencia.

4.2 Administraciones.

Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:

Código 34004. Administración Aguilar de Campoo.

5. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Salamanca.

5.1 Delegación Salamanca. Código 37600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Salamanca.

5.2 Administraciones.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 37046. Administración Béjar.

Código 37107. Administración Ciudad Rodrigo.

6. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Segovia (código 40600).

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Segovia.

7. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Soria (código 42600).

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Soria.

8. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Zamora.

8.1 Delegación Zamora. Código 49600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Zamora.

8.2 Administraciones.

Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:

Código 49023. Administración Benavente.

9. Integradas directamente en la Delegación Especial de Castilla y León.

Quedan asignados directamente a la Delegación Especial de Castilla y León los municipios de la provincia de Valladolid salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes. (Código 47600).

Código 47601. Administración Valladolid-capital:

Adalia.

Aguilar de Campos.

Aldea de San Miguel.

Aldeamayor de San Martín.

Amusquillo.

Bahabón.

Barcial de la Loma.

Barruelo de Valle.

Becilla de Valderaduey.

Benafarces.

Bercero.

Berceruelo.

Berrueces.

Bocos de Duero.

Boecillo.

Bolaños de Campos.

Bustillo de Chaves.

Cabezón de Pisuerga.

Cabezón de Valderaduey.

Cabreros del Monte.

Campaspero.

Camporredondo.

Canalejas de Peñafiel.

Canillas de Esgueva.

Casasola de Arión.

Castrillo de Duero.

Castrillo-Tejeriego.

Castrobol.

Castrodeza.

Castromembibre.

Castromonte.

Castronuevo de Esgueva.

Castroponce.

Castroverde de Cerrato.

Ceinos de Campos.

Cigales.

Ciguñuela.

Cogeces del Monte.

Corcos.

Corrales de Duero.

Cubillas de Santa Marta.

Cuenca de Campos.

Curiel de Duero.

Encinas de Esgueva.

Esguevillas de Esgueva.

Fombellida.

Fompedraza.

Fontihoyuelo.

Fuensaldaña.

Gallegos de Hornija.

Gatón de Campos.

Geria.

Herrín de Campos.

Langayo.

Manzanillo.

Marzales.

Matilla de los Caños.

Mayorga.

Medina de Rioseco.

Melgar de Abajo.

Melgar de Arriba.

Mojados.

Monasterio de Vega.

Montealegre de Campos.

Montemayor de Pililla.

Moral de la Reina.

Morales de Campos.

Mota del Marqués.

Mucientes.

Mudarra (La).

Olivares de Duero.

Olmos de Esgueva.

Olmos de Peñafiel.

Palazuelo de Vedija.

Parrilla (La).

Pedraja de Portillo (La).

Pedrosa del Rey.

Peñafiel.

Peñaflor de Hornija.

Pesquera de Duero.

Piña de Esgueva.

Piñel de Abajo.

Piñel de Arriba.

Portillo.

Pozuelo de la Orden.

Quintanilla de Arriba.

Quintanilla de Onésimo.

Quintanilla de Trigueros.

Quintanilla del Molar.

Rábano.

Renedo de Esgueva.

Roales de Campos.

Robladillo.

Roturas.

Saelices de Mayorga.

San Cebrián de Mazote.

San Llorente.

San Martín de Valvení.

San Miguel del Arroyo.

San Miguel del Pino.

San Pedro de Latarce.

San Pelayo.

San Román de Hornija.

San Salvador.

Santa Eufemia del Arroyo.

Santervás de Campos.

Santibáñez de Valcorba.

Sardón de Duero.

Tamariz de Campos.

Tiedra.

Tordehumos.

Tordesillas.

Torre de Esgueva.

Torre de Peñafiel.

Torrecilla de la Abadesa.

Torrecilla de la Torre.

Torrelobatón.

Torrescárcela.

Traspinedo.

Trigueros del Valle.

Tudela de Duero.

Unión de Campos (La).

Urones de Castroponce.

Urueña.

Valbuena de Duero.

Valdearcos de la Vega.

Valdenebro de los Valles.

Valdunquillo.

Valoria la Buena.

Valverde de Campos.

Vega de Ruiponce.

Vega de Valdetronco.

Velilla.

Velliza.

Viana de Cega.

Viloria.

Villabáñez.

Villabaruz de Campos.

Villabrágima.

Villacarralón.

Villacid de Campos.

Villaco.

Villafrades de Campos.

Villafrechós.

Villafuerte.

Villagarcía de Campos.

Villagómez la Nueva.

Villalán de Campos.

Villalar de los Comuneros.

Villalba de la Loma.

Villalba de los Alcores.

Villalbarba.

Villalón de Campos.

Villamuriel de Campos.

Villán de Tordesillas.

Villanubla.

Villanueva de San Mancio.

Villanueva de la Condesa.

Villanueva de los Caballeros.

Villanueva de los Infantes.

Villardefrades.

Villarmentero de Esgueva.

Villasexmir.

Villavaquerín.

Villavellid.

Villavicencio de los Caballeros.

Wamba.

Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración:

Código 47086. Administración Medina del Campo.

Delegación Especial de Cataluña

En la Delegación Especial de Cataluña se integran las siguientes Delegaciones y Administraciones con el ámbito territorial (municipios y códigos postales de municipios) que se especifica:

1. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Girona.

1.1 Delegación Girona. Código 17600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Girona salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

1.2 Administraciones.

Código 17025. Administración Bisbal (La):

Begur.

Bisbal d’Empordà (La).

Calonge.

Castell-Platja d’Aro.

Corçà.

Cruïlles, Monells i Sant Sadurní de l’Heura.

Foixà.

Fontanilles.

Forallac.

Gualta.

Mont-ras.

Palafrugell.

Palamós.

Palau-sator.

Pals.

Parlavà.

Pera (La).

Regencós.

Rupià.

Sant Feliu de Guíxols.

Santa Cristina d’Aro.

Serra de Daró.

Tallada d’Empordà (La).

Torrent.

Torroella de Montgrí.

Ullà.

Ullastret.

Ultramort.

Vall-llobrega.

Código 17072. Administración Figueres:

Agullana.

Albanyà.

Armentera (L’).

Avinyonet de Puigventós.

Bàscara.

Biure.

Boadella i les Escaules.

Borrassà.

Cabanelles.

Cabanes.

Cadaqués.

Cantallops.

Capmany.

Castelló d’Empúries.

Cistella.

Colera.

Crespià.

Darnius.

Escala (L’).

Espolla.

Far d’Empordà (El).

Figueres.

Fortià.

Garrigàs.

Garriguella.

Jonquera (La).

Lladó.

Llançà.

Llers.

Maçanet de Cabrenys.

Masarac.

Mollet de Peralada.

Navata.

Ordis.

Palau de Santa Eulàlia.

Palau-saverdera.

Pau.

Pedret i Marzà.

Peralada.

Pont de Molins.

Pontós.

Port de la Selva (El).

Portbou.

Rabós.

Riumors.

Roses.

Sant Climent Sescebes.

Sant Llorenç de la Muga.

Sant Miquel de Fluvià.

Sant Mori.

Sant Pere Pescador.

Santa Llogaia d’Àlguema.

Saus.

Selva de Mar (La).

Siurana.

Terrades.

Torroella de Fluvià.

Vajol (La).

Ventalló.

Vilabertran.

Viladamat.

Vilafant.

Vilajuïga.

Vilamacolum.

Vilamalla.

Vilamaniscle.

Vilanant.

Vila-sacra.

Vilaür.

Código 17121. Administración Olot:

Alp.

Argelaguer.

Besalú.

Beuda.

Bolvir.

Campdevànol.

Campelles.

Camprodon.

Castellfollit de la Roca.

Das.

Fontanals de Cerdanya.

Ger.

Gombrèn.

Guils de Cerdanya.

Isòvol.

Llanars.

Llívia.

Llosses (Les).

Maià de Montcal.

Meranges.

Mieres.

Molló.

Montagut i Oix.

Ogassa.

Olot.

Pardines.

Planes d’Hostoles (Les).

Planoles.

Preses (Les).

Puigcerdà.

Queralbs.

Ribes de Freser.

Ripoll.

Riudaura.

Sales de Llierca.

Sant Aniol de Finestres.

Sant Feliu de Pallerols.

Sant Ferriol.

Sant Jaume de Llierca.

Sant Joan de les Abadesses.

Sant Joan les Fonts.

Sant Miquel de Campmajor.

Sant Pau de Segúries.

Santa Pau.

Setcases.

Tortellà.

Toses.

Urús.

Vall de Bianya (La).

Vall d’en Bas (La).

Vallfogona de Ripollès.

Vidrà.

Vilallonga de Ter.

2. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Lleida.

2.1 Delegación Lleida. Código 25600.

El ámbito abarca todos los municipios de la provincia de Lleida.

2.2 Administraciones.

Prestarán básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se les encomiende las siguientes Administraciones:

Código 25252. Administración La Seu d’Urgell.

Código 25272. Administración Tàrrega.

3. Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Tarragona.

3.1 Delegación Tarragona. Código 43600.

El ámbito abarca todos los municipios de Tarragona salvo los asignados a alguna de las Administraciones siguientes.

3.2 Administraciones.

Código 43125. Administración Reus:

Aleixar (L’).

Alforja.

Albiol (L’)

Almoster.

Arbolí.

Argentera (L’).

Bellmunt del Priorat.

Bisbal de Falset (La).

Borges del Camp (Les).

Botarell.

Cabacés.

Cambrils.

Capafonts

Capçanes.

Castellvell del Camp.

Colldejou.

Cornudella de Montsant.

Duesaigües.

Falset.

Febró (La)

Figuera (La).

Gratallops.

Guiamets (Els).

Lloar (El).

Marçà.

Margalef.

Maspujols.

Masroig (El).

Molar (El).

Montbrió del Camp.

Mont-roig del Camp.

Móra la Nova

Morera de Montsant (La).

Poboleda.

Porrera.

Pradell de la Teixeta.

Prades

Pratdip.

Reus.

Riudecanyes.

Riudecols.

Riudoms.

Selva del Camp (La).

Torre de Fontaubella (La).

Torroja del Priorat.

Ulldemolins.

Vandellòs i L’Hospitalet de l’Infant.

Vilanova de Prades.

Vilanova d’Escornalbou.

Vilaplana.

Vilella Alta (La).

Vilella Baixa (La).

Vinyols i els Arcs.

Código 43157. Administración Tortosa:

Alcanar.

Aldea (L’).

Aldover.

Alfara de Carles.

Ametlla de Mar (L’).

Ampolla (L’).

Amposta.

Arnes.

Ascó.

Batea.

Benifallet.

Benissanet.

Bot.

Camarles.

Caseres.

Corbera d’Ebre.

Deltebre.

Fatarella (La).

Flix.

Freginals.

Galera (La).

Gandesa.

Garcia.

Ginestar.

Godall.

Horta de Sant Joan.

Mas de Barberans.

Masdenverge.

Miravet.

Móra d’Ebre.

Palma d’Ebre (La).

Paüls.

Perelló (El).

Pinell de Brai (El).

Pobla de Massaluca (La).

Prat de Comte.

Rasquera.

Riba-roja d’Ebre.

Roquetes.

Sant Carles de la Ràpita.

Sant Jaume d’Enveja.

Santa Bàrbara.

Sénia (La).

Tivenys.

Tivissa.

Torre de l’Espanyol (La).

Tortosa.

Ulldecona.

Vilalba dels Arcs.

Vinebre.

Xerta.

4. Integradas directamente en la Delegación Especial de Cataluña.

Código 08006. Administración Arenys de Mar:

Arenys de Mar.

Arenys de Munt.

Calella.

Canet de Mar.

Fogars de la Selva.

Malgrat de Mar.

Palafolls.

Pineda de Mar.

Sant Cebrià de Vallalta.

Sant Iscle de Vallalta.

Sant Pol de Mar.

Santa Susanna.

Tordera.

Código 08015. Administración Badalona:

Alella.

Badalona.

Masnou (El).

Montgat.

Sant Adrià de Besòs.

Tiana.

Código 08022. Administración Berga:

Avià.

Bagà.

Berga.

Borredà.

Capolat.

Casserres.

Castell de l’Areny.

Castellar de n’Hug.

Castellar del Riu.

Cercs.

Espunyola (L’).

Fígols.

Gironella.

Gisclareny.

Guardiola de Berguedà.

Montclar.

Montmajor.

Nou de Berguedà (La).

Olvan.

Pobla de Lillet (La).

Puig-reig.

Quar (La).

Sagàs.

Saldes.

Sant Jaume de Frontanyà.

Sant Julià de Cerdanyola.

Santa Maria de Merlès.

Vallcebre.

Vilada.

Viver i Serrateix.

Código 08072. Administración Cornellà de Llobregat:

Begues.

Castelldefels.

Cornellà de Llobregat.

Gavà.

Prat de Llobregat (El).

Sant Boi de Llobregat.

Sant Climent de Llobregat.

Santa Coloma de Cervelló.

Viladecans.

Código 08095. Administración Granollers:

Aiguafreda.

Ametlla del Vallès (L’).

Bigues i Riells.

Caldes de Montbui.

Campins.

Canovelles.

Cànoves i Samalús.

Cardedeu.

Castellcir.

Castellterçol.

Figaró-Montmany.

Fogars de Montclús.

Franqueses del Vallès (Les).

Garriga (La).

Granera.

Granollers.

Gualba.

Llagosta (La).

Lliçà d’Amunt.

Lliçà de Vall.

Llinars del Vallès.

Martorelles.

Mollet del Vallès.

Montmeló.

Montornès del Vallès.

Montseny.

Parets del Vallès.

Roca del Vallès (La).

Sant Antoni de Vilamajor.

Sant Celoni.

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