Real Decreto 622/2013, de 2 de agosto, por el que se establece un certificado de profesionalidad de la familia profesional Marítimo-Pesquera que se incluye en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II y III del Real Decreto 1533/2011, de 31 de octubre, y como anexos I, III y IV del Real Decreto 1774/2011, de 2 de diciembre
| Módulos Formativos | Acreditación requerida | Con acreditación | Sin acreditación |
|---|---|---|---|
| Módulos Formativos | Acreditación requerida | Experiencia profesional requerida en el ámbito de la unidad de competencia | Experiencia profesional requerida en el ámbito de la unidad de competencia |
| MF0741_3: Organización de las áreas de producción de criadero en acuicultura | • Licenciado en Biología o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0741_3: Organización de las áreas de producción de criadero en acuicultura | • Licenciado en Ciencias del Mar o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0741_3: Organización de las áreas de producción de criadero en acuicultura | • Licenciado en Veterinaria o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0742_3:Prevención y control de patologías en criadero de acuicultura | • Licenciado en Biología o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0742_3:Prevención y control de patologías en criadero de acuicultura | • Licenciado en Ciencias del Mar o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0742_3:Prevención y control de patologías en criadero de acuicultura | • Licenciado en Veterinaria o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0743_3: Gestión medioambiental en criadero de acuicultura | • Licenciado en Biología o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0743_3: Gestión medioambiental en criadero de acuicultura | • Licenciado en Ciencias del Mar o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0743_3: Gestión medioambiental en criadero de acuicultura | • Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
| MF0743_3: Gestión medioambiental en criadero de acuicultura | • Licenciado en Veterinaria o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. | 1 año | Imprescindible titulación |
V. REQUISITOS MÍNIMOS DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
| Espacio Formativo | Superficie m2 15 alumnos | Superficie m2 25 alumnos |
|---|---|---|
| Aula de gestión | 45 | 60 |
| Laboratorio de análisis de acuicultura | 60 | 60 |
| Taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura | 45 | 60 |
| Instalaciones de acuicultura para cultivo en criadero | 200 | 200 |
Las instalaciones para cultivo en criadero y el taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura no necesariamente deberán estar ubicadas en el centro de formación.
| Espacio Formativo | M1 | M2 | M3 |
|---|---|---|---|
| Aula de gestión | X | X | X |
| Laboratorio de análisis de acuicultura | X | X | X |
| Taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura | X | X | X |
| Instalaciones de acuicultura para cultivo en criadero | X | X | X |
| Espacio Formativo | Equipamiento | ||
| --- | --- | ||
| Aula de gestión. | – Equipos audiovisuales. – Rotafolios o pizarra digital. – Material de aula. – PCs instalados en red, cañón con proyección e internet. – Mesa y silla para formador. – Mesas y sillas para alumnos. – Paquetes informáticos aplicables en la gestión de la producción de criadero. | ||
| Laboratorio de análisis de acuicultura. | – Microscopios. – Lupas. – Estufa. – Autoclave. – Agitadores. – Nevera. – Oxímetro. – Refractómetro. – Phmetro. – Kits de medición de amonio, nitritos, nitratos. – Balanza. – Material de vidrio. – Placas petri. – Productos químicos. – Productos de tratamientos preventivos y terapéuticos. – Productos para desinfección. – Bomba de vacío. | ||
| Taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura | – Mesas de trabajo. – Armarios de herramientas. – Tornillos de mesa. – Miniamoladoras. – Taladros de mano y mesa. – Tubos de PVC. – Pistolas térmicas. – Sierras de calar. – Limas. – Destornilladores. – Juegos de llaves. – Sacabocados de corona. – Destornilladores surtidos. – Alicates surtidos. – Cortatubos. – Soldadura eléctrica. | ||
| Instalaciones de acuicultura para cultivo en criadero. | – Tanques de cultivo. – Bombas dosificadoras. – Comederos automáticos. – Cámara de fitoplancton. – Salabres. – Tamices. – Instalación agua dulce y salada. – Instalación de aire y oxígeno. – Material de limpieza. – Cajas plásticas. – Mesas de trabajo. – Cámara de alimentación: piensos, enriquecedores, entre otros. – Sistemas de filtración y esterilización del agua. – Sistemas de tratamiento térmico del agua. – Sistemas de iluminación para el cultivo. – Autómatas. |
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.