Real Decreto 547/2014, de 27 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey

Rango Real Decreto
Publicación 2014-06-28
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Presidencia del Gobierno
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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Tras la proclamación de Su Majestad Don Felipe VI como Rey de España, se ha planteado la necesidad de modificar la estructura de Su Casa para adaptar la organización de la misma a la actual composición de la Familia Real y garantizar su eficaz funcionamiento.

Dada la minoría de edad de la Princesa de Asturias, Su Alteza Real Doña Leonor, ha desaparecido la necesidad de mantener la Secretaría de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias.

Al mismo tiempo, se ha considerado que Sus Majestades los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía dispongan de un órgano de apoyo y asistencia inmediata para el ejercicio de las funciones representativas que desarrollen.

Sin perjuicio de que la Administración del Estado es la que presta a la Casa de Su Majestad el Rey los debidos asesoramientos y apoyos para el ejercicio de las actividades representativas del Jefe del Estado en las relaciones internacionales, se ha estimado conveniente que la Casa de Su Majestad el Rey cuente en su seno con un Consejero Diplomático.

Por último, se recoge la modificación de la denominación de la Unidad de Relaciones con los Medios de Comunicación, que pasó a denominarse Comunicación mediante resolución interna del Jefe de la Casa de 28 de febrero de 2012.

En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de junio de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1. Creación de la Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos.

Se crea, en la Secretaría General de la Casa de Su Majestad el Rey, la Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos, que también prestará los apoyos necesarios a Su Majestad la Reina Doña Sofía.

Artículo 2. Modificación del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey.

Se modifica el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey:

Uno. Se añade un apartado 4 al artículo 3, con la siguiente redacción:

«4. También dependerá directamente del Jefe de la Casa un Consejero Diplomático, que prestará asistencia a la Casa de Su Majestad el Rey en el ámbito de las relaciones internacionales. Las funciones del Consejero Diplomático podrán ser asumidas por el responsable de cualquiera de las unidades integradas en la Secretaría General, o por otra persona designada al efecto en los términos establecidos en este real decreto.»

Dos. El apartado 3 del artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:

«3. La Secretaría General se estructura en las siguientes Unidades:

Secretaría de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos.

Gabinete de Planificación y Coordinación.

Secretaría de Su Majestad la Reina.

Servicio de Seguridad.

Comunicación.

Protocolo.

Administración, Infraestructura y Servicios.»

Tres. El apartado 2 del artículo 9 queda redactado de la siguiente manera:

«2. Tendrán la consideración de personal de dirección el Consejero Diplomático, los Jefes titulares de las Unidades relacionadas en el artículo 4.3, así como el Interventor de la Casa de Su Majestad el Rey.»

Disposición adicional única. Supresión de órganos.

Se suprime la Secretaría de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias en la Secretaría General de la Casa de Su Majestad el Rey.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 27 de junio de 2014.

FELIPE R.

La Presidenta del Gobierno en funciones,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

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