Orden ESS/2505/2014, de 29 de diciembre, por la que se prorroga la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012

Rango Orden
Publicación 2015-01-01
Estado Caducada
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su artículo 39, faculta al Ministerio de Empleo y Seguridad Social para aprobar, de acuerdo con la situación nacional de empleo, una previsión anual de las ocupaciones y, en su caso, de las cifras previstas de empleos que se puedan cubrir a través de la gestión colectiva de contrataciones en origen en un período determinado y a la que sólo tendrán acceso aquellos trabajadores extranjeros que no se hallen o residan en España.

Para el 2012, el 6 de enero de ese año, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012. La orden que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012 fue a su vez prorrogada para 2013 por la Orden ESS/2825/2012, de 27 de diciembre y para 2014 por la Orden ESS/2445/2013, de 23 de diciembre.

El objeto del proyecto normativo es prorrogar durante 2015 la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, teniendo en cuenta la situación nacional de empleo mediante la información suministrada por el Servicio Público de Empleo Estatal y las respectivas propuestas de las Comunidades Autónomas, previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social estima procedente prorrogar la orden que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012 limitándola a la contratación de trabajadores para campañas agrícolas de temporada y para los países con los que se haya firmado un acuerdo de regulación de flujos migratorios. El mantenimiento de la gestión con estos países para campañas agrícolas se debe a que se considera que es una buena práctica de migración circular y refuerza la cooperación con los países de origen.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Prórroga de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012.

Se prorroga durante 2015 la vigencia de la Orden ESS/1/2012, de 5 de enero, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2012,exclusivamente a los efectos de la contratación de trabajadores para campañas agrícolas de temporada y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Disposición final única. Vigencia.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» produciendo efectos desde el 1 de enero de 2015 y manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015.

Madrid, 29 de diciembre de 2014.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Bañez García.

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