Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso

Rango Real Decreto
Publicación 2015-11-25
Última actualización 2026-07-22
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Fuente BOE
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Historial de reformas JSON API
Módulos de enseñanza deportiva Experiencia docente Experiencia docente
Ciclo inicial de grado medio en piragüismo Ciclo inicial de grado medio en piragüismo Ciclo inicial de grado medio en piragüismo
MED-PIPI102 Técnica de aguas bravas. MED-PIPI103 Técnica de aguas tranquilas. MED-PIPI104 Técnica de kayak de mar. MED-PIPI105 Técnica de kayak polo. MED-PIPI106 Organización de evento de iniciación en piragüismo. Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del R.D. 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del R.D. 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de las horas establecidas en este real decreto, como currículo básico del módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa. Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del R.D. 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del R.D. 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de las horas establecidas en este real decreto, como currículo básico del módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.
Ciclos finales de grado medio en piragüismo de aguas bravas, en piragüismo de aguas tranquilas y piragüismo recreativo de aguas bravas Ciclos finales de grado medio en piragüismo de aguas bravas, en piragüismo de aguas tranquilas y piragüismo recreativo de aguas bravas Ciclos finales de grado medio en piragüismo de aguas bravas, en piragüismo de aguas tranquilas y piragüismo recreativo de aguas bravas
MED-PIPI202 Escuela de piragüismo. MED-PIPI203 Piragüismo adaptado. MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo. MED-PIAB205 Perfeccionamiento técnico en piragüismo de aguas bravas. MED-PIAB206 Seguridad, lectura y material técnica de piragüismo de aguas bravas. MED-PIAB207 Preparación física del piragüismo en aguas bravas. MED-PIAT209 Perfeccionamiento técnico en piragüismo de aguas tranquilas. MED-PIAT210 Entrenamiento en aguas tranquilas. MED-PIPR214 Perfeccionamiento técnico en kayak. MED-PIPR215 Perfeccionamiento técnico en balsa e hidrotrineo. MED-PIPR216 Expedición, logística y materiales. MED-PIPR217 Seguridad en itinerarios guiados. MED-PIPI202 Escuela de piragüismo. MED-PIPI203 Piragüismo adaptado. MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo. MED-PIAB205 Perfeccionamiento técnico en piragüismo de aguas bravas. MED-PIAB206 Seguridad, lectura y material técnica de piragüismo de aguas bravas. MED-PIAB207 Preparación física del piragüismo en aguas bravas. MED-PIAT209 Perfeccionamiento técnico en piragüismo de aguas tranquilas. MED-PIAT210 Entrenamiento en aguas tranquilas. MED-PIPR214 Perfeccionamiento técnico en kayak. MED-PIPR215 Perfeccionamiento técnico en balsa e hidrotrineo. MED-PIPR216 Expedición, logística y materiales. MED-PIPR217 Seguridad en itinerarios guiados. Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de las horas establecidas en este real decreto, como currículo básico del módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.

La experiencia docente se acreditará mediante certificado expedido por la Comunidad Autónoma que autorizó dichas formaciones en el que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

ANEXO XVIII. Formación a distancia

Grado medio

Ciclo inicial Ciclo final
Módulos bloque común. MED-C101 Bases del comportamiento deportivo. MED-C102 Primeros auxilios. MED-C104 Organización deportiva. MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo. MED-C202 Bases del entrenamiento deportivo. MED-C204 Organización y legislación deportiva. MED-C205. Deporte y género. MED-C206 Iniciación deportiva para personas con discapacidad
Módulos bloque específico. MED-PIPI106 Organización de evento de iniciación en piragüismo. MED-PIPI202 Escuela de piragüismo. MED-PIPI203 Piragüismo adaptado. MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo. MED-PIAB207 Preparación física del piragüismo en aguas bravas. MED-PIAT210 Entrenamiento en aguas tranquilas. MED-PIAT211 Manejo de embarcaciones de recreo. MED-PIPR216 Expedición, logística y materiales.

Se modifica por el art. 9.6 a 8 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2026-14332

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