Real Decreto 218/2015, de 27 de marzo, por el que se constituye la familia profesional artística de Escultura, se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas perteneciente a dicha familia profesional artística y se fija el correspondiente currículo básico
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1 acto modificador · 2015-07-18, Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas disposicion…
2. Desarrollar, mediante la proyectación y realización de una obra original escultórica, las destrezas profesionales de su especialidad y las capacidades estéticas y creativas propias.
3. Desarrollar mediante la utilización de metodologías proyectuales y procesos creativos, la capacidad de resolución de problemas constructivos, funcionales y formales.
4. Interrelacionar los diferentes contenidos teórico-prácticos de los módulos para desarrollar una obra escultórica del campo de las artes aplicadas.
5. Utilizar métodos de trabajo en equipo en colaboración con las demás áreas docentes para desarrollar proyectos interdisciplinares.
Contenidos
1. La creación de obra original escultórica aplicada. Fases de un proyecto. Condicionantes. Especificaciones. Documentación gráfica. Técnicas y normalización. Presupuesto.
2. La materialización del proyecto hasta la obtención de la obra acabada. Verificación del control de calidad en las diferentes etapas.
3. La comunicación, presentación y defensa del proyecto.
Criterios de evaluación
Se valorará la capacidad del alumnado para:
1. Idear, desarrollar y exponer un proyecto factible de obra original escultórica de carácter ornamental o funcional.
2. Solucionar los problemas que surjan en el proceso proyectual utilizando los conocimientos y recursos gráficos, plásticos, metodológicos y técnicos más adecuados.
3. Aunar las diferentes disciplinas impartidas durante el ciclo y los conocimientos técnicos y conceptuales adquiridos.
4. Llevar a cabo el proceso de elaboración de las piezas originales escultóricas en todas sus etapas ateniéndose a las especificaciones descritas en el proyecto y realizando los controles necesarios para la obtención de una obra final de calidad artística y técnica.
5. Presentar el proyecto de obra original escultórica, exponer oralmente sus principales apartados y emitir una valoración personal técnica y artística sobre el mismo, utilizando correctamente en todo momento la terminología propia.
6. Mostrar iniciativa, dominio técnico y sentido estético en la realización del trabajo.
4.4. Fase de prácticas en empresas, estudios o talleres.
1. La fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres tiene como objetivos los siguientes:
Completar la formación académica del alumnado mediante la integración en las rutinas diarias de trabajo de una empresa o taller artesanal y la realización de las funciones profesionales correspondientes a su nivel formativo.
Facilitar la toma de contacto de los alumnos y alumnas con el mundo del trabajo y la incorporación al sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas de la empresa.
Contrastar los conocimientos, formación y capacitación adquiridos en el centro educativo con la realidad empresarial y laboral del sector relacionado con la escultura en metal.
Permitir al alumnado que, a través del contacto con la empresa, incorpore a su formación los conocimientos sobre la propia especialidad, la situación y relaciones del mercado, las tendencias artísticas y culturales, la organización y coordinación del trabajo, la gestión empresarial, las relaciones sociolaborales en la empresa, etc. necesarios para el inicio de la actividad laboral.
Adquirir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, materiales y maquinaria que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro educativo.
Participar de forma activa en las fases del proceso de realización de proyectos escultóricos en metal, bajo las orientaciones del tutor o coordinador correspondiente.
Aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos durante el período de formación teórica y práctica impartida en el centro educativo.
2. El seguimiento y la evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres corresponderá al tutor de prácticas designado por el centro educativo quien tomará en consideración el grado de cumplimiento de los objetivos y la valoración que realice la empresa.
ANEXO II
Competencia docente de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de los módulos del currículo básico del ciclo formativo de grado superior de Técnicas Escultóricas regulado en el presente real decreto
A. Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
| Especialidad | Módulo formativo |
|---|---|
| Dibujo artístico y color | Dibujo artístico |
| Dibujo técnico | Dibujo técnico |
| Historia del arte | Historia de la escultura |
| Volumen | Volumen |
| Volumen | Proyectos escultóricos |
| Volumen | Proyecto integrado |
| Medios informáticos | Aplicaciones informáticas |
| Organización industrial y legislación | Formación y orientación laboral |
| Materiales y tecnología: Diseño | Materiales y tecnología de la escultura |
B.-Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
| Especialidad | Módulo formativo |
|---|---|
| Moldes y reproducciones | Taller de vaciado y moldeado |
| Talla en piedra y madera | Taller de madera |
| Talla en piedra y madera | Taller de piedra |
| Técnicas del metal | Taller de metal |
ANEXO III. Clasificación de los módulos a efectos de determinación de la ratio
Módulos de carácter teórico:
– Historia de la escultura
– Formación y orientación laboral
– Materiales y tecnología de la escultura
Módulos de carácter teórico-práctico:
– Dibujo artístico
– Dibujo técnico
– Volumen
– Aplicaciones informáticas
– Proyectos escultóricos
– Proyecto integrado
Módulos de carácter práctico:
– Taller de vaciado y moldeado
– Taller de piedra
– Taller de madera
– Taller de metal
ANEXO IV. Relación de módulos del currículo básico que se convalidan entre los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional artística de Escultura y el ciclo formativo de grado superior de Técnicas Escultóricas regulado en el presente Real Decreto
| Módulos superados en ciclos formativos de grado superior | Módulos que se convalidan en el ciclo formativo de grado superior de Técnicas Escultóricas |
|---|---|
| Familia profesional artística de Escultura | Familia profesional artística de Escultura |
| Dibujo artístico | Dibujo artístico |
| Dibujo técnico | Dibujo técnico |
| Volumen | Volumen |
| Historia de la escultura | Historia de la escultura |
| Aplicaciones informáticas | Aplicaciones Informáticas |
| Taller de talla en madera (del ciclo Técnicas Escultóricas en Madera) | Taller de madera |
| Taller de técnicas escultóricas en metal (del ciclo Técnicas Escultóricas en Metal) | Taller de metal |
| Taller de talla en piedra (del ciclo Técnicas Escultóricas en Piedra) | Taller de piedra |
| Taller de vaciado y moldeado (del ciclo Moldes y Reproducciones Escultóricas) | Taller de vaciado y moldeado |
ANEXO V. Relación de módulos del currículo básico del ciclo formativo de grado superior de Técnicas Escultóricas, regulado en el presente Real Decreto, que se convalidan por enseñanzas mínimas de ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Artes Aplicadas de la Escultura, reguladas en el Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre
| Módulos superados en ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Artes Aplicadas de la Escultura, regulada por el Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre | Módulos que se convalidan en el ciclo formativo de grado superior de Técnicas Escultóricas |
|---|---|
| Geometría descriptiva | Dibujo técnico |
| Volumen y proyectos | Volumen |
| Historia de las artes aplicadas de la escultura | Historia de la escultura |
ANEXO VI. Relación de módulos que podrán ser objeto de exención por correspondencia con la práctica laboral
– Formación y orientación laboral
– Taller de madera
– Taller de metal
– Taller de piedra
– Taller de vaciado y moldeado
ANEXO VII. Relación de módulos del currículo básico del ciclo formativo de grado superior de artes plásticas y diseño en Técnicas Escultóricas regulado en el presente Real Decreto, que se reconocen a efectos de la incorporación del alumnado procedente del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de Artes Aplicadas de la Escultura regulado en el Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre
| Módulos superados en el ciclo formativo de grado superior de Artes Aplicadas de la Escultura, regulado por el Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre | Módulos del currículo básico del ciclo formativo de grado superior de Técnicas Escultóricas que se reconocen |
|---|---|
| Geometría descriptiva | Dibujo técnico |
| Volumen y proyectos | Volumen |
| Historia de las artes aplicadas de la escultura | Historia de la escultura |
| Taller de talla artística en madera | Taller de madera |
| Taller de forja artística | Taller de metal |
| Taller de talla artística en piedra | Taller de piedra |
| Taller de vaciado y moldeado artísticos | Taller de vaciado y moldeado |
| Formación y orientación laboral | Formación y orientación laboral |
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