Orden ECD/1527/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
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El Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil y se fijan sus enseñanzas mínimas, actúa de conformidad con el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que define en el artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional y de los cursos de especialización, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social e implanta el mencionado título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que las Administraciones educativas desarrollarán el currículo de los títulos de formación profesional, a partir del currículo básico y en las condiciones establecidas en su artículo 6 bis.4. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso y según lo establecido por las Administraciones educativas, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía tal como se recoge en el capítulo II del título V de la citada Ley Orgánica.
De conformidad con lo anterior y una vez que el Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, ha fijado el perfil profesional del título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil, los aspectos básicos del currículo y otros aspectos de la ordenación académica, que aseguran una formación común y garantizan la validez de los títulos en todo el territorio nacional, procede ahora determinar, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la ampliación y contextualización de los contenidos de los módulos profesionales incluidos en el título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil, respetando el perfil profesional del mismo.
Las necesidades de un mercado de trabajo integrado en la Unión Europea requieren que las enseñanzas de formación profesional presten especial atención a los idiomas de los países miembros, incorporándolos en su oferta formativa. En este sentido, este ciclo formativo incorpora en el currículo formación en lengua inglesa, dando respuesta a lo dispuesto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Asimismo, el currículo de este ciclo formativo se establece desde el respeto a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros que impartan formación profesional, impulsando estos el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación, investigación e innovación en su ámbito docente y las actuaciones que favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.
Por otra parte, los centros de formación profesional desarrollarán el currículo establecido en esta orden, teniendo en cuenta las características del alumnado, con especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad.
Finalmente, cabe precisar que el currículo de este ciclo formativo integra los aspectos científicos, tecnológicos y organizativos de las enseñanzas establecidas para lograr que el alumnado adquiera una visión global de los procesos productivos propios del perfil profesional del técnico superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
En el proceso de elaboración de esta orden ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.
Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto determinar, a partir del currículo básico establecido en el Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil y se fijan sus enseñanzas mínimas, el currículo del ciclo formativo de grado superior, correspondiente al citado título.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
El currículo establecido en esta orden será de aplicación en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
CAPÍTULO II. Currículo
Artículo 3. Currículo.
1. El currículo para las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo correspondiente al título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil, establecido en el Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, queda determinado en los términos fijados en esta orden.
2. El perfil profesional del currículo, que viene expresado por la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, y las cualificaciones y las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, es el incluido en el título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil, referido en el apartado anterior.
3. Los objetivos generales del currículo del ciclo formativo, los objetivos de los módulos profesionales expresados en términos de resultados de aprendizaje y sus criterios de evaluación son los incluidos en el título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil, referido en el apartado 1 de este artículo.
4. Los contenidos de los módulos profesionales que conforman el presente currículo, adaptados a la realidad socioeconómica así como a las perspectivas de desarrollo económico y social del entorno, son los establecidos en el anexo I de esta orden.
Artículo 4. Adaptación al entorno socio-productivo.
1. El currículo del ciclo formativo regulado en esta orden se establece teniendo en cuenta la realidad socioeconómica y las características geográficas, socio-productivas y laborales propias del entorno de implantación del título.
2. Los centros de formación profesional dispondrán de la necesaria autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica para el desarrollo de las enseñanzas y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional.
3. Los centros autorizados para impartir este ciclo formativo concretarán y desarrollarán las medidas organizativas y curriculares que resulten más adecuadas a las características de su alumnado y de su entorno productivo, de manera flexible y en uso de su autonomía pedagógica, en el marco general del proyecto educativo, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
4. El currículo del ciclo formativo regulado en esta orden se desarrollará en las programaciones didácticas o desarrollo curricular, potenciando o creando la cultura de prevención de riesgos laborales en los espacios donde se impartan los diferentes módulos profesionales, así como promoviendo una cultura de respeto ambiental, la excelencia en el trabajo, el cumplimiento de normas de calidad, la creatividad, la innovación, la igualdad de géneros y el respeto a la igualdad de oportunidades, el «diseño para todas las personas» y la accesibilidad universal, especialmente en relación con las personas con discapacidad.
Artículo 5. Adaptación al entorno educativo.
1. Los centros de formación profesional gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte desarrollarán el currículo establecido en esta orden, teniendo en cuenta las características del alumnado y del entorno, atendiendo especialmente a las personas con discapacidad, en condiciones de accesibilidad y con los recursos de apoyo necesarios para garantizar que este alumnado pueda cursar estas enseñanzas en las mismas condiciones que el resto.
2. Asimismo, las enseñanzas de este ciclo se impartirán con una metodología flexible y abierta, basada en el autoaprendizaje y adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales del alumnado, de forma que permitan la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades.
Artículo 6. Duración y secuenciación de los módulos profesionales.
1. La duración total de las enseñanzas correspondientes a este ciclo formativo, incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, es de 2000 horas.
2. Los módulos profesionales de este ciclo formativo, cuando se oferten en régimen presencial, se organizarán en dos cursos académicos y se ajustarán a la secuenciación y distribución horaria semanal determinadas en el anexo II de esta orden.
3. El primer curso académico se desarrollará íntegramente en el centro educativo. Para poder cursar el segundo curso, será necesario haber superado los módulos profesionales que supongan en su conjunto, al menos, el ochenta por ciento de las horas del primer curso.
4. Se garantizará el derecho de matriculación de quienes hayan superado algún módulo profesional en otra Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 48.3 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
5. Con carácter general, durante el tercer trimestre del segundo curso, y una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo, se desarrollará el módulo profesional de Formación en centros de trabajo.
6. Excepcionalmente, y con el fin de facilitar la adaptación del número de personas matriculadas a la disponibilidad de puestos formativos en las empresas u organizaciones, aproximadamente la mitad del alumnado de segundo curso podrá desarrollar dicho módulo profesional de Formación en centros de trabajo durante el segundo trimestre del segundo curso, siempre y cuando hayan superado positivamente todos los módulos profesionales del primer curso académico.
7. Sin perjuicio de lo anterior y como consecuencia de la temporalidad de ciertas actividades económicas que puede impedir que el desarrollo del módulo profesional de Formación en centros de trabajo pueda ajustarse a los supuestos anteriores, este se podrá organizar en otros periodos coincidentes con el desarrollo de la actividad económica propia del perfil profesional del título.
8. En cualquier caso, la evaluación del módulo profesional de Formación en centros de trabajo quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo.
Artículo 7. Módulo profesional de proyecto.
1. El módulo profesional de proyecto tiene un carácter interdisciplinar e incorpora las variables tecnológicas y organizativas relacionadas con los aspectos esenciales de la competencia profesional del título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
2. Con carácter general este módulo será impartido por el profesorado que ejerce la tutoría de formación en centros de trabajo.
3. El módulo profesional de proyecto se desarrollará durante el último periodo del ciclo formativo, compaginando la tutoría individual y la colectiva, de forma que, al menos, el 50% de la duración total se lleve a cabo de forma presencial y se complete con la tutoría a distancia en la que se emplearán las tecnologías de la información y la comunicación.
4. En todo caso y antes del inicio del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, el profesorado responsable deberá anticipar las actividades de enseñanza y aprendizaje que faciliten el desarrollo del módulo profesional de proyecto.
5. La evaluación de este módulo profesional quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo, incluido el de Formación en centros de trabajo.
Artículo 8. Enseñanza bilingüe.
1. El currículo de este ciclo formativo incorpora la lengua inglesa de forma integrada al menos en dos módulos profesionales de entre los que componen la totalidad del ciclo formativo. Estos módulos se impartirán por el profesorado con atribución docente en los mismos y que, además, posea la habilitación lingüística correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.
2. Al objeto de garantizar que la enseñanza bilingüe se imparta en los dos cursos académicos del ciclo formativo de forma continuada, se elegirán módulos profesionales de ambos cursos.
3. Los módulos susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa son los señalados el anexo III.
4. Como consecuencia de la mayor complejidad que supone la transmisión y recepción de enseñanzas en una lengua diferente a la materna, los módulos profesionales impartidos en lengua inglesa incrementarán su carga horaria lectiva, en tres horas semanales para el conjunto de los módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso. Además, el profesorado que imparta dichos módulos profesionales tendrá asignadas, en su horario individual, al menos tres horas semanales para su preparación. Estas horas tendrán el mismo carácter que las horas lectivas.
5. Con carácter excepcional y de forma transitoria hasta el año 2020, cuando el profesorado con atribución docente no cuente con el nivel de inglés exigido en estos módulos profesionales, compartirá un total de tres horas semanales para el conjunto de los módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso con un profesor o una profesora de la especialidad de inglés. En este supuesto, la programación de dichos módulos incluirán, al menos, una unidad de trabajo o didáctica que se desarrollará exclusivamente en lengua inglesa y el resto de unidades didácticas incorporarán actividades de enseñanza-aprendizaje impartidas exclusivamente en inglés en ese tiempo asignado.
6. Con carácter excepcional, y para quienes lo soliciten, en el caso de alumnos o de alumnas con discapacidad que puedan presentar dificultades en su expresión oral (parálisis cerebral, sordera…) se establecerán medidas de flexibilización y/o alternativas en el requisito de impartición de módulos en lengua inglesa, de forma que puedan cursar todas las enseñanzas de los módulos profesionales en su lengua materna. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
CAPÍTULO III. Profesorado, espacios y equipamientos
Artículo 9. Titulaciones y acreditación de requisitos del profesorado.
1. Las especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas establecidas para el título referido en el artículo 1 de esta orden, así como las titulaciones equivalentes a efectos de docencia, son las recogidas respectivamente en los anexos III A y III B del Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre.
2. Con objeto de garantizar el cumplimiento del artículo 12.6 del Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, para la impartición de los módulos profesionales que lo conforman, en centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, se deberá acreditar que se cumple con todos los requisitos establecidos en el citado artículo, aportando la siguiente documentación:
Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido, de conformidad a las titulaciones incluidas en el anexo III C del Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre. Cuando la titulación presentada esté vinculada con el módulo profesional que se desea impartir, se considerará que engloba en sí misma los objetivos de dicho módulo. En caso contrario, además de la titulación, se aportarán los documentos indicados en el apartado b) o c).
En el caso de que se desee justificar que las enseñanzas conducentes a la titulación aportada engloban los objetivos de los módulos profesionales que se pretende impartir:
Certificación académica personal de los estudios realizados, original o fotocopia compulsada, expedida por un centro oficial, en la que consten las enseñanzas cursadas detallando las asignaturas.
Programas de los estudios aportados y cursados por la persona interesada, original o fotocopia compulsada de los mismos, sellados por la propia Universidad o Centro docente oficial o autorizado correspondiente.
En el caso de que sea necesario justificar mediante la experiencia laboral que, al menos durante tres años, ha desarrollado su actividad en el sector vinculado a la familia profesional, su duración se acreditará mediante el documento oficial justificativo correspondiente, al que se le añadirá:
Certificación de la empresa u organismo empleador en la que conste específicamente la actividad desarrollada por la persona interesada. Esta actividad ha de estar relacionada implícitamente con los resultados de aprendizaje del módulo profesional que se pretende impartir.
En el caso de quienes trabajan por cuenta propia, declaración de la persona interesada de las actividades más representativas relacionadas con los resultados de aprendizaje.
Artículo 10. Espacios y equipamientos.
Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros de formación profesional, para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza, son los establecidos en el anexo IV de esta orden y deberán cumplir lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, así como la normativa sobre igualdad de oportunidades, «diseño para todas las personas» y accesibilidad universal, prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el puesto de trabajo.
CAPÍTULO IV. Otras ofertas y modalidad de estas enseñanzas
Artículo 11. Oferta a distancia.
1. Los módulos profesionales ofertados a distancia, cuando por sus características lo requieran, asegurarán al alumnado la consecución de todos los objetivos expresados en resultados de aprendizaje, mediante actividades presenciales.
2. Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas a los centros que estén autorizados para impartir este ciclo formativo en régimen presencial, para la puesta en marcha y funcionamiento de la oferta del mismo a distancia.
3. Los centros autorizados para impartir enseñanzas de formación profesional a distancia contarán con materiales curriculares adecuados que se adaptarán a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Artículo 12. Oferta combinada.
Con el objeto de responder a las necesidades e intereses personales y dar la posibilidad de compatibilizar la formación con la actividad laboral, con otras actividades o situaciones, la oferta de estas enseñanzas para las personas adultas y jóvenes en circunstancias especiales podrá ser combinada entre regímenes de enseñanza presencial y a distancia simultáneamente, siempre y cuando no se cursen los mismos módulos en las dos modalidades al mismo tiempo.
Artículo 13. Oferta para personas adultas.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales podrán ser objeto de una oferta modular destinada a las personas adultas.
2. Esta formación se desarrollará con una metodología abierta y flexible, adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales que les permita la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, cumpliendo lo previsto en el capítulo I del título IV del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio. Además, dicha formación será capitalizable para conseguir un título de formación profesional, para cuya obtención será necesario acreditar los requisitos de acceso establecidos.
3. Con el fin de conciliar el aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación podrán establecer medidas específicas para cumplir lo dispuesto en el artículo 41 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, y posibilitar una oferta presencial y a distancia de forma simultánea.
4. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá autorizar a las Direcciones Provinciales y a las Consejerías de Educación la impartición, en los centros de su competencia, de módulos profesionales organizados en unidades formativas de menor duración. En este caso, cada resultado de aprendizaje, con sus criterios de evaluación y su correspondiente bloque de contenidos, será la unidad mínima e indivisible de partición.
Disposición adicional primera. Autorización para impartir estas enseñanzas.
Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación tramitarán ante la Dirección General de Formación Profesional la autorización para poder impartir las enseñanzas de este ciclo formativo, de forma completa o parcial, en régimen presencial y a distancia, de los centros que lo soliciten y cumplan los requisitos exigidos conforme a la legislación vigente.
Disposición adicional segunda. Habilitación lingüística del profesorado de enseñanza bilingüe.
El profesorado que vaya a impartir docencia en lengua inglesa deberá estar en posesión, antes de la fecha de inicio de cada curso académico, de la habilitación lingüística correspondiente, a cuyo efecto el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte llevará a cabo un procedimiento de habilitación antes del comienzo de cada curso.
Disposición adicional tercera. Formación del profesorado de enseñanza bilingüe.
Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación programarán cursos y actividades de formación en lengua inglesa destinados a todo el profesorado de formación profesional que vaya a impartir docencia en módulos profesionales susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa, quienes tendrán la obligación de asistir a los mismos hasta que consigan la habilitación requerida. Estas medidas serán aplicables, al menos, hasta el año 2020.
La formación que se oferte será de tres tipos:
Formación intensiva, mediante un curso realizado, preferentemente en la modalidad presencial, durante el mes de septiembre.
Formación de larga duración a lo largo del año escolar, mediante un curso que combine la forma presencial y en línea, que se realizará fuera del horario de obligada permanencia en el centro formativo. Durante el periodo de realización del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, este curso se intensificará y se realizará, en lo posible, dentro del horario de obligada permanencia en el centro.
Formación en país anglófono, mediante cursos, que a ser posible incluirán visitas culturales y a instituciones y asistencia a conferencias, y que se realizará al final del curso una vez finalizadas las actividades escolares en los centros formativos.
Disposición final primera. Aplicación de la orden.
Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar las instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta orden.
Disposición final segunda. Implantación de estas enseñanzas.
1. En el curso 2015-2016 se implantará el primer curso del ciclo formativo al que hace referencia el artículo 1 de la presente orden.
2. En el curso 2016-2017 se implantará el segundo curso del ciclo formativo al que hace referencia el artículo 1 de la presente orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 21 de julio de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo y Montojo.
ANEXO I. Módulos Profesionales
1. Módulo Profesional: Planificación en emergencias y protección civil.
Código: 1501.
Contenidos:
Establecimiento de objetivos de planes de emergencias y protección civil:
Técnicas de planificación. La planificación por objetivos:
Recolección, selección y análisis de información.
Priorización.
Secuenciación de objetivos.
Planes de protección civil:
Tipos y características.
Estructura y contenido.
Planes de autoprotección y planes de emergencia interior. Dispositivos de riesgo previsible.
Normativa y recomendaciones técnicas de planificación de la protección civil y las emergencias:
Ámbito internacional.
Ámbito nacional.
Ámbito autonómico y local, de carácter general y específico.
Sistema nacional de protección civil: competencias, estructura organizativa y funciones. Servicios vinculados y colaboradores del sistema.
Sistemas de protección civil y emergencias a nivel internacional:
El mecanismo europeo de protección civil.
La acción de Naciones Unidas para la prevención e intervención en emergencias.
Determinación de líneas de actuación en planes de protección civil:
Construcción y formulación de hipótesis de respuesta a las emergencias.
Factores de riesgo en el entorno. Factores derivados de los incidentes de emergencia y protección civil.
Técnicas de estudio y valoración de las respuestas a emergencias y de la calidad del servicio público de protección civil.
Técnicas para estudios de viabilidad. Valoración de la cobertura de las hipótesis elaboradas. Niveles de respuesta.
Análisis coste-beneficio (económico y social). Indicadores de riesgo asumible en emergencias y protección civil.
Determinación de estructuras, medios y recursos de planes de protección civil:
Medios y recursos de intervención:
Tipos, características, capacidades y titularidad.
Selección de medios y recursos.
Técnicas de catalogación de recursos y capacidades de prestación para protección civil.
Medidas de protección colectiva e individual frente a los diferentes riesgos.
Sistemas de alerta y aviso de emergencias.
Grupos operativos de emergencias:
Tipos, composición y características.
Estructura organizativa.
Estructura funcional.
Determinación de grupos operativos de emergencias.
Mecanismos de coordinación en emergencias:
Centro de coordinación (CECO).
Centro de coordinación operativa (CECOP).
Centros de coordinación operativa integrados (CECOPI).
Sistemas de mando y control.
Apoyo logístico en emergencias.
Elaboración de procedimientos operativos ante emergencias:
Técnicas de elaboración de procedimientos técnicos. Identificación de procedimientos operativos que hay que implantar.
Métodos de secuenciación y sincronización de acciones de intervención.
Establecimiento de estructuras operativas adecuadas a la respuesta definida.
Asignación de funciones y actividades dentro de los equipos de intervención.
Establecimiento de medidas de control operativo.
Implantación de medidas de seguridad operativa.
Medidas de resolución de contingencias del procedimiento operativo.
Previsión del apoyo logístico de la intervención.
Determinación de la estructura de relevos personales y materiales.
Procedimientos de coordinación con otros servicios. Medidas de retroalimentación al plan de formación continua y otros planes.
El ámbito de actuación, planes de actuación y fichas operativas incluyendo:
Acuerdos y convenios de colaboración con entidades externas fuera del ámbito de actuación.
Planes de emergencia relacionados con la zona de influencia del trabajo que se va a desarrollar.
Bases de datos de personal, equipos o sistemas.
Organización y desarrollo de simulacros y ejercicios de protección civil:
Ejercicios y simulacros. Instrumentos para su desarrollo y conducción: guion del simulacro, procedimientos y protocolos de conducción, y plan de seguridad.
Técnicas de planificación y gestión de proyectos de simulacros.
Técnicas de evaluación de ejercicios y simulacros:
Listas de evaluación.
Encuestas.
Juicios críticos.
Técnicas de recogida de información.
Técnicas de análisis de resultados y evaluación de la información.
Técnicas de preparación de informes de evaluación.
2. Módulo Profesional: Evaluación de riesgos y medidas preventivas.
Código: 1502.
Contenidos:
Evaluación de riesgos naturales:
Fenómenos peligrosos naturales: génesis, desarrollo y variables de peligrosidad, entre otros:
Fenómenos geofísicos: sismos, tsunamis, erupciones volcánicas, aludes y movimientos del terreno, entre otros.
Fenómenos meteorológicos adversos: huracanes, tornados, nevadas y lluvias torrenciales, entre otros.
Fenómenos biológicos: plagas, epidemias y pandemias, entre otros.
Incendios forestales.
Vulnerabilidad frente a los fenómenos naturales peligrosos:
Vulnerabilidad de las infraestructuras críticas y servicios públicos esenciales frente a los fenómenos naturales:
Sanitarias.
Abastecimiento de aguas.
Energía.
Vías de comunicación.
Elementos singulares.
Vulnerabilidad de las estructuras de las edificaciones frente a los fenómenos naturales:
Geometría y disposición.
Tipologías estructurales: estructuras de muros de carga, porticadas y mixtas.
Elementos estructurales: cimentaciones, soportes, vigas y forjados.
Acciones de los fenómenos naturales: acciones sísmicas, térmicas, eólicas y de nieve, entre otras.
Vulnerabilidad de espacios y recursos naturales:
Aprovechamientos madereros, cinegéticos y apícolas, entre otros.
Espacios naturales protegidos.
Espacios de uso público.
Vulnerabilidad de la población. Grupos críticos.
Clasificación de las estructura en grados de vulnerabilidad sísmica. Escala macrosísmica europea.
Clasificación de daños y patologías asociadas a los fenómenos naturales: hidrológicos y meteorológicos, sísmicos, volcánicos y movimientos de ladera, entre otros:
Grietas.
Roturas y desprendimientos de elementos.
Colapso.
Sistemas de representación gráfica, tipo CAD, y sistemas de información geográfica, tipo GIS, para lectura y elaboración de planos. Incorporación de datos.
Interpretación de la fotografía aérea y las imágenes por satélite.
Sistema de posicionamiento global (GPS) y transmisión de datos.
Simuladores de escenarios de emergencia.
Evaluación de riesgos tecnológicos:
Actividades industriales potencialmente peligrosas:
Actividades con sustancias químicas.
Actividades con sustancias radioactivas.
Actividades de generación de energía.
Actividades de transporte de mercancías peligrosas.
Otras.
Sucesos o fenómenos peligrosos, génesis, evolución y variables de peligrosidad, entre otros:
Fenómenos de tipo mecánico: ondas de presión y proyectiles, entre otros.
Fenómenos de tipo térmico: incendios y explosiones, entre otros.
Fenómenos de tipo químico: fugas y vertidos, entre otros.
Fenómenos de tipo radiológico.
Vulnerabilidad de las personas frente a los sucesos tecnológicos. Efectos para la salud.
Vulnerabilidad de las edificaciones e infraestructuras frente a los sucesos peligrosos de origen tecnológico. Efectos de las ondas de presión, proyectiles, incendios y explosiones, entre otros.
Vulnerabilidad de las infraestructuras críticas y servicios públicos esenciales frente a los sucesos tecnológicos.
Análisis y evaluación de riesgos:
Métodos cualitativos. What if. Árboles de fallos y sucesos.
Métodos semicualitativos.
Métodos cuantitativos. Gretener y Purt.
Evaluación de riesgos antrópicos:
Actividades sociales potencialmente peligrosas:
Eventos de grandes concentraciones humanas.
Tráfico.
Otras.
Sucesos peligrosos antrópicos: génesis, evolución y variables de peligrosidad, entre otros (vandalismo, sabotajes, terrorismo, pánico y otros).
Locales de pública concurrencia:
Tipologías. Características.
Vulnerabilidad frente a los incendios entre otros sucesos peligrosos.
Normativa de prevención y extinción de incendios.
Vulnerabilidad frente a los incendios, entre otros sucesos peligrosos.
Percepción social del riesgo y resiliencia frente a las catástrofes.
Búsqueda, interpretación y utilización de información en fuentes documentales.
Técnicas de elaboración, realización y evaluación de encuestas.
La contratación pública de asistencias técnicas:
Pliegos de prescripciones técnicas.
Pliegos de cláusulas administrativas.
Presupuesto. Cronograma.
Establecimiento de medidas preventivas:
Medidas estructurales para la prevención de riesgos naturales:
Defensas contra inundaciones: diques, terraplenes, muros de contención, canalización de lechos de ríos, corrección hidrológico-forestal, desvío del curso fluvial, presas y embalses, entre otros.
Defensas contra movimientos de laderas: modificación de inclinación del talud, drenajes, refuerzos del talud con anclajes, mallas, contrafuertes, muros, defensas para contención de aludes y mallas de vegetación, entre otros.
Defensas contra colapsos y subsidencias. Relleno de oquedades. Retirada de elementos de roca y piedra.
Medidas no estructurales para la prevención de riesgos naturales y tecnológicos:
Planificación territorial y urbana. Regulación de los usos del suelo en los sectores de peligrosidad natural y tecnológica. Planes sectoriales de ordenación del territorio para la prevención de riesgos.
Planificación de quemas prescritas. Diseño de fichas técnicas de prescripción.
Planificación de medidas preventivas y de autoprotección en la interfaz urbana forestal.
Cultura preventiva y autoprotección.
Planes de protección civil y emergencia.
Medios y medidas de prevención frente a los principales riesgos de los edificios y las actividades objeto de los planes de autoprotección:
Medidas de protección pasiva frente al fuego: sectorización de incendios, infraestructuras de evacuación, iluminación de emergencia y señalización, entre otras.
Medidas de protección activa frente al fuego: instalaciones de detección alarma y extinción de incendios, sistemas de ventilación y control de humos, entre otras.
Medios humanos de autoprotección y de riesgo previsible.
Evacuación y confinamiento. Refugios según riesgo.
Medidas de prevención frente a los accidentes con sustancias peligrosas:
Almacenaje, manipulación y transporte de sustancias peligrosas.
Medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves con sustancias peligrosas.
Inspecciones preventivas: tipos de inspecciones. Exigencias normativas de inspección y régimen sancionador.
La investigación técnica de accidentes:
Información previa.
Investigación en el lugar.
Análisis de informaciones y datos recogidos.
Realización del informe.
Evaluación de costes y beneficios de medidas de prevención.
Establecimiento de sistemas de vigilancia y alerta:
Sistemas de detección de fenómenos sísmicos:
Instrumentación de detección y medida de parámetros sísmicos.
Redes de vigilancia sísmica.
Red sísmica nacional.
Sistemas de vigilancia y predicción de erupciones volcánicas.
Predicción y vigilancia de movimientos del terreno:
Métodos generales de detección.
Instrumentación y monitoreo para la vigilancia de puntos críticos.
Predicción y vigilancia de fenómenos meteorológicos adversos.
Predicción y vigilancia de incendios forestales.
Sistemas de alerta temprana ante posibles situaciones de emergencia:
Valores umbrales de riesgo y niveles de alerta.
Redes de difusión de avisos de alerta.
Colaboración y cooperación entre las Administraciones públicas, los organismos públicos y privados y las empresas para la prevención y gestión de desastres.
3. Módulo Profesional: Planificación y desarrollo de acciones formativas, informativas y divulgativas en protección civil y emergencias.
Código: 1503.
Contenidos:
Programación de planes formativos:
Técnicas de elaboración de sondeos de necesidades formativas.
Técnicas de planificación de planes formativos.
Fomento de la cultura preventiva. Técnicas formativas para generar actitudes y pautas de comportamiento ante riesgos y emergencias.
Programación didáctica de acciones formativas:
Autonomía y autoaprendizaje.
Edades y sectores en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Métodos y recursos didácticos.
Métodos de programación de acciones formativas de protección civil y emergencias.
Definición de objetivos y criterios de valoración.
Criterios para seleccionar actividades formativas.
Estructura y desarrollo de actividades formativas.
Definición y secuenciación de contenidos: elaboración de unidades didácticas.
Actividades formativas destinadas a la implantación de planes de autoprotección.
Programación de planes de información y divulgación:
Elaboración de presupuestos.
Técnicas de investigación social aplicadas a la prevención y autoprotección.
Generación de hábitos y comportamientos sociales en prevención de riesgos.
Público de destino en la protección ante el riesgo:
Los movimientos sociales.
El voluntariado.
Mediadores sociales.
Pautas para el establecimiento de convenios de divulgación con empresas que potencialmente pueden generar riesgo.
Elaboración y desarrollo de proyectos de información y divulgación.
Campañas de sensibilización ante los riesgos. Pautas para su diseño.
Captación de recursos. Participación de mediadores y agentes de sensibilización. Medios de comunicación social.
Medidas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a la información y la formación en relación con los riesgos y las emergencias.
Elaboración de documentación para información, divulgación y formación:
Construcción de mensajes de prevención.
Técnicas de elaboración de material didáctico de contenidos técnicos sobre las características de los planes de autoprotección.
Elaboración de materiales didácticos:
Selección de materiales.
Elaboración de materiales formativos, utilizando distintos medios y soportes: impresos, audiovisuales y recursos informáticos, entre otros.
El uso de los lenguajes en la construcción de mensajes de prevención.
Normativa sobre propiedad intelectual.
Manejo y mantenimiento de canales dinámicos de prevención: herramientas web e informes o memorias de evaluación de actividades, entre otros.
Desarrollo de acciones informativas, formativas y divulgativas:
Técnicas de secuenciación de los objetivos de una reunión.
Implementación de estrategias y técnicas que favorezcan la relación social y la comunicación:
Valoración de la importancia de las actitudes en la relación de ayuda.
Programas y técnicas de comunicación y habilidades sociales aplicadas a las acciones informativas, formativas y divulgativas.
Dirección de reuniones:
La reunión como trabajo en grupo.
Tipos de reuniones y funciones.
Etapas en el desarrollo de una reunión.
Liderazgo. Técnicas de moderación de reuniones.
Identificación de la tipología de participantes en una reunión.
Valoración de resultados de reuniones.
Técnicas de impartición. Guion de clase.
Desarrollo de las actividades formativas e informativas:
Dirección de actividades.
Entornos y recursos de motivación.
Estrategias de atención individualizada.
Dinamización de actividades grupales.
La educación emocional. Los mecanismos de defensa.
El grupo. Tipos y características. Desarrollo grupal.
Análisis de la estructura y procesos de grupos.
Dinámicas de grupo. Fundamentos psicosociológicos aplicados a las dinámicas de grupo.
El trabajo individual y el trabajo en grupo.
Implementación de estrategias de gestión de conflictos y toma de decisiones. Negociación y mediación.
Valoración del conflicto en las dinámicas grupales.
Valoración del papel del respeto y la tolerancia en la resolución de problemas y conflictos.
Evaluación de acciones y planes de información, divulgación y formación:
Selección de indicadores.
Planificación de la evaluación: estrategias y secuencia.
Técnicas e instrumentos de evaluación. Pautas de diseño y elaboración:
Observación.
Pruebas.
Instrumentos de autoevaluación.
Aplicación individual y grupal de instrumentos de evaluación.
Tratamiento de la información de evaluación:
Técnicas de análisis de resultados y evaluación de la información.
Contraste entre planificación y ejecución.
Elaboración de propuestas de mejora.
Informes de evaluación. Memorias económicas. Memoria de actividades.
4. Módulo Profesional: Supervisión de la intervención en riesgos producidos por fenómenos naturales.
Código: 1504.
Contenidos:
Dirección y supervisión del desplazamiento de recursos ante un riesgo provocado por un fenómeno natural:
Evaluación inicial y continua de la emergencia provocada por un fenómeno natural, aplicando los sistemas de cartografía digital, simulaciones y técnicas de medición:
Estación portátil meteorológica.
Sistemas manuales de toma y control de datos.
Detectores de gases y otros sistemas de medición.
Aplicación de manuales técnicos de uso y mantenimiento.
Elaboración de hipótesis de evolución del incidente.
Definición de las rutas de acceso más seguras.
Aplicación de programas de gestión de planes, avisos de alerta y desplazamiento de recursos ante riesgos provocados por fenómenos naturales.
Identificación in situ de las necesidades de equipos especiales, maquinaria, vehículos u otras necesidades de naturaleza diversa.
Aplicación de técnicas y procedimientos de distribución de recursos técnicos y humanos en las zonas de actuación del riesgo provocado por fenómenos naturales.
Organización del espacio de intervención. Establecimiento de líneas de comunicación y coordinación operativa con otros servicios intervinientes.
Aplicación y desarrollo de informe situacional.
Valoración y control de los comportamientos de masas ante situaciones de catástrofe.
Formación en habilidades para comunicarse con personas con discapacidad y para aplicar recursos técnicos de apoyo en la comunicación y la interacción.
Aplicación de sistemas de dirección y control en el desplazamiento de recursos de intervenciones de emergencias derivadas de los riesgos naturales.
Asignación de funciones y tareas en función de las aptitudes y actitudes de los recursos humanos disponibles.
Dirección y supervisión de acciones de control de riesgos producidos por fenómenos naturales:
Procedimientos de valoración in situ y evolución de:
Avance y embalsamiento de agua en la zona afectada. Mediciones de velocidad y caudal de agua. Medición del nivel de agua.
Incremento de la concentración de nieve.
Avalanchas y desprendimientos. Procedimientos de observación y previsión de zonas potencialmente afectadas.
Emisiones volcánicas: lenguas magmáticas y nubes tóxicas. Mediciones de niveles tóxicos y comportamiento. Niveles de afectación.
Previsión de zonas de derrumbe provocadas por el impacto de ondas sísmicas en el área urbana.
Elevación del nivel del agua marina y mareas vivas.
Establecimiento de distancias de seguridad según incidentes y materias implicadas o los riesgos posibles:
Perímetro de intervención de los equipos.
Perímetros exteriores a zonas afectadas por impactos sísmicos.
Determinación de zonas seguras fuera del alcance del incremento del volumen, altura y caudal de agua.
Determinación de distancias de traslado a partir de las previsiones de réplicas sismológicas.
Interferencia entre las rutas de evacuación y la evolución de lenguas magmáticas, avenidas, riadas y otros.
Establecimiento de pautas de control, puntos de acceso y salida, y zonas seguras de evacuación y concentración de población.
Procedimientos operativos de evacuación:
Estudio y definición de rutas in situ. Rutas principales y alternativas. Criterios de seguridad.
Reconocimiento de la situación de rutas y valoración de su practicabilidad.
Técnicas y procedimientos para asegurar la practicabilidad y el mantenimiento de las rutas. Equipos y medios.
Determinación de los puntos de salida y llegada de la ruta.
Organización y modificación de los flujos de circulación: zonas de intervención y áreas de evacuación.
Protocolos de coordinación con los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y otros servicios públicos competentes.
Establecimiento de los servicios esenciales en los puntos de llegada y zonas seguras.
Atención médica inicial y avituallamiento.
Determinación medios de transporte para la evacuación.
Determinación de zonas de concentración y embarque. Valoración de espacios urbanos de concentración: hitos sociales y redes de comunicación.
Procedimientos para la priorización de afectados y el establecimiento de la secuencia de evacuación.
Comportamientos humanos en una situación de emergencia y pautas de intervención.
Procedimientos de seguridad en la evacuación, concentración de la población y su aplicación prioritaria en beneficio de la comunidad.
Procedimientos de comunicación a la población en caso de confinamiento:
Transmisión de información clara y precisa a través de los medios de comunicación.
Difusión a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y protección civil.
Supervisión y aplicación de procedimientos de seguridad personal en la intervención en riesgos naturales, incluyendo:
Equipos de protección colectiva: uso y distribución.
Equipos de protección individual.
Equipos especiales de protección.
Equipos de alerta ante riesgos de uso.
Procedimientos de seguridad y vigilancia activa.
Aplicación de procedimientos de dirección y control de intervenciones en riesgos naturales.
Dirección y supervisión de acciones encaminadas a mitigar riesgos producidos por fenómenos naturales:
Aplicación de procedimientos de trabajo en emergencias con inundaciones naturales, incluyendo:
Técnicas de construcción de diques de contención y control de masas de agua: sacos terreros y hesco bastión, entre otros.
Técnicas de achique de agua y lodos: bomba de alta capacidad, motobombas y electrobombas, entre otros.
Técnicas de trabajo de demolición y apertura en diques y obstáculos sobre cursos de agua de demolición.
Aplicación de procedimientos de trabajo en emergencias con grandes nevadas y condiciones meteorológicas adversas, incluyendo:
Técnicas de apertura de vías de comunicación y rutas en nieve.
Técnicas de recuperación y retirada de vehículos.
Técnicas de atención a población atrapada en vías de comunicación cortadas.
Técnicas de atención y evacuación de poblaciones aisladas.
Aplicación de procedimientos de trabajo en emergencias por terremotos, deslizamientos del terreno y erupciones volcánicas, incluyendo:
Técnicas de apoyo al restablecimiento de servicios básicos.
Técnicas de movimientos de tierra.
Establecimiento de campamentos de damnificados.
Supervisión del uso y mantenimiento de equipos y sistemas para la mitigación de emergencias por fenómenos naturales de tipo atmosférico o geológico. Manuales de uso y seguridad en la utilización.
Supervisión y aplicación de procedimientos y manuales de seguridad de utilización de equipos y herramientas de intervención en riesgos producidos por fenómenos naturales.
Dirección y ejecución de tareas que garanticen la adecuación de equipos y medios al operativo y los relevos de mandos en emergencias de origen natural:
Procedimientos de mantenimiento del nivel de respuesta desarrollado ante incidentes de larga duración, magnificación de la situación o problemas derivados de la mitigación de emergencias de origen natural.
Problemas de la incorporación de medios técnicos y recursos humanos externos a la zona de operaciones:
Determinación de nuevos sectores de trabajo.
Incorporación de mandos al cargo.
Sistemas de control documental de operaciones.
Determinación de los cauces de comunicación y coordinación con otros servicios en la zona. Información a los intervinientes.
Plan de trabajo alternativo, así como un plan de seguridad, en coordinación con los medios ajenos: especialistas, equipos de actuación desconocidos y personal de empresas, entre otros.
Medidas de vigilancia necesarias para garantizar la alerta temprana a los intervinientes:
Códigos y sistemas de aviso o alerta a los intervinientes de todos los servicios.
Vigilancia y sistemas de alerta temprana a intervinientes y población afectada.
Uso y adecuación de procedimientos y equipos de intervención que garanticen la adecuación y continuidad de las tareas de control y mitigación de incidentes, a través de procedimientos de:
Minimización de daños a personas afectadas, bienes o medio ambiente.
Mantenimiento de la respuesta operativa en lo relativo a recursos humanos, técnicos e instalaciones.
Generación de datos para la adecuada gestión del personal y los medios, así como la elaboración de estadísticas de interés.
Organización de la unidad de intervención.
Información y comunicación sobre la evolución de las actividades.
Supervisión de normas de seguridad.
Evaluación de la capacidad de los miembros de la unidad.
Introducción o extracción de datos en los instrumentos informáticos.
El relevo en la dirección de las operaciones. Información sobre las acciones desarrolladas, los resultados obtenidos, los problemas detectados y las necesidades:
Estructuración jerárquica de los servicios de emergencia y seguridad, la operativa de estos, los mecanismos de coordinación e interrelación operativa, las funciones y la señalética jerárquica.
Elaboración de planes de trabajo y vigilancia, logística y aprovisionamiento, tiempos de trabajo y necesidades de rotación en emergencias por fenómenos naturales.
Comportamiento ante esfuerzos o factores meteorológicos, golpe de calor, deshidratación, calambres, sobreesfuerzos y pérdidas de facultades físico-psíquicas como alerta visual, auditiva o sensorial.
Supervisión de los protocolos de descanso, hidratación o alimentación de los intervinientes.
Dirección y supervisión de las acciones de control y rehabilitación de la zona afectada:
Servicios básicos, suministros e infraestructuras de la rehabilitación en catástrofes:
Obras o incidencias en viales, instalaciones de distribución, calles o edificios, que puedan suponer una limitación operativa.
Información sobre riesgos del incidente, riesgos adyacentes, riesgos potenciales para la población, los bienes o el medio ambiente, posibilidad de accesos y cortes de instalaciones.
Informes adicionales de actuaciones de otros servicios colaboradores.
Restablecimiento del funcionamiento de los servicios básicos: protocolos de actuación en la recuperación.
Aplicación de los acuerdos entre la entidad y otras entidades colaboradoras en la intervención in situ ante riesgos provocados por fenómenos naturales.
Adopción de medidas de rehabilitación teniendo en cuenta:
Mapas de instalaciones en edificaciones incluyendo: gas, luz, agua, climatización, ventilación y medios de protección.
Obras o incidencias en viales, instalaciones de distribución, calles o edificios, que puedan suponer una limitación operativa.
Información sobre riesgos del incidente, riesgos adyacentes, riesgos potenciales para la población, los bienes o el medio ambiente, posibilidad de accesos y cortes de instalaciones.
Cuadrantes, hojas de incidencia, órdenes de trabajo y fichas de control de equipos.
Valoración in situ de las zonas o locales de riesgo especial.
Normativa vigente sobre recogida y tratamiento de animales. Servicios de acogida y trato animal.
Aplicación de técnicas de comunicación de riesgos a la población en catástrofes naturales:
Elaboración de mensajes y avisos a la población.
Difusión de la información a la población afectada.
Valoración de la comprensión y recepción de los mensajes por la población afectada.
Supervisión de la gestión de solicitudes de ayudas técnicas y económicas:
Procedimientos administrativos de gestión de ayudas.
Cauces y documentación relativa a la percepción de ayuda.
Procedimiento de control de peticiones de ayuda.
Sistemas de compensación de seguros frente a catástrofes.
Elaboración del informe de las intervenciones desarrolladas in situ.
5. Módulo Profesional: Supervisión de la intervención en riesgos tecnológicos y antrópicos.
Código: 1505.
Contenidos:
Dirección y supervisión de la movilización de recursos ante incidentes tecnológicos y antrópicos:
Aplicación de la simulación a la evolución del incidente tecnológico o antrópico. Programas de gestión de planes y gestión de avisos.
Aplicación de los sistemas manuales de toma y control de los índices de peligrosidad en la intervención. Radiómetros. Explosímetros y otros sistemas de medición.
Aplicación de manuales técnicos de uso y mantenimiento.
Aplicación y uso de técnicas y equipos digitalizados de control de incidentes, tiempos, personal y recursos.
Aplicación de técnicas y procedimientos de distribución de recursos técnicos y humanos en las zonas de actuación del incidente tecnológico.
Aplicación de la dirección y control de intervenciones de emergencias provocadas por riesgos tecnológicos y antrópicos.
Dirección y supervisión de acciones encaminadas al control de incidentes tecnológicos o antrópicos:
Funcionamiento de centrales nucleares.
Funcionamiento de otras instalaciones con usos radiológicos, equipamientos encapsulados y riesgos ante rotura o fallo de sistemas.
Aplicación de procedimientos de evacuación, confinamiento o rescate en emergencias tecnológicas, incluyendo:
Medición de elementos contaminantes o de riesgo a personas o el medio ambiente.
Detección de riesgos en el entorno.
Valoración de avance de productos, sustancias o materias peligrosas en el medio ambiente, temporizando el desarrollo evolutivo.
Procedimientos de distancias de seguridad según los incidentes y las materias implicadas o los riesgos posibles.
Aplicación de procedimientos de seguridad personal en riesgos tecnológicos y antrópicos, incluyendo:
Equipos de protección colectiva: uso y distribución.
Equipos de protección individual.
Equipos especiales de protección.
Equipos de alerta ante riesgos de uso.
Procedimientos de seguridad y vigilancia activa.
Aplicación de procedimientos de dirección y control de intervenciones, incluyendo:
Reglas prioritarias y responsabilidades.
Funciones y responsabilidades.
Las reacciones inmediatas.
El razonamiento táctico.
Comportamiento de los contaminantes químicos y biológicos, repercusión en las personas y el medio ambiente o instalaciones.
Dosis, factores acumulativos, riesgos y protecciones necesarias.
Procedimientos de seguridad en la evacuación, confinamiento y su aplicación prioritaria en beneficio de la comunidad, según los niveles de contaminación de personas afectadas o víctimas.
Aplicación de las técnicas de protección según criterios radiológicos, químicos y biológicos.
Dirección y supervisión de operaciones encaminadas a la mitigación de incidentes tecnológicos y antrópicos:
Aplicación de procedimientos de trabajo en emergencias tecnológicas incluyendo:
Técnicas de absorción.
Técnicas de dilución.
Técnicas de trasvase.
Técnicas de contención y realización diques.
Técnicas de dispersión.
Técnicas de neutralización.
Técnicas de relicuado.
Técnicas de sobrempaquetamiento.
Técnicas de taponado.
Técnicas de combustión controlada.
Técnicas de cubrición.
Utilización, uso y mantenimiento in situ de equipos y sistemas para la mitigación de incidentes tecnológicos o antrópicos. Manuales de uso y seguridad en la utilización.
Ubicación de los medios y recursos en la zona.
Verificación de las técnicas de descontaminación:
Técnicas, procedimientos, equipos y sustancias para la descontaminación de personas, equipos o medio ambiente.
Trajes especiales de protección personal en incidentes tecnológicos y antrópicos.
Aplicación de sistemática en la toma de decisiones sobre estrategias de trabajo, incluyendo:
Análisis del incidente.
Recopilación de la información: el cubo.
Reconocimiento perimetral.
Síntesis.
Decisiones: decide la idea de la maniobra.
Órdenes: ordena el desarrollo de la maniobra.
Comunica la idea de la maniobra.
Analiza los resultados de la maniobra.
Valoración de la distancia de seguridad.
Valoración de las técnicas de primera intervención frente a reacciones violentas. Causas y efectos de choque: explosiones, reacciones en cadena, ondas de choque y disminuciones o aumentos súbitos de presión o temperatura en contenedores de almacenamiento o transporte.
Evaporaciones, viscosidad y densidades en agua, terreno o aire. Cambios de estado en la materia por causas múltiples. Contenedores de transporte y distribución, normativa de transporte, almacenamiento, distribución o uso de productos peligrosos.
Dirección de los equipos y medios operativos ante incidentes provocados por riesgos tecnológicos o antrópicos:
Uso y adecuación de procedimientos y equipos de intervención que garanticen la adecuación y continuidad de las tareas de control y mitigación de incidentes tecnológicos y antrópicos:
Minimización de daños a personas afectadas, bienes o medio ambiente.
Mantenimiento de la respuesta operativa en lo relativo a recursos humanos, técnicos e instalaciones.
Generación de datos para la adecuada gestión del personal y los medios, así como elaboración de estadísticas de interés.
Organización de la unidad de intervención.
Información y comunicación sobre la evolución de las actividades.
Supervisión de normas de seguridad.
Evaluación de la capacidad de los miembros de la unidad.
Introducción o extracción de datos en los instrumentos informáticos.
Vigilancia y sistemas de alerta temprana a intervinientes y población afectada.
Estructuración jerárquica de servicios de emergencia y seguridad, operativa de estos, mecanismos de coordinación e interrelación operativa, funciones y señalética jerárquica.
Elaboración de planes de trabajo y vigilancia, logística y aprovisionamiento, tiempos de trabajo y necesidades de rotación en incidentes tecnológicos y antrópicos.
Comportamiento ante esfuerzos o factores meteorológicos, golpe de calor, deshidratación, calambres, sobreesfuerzos y perdidas de facultades físico-psíquicas, como alerta visual, auditiva o sensorial.
Límites y necesidades de descanso, hidratación o alimentación.
Dirección y supervisión de operaciones de control y rehabilitación primaria de zonas afectadas por incidentes tecnológicos o antrópicos:
Aplicación de acuerdos entre la entidad y otras entidades colaboradoras en el ámbito de actuación, planes de actuación y fichas operativas, incluyendo:
Acuerdos y convenios de colaboración con entidades externas fuera del ámbito de actuación.
Planes de actuación y fichas operativas:
Planes de emergencia relacionados con la zona de influencia del trabajo.
Bases de datos de personal, equipos o sistemas, y sustancias peligrosas.
Fichas de riesgos industriales, poblacionales o situacionales.
Mapas de instalaciones en edificaciones, incluyendo gas, luz, agua, climatización, ventilación y medios de protección.
Obras o incidencias en viales, instalaciones de distribución, calles o edificios, que puedan suponer una limitación operativa.
Información sobre riesgos del incidente: riesgos adyacentes, riesgos potenciales a la población, los bienes o el medio ambiente, posibilidad de accesos y cortes de instalaciones.
Cuadrantes, hojas de incidencia, órdenes de trabajo y fichas de control de equipos.
Zonas o locales de riesgo especial.
Recuperación, rehabilitación y mejora de espacios ambientales.
Procedimientos y medios de contención y retirada de fluidos, gases, materiales y sustancias, daños a las personas y el medio ambiente, daños a las instalaciones y bienes, neutralización y recuperación.
Funciones del trabajo de servicios diferentes o ajenos en estas tareas.
Servicios de acogida y trato animal.
Protecciones, actuación y recuperación del entorno, almacenamiento y transporte.
Condiciones de seguridad. El medio ambiente de trabajo y la organización del trabajo.
Observación de los efectos del sobreesfuerzo prolongado en intervenciones tecnológicas.
Fisiología y nutrición deportiva y laboral en intervenciones prolongadas en incidentes tecnológicos y antrópicos, incluyendo:
Condicionantes físicos y psíquicos en intervenciones prolongadas.
Nutrición e hidratación ante esfuerzos prolongados.
Limitaciones y riesgos de pérdida de capacidades ante situaciones de estrés o esfuerzo prolongado.
6. Módulo Profesional: Supervisión de la intervención en incendios forestales y quemas prescritas.
Código: 1506.
Contenidos:
Evaluación diaria del riesgo de incendio forestal:
Principales índices de riesgo diario. Variables utilizadas en la elaboración de los índices de riesgo diario. Influencia y combinaciones posibles de los distintos índices de riesgo diario. Tipos de mapas de riesgo diario.
Tipos y caracterización de niveles de alerta por incendio forestal:
Relación entre los índices de riesgo diario y los niveles de alerta.
Principales restricciones de usos y actividades asociadas a niveles de alerta. Mecanismos de transmisión de los niveles de alerta y restricciones asociadas a la sociedad.
Tipos de medios de extinción. Tipos y número de medios de extinción necesarios según el nivel de alerta.
Activación de los recursos para el control y extinción del incendio:
Información mínima necesaria a transmitir sobre el incendio forestal. Métodos de contraste de la información relativa a un incendio forestal.
Tipos de incendio forestal. Características y necesidades de intervención en primer ataque. Principales características relevantes de la zona de inicio del incendio forestal.
Tipos de bienes amenazados por un incendio forestal.
Tipos de combustibles y comportamiento frente a un incendio forestal.
Topografía y relación con el comportamiento de un incendio forestal.
Meteorología e influencia en el comportamiento de un incendio forestal. Principales programas de simulación de incendios forestales. Funcionamiento. Resultados.
Tipos de medios de extinción de incendios forestales:
Tiempos estimados de desplazamiento de los medios de extinción de incendios forestales.
Principales medios usados para determinar tiempos estimados de llegada y medios de extinción necesarios.
Desplazamiento en medios aéreos:
Protocolos y procedimientos de desplazamiento en función del tipo de medio interviniente en incendios forestales. Particularidades del desplazamiento en medios aéreos.
Necesidades logísticas de los medios de extinción de incendios forestales:
Principales sistemas de seguimiento de flotas.
Procedimientos de coordinación operativa in situ:
Principales medios humanos y técnicos utilizados en la extinción de incendios forestales:
Usos de herramientas: pulasky, azada, mcleod, pala, palín, gorgui, batefuegos, podón, motosierra, extintor de explosión, antorcha de goteo y mochila extintora.
Usos de maquinaria: bulldozer, autobomba y camión nodriza.
Tipos y usos de medios aéreos: aviones anfibios, aviones de carga en tierra, aviones mixtos, helicópteros bombarderos, helicópteros de transporte y extinción y aviones de coordinación, observación y comunicación.
Tipos y empleo de técnicas de extinción: ataque directo (herramienta manual y tendido de mangueras), ataque indirecto (línea a dos pies, quema de ensanche y contrafuego). Uso y aplicación del agua y productos químicos retardantes de la combustión.
Tipos de productos retardantes. Características. Manuales de operación con retardantes. Ventajas e inconvenientes.
Principales estrategias y tácticas empleadas en la extinción de incendios forestales:
Fases de un incendio forestal. Características.
Rendimientos medios y resultados esperados de las distintas técnicas, herramientas y medios materiales empleados. Sectores y subsectores del incendio: frente, flancos, cola y otros. Interpretación de mapas topográficos (escalas, curvas de nivel y altitudes).
Realización de croquis: tipos de símbolos utilizados y tipos de escalas adecuadas.
Estructura organizativa de la lucha contra los incendios. Sistema de manejo de emergencias. Ataque inicial. Ataque ampliado. Gran incendio forestal.
Principales riesgos del trabajo de extinción de incendios forestales. Instrucciones preventivas en los trabajos de extinción de incendios forestales. Normas de seguridad en los trabajos de extinción de incendios forestales.
Procedimientos de trabajo en la extinción de incendios forestales:
Seguridad y efectividad de los trabajos de extinción de incendios forestales.
Relación entre seguridad y efectividad.
Responsabilidad individual y colectiva.
Operaciones de protección de las personas implicadas en los incendios forestales.
Señalización y desarrollo de las operaciones.
Normas y protocolos de comunicación propios del incendio forestal: características de las comunicaciones por emisora, alfabeto aeronáutico y características de comunicaciones con medios aéreos.
Principales medios técnicos utilizados en la transmisión de información en un incendio forestal.
Normativa laboral sobre jornadas, tiempo máximos de trabajo y tiempo mínimo de descanso del personal y los medios asignados. Principales categorías profesionales y composición de las unidades tipo de intervención en incendios forestales.
Respuestas fisiológicas ante el trabajo en extinción de incendios forestales:
Consecuencias asociadas al sobreesfuerzo y/o la falta de avituallamiento. Medidas que hay que adoptar.
Necesidades energéticas medias por persona en trabajos de extinción de incendios forestales.
Necesidades de hidratación medias por persona en trabajos de extinción de incendios forestales.
Tipos de avituallamiento. Requerimientos mínimos.
Tiempos medios de preparación y traslado del avituallamiento hasta el incendio. Medios de traslado del avituallamiento hasta el incendio. Tiempos máximos entre avituallamientos.
Necesidades de recursos logísticos en incendios forestales. Principales averías de los medios, equipos y herramientas de incendios forestales.
Necesidades de alojamiento del personal en incendios forestales:
Tipología de alojamientos posibles en incendios forestales. Requerimientos mínimos.
Tiempos medios de traslado del personal al lugar de alojamiento.
Coordinación operativa in situ de medios helitransportados y otros recursos aéreos:
Comportamiento del fuego desde observación aérea.
Operaciones de embarque y desembarque en helicópteros:
Operaciones de colocación de helibalde y depósito ventral.
Normativa de transporte de combustibles en aeronaves.
Transporte de personal, equipos y herramientas en helicópteros. Seguridad en las operaciones.
Usos de medios aéreos: aviones anfibios, aviones de carga en tierra, aviones mixtos, helicópteros bombarderos, helicópteros de transporte y extinción y aviones de coordinación, observación y comunicación. Características de funcionamiento. Necesidades de coordinación de medios aéreos. Necesidades logísticas y de relevos.
Operaciones de coordinación entre medios terrestres y aéreos. Coordinación táctica. Procedimientos de trabajo. Requisitos. Seguridad.
Normativa reguladora de aviación civil que afecta a las operaciones en incendios forestales.
Evaluación de las causas de los incendios y de los operativos de intervención:
Personal que investiga los incendios forestales. Agentes de la autoridad y otros.
Partes y estadillos. Incidencias. Daños. Datos meteorológicos. Empleo de datos históricos de incendios.
Incendios de pequeña superficie. Reconocimiento de una zona pequeña incendiada. Método de las evidencias físicas. Incendios de gran superficie. Determinación de la geometría del incendio. Modelos geométricos de propagación.
Procedimientos para establecer sobre el terreno el perímetro de la zona de trabajo.
Vestigios indicadores de la dirección de propagación del incendio:
Intensidad calórica.
Velocidad de avance.
Métodos de estimación.
Localización de la zona de inicio del incendio.
Pruebas físicas para determinar el medio y la causa de ignición.
Herramientas de análisis del desarrollo del incendio y del despliegue de medios actuantes. Sistemas de información geográfica.
Análisis crítico. Objetivos. Necesidades. Fases: exposición, análisis y conclusiones. Metodología.
Costes asociados a los trabajos de extinción. Valoración.
Elaboración de informes de resultados y lecciones aprendidas. Documentación.
7. Módulo Profesional: Supervisión de la intervención en operaciones de incendios urbanos y emergencias ordinarias.
Código: 1507.
Contenidos:
Programación de la intervención de incendios urbanos y emergencias ordinarias:
Conocimiento del territorio:
Situación.
Datos de población.
Infraestructuras, vías de comunicación y accesos.
Actividades económicas y productivas.
Servicios básicos.
Análisis de vulnerabilidad. Riesgos especiales y específicos.
El servicio de extinción de incendios:
Las competencias y funciones.
La tipología de emergencias y la asignación de vehículos y recursos.
Los sistemas de comunicación en las emergencias.
El mando en los servicios de emergencias:
Funciones y responsabilidades.
El mando en el control de las intervenciones.
El ciclo circular de la dirección: planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar.
Las competencias genéricas del mando.
La seguridad y las medidas de protección según el nivel y los contenidos de las emergencias.
La llegada a las emergencias:
Conocimiento de las vías de acceso y evacuación al lugar.
Conducción segura.
Cartografía: lectura de planos, localización de coordenadas, cálculo de distancias y rumbos, entre otros.
Interpretación de fotografía aérea e imágenes de satélite, entre otros recursos.
Utilización de sistema de posicionamiento global (GPS).
Sistemas de representación gráfica, tipo CAD, y sistemas de información geográfica, tipo GIS, para lectura y elaboración de planos, y la incorporación de datos, entre otros.
Organización de la intervención para la extinción de incendios urbanos:
Recogida de la información y la observación de signos como base de la construcción de la hipótesis de trabajo. Técnicas.
Recursos que se asignan y aplican a cada intervención.
Técnicas de mando y control de la intervención y los límites:
Información.
Evaluación.
Decisión sobre el plan de actuación. El diagnóstico y la operativa.
Implementación del plan de actuación:
Los niveles de mando: dirección operativa, dirección táctica y dirección estratégica.
La distribución y señalización de zonas: zona caliente, tibia y fría.
Técnicas para la extinción de incendios.
Elementos estructurales de los edificios:
Patologías de la construcción.
Principales actuaciones de los servicios de emergencias en la estructura de los edificios.
La información y la comunicación en las emergencias.
Uso de los medios de protección y autoprotección (EPI, ERA y otros) y reducción de riesgos y peligros.
Dirección y supervisión de la extinción de incendios urbanos:
Las tácticas, técnicas y procedimientos del servicio sobre incendios urbanos:
Con riesgo eléctrico.
Con materias peligrosas.
Instalaciones industriales.
En barcos.
En accidentes de transporte.
Otras situaciones.
Los vehículos, materiales y útiles necesarios para combatir el incendio.
Dirección de equipos y medios operativos de extinción de incendios urbanos:
Técnicas de dirección y mando en las emergencias y sus límites:
La información y la comunicación.
El seguimiento de las acciones en los equipos de trabajo.
La programación de los descansos y el avituallamiento.
El cambio de nivel en una emergencia: replanificación y reorganización de equipos, dotaciones y recursos para conseguir el objetivo, dirigir (puede haber cambio de mando a causa del cambio de nivel) y controlar el seguimiento de la emergencia con los cambios decididos.
Tipología de riesgos y su ataque.
Dirección y supervisión de las operaciones de control y rehabilitación de la zona afectada por el incendio:
Los diferentes equipos operativos que intervienen en una emergencia. Funciones y coordinación.
El informe de la intervención en las emergencias para el servicio.
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