Orden PRE/1614/2015, de 23 de julio, por la que se actualizan dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Seguridad y Medio Ambiente, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero; y se modifican parcialmente determinados anexos establecidos por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero

Rango Orden
Publicación 2015-08-03
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de la Presidencia
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.

El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de Cualificaciones, la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4, la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.

Por tanto, la presente orden se dicta en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, que en su tramitación obtuvo Dictamen del Consejo de Estado número 618/2014, de 23 de julio de 2014.

Así, en la presente orden se actualizan, por sustitución completa de sus anexos, dos cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente que cuentan con una antigüedad en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales superior a cinco años, a las que les es de aplicación el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre. Asimismo, se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales, mediante la sustitución de determinadas unidades de competencia transversales y sus módulos formativos asociados, incluidos en las cualificaciones profesionales actualizadas recogidas en los anexos de esta orden.

En el proceso de elaboración de esta orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional y el Consejo Escolar del Estado.

En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, dispongo:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Esta orden ministerial tiene por objeto actualizar dos cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente, procediéndose a la sustitución de los anexos correspondientes, y modificar parcialmente determinadas cualificaciones profesionales mediante la sustitución de determinadas unidades de competencia y módulos formativos asociados, en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.

Las cualificaciones profesionales actualizadas y las parcialmente modificadas por este procedimiento tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional, y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.

Artículo 2. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales, cuyas especificaciones están contenidas en los anexos XXVIII y XXX del citado real decreto:

Uno. Se da una nueva redacción al Anexo XXVIII, Cualificación Profesional «Servicios para el control de plagas». Nivel 2. SEA028_2, que figura como Anexo I de la presente orden.

Dos. Se da una nueva redacción al Anexo XXX, Cualificación Profesional «Control y protección del medio natural». Nivel 3. SEA030_3, que figura como Anexo II de la presente orden.

Artículo 3. Modificación parcial de determinadas cualificaciones profesionales establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos XXVI y XXVII del citado real decreto:

Uno. Se modifica la cualificación profesional establecida como «Anexo XXVI: Operación de estaciones de tratamiento de aguas. Nivel2. SEA026_2.» sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo» y el módulo formativo asociado «MF0075_2: Seguridad y salud. (70 h)» por la unidad de competencia «UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo» y el módulo formativo asociado «MF0075_2: Seguridad y salud.(60 h)», correspondientes al Anexo I «Servicios para el control de plagas. Nivel 2. SEA028_2.» de la presente orden, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 540 horas a 530 horas.

Dos. Se modifica la cualificación profesional establecida como «Anexo XXVII: Gestión de residuos urbanos e industriales. Nivel 2. SEA027_2.» sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo» y el módulo formativo asociado «MF0075_2: Seguridad y salud.(70 h)» por la unidad de competencia «UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo» y el módulo formativo asociado «MF0075_2: Seguridad y salud.(60 h)», correspondientes al Anexo I «Servicios para el control de plagas. Nivel 2. SEA028_2.» de la presente orden, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 520 horas a 510 horas.

Disposición final primera. Título competencial.

Esta orden se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de julio de 2015.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

ANEXO I. Cualificación Profesional: Servicios para el control de plagas

Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente

Nivel: 2

Código: SEA028_2

Competencia general

Preparar los medios y productos destinados al control de organismos nocivos, su transporte y aplicación, adoptando las medidas de prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente.

Unidades de competencia

UC0078_2: Preparar y transportar medios y productos para el control de plagas

UC0079_2: Aplicar medios y productos para el control de plagas

UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo

Entorno Profesional

Ámbito Profesional

Desarrolla su actividad profesional en el servicio de la sanidad ambiental, en el ámbito de las actividades de control de organismos nocivos, en las áreas de aplicación, preparación y transporte de medios y productos. La actividad profesional se realiza tanto de forma autónoma como contratada, en el ámbito público, ya sea la Administración General del Estado, las administraciones autonómicas o locales, y en el ámbito privado, con clientes particulares y en grandes, medianas, pequeñas empresas, y microempresas, dependiendo funcionalmente de un superior. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.

Sectores Productivos

Se ubica en el sector productivo de la sanidad ambiental, en el subsector relativo a control de plagas.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

Aplicadores de biocidas

Aplicadores de control de plagas

Fumigadores de plaguicidas

Desinfectadores-desinsectadores de edificios

Formación Asociada (360 horas)

Módulos Formativos

MF0078_2: Preparación de productos biocidas y fitosanitarios (120 horas)

MF0079_2: Aplicación de medios y productos para el control de plagas (180 horas)

MF0075_2: Seguridad y salud (60 horas)

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: PREPARAR Y TRANSPORTAR MEDIOS Y PRODUCTOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS

Nivel: 2

Código: UC0078_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Preparar los utensilios, equipos y productos de control de plagas/ organismos nocivos, para su traslado, siguiendo el plan de actuación y cumpliendo la normativa aplicable.

CR 1.1 Los materiales, equipos e indumentaria de trabajo de protección personal y del entorno, se seleccionan en función de la tarea y empaquetan para su traslado, de acuerdo con el procedimiento de seguridad.

CR 1.2 El cumplimiento de las condiciones de conservación de los productos y envases del control de plagas/organismos nocivos se verifica, previo a su uso y traslado, según normativa aplicable.

CR 1.3 Los instrumentos de control de plagas/organismos nocivos se seleccionan, según el procedimiento establecido por la empresa.

CR 1.4 El estado de conservación y la operatividad del instrumental se verifican, previo a su traslado, siguiendo el plan de actuación.

RP 2: Efectuar carga y descarga de los utensilios, equipos y productos en el medio de transporte para su traslado, confirmando la ficha de seguridad y cumpliendo la normativa aplicable.

CR 2.1 La integridad de los envases del control de plagas se verifica, garantizando el transporte en condiciones de seguridad.

CR 2.2 La integridad de las etiquetas de los envases del control de plagas se verifica, garantizando el transporte en condiciones de seguridad.

CR 2.3 Los equipos, instrumentos y productos biocidas, se cargan y anclan en el medio de transporte, según las especificaciones técnicas y medidas de seguridad.

CR 2.4 La ficha de seguridad de los productos biocidas transportados se controla, mediante el cumplimiento de la normativa aplicable para cada uno de ellos.

CR 2.5 Los materiales y productos, para dar respuesta a contingencias de derrames y accidentes, se establecen en el medio de transporte, según el procedimiento de actuación.

CR 2.6 Las operaciones de descarga se efectúan en condiciones de seguridad para las personas y el medio ambiente, evitando riesgos.

CR 2.7 Los equipos de protección individual se emplean según lo establecido en las fichas de seguridad de los productos y los procedimientos de trabajo, evitando daños a la salud.

RP 3: Efectuar el traslado y custodia en el itinerario, de los utensilios, equipos y productos del control de plagas/ organismos nocivos, garantizando la integridad de los mismos y cumpliendo la normativa aplicable.

CR 3.1 La cumplimentación de la documentación requerida en el transporte de productos químicos/biocidas se confirma, según normativa aplicable para su requerimiento por la autoridad competente.

CR 3.2 El transporte de productos químicos/biocidas se valida, atendiendo a la concordancia del medio y las condiciones de transporte de productos químicos/biocidas con los utensilios, según las instrucciones del responsable técnico y la normativa aplicable.

CR 3.3 Las instrucciones de uso de los medios de contención de derrames se recopilan, previo al traslado, para su consulta ante rotura del recipiente o escape del producto.

CR 3.4 La integridad de la mercancía durante el traslado, se verifica mediante las medidas de conservación establecidas en la normativa aplicable.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Pulverizadores de presión, máquinas de espolvoreo, nebulizadoras, termonebulizadoras, máquinas de aerosoles, cebos, trampas, brochas, pinceles, garrafas, botes, equipos fijos o móviles, equipos dosificadores, jeringas, entre otros. Balanzas, probetas, jarras aforadas. Emulsionadoras. Equipos de protección personal y del entorno (material de señalización y balizamiento). Productos químicos (productos de limpieza, anticorrosivos, neutralizantes, entre otros) y productos biocidas. Equipo básico de primeros auxilios. Sistema móvil de comunicación.

Productos y resultados:

Preparados los utensilios, equipos y productos de control de plagas. Carga y descarga de los utensilios, equipos y productos en el medio de transporte. Traslado y custodia de los utensilios, equipos y productos del control de plagas, efectuados.

Información utilizada o generada:

Informe técnico/plan de actuación (diagnóstico de la situación, programa de actuación y evaluación) de los superiores. Fichas de datos de seguridad de los productos químicos/biocidas. Manuales de manejo de los equipos y productos. Manuales de manejo de los equipos de protección personal. Registros de entrada y salida de instrumentos, equipos y productos. Protocolos frente a contingencias y accidentes

Normativa aplicable sobre transporte de productos químicos.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: APLICAR MEDIOS Y PRODUCTOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS

Nivel: 2

Código: UC0079_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Preparar ‘in situ’ los instrumentos y los productos biocidas, utilizados en el control de plagas/organismos nocivos, para cumplir la normativa aplicable.

CR 1.1 El tipo de plaga o infestación, su distribución, extensión, factores que originan y favorecen la proliferación y medios de control, se verifican según el informe técnico de diagnóstico de situación, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 1.2 La inspección y muestreo de la zona o elemento, de aplicación de los productos biocidas, se efectúan mediante las herramientas y medios auxiliares establecidos.

CR 1.3 Los productos biocidas, utilizados en el control de plagas/organismos nocivos, se validan según lo establecido en el plan de control.

CR 1.4 Las desviaciones producidas con respecto al programa de actuación se recogen, según protocolo establecido, informando al responsable técnico.

CR 1.5 La inclusión de las medidas de seguridad pasiva para el control de plagas en el programa de actuación, se confirma según normativa aplicable.

CR 1.6 Los medios de seguridad personal y del entorno se confirman, según las normas internas de trabajo y la normativa aplicable.

RP 2: Efectuar las operaciones de aplicación de productos químicos, biológicos, medios físicos o físico-químicos para el control de plagas/organismos nocivos de acuerdo al diagnóstico de situación, programa de actuación y evaluación, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 2.1 Las medidas, equipos de seguridad personal y del entorno para la aplicación de productos químicos, biológicos, medios físicos o físico-químicos se establecen, según el procedimiento de seguridad.

CR 2.2 La dosis del producto y la secuencia de las actuaciones para el tratamiento con biocidas, se recogen en el protocolo de aplicación, según normativa aplicable.

CR 2.3 La aplicación de biocidas se efectúa en el momento de mayor vulnerabilidad de la especie diana y de menor impacto, según los procedimientos establecidos por el responsable técnico, actividad y uso de las instalaciones.

CR 2.4 Los productos residuales, medios de protección personal de un solo uso y material fungible de protección individual, se desechan, según procedimiento y normativa aplicable.

CR 2.5 Los protocolos de prohibición temporal para el tránsito de personas y animales se establecen y señalizan según el plazo de seguridad en la inscripción del producto.

CR 2.6 El registro documental de aplicación de productos químicos, biológicos, medios físicos o físico-químicos para el control de plagas/organismos nocivos se elabora, mediante el informe del análisis de situación, programas de actuación y certificado de servicio.

RP 3: Efectuar las operaciones de limpieza y mantenimiento operativo de los equipos de aplicación de biocidas, utilizados en el control de plagas/organismos nocivos, de acuerdo a la norma y uso de cada instrumento, para cumplir la normativa aplicable.

CR 3.1 Los envases vacíos y residuos de biocidas se depositan en el contenedor, según su naturaleza.

CR 3.2 Los equipos de aplicación de biocidas se limpian, siguiendo los manuales de instrucción, quedando listos para el siguiente uso.

CR 3.3 El mantenimiento de los equipos de aplicación de biocidas se realiza, según lo indicado en los manuales de mantenimiento.

CR 3.4 Los equipos se almacenan, según protocolo establecido.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Pulverizadores de presión, máquinas de espolvoreo, nebulizadoras, termonebulizadoras, máquinas de aerosoles, cebos, trampas, brochas, pinceles, jeringas de aplicación, autoclaves y balsas de tratamiento, equipos fijos o móviles de tratamiento, equipos dosificadores, sistemas CIP, Recipientes de medida. Equipos de protección individual y del entorno (material de señalización y balizamiento). Productos químicos (productos de limpieza, anticorrosivos, neutralizantes, entre otros.) y productos biocidas. Equipo básico de primeros auxilios. Sistema móvil de comunicación.

Productos y resultados:

Preparados ‘in situ los instrumentos y los productos biocidas usados en el control de plagas/organismos nocivos’. Aplicados los productos químicos, biológicos, medios físicos o físico-químicos para el control de plagas/organismos. Operaciones de limpieza y mantenimiento operativo de los equipos de aplicación de biocidas efectuadas.

Información utilizada o generada:

Informe técnico/plan de actuación (diagnóstico de la situación, programa de actuación y evaluación) de los superiores. Manuales de manejo de los equipos y productos. Manuales de manejo de los equipos de protección personal. Manual de cómo eliminar los residuos peligrosos generados. Etiquetas y fichas de datos de seguridad de los productos químicos/biocidas. Manual y procedimiento de actuación ante contingencias y emergencias. Normativa aplicable de Buenas prácticas en los planes de desinfección, desinsectación y desratización. Registros de las operaciones realizadas. Registros de riesgos, incidencias y averías. Señalización. Informe del análisis de situación, programas de actuación y certificado de servicio.

UNIDAD DE COMPETENCIA 3: ADOPTAR LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL PUESTO DE TRABAJO

Nivel: 2

Código: UC0075_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Valorar los riesgos asociados a la actividad y condiciones ambientales de las instalaciones, derivados de los procedimientos, equipos, sustancias y energías, según normativas aplicables para adoptar las medidas preventivas.

CR 1.1 Los riesgos derivados de los equipos de trabajo se valoran, según las normas de seguridad aplicables, adoptando las medidas preventivas.

CR 1.2 Los riesgos asociados a los residuos obtenidos de la actividad se valoran, según la orden de trabajo, cumpliendo la normativa aplicable, procediendo a la implantación de medidas preventivas.

CR 1.3 Los riesgos derivados de la utilización de sustancias y energías en el tratamiento de los residuos, se valoran, cumpliendo la normativa aplicable para la implantación de medidas preventivas.

CR 1.4 Los riesgos derivados de las condiciones ambientales del lugar de trabajo se valoran cumpliendo la normativa aplicable para la implantación de medidas preventivas.

CR 1.5 Los riesgos derivados de las instalaciones en los lugares de trabajo se valoran, cumpliendo la normativa aplicable para la implantación de medidas preventivas.

RP 2: Aplicar las medidas preventivas y de protección, utilizando los equipos de protección individual y colectivo, comunicando las incidencias, para evitar los riesgos asociados al puesto de trabajo cumpliendo la normativa aplicable.

CR 2.1 La operatividad de los equipos de protección individual se comprueba, para ser utilizados, en función del riesgo a prevenir.

CR 2.2 Los equipos de protección colectiva, plan de emergencia y evacuación de las instalaciones, utilizados en el desarrollo de los trabajos, se revisan según protocolo establecido.

CR 2.3 Las salidas de emergencia y los medios a emplear en caso de emergencia, se identifican según la normativa aplicable.

CR 2.4 La señalización, etiquetado de seguridad y salud relacionada con su trabajo se identifican, atendiendo al pictograma de los envases.

CR 2.5 La ubicación de las señales de alarma se verifica, en función del tipo de señal y según normativa aplicable, siendo visibles para actuar ante una emergencia.

CR 2.6 La ubicación de los equipos de lucha contra incendios se comprueba, coincide con lo establecido en la normativa aplicable, para ser utilizados ante una emergencia.

CR 2.7 La comunicación de incidencias en la aplicación de las medidas preventivas y de protección, se efectúa según la normativa aplicable.

RP 3: Aplicar las técnicas de primeros auxilios, siguiendo los protocolos de actuación, para evitar complicaciones.

CR 3.1 El botiquín de primeros auxilios se revisa, según protocolo establecido, identificando los medicamentos y el material de cura.

CR 3.2 Las intoxicaciones producidas por productos peligrosos, se verifican según los síntomas identificativos de la intoxicación, actuando sobre el producto peligroso que lo genera.

CR 3.3 Los protocolos de actuación de primeros auxilios en caso de escapes, derrames o vertidos de productos peligrosos se ejecutan, para evitar el contacto de los productos peligrosos con las personas e impedir su vertido al medio ambiente.

CR 3.4 Los medios de información, comunicación y transporte de primeros auxilios, se utilizan según la emergencia, siguiendo protocolos de actuación.

CR 3.5 Los primeros auxilios se aplican ante una emergencia, según protocolos de actuación.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Equipos de protección individual. Equipo básico de primeros auxilios. Material de señalización y balizamiento. Sistema móvil de comunicación. Plan de emergencias. Plan de evacuación. Equipos de protección colectiva.

Productos y resultados:

Riesgos asociados a la actividad y condiciones ambientales de las instalaciones, valorados. Aplicadas las medidas preventivas y de protección. Primeros auxilios aplicados, según emergencia.

Información utilizada o generada:

Información de riesgos suministrada por el centro de trabajo. Etiquetas y fichas de seguridad de los productos peligrosos. Instrucciones preventivas, protocolos de actuación y procedimientos de trabajo. Manuales de equipos de trabajo. Partes de comunicación de riesgo, incidencias y averías. Fichas de seguridad.

MÓDULO FORMATIVO 1: PREPARACIÓN DE PRODUCTOS BIOCIDAS Y FITOSANITARIOS

Nivel: 2

Código: MF0078_2

Asociado a la UC: Preparar y transportar medios y productos para el control de plagas

Duración: 120 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Diferenciar los productos y medios usados en el control de plagas/organismos nocivos, atendiendo a las características que los define.

CE1.1 Explicar los conceptos de plaga/organismos nocivos, productos biocidas y productos fitosanitarios, atendiendo a las características que los diferencia.

CE1.2 Distinguir los tipos de productos biocidas, según sus características.

CE1.3 Diferenciar los métodos y técnicas de desinfección y esterilización, atendiendo a las características que los define.

CE1.4 En un supuesto práctico de control de plaga/organismos nocivos, diferenciar los productos y medios usados, a partir de unas condiciones dadas:

C2: Organizar el almacén de los medios y productos usados en el control de plagas/organismos nocivos, atendiendo a la normativa aplicable de seguridad personal y medioambiental.

CE2.1 Explicar la normativa aplicable en el almacén de productos químicos usados en el control de plaga/organismos nocivos.

CE2.2 Interpretar los pictogramas de peligrosidad atendiendo a las indicaciones mostrados en la etiqueta.

CE2.3 En un supuesto práctico de organizar el almacén de los medios y productos usados en el control de plaga/organismos nocivos, a partir de unos productos químicos dados:

C3: Preparar los instrumentos y productos biocidas, según el plan de actuación establecido.

CE3.1 Verificar, previo a la carga del producto, el funcionamiento de los instrumentos, siguiendo el manual de instrucciones.

CE3.2 Nombrar los componentes de los productos biocidas, aportados en la documentación técnica del producto.

CE3.3 Describir la formulación de los tipos de biocidas, usados en el control de plaga/organismos nocivos.

CE3.4 Sintetizar los riesgos asociados a la preparación de biocidas y la respuesta ante contingencias, atendiendo a las normas de seguridad y medioambientales.

CE3.5 Efectuar el registro y envasado de biocidas, según normativa aplicable.

CE3.6 En un supuesto práctico de preparación de productos biocidas, a partir de unas condiciones dadas:

C4: Operar en el transporte de los medios y productos usados en el control de plagas/organismos nocivos, atendiendo a las especificaciones técnicas de manejo de utensilios, equipos y productos, y a la normativa aplicable de seguridad personal y medioambiental.

CE4.1 Identificar la normativa aplicable en el transporte de productos químicos (biocidas), según la normativa de tráfico.

CE4.2 Integrar la documentación requerida para el transporte de equipos, instrumentos y productos, según normativa aplicable.

CE4.3 Clasificar los medios de transporte usados y condiciones para el traslado de productos químicos, atendiendo a la normativa aplicable de seguridad personal y medioambiental.

CE4.4 Describir las condiciones de seguridad atendiendo a las características específicas para el transporte de utensilios, equipos y productos.

CE4.5 En un supuesto práctico de carga y descarga de utensilios, equipos y productos, en el medio de transporte, a partir de unas condiciones dadas:

CE4.6 En un supuesto práctico de transporte de utensilios, equipos y productos, a partir de unas condiciones dadas:

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.4; C2 respecto a CE2.3; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.5 y CE4.6.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla, finalizando las tareas en los plazos establecidos.

Demostrar un buen hacer profesional.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Respetar los procedimientos y normas internas de la organización.

Contenidos:

1. Conceptos generales de control de plagas

Concepto de plaga, vector y diseminador.

Denominaciones de los plaguicidas: rodenticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas, avicidas, entre otros.

El círculo de riesgo y la salud humana. Conceptos de toxicidad, peligrosidad y persistencia.

Programa internacional de seguridad de sustancias químicas, código internacional de conducta y responsables CARE: Autorización de productos biocidas y fitosanitarios en España.

Requisitos exigibles a fabricantes e importadores, condiciones de envasado, normas de etiquetado.

2. Medios y productos usados en el control de plagas

Medios físicos/fisico-químicos.

Productos químicos: Insecticidas. Desinfectantes y rodenticidas.

Productos de última generación.

Hormonas y feromonas: Inhibidores de quitina.

Control biológico de plagas. Otros sistemas.

3. Formas de preparación, acondicionamiento y sistema de aplicación e instrumentos de los productos usados como biocidas

Componentes: Materia activa, coadyuvantes, sustancias inertes.

Formulaciones sólidas: Polvos mojables, solubles y espolvoreables, gránulos esparcibles, microgránulos dispersables, cebos y fumígenos.

Formulaciones líquidas: Líquidos solubles, emulsionables y autosuspendibles. Microencapsulados. Aerosoles.

Medios y técnicas de desinfección y esterilización: Principales agentes causantes de infecciones, procesos infecciosos que constituyen plagas.

Desinfección: métodos físicos y químicos.

Esterilización: métodos físicos y químicos.

Técnicas de aplicación de los métodos químicos: inmersión, loción, pulverización, vaporización, fumigación y aerosoles.

Aparataje: Calibración de dosis y uso, mantenimiento.

4. Transporte de medios y productos

Normativa aplicable en el transporte de medios y productos.

Documentación.

Medios de transporte: características. Ubicación de los productos en el vehículo.

Condiciones, medidas de seguridad en el transporte.

5. Instalaciones y locales de almacenamiento de productos químicos

Normativa aplicable de carácter general: higiene del entorno, ventanas y puertas.

Extintores, sistemas contra incendios.

Distribución interior de zonas de almacenamiento y de administración. Separación de productos. Medidas aplicables de seguridad personal y del entorno: respuestas ante contingencias.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental.

Perfil profesional del formador o formadora:

1.- Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la preparación y el transporte de medios y productos para el control de plagas, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:

2.- Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

MÓDULO FORMATIVO 2: APLICACIÓN DE MEDIOS Y PRODUCTOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS

Nivel: 2

Código: MF0079_2

Asociado a la UC: Aplicar medios y productos para el control de plagas

Duración: 180 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Verificar la caracterización de la plagas/organismos nocivos, especificando las condiciones del lugar y el entorno de aplicación de los sistemas de control.

CE1.1 Identificar los tipos de plaga/organismos nocivos del medio urbano y natural (roedores, artrópodos, aves, bacterias, virus, hongos, entre otros.), atendiendo a su dinámica básica y evolución.

CE1.2 Describir la zona o elemento a tratar, especificando las condiciones del lugar y/o entorno.

CE1.3 Distinguir las medidas de seguridad pasiva en el control de la plaga/organismos nocivos (desratización pasiva, desinsectación pasiva, entre otras.) según el tipo de plaga.

CE1.4 Clasificar las medidas de seguridad del entorno en función de los riesgos físicos, físico-químicos, químicos o biológicos.

CE1.5 En un supuesto práctico de caracterización del comportamiento de la plaga/organismos nocivos, a partir de las condiciones particulares donde se localiza:

C2: Identificar los procedimientos de trabajo, equipos y productos utilizados en el control de plagas/organismos nocivos, atendiendo al plan de actuación establecido y prevención de riesgos laborales.

CE2.1 Enumerar las medidas higiénico-sanitarias, medioambientales y estructurales para el control de plaga/organismos nocivos, según lo establecido en el plan de actuación.

CE2.2 Explicar el funcionamiento de los medios técnicos usados en la aplicación de productos biocidas.

CE2.3 Clasificar las formas de aplicación de los productos biocidas, según el producto y medios usados en el control de plaga/organismos nocivos.

CE2.4 Definir los riesgos derivados del manejo de los productos biocidas.

CE2.5 Clasificar los biocidas atendiendo a la plaga/organismos nocivos o enfermedad a controlar, naturaleza química, formas de actuación y efectos, entre otros.

CE2.6 En un supuesto práctico de identificación del procedimiento de actuación en el control de la plaga/organismos nocivos, a partir de unas condiciones dadas:

C3: Aplicar los medios y productos usados en el control de plagas/organismos nocivos, según lo establecido por el responsable técnico y en condiciones higiénico-sanitarias, de seguridad y prevención de riesgos laborales.

CE3.1 Enumerar los procedimientos de trabajo en el control de plaga/organismos nocivos, siguiendo los protocolos de trabajo establecidos.

CE3.2 Identificar los elementos de delimitación de las zonas de peligro (cintas, barandas, señales luminosas y sellado de instalaciones, entre otras), según la zona, lugar o entorno de aplicación de los productos usados en el control de plaga/organismos nocivos.

CE3.3 Describir las medidas de aplicación de los biocidas, según el tipo de producto a aplicar.

CE3.4 Diferenciar las fases en el control integrado de plaga/organismos nocivos, atendiendo a las características de la plaga.

CE3.5 Citar los equipos de protección individual, según el tipo de tratamiento a aplicar.

CE3.6 En un supuesto práctico de aplicación de productos y medios usados en el control de plaga/organismos nocivos, a partir de la documentación aportada por el técnico responsable:

C4: Aplicar técnicas de limpieza y mantenimiento de los equipos de aplicación de biocidas, utilizados en el control de plagas/organismos nocivos, siguiendo el manual de instrucciones del equipo y prevención de riesgos laborales.

CE4.1 Citar los residuos producidos en las operaciones de control de plaga/organismos nocivos según las fases de trabajo.

CE4.2 Seleccionar los envases vacíos, según la tipología de los mismos y los productos que contenían.

CE4.3 Eliminar los envases vacíos, de acuerdo a sus características de peligrosidad y a través de gestores de residuos autorizados.

CE4.4 Seleccionar los residuos de productos biocidas, de material fungible, cadáveres, envases de acuerdo a sus características de peligrosidad y a través de gestores de residuos autorizados.

CE4.5 En un supuesto práctico de limpieza y mantenimiento operativo de equipos de aplicación de biocidas, a partir de unas condiciones dadas:

C5: Cumplimentar los boletines y/o formularios de información a superiores y autoridades, según lo establecido en la normativa aplicable.

CE5.1 Identificar los boletines y/o formularios de información, según el destinatario.

CE5.2 En un supuesto práctico de elaboración de un informe de actuación, para informar al responsable técnico, a partir de unas condiciones de aplicación de biocidas dadas:

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.5; C2 respecto a CE2.6; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.5; C5 respecto a CE5.2.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla, finalizando las tareas en los plazos establecidos.

Demostrar un buen hacer profesional.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Respetar los procedimientos y normas internas de la organización.

Contenidos:

1. Sistemas de aplicación e instrumentos

Medios físicos: Instalación de aparatos de ultrasonidos. Instalación de atrayentes.

Aplicación localizada: Instalación de trampas y cebos. Pincelación y máquinas de espolvoreo. Pinceles, brochas, jeringas de aplicación, balsas de tratamiento, sistemas CIP.

Aplicación ambiental: Autoclaves, pulverizadores a presión, nebulizadoras, termonebulizadoras, máquinas de aerosoles y fumigación. Productos biorracionales y biológicos.

Equipos de protección individual.

Equipos de protección del entorno (material de señalización y balizamiento).

Sistema móvil de comunicación.

2. Roedores de interés económico y en salud pública

Ratón casero, otros tipos de ratones, rata gris y negra, otros roedores que pueden causar plagas urbanas y en el medio natural.

Signos indirectos de identificación de roedores: huellas, ruidos, olores, agujeros, madrigueras. Cuantificación de la población de roedores: Observación directa, medida del consumo de alimento. Captura, marcaje y recaptura: portacebos etiquetados.

Enfermedades transmisibles por roedores, medidas de desratización pasiva.

Productos y medios rodenticidas, protocolos y formas de aplicación de productos y medios usados como rodenticidas.

Recogida de información para la evaluación.

3. Artrópodos de interés económico y en salud pública: Características de los artrópodos: insectos, arácnidos, crustáceos y miriápodos

Enfermedades transmitidas por los artrópodos, daños económicos ocasionados por plagas de artrópodos, artrópodos simplemente molestos.

Signos indirectos de identificación de artrópodos: huellas, heces, ruidos, olores, agujeros, daños en alimentos y objetos, cuantificación de la plaga.

Medidas de desinsectación pasiva.

Productos y medios en el control de plagas ocasionadas por artrópodos, protocolos y formas de aplicación de productos y medios usados en el control de plagas de artrópodos.

Recogida de información para la evaluación.

4. Agentes infecciosos: Principales agentes causantes de infecciones

Procesos infecciosos que constituyen enfermedades.

Métodos físicos y químicos de control de infecciones.

Contrastación de resultados, protocolos de prevención de reinfecciones.

Preparación «in situ» de productos y medios para el control de plagas: Procedimientos previos de preparación de productos e instrumentos, acondicionamiento, comprobación y regulación del sistema aplicador.

5. Procesos de control de plagas/organismos nocivos

Buenas prácticas de limpieza y desinfección.

Productos biocidas.

Interpretación de fichas de datos de seguridad.

Preparación de disoluciones de productos a distintas concentraciones.

Tipos de medios físicos de control de plagas/organismos nocivos.

Descripción y funcionamiento de utensilios, instrumentos y equipos: Tipos, usos y aplicaciones. Mantenimiento operativo.

6. Boletines y formularios

Documentos identificativos: Datos de la empresa que realiza el servicio de control de plagas.

Diagnóstico de situación o identificación del problema.

Medidas correctoras ambientales, tratamiento recomendado, identificar a los responsables del tratamiento.

Documentos del Plan de actuación: Diagnóstico de situación, información de las medidas de seguridad realización del servicio, modelo de certificado de realización del servicio.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental.

Perfil profesional del formador o formadora:

1.- Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la aplicación de medios y productos para el control de plagas, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:

2.- Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

MÓDULO FORMATIVO 3: SEGURIDAD Y SALUD

Nivel: 2

Código: MF0075_2

Asociado a la UC: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo

Duración: 60 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Identificar los riesgos asociados a la actividad y condiciones ambientales de las instalaciones.

CE1.1 Identificar los riesgos derivados del manejo de máquinas y herramientas: atrapamientos, cortes, proyecciones, entre otros.

CE1.2 Identificar los riesgos derivados del manejo de equipos de elevación y transporte: atrapamientos, cortes, sobreesfuerzos, vibraciones, ruidos, entre otros.

CE1.3 Identificar los riesgos derivados del manejo de cargas y la aplicación de fuerzas: caídas de objetos, lesiones musculoesquelética, entre otros.

CE1.4 Identificar los riesgos de explosión e incendio, asociados a la actividad y condiciones ambientales de las instalaciones.

CE1.5 Identificar los riesgos derivados de la exposición a agentes químicos, físicos y biológicos, asociados a la actividad.

CE1.6 Reconocer los riesgos derivados del almacenamiento de productos, asociados a la actividad y condiciones ambientales de las instalaciones.

CE1.7 Reconocer los riesgos derivados de las instalaciones de suministro: energía eléctrica, agua, gases, aire comprimido, entre otros.

CE1.8 Reconocer los riesgos derivados de las características de los lugares de trabajo: Escaleras, plataformas de trabajo, superficies de tránsito, entre otros.

CE1.9 Reconocer los riesgos derivados de la realización del trabajo y de las condiciones ambientales de las instalaciones.

C2: Aplicar las medidas de prevención y protección a los riesgos derivados de la actividad específica.

CE2.1 Reconocer los medios de protección colectiva aplicados a los tipos de riesgos: resguardos protecciones, barreras inmateriales, ventilación general, extracción localizada, entre otros.

CE2.2 Detectar las situaciones de emergencia asociadas a una actividad y su intervención en las mismas.

CE2.3 En un supuesto práctico de selección de los E.P.I, a partir del material de protección dado:

C3: Aplicar las técnicas de primeros auxilios en el lugar de trabajo.

CE3.1 Identificar los medicamentos y material de curas que forman el botiquín de primeros auxilios.

CE3.2 Reconocer los síntomas de intoxicaciones, de lesiones y aplicar las técnicas de primeros auxilios.

CE3.3 Identificar los protocolos de actuación de primeros auxilios en escapes, derrames o vertidos de productos peligrosos.

CE3.4 En un supuesto práctico de actuación ante una emergencia, en el lugar de trabajo, a partir de unas condiciones dadas:

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C2 respecto a CE2.3; C3 respecto a CE3.4.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla, finalizando las tareas en los plazos establecidos.

Demostrar un buen hacer profesional.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Respetar los procedimientos y normas internas de la organización.

Contenidos:

1. Normativa aplicable Básica en Prevención de Riesgos Laborales

Normativa aplicable de prevención de riesgos laborales. Reglamento de los Servicios de Prevención. Normativa aplicable.

2. Identificación de los riesgos asociados a la actividad

Riesgos por factores organizativos: Organización. Trabajos a turnos. Riesgos por factores materiales: Orden y limpieza. Lugares de trabajo. Ventilación y climatización. Ruido. Vibraciones. Iluminación. Riesgos por usos de elementos: Herramientas manuales. Manipulación de objetos. De elevación y transporte. Máquinas. Riesgos eléctricos: Instalaciones eléctricas. Equipos eléctricos. Riesgos por incendios y explosiones: Tipos de fuego. Equipos de detección, alarma y extinción. Agentes extintores.

Riesgos por usos de sustancias: Vías de entrada y absorción. Tipos de sustancias (físicas, químicas y biológicas).Efectos en el organismo. Riesgos por explosión a radiaciones: Radiaciones ionizantes. Radiaciones no ionizantes. Riesgos por sobreesfuerzos: Carga física. Carga mental.

3. Aplicación de medidas preventivas, de protección y de técnicas de Primeros Auxilios

Equipos de protección individual (EPIs): Protección del cráneo (casquete, arnés). Protección de la cara y del aparato visual (pantallas de soldadores, gafas). Protección del aparato auditivo (tapón, orejas, casco). Protección de las extremidades superiores (guantes, manoplas, mitones, entre otros). Protección de las extremidades inferiores (calzado con puntera de seguridad, con plantillas de seguridad, entre otros). Protección de vías respiratorias (dependientes del medio ambiente, independientes del medio ambiente, de autosalvamento). Protección contra agresivos (químicos, térmicos, radiaciones). Prendas de señalización. Protección contra caída en altura (sistemas de sujeción, sistemas antiácidos, dispositivos antiácidos. Señalización: En forma de papel. Luminosa. Acústica. Comunicación verbal. Gestual. Adicional. Primeros auxilios: Contenido del botiquín. Intoxicaciones. Traumatismos. Congelaciones o insolaciones. Quemaduras. Contusiones. Heridas. Hemorragia. Picaduras y mordeduras.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental.

Perfil profesional del formador o formadora:

1.- Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la aplicación de las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:

2.- Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

ANEXO II

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: CONTROL Y PROTECCIÓN DEL MEDIO NATURAL

Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente

Nivel: 3

Código: SEA030_3

Competencia general

Gestionar el medio natural mediante el control y vigilancia de los espacios naturales, y el aprovechamiento, restauración, mantenimiento, ordenación y defensa de los recursos naturales, cumpliendo con la normativa en prevención de riesgos laborales y normativa aplicable.

Unidades de competencia

UC0083_3: Controlar y vigilar los espacios naturales y su uso público

UC0084_3: Controlar los aprovechamientos de los recursos forestales y minerales

UC0085_3: Controlar el aprovechamiento de los recursos cinegéticos y piscícolas

UC0086_3: Vigilar y colaborar en las operaciones de restauración, mantenimiento, ordenación y defensa de los recursos naturales

Entorno Profesional

Ámbito Profesional

Desarrolla su actividad profesional en el servicio de gestión de los espacios naturales, en el ámbito de las actividades de control y protección del medio natural y medio ambiente, en las áreas de control y vigilancia de los espacios naturales, y el aprovechamiento, restauración, mantenimiento, ordenación y defensa de los recursos naturales La actividad profesional se realiza tanto de forma autónoma como contratada, en el ámbito público, ya sea la Administración General del Estado, las administraciones autonómicas o locales, y en el ámbito privado, con clientes particulares y en grandes, medianas y pequeñas empresas. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.

Sectores Productivos

Se ubica en el sector de servicios de gestión de los espacios naturales, en los subsectores relativos al control y protección del medio natural, forestal y agrario.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

Agentes forestales o similares

Técnicos forestales y/o silvicultura

Técnicos en control de espacios naturales

Agentes medioambientales o similares

Formación Asociada (600 horas)

Módulos Formativos

MF0083_3: Actividades de uso público y protección del medio natural (210 horas)

MF0084_3: Control y vigilancia de los aprovechamientos de los recursos naturales (90 horas)

MF0085_3: Control y vigilancia del aprovechamiento de los recursos cinegéticos y piscícolas (90 horas)

MF0086_3: Control y vigilancia de la restauración, mantenimiento, ordenación y defensa de los espacios naturales (210 horas)

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: CONTROLAR Y VIGILAR LOS ESPACIOS NATURALES Y SU USO PÚBLICO

Nivel: 3

Código: UC0083_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Controlar el uso público del medio natural, los equipamientos y las obras de acondicionamiento y preparación del medio natural, según normativa aplicable, para que se cumpla la normativa por los visitantes y usuarios.

CR 1.1 Las actividades de uso público en el medio natural se controlan según normativa aplicable.

CR 1.2 Las características del medio natural se transmiten a los visitantes y usuarios, cuando son acompañados en las actividades de uso público en el medio natural.

CR 1.3 La señalización, infraestructura y acondicionamientos de las actividades de uso público en el medio natural se inspeccionan, según normativa aplicable.

CR 1.4 La información de las evaluaciones de impacto ambiental previas a las obras de acondicionamiento y preparación del medio, se transmite a los Técnicos competentes mediante la elaboración de informes según lo establecido.

CR 1.5 La inspección de las obras de acondicionamiento y preparación del medio natural de uso público se efectúa según normativa aplicable.

CR 1.6 Los materiales de construcción, acondicionamiento y preparación del medio natural se controlan según el uso público del medio natural y normativa aplicable.

CR 1.7 Las concesiones y autorizaciones administrativas para el uso público del medio natural se inspeccionan según las condiciones y normativa aplicable.

RP 2: Efectuar el control y vigilancia de los montes y vías pecuarias, para su protección y recuperación, según normativa aplicable.

CR 2.1 Los controles de protección del espacio público en función del acceso de visitantes y acceso de intrusos, se efectúan según el plan de protección establecido.

CR 2.2 La integridad física y los límites de los montes y terrenos de dominio público se controlan según normativa aplicable, levantando acta de las invasiones u ocupaciones.

CR 2.3 La información de las evaluaciones de impacto ambiental de las actividades o usos en montes de utilidad pública o vías pecuarias, se transmite a los Técnicos competentes mediante la elaboración de informes según lo establecido.

CR 2.4 La intervención en los trabajos de investigación y/o de autorización de futuras ocupaciones u ocupaciones ya existentes, se efectúa según normativa aplicable, para la recuperación y protección de la superficie pública y de las vías pecuarias.

CR 2.5 La autorización y realización de los aprovechamientos u ocupaciones en el medio natural y/o en las vías pecuarias, se confirman según normativa aplicable.

CR 2.6 Los medios de control y vigilancia de los montes y vías pecuarias, se utilizan según la operación que se va a efectuar.

RP 3: Controlar la biocenosis del medio natural, según protocolo establecido e interviniendo con los Técnicos responsables, para mantener el equilibrio ecológico, promover su conservación y/o recuperación, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 3.1 Las especies animales silvestres y vegetales se identifican conforme a los aspectos de su biología y su distribución geográfica.

CR 3.2 La intervención, con los Técnicos competentes, en las técnicas de muestreo para la evolución, reproducción y conservación de las poblaciones, se efectúa según lo establecido en el protocolo.

CR 3.3 El seguimiento patológico de las especies animales del espacio natural, se efectúa según los procedimientos establecidos, y aplicando los tratamientos en función de las instrucciones recibidas.

CR 3.4 La captura de los animales se efectúa en función de su estado y las medidas establecidas, para su posterior sacrificio o traslado al centro de recuperación o laboratorio.

CR 3.5 La intervención con los Técnicos responsables en la localización y eliminación de las especies exóticas que suponen amenaza para las especies autóctonas catalogadas, se efectúa según protocolo establecido.

CR 3.6 El expolio, recolección, tenencia no autorizada, exposición pública, naturalización, tráfico, comercio, entre otros, de especies catalogadas, se denuncian según protocolo establecido, adoptando las medidas cautelares para salvaguardar los especímenes.

CR 3.7 Los especímenes vivos o muertos, o partes de ellos, o sus propágalos, que carecen de la documentación para su tenencia, se interponen a disposición de las autoridades competentes, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 3.8 Las actividades en el medio natural que supongan una amenaza grave, inmediata y directa para ejemplares de especies de flora o fauna catalogadas en peligro de extinción, se paralizan según protocolo y normativa aplicable.

CR 3.9 La información al público en los Centros de Recuperación, Jardines Botánicos, Centros de Cría en cautividad, entre otros, se transmite según protocolo establecido.

CR 3.10 La información al público sobre las actividades de educación ambiental y en actos en torno a la conservación de las especies animales y/o vegetales, se efectúa, junto con los técnicos competentes, según protocolo establecido.

RP 4: Vigilar la gestión de los residuos en el medio natural, según protocolo establecido, para la protección del medio natural, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 4.1 Las muestras de los vertidos y/o residuos, suelo, vegetales y animales del medio natural, son recogidas siguiendo los protocolos establecidos para cada uno de ellos.

CR 4.2 Las tomas de muestras de vertidos y/o residuos, suelos, vegetales y animales se introducen en el recipiente establecido, siguiendo el protocolo establecido.

CR 4.3 Las tomas de muestras de vertidos y/o residuos, suelos, vegetales y animales se envían para su análisis, siguiendo el protocolo establecido.

CR 4.4 Los informes de la gestión de los residuos en el medio natural, se elaboran a partir de las observaciones ‘in situ’, siguiendo el protocolo establecido.

CR 4.5 El funcionamiento de los equipos automáticos dispuestos por las empresas gestoras de los residuos, se valora según la normativa aplicable o la declaración ambiental establecida.

CR 4.6 La intervención en la investigación de la autoría o responsabilidades de personas o entidades que actúan en los incidentes ambientales en el medio natural, se efectúa formulando denuncias, atestados o los informes que procedan, cumpliendo la normativa aplicable.

RP 5: Informar de las actividades que infringen o sostienen el Patrimonio Paleontológico e histórico emplazado en el medio natural, para la conservación y protección del mismo, según normativa aplicable.

CR 5.1 Los hallazgos de fósiles en yacimientos nuevos o ya existentes se informan, atendiendo a su localización, características, titularidad del suelo y posibles amenazas.

CR 5.2 La denuncia e intervención de los ejemplares de la recolección no autorizada de fósiles, la desubicación, el deterioro o destrucción de los mismos, se efectúan según la normativa aplicable.

CR 5.3 Los hallazgos de restos históricos en yacimientos nuevos o ya existentes se informan, atendiendo a su localización, características, titularidad de suelo y posibles amenazas.

CR 5.4 La denuncia e intervención de los ejemplares de la recolección no autorizada de restos históricos, la desubicación, el deterioro o destrucción de los mismos, se efectúan según la normativa aplicable.

RP 6: Efectuar el control y vigilancia de los espacio naturales, incluidos en la Red Natura 2000 (RN2000), para preservar la biodiversidad en el ámbito de la Unión Europea.

CR 6.1 La monitorización del estado de conservación de los hábitats y especies incluidos en las Zonas de especial conservación declaradas al amparo de la normativa nacional y de la UE se efectúa de acuerdo a los protocolos establecidos por la administración pública competente.

CR 6.2 La vigilancia de las actividades que se desarrollan en las zonas de protección especial (ZPE) se efectúan, atendiendo al régimen de autorización concedido o al Plan de Gestión de las Zonas.

CR 6.3 Las estrategias para la conservación del hábitat y de las especies, se aplican según el plan de recuperación o conservación del hábitat y de las especies establecido.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Equipos ópticos: prismáticos, catalejo. Equipo de comunicación: portófono, radio, emisora. Recipientes para la toma de muestras. Material de marcaje de especies: anillas, marcadores radiactivos, radiotransmisores. Vehículos. Uniformes distintivos. Señales indicativas. Materiales naturales de construcción empleados tradicionalmente para la construcción de pequeñas obras de carácter rústico. Fotografía aérea. Brújula. GPS. Tecnologías de la información, equipos informáticos y software específico de aplicación en la gestión de espacios naturales.

Productos y resultados:

Controlado el uso público del medio natural, los equipamientos y las obras de acondicionamiento y preparación del medio natural. Efectuado el control y vigilancia de los montes y vías pecuarias. Controlada la biocenosis del medio natural interviniendo con los Técnicos responsables. Vigilada la gestión de los residuos en el medio natural. Información de las actividades que infringen o sostienen el Patrimonio Paleontológico e histórico emplazado en el medio natural.

Información utilizada o generada:

Cartografía. Bibliografía y guías de campo. Planes de ordenación del espacio natural. Planes rectores de uso y gestión del espacio natural. Normativa internacional, nacional, autonómica y local. Instrucciones elaboradas por los organismos superiores responsables del espacio físico. Informes y estadillos sobre el estado de la flora y fauna y sobre vertidos y residuos. Actas de denuncia o atestado. Manuales de monitorización del estado de conservación del hábitat y espacios.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: CONTROLAR LOS APROVECHAMIENTOS DE LOS RECURSOS FORESTALES Y MINERALES

Nivel: 3

Código: UC0084_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Intervenir en los trabajos de inventario de los recursos forestales, según protocolo establecido, para la ordenación de las masas forestales, cumpliendo con la normativa aplicable.

CR 1.1 Los trabajos auxiliares de toma de datos (dasometría y topografía) se ejecutan siguiendo las instrucciones recibidas y cumpliendo la normativa aplicable.

CR 1.2 El inventario de los recursos forestales, se elabora señalando las masas forestales y protocolo establecido.

CR 1.3 La intervención en la ordenación de las masas forestales, se efectúa según lo establecido en protocolos.

RP 2: Supervisar las operaciones incluidas en las fases de aprovechamiento de la madera, según protocolo establecido, para velar por la conservación de los terrenos forestales, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 2.1 La solicitud de aprovechamiento de la madera se acompaña de informes de viabilidad, necesidad, riesgos, y justificación de lo solicitado, según los planes de aprovechamiento y normativa aplicable.

CR 2.2 La cumplimentación de las actas previas y finales, actas de señalamiento de las cortas a efectuar y contadas en blanco, en las actuaciones y aprovechamientos de la madera en el medio natural, se efectúa ante rematantes o adjudicatarios de un aprovechamiento, según normativa aplicable.

CR 2.3 La asistencia a las subastas para el aprovechamiento de la madera en montes públicos, se efectúa como representante de la Administración Forestal.

CR 2.4 Las fases de corta, reunión, desembosque, carga y transporte de la madera se supervisan, según protocolo establecido.

CR 2.5 La paralización de las actuaciones en el aprovechamiento de la madera, se efectúa cuando atenten a la conservación de los recursos forestales.

CR 2.6 La denuncia de las actuaciones no autorizadas, en el aprovechamiento de la madera, se efectúa según normativa aplicable.

RP 3: Supervisar las operaciones de aprovechamiento de resina, corcho, frutos silvestres, pastos, plantas aromáticas y medicinales, de acuerdo a los planes de aprovechamiento establecido, para el mantenimiento de los recursos forestales, cumpliendo la normativa aplicable.

CR 3.1 Las solicitudes de aprovechamiento de resina, corcho, frutos silvestres, pastos y plantas aromáticas y medicinales, se acompañan de informes de viabilidad, necesidad, riesgos, y justificación de lo solicitado, según los planes de aprovechamiento establecido y normativa aplicable.

CR 3.2 La cumplimentación de las actas previas y finales, para las actuaciones y aprovechamientos de resina, corcho, frutos silvestres, pastos, plantas aromáticas y medicinales en el medio natural, se efectúa ante rematantes o adjudicatarios de un aprovechamiento, según normativa aplicable.

CR 3.3 La asistencia a las subastas para el aprovechamiento de resina, corcho, frutos silvestres, pastos y plantas aromáticas y medicinales en montes públicos, se efectúa como representante de la Administración Forestal.

CR 3.4 Las fases de ejecución de los aprovechamientos de corcho, frutos silvestres, pastos, plantas aromáticas y medicinales, se supervisan según el plan de aprovechamiento establecido.

CR 3.5 La paralización de las actuaciones en el aprovechamiento de corcho, frutos silvestres, pastos, plantas aromáticas y medicinales, se efectúa cuando atenten a la conservación de los recursos forestales.

CR 3.6 La denuncia de las actuaciones no autorizadas, en el aprovechamiento de corcho, frutos silvestres, pastos, plantas aromáticas y medicinales, se efectúa según normativa aplicable.

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