Orden PRA/1882/2016, de 9 de diciembre, por la que se modifican cualificaciones profesionales de la familia profesional Agraria, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, Real Decreto 665/2007, de 25 de mayo, Real Decreto 715/2010, de 28 de mayo y Real Decreto 563/2011, de 20 de abril
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.
El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de Cualificaciones, la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4, la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.
Por tanto, la presente orden se dicta en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Así, en la presente orden se actualizan, por sustitución completa de sus anexos, tres cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Agraria que cuentan con una antigüedad en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales igual o superior a cinco años, a las que les es de aplicación el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre. Asimismo, se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales, mediante la sustitución de determinadas unidades de competencia transversales y sus módulos formativos asociados, incluidos en las cualificaciones profesionales actualizadas recogidas en los anexos de esta orden.
En el proceso de elaboración de esta orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional y el Consejo Escolar del Estado.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, dispongo:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta orden tiene por objeto modificar determinadas cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Agraria, en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.
Las cualificaciones profesionales actualizadas por este procedimiento tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional, y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
Artículo 2. Modificación de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Agraria, establecidas por Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales, cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CLXV, CLXVI, CLXVII, CLXVIII y CLXIX del citado real decreto:
Uno. Se da una nueva redacción al Anexo CLXV, Cualificación Profesional «Cultivos herbáceos». Nivel 2. AGA165_2, que figura como Anexo I de la presente orden.
Dos. Se modifica parcialmente la Cualificación Profesional establecida como «Anexo CLXVI: Fruticultura. Nivel 2. AGA166_2», sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (120 h)» por la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (150 h)», correspondientes al Anexo II «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se sustituye respectivamente, la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)» por la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)», correspondientes al Anexo I «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se modifica igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 510 horas a 540 horas.
Tres. Se da una nueva redacción al Anexo CLXVII, Cualificación Profesional «Horticultura y floricultura». Nivel 2. AGA167_2, que figura como Anexo II de la presente orden.
Cuatro. Se modifica parcialmente la Cualificación Profesional establecida como «Anexo CLXVIII: Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes. Nivel 2. AGA168_2», sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (120 h)» por la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (150 h)», correspondientes al Anexo II «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se sustituye respectivamente, la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)» por la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)», correspondientes al Anexo I «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se modifica igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 510 horas a 540 horas.
Cinco. Se da una nueva redacción al Anexo CLXIX, Cualificación Profesional «Cría de caballos». Nivel 3. AGA169_3, que figura como Anexo III de la presente orden.
Artículo 3. Modificación de una cualificación profesional establecida por Real Decreto 665/2007, de 25 de mayo, por el que se establecen cinco nuevas cualificaciones profesionales en la Familia Profesional Agraria.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 665/2007, de 25 de mayo, se procede a la actualización de una cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el Anexo CCXXV del citado real decreto:
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo CCXXV: Agricultura ecológica. Nivel 2. AGA225_2» sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)» por la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)», correspondientes al Anexo I «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Artículo 4. Modificación de determinadas cualificaciones profesionales establecidas por Real Decreto 715/2010, de 28 de mayo, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diez cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Agraria.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 715/2010, de 28 de mayo, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CDLX, CDLXIII y CDLXIV del citado real decreto:
Uno. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo CDLX: Producción de semillas y plantas en vivero. Nivel 2. AGA460_2», sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (120 h)» por la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario. (150 h)», correspondientes al Anexo II «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se sustituye respectivamente, la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)» por la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)», correspondientes al Anexo I «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se modifica igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 600 horas a 630 horas.
Dos. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo CDLXIII: Gestión de la producción de animales cinegéticos. Nivel 3. AGA463_3» sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0536_3: Gestionar las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera» y el módulo formativo asociado «MF0536_3: Gestión de las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera. (120h)» por la unidad de competencia «UC0536_3: Gestionar las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera» y el módulo formativo asociado «MF0536_3: Gestión de las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera. (120h)», correspondientes al Anexo III «Cría de caballos. Nivel 3. AGA169_3» de la presente orden.
Tres. Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo CDLXV: Gestión de la producción ganadera. Nivel 3. AGA465_3» sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0536_3: Gestionar las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera» y el módulo formativo asociado «MF0536_3: Gestión de las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera. (120h)» por la unidad de competencia « UC0536_3: Gestionar las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera» y el módulo formativo asociado «MF0536_3: Gestión de las instalaciones, maquinaria, material y equipos de la explotación ganadera. (120h)», correspondientes al Anexo III «Cría de caballos. Nivel 3. AGA169_3» de la presente orden.
Artículo 5. Modificación de una cualificación profesional establecida por Real Decreto 563/2011, de 20 de abril, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales de la familia profesional Agraria.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el Anexo DXLVIII del citado real decreto:
Se modifica parcialmente la Cualificación Profesional establecida como «Anexo DXLVIII: Producción y recolección de setas y trufas. Nivel 2. AGA548_2», sustituyendo respectivamente, la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (120 h)» por la unidad de competencia «UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías» y el módulo formativo asociado «MF0525_2: Control fitosanitario (150 h)», correspondientes al Anexo II «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se sustituye respectivamente, la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)» por la unidad de competencia «UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento» y el módulo formativo asociado «MF0526_2: Mecanización e Instalaciones Agrarias (120 h)», correspondientes al Anexo II «Cultivos herbáceos. Nivel 2. AGA165_2» de la presente orden.
Se modifica igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 720 horas a 750 horas.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de diciembre de 2016.- La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.
ANEXO I. Cualificación profesional: Cultivos herbáceos
Familia Profesional: Agraria
Nivel: 2
Código: AGA165_2
Competencia general
Realizar las operaciones de implantación, mantenimiento, producción y recolección en una explotación de cultivos herbáceos, controlando la sanidad vegetal, manejando la maquinaria, aplicando criterios de buenas prácticas agroambientales y de rentabilidad económica y cumpliendo con la normativa aplicable medioambiental, de control de calidad, de seguridad alimentaria, de productos fitosanitarios y de prevención de riesgos laborales.
Unidades de competencia
UC0523_2: Realizar las labores de preparación del terreno y de siembra y/o trasplante en cultivos herbáceos
UC0524_2: Realizar las operaciones de cultivo, recolección, transporte y almacenamiento de los cultivos herbáceos
UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías
UC0526_2: Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento
Entorno Profesional
Ámbito Profesional
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción del área de la agricultura, dedicada/o al cultivo agrícola en entidades de naturaleza pública o privada, en empresas de cualquier tamaño dedicadas a la producción de cultivos herbáceos, tanto por cuenta propia como ajena con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. Asimismo, está capacitado para realizar tratamientos con productos fitosanitarios, de nivel cualificado, actividad profesional sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.
Sectores Productivos
Se ubica en el sector agrario, dentro del subsector cultivos perennes, en las siguientes actividades: Explotaciones comerciales de cultivos herbáceos; Instituciones de investigación y experimentación en cultivos herbáceos; Empresas de suministros agrícolas; Empresas de prestación de servicios a explotaciones agrícolas. Empresas de aplicación y comercialización de productos fitosanitarios.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.
Trabajadores agrícolas en cultivos extensivos, en general
Trabajadores agrícolas en forrajeras y pratenses
Trabajadores agrícolas en cultivos industriales
Aplicadores de productos fitosanitarios. Nivel cualificado
Trabajadores agrícolas en tubérculos y raíces
Trabajadores agrícolas de cereales y leguminosas en grano, en general
Formación Asociada (540 horas)
Módulos Formativos
MF0523_2: Preparación del terreno, siembra y/o trasplante en cultivos herbáceos (120 horas)
MF0524_2: Operaciones culturales y recolección en cultivos herbáceos (150 horas)
MF0525_2: Control fitosanitario (150 horas)
MF0526_2: Mecanización e instalaciones agrarias (120 horas)
UNIDAD DE COMPETENCIA 1: REALIZAR LAS LABORES DE PREPARACIÓN DEL TERRENO Y DE SIEMBRA Y/O TRASPLANTE EN CULTIVOS HERBÁCEOS
Nivel: 2
Código: UC0523_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Determinar las características del suelo, el clima y el agua de riego, para valorar la idoneidad de la especie, variedad y sistema de cultivo herbáceo seleccionados, garantizando sus necesidades en colaboración con el personal técnico.
CR 1.1 Los datos climáticos de la zona (temperatura, viento, precipitaciones, periodo libre de heladas, entre otros), se recopilan determinando su influencia sobre la especie, variedad, y sistema de cultivo.
CR 1.2 Los datos topográficos de la parcela (forma, dimensiones, orientación, pendiente, entre otras) se recogen, determinando su influencia sobre la especie, sistema de cultivo y sistema de riego.
CR 1.3 Las muestras del suelo se toman, siguiendo el protocolo establecido, determinando sus características físicas y químicas.
CR 1.4 Las correcciones (enmiendas orgánicas y calizas, entre otra) se establecen, en función del análisis del suelo y las exigencias del cultivo a implantar, con el asesoramiento técnico requerido.
CR 1.5 La especie y variedad de cultivo se seleccionan en función de su adaptación a las características climáticas, edáficas y agronómicas del medio.
CR 1.6 El origen, disponibilidad, calidad y situación legal del agua de riego se determinan, siguiendo el protocolo establecido garantizando que se cubren las necesidades del cultivo.
RP 2: Instalar las infraestructuras de una explotación de cultivos herbáceos, acondicionando previamente el terreno, mediante las labores requeridas según especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 2.1 Las obras para la implantación de los cultivos herbáceos (obras de infraestructura sencillas, labores de despeje, nivelación, abancalado, entre otras) se realizan, siguiendo las especificaciones técnicas, en función de las características topográficas, de la parcela y del suelo.
CR 2.2 La maquinaria, aperos y equipos requeridos en las tareas de preparación del terreno y de instalación de las infraestructuras se seleccionan, regulándolas para su manejo en función de las indicaciones técnicas.
CR 2.3 Las redes de drenaje y desagüe, se instalan en los lugares y con los medios requeridos, cumpliendo el plan técnico.
CR 2.4 Las obras de captación, traída y almacenamiento de agua requeridas se realizan con los medios requeridos, cumpliendo el plan técnico.
CR 2.5 Las infraestructuras (cerramientos, cortavientos, caminos, y otras) requeridas en la preparación del terreno se instalan con los medios establecidos cumpliendo el plan técnico.
RP 3: Preparar el suelo para la siembra y/o plantación de los cultivos herbáceos, utilizando los medios técnicos requeridos según características del suelo y del cultivo, cumpliendo la normativa aplicable y siguiendo criterios de eficiencia energética, económica y medioambiental.
CR 3.1 La maquinaria, aperos y equipos requeridos en las tareas de preparación y de corrección del suelo, cuando proceda, se seleccionan, regulándolas para su manejo.
CR 3.2 Las labores de preparación del suelo requeridas se realizan, teniendo en cuenta el sistema de cultivo, las características del suelo y el estado de humedad del terreno optimizando la producción.
CR 3.3 El abonado de fondo y las enmiendas del suelo se realizan con los medios requeridos en función de los cultivos y las características del terreno, cumpliendo las recomendaciones técnicas.
CR 3.4 Las operaciones propias de las técnicas de no laboreo o siembra directa, cuando proceda, se realizan, teniendo en cuenta las características del suelo, el precedente cultural y el cultivo a sembrar o plantar.
CR 3.5 La maquinaria, aperos y equipos requeridos para las tareas de preparación del terreno y de corrección del mismo se mantienen en estado de uso.
RP 4: Realizar las labores de siembra o plantación de los cultivos herbáceos, para optimizar la producción, verificando el cumplimiento de las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 4.1 Las condiciones del suelo se verifican mediante el control de parámetros fisicoquímicos, según especificaciones técnicas para la siembra o plantación de la especie seleccionada y la técnica de cultivo elegida.
CR 4.2 La maquinaria, aperos y utensilios requeridos en la siembra o trasplante de cultivos herbáceos se seleccionan en función de las características específicas, manteniéndolos en estado de uso según las indicaciones técnicas.
CR 4.3 Las semillas, en caso de siembra, y los plantones o el material vegetal, en caso de plantación, se preparan siguiendo las indicaciones técnicas.
CR 4.4 El cultivo de plantas herbáceas se siembra o trasplanta en la dosis por hectárea o según el marco de plantación cumpliendo el plan establecido respectivamente.
CR 4.5 La siembra o trasplante se verifica, corrigiendo, si procede, con resiembras o reposición de marras, respectivamente.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos para toma de muestras de aguas y suelos. Tractores agrícolas y equipos de tracción. Equipos de desfonde. Máquinas autopropulsadas y accionadas: para el trabajo del suelo, para la implantación de los cultivos y para la aplicación de herbicidas. Equipos para la distribución del abono mineral y orgánico (abonadoras, esparcidores de estiércol y purines, entre otros). Equipos de siembra. Máquinas de siembra directa. Drenes y equipos de drenaje. Maquinaria y equipos para realización de obras sencillas de captación, traída y almacenamiento de agua y para instalación o realización de infraestructuras sencillas. Abonos minerales y orgánicos. Equipo de protección individual.
Productos y resultados:
Características del suelo, el clima y el agua de riego determinadas Infraestructuras de una explotación de cultivos herbáceos, determinadas. Terreno preparado mediante las labores previas requeridas. Labores de preparación y corrección del suelo recomendadas realizadas. Labores de siembra y/o trasplante de los cultivos, realizadas y verificadas. Resiembras o reposición de marras realizadas.
Información utilizada o generada:
Edafología básica aplicada. Meteorología básica aplicada. Manuales de fitotecnia básica para cultivos herbáceos. Analítica de suelos y de aguas de riego. Manuales de servicio de tractores, maquinaria, aperos y equipos. Información técnica: sobre prestaciones de trabajo, sobre posibilidades y limitaciones de la maquinaria y equipos que se deben utilizar y sobre procesos de mantenimiento de tractores y máquinas agrícolas. Normativa de producción integrada, en su caso. Cuaderno de explotación. Manual de buenas prácticas agroambientales. Plan de prevención de riesgos de la empresa. Normativa sobre riesgos laborales y protección medioambiental.
UNIDAD DE COMPETENCIA 2: REALIZAR LAS OPERACIONES DE CULTIVO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE LOS CULTIVOS HERBÁCEOS
Nivel: 2
Código: UC0524_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Regar el cultivo herbáceo para su óptimo desarrollo, con un sistema de riego manual o automatizado, rentabilizando el agua utilizada y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
CR 1.1 La dosis, frecuencia y número de horas de riego se determinan en función de los datos climatológicos, características del suelo, sistema de riego y necesidades hídricas del cultivo con el asesoramiento técnico establecido.
CR 1.2 Los medidores de humedad del suelo y/o los sistemas de determinación de evotranspiración se utilizan según protocolos para optimizar el riego.
CR 1.3 La instalación de riego, manual o automatizada se programa, verificando los parámetros establecidos y las indicaciones técnicas, optimizando su funcionamiento, la eficiencia de riego y la racionalización del agua.
CR 1.4 La calidad del agua de riego se garantiza, verificando los valores de parámetros establecidos.
CR 1.5 Los riegos de lavado del suelo se aplican, cuando proceda, en función de sus propiedades físico-químicas, de la calidad del agua de riego y el sistema de drenaje.
RP 2: Realizar el abonado en cobertera de los cultivos seleccionados para satisfacer sus necesidades nutritivas, siguiendo la planificación establecida y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 2.1 Las muestras de agua, hoja y suelo se toman para su análisis, siguiendo los protocolos establecidos.
CR 2.2 Las carencias más importantes de nutrientes minerales del cultivo se determinan en colaboración con el personal técnico a partir de los resultados del análisis de las muestras para suplementarlas en caso requerido.
CR 2.3 El abono, fitoregulador o bioestimulante se prepara, dosificando o mezclando, en función de las necesidades y estado fenológico del cultivo, siguiendo especificaciones técnicas para su posterior aplicación.
CR 2.4 El equipo de fertilización se regula, calibrándolo en función del tipo de abonos a aplicar y revisándolo para mantenerlo en estado de uso.
CR 2.5 Los abonos, fitoreguladores y/o bioestimulantes se aplican a las dosis establecidas y con los medios requeridos, teniendo en cuenta las condiciones climáticas, del suelo y del cultivo, siguiendo indicaciones técnicas.
RP 3: Realizar las labores culturales (aporcado, escarda y/o binado, entre otras), para el desarrollo de los cultivos herbáceos, utilizando la maquinaria requerida, siguiendo la planificación establecida y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 3.1 Las labores de aporcado se realizan, según planificación, cubriendo con tierra parte del tallo del cultivo herbáceo, consiguiendo que, sean tiernos y blancos.
CR 3.2 Las labores de escarda y/o binado se realizan, eliminando o arrancando las hierbas nocivas de los sembrados con la maquinaria requerida, en función del estado físico del suelo, optimizando el desarrollo del cultivo.
CR 3.3 Los tutores, cuando sean requeridos, se colocan en función del cultivo implantado optimizando su desarrollo.
CR 3.4 Los restos vegetales se recogen, clasificándolos para su posterior aprovechamiento o eliminación.
CR 3.5 La maquinaria y equipos utilizados en las labores culturales se seleccionan, regulando o calibrándolos en función de la labor a realizar.
CR 3.6 La maquinaria y equipos utilizados en las labores culturales se revisan para mantenerlos en estado de uso.
RP 4: Recolectar el cultivo en el estado y la época indicada según la especie y el destino de la cosecha para aprovechamiento del fruto según determinación del proceso productivo, utilizando la maquinaria establecida, siguiendo las indicaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 4.1 Los parámetros (estado de madurez y humedad de los cultivos, entre otros), que indican el momento de la recolección de los cultivos herbáceos se establecen con asesoramiento técnico y en función de la especie, variedad y destino de la producción para optimizar la producción.
CR 4.2 La maquinaria y equipos utilizados en las labores de recolección se seleccionan, regulándolos en función de las características del cultivo y su destino, evitando su deterioro.
CR 4.3 La recolección se realiza en el momento óptimo en función del estado de desarrollo, madurez y humedad de los cultivos, siguiendo los parámetros y protocolos previamente determinados.
CR 4.4 Los productos y subproductos de la recolección se acondicionan, según especificación del proceso productivo, embalando y/o manipulándolo para su posterior utilización, almacenamiento o transporte.
CR 4.5 La maquinaria y equipos de recolección se revisan periódicamente, según el plan de mantenimiento para mantenerlos en estado de uso.
RP 5: Transportar los productos de las cosechas y los subproductos, para almacenarlos en los lugares y condiciones requeridos, siguiendo las indicaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 5.1 El estado del almacén se revisa, antes de su uso, comprobando que reúne los requisitos técnicos de higiene y estado sanitario y favoreciendo el acceso y las operaciones de carga y descarga.
CR 5.2 Las condiciones de aireación, humedad y temperatura del almacén, se revisan con higrómetros, entre otros, verificando que se ajustan a los requerimientos del producto.
CR 5.3 El medio de transporte y de almacenamiento de la cosecha y los subproductos se selecciona en función de las características del producto, optimizando sus condiciones.
CR 5.4 La cosecha y los subproductos se transportan a los lugares indicados, almacenándolos, según las especificaciones técnicas.
CR 5.5 El producto almacenado se revisa, periódicamente, detectando y corrigiendo, en su caso, posibles alteraciones o deterioros.
CR 5.6 La maquinaria y equipos de transporte y almacenaje, se revisan periódicamente para mantenerlos operativos.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Estaciones meteorológicas. Equipos de bombeo y equipos de fertirrigación manuales y automáticos. Redes de distribución de agua. Equipos para aplicación de abono y tratamientos foliares. Equipos y material de control de aplicación de productos foliares. Cosechadoras de grano y de forraje, maquinaria para la recolección, tractores, remolques, hileradoras, empacadoras. Silos para forraje. Otra maquinaria y equipos. Almacén de productos agrícolas. Aparatos y elementos de medición y control de humedad y temperatura. Soportes informáticos. Equipo de protección individual.
Productos y resultados:
Cultivo regado y abonado. Agua de riego usada con eficiencia. Labores culturales necesarias para el buen desarrollo de los cultivos herbáceos realizadas. Cultivo cosechado en la época indicada. Subproductos aprovechados. Cosechas en buen estado sanitario, acondicionadas, transportadas y almacenadas para su uso o comercialización.
Información utilizada o generada:
Datos climáticos de la zona. Información sobre los suelos de la zona. Análisis de agua, suelo y material vegetal. Manuales de manejo y mantenimiento de tractores y equipos de tracción, aperos, máquinas, equipos, herramientas y sistemas de riego. Información sobre necesidades hídricas de los cultivos en la zona y ETP. Bibliografía sobre los cultivos implantados. Catálogos con la composición, características y precios de fertilizantes, fitoreguladores y bioestimulantes. Plan de prevención de riesgos de la empresa. Manual de buenas prácticas ambientales. Fichas de registro de labores culturales y productos aplicados a cada cultivo. Cuaderno de explotación. Normativa aplicable de riesgos laborales, de calidad y seguridad alimentaria. Normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y medioambientales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: CONTROLAR LAS PLAGAS, ENFERMEDADES, MALAS HIERBAS Y FISIOPATÍAS
Nivel: 2
Código: UC0525_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Determinar el estado sanitario de las plantas, siguiendo las indicaciones del personal técnico para adoptar las medidas oportunas en el control de plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías, cumpliendo la normativa aplicable.
CR 1.1 Las unidades de muestreo de cultivos se señalan en el terreno, aplicando el protocolo establecido, adoptando las medidas oportunas en función de posibles plagas o enfermedades.
CR 1.2 Los elementos de captura (trampas, placas engomadas, feromonas, cebos y otros) se ubican en el terreno, considerando las estaciones anuales, haciendo seguimiento de ellos, según protocolo establecido.
CR 1.3 El seguimiento de los elementos de captura se efectúa, mediante visitas de reconocimiento en las estaciones requeridas, con la frecuencia establecida.
CR 1.4 Los datos de los elementos de capturas, los síntomas y daños detectados en las plantas se registran, siguiendo el protocolo establecido.
CR 1.5 Los datos climáticos y, en su caso, de estaciones de aviso, se registran, actualizándolos y estableciendo calendarios de control de plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías de las plantas según el protocolo establecido.
CR 1.6 La flora y fauna auxiliar, plagas, enfermedades, carencias nutricionales, malas hierbas y fisiopatías más frecuentes se identifican, cuantificándolas con asesoramiento técnico.
CR 1.7 Las muestras de plantas afectadas por agentes no identificados se toman, siguiendo el protocolo establecido, procediendo al envío al laboratorio o a la estación fitopatológica correspondiente.
RP 2: Aplicar los tratamientos fitosanitarios para combatir plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías en plantas y suelo, siguiendo las especificaciones técnicas establecidas, utilizando la maquinaria y herramientas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR 2.1 Los vehículos, máquinas, aperos y herramientas utilizadas en la aplicación del tratamiento fitosanitario se seleccionan, según el método de control empleado.
CR 2.2 Los productos fitosanitarios utilizados en el tratamiento del cultivo se transportan, almacenándolos y manipulándolos de acuerdo con la normativa aplicable.
CR 2.3 Los productos fitosanitarios seleccionados, mediante asesoramiento técnico se preparan, mezclándolos y dosificándolos, siguiendo las indicaciones de la etiqueta y la normativa aplicable.
CR 2.4 Las máquinas, aperos y herramientas utilizadas en el tratamiento fitosanitario se regulan, calibrándolas manteniendo la dosificación y la uniformidad en la aplicación.
CR 2.5 Los productos fitosanitarios se aplican en el momento establecido, y con las condiciones climáticas requeridas, siguiendo instrucciones.
CR 2.6 Los métodos no químicos de protección y control fitosanitario (técnicas culturales, medios físicos, control biológico, entre otros) se aplican, según el protocolo establecido.
CR 2.7 Las máquinas, aperos y herramientas utilizadas en el tratamiento fitosanitario se limpian, cumpliendo la normativa aplicable.
CR 2.8 El suelo, las instalaciones, maquinaria, herramientas y zonas de almacenaje se desinfectan, en caso requerido.
RP 3: Aplicar medidas de protección y seguridad en la aplicación de tratamientos fitosanitarios, para la manipulación en el almacenamiento de productos, envases y residuos de acuerdo con la normativa aplicable.
CR 3.1 Los equipos de protección individual requeridos en la aplicación de productos fitosanitarios se utilizan, según el producto y la técnica, siguiendo las instrucciones del fabricante, cumpliendo la normativa aplicable.
CR 3.2 Las medidas de reducción de riesgo en la aplicación de productos fitosanitarios en zonas específicas y respecto a cultivos próximos sensibles se toman, siguiendo los protocolos establecidos y la normativa aplicable.
CR 3.3 Las medidas específicas en zonas tratadas recientemente con productos fitosanitarios que utilicen los trabajadores agrarios, aproveche el ganado o hayan de recolectarse, se toman, siguiendo los protocolos establecidos y la normativa aplicable.
CR 3.4 Las medidas de protección durante la aplicación de productos fitosanitarios se toman, según el riesgo de toxicidad para las personas, la fauna silvestre y el ganado, de fitotoxicidad y de contaminación de suelos y aguas.
CR 3.5 Los envases vacíos se enjuagan, siguiendo el protocolo establecido, eliminándolos posteriormente según la normativa aplicable.
CR 3.6 El registro de plagas y de tratamientos en las explotaciones agrarias y el cuaderno de explotación se cumplimentan según los protocolos establecidos.
RP 4: Comercializar productos fitosanitarios en establecimientos autorizados, cumpliendo la normativa aplicable sobre comercialización y uso sostenible de los productos fitosanitarios.
CR 4.1 La información en relación con el uso de los productos fitosanitarios comercializados se proporciona al cliente en el momento de la venta de productos fitosanitarios para uso profesional.
CR 4.2 La información general sobre los riesgos del uso de los productos fitosanitarios para la salud y el medio ambiente, así como sobre las alternativas de bajo riesgo, se proporciona al cliente en el momento de la venta de productos fitosanitarios para uso no profesional, cumpliendo la normativa aplicable.
CR 4.3 El carné que acredita los distintos niveles de capacitación básico y/o cualificado se requiere al titular al que se suministre un producto fitosanitario.
CR 4.4 El carné para nivel de capacitación fumigador se solicita al personal de empresas de tratamientos cuando se suministren productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza.
CR 4.5 Los datos de los Registros de transacciones con productos fitosanitarios de uso profesional se cumplimentan en las operaciones de entrega a terceros.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos de seguimiento y detección de plagas y enfermedades. Equipos de estimación de riesgo de enfermedades. Medios de accionamiento y tracción: tractores, motores térmicos y eléctricos. Material para control y calibración de equipos. Equipos para la aplicación de productos fitosanitarios tanto autopropulsados como por tracción. Máquinas aplicadores de gránulos y microgránulos. Espolvoreadores, equipos manuales. Equipos y material de control de aplicación de productos fitosanitarios. Contenedores para gestión de residuos y envases. Material para delimitar, señalizar y proteger zonas tratadas. Equipos de limpieza. Equipos de protección individual.
Productos y resultados:
Estado sanitario de las plantas identificado. Control racional de las plagas, enfermedades, carencias, fisiopatías y hierbas de los cultivos, de manera que se asegure la producción sin riesgo para las personas y el medio ambiente. Control integrado o control ecológico de los cultivos cuando se trate de sistemas de producción integrada o producción ecológica. Productos fitosanitarios, envases y residuos manipulados y almacenados. Productos fitosanitarios comercializados.
Información utilizada o generada:
Manual de productos fitosanitarios. Sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos. Normativa de seguridad en el trabajo y técnico-sanitaria sobre fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas y productos fitosanitarios, sus limitaciones de empleo, plazos de seguridad y niveles tolerables de residuos. Carné de manipulador de productos fitosanitarios de nivel cualificado. Etiquetas de productos fitosanitarios. Previsión climática para la realización oportuna de tratamientos. Registro Oficial de Productores y Operadores de productos fitosanitarios. Registro de plagas y de tratamientos en las explotaciones agrarias. Cuaderno de explotación. Niveles de capacitación de usuarios profesionales y vendedores. Carnés de aplicador. Manual de buenas prácticas agroambientales. Normativa sobre uso sostenible de productos fitosanitarios. Normativa de riesgos laborales, de calidad y seguridad alimentaria.
UNIDAD DE COMPETENCIA 4: MANEJAR TRACTORES Y MONTAR INSTALACIONES AGRARIAS, REALIZANDO SU MANTENIMIENTO
Nivel: 2
Código: UC0526_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Mantener los tractores, equipos de tracción y aperos para su conservación en estado de uso, siguiendo las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 1.1 Las máquinas, herramientas, útiles y materiales requeridos para mantener los tractores, equipos de tracción y aperos se seleccionan en función de la labor de mantenimiento requerida.
CR 1.2 El taller se ordena, optimizando el espacio y facilitando el acceso a las herramientas y equipos de trabajo.
CR 1.3 Los tractores y equipos de tracción se revisan y controlan con la periodicidad indicada en los manuales de mantenimiento detectando posibles averías o anomalías.
CR 1.4 Las operaciones de mantenimiento preventivo de los tractores, máquinas y equipos de tracción se realizan, siguiendo los procedimientos establecidos.
CR 1.5 Las operaciones de montaje/desmontaje, soldadura, reparación básica y mecanizado se realizan con los equipos y herramientas y con la precisión requerida manteniéndolos en estado de uso.
RP 2: Preparar los tractores y equipos de tracción para su desplazamiento y utilización en las labores/operaciones programadas, cumpliendo el código de circulación y la normativa aplicable.
CR 2.1 Los equipos (tractores, aperos, entre otros) requeridos se seleccionan, siguiendo las especificaciones técnicas para la labor a realizar.
CR 2.2 Los aperos y equipos se acoplan al tractor, regulándolos en función de la labor a realizar y de las variables de trabajo.
CR 2.3 El tractor, equipos de tracción, maquinaria y aperos desplazados por las vías públicas se señalizan y conducen cumpliendo el código de circulación y la normativa complementaria referente a circulación de vehículos agrícolas por vías públicas.
CR 2.4 Los tractores, equipos de tracción, maquinaria y aperos se manejan, realizando la labor requerida, controlando el funcionamiento, la precisión y el ritmo de trabajo establecido, siguiendo con las normas técnicas y de seguridad específicas de cada uno de ellos.
CR 2.5 Las técnicas sanitarias básicas y los primeros auxilios se aplican en caso de posibles accidentes evitando posibles complicaciones.
RP 3: Instalar sistemas de protección y/o forzado de cultivos, utilizando los materiales requeridos según el cultivo, el medio y el sistema de producción, para mantenerlos operativos, según las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 3.1 Las máquinas, herramientas y materiales requeridos en instalación y mantenimiento de sistemas de protección y/o forzado se seleccionan en función del sistema de protección a instalar.
CR 3.2 El terreno se despeja, acondicionándolo y nivelándolo, empleando máquinas y materiales requeridos en relación al tipo de instalación y sistema productivo de la empresa.
CR 3.3 La estructura y cubierta de los sistemas de protección y/o forzado de cultivos requeridos se instala, siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante y las económicas y productivas de la empresa.
CR 3.4 Los sistemas de control ambiental (ventilación, calefacción, humidificación, entre otros) se instalan, revisándolos periódicamente manteniéndolos en estado de uso.
CR 3.5 El sistema de protección y/o forzado instalado se revisa con la periodicidad establecida y sustituyendo los elementos deteriorados o desgastados en caso requerido, manteniéndolos en estado de uso.
RP 4: Instalar los sistemas de riego y drenaje, manteniéndolos en estado de uso, para asegurar un desarrollo óptimo de los cultivos, siguiendo las especificaciones técnicas y económicas del proyecto, y cumpliendo a normativa aplicable.
CR 4.1 Los equipos y medios técnicos requeridos en la instalación y mantenimiento de los sistemas de riego y drenaje se seleccionan en función del sistema de riego.
CR 4.2 El sistema de riego seleccionado se instala, utilizando los medios técnicos adaptándolos al desnivel del terreno, a las características del suelo y a la capa freática.
CR 4.3 Los obras sencillas de acopio, elevación y conducción de agua se realizan con los medios requeridos y siguiendo indicaciones técnicas.
CR 4.4 El sistema de riego se mantiene operativo, verificando su funcionamiento y sustituyendo los elementos averiados o desgastados en caso requerido.
CR 4.5 El sistema de fertirrigación se instala, siguiendo las especificaciones técnicas, revisándolo y manteniéndolo operativo, según indicaciones técnicas.
CR 4.6 El sistema de riego se programa, siguiendo las especificaciones técnicas ajustándolo a las dosis y tiempos de riego fijados, revisando que se cumplen los parámetros establecidos.
RP 5: Realizar el acondicionamiento y limpieza de los locales e instalaciones, para mantener su estado sanitario, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 5.1 Los procedimientos, productos y equipos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización autorizados se seleccionan, preparándolos en función de la labor que se va a realizar, según los protocolos establecidos y aplicando la normativa aplicable.
CR 5.2 Los locales e instalaciones se limpian, desinfectan, desinsectan y desratizan con la frecuencia, productos y los procedimientos autorizados; comprobando que se encuentran aptos para su próximo uso, según los protocolos establecidos.
CR 5.3 Los residuos generados en la limpieza de los locales e instalaciones (envases, residuos orgánicos, entre otros) se eliminan, siguiendo los protocolos establecidos y aplicando la normativa aplicable.
CR 5.4 Los materiales, equipos y herramientas empleadas en la limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de locales e instalaciones se mantienen en estado de uso.
RP 6: Realizar las operaciones de mantenimiento de los sistemas eléctrico, de climatización y de suministro de agua de los locales e instalaciones, para asegurar un desarrollo óptimo de los cultivos, siguiendo las especificaciones técnicas y económicas del proyecto y cumpliendo la normativa aplicable.
CR 6.1 La instalación eléctrica, de los locales e instalaciones se mantienen en estado de uso, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas verificando su funcionamiento.
CR 6.2 El sistema de climatización de los locales e instalaciones se mantiene en estado de uso, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas, verificando su funcionamiento.
CR 6.3 El suministro de agua de los locales e instalaciones se mantiene en estado de uso, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas verificando su funcionamiento.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Instalaciones cubiertas para el cultivo. Equipos de riego: sistemas de bombeo y de distribución. Equipos de fertirrigación. Almacenes, instalaciones de secado y ventilación, instalaciones de frío, medidores de humedad y temperatura. Sistema hidropónico, instalaciones abiertas (huertas) para el cultivo. Equipos de limpieza. Tractores y equipos de tracción, máquinas autopropulsadas y accionadas para el trabajo del suelo, aperos más frecuentes para el enganche y/o acople. Equipos e instrumentos de taller para mantenimiento y reparaciones de tractores y equipos de tracción. Recambios y accesorios.
Productos y resultados:
Tractores y equipos de tracción conservados y preparados para su utilización. Sistemas de protección y forzado de cultivos instalados y conservados. Sistemas de riego instalados y conservados. Locales e instalaciones acondicionados y limpios. Sistemas eléctricos, de climatización y de suministro de agua de los locales e instalaciones, instalados y conservados.
Información utilizada o generada:
Planos de instalaciones y almacenes. Manuales de montaje de instalaciones. Manuales de servicio y de taller de tractores, máquinas y equipos e información técnica sobre prestaciones de trabajo. Sobre posibilidades y limitaciones de las máquinas que se van a utilizar. Sobre procesos de mantenimiento de tractores, equipos de tracción, aperos e instalaciones. Normativa de Riesgos Laborales y Medioambientales. Código de la Circulación y normativa complementaria. Manual de buenas prácticas ambientales. Manuales de seguridad alimentaria. Fichas con información sobre fecha, duración, rendimiento e incidencias de las operaciones realizadas. Normativa sobre producción ecológica.
MÓDULO FORMATIVO 1: PREPARACIÓN DEL TERRENO, SIEMBRA Y/O TRASPLANTE EN CULTIVOS HERBÁCEOS
Nivel: 2
Código: MF0523_2
Asociado a la UC: Realizar las labores de preparación del terreno y de siembra y/o trasplante en cultivos herbáceos
Duración: 120 horas
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Distinguir los distintos tipos de suelos y sus características relacionados con la especie, variedad y sistema de cultivo seleccionados.
CE1.1 Describir las especies y variedades de los cultivos herbáceos más frecuentes en la zona, identificando las exigencias edafológicas de los mismos.
CE1.2 Describir las principales características físicas, químicas y biológicas de los distintos tipos de suelos.
CE1.3 Describir las técnicas y métodos de toma de muestras para análisis de suelos.
CE1.4 Identificar las funciones de la materia orgánica en los procesos de conservación, de análisis y mejora de los suelos.
CE1.5 Determinar las especies y variedades de cultivos adecuadas en función de su adaptación a las características edáficas y sistema de cultivo seleccionado.
CE1.6 En un supuesto práctico de estudio del suelo en una explotación agrícola a partir de unas condiciones dadas:
- Analizar los datos topográficos de la parcela (forma, dimensiones, orientación, pendiente, entre otros) determinando su influencia sobre la especie, sistema de cultivo y sistema de riego.
- Realizar la toma de muestras del suelo.
- Identificar y valorar las características fisicoquímicas y el nivel de fertilización del suelo.
- Definir el tipo de suelo.
- Relacionar los resultados del análisis del suelo con los posibles cultivos que se van a implantar en el mismo.
- Establecer las correcciones necesarias (enmiendas, etc.) en función del análisis del suelo y las exigencias de los cultivos a implantar, con el preciso asesoramiento técnico.
C2: Relacionar las condiciones climáticas de la zona y del agua de riego y la influencia que ejercen en los cultivos herbáceos que se van a implantar.
CE2.1 Identificar las exigencias climatológicas de los cultivos herbáceos más habituales en la zona.
CE2.2 Analizar los datos climáticos de la zona (temperatura, precipitaciones, viento, período libre de heladas, entre otros) determinando su influencia sobre la especie, variedad y sistema de cultivo.
CE2.3 Valorar la disponibilidad, origen, calidad y situación legal del agua de riego cubriendo las necesidades del cultivo.
CE2.4 Manejar los equipos, aparatos y sistemas de obtención de datos meteorológicos y las principales unidades de medida utilizadas en meteorología.
CE2.5 Realizar la recogida, análisis e interpretación de datos de diferentes aparatos meteorológicos.
CE2.6 Interpretar mapas meteorológicos en base a previsiones y resultados anteriores que permitan prever las condiciones climáticas a corto plazo.
CE2.7 Relacionar las previsiones meteorológicas con la planificación de los trabajos agrícolas.
C3: Realizar las labores previas de mejora y la instalación de infraestructuras en una explotación de cultivos herbáceos en función de la planificación técnica.
CE3.1 Determinar las obras de infraestructuras necesarias para la implantación de cultivos herbáceos, en función de las especificaciones técnicas y de las características topográficas, forma y dimensión de la parcela.
CE3.2 Describir las labores de despeje del terreno, de nivelación y movimientos de tierra para la implantación en un terreno de cultivos herbáceos, adaptándose a la topografía de la zona y al perfil del mismo.
CE3.3 Enumerar y describir las obras, materiales y la maquinaria adecuados para el drenaje y/o desagüe de una parcela de cultivos herbáceos.
CE3.4 Describir las obras sencillas de captación, transporte y almacenamiento de agua necesarias para cubrir las necesidades de los cultivos herbáceos.
CE3.5 Describir las operaciones necesarias para conservar infraestructuras (cerramientos, vallados, cortavientos, caminos, entre otros) con los medios adecuados y siguiendo las indicaciones técnicas.
CE3.6 En un supuesto práctico de instalación de infraestructuras en una explotación de cultivos herbáceos a partir de unas condiciones dadas:
- Seleccionar y regular la maquinaria, aperos y equipos necesarios para efectuar las labores previas de mejora y la instalación de infraestructuras, según las indicaciones técnicas.
- Realizar las labores previas de adecuación con la maquinaria más idónea.
- Determinar las necesidades o no de drenaje, los materiales y la maquinaria a utilizar.
- Determinar las obras necesarias para la captación y transporte del agua de riego.
C4: Preparar el terreno para la siembra y/o trasplante, empleando los medios técnicos requeridos.
CE4.1 Describir la maquinaria, aperos y equipos para las tareas de preparación del terreno y de corrección del mismo, cuando proceda, en función de unas indicaciones técnicas.
CE4.2 Describir las técnicas de preparación del terreno para realizar las labores necesarias antes de la siembra y/o trasplante de cultivos herbáceos.
CE4.3 Identificar las labores de preparación del suelo requeridas, en función del sistema de cultivo, las características del suelo y el estado de humedad del terreno.
CE4.4 Explicar el abonado de fondo y las enmiendas en función de los cultivos, las características físico-químicas del terreno y las recomendaciones técnicas.
CE4.5 Definir las operaciones propias de las técnicas de no laboreo o siembra directa, si procede, teniendo en cuenta las características del suelo, el precedente cultural y el cultivo herbáceo a sembrar o plantar.
CE4.6 Describir el manejo de la maquinaria, aperos y equipos necesarios adaptándolos a las características del cultivo y del suelo y siguiendo criterios de eficiencia energética, económica y medioambiental.
CE4.7 En un supuesto práctico preparación del terreno en una explotación de cultivos herbáceos a partir de unas condiciones dadas:
- Determinar la profundidad de labor más conveniente, la maquinaria y los aperos necesarios y su regulación.
- Determinar el abonado de fondo que se debe aplicar a la vista de los análisis del suelo y del cultivo herbáceo de que se trate.
- Establecer las labores más adecuadas, previas a la siembra y/o trasplante de cultivos herbáceos, así como la maquinaria y aperos necesarios y su regulación.
C5: Efectuar las labores de siembra y/o trasplante de los cultivos, siguiendo las especificaciones técnicas prescritas y con los medios técnicos.
CE5.1 Verificar la preparación del suelo para realizar la siembra o plantación, comprobando su adecuación a la especie a sembrar o plantar y a la técnica de cultivo elegida.
CE5.2 Seleccionar la maquinaria, aperos y equipos específicos adecuados para efectuar la siembra o plantación en función de la especie a sembrar o plantar y la técnica de cultivo elegida.
CE5.3 Seleccionar las semillas, plantones o material vegetal.
CE5.4 Realizar la siembra o plantación a la dosis por hectárea o al marco de plantación establecidos.
CE5.5 Verificar la siembra o plantación, corrigiendo si procede, con resiembras o reposiciones de marras.
CE5.6 Describir el manejo de la maquinaria, aperos y equipos necesarios para la siembra o plantación adaptándolos a las características del suelo.
CE5.7 En un supuesto práctico de implantación de un cultivo herbáceo a partir de unas condiciones dadas:
- Determinar los marcos de plantación y/o dosis de siembra más adecuados.
- Calcular el material vegetal necesario para la realización de la siembra.
- Determinar la necesidad de uso de herbicidas de presiembra.
- Determinar la maquinaria, aperos y herramientas necesarios para las labores de siembra o plantación.
- Comprobar el estado sanitario del material vegetal.
- Verificar la siembra o plantación corrigiendo las marras.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:
C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.5; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.7; C5 respecto a CE5.7.
Otras capacidades:
Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Contenidos:
1. El suelo agrícola. Fertilizantes y abonado
Composición del suelo. Características físicas. El perfil. Materia orgánica. Densidad, textura, estructura y porosidad. Efectos de la materia orgánica sobre las propiedades físicas, químicas y biológicas.
Propiedades físico-químicas: CIC, pH y salinidad. Corrección de suelos salinos y alcalinos.
Contaminación y erosión. Conservación del suelo. Adaptación al suelo de la especie y sistema de cultivo.
Fertilidad del suelo y sus variables. Análisis de suelos. Tomas de muestras. Interpretación de análisis. Enmiendas y abonado. Incidencia medioambiental de enmiendas y fertilización. Fertilización orgánica y química.
Tipos de abonos: Características, propiedades y utilización. Fertilizantes de liberación controlada.
2. Climatología agrícola. Necesidades de riego
Tiempo y clima. Meteoros. Agentes meteorológicos y su influencia en el desarrollo de los cultivos. Protección de los cultivos de los agentes meteorológicos. Fenología y agrometeorología. Previsiones meteorológicas. Interpretación de previsiones meteorológicas. Aparatos de medida de variables meteorológicas. Recogida de datos.
Necesidades de agua de los principales grupos de cultivos.
Análisis de calidad del agua para riego. Tomas de muestras.
Interpretación de resultados. Disponibilidad, origen, calidad y situación legal del agua de riego.
3. Cultivos herbáceos
Especies y variedades de cultivos herbáceos.
Cereales, leguminosas grano, plantas forrajeras, pratenses e industriales, raíces y tubérculos. Características botánicas y fisiológicas.
4. Preparación del terreno para la siembra y/o trasplante de cultivos herbáceos. Obras e infraestructuras previas
Topografía, forma y superficie de la parcela. Obras de infraestructuras. Movimientos de tierra. Maquinaria y equipos. Eliminación de obstáculos y refinado del terreno. Destoconado. Despedregado. Abancalado. Nivelado. Refinado.
Maquinaria, aperos y equipos.
Drenaje. Maquinaria y materiales.
Agua: Obras de captación, transporte y almacenamiento.
Cortavientos: Naturales y artificiales. Características. Materiales. Instalación.
Cierres de finca: Cimentaciones. Muros. Cercas. Características. Materiales. Instalación.
Caminos de servicio: Tipos, características. Materiales. Construcción.
Exigencias de los cultivos. Laboreo del suelo.
Clasificación y características de las labores agrícolas de preparación del suelo para la siembra.
Labores profundas, medias y superficiales.
Labores verticales y de volteo.
Actuaciones sobre el suelo en los sistemas de laboreo cero o siembra directa.
Enmiendas y abonado de fondo: Tipos de abonos. Características. Calculo del abonado.
Técnicas de aplicación de abonos. Maquinaria y aperos.
5. Siembra, plantación y trasplante
Cálculo de la materia vegetal para la siembra, plantación y transplante. Densidad y dosis de siembra.
Marcos de plantación. Selección y preparación de la semilla y/o planta. Cuidados del material vegetal de plantación.
Sistemas de siembra, plantación y trasplante. Épocas.
Preparación y regulación de la maquinaria, aperos y herramientas de siembra, plantación y/o trasplante.
Normas medioambientales y de prevención de riesgos laborales aplicables en la preparación del terreno, siembra y trasplante.
Incidencia medioambiental de las enmiendas y la fertilización. Manual de buenas prácticas agrícolas.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal, diseño universal o diseño para todas las personas y protección medioambiental.
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de las labores de preparación del terreno y de siembra y/o trasplante en cultivos herbáceos, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
MÓDULO FORMATIVO 2: OPERACIONES CULTURALES Y RECOLECCIÓN EN CULTIVOS HERBÁCEOS
Nivel: 2
Código: MF0524_2
Asociado a la UC: Realizar las operaciones de cultivo, recolección, transporte y almacenamiento de los cultivos herbáceos
Duración: 150 horas
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Regar los cultivos herbáceos, mediante la instalación de riego, atendiendo a las necesidades hídricas y factores medioambientales.
CE1.1 Enumerar los factores medioambientales e instrumentos básicos de medida de éstos que influyen en las necesidades de los cultivos.
CE1.2 Describir la instalación de riego, manual o automática, y comprobar los coeficientes de uniformidad para mejorar la eficiencia del riego.
CE1.3 Describir las necesidades hídricas de los cultivos en los distintos estados vegetativos.
CE1.4 Indicar tipos de riego en función de las características del suelo, del estado vegetativo del cultivo, de la climatología y de la lectura de los tensiómetros.
CE1.5 Determinar las necesidades de riegos de lavado en función de los drenajes, de la textura del suelo y de la CE del agua de riego.
CE1.6 Indicar las medidas de prevención de riesgos que afectan a los trabajos de riego.
CE1.7 En un supuesto práctico de riego en un cultivo y un suelo a partir de unas condiciones dadas:
- Elegir el sistema de riego más adecuado.
- Identificar los componentes del sistema y sus funciones.
- Calcular la dosis de riego y el número de horas de funcionamiento.
- Determinar los litros de agua necesarios por metro cuadrado y riego.
- Explicar los elementos de control del sistema.
- Explicar y realizar el mantenimiento del sistema de riego.
C2: Aplicar los fertilizantes o enmiendas recomendados a los cultivos herbáceos, utilizando los equipos requeridos.
CE2.1 Definir los elementos que determinan la fertilidad de un suelo, cómo: la toma de muestra de suelo, agua y la interpretación del análisis del mismo.
CE2.2 Describir la toma de hojas para un análisis foliar de un cultivo herbáceo, determinando en qué época se toman.
CE2.3 Describir los síntomas de las carencias más importantes de los cultivos herbáceos.
CE2.4 Enumerar los distintos elementos químicos usados en la nutrición de las plantas, y describir los fertilizantes más usuales en los cultivos herbáceos, sus principales características y las posibles incompatibilidades.
CE2.5 Interpretar las etiquetas de los fertilizantes y calcular las cantidades de fertilizantes para preparar las soluciones prescritas.
CE2.6 Describir los equipos para aplicación de fertilizantes a los cultivos herbáceos, indicando cómo regularlos y los puntos críticos de mantenimiento.
CE2.7 Indicar los riesgos y medidas de prevención de riesgos que afectan a la aplicación de los fertilizantes, según normativa aplicable.
CE2.8 En un supuesto práctico de abonado en un cultivo herbáceo, una instalación de riego y un plan de abonado a partir de unas condiciones dadas:
- Seleccionar los abonos comerciales a utilizar.
- Preparar y aplicar las soluciones nutritivas.
- Aplicar abonos sólidos de cobertera.
- Explicar los elementos de control del sistema.
- Explicar y realizar el mantenimiento del equipo de fertilización.
C3: Realizar las labores culturales para el desarrollo de los cultivos herbáceos en plantas y suelo en función de la especie de que se trate.
CE3.1 .Describir las labores en función de las hierbas no deseadas presentes y del estado físico del suelo.
CE3.2 Describir el entutorado que mejor se adapte al cultivo, en los casos en que sea requerido.
CE3.3 Describir las podas en verde o despuntes así como la limpieza de hojas en caso necesario.
CE3.4 Describir cómo ayudar a la polinización de las flores en los distintos cultivos herbáceos, ya sea con insectos polinizadores, hormonas o elementos fertilizantes y/o atrayentes.
CE3.5 Regular la producción despuntando ramilletes florales, eliminando flores o frutos para mejorar la producción y su calidad.
CE3.6 Describir la maquinaria y aperos para la ejecución de las labores en los distintos cultivos herbáceos.
CE3.7 Indicar las medidas de prevención de riesgos y de protección medioambiental que afectan a las labores culturales.
CE3.8 En un supuesto práctico de labores culturales en un cultivo herbáceo y un suelo a partir de unas condiciones dadas:
- Enumerar las operaciones necesarias a realizar sobre las plantas, eligiendo los útiles necesarios.
- Enumerar las labores culturales a realizar, eligiendo la maquinaria adecuada en cada caso y explicando su regulación.
- Explicar la conservación y mantenimiento de toda la maquinaria y equipos utilizados.
C4: Recolectar los cultivos herbáceos, teniendo en cuenta las normas de calidad, trazabilidad y seguridad alimentarias, cumpliendo la normativa aplicable.
CE4.1 Enumerar los principales parámetros a considerar para estimar el grado de madurez de los distintos cultivos herbáceos.
CE4.2 Describir los métodos de recolección en los principales cultivos herbáceos, y las cosechadoras, equipos y vehículos utilizados, especificando los puntos críticos de su mantenimiento.
CE4.3 Indicar las medidas de prevención de riesgos, según la normativa aplicable que afectan a la recolección de cultivos herbáceos.
CE4.4 En un supuesto práctico de recolección en un cultivo herbáceo a partir de unas condiciones dadas:
- Enumerar los parámetros que determinan su madurez y los valores de los mismos.
- Seleccionar el equipo de recolección más adecuado, estableciendo su regulación, control y mantenimiento.
- Recolectar los productos de los cultivos herbáceos teniendo en cuenta las normas de calidad, trazabilidad y seguridad alimentarias.
- Recolectar el cultivo herbáceo dado, teniendo en cuenta las normas de calidad, trazabilidad y seguridad alimentarias.
- Ejecutar las labores tomando las medidas de prevención de riesgos y de protección medioambiental adecuadas.
C5: Transportar los productos y subproductos para su almacenamiento, utilizando los equipos e instalaciones apropiados.
CE5.1 Describir los métodos de recolección y transporte.
CE5.2 Describir las condiciones que debe reunir el transporte de los diferentes productos y las características físicas de los vehículos.
CE5.3 Indicar las medidas de prevención de riesgos que afectan al transporte y almacenamiento de cultivos herbáceos.
CE5.4 Describir los principales requerimientos que deben reunir los almacenes para cada producto: dimensiones, materiales de construcción, ventilación.
CE5.5 En un supuesto práctico de transporte de un cultivo herbáceo a partir de unas condiciones dadas:
- Establecer el plan de control del producto almacenado o ensilado: desinfecciones previas y periódicas, parámetros a controlar, instrumentos para el control, frecuencia de las mediciones y corrección de los problemas que puedan surgir.
CE5.6 Describir las medidas de prevención de riesgos y de protección medioambiental referentes al transporte y almacenamiento de productos y subproductos herbáceos.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:
C1 respecto a CE1.7; C2 respecto a CE2.8; C3 respecto a CE3.8; C4 respecto a CE4.4; C5 respecto a CE5.5.
Otras capacidades:
Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Contenidos:
1. Riego
El agua en el suelo. Capacidad de absorción y retención de agua. Influencia de la topografía y de la protección del suelo en el balance hídrico y en la erosión. Necesidades hídricas de los cultivos herbáceos. Evapotranspiración. Factores climáticos que influyen en el balance hídrico del cultivo.
La calidad del agua de riego.
Sistemas de riego.
Riego a pie, por aspersión, localizado en superficie y enterrado. Instalaciones de riego.
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