Resolución de 10 de enero de 2017, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización

Rango Resolución
Publicación 2017-02-03
Estado Derogada · 2024-07-25
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos Sin indexar

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

Historial de reformas JSON API

La Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización, recoge en su anexo I la lista de mercancías destinadas a uso o consumo humano, que están sometidas a control sistemático en frontera exterior. Dicho anexo I fue modificado mediante la Resolución de 6 de junio de 2016, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.

Sin embargo, desde la entrada en vigor de la citada resolución, se han producido diferentes modificaciones normativas, de entre las que cabe señalar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1821 de la Comisión, de 6 de octubre de 2016, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común; el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2107 de la Comisión, de 1 de diciembre de 2016, que modifica el anexo I del Reglamento (CE) n.º 669/2009 por lo que respecta a la lista de piensos y alimentos de origen no animal cuya importación está sujeta a controles oficiales más intensos; y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2106 de la Comisión, de 1 de diciembre de 2016, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 884/2014 mediante la imposición de condiciones especiales a la importación de especias procedentes de Etiopía, cacahuetes procedentes de Argentina y avellanas procedentes de Azerbaiyán, y se modifican las condiciones especiales para la importación de higos secos y avellanas procedentes de Turquía y cacahuetes procedentes de la India; que han afectado al contenido del anexo I de la orden.

Por todo ello, resulta necesario modificar el anexo I de la citada orden para que contenga una relación actualizada de las mercancías de uso o consumo humano sometidas a control sanitario por parte de los Servicios de Inspección de Sanidad Exterior.

Esta Dirección General, en uso de la habilitación contenida en el artículo 7.º de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 20 de enero de 1994 y oídos los sectores afectados, resuelve:

Primero.

Modificar el anexo I de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización, y sustituirlo por el anexo de esta resolución.

Segundo.

Dar publicidad a las modalidades de control sanitario a los que están sujetos los productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo único de esta resolución, que sustituye al anexo único de la Resolución de 6 de junio de 2016.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta resolución producirá sus efectos quince días después de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de enero de 2017.–La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación, Elena Andradas Aragonés.

ANEXO. Lista de productos de uso y consumo humano (1) procedentes de países que no son de la unión susceptibles de control sanitario y veterinario a la introducción en el territorio nacional por parte de los servicios de sanidad exterior de las áreas y dependencias funcionales de sanidad y política social de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno

(1) En dicha relación no se incluyen los medicamentos de uso humano, los productos sanitarios, los cosméticos, los productos de higiene personal y los biocidas de uso clínico y personal, que procedan o tengan como destino países no comunitarios, objeto de control por parte de los servicios de inspección farmacéutica de las Áreas y Dependencias Funcionales de Sanidad y Política Social. Tampoco se incluyen en la misma las muestras biológicas reguladas por el Real Decreto 65/2006 y cuya importación o exportación está sujeta a autorización previa por parte de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior.

Reglas para la interpretación de la tabla

1. Código NC

En esta columna se relacionan los códigos de la nomenclatura combinada de acuerdo con el Anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, según redacción dada en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1821 de la Comisión, de 6 de octubre de 2016.

2. Designación de la mercancía

En esta columna se contempla la designación de la mercancía de acuerdo con el Anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo. Los títulos de las secciones, los capítulos y subcapítulos solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas generales para la interpretación de la nomenclatura combinada contempladas en el Título I del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1821 de la Comisión, de 6 de octubre de 2016.

3. Modalidad de control

En base a las diferentes disposiciones que son de aplicación a cada uno de los productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano, en esta columna se indica la modalidad de control sanitario o veterinario que corresponde en cada caso:

3.1 SANIM: Control sanitario previo a la importación. Las partidas deben declararse y controlarse antes de su despacho a libre práctica.

Salvo que se indique lo contrario la medida se aplicará exclusivamente a los productos encuadrados bajo el código NC correspondiente, siempre que vayan a ser destinados a uso o consumo humano, ya sea directo o después de su transformación, procesado, envasado, embalado, reenvasado o reembalado.

3.2 SANIM (1): Control sanitario previo a la importación (despacho a libre práctica), siempre que el producto estén totalmente terminados y dispuestos para su uso o consumo.

Salvo que se indique lo contrario, la medida se aplicará exclusivamente a los productos encuadrados bajo el código NC correspondiente siempre que:

– Vayan a ser destinados al consumo humano;

– Estén totalmente dispuestos para su consumo.

A estos efectos, se considera producto totalmente terminado y dispuesto para su uso o consumo, el producto que, por su forma de presentación, estado de conservación o por su volumen o cantidad es susceptible de comercializarse directamente al consumidor final sin someterse a una ulterior transformación, procesado, envasado, embalado, reenvasado o reembalado a nivel industrial. Por tanto, no tendrá la consideración de producto totalmente terminado y dispuesto para su uso o consumo, el producto importado con fines exclusivamente industriales, farmacéuticos o técnicos.

3.3 SANITIN: Control sanitario a la introducción en el territorio de la UE.

Esta medida afecta a todos los productos sujetos a controles veterinarios de conformidad con la Decisión de la Comisión 2007/275/CE, de 17 de abril de 2007, relativa a las listas de animales y productos que han de someterse a controles en los puestos de inspección fronterizos con arreglo a las Directivas del Consejo 91/496/CEE y 97/78/CE, así como determinados productos de origen no animal sujetos a un control reforzado en frontera en virtud del Reglamento (CE) n.º 669/2009 o cubiertos por alguna cláusula de salvaguardia que obliga a su control en el punto de entrada al territorio de la UE (por ejemplo, el Reglamento (UE) n.º 884/2014).

– En el caso de productos de origen animal procedentes de terceros países, esta medida conlleva un control en el punto de entrada o transbordo en la UE (Puesto de Inspección Fronterizo -PIF) sea cual sea el destino de la mercancía (despacho a libre práctica, tránsito a tercer país, reimportación o transbordo).

– En el caso de productos de origen no animal, la medida conlleva un control en el punto de entrada en la UE (Punto de Importación Designado –PDI, Punto de Entrada Designado –PED). No obstante, esta medida sólo es aplicable en el caso de que:

• Los productos se destinen a consumo humano y

• Vayan a ser importados en la UE.

En todos estos casos, no podrá autorizarse el movimiento o tránsito de los productos pendientes de despacho sanitario sin contar con la autorización de los servicios de inspección veterinaria/sanitaria de las Áreas funcionales de Sanidad y Política Social.

3.4 SANITIN / SANIM: Control sanitario a la introducción o importación del producto. El tipo de control dependerá de la composición del producto. Es el caso, por ejemplo, de los productos que dependiendo de su composición, están sujetos o no a controles veterinarios previos a su introducción o no.

3.5 SANITIN / SANIM (1): Control sanitario a la introducción (este o no preparado para su uso o consumo) o a la importación del producto totalmente terminado y dispuesto para su uso o consumo. El tipo de control dependerá de la composición del producto. Es el caso, por ejemplo, de aquellos productos que dependiendo de su composición, están sujetos o no un control veterinario previo a su introducción o no.

4. Tipo de producto

En esta columna se recoge una clasificación, en base a su naturaleza, de los diferentes productos de comercio exterior destinados al uso o consumo humano sujetos a controles sanitarios o veterinarios:

4.1 POA: Producto de origen animal o un producto compuesto sujeto a controles veterinarios de conformidad con la Decisión 2007/275/CE.

4.2 POH: Productos de origen humano sujetos a controles sanitarios.

4.3 PONA: Producto de origen no animal no sujetos, por tanto, a controles veterinarios de conformidad con la Decisión 2007/275/CE.

4.4 POA/PONA: Cuando bajo el mismo código pueden encuadrarse productos que, dependiendo de su composición, pueden considerarse como de origen animal (susceptibles de control veterinario) o no animal.

5. Puntos de control

En esta columna se indica la instalación fronteriza de control sanitario o veterinario de mercancías, donde deben efectuarse los controles previstos en las diferentes disposiciones que son de aplicación para cada uno de los productos:

5.1 PIF: Puesto de inspección fronterizo. Para el control de los productos sujetos a controles veterinarios de conformidad con la Decisión 2007/275/CE.

La relación de PIF autorizados aparece publicada en la Decisión 2009/821/CE, de 28 de septiembre de 2009, por la que se establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados y se disponen determinadas normas sobre las inspecciones efectuadas por los expertos veterinarios de la Comisión, así como las unidades veterinarias de Traces. Asimismo, puede consultarse esta información en el siguiente enlace:

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/pif.htm.

5.2 PED*: Punto de entrada designado. El punto de entrada establecido en el artículo 3, letra b), del Reglamento (CE) n.º 669/2009, específicamente designado para el control de los productos de origen no animal regulados en las siguientes disposiciones:

– Reglamento (CE) n.º 669/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE.

– Reglamento de Ejecución (UE) n.º 884/2014 de la Comisión, de 13 de agosto de 2014, por el que se imponen condiciones especiales a la importación desde determinados terceros países de piensos y alimentos que pueden estar contaminados por aflatoxinas y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1152/2009.

– Reglamento de Ejecución (UE) n.º 885/2014 de la Comisión, de 13 de agosto de 2014, por el que se establecen las condiciones específicas aplicables a la importación de quingombó y hojas de curry de la India y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 91/2013.

– Decisión de Ejecución 2011/884/UE de la Comisión, de 22 de diciembre de 2011, sobre las medidas de emergencia relativas al arroz modificado genéticamente no autorizado en los productos a base de arroz originarios de China y por la que se deroga la Decisión 2008/289/CE.

– Reglamento de Ejecución (UE) 2016/6, de 5 de enero de 2016, por el que se imponen condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o procedentes de Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 322/2014.

No obstante, en el caso concreto de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, estos controles se llevarán a cabo en el correspondiente RAH.

La relación de todos los PED autorizados por España puede consultarse en la dirección URL:

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/puntos_entrada.htm.

5.3 PDI: Punto designado de importación. Punto específicamente designado para el control e importación de los productos regulados en el artículo 1 del Reglamento (UE) n.º 884/2014, que debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 8 de este Reglamento. En dicho punto se llevará a cabo los controles oficiales previstos en el artículo 9 del mencionado Reglamento.

La relación de PDI autorizados por España puede consultarse en la dirección URL:

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/pdi.htm.

5.4 RAH: Recinto Aduanero Habilitado a través del cual el Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales e Igualdad autoriza la importación (despacho a libre práctica) de los diferentes productos de uso y consumo humano que, conforme a la normativa comunitaria, no son objeto de control en PIF, PED o PDI.

La relación de RAH aparece publicada en el siguiente enlace:

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/rah.htm.

5.5 RAH*: Recinto Aduanero Habilitado para el control de determinados productos sujetos a una medida específica de protección.

Es el caso de los siguientes productos o grupos de productos:

– Goma Guar o alimentos que contengan al menos un 10 % de goma guar de la India (Reglamento de Ejecución (UE) 2015/175).

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/guarIndia.htm.

– Determinados productos agrícolas de terceros países como consecuencia del accidente en la central nuclear de Chernóbil (Reglamento (CE) n.º 1635/2006).

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/rahChernobil.htm.

– Decisión de Ejecución de la Comisión 2014/88/UE, de 13 de febrero de 2014, por la que se suspenden temporalmente las importaciones procedentes de Bangladesh de productos alimenticios que estén compuestos de hojas de betel (Piper betle) o que las contengan.

– Reglamento de Ejecución (UE) 2015/949 de la Comisión, de 19 de junio de 2015, por el que se autorizan los controles previos a la exportación efectuados por determinados terceros países a algunos alimentos para detectar la presencia de ciertas micotoxinas.

– Reglamento de Ejecución (UE) 2015/943 de la Comisión, de 18 de junio de 2015, relativo a medidas de emergencia para la suspensión de las importaciones de judías secas procedentes de Nigeria y por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) n.º 669/2009.

5.6 PPI: El Punto de Primera Introducción, tal como se define en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 284/2011, es el punto de entrada en la Unión de las partidas de plásticos de poliamida y melamina para la cocina originarios o procedentes de la República Popular China y de Hong Kong.

La relación de PPI aparece publicada en el siguiente enlace:

http://www.msssi.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/controlesSanitarios/instaAlmacen/ppi_china.htm.

6. Países de origen o procedencia

En esta columna se indica la lista de países afectado por cada una de las medidas. De modo que, por ejemplo, cuando en esta columna figura el nombre de uno o más países terceros, significa que esa medida concreta afecta a todos las partidas del producto en cuestión (NC) originarias o procedentes de ese país o de esos países terceros. Por el contrario cuando en la columna figure la palabra TODOS, significa lo siguiente:

Productos Países afectados por la medida
Productos de origen animal sujetos a controles veterinarios, según lo dispuesto en el Real Decreto 1977/1999. Esta medida afecta a los productos de origen animal procedente de todos los países que no son de la Unión con las siguientes excepciones: todos los productos de origen animal de Noruega, Andorra, San Marino, Suiza (2), Liechtenstein (2), Islas Feroe e Islandia, que, por tanto, quedan exceptuados de controles veterinarios.
Biocidas y fitosanitarios (partida 3808). Esta medida afecta a todos los países que no son de la Unión.
Productos regulados en el Reglamento (CE) n.º 669/2009. Esta medida afecta a todos los países situados fuera del territorio de la Unión que se indican en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 669/2009.
Productos regulados en el Reglamento (CE) n.º 1635/2006. Las disposiciones contempladas en esta norma, son de aplicación a todos los países terceros recogidos en su anexo II (3).
Productos sujetos a medidas de salvaguardia, desarrolladas en base al artículo 53 del Reglamento (CE) n.º 178/2002. Las disposiciones contempladas en cada medida de salvaguardia, son de aplicación a los países que no son de la Unión recogidos en cada disposición.
Productos de origen no animal para los que no existe una normativa específica y que, por tanto, están sujetos a controles sanitarios con arreglo a la Orden 20 de enero 1994. Esta medida afecta a los productos procedentes de todos los países que no son de la Unión con las siguientes excepciones: Noruega, Andorra, San Marino, Suiza, Liechtenstein, Islas Feroe e Islandia, que por tanto quedan exceptuados de control sanitario.
Productos de origen humano. Esta medida afecta a los productos procedentes de todos los países que no son de la Unión. No será aplicable a los intercambios entre las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y el resto del territorio nacional.
(2) Salvo en lo relativo a las importaciones de carnes procedentes de países que no prohíban la utilización de hormonas para estimular el rendimiento de los animales. (3) En el caso de Noruega, Suiza y Liechtenstein, sí son de aplicación las disposiciones recogidas en el Reglamento (CE) n.º 1635/2006 de la Comisión, de 6 de noviembre de 2006. (2) Salvo en lo relativo a las importaciones de carnes procedentes de países que no prohíban la utilización de hormonas para estimular el rendimiento de los animales. (3) En el caso de Noruega, Suiza y Liechtenstein, sí son de aplicación las disposiciones recogidas en el Reglamento (CE) n.º 1635/2006 de la Comisión, de 6 de noviembre de 2006.

7. Observaciones

En esta columna se recoge información en relación a los productos afectados por cada medida. Este ocurre, por ejemplo, cuando bajo un mismo código NC se engloben productos diferentes, estando solo algunos afectados por una determinada disposición. En ese caso se indica cuáles son los productos sujetos a esa medida y tipo de control (SANITIN, SANIM (1) o SANIM) o, por el contrario, se señala la normativa donde se detalla dicha información.

Código TARIC Descripción Tipo de producto Control Punto de control Países de origen/procedencia Observaciones
CAPÍTULO 2: CARNES Y DESPOJOS COMESTIBLES
O201 Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada
0201 10 00 – En canales o medias canales POA SANITIN PIF TODOS
0201 20 – Los demás cortes (trozos) sin deshuesar:
0201 20 20 – – Cuartos llamados «compensados» POA SANITIN PIF TODOS
0201 20 30 – – Cuartos delanteros, unidos o separados POA SANITIN PIF TODOS
0201 20 50 – – Cuartos traseros, unidos o separados POA SANITIN PIF TODOS
0201 20 90 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0201 30 00 – Deshuesada POA SANITIN PIF TODOS
O202 Carne de animales de la especie bovina, congelada
0202 10 00 – En canales o medias canales POA SANITIN PIF TODOS
0202 20 – Los demás cortes (trozos) sin deshuesar
0202 20 10 – – Cuartos llamados «compensados» POA SANITIN PIF TODOS
0202 20 30 – – Cuartos delanteros unidos o separados POA SANITIN PIF TODOS
0202 20 50 – – Cuartos traseros unidos o separados POA SANITIN PIF TODOS
0202 20 90 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0202 30 – Deshuesada
0202 30 10 – – Cuartos delanteros enteros o cortados en cinco trozos como máximo, presentándose cada cuarto delantero en un solo bloque de congelación, cuartos llamados «compensados» presentados en dos bloques de congelación que contengan, uno, el cuarto delantero completo o cortado en cinco trozos como máximo y, el otro, el cuarto trasero en un solo trozo (excepto el del solomillo) POA SANITIN PIF TODOS
0202 30 50 – – Cortes de cuartos delanteros y cortes de pecho, llamados «australianos» POA SANITIN PIF TODOS
0202 30 90 – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
O203 Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada
– Fresca o refrigerada
0203 11 – – En canales o medias canales
0203 11 10 – – – De animales de la especie porcina doméstica POA SANITIN PIF TODOS
0203 11 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0203 12 – – Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar
– – – De animales de la especie porcina doméstica
0203 12 11 – – – – Piernas y trozos de pierna POA SANITIN PIF TODOS
0203 12 19 – – – – Paletas y trozos de paleta POA SANITIN PIF TODOS
0203 12 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0203 19 – – Las demás:
– – – De animales de la especie porcina doméstica
0203 19 11 – – – – Partes delanteras y trozos de partes delanteras POA SANITIN PIF TODOS
0203 19 13 – – – – Chuleteros y trozos de chuletero POA SANITIN PIF TODOS
0203 19 15 – – – – Panceta y trozos de panceta POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Las demás:
0203 19 55 – – – – – Deshuesadas POA SANITIN PIF TODOS
0203 19 59 – – – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0203 19 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
– Congelada
0203 21 – – En canales o medias canales
0203 21 10 – – – De animales de la especie porcina doméstica POA SANITIN PIF TODOS
0203 21 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0203 22 – – Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar
– – – De animales de la especie porcina doméstica
0203 22 11 – – – – Piernas y trozos de pierna POA SANITIN PIF TODOS
0203 22 19 – – – – Paletas y trozos de paleta POA SANITIN PIF TODOS
0203 22 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0203 29 – – Las demás
– – – De animales de la especie porcina doméstica
0203 29 11 – – – – Partes delanteras y trozos de partes delanteras POA SANITIN PIF TODOS
0203 29 13 – – – – Chuleteros y trozos de chuletero POA SANITIN PIF TODOS
0203 29 15 – – – – Panceta y trozos de panceta POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Las demás:
0203 29 55 – – – – – Deshuesadas POA SANITIN PIF TODOS
0203 29 59 – – – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0203 29 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
O204 Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada
0204 10 00 – Canales o medias canales de cordero, frescas o refrigeradas POA SANITIN PIF TODOS
– Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas
0204 21 00 – – En canales o medias canales POA SANITIN PIF TODOS
0204 22 – – Los demás cortes (trozos) sin deshuesar
0204 22 10 – – – Parte anterior de la canal o cuarto delantero POA SANITIN PIF TODOS
0204 22 30 – – – Chuleteros de palo o de riñonada o medios chuleteros de palo o de riñonada POA SANITIN PIF TODOS
0204 22 50 – – – Parte trasera de la canal o cuarto trasero POA SANITIN PIF TODOS
0204 22 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0204 23 00 – – Deshuesadas POA SANITIN PIF TODOS
0204 30 00 – Canales o medias canales de cordero, congeladas POA SANITIN PIF TODOS
– Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas
0204 41 00 – – En canales o medias canales POA SANITIN PIF TODOS
0204 42 – – Los demás cortes (trozos) sin deshuesar
0204 42 10 – – – Parte anterior de la canal o cuarto delantero POA SANITIN PIF TODOS
0204 42 30 – – – Chuleteros de palo o de riñonada o medios chuleteros de palo o de riñonada POA SANITIN PIF TODOS
0204 42 50 – – – Parte trasera de la canal o cuarto trasero POA SANITIN PIF TODOS
0204 42 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0204 43 – – Deshuesadas
0204 43 10 – – – De cordero POA SANITIN PIF TODOS
0204 43 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 – Carne de animales de la especie caprina
– – Fresca o refrigerada
0204 50 11 – – – En canales o medias canales POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 13 – – – Parte anterior de la canal o cuarto delantero POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 15 – – – Chuleteros de palo o de riñonada o medios chuleteros de palo o de riñonada POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 19 – – – Parte trasera de la canal o cuarto trasero POA SANITIN PIF TODOS
– – – Las demás
0204 50 31 – – – – Cortes (trozos) sin deshuesar POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 39 – – – – Cortes (trozos) deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – Congelada
0204 50 51 – – – En canales o medias canales POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 53 – – – Parte anterior de la canal o cuarto delantero POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 55 – – – Chuleteros de palo o de riñonada o medios chuleteros de palo o de riñonada POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 59 – – – Parte trasera de la canal o cuarto trasero POA SANITIN PIF TODOS
– – – Los demás
0204 50 71 – – – – Cortes (trozos) sin deshuesar POA SANITIN PIF TODOS
0204 50 79 – – – – Cortes (trozos) deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
0205 00 Carne de animales de las especies caballar, asnal o mular, fresca, refrigerada o congelada
0205 00 20 – Fresca o refrigerada POA SANITIN PIF TODOS
0205 00 80 – Congelada POA SANITIN PIF TODOS
O206 Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados
0206 10 – De la especie bovina, frescos o refrigerados
0206 10 10 – – Destinados a la fabricación de productos farmacéuticos POA SANITIN PIF TODOS
– – Los demás
0206 10 95 – – – Músculos del diafragma y delgados POA SANITIN PIF TODOS
0206 10 98 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– De la especie bovina, congelados
0206 21 00 – – Lenguas POA SANITIN PIF TODOS
0206 22 00 – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0206 29 – – Los demás
0206 29 10 – – – Destinados a la fabricación de productos farmacéuticos POA SANITIN PIF TODOS
– – – Los demás:
0206 29 91 – – – – Músculos del diafragma y delgados POA SANITIN PIF TODOS
0206 29 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0206 30 00 – De la especie porcina, frescos o refrigerados POA SANITIN PIF TODOS
– De la especie porcina, congelados:
0206 41 00 – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0206 49 00 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0206 80 – Los demás, frescos o refrigerados
0206 80 10 – – Destinados a la fabricación de productos farmacéuticos POA SANITIN PIF TODOS
– – Los demás
0206 80 91 – – – De las especies caballar, asnal y mular POA SANITIN PIF TODOS
0206 80 99 – – – De las especies ovina y caprina POA SANITIN PIF TODOS
0206 90 – Los demás, congelados
0206 90 10 – – Destinados a la fabricación de productos farmacéuticos POA SANITIN PIF TODOS
– – Los demás
0206 90 91 – – – De las especies caballar, asnal y mular POA SANITIN PIF TODOS
0206 90 99 – – – De las especies ovina y caprina POA SANITIN PIF TODOS
O207 Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 0105, frescos, refrigerados o congelados
– De gallo o gallina
0207 11 – – Sin trocear, frescos o refrigerados
0207 11 10 – – – Desplumados y destripados, con la cabeza y las patas, llamados «pollos 83 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 11 30 – – – Desplumados, eviscerados, sin cabeza ni patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la molleja, llamados «pollos 70 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 11 90 – – – Desplumados, eviscerados, sin cabeza, patas, cuello, corazón, hígado ni molleja, llamados «pollos 65 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 12 – – Sin trocear, congelados
0207 12 10 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la molleja, llamados «pollos 70 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 12 90 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas y sin el cuello, el corazón, el hígado ni la molleja, llamados «pollos 65 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 – – Trozos y despojos, frescos o refrigerados
– – – Trozos
0207 13 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar
0207 13 20 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 30 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 40 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 50 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 60 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 70 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos
0207 13 91 – – – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0207 13 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 – – Trozos y despojos, congelados
– – – Trozos:
0207 14 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar:
0207 14 20 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 30 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 40 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 50 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 60 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 70 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
0207 14 91 – – – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0207 14 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– De pavo (gallipavo)
0207 24 – – Sin trocear, frescos o refrigerados
0207 24 10 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la molleja, llamados «pavos 80 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 24 90 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza, el cuello, las patas, el corazón, el hígado ni la molleja, llamados «pavos 73 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 25 – – Sin trocear, congelados
0207 25 10 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la molleja, llamados «pavos 80 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 25 90 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza, el cuello, las patas, el corazón, el hígado ni la molleja, llamados «pavos 73 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 – – Trozos y despojos, frescos o refrigerados
– – – Trozos
0207 26 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar
0207 26 20 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 30 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 40 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 50 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
– – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos
0207 26 60 – – – – – – Muslos y trozos de muslo POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 70 – – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 80 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos
0207 26 91 – – – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0207 26 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 – – Trozos y despojos, congelados
– – – Trozos:
0207 27 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar
0207 27 20 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 30 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 40 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 50 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
– – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos
0207 27 60 – – – – – – Muslos y trozos de muslo POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 70 – – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 80 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
0207 27 91 – – – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0207 27 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– De pato
0207 41 – – Sin trocear, frescos o refrigerados
0207 41 20 – – – – Desplumados, sangrados, sin eviscerar o destripados, con la cabeza y las patas, llamados «patos 85 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 41 30 – – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, con el cuello, el corazón, el hígado y la molleja, llamados «patos 70 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 41 80 – – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas y sin el cuello, el corazón, el hígado ni la molleja, llamados «patos 63 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 42 – – Sin trocear, congelados
0207 42 30 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la molleja, llamados «patos 70 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 42 80 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza, las patas, el cuello, el hígado ni la molleja, llamados «patos 63 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 43 00 – – Hígados grasos, frescos o refrigerados POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 – – Los demás, frescos o refrigerados:
– – – Trozos:
0207 44 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar:
0207 44 21 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 31 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 41 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 51 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 61 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 71 – – – – – Patos semideshuesados POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 81 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
0207 44 91 – – – – Hígados (excepto los hígados grasos de pato) POA SANITIN PIF TODOS
0207 44 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 – – Los demás, congelados:
– – – Trozos:
0207 45 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar:
0207 45 21 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 31 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 41 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 51 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 61 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 71 – – – – – Patos semideshuesados POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 81 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
– – – – Hígados:
0207 45 93 – – – – – Hígados grasos de pato POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 95 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 45 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– De ganso:
0207 51 – – Sin trocear, frescos o refrigerados:
0207 51 10 – – – Desplumados, sangrados, sin eviscerar, con la cabeza y las patas, llamados «gansos 82 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 51 90 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, con el corazón y la molleja o sin ellos, llamados «gansos 75 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 52 – – Sin trocear, congelados:
0207 52 10 – – – Desplumados, sangrados, sin eviscerar, con la cabeza y las patas, llamados «gansos 82 %» POA SANITIN PIF TODOS
0207 52 90 – – – Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, con el corazón y la molleja o sin ellos, llamados «gansos 75 %», o presentados de otro modo POA SANITIN PIF TODOS
0207 53 00 – – Hígados grasos, frescos o refrigerados POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 – – Los demás, frescos o refrigerados:
– – – Trozos:
0207 54 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar:
0207 54 21 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 31 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 41 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 51 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 61 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 71 – – – – – Gansos semideshuesados POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 81 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
0207 54 91 – – – – Hígados (excepto los hígados grasos de ganso) POA SANITIN PIF TODOS
0207 54 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 – – Los demás, congelados:
– – – Trozos:
0207 55 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar:
0207 55 21 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 31 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 41 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 51 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 61 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 71 – – – – – Gansos semideshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
– – – – Hígados:
0207 55 93 – – – – – Hígados grasos de ganso POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 95 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 55 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 – De pintada:
0207 60 05 – – Sin trocear, frescos, refrigerados o congelados POA SANITIN PIF TODOS
– – Los demás, frescos, refrigerados o congelados:
– – – Trozos:
0207 60 10 – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Sin deshuesar:
0207 60 21 – – – – – Mitades o cuartos POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 31 – – – – – Alas enteras, incluso sin la punta POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 41 – – – – – Troncos, cuellos, troncos con cuello, rabadillas y puntas de alas POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 51 – – – – – Pechugas y trozos de pechuga POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 61 – – – – – Muslos, contramuslos, y sus trozos POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 81 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos:
0207 60 91 – – – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0207 60 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
O208 Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados
0208 10 – De conejo o liebre
0208 10 10 – – De conejos domésticos POA SANITIN PIF TODOS
0208 10 90 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0208 30 00 – De primates POA SANITIN PIF TODOS
0208 40 – De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios)
0208 40 10 – – Carne de ballenas POA SANITIN PIF TODOS
0208 40 20 – – Carne de focas POA SANITIN PIF TODOS
0208 40 80 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0208 50 00 – De reptiles (incluidas las serpientes y las tortugas de mar) POA SANITIN PIF TODOS
0208 60 00 – De camellos y demás camélidos (Camelidae) POA SANITIN PIF TODOS
0208 90 – Los demás
0208 90 10 – – De palomas domésticas POA SANITIN PIF TODOS
0208 90 30 – – De caza (excepto de conejo o liebre) POA SANITIN PIF TODOS
0208 90 60 – – De renos POA SANITIN PIF TODOS
0208 90 70 – – Ancas (patas) de rana POA SANITIN PIF TODOS
0208 90 98 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0209 Tocino sin partes magras y grasa de cerdo o de ave sin fundir ni extraer de otro modo, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados
– Tocino
0209 10 11 – – Fresco, refrigerado, congelado, salado o en salmuera POA SANITIN PIF TODOS
0209 10 19 – – Seco o ahumado POA SANITIN PIF TODOS
0209 10 90 – Grasa de cerdo POA SANITIN PIF TODOS
0209 90 00 – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
O210 Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos:
– Carne de la especie porcina
0210 11 – – Jamones, paletas, y sus trozos, sin deshuesar
– – – De la especie porcina doméstica
– – – – Salados o en salmuera
0210 11 11 – – – – – Jamones y trozos de jamón POA SANITIN PIF TODOS
0210 11 19 – – – – – Paletas y trozos de paleta POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Secos o ahumados:
0210 11 31 – – – – – Jamones y trozos de jamón POA SANITIN PIF TODOS
0210 11 39 – – – – – Paletas y trozos de paleta POA SANITIN PIF TODOS
0210 11 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0210 12 – – Tocino entreverado de panza (panceta) y sus trozos
– – – De la especie porcina doméstica
0210 12 11 – – – – Salados o en salmuera POA SANITIN PIF TODOS
0210 12 19 – – – – Secos o ahumados POA SANITIN PIF TODOS
0210 12 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 – – Las demás
– – – De la especie porcina doméstica
– – – – Salados o en salmuera
0210 19 10 – – – – – Medias canales de tipo «bacon» o tres cuartos delanteros . POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 20 – – – – – Tres cuartos traseros o centros POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 30 – – – – – Partes delanteras y trozos de partes delanteras POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 40 – – – – – Chuleteros y trozos de chuletero POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 50 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Secos o ahumados
0210 19 60 – – – – – Partes delanteras y trozos de partes delanteras POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 70 – – – – – Chuleteros y partes de chuletero POA SANITIN PIF TODOS
– – – – – Los demás
0210 19 81 – – – – – – Deshuesados POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 89 – – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0210 19 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0210 20 – Carne de la especie bovina
0210 20 10 – – Sin deshuesar POA SANITIN PIF TODOS
0210 20 90 – – Deshuesada POA SANITIN PIF TODOS
– Los demás, incluidos la harina y polvo comestibles, de carne o de despojos
0210 91 00 – – De primates POA SANITIN PIF TODOS
0210 92 – – De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios); de otarios y focas, leones marinos y morsas (mamíferos del suborden Pinnipedia):
0210 92 10 – – De ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); de manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios) POA SANITIN PIF TODOS
– – – Los demás:
0210 92 91 – – – – Carne POA SANITIN PIF TODOS
0210 92 92 – – – – Despojos POA SANITIN PIF TODOS
0210 92 99 – – – – Harina y polvo comestibles, de carne o de despojos POA SANITIN PIF TODOS
0210 93 00 – – De reptiles (incluidas las serpientes y las tortugas de mar) POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 – – Los demás
– – – Carne
0210 99 10 – – – – De caballo, salada, en salmuera o seca POA SANITIN PIF TODOS
– – – – De las especies ovina y caprina
0210 99 21 – – – – – Sin deshuesar POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 29 – – – – – Deshuesada POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 31 – – – – De renos POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 39 – – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Despojos
– – – – De la especie porcina doméstica
0210 99 41 – – – – – Hígados POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 49 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – – De la especie bovina:
0210 99 51 – – – – – Músculos del diafragma e intestinos delgados POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 59 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Los demás
– – – – – Hígados de aves:
0210 99 71 – – – – – – Hígados grasos de ganso o de pato, salados o en salmuera POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 79 – – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 85 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0210 99 90 – – – Harina y polvo comestibles, de carne o de despojos POA SANITIN PIF TODOS
CAPÍTULO 3: PESCADOS Y CRUSTÁCEOS, MOLUSCOS Y DEMÁS INVERTEBRADOS ACUÁTICOS
O301 Peces vivos
– Los demás peces vivos (*) (*) No ornamentales
0301 91 – – Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster )
0301 91 10 – – – De las especies Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster POA SANITIN PIF TODOS
0301 91 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0301 92 – – Anguilas (Anguilla spp.)
0301 92 10 – – – De longitud inferior a 12 cm POA SANITIN PIF TODOS
0301 92 30 – – – De longitud igual o superior a 12 cm pero inferior a 20 cm POA SANITIN PIF TODOS
0301 92 90 – – – De longitud igual o superior a 20 cm POA SANITIN PIF TODOS
0301 93 00 – – Carpas (Cyprinus spp., Carassius spp., Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus, Catla catla, Labeo spp., Osteochilus hasselti, Leptobarbus hoeveni, Megalobrama spp. ) POA SANITIN PIF TODOS
0301 94 – – Atunes comunes o de aleta azul, del Atlántico y del Pacífico ( Thunnus thynnus, Thunnus orientalis ):
0301 94 10 – – – Atunes comunes o de aleta azul del Atlántico ( Thunnus thynnus ) POA SANITIN PIF TODOS
0301 94 90 – – – Atunes comunes o de aleta azul del Pacífico ( Thunnus orientalis ) POA SANITIN PIF TODOS
0301 95 00 – – Atunes del sur ( Thunnus maccoyii ) POA SANITIN PIF TODOS
0301 99 – – Los demás
– – – De agua dulce
0301 99 11 – – – – Salmones del Pacífico ( Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch , Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus), salmones del Atlántico ( Salmo salar ) y salmones del Danubio (Hucho hucho ) POA SANITIN PIF TODOS
0301 99 17 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0301 99 85 – – – De mar POA SANITIN PIF TODOS
O302 Pescado fresco o refrigerado (excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 0304)
– Salmónidos (excepto los hígados, huevas y lechas)
0302 11 – – Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster )
0302 11 10 – – – De las especies Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster POA SANITIN PIF TODOS
0302 11 20 – – – De la especie Oncorhynchus mykiss, sin descabezar, con branquias y evisceradas, de peso superior a 1,2 kg por unidad, o descabezadas, sin branquias y evisceradas, de peso superior a 1 kg por unidad POA SANITIN PIF TODOS
0302 11 80 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 13 00 – – Salmones del Pacífico ( Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus ) POA SANITIN PIF TODOS
0302 14 00 – – Salmones del Atlántico ( Salmo salar ) y salmones del Danubio (Hucho hucho ) POA SANITIN PIF TODOS
0302 19 00 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Pescados planos (Pleuronéctidos, Bótidos, Cynoglósidos, Soleidos, Escoftálmidos y Citáridos) (excepto los hígados, huevas y lechas)
0302 21 – – Halibut (fletán) (Reinhardtius hippoglossoides, Hippoglossus hippoglossus, Hippoglossus stenolepis )
0302 21 10 – – – Halibut (fletán) negro (Reinhardtius hippoglossoides) POA SANITIN PIF TODOS
0302 21 30 – – – Halibut (fletán) atlántico (Hippoglossus hippoglossus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 21 90 – – – Halibut (fletán) del Pacífico (Hippoglossus stenolepis) POA SANITIN PIF TODOS
0302 22 00 – – Sollas (Pleuronectes platessa) POA SANITIN PIF TODOS
0302 23 00 – – Lenguados (Solea spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 24 00 – – Rodaballos (Psetta maxima) POA SANITIN PIF TODOS
0302 29 – – Los demás
0302 29 10 – – – Gallos (Lepidorhombus spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 29 80 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Atunes (del género Thunnus ), listados o bonitos de vientre rayado (Euthynnus [Katsuwonus] pelamis) (excepto los hígados, huevas y lechas)
0302 31 – – Albacoras o atunes blancos (Thunnus alalunga)
0302 31 10 – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 31 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 32 – – Atunes de aleta amarilla (rabiles) (Thunnus albacares)
0302 32 10 – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 32 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 33 – – Listados o bonitos de vientre rayado
0302 33 10 – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 33 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 34 – – Patudos o atunes ojo grande (Thunnus obesus)
0302 34 10 – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 34 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 35 – – Atunes comunes o de aleta azul, del Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus, Thunnus orientalis):
– – – Atunes comunes o de aleta azul del Atlántico (Thunnus thynnus):
0302 35 11 – – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 35 19 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – Atunes comunes o de aleta azul del Pacífico (Thunnus orientalis):
0302 35 91 – – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 35 99 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 36 – – Atunes del sur (Thunnus maccoyii)
0302 36 10 – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 36 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 39 – – Los demás
0302 39 20 – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 39 80 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii), anchoas (Engraulis spp.), sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp.), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus sprattus), caballas (Scomber scombrus, Scomber australasicus, Scomber japonicus), jureles (Trachurus spp.), cobias (Rachycentron canadum) y peces espada (Xiphias gladius), excepto los hígados, huevas y lechas:
0302 41 00 – – Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) POA SANITIN PIF TODOS
0302 42 00 – – Anchoas (Engraulis spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 43 – – Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp.), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus sprattus):
0302 43 10 – – – Sardinas de la especie Sardina pilchardus POA SANITIN PIF TODOS
0302 43 30 – – – Sardinas del género Sardinops; sardinelas (Sardinella spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 43 90 – – – Espadines (Sprattus sprattus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 44 00 – – Caballas (Scomber scombrus, Scomber australasicus, Scomber japonicus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 45 – – Jureles (Trachurus spp.):
0302 45 10 – – – Jureles (Trachurus trachurus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 45 30 – – – Jureles chilenos (Trachurus murphyi) POA SANITIN PIF TODOS
0302 45 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 46 00 – – Cobias (Rachycentron canadum) POA SANITIN PIF TODOS
0302 47 00 – – Peces espada (Xiphias gladius) POA SANITIN PIF TODOS
0302 49 – – Los demás:
– – – Bacoretas orientales ( Euthynnus affinis ):
0302 49 11 – – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 49 19 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 49 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Pescados de las familias Bregmacerotidae, Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae, Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y Muraenolepididae, excepto los hígados, huevas y lechas:
0302 51 – – Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus):
0302 51 10 – – – De la especie Gadus morhua POA SANITIN PIF TODOS
0302 51 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 52 00 – – Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 53 00 – – Carboneros (Pollachius virens) POA SANITIN PIF TODOS
0302 54 – – Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.):
– – – Merluza del género Merluccius:
0302 54 11 – – – – Merluza del Cabo (Merluccius capensis) y merluza de altura (Merluccius paradoxus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 54 15 – – – – Merluza austral (merluza sureña) (Merluccius australis) POA SANITIN PIF TODOS
0302 54 19 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 54 90 – – – Merluza del género Urophycis POA SANITIN PIF TODOS
0302 55 00 – – Abadejo de Alaska (Theragra chalcogramma) POA SANITIN PIF TODOS
0302 56 00 – – Bacaladillas (Micromesistius poutassou, Micromesistius australis POA SANITIN PIF TODOS
0302 59 – – Los demás:
0302 59 10 – – – Pescados de la especie Boreogadus saida POA SANITIN PIF TODOS
0302 59 20 – – – Merlanes (Merlangius merlangus) POA SANITIN PIF TODOS
0302 59 30 – – – Abadejos (Pollachius pollachius) POA SANITIN PIF TODOS
0302 59 40 – – – Maruca y escolanos (Molva spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 59 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio, Carassius carassius, Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus), anguilas (Anguilla spp.), percas del Nilo (Lates niloticus) y peces cabeza de serpiente (Channa spp.), excepto los hígados, huevas y lechas:
0302 71 00 – – Tilapias (Oreochromis spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 72 00 – – Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp., Ictalurus spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 73 00 – – Carpas (Cyprinus spp., Carassius spp., Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus, Catla catla, Labeo spp., Osteochilus hasselti, Leptobarbus hoeveni, Megalobrama spp. ) POA SANITIN PIF TODOS
0302 74 00 – – Anguilas (Anguilla spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 79 00 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Los demás pescados (excepto los hígados, huevas y lechas):
0302 81 – – Cazones y demás escualos:
0302 81 15 – – – Mielgas (Squalus acanthias ) y pintarrojas (Scyliorhinus spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 81 30 – – – Marrajo sardinero (Lamna nasus ) POA SANITIN PIF TODOS
0302 81 40 – – – Tintoreras (Prionace glauca ) POA SANITIN PIF TODOS
0302 81 80 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 82 00 – – Rayas (Rajidae) POA SANITIN PIF TODOS
0302 83 00 – – Austromerluza antártica y austromerluza negra (merluza negra, bacalao de profundidad, nototenia negra) (Dissostichus spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 84 – – Róbalos (Dicentrarchus spp.):
0302 84 10 – – – Róbalos o lubinas (Dicentrarchus labrax) POA SANITIN PIF TODOS
0302 84 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 85 – – Sargos (Doradas, Espáridos) (Sparidae):
0302 85 10 – – – de las especies Dentex dentex y Pagellus spp POA SANITIN PIF TODOS
0302 85 30 – – – Pargos dorados (Sparus aurata) POA SANITIN PIF TODOS
0302 85 90 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 – – Los demás:
0302 89 10 – – – De agua dulce POA SANITIN PIF TODOS
– – – Los demás:
– – – – Pescados del género Euthynnus (excepto los listados o bonitos de vientre rayado (Euthynnus [Katsuwonus] pelamis) de la subpartida 0302 33):
0302 89 21 – – – – – Destinados a la fabricación industrial de productos de la partida 1604 POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 29 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– – – – Gallinetas nórdicas (Sebastes spp.):
0302 89 31 – – – – – De la especie Sebastes marinus POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 39 – – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 40 – – – – Japutas (Brama spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 50 – – – – Rapes (Lophius spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 60 – – – – Rosadas (Genypterus blacodes) POA SANITIN PIF TODOS
0302 89 90 – – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Hígados, huevas, lechas, aletas, cabezas,colas, vejigas natatorias y demás despojos comestibles de pescado:
0302 91 00 – – Hígados, huevas y lechas POA SANITIN PIF TODOS
0302 92 00 – – Aletas de tiburón POA SANITIN PIF TODOS
0302 99 00 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
O303 Pescado congelado (excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 0304)
– Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus) (excepto los hígados, huevas y lechas)
– Salmónidos, excepto los hígados, huevas y lechas:
0303 11 00 – – Salmones rojos (Oncorhynchus nerka) POA SANITIN PIF TODOS
0303 12 00 – – Los demás salmones del Pacífico (Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus) POA SANITIN PIF TODOS
0303 13 00 – – Salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones del Danubio (Hucho hucho POA SANITIN PIF TODOS
0303 14 – – Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaste ):
0303 14 10 – – – De las especies Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster POA SANITIN PIF TODOS
0303 14 20 – – – De la especie Oncorhynchus mykiss, sin descabezar, con branquias y evisceradas, de peso superior a 1,2 kg por unidad, o descabezadas, sin branquias y evisceradas, de peso superior a 1 kg por unidad POA SANITIN PIF TODOS
0303 14 90 – – – Las demás POA SANITIN PIF TODOS
0303 19 00 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus carpio, Carassius carassius, Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus), anguilas (Anguilla spp.), percas del Nilo (Lates niloticus) y peces cabeza de serpiente (Channa spp.), excepto los hígados, huevas y lechas:
0303 23 00 – – Tilapias (Oreochromis spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0303 24 00 – – Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp., Ictalurus spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0303 25 00 – – Carpas (Cyprinus spp., Carassius spp., Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus, Catla catla, Labeo spp., Osteochilus hasselti, Leptobarbus hoeveni, Megalobrama spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0303 26 00 – – Anguilas (Anguilla spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0303 29 00 – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS
– Pescados planos (Pleuronéctidos, Bótidos, Cynoglósidos, Soleidos, Escoftálmidos y Citáridos) (excepto los hígados, huevas y lechas)
0303 31 – – Halibut (fletán) (Reinhardtius hippoglossoides, Hippoglossus hippoglossus, Hippoglossus stenolepis)
0303 31 10 – – – Halibut (fletán) negro (Reinhardtius hippoglossoides) POA SANITIN PIF TODOS
0303 31 30 – – – Halibut (fletán) atlántico (Hippoglossus hippoglossus) POA SANITIN PIF TODOS
0303 31 90 – – – Halibut (fletán) del Pacífico (Hippoglossus stenolepis) POA SANITIN PIF TODOS
0303 32 00 – – Sollas (Pleuronectes platessa) POA SANITIN PIF TODOS
0303 33 00 – – Lenguados (Solea spp.) POA SANITIN PIF TODOS
0303 34 00 – – Rodaballos (Psetta maxima) POA SANITIN PIF TODOS
0303 39 – – Los demás
0303 39 10 – – – Platija (Platichthys flesus) POA SANITIN PIF TODOS
0303 39 30 – – – Pescados del género Rhombosolea POA SANITIN PIF TODOS
0303 39 50 – – – Pescados de las especies Pelotreis flavilatus y Peltorhamphus novaezelandiae POA SANITIN PIF TODOS
0303 39 85 – – – Los demás POA SANITIN PIF TODOS

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.