Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
Norma derogada, con efectos de 25 de noviembre de 2018, por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 1399/2018, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2018-16040#dd
El Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, modificó la estructura existente de estos con el objeto de impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado.
De acuerdo a esos objetivos, el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, aprueba la nueva organización para todos los Ministerios y, en particular, para el Ministerio de Defensa que, básicamente, coincide con la reflejada en el Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, como órgano encargado de la ordenación, coordinación y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre política de Defensa.
Sin embargo, una política de Defensa concebida en un escenario global, precisa de la colaboración y apoyo constante de la sociedad y la comprensión de todos los ciudadanos. Es necesario potenciar y mejorar la coordinación en el área de las relaciones informativas y sociales de la Defensa, para conseguir la necesaria unidad de acción y fomentar la cultura y conciencia de Defensa.
Para ello, este real decreto refuerza la labor de la Oficina de Comunicación del Ministerio de Defensa, que pasa a denominarse Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa, a la que corresponderá la preparación, planificación y desarrollo de la política informativa y comunicación estratégica del Ministerio de Defensa, acorde a los estándares de las organizaciones internacionales de las que España forma parte. A este fin, asumirá las relaciones con la sociedad en su conjunto y, en particular, con los medios de comunicación y otras instituciones nacionales e internacionales, así como la divulgación de la cultura y conciencia de Defensa, y las campañas correspondientes de publicidad institucional.
Dentro de la Secretaría de Estado de Defensa, sus Direcciones Generales han redefinido sus funciones y cometidos, reasignándolos a sus Subdirecciones Generales. Por su parte, el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa pasa a estar adscrito directamente a la Secretaría de Estado. Estos cambios, particularmente en la Dirección General de Infraestructura, justifican mantener la excepción de reserva funcionarial de su titular, como ya contemplaba la disposición adicional octava del Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo.
En la Subsecretaría de Defensa se han concretado mejor las competencias y funciones de la Subdirección General de Régimen Interior y de la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías y se cambia la denominación de la Subdirección General de Costes de Recursos Humanos, adecuándola a sus cometidos.
Así mismo, la disposición adicional tercera del Real Decreto 524/2014, de 20 de junio, que modifica el Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, crea la Academia Central de la Defensa y establece, en su apartado 2, que depende de la Subdirección General de Enseñanza Militar y que su Director es el Subdirector General de Enseñanza Militar. Desde su creación, la Academia ha ido incrementando progresivamente el número de alumnos siendo en la actualidad un organismo complejo de dirigir y gestionar. Además, mientras que la Academia es un órgano de ejecución, la Subdirección General está en el más alto nivel en la organización y planeamiento de la enseñanza militar. La dificultad para compaginar ambas responsabilidades aconseja que éstas recaigan en personas distintas, lo que mejoraría la situación al tener, su director, dedicación exclusiva en el citado centro académico.
Finalmente, en la Secretaría General de Política de Defensa, el impulso de las relaciones institucionales se especifica como una de las acciones asignadas y se recalca la coordinación con el Ministerio del Interior en la contribución a la conducción de crisis y emergencias.
Además, el real decreto vigente ha sido modificado hasta ahora por el Real Decreto 1656/2012, de 7 de diciembre, por el que se modifican los estatutos de los organismos autónomos adscritos al Ministerio de Defensa para su adaptación a lo dispuesto en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades, el Real Decreto 524/2014, de 20 de junio, el Real Decreto 837/2015, de 21 de septiembre, y el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.
A la vista de los numerosos cambios introducidos a lo largo de estos años y los que ahora es necesario introducir en la organización de este departamento ministerial y en aras de la no dispersión reglamentaria, se ha optado por la redacción de un nuevo real decreto de estructura, derogando el actualmente vigente.
Por otra parte, el artículo 2.4 del Real Decreto 596/2014, de 11 de julio, por el que se regula el funcionamiento y se establece la estructura orgánica básica del Museo Naval, su Real Patronato y los museos filiales, enumera estos últimos.
Los museos filiales del Museo Naval están clasificados como «Museos de titularidad y gestión estatal o pertenecientes al sector público estatal adscritos al Ministerio de Cultura y a otros Departamentos Ministeriales», con arreglo al artículo 3.1.b) y al anexo II del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España.
De entre ellos, el Museo Marítimo de la «Torre del Oro», en Sevilla, el Archivo Museo «Don Álvaro de Bazán», en el Viso del Marqués (Ciudad Real) y el Panteón de Marinos Ilustres, en San Fernando (Cádiz), mantienen las denominaciones que se venían utilizando y por las que tradicionalmente se les identificaba, mientras que los museos filiales de Cartagena, de Ferrol, de las Palmas de Gran Canaria y de San Fernando, dejaron de ser denominados con el término tradicional de «Museos Navales».
Se hace necesario, por tanto, recuperar las denominaciones que, sin alterar la naturaleza jurídica de estos museos, son reflejo de su tradición.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Defensa, a propuesta del Ministro de Hacienda y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de noviembre de 2017,
DISPONGO:
Artículo 1. Organización general del Departamento.
El Ministerio de Defensa es el departamento de la Administración General del Estado al que le corresponde la preparación, el desarrollo y la ejecución de la política de Defensa determinada por el Gobierno y la gestión de la administración militar.
Las competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros departamentos ministeriales.
El Ministerio de Defensa, bajo la dirección del titular del Departamento, se estructura en:
Las Fuerzas Armadas.
La Secretaría de Estado de Defensa.
La Subsecretaría de Defensa.
La Secretaría General de Política de Defensa.
La Guardia Civil depende del Ministro de Defensa en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, y en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.
Son órganos asesores y consultivos del Ministro de Defensa:
El Consejo Superior del Ejército de Tierra.
El Consejo Superior de la Armada.
El Consejo Superior del Ejército del Aire.
Las Juntas Superiores de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
Como órgano de asistencia inmediata al Ministro, existe un Gabinete, con rango de dirección general, y dispone, también como órgano de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata, de un Gabinete Técnico cuyo director será un oficial general, con rango de director general, de acuerdo con los artículos 14.2 y 3.1.d) del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Depende directamente del Ministro de Defensa, con rango de Subdirección General, la Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa.
Artículo 2. Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa.
La Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa es el órgano directivo al que corresponde la preparación, planificación y desarrollo de la política informativa y comunicación estratégica del Ministerio de Defensa. Estas atribuciones incluyen las relaciones con la sociedad en su conjunto y, en particular, con los medios de comunicación y otras instituciones nacionales e internacionales, así como divulgación de la cultura y conciencia de Defensa, y las campañas correspondientes de publicidad institucional.
A estos efectos, dependerán funcionalmente de esta dirección los órganos competentes en esta materia de las Fuerzas Armadas y de los organismos autónomos del Departamento.
Corresponde a la Dirección de Comunicación Institucional de la Defensa el ejercicio de las siguientes funciones:
Impulsar, dirigir y mantener las relaciones informativas y de publicidad institucional con los medios de comunicación e instituciones nacionales e internacionales, y con la sociedad en su conjunto.
Elaborar y difundir información de carácter general del departamento e informar a los medios de comunicación sobre las actividades del ministro de Defensa y de su departamento, así como coordinar su distribución con los órganos de los cuarteles generales de las Fuerzas Armadas, así como con los distintos departamentos ministeriales que tengan encomendada la relación con los medios de información.
Dirigir la comunicación de la cultura y conciencia de Defensa.
Mantener relaciones informativas con los órganos competentes en comunicación estratégica de las organizaciones internacionales de las que España forma parte, así como de los cuarteles generales internacionales.
Coordinar la acción informativa exterior que desarrollan las consejerías y agregadurías de Defensa de las representaciones diplomáticas de España.
Dirigir la comunicación interna del departamento y coordinar con los órganos de los cuarteles generales de las Fuerzas Armadas y de los diferentes organismos del Ministerio de Defensa el contenido de sus respectivas informaciones internas.
Asumir la dirección funcional y editorial de la Revista Española de Defensa y de todas las publicaciones de carácter no específicamente técnico-administrativo pertenecientes al Ministerio de Defensa.
Dirigir la cobertura informativa de las visitas y viajes del Ministro de Defensa, y coordinarla con la Casa Real en aquellos eventos en que presida Su Majestad El Rey y con otros departamentos ministeriales en los viajes de Estado, así como coordinar con los Cuarteles Generales de las Fuerzas Armadas y los distintos organismos del Ministerio de Defensa la comunicación de aquellas actividades que contribuyan a la cultura y conciencia de Defensa.
Realizar los seguimientos de la información aparecida en los medios de comunicación, tanto nacionales como internacionales, para su posterior análisis y tratamiento documental, así como gestionar y mantener las bases de datos establecidas al efecto.
Coordinar la difusión adicional de informaciones y datos recibidos de otros Departamentos ministeriales, cuando así se determine.
Gestionar y coordinar con los diferentes órganos competentes en esta materia de las Fuerzas Armadas y de los distintos departamentos ministeriales para mantener actualizado el contenido de la página electrónica del Departamento.
Facilitar el acceso a la información pública en el ámbito del Ministerio de Defensa, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Dirigir y mantener abiertos canales de comunicación con los medios de comunicación y con los ciudadanos a través de internet y, especialmente, de las redes sociales, así como coordinar y supervisar el resto de cuentas abiertas en estas plataformas de los departamentos del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas.
Analizar la legislación vigente en materia informativa, estudiar la incorporación de nuevas tecnologías de información a la acción informativa del Ministerio de Defensa y proponer medidas para su mejora.
ñ) Actuar como portavoz oficial del departamento.
Artículo 3. Fuerzas Armadas.
La organización militar se rige por su normativa específica, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre.
El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, con rango de Secretario de Estado, ostentará la representación del Departamento, por delegación del Ministro, en los casos en que éste se la confiera y la representación militar nacional ante las organizaciones internacionales de seguridad y defensa.
Como órganos de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al Jefe de Estado Mayor de la Defensa, existen un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que establece el artículo 14.3 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, y un Gabinete Técnico, cuyo director será un oficial general u oficial, también con rango de subdirector general.
Dependen del Jefe de Estado Mayor de la Defensa las representaciones militares en los organismos internacionales.
Los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire tienen rango de Subsecretario.
Artículo 4. Secretaría de Estado de Defensa.
La Secretaría de Estado de Defensa es el órgano superior del Departamento al que le corresponden, además de las competencias que le encomienda el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la dirección, impulso y gestión de las políticas de armamento y material, investigación, desarrollo e innovación, industrial, económica, de infraestructura, medioambiental y de los sistemas, tecnologías y seguridad de la información en el ámbito de la Defensa.
Así mismo contribuirá a la elaboración y ejecución de la política de Defensa y ejercerá las competencias que le correspondan en el planeamiento de la Defensa.
De la Secretaría de Estado de Defensa dependen los siguientes órganos directivos:
La Dirección General de Armamento y Material.
La Dirección General de Asuntos Económicos.
La Dirección General de Infraestructura.
También depende directamente de la Secretaría de Estado de Defensa, con rango de subdirección general, el Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al que le corresponde la planificación y desarrollo de las políticas de los sistemas, tecnologías y seguridad de la información del Departamento, así como la supervisión y dirección de su ejecución. A estos efectos, dependen funcionalmente de este centro los órganos competentes en las citadas materias de las Fuerzas Armadas y de los organismos autónomos del Departamento.
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