Entrada en vigor del Protocolo del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, hecho en Bruselas el 25 de junio de 2014
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2018-02-15, BOE-A-2018-2109
Entrada en vigor del Protocolo del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, hecho en Bruselas el 25 de junio de 2014.
El Protocolo del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, hecho en Bruselas el 25 de junio de 2014, entró en vigor con carácter general y para España el 1 de febrero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de su artículo 14. Con ello finaliza la aplicación provisional por España de este Protocolo, iniciada el 1 de agosto de 2014 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, de 1 de julio de 2015.
ESTADOS PARTE
| Estado | Firma | Manifestación del consentimiento | Entrada en vigor |
|---|---|---|---|
| Estados Miembros | 25/06/2014 | 31/01/2017 | 01/02/2017 |
| Serbia | 25/06/2014 | 10/11/2014 | 01/02/2017 |
| Unión Europea | 25/06/2014 | 31/01/2017 | 01/02/2017 |
Madrid, 20 de febrero de 2017.–La Secretaria General Técnica, Beatriz Larrotcha Palma.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.