Real Decreto 128/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Rango Real Decreto
Publicación 2017-03-13
Última actualización 2024-11-13
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 2

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2024-11-13, Real Decreto 1021/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificac…

Historial de reformas JSON API

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.

Conforme al artículo 7.2 de la misma ley orgánica, se encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinar la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobar las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, así como garantizar su actualización permanente.

El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de Cualificaciones, la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4, la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.

El presente real decreto establece dos nuevas cualificaciones profesionales, correspondientes a la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se definen en los anexos DCLXXII y DCLXXIII.

Según establece el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, corresponde a la Administración General del Estado, en el ámbito de la competencia exclusiva que le es atribuida por el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución Española, la regulación y la coordinación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas y de la participación de los agentes sociales.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Las comunidades autónomas han participado en la elaboración de la cualificación profesional que se anexa a la presente norma a través del Consejo General de Formación Profesional en las fases de solicitud de expertos para la configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo y en la emisión del informe positivo que de las mismas realiza en propio Consejo General de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como real decreto.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y el Consejo General de la Formación Profesional, y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Este real decreto tiene por objeto establecer dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos.

2. Las cualificaciones que se establecen en este real decreto y su formación asociada correspondiente tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional, y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.

Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen.

Las cualificaciones profesionales que se establecen en este real decreto corresponden a la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, y son las que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

Dinamización de actividades recreativas en parques de aventura en altura. Nivel 2. Anexo DCLXXII.

Iniciación deportiva en atletismo. Nivel 2. Anexo DCLXXIII.

Disposición adicional única. Actualización.

Atendiendo a la evolución de las necesidades del sistema productivo y a las posibles demandas sociales, en lo que respecta a las cualificaciones establecidas en el presente real decreto, se procederá a una actualización del contenido de los anexos cuando sea necesario, siendo en todo caso antes de transcurrido el plazo de cinco años desde su publicación.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Disposición final segunda. Autorización para el desarrollo normativo.

Se autoriza a los Ministros de Educación, Cultura y Deporte y de Empleo y Seguridad Social a dictar normas de desarrollo de este real decreto, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 24 de febrero de 2017.

FELIPE R.

La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

ANEXO DCLXXII. CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES RECREATIVAS EN PARQUES DE AVENTURA EN ALTURA

Familia Profesional: Actividades Físicas y Deportivas

Nivel: 2.

Código: AFD672_2.

Competencia general:

Recibir a los usuarios del parque de aventura en altura informándoles sobre las instalaciones, normas y actividades para su disfrute, instruyéndoles en las técnicas para efectuar desplazamientos con progresión horizontal y vertical para superar los retos, y según el nivel de dificultad de los circuitos, velando por su seguridad en el uso autónomo y respetuoso del medio ambiente y del parque, previniendo situaciones de emergencia o accidentes y, en su caso, procediendo al rescate.

Unidades de competencia:

UC2266_2: Acoger a los usuarios en parques de aventura en altura.

UC2267_2: Dirigir a los usuarios en los desplazamientos con progresión horizontal y vertical en parques de aventura en altura.

UC2268_2: Velar por la integridad de los usuarios en actividades recreativas en parques de aventura en altura.

UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

Entorno Profesional:

Ámbito Profesional:

Desarrolla su actividad profesional en el área de gestión de servicios de deportes, ocio y turismo, dedicada a dirigir actividades recreativas en altura de parques de aventura en árboles, en entidades de naturaleza pública o privada, empresas de tamaño pequeño y mediano, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.

Sectores Productivos:

Se ubica en los sectores del deporte, ocio, y turismo.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes:

Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

Operadores de parques de aventura en altura.

Rescatadores de parques de aventura en altura.

Encargados de parques de aventura en altura.

Formación Asociada (240 horas).

Módulos Formativos:

MF2266_2: Asistencia a usuarios en accesos en parques de aventura en altura (60 horas).

MF2267_2: Desplazamientos dirigidos de usuarios por circuitos en parques de aventura en altura con técnicas de progresión horizontal y vertical (60 horas).

MF2268_2: Rescate y evacuación de usuarios de circuitos, retos y plataformas en parques de aventura en altura (60 horas).

MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas).

Unidad de competencia 1: Acoger a los usuarios en parques de aventura en altura

Nivel: 2.

Código: UC2266_2.

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Recibir a los usuarios informando sobre las actividades y ubicación de zonas de servicios, siguiendo el protocolo establecido en el parque de aventura en altura para mantener el control y organización de los usuarios con garantías de seguridad.

CR 1.1 La información a los usuarios se ofrece siguiendo las pautas marcadas en el protocolo establecido en el parque de aventura en altura tales como tipo de reto, situación de instalaciones, procurando que llegue de forma clara en las normas de uso de materiales y desarrollo de las actividades, indumentaria requerida e higiene para garantizar su seguridad.

CR 1.2 La información en la instalación se trasmite, indica y señaliza utilizando recursos audiovisuales, gráficos y humanos buscando la mayor eficacia y sensibilizando los riesgos potenciales y la forma de evitarlos.

CR 1.3 Las peculiaridades de cada usuario se tienen en cuenta a la hora de ofrecer la información, adecuándola a la capacidad y características de cada uno para lograr su satisfacción desde la recepción y acceso al parque de aventura en altura.

CR 1.4 La distribución del parque de aventura en altura, se indica, informando sobre las normas de utilización y seguridad, asegurándose que son comprendidas, para garantizar la higiene y seguridad de los usuarios.

CR 1.5 Las actividades de aventura en el parque se explican orientando al usuario en la elección e idoneidad según sus características técnicas y nivel de dificultad de los circuitos para garantizar la seguridad de los mismos durante el desarrollo de la actividad.

CR 1.6 La normativa aplicable de protección ambiental y acceso al parque de aventura en altura se transmite teniendo en cuenta el impacto ambiental para respetar y conservar el entorno natural.

RP 2: Atender a los usuarios teniendo en cuenta sus capacidades y grado de autonomía personal, cumpliendo con el protocolo establecido en el parque de aventura en altura para garantizar su participación y su seguridad en los circuitos.

CR 2.1 Las normas sobre uso por los menores de edad se explican a los usuarios, informando con claridad del protocolo establecido a sus responsables, para garantizar la seguridad de los mismos y definir el ámbito de responsabilidad que corresponde a los tutores y al personal del parque de aventura en altura.

CR 2.2 Los usuarios menores de edad se acompañan hasta que son entregados a sus responsables, autorizadas, cuando el protocolo de uso de la instalación lo indique, para garantizar su seguridad y evitar accidentes.

CR 2.3 Los grupos concertados, los usuarios menores de edad o los usuarios que presentan limitaciones de autonomía personal se acompañan hasta los responsables, cuando el protocolo de uso del parque de aventura en altura lo indique, para garantizar su seguridad y evitar accidentes.

CR 2.4 Los usuarios se asisten en la equipación de protección individual y se acompañan al área de actividades o circuitos, con especial apoyo a aquellos con limitaciones en su autonomía personal, para asegurar el inicio y participación en el circuito de su nivel.

RP 3: Organizar a los usuarios y el material atendiendo a las características del grupo, actividades y nivel de dificultad de los circuitos para una distribución que favorezca el disfrute y la seguridad en altura.

CR 3.1 El material auxiliar de uso del parque de aventura en altura se coloca en el espacio asignado para el desarrollo de la actividad, siguiendo las indicaciones de los responsables superiores y/o protocolo del parque de aventura en altura para garantizar el desarrollo de las mismas.

CR 3.2 El material vinculado a las actividades a realizar, se distribuye y al finalizar se recoge, comprobando su estado y comunicando las incidencias al responsable superior, en su caso, para conservar su buen estado de uso.

CR 3.3 La información sobre el circuito, normas de utilización y conservación del medio ambiente se trasmite, indica y señaliza, de manera persuasiva y convincente, utilizando recursos gráficos y humanos para sensibilizar a los usuarios sobre los riesgos potenciales y la protección del medio ambiente.

CR 3.4 Los usuarios con su material se organizan, según el nivel de dificultad de los circuitos y actividades en el parque de aventura en altura, comprobando la distribución del material individual, para garantizar su participación dentro de los niveles de seguridad y disfrute.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Parques de aventura en altura. Accesos y vallas delimitantes. Listados. Equipos informáticos, programas y aplicaciones: sistemas operativos, procesadores de texto, bases de datos, hojas de cálculo, aplicación de gestión de correo electrónico, navegadores de Internet. Documentación informativa. Medios mecánicos de comunicación. Sistemas y elementos de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas. Equipos y materiales de seguridad e higiene. Protocolos de actuación. Hojas de reclamaciones.

Productos y resultados:

Organización de usuarios y material atendiendo a las características del grupo, actividades y nivel de dificultad de los circuitos. Acompañamiento y asistencia a usuarios en el parque de aventura en altura. Recepción de usuarios informando sobre las actividades, normas de uso y ubicación de zonas de servicios, en el parque de aventura en altura.

Información utilizada o generada:

Folletos informativos. Medios gráficos. Impresos. Bases de datos. Listados de precios y ofertas. Pedidos, facturas, cheques, tarjetas de crédito/débito, tarjetas de empresa. Normativa aplicable sobre instalaciones deportivas. Normativa aplicable sobre protección de datos. Normativa aplicable de prevención y riesgos laborales. Documentos y fichas de control. Protocolos de recepción, acogida e información, presentación y trato al cliente. Protección Medio Ambiente.

Unidad de competencia 2: Dirigir a los usuarios en los desplazamientos con progresión horizontal y vertical en parques de aventura en altura

Nivel: 2.

Código: UC2267_2.

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Preparar el material deportivo, equipo de protección individual y el de seguridad, realizando las adaptaciones y operaciones auxiliares de mantenimiento operativo según se indica en el protocolo técnico del parque, para evitar lesiones o accidentes.

CR 1.1 El material deportivo, equipo de protección individual y el de seguridad se identifican y registran manualmente o en un soporte informático, inventariando arneses, mosquetones, poleas, cabos, cascos, y equipos anticaídas, entre otros, para elaborar un archivo de la explotación y posterior uso en la elaboración de programas de gestión y control.

CR 1.2 El mantenimiento preventivo y operativo del equipo de protección individual se realiza con la frecuencia y especificidad según las recomendaciones del fabricante y las especificidades técnicas del parque de aventura en altura para mantener las prestaciones del mismo.

CR 1.3 La selección del equipamiento se realiza con criterios de altura, peso y características individuales de los usuarios para adecuarse a la naturaleza de las actividades y especificaciones técnicas del parque de aventura en altura.

CR 1.4 Las peticiones, comunicaciones e incidencias relacionadas con el material, se transmiten de forma rápida, detallada y rigurosa al responsable superior, para que la actividad se desarrolle en condiciones de seguridad y calidad.

RP 2: Instruir al usuario en las técnicas de progresión en circuitos hasta los retos, uso del equipo de protección individual asesorando sobre el desarrollo de la actividad, según las especificaciones y recomendaciones técnicas del parque, para completar los circuitos con seguridad y disfrute.

CR 2.1 El material de protección individual se selecciona y se demuestra a los usuarios asistiendo en su equipación y revisando su ajuste según las especificaciones técnicas, y protocolo del parque de aventura en árboles, para garantizar el disfrute en el desarrollo de las actividades y recorrido por los circuitos en altura.

CR 2.2 Los mosquetones y poleas se anclan a los asideros de los arneses, para evitar su arrastre por el suelo y evitar su enganche fortuito que pueda suponer un riesgo en la actividad.

CR 2.3 Las técnicas de unión de seguridad inmediata para cada usuario, en los puntos de la línea de vida y anclajes se explican y se demuestran sobre el circuito de entrenamiento, briefing o formación comprobando que los usuarios lo comprenden para el posterior desarrollo de estas de forma autónoma en los retos, plataformas y otros circuitos.

CR 2.4 La ejecución técnica de progresión y anclaje de los usuarios se valora durante el desarrollo de la actividad en el circuito de entrenamiento previa observación, indicando correcciones para garantizar la seguridad.

CR 2.5 El agarre con ambas manos se realiza, con especial atención a las poleas de los anclajes, para evitar la introducción durante el desplazamiento en estas y evitar lesiones en los dedos.

CR 2.6 El paso entre puntos intermedios se explica, y se demuestran siguiendo las técnicas según las especificaciones técnicas de los anclajes sin necesidad de desabrocharse, para mantener la seguridad durante todo el circuito.

CR 2.7 La relación con los usuarios se mantiene con empatía, utilizando técnicas de comunicación verbal o gestual, para atender sus demandas e indicarles las acciones y el comportamiento que deben seguir en todo momento y en situaciones de emergencia.

RP 3: Concretar las actividades en el circuito de entrenamiento, briefing o formación adaptándolas a las características de los usuarios y según el nivel de dificultad de los retos para lograr la satisfacción y disfrute en los límites de seguridad.

CR 3.1 Las edades, características y expectativas de los usuarios del grupo se verifican mediante la observación y cotejo individualizado de información para identificar la experiencia físicodeportiva.

CR 3.2 La altura, pesos máximos y mínimos se verifican conforme al protocolo establecido por el parque de aventura en altura para desarrollar las actividades dentro de los límites que establecen las especificaciones técnicas de los circuitos.

CR 3.3 El nivel de ejecución técnica de los usuarios se valora durante la realización de actividades en el circuito de entrenamiento, briefing o formación para determinar el de su nivel y adaptar la actividad.

CR 3.4 Las señales de fatiga, deshidratación y posibles conductas de riesgo en los usuarios se identifican y se corrigen en cada situación para mantener la actividad dentro de los niveles de seguridad y satisfacción.

CR 3.5 Los problemas de salud que tenga el usuario se identifican para adoptar las medidas preventivas y desarrollar la actividad según lo programado o desaconsejar en su caso la actividad.

CR 3.6 La información se proporciona a los usuarios de forma detallada, amena, con un lenguaje comprensible, teniendo en cuenta a las personas con necesidades especiales y comprobando que ha sido comprendida y abarcando los siguientes aspectos para mantener el interés por la actividad y la seguridad en su desarrollo:

– Las características de los retos y circuitos.

– El uso y capacidad de las plataformas de llegada y salida de los retos.

– El número máximo de personas por reto.

– El uso de las líneas de vida, de equipos anticaídas, de escaleras y de los equipos de protección individual.

– Los protocolos de actuación durante la progresión horizontal y vertical.

– Las técnicas de progresión, dificultades de los retos, requisitos físicos o destrezas, grados de dificultad de los circuitos y retos.

– En los casos de circuitos con sistema de línea de vida continua, conoce, indica y muestra cómo asegurarse en el mismo, cómo se evoluciona y cómo se libera del mismo.

– Los espacios protegidos y características de la zona.

– Las normas de protección y comportamiento en el medio natural.

RP 4: Progresar con eficacia por retos horizontales y verticales, adecuándose a las características y nivel del circuito, utilizando el material y según el protocolo técnico del parque de aventura en altura, para desplazarse en condiciones de seguridad entre los retos.

CR 4.1 El desplazamiento por retos horizontales como puentes, redes y tirolinas, entre otros se realiza ejecutando las técnicas de progresión según las especificaciones técnicas del parque, para asegurar en todo momento a la línea de vida y mantener la seguridad.

CR 4.2 Los equipos anticaídas o con cabos de anclaje con disipador se utilizan, teniendo siempre un mosquetón anclado en el lugar indicado según las especificaciones técnicas del parque, para ascender y descender por retos verticales como escaleras, rocódromos y redes, entre otros.

CR 4.3 Los equipos anticaídas durante las progresiones verticales se verifican, comprobando que los mosquetones y poleas están anclados a los asideros de los arneses, para evitar que puedan quedar enganchados de forma fortuita que suponga un riesgo en la actividad.

CR 4.4 Las llegadas, esperas, desplazamientos y salidas en las plataformas se realizan asegurados siempre a la línea de vida y según las especificaciones técnicas del parque para mantener la seguridad y evitar las caídas.

CR 4.5 El ritmo de progresión horizontal y vertical, según el reto, se acomoda a las características individuales, para ajustarse al tiempo de referencia del recorrido indicado en las características técnicas del parque.

CR 4.6 La hidratación se realizan siempre en el suelo, y en el transcurso entre circuitos, según las necesidades de cada usuario, para mantener la seguridad sin sufrir desequilibrios ni desvanecimientos.

RP 5: Observar la evolución del usuario en los retos indicando las diferentes formas de progresión para la superación de los circuitos con fluidez y seguridad.

CR 5.1 El acompañamiento de los usuarios se realiza, al iniciar los circuitos independientemente de su dificultad, para verificar que pasa los primeros retos y cumpliendo las especificaciones técnicas del parque.

CR 5.2 La ejecución técnica de las progresiones vertical y horizontal de los usuarios se observa durante el transcurso por los retos y circuitos, valorando el nivel de destreza o dificultad de desplazamiento, para garantizar la seguridad y, en especial, el aseguramiento a la línea de vida en todo momento.

CR 5.3 El material de seguridad utilizado en la progresión y anclaje de los usuarios se comprueba sistemáticamente durante la práctica deportiva, para garantizar la integridad de los usuarios.

CR 5.4 El número máximo de personas por reto y plataforma, se verifica sistemáticamente durante toda la actividad recreativa, para garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas del parque y garantizar la seguridad de los usuarios.

CR 5.5 La ubicación espacial de los usuarios se controla conforme a la normativa aplicable y al protocolo establecido en el parque de aventura en altura, explicando las normas, utilizando los medios gráficos establecidos protocolo establecido en el parque de aventura en altura para informar a los usuarios del lugar de la instalación deportiva donde se encuentran.

CR 5.6 El cumplimiento de las normas de seguridad por los usuarios se observa, y en su caso, se le advierte ante su persistencia, para contribuir al desarrollo de la actividad sin incidencias y obligándolo a bajar en caso de omisión de las normas.

CR 5.7 Las ayudas al usuario sin necesidad de rescate en altura se realizan, en situaciones de detención del avance o temor del usuario, actuando con prudencia y diligencia según el protocolo del parque, para aproximarlo o ayudarle a progresar a la plataforma más accesible.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Circuitos, retos y plataformas en parques de aventura en altura. Protocolos de actuación. Listados de usuarios. Documentación informativa. Material auxiliar, escalas, escaleras, equipos anticaídas, anclado fijo, entre otros. Equipamiento para supresión de barreras arquitectónicas. Material de protección individual. Manuales de instrucciones del fabricante en el equipo de protección individual. Sistemas de almacenaje. Vestimenta apropiada. Equipo de montaña adecuado al tipo de actividad (arnés, poleas, casco, cabos de anclaje, descensores, mosquetones, equipos anticaídas, entre otros). Radiotransmisores y/o teléfono móvil. Botiquín. Croquis e información sobre circuitos. Material de reparación.

Productos y resultados:

Preparación del material deportivo, equipo de protección individual y el de seguridad. Realización de operaciones auxiliares de mantenimiento operativo. Instrucción al usuario en las técnicas de progresión hasta los retos y uso del equipo de protección individual. Concreción de las actividades del parque de aventura según las características de los usuarios y dificultad del circuito. Progresión por retos horizontales y verticales según las características y nivel del circuito del parque de aventura en altura. Observación de la evolución del usuario en los retos.

Información utilizada o generada:

Protocolos de actuación y mantenimiento de materiales. Normativa interna del parque de aventura en altura. Normativa aplicable de protección y acceso al medio natural. Listados originales de los usuarios. Documentos identificativos de los usuarios y participantes. Manuales y reglamentos deportivos. Normativa aplicable de prevención y riesgos laborales. Inventarios. Mapas de información meteorológica general y local.

Unidad de competencia 3: Velar por la integridad de los usuarios en actividades recreativas en parques de aventura en altura

Nivel: 2.

Código: UC2268_2.

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Revisar el estado del parque y equipos de protección personal siguiendo el protocolo del parque de aventura en altura para garantizar la seguridad en el desarrollo de las actividades.

CR 1.1 El funcionamiento y estado del parque y circuitos se comprueba periódicamente según el protocolo establecido en el parque de aventura en altura detectando e informando de las deficiencias observadas al responsable superior e indicando aquellas situaciones que conlleven peligro para la seguridad y salud de los usuarios y personal para que sean subsanadas con celeridad.

CR 1.2 El estado y colocación de las señalizaciones de emergencia e informativas se comprueba, informando de las deficiencias detectadas al responsable superior indicando aquellas situaciones que conlleven peligro para la seguridad y salud de los usuarios para que procedan a subsanarlas con prontitud.

CR 1.3 La información sobre el parque como accesos, plano, reglamento interno del parque, paneles explicativos de los juegos, normas de seguridad, identificador de dificultad de los circuitos, horario de apertura, entre otros, se revisan de forma periódica constatando que cumplen la normativa aplicable para garantizar la seguridad en el parque.

CR 1.4 El estado de limpieza del parque, caídas de árboles, ramas, entre otros, se comprueba, informando de las incidencias observadas al responsable superior para que procedan a corregirlas con celeridad, especialmente en aquellas situaciones que imposibiliten su uso o que conlleven peligro para la seguridad y salud de los usuarios y personal.

CR 1.5 Los recursos a utilizar ante accidentes o situaciones de emergencia se revisan siguiendo el protocolo establecido, verificando su adecuación a la normativa aplicable para garantizar su posible activación, comprobando que:

– Puedan examinarse con facilidad.

– Faciliten la rapidez y eficacia de la intervención.

– El acceso del personal sanitario y el transporte especializado al lugar del accidente está libre de obstáculos.

CR 1.6 Los medios de comunicación de incidencias se comprueban, verificando que están operativos y accesibles para poder solicitar ayuda inmediata en caso de producirse alguna situación de emergencia.

CR 1.7 El estado de los sistemas de recogida y almacenaje del material auxiliar se comprueba informando al responsable superior de las deficiencias o necesidades observadas para que procedan con prontitud a su arreglo o reposición.

RP 2: Verificar el estado de los circuitos según el protocolo y especificaciones técnicas del parque de aventura en altura para proceder a la apertura y cierre del mismo, determinando la inactividad en su caso, con condiciones adversas.

CR 2.1 La previsión de adversidad meteorológica o situaciones diversas que puedan alterar el normal funcionamiento del parque, como incendios, viento fuerte, entre otros, se valora de manera constante, según el protocolo de seguridad del parque de aventura en árboles, para en su caso, proceder con diligencia o evacuación si la situación lo requiere.

CR 2.2 Los elementos móviles a instalar diariamente, se revisan y registran en forma y soporte establecido por el parque de aventura en altura para identificar su instalación informando, en su caso, de las irregularidades y proceder a su mantenimiento, reparación o cierre de circuito.

CR 2.3 La apertura de los circuitos se realiza según las indicaciones del constructor y las especificaciones técnicas del parque comprobando que no existen desplazamientos de plataformas o retos, desperfectos ni elementos sueltos para garantizar los desplazamientos con seguridad, o en su caso, decidir el cierre de los mismos.

CR 2.4 El anclado fijo de escalas y escaleras se realiza según las indicaciones del constructor y las especificaciones técnicas del parque para proceder a su apertura con seguridad.

CR 2.5 La recogida de escalas, escaleras y equipos anticaídas se realiza de forma segura según el protocolo técnico del parque impidiendo el acceso a los circuitos cerrados para evitar lesiones y accidentes.

CR 2.6 La revisión de los circuitos se realiza prestando atención a las medidas de protección del entorno o medio ambiente, identificando deficiencias y proponiendo medidas para su solución.

CR 2.7 El transporte y recogida del material de uso diario de las instalaciones se realiza según las especificaciones técnicas del parque para asegurar su durabilidad y el mantenimiento de sus prestaciones.

RP 3: Seleccionar los materiales de protección individual y medios de rescate en consonancia con el protocolo de actuación del parque de aventura en altura, observando las medidas de prevención de riesgos y efectuando las operaciones de revisión que permitan su operatividad según la normativa aplicable.

CR 3.1 La selección del equipamiento de protección individual y medios de rescate se realiza según las especificaciones técnicas del mismo y con criterios de seguridad para la apertura del parque.

CR 3.2 El material de rescate y elementos de descenso en altura como material id, cuerdas, cintas, cesta, mosquetones, entre otros, se determinan y comprueba que se encuentran disponibles para asegurar su disponibilidad en caso de necesidad de uso.

CR 3.3 La vestimenta personal de colores llamativos se selecciona, para facilitar la identificación y localización inmediata del operario en altura.

CR 3.4 El material de rescate se recoge y guarda en cada actuación en los sacos de rescate identificados con colores llamativos, facilitando su localización y reduciendo los tiempos de actuación ante situaciones de emergencia.

CR 3.5 Los puntos donde se colocan los sacos de rescate antes del comienzo de la jornada se identifican y se comprueba que estén dotados del material id, cintas, cuerdas, poleas, mosquetones, bloqueador de ascenso, entre otros, según el protocolo del parque de aventura en altura para agilizar la accesibilidad en caso de emergencia.

CR 3.6 El plan de actuación ante emergencias en el parque de aventura en altura se identifica, comprobando que puede consultarse con facilidad para poder intervenir en un accidente o situación de emergencia con la eficacia y rapidez que la situación de emergencia demande.

CR 3.7 El botiquín y material de primeros auxilios se revisa, se limpia y se almacena, y en su caso se repone, tras haber sido utilizado, en el lugar habitual para asegurar su disponibilidad y su acceso por parte del personal de la instalación ante futuras emergencias.

RP 4: Vigilar la progresión del usuario en los circuitos para la superación de los retos con fluidez y seguridad.

CR 4.1 Los signos en las personas o las dificultades durante la realización de la actividad se reconocen en los usuarios, para evitar una intervención, anticipar una lesión o un probable rescate.

CR 4.2 La coordinación con otros técnicos y el trabajo en equipo se efectúa conforme a las directrices marcadas por la entidad, bajo la supervisión del responsable del parque, para asegurar la colaboración interprofesional.

CR 4.3 Las indicaciones sobre las acciones y el comportamiento a seguir en situaciones de emergencia, se transmiten a los usuarios de forma clara y precisa, proporcionando confianza y seguridad.

CR 4.4 Los medios materiales se colocan en altura para disponer de recursos ante cualquier imprevisto, y valorar la oportunidad e idoneidad de su empleo.

CR 4.5 El riesgo de tormenta o adversas condiciones meteorológicas se anticipa para proceder a la evacuación general del parque y evitar situaciones de peligrosidad.

CR 4.6 Las instrucciones al usuario se realizan, en su caso, transmitiéndole tranquilidad y seguridad para que realice los circuitos y alcance los retos según las normas que se le han comunicado.

RP 5: Rescatar a los usuarios en situación de emergencia en los circuitos, ejecutando el protocolo de actuación del parque de aventura en altura, mediante el desplazamiento en altura y manejo de cuerdas para realizar las intervenciones de rescate.

CR 5.1 La decisión de evacuar se toma con presteza y diligencia, tras valorar la situación, solicitando cuantas ayudas sean necesarias según el protocolo de actuación del parque ante una situación de emergencia.

CR 5.2 El acceso durante la intervención se realiza ejecutando el principio de seguridad en altura de doble cabo y conectado a la línea de vida, aproximándose coordinando los movimientos y prestando atención a no golpear o dañar al usuario para mantener la seguridad y evitar riesgos de caída.

CR 5.3 Los puntos de acceso a los circuitos en las intervenciones se identifican visualmente para agilizar el rescate.

CR 5.4 Las técnicas de rescate, izado y autoaseguramiento con material específico de desplazamiento, de ascenso y descenso por cuerdas y cabuyería, en altura se aplican, en su caso, discriminando el tipo de intervención para efectuar el rescate.

CR 5.5 La comprobación visual, verbal o gestual del estado del usuario se realiza transmitiéndole ánimo, tranquilidad, y seguridad para que no dificulte su rescate y evitar lesiones por evacuación inadecuada o se agraven las no detectadas.

CR 5.6 El reparto de tareas durante un rescate se efectúa conforme al nivel de competencias y experiencia de los distintos operarios del parque, a las directrices marcadas por la entidad, y a la normativa aplicable, para asegurar la efectividad del rescate.

RP 6: Realizar las operaciones auxiliares que permitan generar un entorno seguro en situaciones de emergencia y evacuación, iniciando las acciones logísticas y prestando la atención inicial previa a los cuidados facultativos y de primeros auxilios de un técnico superior según en el plan de actuación y evacuación del parque de aventura en altura.

CR 6.1 La comunicación, se establece con el accidentado y/o se interroga a las personas del entorno con deferencia y respeto, para recabar información sobre su estado y las causas del accidente.

CR 6.2 La situación de emergencia se detecta y comunica con celeridad según el protocolo establecido con los medios de comunicación localizados en el parque para activar el plan de actuación y evacuación.

CR 6.3 La zona afectada se indica con elementos de señalización y balizamiento siguiendo el protocolo establecido en el parque para facilitar la intervención de ayuda inmediata.

CR 6.4 La asistencia a los usuarios y personal del parque en situaciones de evacuación se realiza siguiendo el plan de actuación y evacuación ante situaciones de emergencia, para garantizar el orden y la seguridad.

CR 6.5 La atención inicial en situaciones de emergencias colectivas y catástrofes, se presta conforme al protocolo establecido en el parque para facilitar la intervención de los efectivos responsables en el medio natural, personal sanitario y primer interviniente.

CR 6.6 Las constantes vitales, permeabilidad de la vía aérea, ventilación, nivel de consciencia se comprueban con celeridad para informar de los signos de gravedad aparente al personal sanitario y primer interviniente.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Medios de socorro profesionales. Materiales auxiliares para inmovilizar y transportar al accidentado. Botiquín. Medios y sistemas de comunicación. Medios y sistemas de vigilancia. Listas de materiales. Listas de comprobación. Circuitos, retos y plataformas en parques de aventura en altura. Protocolos de actuación. Material de protección individual. Sistemas de almacenaje. Vestimenta apropiada. Croquis e información sobre circuitos y parque de aventura en altura.

Productos y resultados:

Revisión del estado de las instalaciones, medios y equipos de protección personal según el protocolo del parque de aventura en altura. Verificación del estado de los circuitos según el protocolo y especificaciones técnicas del parque de aventura en altura. Selección de los materiales de protección individual y medios de rescate. Vigilancia de la progresión usuarios en los circuitos. Rescate de usuarios en situación de emergencia en los circuitos del parque de aventura en altura. Manejo de cuerdas para realizar las intervenciones de rescate. Realización de las operaciones auxiliares que permitan generar un entorno seguro en situaciones de emergencia y evacuación. Atención inicial previa en situaciones de emergencia prestada. Realización de operaciones de apoyo en situaciones de emergencia a los facultativos y técnicos de primeros auxilios.

Información utilizada o generada:

Manuales y protocolos de prevención, vigilancia y evacuación. Planos de la zona de vigilancia. Normativa aplicable sobre instalaciones naturales. Normativa aplicable de protección y acceso al medio natural. Normativa aplicable sobre responsabilidad civil. Planes de emergencia de las Comunidades Autónomas. Bibliografía especifica. Revistas especializadas. Partes de actuación. Partes e información meteorológica de la zona.

Unidad de competencia 4: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia

Nivel: 2

Código: UC0272_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP 1: Buscar signos de alteraciones orgánicas según los protocolos establecidos, para la valoración inicial del accidentado, como primer interviniente.

CR 1.1 La señalización y el balizamiento según lo establecido, se realizan utilizando los elementos disponibles para acotar el lugar de la emergencia.

CR 1.2 La información sobre el estado del accidentado y las causas del accidente se recaba, estableciendo comunicación cuando es posible, con el mismo o con los posibles testigos y asistentes ocasionales al suceso, para valorar la situación inicial.

CR 1.3 Las técnicas de valoración con ligeros zarandeos en los hombros y toques en las mejillas, se efectúan, para valorar el nivel de consciencia del accidentado.

CR 1.4 La observación de los movimientos del pecho y la emisión de sonidos y aliento acercándose a su cara, se efectúa, para comprobar la respiración del accidentado.

CR 1.5 El estado de la circulación sanguínea se comprueba, mediante la observación del ritmo respiratorio del accidentado y movimientos de sus miembros.

CR 1.6 Los mecanismos de producción del traumatismo se identifican para buscar las posibles lesiones asociadas.

CR 1.7 Los elementos de protección individual se utilizan para prevenir riesgos laborales durante la asistencia al accidentado.

CR 1.8 El servicio de atención de emergencias, se contacta, para informar de los resultados de la valoración inicial realizada, comunicando la información recabada, consultando las maniobras que se vayan a aplicar y solicitando otros recursos que pudiesen ser necesarios.

RP 2: Asistir al accidentado con maniobras de soporte ventilatorio y/o circulatorio básico, para mantener o recuperar las constantes vitales, conforme a protocolos establecidos.

CR 2.1 La asistencia inicial a personas en situación de compromiso ventilatorio y/o cardiocirculatorio, se presta, ejerciendo vigilancia y seguimiento constante para detectar cualquier cambio significativo en la situación de partida.

CR 2.2 La apertura, limpieza y desobstrucción de la vía aérea ante un obstáculo o cuerpo extraño, se realiza, mediante las técnicas manuales o aspirador según la situación, conforme a protocolos establecidos, para asegurar la ventilación.

CR 2.3 La permeabilidad de la vía aérea en accidentados inconscientes se preserva, mediante la aplicación de la técnica postural que la asegure, para preservar la ventilación.

CR 2.4 Las técnicas ventilatorias con balón resucitador manual y/u oxígeno se seleccionan, conforme a protocolos establecidos, para permitir una ventilación artificial del accidentado ante evidentes signos de hipoxia.

CR 2.5 Las técnicas de reanimación cardio-respiratoria se aplican, conforme a protocolos establecidos, ante una situación de parada cardio-respiratoria, para recuperar las constantes vitales.

CR 2.6 El desfibrilador semiautomático, en caso de necesidad, se utiliza para la reanimación del accidentado, conforme a la normativa aplicable y protocolos establecidos.

CR 2.7 Las técnicas de hemostasia ante hemorragias externas se aplican para impedir un shock hipovolémico.

CR 2.8 Las técnicas posturales, se aplican, cuando el accidentado se encuentra en situación de compromiso ventilatorio o presenta signos evidentes de «shock», para evitar aspiraciones de vómitos, obstrucciones y favorecer la respiración.

RP 3: Prestar la atención inicial al accidentado, aplicando los primeros auxilios iniciales en situaciones de emergencia que no impliquen una parada cardio-respiratoria, para mantener las constantes vitales según el protocolo establecido.

CR 3.1 La apertura de la vía aérea se realiza, mediante la maniobra frente-mentón para evitar el taponamiento de la laringe por la lengua.

CR 3.2 La alineación manual de la columna cervical se realiza ante existencia de una lesión para protegerla y minimizar los riesgos de una mayor.

CR 3.3 La atención específica a accidentados que han sufrido lesiones por agentes mecánicos, físicos o químicos se presta, aplicando las técnicas para cada situación conforme a protocolos establecidos.

CR 3.4 La atención específica a la parturienta ante una situación de parto inminente se presta, conforme al protocolo de actuación establecido, transmitiendo tranquilidad y serenidad.

CR 3.5 La atención específica indicada a las personas con crisis convulsivas, se presta, para minimizar posibles riesgos de lesiones físicas, conforme a protocolos establecidos.

CR 3.6 La atención específica indicada a las personas con atragantamiento, se presta, discriminando los casos especiales de embarazadas, personas obesas y niños conforme a protocolos establecidos, transmitiendo tranquilidad y serenidad.

CR 3.7 La atención específica indicada a las personas con quemaduras, se presta, conforme a protocolos establecidos y se coloca en posición antishock ante una quemadura de gran extensión, para minimizar riesgos.

CR 3.8 La atención específica indicada a las personas con hemorragia, se presta, conforme a protocolos establecidos para evitar una lipotimia.

RP 4: Aplicar las técnicas de movilización e inmovilización al accidentado, y en su caso interviniendo con los primeros auxilios, para asegurar el posible traslado.

CR 4.1 El lugar de seguridad se selecciona, conforme a protocolos establecidos, para colocar al accidentado hasta la llegada de los servicios sanitarios de emergencia y minimizar los riesgos.

CR 4.2 Las técnicas de movilización e inmovilización se aplican para colocar al accidentado en una posición anatómica no lesiva hasta que acudan a la zona los servicios sanitarios de emergencia o para proceder a su traslado en caso necesario.

CR 4.3 Las técnicas posturales, se aplican, cuando el accidentado se encuentra en situación de compromiso ventilatorio o presenta signos evidentes de «shock», para minimizar riesgos.

CR 4.4 Los tipos de accidentados y lesiones, se discriminan, para intervenir en aquellos casos que no precisen de otros profesionales.

CR 4.5 Las técnicas de intervención de primeros auxilios con los accidentados inmovilizados, se discriminan, para aplicar aquellas propias de un técnico de nivel como primer interviniente, en función de la gravedad y los tipos de lesiones o proceder inmediatamente a su traslado.

RP 5: Intervenir con técnicas de comunicación y apoyo emocional al accidentado, familiares e implicados en la situación de urgencia siguiendo los protocolos establecidos, para facilitar la asistencia, traslado y minimizar los riesgos.

CR 5.1 Los signos de ataque de pánico, ansiedad y/o estrés de la víctima motivado por el accidente, se identifican observando el aumento del ritmo cardíaco, palmas sudorosas, dificultad para respirar, sensación subjetiva de ataque cardíaco, y sentimientos de temor para aplicar las técnicas de apoyo emocional hasta su traslado, siguiendo los protocolos establecidos.

CR 5.2 La comunicación del accidentado con su familia se facilita, desde la toma de contacto hasta su traslado, atendiendo, en la medida de lo posible, a sus requerimientos.

CR 5.3 La información a familiares, accidentado o persona relacionada, se realiza de manera respetuosa e infundiendo confianza, sobre aquellas cuestiones que se puedan plantear dentro de sus competencias.

CR 5.4 Los familiares de los accidentados, se atienden, para ofrecerles información sobre las cuestiones que puedan plantear dentro de sus competencias.

CR 5.5 La solicitud de información por parte de la familia de los accidentados se atiende para ofrecerles datos sobre las cuestiones que puedan plantear dentro de sus competencias.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Material de movilización e inmovilización. Material electromédico. Botiquín. Equipo de oxigenoterapia. Desfibrilador semiautomático. Equipo de protección individual. Sistema de comunicación. Kit de organización en catástrofe. Protocolos de actuación. Material de señalización y balizamiento. Material de autoprotección.

Productos y resultados:

Signos de alteraciones orgánicas detectados como primer interviniente. Aplicación de las técnicas de soporte ventilatorio y/o circulatorio básicas. Atención inicial y primeros auxilios básicos iniciales en situaciones de emergencia que no impliquen una parada cardio-respiratoria. Técnicas de movilización e inmovilización al accidentado aplicadas para asegurar el posible traslado. Intervención con técnicas de comunicación y apoyo emocional al accidentado, familiares e implicados en la situación de urgencia. Comunicación con los servicios de atención de emergencias. Intervención a su nivel en situaciones de emergencias colectivas y catástrofes.

Información utilizada o generada:

Manuales de primeros auxilios. Revistas y bibliografía especializada. Protocolos de actuación. Informes.

Módulo formativo 1: Asistencia a usuarios en accesos en parques de aventura en altura

Nivel: 2.

Código: MF2266_2.

Asociado a la UC: Acoger a los usuarios en parques de aventura en altura.

Duración: 60 horas.

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Aplicar técnicas de información al usuario relacionadas con empresas en parques de aventura en altura.

CE1.1 Definir tipos de información que se utilizan en parques de aventura en altura.

CE1.2 Identificar los sistemas de dependencia en organizaciones de recursos humanos en empresas del sector deportivo.

CE1.3 En un supuesto práctico de atención a usuarios en un parque de aventura en árboles:

– Identificar y aplicar protocolos de comunicación interempresarial.

– Clasificar la información de interés a usuarios en su recepción.

– Determinar canales de comunicación según las características de unos usuarios.

– Identificar las peculiaridades de diferentes tipos de usuario, adaptando la información a su capacidad y características.

CE1.4 En un supuesto práctico de atención a usuarios durante su llegada un parque de aventura en altura, discriminar tipos de medios gráficos y su ubicación espacial según las características de la información y usuarios.

CE1.5 En un supuesto práctico de atención a usuarios en parques de aventura en altura con unas características definidas de edad:

– Aplicar sistemas de comunicación con menores ajustada a la edad.

– Seleccionar la información de interés para usuarios menores.

– Determinar el nivel de dificultad del circuito según el tipo de usuario.

– Identificar la normativa aplicable en relación al uso de parques de aventura en altura, seguridad, higiene y medioambiente.

CE1.6 En un supuesto práctico de atención a unos usuarios en parques de aventura en altura con unas características dadas:

– Ubicar en planos de parques servicios disponibles.

– Identificar unos circuitos con sus grados de dificultad por colores.

– Informar de peso y altura máximos por persona, altura mínima, según unas características dadas.

– Informar de unas limitaciones por cardiopatías, lesiones en huesos y articulaciones.

C2: Aplicar operaciones de asistencia a todo tipo de usuarios en parques de aventura en altura durante su acceso e inicio de actividades en circuitos de entrenamiento, briefing o formación.

CE2.1 Describir objetivos y características de un circuito de entrenamiento, breifing o formación.

CE2.2 En un supuesto práctico de atención a un grupo de usuarios con unas características dadas:

– Identificar la normativa y protocolos de uso y accesibilidad para personas con discapacidad en instalaciones deportivas.

– Identificar la normativa y protocolos de uso y accesibilidad para menores de edad en instalaciones deportivas.

– Aplicar los procedimientos de asistencia en la movilidad personas con limitaciones de su autonomía personal y menores de edad.

CE2.3 En un supuesto práctico de atención a un grupo de usuarios con unas características dadas:

– Identificar los elementos materiales auxiliares para personas con limitaciones de su autonomía personal y menores de edad en el uso de instalaciones deportivas y su equipamiento básico.

– Asistir en la equipación de equipos de protección individual a usuarios.

– Identificar errores comunes en la colocación de arneses.

– Verificar el casco (ajuste a la cabeza, ajuste de barboquejo, ajuste de mentonera, en su caso).

C3: Aplicar técnicas de organización de usuarios y material concretando detalles operativos para el desarrollo de las actividades según el nivel de dificultad de los circuitos.

CE3.1 Describir las características del material y equipo deportivo y enumerar el material de instalación de anclajes a llevar en actividades en árboles.

CE3.2 Identificar la normativa aplicable en relación a las actividades físico-deportivas en instalaciones deportivas al aire libre.

CE3.3 En un supuesto práctico de aplicación de técnicas de organización de usuarios y material en un parque de aventura en altura, comprobar el estado del material, la dotación y su adecuación a características de unos usuarios y nivel de dificultad de circuitos y actividades, así como la operatividad de todos recursos que se van a utilizar.

CE3.4 En un supuesto práctico de aplicación de técnicas de organización de usuarios y material en un parque de aventura en altura, difundir normas de la actividad adecuando la comunicación a las características de unos participantes.

CE3.5 En un supuesto práctico aplicación de técnicas de organización de usuarios y material en un parque de aventura en altura:

– Informar sobre la dificultad de actividades de aventura en altura.

– Identificar unas vías de salida de urgencia del parque.

– Identificar unas vías de salida de urgencia de los circuitos.

– Ubicar unos monitores de asistencia.

– Demostrar unas maniobras de anclado a la línea de vida desde el inicio de la actividad en un circuito hasta el regreso al suelo.

CE3.6 En un supuesto práctico aplicación de técnicas de organización de usuarios y material en un parque de aventura en altura:

– Determinar unas técnicas de comunicación para destacar la seguridad.

– Actuar en momentos de temor o inseguridad.

– Explicar tipos de circuitos y retos y sus dificultades.

– Indicar número de personas máximo por plataforma.

– Indicar número máximo de personas por reto.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.3, CE1.4, CE1.5 y CE1.6; C2 respecto a CE2.2 y CE2.3; C3 respecto a CE3.3, CE3.4, CE3.5 y CE3.6.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.

Respetar los procedimientos y normas internas de la organización.

Contenidos:

1. Técnicas de comunicación y atención al usuario:

Tipología de usuarios en función de la edad.

Factores que favorecen la comunicación en las relaciones interpersonales.

Modelos, normas y estilos de comunicación.

Utilización del lenguaje icónico y del lenguaje audiovisual.

La comunicación con usuarios con discapacidad.

Pautas básicas en la resolución de conflictos.

Comunicación de incidencias.

Tratamiento de quejas y reclamaciones.

Sistemas, vías y soportes informativos en parques de aventura en altura.

2. Tipos y características de parques de aventura en altura:

Las barreras arquitectónicas y adaptación a todo tipo de usuarios.

Materiales auxiliares para el desarrollo de las actividades deportivas, aplicación y uso.

Material auxiliar para el desarrollo de las actividades deportivas, aplicación y uso para personas con limitaciones en su autonomía personal.

Sistemas de seguridad de los circuitos y retos de parques de aventura en altura.

Seguridad e higiene en parques de aventura.

Sistemas de accesos, circulación de usuarios y control de usuarios por circuito.

Técnicas de distribución de grupos.

Señalizaciones de uso y emergencia.

Sistemas de control y vigilancia.

Circuitos, retos o juegos, plataformas.

Tipos de circuitos. Niveles de dificultad.

Tipos de retos (puentes tibetanos, tirolinas, troncos de equilibrio, lianas de Tarzán, redes de abordaje, entre otros).

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal, diseño universal o diseño para todas las personas y protección medioambiental.

Perfil profesional del formador o formadora:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la acogida de usuarios en parques de aventura en altura, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:

– Formación académica de nivel 1 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.

– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.

2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

Módulo formativo 2: Desplazamientos dirigidos de usuarios por circuitos en parques de aventura en altura con técnicas de progresión horizontal y vertical

Nivel: 2.

Código: MF2267_2.

Asociado a la UC: Dirigir a los usuarios en los desplazamientos con progresión horizontal y vertical en parques de aventura en altura.

Duración: 60 horas.

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Seleccionar, verificar el estado y adaptar los equipos, las protecciones y los medios para distintos tipos de usuarios, características de la actividad y objetivos.

CE1.1 Describir los elementos y características del equipo de protección individual enumerando los datos que se deben registrar, tales como: arnés, cabo, mosquetón y polea para la realización de un inventario pormenorizado de uso y conservación de cada equipo y sus componentes.

CE1.2 Describir el proceso de verificación y adaptación de equipos y protecciones a los distintos tipos de usuarios.

CE1.3 Seleccionar el equipo de protección individual a utilizar en las actividades de parques de aventura en altura y aplicar técnicas según protocolos para mantenerlo en condiciones de uso.

CE1.4 En un supuesto práctico de selección y verificación del estado de unos equipos, protecciones y medios donde se describen y enumeran las características del equipo de protección individual:

– Indicar los materiales que lo componen.

– Identificar las características.

– Describir el mantenimiento según las recomendaciones de fabricantes.

– Realizar maniobras de almacenamiento.

– Elaborar listados y fichas individuales de control de uso del equipo de protección individual.

– Describir motivos para su desecho.

– Enumerar criterios para decidir la baja o mantenimiento en el uso del material.

CE1.5 En un supuesto práctico de mantenimiento preventivo y operativo de equipos de protección y materiales:

– Describir unos procedimientos de revisión de materiales en parques de aventura en altura, y canales de información ante incidencias según normativa aplicable.

– Aplicar la normativa y determinar controles de elementos de protección individual.

– Efectuar controles de rutina al equipar y desequipar.

CE1.6 En un supuesto práctico de equipamiento a unos usuarios, seleccionar el tipo de arnés individual atendiendo a la morfología del usuario y restricciones de peso.

CE1.7 En un supuesto práctico de revisión de un equipo de protección individual, mediante procedimientos establecidos:

– Identificar deficiencias en el estado de las correas o cuerdas, costuras, anillos, cierres y protecciones, rodamientos, elementos metálicos, mecanismos de cierre.

– Comprobar el funcionamiento de hebillas.

– Comprobar el funcionamiento de reglajes.

– Comprobar funcionamientos de cierre.

– Comprobar rodamientos y roldanas.

C2: Aplicar técnicas metodológicas de instrucción en desplazamientos por circuitos hasta retos, uso del equipo de protección individual según las características de unos usuarios y atendiendo al nivel de dificultad de los circuitos.

CE2.1 Definir las técnicas de comunicación verbal o gestual adecuadas al contexto, situaciones y a las características de los usuarios en un supuesto dado de usuarios en actividades en parques de aventura en altura.

CE2.2 Describir la información sobre la actividad y acciones técnicas a ejecutar, así como las normas de seguridad que debe reconocer un grupo de usuarios antes de realizar un circuito, adaptando la información a las características del mismo.

CE2.3 En un supuesto práctico, colocar el equipo de protección individual al usuario y ajustarlo, observando que los mosquetones estén anclados a los asideros del arnés con su polea o poleas y:

– Comprobar correas verificando que no están sueltas, retorcidas o con exceso de presión.

– Verificar arneses que no están retorcidos.

– Comprobar que no arrastran cabos de anclaje y mosquetones.

CE2.4 En un supuesto práctico, en un circuito de entrenamiento, briefing o formación realizar las siguientes demostraciones para instruir a los supuestos usuarios de forma amena y segura:

– Demostrar apertura y cierre de mosquetones.

– Demostrar la colocación de poleas y mosquetones al anclarse a líneas de vida.

– Anclarse en retos, tirolinas, plataformas y líneas de vida, evolucionar y en su caso, desanclarse en líneas de vida continuas.

– Agarre e incorporación a plataformas en las tirolinas.

– Progresar en plataformas hasta el siguiente reto.

– Desplazarse en tirolinas, mostrando forma de salida y de llegada.

– Progresar en retos horizontales y verticales.

– Seleccionar anticaídas o elementos de progresión vertical.

– Colocar mosquetones y poleas según maniobra y tipo de desplazamiento.

CE2.5 En un supuesto práctico de demostración de técnicas para afrontar unos circuitos incidiendo en aspectos para reforzar a los usuarios como:

– Seleccionar información y su organización según usuarios y tipo de actividad.

– Seleccionar la terminología específica según las características de unos usuarios.

– Enfatizar en las técnicas de unión de seguridad inmediata para cada usuario (puntos de línea de vida, anclajes, paso entre puntos intermedios, entre otros).

C3: Estimar niveles de aptitud física de unos usuarios en los circuitos de entrenamiento, briefing o formación de parques de aventura en altura.

CE3.1 Relacionar características normotípicas de unos usuarios (peso, condición física, altura), problemas de salud, edad, fatiga, deshidratación, conductas alteradas, entre otros, con factores de riesgo en la realización de actividades en parques de aventura en altura.

CE3.2 Identificar la normativa aplicable en relación a protección y comportamiento en el medio natural.

CE3.3 En un supuesto práctico de realización del circuito de formación con unos usuarios con unas características dadas:

– Cotejar con el propio usuario edad, expectativas, peso, altura, entre otros.

– Informar sobre las dificultades de plataformas y retos dados.

– Identificar el nivel de actividad deportiva de los usuarios en la realización de ejercicios en un reto.

– Estimar el grado de dificultad límite según las características del usuario.

– Adecuar canales de comunicación según necesidades del usuario.

– Especificar los circuitos de línea continua de vida.

CE3.4 En un supuesto práctico de realización de un circuito de formación con unos usuarios con unas características dadas:

– Cotejar con el propio usuario la experiencia físicodeportiva previa.

– Efectuar adaptaciones según la aptitud física y nivel de dificultad de la actividad.

– Reconocer puntos conflictivos y dificultad de retos según características individuales de usuarios.

C4: Aplicar técnicas de progresión en desplazamientos en retos horizontales y verticales, según el nivel de dificultad del circuito y características de unos usuarios en condiciones de seguridad.

CE4.1 Definir la importancia de una hidratación durante las actividades físicas y la selección del momento durante la realización de circuitos en parques de aventura altura para no sufrir desequilibrios ni desvanecimientos.

CE4.2 En un supuesto práctico de realización de los circuitos en altura, aplicar las técnicas de progresión teniendo en cuenta:

– Principio de conexión permanente a la línea de vida.

– Sistemas de línea de vida continúa y mosquetones inteligentes, en su caso, conectando el gancho o mosquetones al inicio del circuito y respetar el orden en la conexión.

– Sistema de seguridad tradicional, en su caso, no desenganchar un mosquetón hasta que el otro ha sido previamente enganchado.

– Adecuación del ritmo de progresión horizontal y vertical a unas características individuales.

CE4.3 Describir los errores habituales en el principio de seguridad de conexión permanente a la línea de vida.

CE4.4 En un supuesto práctico de realización de los circuitos en altura, demostrar las técnicas de progresión en retos horizontales.

CE4.5 En un supuesto práctico de realización de los circuitos en altura, demostrar las técnicas de progresión en retos verticales.

CE4.6 En un supuesto práctico de ascenso y descenso por restos verticales:

– Comprobar que mosquetones y poleas se encuentran anclados al anticaídas.

– Verificar que equipos anticaídas o con cabos de anclaje con disipador, en su caso, en escaleras, rocódromos y redes, entre otros, al menos tienen un mosquetón anclado según especificaciones técnicas del parque.

C5: Controlar la evolución de usuarios en los accesos a circuitos y progresiones verticales y horizontales durante el transcurso por retos y plataformas.

CE5.1 Explicar la importancia del acompañamiento a los usuarios al iniciar los circuitos para verificar que pasa los primeros retos independientemente de su dificultad, y cumpliendo las especificaciones técnicas del parque.

CE5.2 En un supuesto práctico según el tipo de reto o circuito que se realice y la cantidad y características de los usuarios, justificar en relación con la seguridad, la anticipación y la eficacia de la dirección con respecto a:

– La preparación del material.

– La distribución de los usuarios por retos y plataformas.

– La ubicación del operario con respecto a los usuarios.

– El tipo y código de comunicación y las pautas de comportamiento en situaciones de poca visibilidad y difícil comunicación.

CE5.3 En un supuesto práctico según el tipo de reto o circuito que se realice y la cantidad y características de los usuarios, justificar en relación con la seguridad, la anticipación y la eficacia de la dirección con respecto a:

– El nivel de destreza o dificultad de desplazamiento de usuarios.

– La frecuencia de control del material durante la actividad.

– La frecuencia de control de anclaje de los usuarios durante la actividad.

– La necesidad de ayuda a los usuarios ante dificultades.

CE5.4 En un supuesto práctico de un circuito con usuarios con diferentes habilidades y destrezas deportivas, realizar las siguientes intervenciones:

– Pautar el paso ordenado de usuarios.

– Realizar las maniobras de apoyo a los usuarios menos diestros.

– Indicar las técnicas que se deben aplicar a los usuarios.

– Señalar el lugar donde se reunirá el grupo y el comportamiento que deberán mantener los usuarios una vez superada la dificultad o reto.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.4, CE1.5, CE1.6 y CE1.7; C2 respecto a CE2.3, CE2.4 y CE2.5; C3 respecto a CE3.3 y CE3.4; C4 respecto a CE4.2, CE4.4, CE4.5 y CE4.6; C5 respecto a CE5.2, CE5.3 y CE5.4.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.

Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.

Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.

Respetar los procedimientos y normas internas de la organización.

Contenidos:

1. Preparación y mantenimiento de equipo y materiales de parques de aventura en altura:

Equipo de seguridad-progresión; materiales; diagnóstico de deterioro; mantenimiento.

Preparación y transporte del material, control y almacenaje.

Equipamiento de instalaciones: cuerdas estáticas, cuerdas dinámicas, cintas y cordinos, nudos, escalas, fuerza de choque y factor de caída.

Mantenimiento de cables.

Protocolo de recogida y transporte del material.

Seguridad y prevención de riesgos en las instalaciones, equipo y material en parques de aventura en altura.

Normativa aplicable en materia fitosanitaria.

2. Dirección y dinámica de usuarios en parques de aventura en altura:

Intervención metodológica en actividades en parques de aventura en altura.

Programación de actividades. Condiciones de seguridad en la práctica, medios e instalación en la concreción del programa.

Estrategias metodológicas específicas en parques de aventura en altura, técnicas, métodos y estilos.

Control de las contingencias y corrección de errores. Resolución de conflictos.

Valoración inicial del nivel de aptitud y habilidades físicas básicas. Selección del circuito por dificultad.

Aplicación de técnicas de seguimiento y valoración y registro de datos estadísticos.

Concepto de grupo y sus funciones. Clasificación de los tipos de grupos. Etapas de crecimiento y desarrollo de un grupo.

Habilidades sociales y técnicas de comunicación.

Distribución y uso del material auxiliar en las actividades deportivas: tipología en función del nivel, edad y capacidad de los usuarios. Sistemas de almacenaje. Sistemas de inventariado. Material auxiliar de higiene para usuarios.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.