Resolución de 7 de marzo de 2017, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se modifica la Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del Inserso, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los centros residenciales para personas con discapacidad

Rango Resolución
Publicación 2017-03-28
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Fuente BOE
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artículos 1

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del Inserso, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en centros residenciales para personas con discapacidad determina que, a los efectos de liquidación de estancias en régimen de internado, se garantiza una cantidad mensual para gastos personales, que se actualizará anualmente en función del índice de precios al consumo, previsto en los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.

Esta reserva de liquidez se ha podido constatar como insuficiente para la cobertura de las necesidades básicas de los usuarios de los Centros de atención a personas con discapacidad física.

La modificación propuesta incorpora el indicador público de rentas de efectos múltiples, como índice de referencia, en lugar del Indice de Precios al Consumo para determinar la cuantia garantizada a los usuarios de los centros para hacer frente a sus gastos personales y, asimismo, pone de manifiesto la necesidad de actualizar la misma.

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2.g) del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece su estructura orgánica y funciones, es competente para la gestión de centros de atención especializada de ámbito de actuación estatal en el campo de acción del Instituto.

En consecuencia, esta Dirección General, resuelve lo siguiente:

Artículo único. Modificación de la Resolución de 26 de agosto, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los Centros residenciales para personas con discapacidad.

El apartado 30.2 de la disposición trigésima de la Resolución de 26 de agosto de 1987 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de octubre de 1987), por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los Centros residenciales para personas con discapacidad, queda redactado en los siguientes términos:

«30.2. Se garantiza a los usuarios comprendidos en el párrafo primero del apartado 30.1 una cantidad mensual igual al diecinueve por ciento del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) mensual. Esta cantidad se actualizará anualmente en función del IPREM previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de que se trate.

Asimismo, esta cuantía se garantiza a los usuarios de plazas contratadas o concertadas para personas con discapacidad, sujetas a liquidación de estancias.»

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Circular 2/I/1988 de 23 de febrero, sobre procedimiento administrativo para la resolución de solicitudes de ingreso, traslado, permuta y liquidación de estancias en centros residenciales del Inserso, en cuanto se oponga a lo establecido en esta resolución.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se faculta al titular de la Subdirección General de Gestión del Imserso para dictar, en caso necesario, cuantas instrucciones exija el cumplimento de lo dispuesto en esta resolución.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de marzo de 2017.–La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Carmen Balfagón Lloreda.

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