Resolución de 15 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la Estrategia Española de Economía Social 2017-2020
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2017 ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia Española de Economía Social 2017-2020.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo,
Esta Secretaría de Estado de Empleo ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 15 de marzo de 2018.–El Secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo Figuerola-Ferretti.
ANEXO. Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020
La Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020 responde a la necesidad de tener en cuenta y promover las particularidades de las empresas de la economía social en el mercado único, así como de incluir y apoyar a las empresas de la economía social a través de programas, proyectos y fondos y en el desarrollo innovador y sostenible de un ecosistema financiero adecuado.
Asimismo, pretende reforzar e impulsar los valores de la economía social, así como su proyección en la sociedad española, destacando su vocación para la generación de empleo y su enorme contribución a la cohesión social.
La economía social puede constituir un elemento clave para contribuir a mejorar la capacidad de recuperación de la economía española. Por ello, en la concepción de esta Estrategia, se ha tenido en cuenta su contexto económico y social.
Asimismo, se han tenido presentes las características del tejido empresarial español, con un predominio de la pequeña y mediana empresa. Por ello, la Estrategia prevé la articulación de los medios necesarios para recopilar la información estadística de las entidades de la economía social, de manera que se refuerce el conocimiento, visibilidad, análisis y proyección de estas empresas, así como el reconocimiento de su contribución a la generación de tejido empresarial y de empleo de calidad.
Partiendo de estas premisas, el objetivo de la Estrategia Española debe ser la puesta en marcha de instrumentos que impulsen a las entidades de la economía social, con especial atención a las que apoyen el empleo en los sectores más desfavorecidos y con arraigo en su territorio, todo ello con base en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
Las empresas de la Economía Social se han constituido en un estandarte fundamental de la recuperación económica y del crecimiento económico sostenible e inclusivo de nuestro país. Un sector que está presente en todos los ámbitos económicos, con empresas de todos los tamaños y cuya contribución es hoy indiscutible en políticas estratégicas relacionadas con la creación y mantenimiento del empleo o el fomento del emprendimiento, especialmente entre los jóvenes.
Ante el reto de nuestro país de consolidar una economía sostenible e inclusiva que dé oportunidades a los colectivos con mayores dificultades de empleabilidad, que apueste y fomente el emprendimiento colectivo como una fórmula de creación de empleo de calidad, flexible y estable, enmarcada en otros objetivos estratégicos como son la lucha contra la despoblación y el aprovechamiento racional de los recursos naturales, respetuosa con su entorno y con el medioambiente, la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020 responde al interés del Gobierno de fomentar este modelo empresarial para incrementar su contribución al desarrollo socioeconómico del Estado, mejorando para ello su competitividad y las condiciones de actuación en el mercado junto a otros actores empresariales y sociales.
La Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020 es un documento originado en el seno de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, adscrita al Ministerio de Empleo y Seguridad Social a través de la Secretaría de Estado de Empleo. En su redacción han participado otros departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, así como entidades representativas del sector, agentes sociales y expertos en la materia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, el Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2017, acuerda:
Primero.
Se aprueba la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020.
Segundo.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, será el órgano responsable del seguimiento y evaluación de la Estrategia, tarea que realizará en coordinación con los Departamentos implicados en el mismo, entre los que se incluye a la Dirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Tercero.
Los diferentes Ministerios adoptarán las medidas necesarias que, en el ámbito de sus competencias, sean precisas para el desarrollo de la Estrategia, incluyendo su financiación dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado de cada uno de los ejercicios presupuestarios.
Su ejecución, así como todos los compromisos que se deriven de la aplicación de la Estrategia, quedan condicionados a las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio en curso y en los ejercicios siguientes, de acuerdo con la senda de consolidación fiscal fijada por el Gobierno, y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
La participación en la Estrategia de las comunidades autónomas y entidades locales tendrá carácter potestativo.
ÍNDICE DEL DOCUMENTO
1. Presentación.
2. Estructura de la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020.
3. Ejes de actuación:
Eje 1. Apoyo al empleo y al emprendimiento en el ámbito de la economía social.
Eje 2. Impulso a la consolidación de empresas de la Economía Social y su crecimiento.
Eje 3. Análisis y desarrollo del marco jurídico de la economía social, con el objeto de eliminar las barreras que puedan impedir o limitar su desarrollo.
Eje 4. Generación de mecanismos innovadores de participación de la Economía Social en sectores estratégicos.
Eje 5. Impulso de la Economía Digital en las entidades de Economía Social.
Eje 6. Fomento de la participación institucional de la economía social.
Eje 7. Desarrollo de la economía social en el marco de la Agenda Internacional y en especial en Iberoamérica, Europa y Mediterráneo.
Eje 8. Incremento de la visibilidad de las entidades de la economía social y difusión de su actividad.
Eje 9. Fomento de la igualdad de género y de la inclusión social en la economía social.
Eje 10. Impulso de la responsabilidad social en el marco de las entidades de la economía social.
Eje 11. Participación de la Economía Social en el diseño e implantación de la Agenda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
4. Implantación de la Estrategia.
5. Seguimiento y evaluación.
6. Anexos.
1. Presentación
Antecedentes
España tiene una gran tradición en el ámbito de la economía social. Ese contexto histórico ha estado marcado por numerosas experiencias que se desarrollaron a finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX entre las fórmulas cooperativas, asociativas y mutualistas. Nuestro país desarrolló diferentes modelos y no fue ajeno a lo que ocurría en otros países de su entorno en los que también esta manera de hacer economía y crear empleo comenzaban a destacar de entre otras.
Así ocurrió en Inglaterra, Italia, Francia o Portugal, con quienes hemos mantenido diferentes colaboraciones e intercambios de experiencias, en aras a estrechar lazos y consolidar el modelo español de economía social. La experiencia en esos países y su propio acervo tradicional y costumbrista, hizo que en ellos se fueran desarrollando diferentes conceptos y recogiendo los principios inspiradores de la economía social.
Nuestro país recoge en la Carta Magna el sustrato jurídico en el que las distintas entidades de economía social tienen reflejado su reconocimiento. En diferentes artículos incluida la cláusula de igualdad social en el 9.2, en el artículo 1.1 o en el 129.2, o artículos concretos como el 40, 41 y 47, dotan a la economía social del mayor respaldo jurídico debido al rango de la norma que los contempla: la Constitución española de 1978.
En mayor o menor medida, muchas de las entidades se ven reflejadas en esos artículos y a partir del año 1990 la propia economía social tiene reconocimiento expreso en la Creación del Instituto de Fomento de la Economía social (INFES) a través de la Ley 31/1990 y que, tras su desaparición en el año 1997, atribuyó sus competencias a la Dirección General de Fomento de la Economía social y del Fondo Social Europeo, siendo la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, la que crea el Consejo de la Economía social, desarrollado por el real Decreto 219/2001 de 2 de marzo.
Cabe destacar también el trabajo de las Comunidades Autónomas, que han contribuido de manera importante a dar más visualización a las entidades que forman parte de la economía social. Tanto es así, que en el ámbito autonómico se han promulgado diversas normas que vienen a reconocer la realidad que conforma el sector en su conjunto, poniendo en valor las aportaciones que realiza a la sociedad y las oportunidades de mejora económica y social que ofrece, tales como la Norma Foral 15/2014, de 10 de diciembre, de fomento de la economía social en Guipúzcoa, o la más reciente Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia.
En términos de creación de empleo, es innegable el comportamiento de las entidades de la economía social en los años precedentes de grave crisis económica, tal y como demuestra el hecho de que, entre el cuarto trimestre de 2007 y el cuarto trimestre de 2013, la destrucción de empleo en las cooperativas ha sido casi seis puntos inferior en términos de afiliación a la Seguridad Social al del resto de las empresas, o el incremento constante del número de trabajadores de las empresas de inserción durante los años de mayores dificultades. Sólo en el último año, las empresas de inserción han aumentado en 18 puntos el porcentaje de trabajadores contratados que previamente se encontraban en riesgo de exclusión (1).
(1) Fuente: Tesorería General de la Seguridad Social.
Las entidades de la economía social cuentan con una mayor flexibilidad para adaptarse a las condiciones recesivas (tienen una mayor capacidad para ajustar horarios y retribuciones de sus trabajadores, en lugar de recurrir al despido), y pueden llegar a ejercer un efecto refugio en tiempos de crisis, tanto por la decisión de desempleados de crear cooperativas como por la transformación de empresas ordinarias en modelos cooperativistas laborales. Esa mayor capacidad para crear y mantener el empleo a pesar de que la crisis les ha afectado igual que al resto de las empresas se desprende de que entre el cuarto trimestre de 2007 y el cuarto trimestre de 2013, la destrucción de empleo en algunas familias que conforman la economía social, como es el caso de las cooperativas, ha sido en más de 8 puntos inferior al del conjunto de las fórmulas empresariales, lo que da idea de su resiliencia.
En la actualidad existen 20.870 organizaciones cooperativas en España que emplean a un total de 301.856 trabajadores. En la evolución reciente de estos datos hay que destacar la estabilidad del empleo en la segunda fase de la recesión, pues el número de trabajadores se mantuvo estable entre 2011 y 2014. Posteriormente, el empleo se ha incrementado un 11,8 % (entre el tercer trimestre de 2014 y el tercer trimestre de 2017), en más de 30.000 trabajadores (31.842).
Aunque el número de cooperativas se redujo de forma relevante entre 2011 y 2015 (en casi 2.000, un 8,9 %), en los dos últimos años se han recuperado más de una cuarta parte (3,3 %) con un aumento de 664 cooperativas. Es también relevante destacar el incremento paulatino del número de trabajadores por cooperativa, que ha pasado de apenas 12,2 en el tercer trimestre de 2011 a 14,5 en el tercer trimestre de 2017.
Dos tercios de los trabajadores en cooperativas se concentran en cuatro autonomías: País Vasco (casi 60.000 trabajadores), Andalucía y Cataluña (algo menos de 50.000 cada una) y Comunidad Valenciana (algo más de 40.000). El empleo se concentra en 667 cooperativas con más de 50 trabajadores, que emplean a cerca de la mitad del total de empleados (45,7 %).
En cuanto a la distribución sectorial, el empleo se concentra en un número reducido de ramas. Por un lado la industria manufacturera, con un 23,0 % del empleo (casi 70.000 trabajadores, muchos de ellos autónomos, el 45,1 %) concentrados en cerca de 3.000 centros de cotización. Por otro, el comercio, con un 21,6 % del empleo. La presencia de la educación también es relevante, con un 13,1 % del empleo, así como la del sector agrícola, ganadero y pesquero, que reúne a un 9,3 % del empleo en cooperativas.
En cuanto a las clases de cooperativas, algo más de la mitad de las cooperativas en situación de alta en Seguridad Social (excluidos los autónomos, un total de 12.038 sociedades) corresponden a cooperativas de trabajo asociado (6.677). También destacan las agrarias, con 3.264 sociedades. Por número de trabajadores también destacan las de consumidores y usuarios (más de 20.000 trabajadores en 272 sociedades registradas) y las de crédito, con 16.404 trabajadores en 66 cooperativas.
Por lo que se refiere a las sociedades laborales, existen en la actualidad 9.410 sociedades que emplean a 63.415 trabajadores. Su evolución reciente ha sido menos favorable que la de cooperativas. El número de trabajadores se redujo en 12.459 entre los terceros trimestres de 2011 y 2014, un 16,4 %, para luego mantenerse estable. Por su parte, el número de sociedades sufrió un ajuste aun mayor, en un declive que continúa en una senda constante. Desde 2011 hasta la actualidad se han perdido 4.365 sociedades, casi un tercio del total (–31,7 %). Como resultado de la evolución de ambas variables, el número de trabajadores por sociedad laboral se ha incrementado desde el 5,5 hasta el 6,7.
La composición sectorial del empleo en las sociedades laborales está dominada por la industria manufacturera, que concentra al 26,9 % de los trabajadores, seguida del comercio (17,4 %) y de la construcción (12,9 %). A mayor distancia destacan la educación (6,9 %) y la hostelería (6,8 %).
Por regiones, vuelven a destacar Andalucía (20,1 % del empleo total), Cataluña (9,3 %), Comunidad Valenciana (8,2 %) y País Vasco con el 11,1 % (especialmente en la industria) y aparece Madrid (11,8 %), Castilla-La Mancha (6,7 %) y Murcia (6,6 %).
Características del empleo en la economía social. Las características más relevantes del empleo en la economía social son las siguientes:
– La presencia femenina es limitada en las sociedades laborales y alcanza el 47,1 % del empleo en las cooperativas. En total, el 44,8 % de los trabajadores son mujeres.
– El empleo joven es relevante, dado que el 42 % del total de trabajadores tiene menos de 40 años. La incidencia del empleo joven es particularmente elevada en el ámbito de la agricultura.
– La incidencia del empleo a tiempo parcial es relativamente elevada: casi un quinto de los trabajadores tiene media jornada (19,9 %). La incidencia del empleo parcial es particularmente intensa en las sociedades laborales limitadas (26,6 %) y con relación a las mujeres (31,8 %).
– La incidencia de la temporalidad es relativamente reducida, apoyada en la composición sectorial del empleo. La tasa de temporalidad se situaba unos dos puntos por debajo de la media total, en el 25,1 %. Esta tasa era relativamente reducida en cooperativas (23,2 %) y elevada en sociedades laborales limitadas (35,8 %), probablemente atendiendo a la composición sectorial del empleo. Como es habitual, la tasa es significativamente más elevada entre jóvenes y extranjeros, así como en Andalucía, Asturias, Cantabria y Extremadura. Las menores tasas de temporalidad se observan en la Comunidad Valenciana (16,7 %).
– Un tercio de los trabajadores llevan más de cinco años en el empleo. La estabilidad es especialmente elevada en las sociedades laborales anónimas, donde más de la mitad de los empleados lleva más de cinco años en el puesto. La estabilidad es mayor en las microempresas de menos de cinco trabajadores y en las más grandes, con más de 250 trabajadores. También en el comercio y las manufacturas.
En definitiva, es reseñable que el porcentaje de mujeres empleadas en entidades de la economía social haya aumentado en seis puntos desde el año 2007, pasando a representar un 44,8 % de sus plantillas en 2017. La presencia de las mujeres en cooperativas, sociedades laborales o asociaciones es casi paritaria, lo que pone de manifiesto que el empleo femenino ha evolucionado en la última década de forma muy satisfactoria gracias a las reformas integrales aprobadas por el Gobierno y a la propia seña de identidad y modelo de desarrollo de las entidades de la Economía Social, donde priman la equidad, la cohesión social, el desarrollo local y la inclusión social. Uno de los principales retos de nuestro mercado laboral es también la incorporación de uno de los colectivos con mayores dificultades de inserción, las personas con discapacidad. En este sentido, debemos analizar la evolución de la cuota de reserva en empresas públicas y privadas en favor de los trabajadores con discapacidad y sus medidas alternativas, reguladas en el artículo 40 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y en el Real Decreto 364/2005, respectivamente. Los datos proporcionados por el Servicio de Empleo Público Estatal constatan una evolución positiva respecto al número de trabajadores con discapacidad que se benefician de las modalidades laborales alternativas a la cuota de reserva. Mientras que en 2011 estas medidas, aplicaron por 6.075 trabajadores, en 2016 el número de trabajadores con discapacidad que se beneficiaron de las mismas asciende a 10.160 en total.
En este sentido, cabe destacar la valiosa actividad desarrollada por los Centros Especiales de Empleo como una de las fórmulas más fructíferas y firmes para impulsar y consolidar el empleo de las personas con discapacidad y su encaje en las empresas del mercado ordinario. Su objetivo principal es proporcionar a estos trabajadores la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite su integración laboral en el mercado ordinario de trabajo. Al menos el 70% de su plantilla está compuesta por trabajadores con discapacidad y respecto a la gestión y presupuesto de los mismos, es preciso señalar que, en virtud de los reales decretos sobre traspaso de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, hoy Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las comunidades autónomas tienen asumidas las competencias en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo.
Actualmente, para cada ejercicio económico se distribuyen territorialmente a las comunidades autónomas subvenciones del ámbito laboral y para políticas activas de empleo, entre ellas las del Programa de oportunidades de Empleo para Personas con Especiales Dificultades –en el que se enmarcan las ayudas a los Centros Especiales de Empleo (CEE)–. Esta partida fue la que más creció a partir del año 2012 en materia de políticas activas pasando de 210 millones en 2012 a 234 en 2013 y 2014, 260 millones en 2015 y 380,4 millones en 2016, lo que supone un incremento del presupuesto respecto a la dotación de 2012 de cerca del 81 % y con respecto al 2015 del 46 %. La partida destinada a este programa en 2017 asciende a 382.562.210 millones de euros, lo que supone un 6,5 % de aumento con respecto al año anterior y un incremento del 82,17 % respecto a 2012. Analizando el impacto de este incremento progresivo en el periodo comprendido entre 2009 y 2016, concluimos que éste se traduce en un aumento en el número y en la plantilla de los Centro Especiales de Empleo del 5 % y del 35 % respectivamente.
Los CEE son, por tanto, un primer paso para que las personas con discapacidad adquieran capacitación y experiencia laboral, pero uno de los verdaderos desafíos de estos Centros es el de convertirse en verdaderos puentes entre el empleo protegido y el empleo ordinario. Por ello, y con el fin de mejorar las cifras expuestas, esta Estrategia cobra aún más importancia para abordar la revisión de los Enclaves Laborales y la consecución de su principal objetivo: hacer efectivo y real el tránsito desde el empleo en los CEE al empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad, a través de la incorporación a la plantilla de la empresa.
El Gobierno de España ha sido y es consciente de lo importante que es que sigamos trabajando en línea con la evolución positiva que ha tenido el empleo. Son numerosas las medidas de apoyo que se han aprobado, acometiendo reformas y al mismo tiempo estableciendo incentivos a la creación de empleo en el ámbito de la Economía Social.
No podemos olvidar las reformas operadas en el ámbito del Trabajo Autónomo, a través de la primera ley de medidas urgentes para el trabajo autónomo en esta décimo tercera legislatura, que impulsa y consolida el autoempleo y el emprendimiento colectivo, actualizando la legalidad a la realidad social de España que continua apostando por el emprendimiento, la recuperación y la conciliación. Un país con más protección social es un país también más competitivo. Hoy España ha recuperado 2,2 millones de empleos destruidos durante la crisis. Y la economía social forma parte de esa recuperación, que también es inclusiva y que crea empleo también en femenino.
Es por ello que el Gobierno de España puso en marcha el Programa de Fomento e Impulso de la Economía Social 2015-2016, que toma su razón de ser de la Ley 5/2011, de Economía Social, que prevé la puesta en marcha de instrumentos que impulsen a las entidades de economía social, con especial atención a las que apoyen el empleo en los sectores más desfavorecidos y con arraigo en su territorio. En ese sentido, las fórmulas que conocemos fijan población y son una herramienta útil en la lucha contra la despoblación y un elemento estructural a tener en cuenta.
El Gobierno es consciente de que una Estrategia más profunda que aborde los cambios emergentes y que lidere las innovaciones que se están produciendo en este ámbito, nos da ventajas competitivas también en el entorno europeo, donde España está jugando un papel decisivo y activo, en aras a defender nuestro modelo y a dialogar en una Europa cambiante pero que requiere reafirmar aquellos elementos que nos unen. Citando a la Ley 5/2011, de Economía Social, que fue aprobada por unanimidad y que define a la economía social en su artículo 2 «como el conjunto de actividades económicas y empresariales, que en el ámbito privado llevan a cabo aquellas entidades que, de conformidad con los principios recogidos en el artículo 4, persiguen bien el interés general económico o social, o ambos».
Las empresas de la Economía Social se han constituido en un estandarte fundamental de la recuperación económica y del crecimiento económico sostenible e inclusivo de nuestro país. Un sector que está presente en todos los ámbitos económicos, con empresas de todos los tamaños y cuya contribución es hoy indiscutible en políticas estratégicas relacionadas con la creación y mantenimiento del empleo o el fomento del emprendimiento, especialmente entre los jóvenes.
El sector de la economía social es un activo empresarial de primer nivel de nuestra sociedad. En el marco de la economía social se incluyen más de 43.000 empresas y entidades (2) que, con independencia de la forma jurídica que adopten, actúan conforme a los principios orientadores de la economía social (aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica principalmente en función del trabajo aportado y servicio o actividad realizada, promoción de la solidaridad interna y con la sociedad, e independencia respecto a los poderes públicos, entre otros).
(2) Datos CEPES. 2016: http://www.cepes.es/social/estadisticas.
Ante el reto de nuestro país de consolidar una economía sostenible e inclusiva que dé oportunidades a los colectivos con mayores dificultades de empleabilidad, que apueste y fomente el emprendimiento colectivo como una fórmula de creación de empleo de calidad, flexible y estable, enmarcada en otros objetivos estratégicos como son la lucha contra la despoblación y el aprovechamiento racional de los recursos naturales, respetuosa con su entorno y con el medioambiente, la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020 responde al interés del Gobierno de fomentar este modelo empresarial para incrementar su contribución al desarrollo socioeconómico del Estado, mejorando para ello su competitividad y las condiciones de actuación en el mercado junto a otros actores empresariales y sociales.
Esta Estrategia se elabora de acuerdo con el mandato establecido en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que establece que el gobierno aprobará un Programa de impulso de las entidades de economía social, con especial atención a las de singular arraigo en su entorno y a las que generen empleo en los sectores más desfavorecidos.
La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas redactó el Programa de Fomento e Impulso de la Economía Social 2015-2016, que contaba con treinta y dos medidas, ordenadas en torno a siete ejes, en los que se contemplaban actuaciones de impulso a la creación y fortalecimiento de las empresas y entidades de la economía social, revisión del marco jurídico, apoyo a la internacionalización e innovación de las entidades de la economía social, o el desarrollo de la economía social en el marco de la agenda europea, entre otras.
Una vez que el período de aplicación del anterior Programa de Impulso ha finalizado y gran parte de sus medidas han sido ejecutadas, procede revisar su contenido e impacto, con el fin de establecer una serie de actuaciones para una Estrategia plurianual con un horizonte temporal 2020, que tiene en cuenta las aportaciones de las organizaciones intersectoriales representativas de las entidades de la economía social y muy principalmente las recomendaciones de la Unión Europea a favor de la economía social que se incorporan en las Conclusiones del Consejo de la Unión Europea «La promoción de la economía social como motor clave del desarrollo económico y social en Europa» (diciembre de 2015) y en las declaraciones de las Conferencias europeas de Economía Social.
Contexto
España ha trabajado activamente en los foros europeos e internacionales. Los últimos dos años han sido prolijos en trabajos dirigidos al fomento de la economía social y en la búsqueda activa de socios europeos para sensibilizar a la Comisión Europea de la importancia en términos de empleo y de PIB de la economía social.
En este sentido, se han suscrito memorandos de entendimiento con Francia (2013), Portugal (2015) y Marruecos (2016) con el objeto de potenciar la colaboración con estos estados vecinos en el ámbito de la economía social.
En el contexto puramente europeo, las Conclusiones del Consejo sobre la promoción de la economía social como motor clave del desarrollo económico y social en Europa, adoptadas por el Consejo EPSCO en su sesión n.º 3434, celebrada el 7 de diciembre de 2015, invita a los Estados Miembros y a la Comisión, en el marco de sus respectivos ámbitos de competencia y dentro del respeto del principio de subsidiariedad, a que establezcan, apliquen estrategias y programas para reforzar la economía social, el emprendimiento social y la innovación social, en el ámbito de la concienciación, el reconocimiento y la educación, en el ámbito de la innovación social, en el marco del entorno normativo, y en el ámbito del acceso a la financiación. Asimismo, anima a las empresas de economía social y a los emprendedores sociales a intervenir activamente en el desarrollo de políticas y estrategias paneuropeas de fomento de su sector de actividad, y a concentrarse en los objetivos sociales, incorporando una cultura de empresa y métodos empresariales adecuados, mejorando aún la representación de las mujeres y la juventud en la gestión, favoreciendo el proceso de innovación y experimentación y fomentando la cultura de la evaluación.
Por su parte, la Estrategia de Roma, resultado de la Conferencia de Roma celebrada los días 17 y 18 de noviembre de 2014, abogaba por un esfuerzo conjunto y coordinado del sector (entidades de la economía social, administraciones públicas, inversores privados y mundo académico), y particularmente recomendaba identificar claramente los interlocutores de la economía social dentro de las instituciones europeas, estudiando la posibilidad de que la inversión social se beneficie de los Fondos Estructurales e incrementando el sentido de pertenencia a la economía social por parte de las diversas entidades que la componen.
España se ha posicionado entre los países que defienden que la economía social representa una de las principales herramientas para la creación de empleo y para la innovación social, y que demandan un mayor apoyo al sector por parte de las Instituciones Europeas. Este compromiso se ha visto reflejado en la Declaración de Luxemburgo (2015), suscrita por seis Estados miembros de la Unión, en la que España participa activamente desde su origen como signatario, ostentando además la Presidencia del Comité de Seguimiento de la Declaración.
Este compromiso ha tenido continuidad a través de la Declaración de Bratislava (2016), y ha culminado en la Declaración de Madrid (2017), en la que once Estados abogan por la Economía Social como modelo empresarial para el futuro de la Unión Europea y muestran su apoyo a las diversas formas de la economía social, inciden sobre la necesidad de tener en cuenta y promover las particularidades de las empresas de la economía social en el mercado único, sobre la importancia de incluir y apoyar a las empresas de la economía social a través de programas, proyectos y fondos y en el desarrollo innovador y sostenible de un ecosistema financiero adecuado.
Convienen, además, que las políticas nacionales y europeas de apoyo al emprendimiento deben tener en cuenta los modelos de la economía social como fórmula para la creación de un empleo inclusivo y una sociedad más justa, más equitativa y sostenible, y que debe fomentarse la participación de la economía social en las actividades educativas, formativas y de capacitación profesional para la adquisición de competencias y el aprendizaje a lo largo de la vida, y que debe estudiarse la posibilidad de fomentar e incluir el emprendimiento bajo fórmulas de la economía social dentro de los planes de estudio en las diferentes etapas educativas.
Igualmente, se expresa el deseo de promover mecanismos comunes de coordinación de alto nivel para las políticas y medidas en favor de la economía social y profundizar en los mecanismos ya existentes entre los Estados miembros, tanto bilaterales (por ejemplo, en la colaboración ibérica entre Portugal y España) como multilaterales (por ejemplo, el Comité de Seguimiento de la Declaración de Luxemburgo), así como con países no pertenecientes a la UE (como la colaboración regional con países del sudeste de Europa o con países iberoamericanos y del sur del Mediterráneo). Todo ello con el objetivo de promover y desarrollar las empresas de la economía social en las políticas de la Unión Europea relacionadas con la internacionalización de las empresas de la economía social, la cooperación internacional para el desarrollo y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Finalmente, se hace un llamamiento a la Comisión Europea para que incluya en su plan de trabajo para 2018 un Plan de Acción Europeo 2018-2020, financiado adecuadamente, que promueva las empresas de la economía social en Europa y fomente la innovación social. Además, expresa el deseo de fomentar la participación de la economía social en las actividades educativas, formativas y de capacitación profesional e incluir a la economía social en las políticas nacionales y europeas de apoyo al emprendimiento, así como de promover mecanismos comunes de coordinación de alto nivel para las políticas y medidas en favor de la economía social y profundizar en los mecanismos ya existentes entre los Estados miembros.
En la misma línea, el 22 de junio de 2017 ha tenido lugar la firma de un Memorando de Cooperación y Asistencia Técnica en materia de Empleo y Seguridad Social entre el Reino de España y la República Portuguesa que pretende profundizar y estrechar las relaciones de cooperación en materia de empleo entre los dos países, en las que se incluye la economía social como una de las cinco áreas temáticas de cooperación.
2. Estructura de la Estrategia
La Estrategia se estructura en torno a once ejes de actuación estratégicos y sesenta y tres medidas que abordan diferentes aspectos clave para el desarrollo del sector:
Eje 1. Apoyo al empleo y al emprendimiento en el ámbito de la economía social. El primer eje contiene acciones dirigidas a la creación de empleo y de apoyo a la formación en el ámbito de la economía social, y ello a través de diferentes medidas y líneas de actuación. Desde la realización de análisis sobre el sector; el mantenimiento de los incentivos tanto al empleo estable como al emprendimiento en este modelo empresarial; y la participación, en todos los niveles, en el sistema de formación profesional.
Eje 2. Impulso a la consolidación de empresas de la Economía Social y su crecimiento. Consolidar la situación de las empresas y entidades de economía social y fomentar su crecimiento, en términos de tamaño y competitividad, son los fines del segundo eje de la Estrategia, para los cuales las actuaciones de los poderes públicos han de ser claves, tanto en el fomento de la internacionalización y salida al exterior de estas empresas, como en la inclusión de las mismas en todos aquellos planes, estrategias, medidas, etc. que vayan dirigidas a potenciar y mejorar la productividad de las empresas en general.
Eje 3. Análisis y desarrollo del marco jurídico de la economía social, con el objeto de eliminar las barreras que puedan impedir o limitar su desarrollo. El tercer eje contiene los aspectos de calado jurídico relacionados con la economía social, tanto para el desarrollo de la normativa ya existente, la sistematización y mejora del ordenamiento jurídico que afecta a estas empresas, hasta la eliminación de las barreras que aún persisten en nuestras normas y que impiden una participación igualitaria de todas las empresas en determinados sectores de actividad.
Eje 4. Generación de mecanismos innovadores de participación de la Economía Social en sectores estratégicos. El cuarto eje centra su actuación, por una parte, en profundizar y mejorar en las aportaciones que este modelo empresarial ofrece a los sistemas de colaboración público-privados dentro de los sectores de actividad vinculados a los pilares del Estado del Bienestar y, por otra, en fomentar su contribución en otros ámbitos emergentes de carácter tecnológico que permiten optimizar las características de esta forma de hacer empresa y los empleos que genera.
Eje 5. Impulso de la Economía Digital en las entidades de Economía Social. El quinto eje hace referencia al reto de la adaptación de las entidades de la Economía Social a la Economía Digital. Son muchas las instituciones que abogan por la inclusión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en la sociedad y en el mundo empresarial en aras a conseguir una mayor competitividad. Estudios realizados muestran que la economía social sufre un retardo en la adopción de estas tecnologías. El conocimiento de cómo se está implantando las TIC a la economía social permitirá desarrollar estrategias que reviertan esta tendencia.
Eje 6. Fomento de la participación institucional de la economía social. Transversal a todo el contenido de la Estrategia es el sexto eje, que pretende potenciar la participación activa de las entidades representativas de la economía social en el diálogo institucional, para que la economía social goce de mayor presencia en los espacios en los que se construyen esas políticas públicas.
Eje 7. Desarrollo de la economía social en el marco de la Agenda Internacional y en especial en Iberoamérica, Europa y Mediterráneo. La Estrategia también se centra en su séptimo eje en fomentar este modelo de empresa en otras áreas de nuestro entorno, aportando la experiencia española que es un referente internacional gracias al fuerte desarrollo institucional, legislativo y de representación que la economía social ha alcanzado en nuestro país. Cobra especial importancia en el desarrollo de la estrategia el fortalecimiento del Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social 2014-2020 del Fondo Social Europeo. Un programa novedoso en nuestro país y que ya está en marcha, además de convertirse en un referente en el ámbito europeo.
Dentro de la dimensión exterior que aborda esta Estrategia, la Unión Europea es el ámbito prioritario de actuación donde se promoverán medidas que favorezcan en el desarrollo de este sector, potenciando para ello el liderazgo que España ha asumido en varios espacios de trabajo europeos a favor de la Economía Social. Asimismo, se trabajará para favorecer una agenda internacional a favor de la economía social, en especial con países y regiones del mundo prioritarias para España, como son América Latina y el Caribe así como los países del sur del Mediterráneo, todo ello con el objetivo de incorporar a la economía social dentro de la «Marca España» y en la imagen de éxito de nuestro país en el exterior.
Eje 8. Incremento de la visibilidad de las entidades de la economía social y difusión de su actividad. El octavo eje se dirige a generar instrumentos y mecanismos para incrementar el conocimiento de la ciudadanía española y visibilizar el peso, valor añadido y la contribución de estas empresas al desarrollo socioeconómico del país, especialmente a través de programas educativos y la elaboración de estadísticas.
Eje 9. Fomento de la igualdad de género y de la inclusión social en la economía social. Una especial atención se dedicará, tal y como se expone en el eje noveno, a poner de manifiesto y analizar el papel que la economía social juega en la consecución de la igualdad de género y en una mayor inclusión social, donde la economía social está ayudando no sólo a reducir las desigualdades de género, sino también a generar mayores oportunidades para todas las personas.
Eje 10. Impulso de la responsabilidad social en el marco de las entidades de la economía social. En el eje décimo se contemplan una serie de medidas dirigidas a potenciar y fortalecer las prácticas de responsabilidad social empresarial en las empresas de economía social, alineando estas mediadas con las establecidas en Estrategia Española de la Responsabilidad Social de las Empresas 2014-2020.
Eje 11. Participación de la Economía Social en el diseño e implantación de la Agenda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Por último, y estrechamente relacionado con el punto anterior, el eje undécimo aborda la incorporación y participación de la economía social en el reto de implementar la nueva agenda de desarrollo sostenible que Naciones Unidas y la Comunidad Internacional se han marcado para el año 2030, con objetivos muy ambiciosos en los que el modelo de empresa de la Economía Social debe tener un papel protagonista dada la coincidencia entre los fines que persigue la Agenda de ODS y los valores de solidaridad interna y con la sociedad y la importancia del bienestar y el empleo de las personas que rigen las empresas de economía social.
3 Ejes de actuación
Eje 1. Apoyo al empleo y al emprendimiento en el ámbito de la economía social
Objetivos: Las entidades de la economía social se caracterizan por la promoción de la solidaridad interna y con la sociedad, lo que favorece el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesión social, la inserción de personas en riesgo de exclusión social, la generación de empleo estable y de calidad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la sostenibilidad. Es por ello que se articulan como una herramienta óptima para abordar la situación de desempleo en nuestro país, para lo que se establecen una serie de medidas con las que se pretende fomentar la creación de empleo en base a los principios orientadores contenidos en la ley 5/2011, de economía social, a través, en primer lugar, del análisis de su presencia en los distintos sectores productivos y del impacto que generan en el mercado de trabajo. Asimismo, se articulan una serie de medidas para incentivar el empleo y el emprendimiento en este tipo de entidades. Y, por último, se presta especial atención a la formación de los trabajadores y de las propias entidades, desarrollando su participación en la Formación Profesional, de manera que las empresas y trabajadores del sector reciban apoyo a lo largo de su andadura en el mercado.
Medidas:
1. Análisis de la presencia y la proyección de las entidades de la economía social de manera que se reconozca su contribución a la generación de empleo y tejido empresarial.
1.1 Se fomentará la realización de estudios sobre los sectores de mercado en los que operan las entidades de la economía social así como casos prácticos de éxito, analizando su impacto económico y laboral, en términos de puestos de trabajo generados, de empresas creadas y sectores, incluyendo las distintas modalidades de autoempleo y emprendimiento.
1.2 A través del Observatorio de las Ocupaciones, se abrirán líneas de colaboración con el SEPE dirigidas a la realización de estudios prospectivos de los sectores en los que la Economía Social tiene un peso destacado, con el fin de analizar las tendencias del mercado y las transformaciones que se producen en el mismo, anticipándose a los retos y requerimientos que el mercado de trabajo plantea y facilitar, así, la toma de decisiones por parte de las empresas de la economía social.
Asimismo, el trabajo conjunto de análisis e intercambio de datos con el Observatorio de las Ocupaciones podría ayudar a afinar más en la búsqueda de nuevos yacimientos de empleo. En el caso de los sectores de base tecnológica, y según el estudio «Fomento de la presencia de la Economía Social en el emprendimiento de base tecnológica» de CEPES, son un nicho clave para modelos empresariales de emprendimiento colectivo. Por ello, es fundamental seguir profundizando en estudios sectoriales que incorporen metodologías de análisis que sean de utilidad para empresas de la economía social.
2. Incentivos al empleo en las entidades de la economía social. Con la finalidad de estimular la creación de nuevas empresas y entidades de la economía social y de nuevos empleos asociados a las mismas y a las empresas ya existentes y consolidadas, se continuarán aplicando los incentivos para la incorporación de socios y trabajadores a las cooperativas y sociedades laborales; el fomento de la contratación indefinida por cuenta ajena en las entidades de la economía social; y el apoyo a la labor de las entidades que tienen como objeto social la creación de empleo para personas con discapacidad y colectivos en riesgo de exclusión social. Para ello se prevén las siguientes actuaciones:
2.1 Incentivos a la incorporación de socios en las sociedades cooperativas y sociedades laborales y a la contratación por cuenta ajena en estas empresas: En relación a estos incentivos, continuarán aplicando los incentivos al empleo en las entidades de economía social ya vigentes. Del mismo modo, se continuarán aplicando los incentivos ya vigentes para fomentar el empleo de jóvenes y de colectivos en riesgo de exclusión social en la economía social, así como la no discriminación por edad para la incorporación de desempleados como socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales.
2.2 Incentivos al empleo de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social a través de empresas y entidades de la economía social: Se continuará impulsando la labor de los Centros Especiales de Empleo, de las Empresas de Inserción y de las Cooperativas de Iniciativa Social, para facilitar las posibilidades de inserción laboral de aquellos colectivos que presentan mayores dificultades de empleabilidad, mediante la aplicación de los incentivos vigentes.
2.3 Incentivos al emprendimiento colectivo por medio de cooperativas y sociedades laborales: El emprendimiento colectivo se ha constituido como un factor clave en la generación de empleo. Para potenciar este tipo de emprendimiento, se continuarán aplicando los incentivos al empleo en las entidades de economía social vigentes.
3. Formación de los trabajadores y socios de la economía social y apoyo a las entidades representativas de la economía social en su participación en la Formación Profesional. Otro de los elementos característicos de las entidades de la economía social es perseguir el interés colectivo de sus integrantes, así como la generación de empleo estable y de calidad. Para la consecución de ambos fines, es fundamental la formación en el seno de la empresa, en la que debe implicarse el propio sector.
Para ello, se trabajará en:
3.1 Promover la participación de la Economía Social en el diseño e implantación de la Formación Profesional: La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, posibilita a las asociaciones de la economía social participar en la organización de la formación programada por las empresas para sus trabajadores, así como en la elaboración del diseño del escenario plurianual, junto con las comunidades autónomas, organizaciones empresariales y sindicales, departamentos ministeriales y expertos en la materia.
Por su parte, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla reglamentariamente dicha norma, contempla específicamente que los trabajadores de la economía social podrán participar en los programas de formación sectoriales y transversales, y que las organizaciones intersectoriales representativas de la economía social participarán en la detección de necesidades formativas, así como el diseño, programación, difusión y autocontrol de las acciones formativas respecto de la formación dirigida a sus trabajadores.
Por otro lado, y de forma general, el artículo 6 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece como principios del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que para el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se promoverá la necesaria colaboración de las empresas con las Administraciones públicas, Universidades, Cámaras de Comercio y entidades de formación. La participación de las empresas podrá realizarse de forma individual o a través de sus organizaciones representativas.
3.2 Promover la incorporación de la economía social a la Formación Profesional del sistema educativo, en el ámbito de la asignatura de Empresa e Iniciativa Emprendedora, y del módulo Proyecto, lo que dotaría a los alumnos un perfil profesional novedoso e innovador adaptado a nuevos modelos empresariales más sociales, así como la creación de un certificado de profesionalidad específico para la «Puesta en marcha y gestión de entidades de la economía social» dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Para ello, se propondrá la creación de la correspondiente cualificación profesional en el seno del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).
3.3 Fomentar la participación de las empresas y entidades de la economía social en la Formación Profesional Dual o Formación en el Centro de Trabajo, así como en los Cursos de especialización de la Formación Profesional del sistema educativo, para proporcionar a las personas formación especializada y acercar las enseñanzas de los títulos de formación profesional a la realidad socioeconómica del mercado laboral, respondiendo así a las necesidades de desarrollo personal y de cualificación del sector de la economía social.
3.4 Facilitar que los trabajadores/as de las empresas de economía social ejerzan el derecho a la formación que les ha sido reconocido: Para ello, se garantizará el establecimiento de acciones formativas adecuadas a las necesidades del sector y de las personas trabajadoras, con la dotación presupuestaria anual adecuada para alcanzar ese fin a través de empresas proveedoras de formación que dispongan de la especialidad mínima requerida por las especificidades de este modelo empresarial. El Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, contribuirá a la articulación de estas acciones formativas, a través de convenios de colaboración con aquellos organismos intermedios del Fondo Social Europeo que garanticen el cumplimiento de estos objetivos.
3.5 Desarrollar el procedimiento y las condiciones para que las entidades representativas de la economía social ejerzan su labor en la detección de necesidades formativas, tal y como ha establecido el nuevo sistema en vigor. Los estudios prospectivos sectoriales y los referidos a los «Perfiles de la Oferta de Empleo», así como el resto de análisis del mercado de trabajo, realizados por el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, pueden servir para profundizar en el conocimiento de los perfiles profesionales y de las competencias que requieren las empresas de la economía social, y de otros sectores, para cubrir sus puestos de trabajo.
4. Promover la inclusión de la economía social en todas las actuaciones de fomento del emprendimiento que el Gobierno ponga en marcha, prestando especial atención a las fórmulas de autoempleo colectivo que se enmarcan dentro de la economía social. Con esta medida se pretende que las personas emprendedoras tengan conocimiento de todas las posibilidades y fórmulas de emprendimiento existentes en el ordenamiento jurídico español, entre las que la economía social se configura como una de las opciones que más contribuyen a la generación de empleo estable y de calidad.
Esta medida guarda consonancia con la estrategia mantenida en los últimos años por el Gobierno, a través del MEYSS, y por diversos países de nuestro entorno. En este sentido, la Declaración de Madrid «La Economía Social, un modelo empresarial para el futuro de Europa», suscrita el 23 de mayo de 2017 por 11 Estados miembros de la UE (Bulgaria, Chipre, Eslovenia, España, Grecia, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Rumanía y Suecia), aboga, entre otras medidas, porque las políticas nacionales y europeas de apoyo al emprendimiento tengan en cuenta los modelos de la economía social como fórmula para la creación de un empleo inclusivo y una sociedad más justa, más equitativa y sostenible.
Se trata, además, de continuar con la aplicación de medidas que están vigentes en la actualidad, como las contempladas en el Real Decreto 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, o de complementar otras, como la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que en su capítulo primero contempla la educación en emprendimiento, en cuyo concepto consideramos que debe incluirse el emprendimiento bajo fórmulas de economía social, en condiciones de igualdad respecto al resto de iniciativas empresariales.
5. Transposición de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública. Relacionado con el desarrollo y aplicación práctica de la normativa de contratación pública y su uso como un instrumento de generación de valor social, se ha promulgado la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Este marco jurídico permitirá poner en marcha las siguientes medidas:
5.1 Informar sobre el marco jurídico vigente teniendo en cuenta el derecho de la competencia y la normativa de contratación pública sobre los aspectos relacionados con los contratos relativos a los servicios educativos, culturales, sanitarios o sociales a empresas propiedad de los trabajadores o en las que éstos participan en la gestión de la misma.
Esta medida continúa el camino marcado por la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, extiende la posibilidad de reserva en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos a las empresas de inserción, posibilidad de reserva que ya existía para los Centros Especiales de Empleo, respecto de las personas con discapacidad. Esta norma también reconoció a las Empresas de Inserción y a los Centros Especiales de Empleo como entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General, lo que supuso que las subvenciones concedidas a estas entidades estén sometidas ahora al Reglamento 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, y puedan alcanzar los 500.000 € en un período de tres años cuando hasta la fecha el máximo era de 200.000 € en el mismo periodo de tiempo.
En cualquier caso, la reserva de ciertos contratos de servicios sociales, culturales y de salud a entidades de economía social deberá supeditarse al cumplimiento de los demás requisitos establecidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
5.2 Las distintas administraciones públicas, en el marco de sus competencias, podrán tener en cuenta, y a la vista del interés general, las fórmulas que se consideren más apropiadas para el cumplimiento de sus fines, ofreciendo oportunidades también al ecosistema de la economía social, con los principios de igualdad de competencia y concurrencia competitiva.
5.3 Fomentar el desarrollo de cláusulas sociales de contratación que permitan que el valor diferencial de la Economía Social sea tenido en cuenta en los procesos de contratación pública por parte de las diferentes administraciones.
5.4 Elaborar un mapa regionalizado que refleje el nivel de implantación de esta medida y refleje el porcentaje de empresas de la economía social que acceden a contratos públicos y los puestos de trabajo generados.
5.5 Elaborar un mapa regional con las diversas cláusulas sociales y reservas de mercado que tengan implantación en los distintos territorios.
Como señala la Directiva de Contratación Pública 2014/24/UE, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo, la contratación pública desempeña un papel clave en la Estrategia Europa 2020, y se constituye como un elemento fundamental para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso más eficiente de los fondos públicos.
6. Impulsar la participación de la economía social en la evaluación, diseño y en la definición de los marcos normativos estratégicos para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo y de fomento del emprendimiento. Se impulsará la participación, de la mano de las Comunidades Autónomas y de los agentes sociales, de las entidades representativas de la economía social en la evaluación, el diseño y la definición de los marcos normativos estratégicos necesarios que contribuyan a mejorar la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo, en el marco de la nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020.
La nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo (EEAE 2017-2020), aprobada en la última Conferencia Sectorial celebrada el 18 de septiembre, ha sido elaborada a través de un proceso de diálogo y participación en el que los Agentes Sociales y las Comunidades Autónomas han realizado numerosas aportaciones. La mesa de diálogo social del Plan de choque por el empleo se ha reunido en tres ocasiones para abordar la estrategia, habiéndose incorporado observaciones de todas las organizaciones en un proceso de diálogo y participación.
A su vez, los trabajos del Ministerio para la renovación de la Estrategia con las Comunidades Autónomas se iniciaron hace más de siete meses, durante los cuales se han recibido 35 aportaciones de 16 Comunidades Autónomas.
7. Aplicación a los autónomos que trabajan en la economía social de las medidas que el Gobierno apruebe a favor de este colectivo. Con esta medida se pretende que los autónomos que trabajan en el ámbito de la Economía Social puedan beneficiarse de la batería de medidas que contempla la Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, así como otras medidas de apoyo a los autónomos que se aprueben, con el objetivo final de equiparar el fomento del emprendimiento colectivo y el apoyo al emprendedor individual.
Será la normativa reguladora del trabajo autónomo la que determinará si dichos incentivos son de aplicación a las entidades de la economía social y su alcance.
Eje 2. Impulso a la consolidación de empresas de la economía social y su crecimiento
Objetivos: Con el objeto de favorecer la consolidación y el crecimiento de las Entidades de la Economía Social, se pretenden con este eje dos objetivos. Por un lado, potenciar y apoyar la internacionalización a las empresas de Economía Social para que puedan salir al exterior en busca de nuevas oportunidades de negocio y de expansión. Y por otro lado, contemplar a las empresas de Economía Social en las estrategias para la mejora de la productividad que el Gobierno ponga en marcha. El objetivo de ambas líneas de actuación es conseguir que la Economía Social mejore su competitividad, se favorezca la consolidación y se facilite la apertura a nuevos mercados, puesto que muchas veces los emprendedores y emprendedoras que, de una forma colectiva y teniendo una idea de empresa, requieren de mejoras en sus herramientas de gestión y acompañamiento necesarias para que la empresa de economía social afiance su posición.
Medidas:
8. Integrar a las empresas de la economía social en las estrategias para la mejora de la productividad que el Gobierno diseñe e implante. En orden a dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición adicional cuarta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, se impulsarán los mecanismos necesarios para que se tengan en cuenta a las empresas de economía social en las estrategias de mejora de la productividad y la competitividad empresarial, tales como el «Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I», enmarcado en el «Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020».
9. Apoyo y tutorización a la transformación de empresas mercantiles ordinarias que voluntariamente lo soliciten en entidades de la economía social. Determinadas situaciones (jubilación del propietario, crisis económica, etc.) que pueden originar el cierre de una empresa, constituyen a su vez una oportunidad para las personas con espíritu emprendedor. En muchos casos supone la única oportunidad de continuar en el mercado.
Uno de los principales escollos que existen en la realidad empresarial española y que no resulta ajeno al ámbito de las formas jurídicas que conforman la economía social es el relevo generacional. Pese a los esfuerzos hechos para difundir y promocionar esta forma de hacer empresa, aún existe un profundo desconocimiento sobre su realidad jurídica en sus diferentes vertientes. Por ello es importante que en un proceso de trasformación mercantil de cualquier empresa en el marco de su estrategia empresarial y con carácter voluntario, formando parte de su propia toma de decisiones, se conozcan y analicen las distintas propuestas que pueden ser tomadas en consideración. La tutorización, entendida como el conocimiento de las distintas opciones que se pueden manejar en circunstancias de cambio en una mercantil, se ofrecerá a aquellas empresas que decidan libre y voluntariamente, trasformar su forma jurídica en alguna de las fórmulas de economía social.
El Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social, será uno de los instrumentos para la puesta en marcha de esta medida.
10. Creación y puesta en marcha de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de la economía social. Se promoverá que, de los fondos asignados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social para el fomento de la economía social y el apoyo a los trabajadores autónomos para su gestión por las comunidades autónomas, se prime la creación y puesta en marcha de cooperativas, sociedades laborales u otras fórmulas empresariales de la economía social, de manera que se equilibren los diferentes niveles de desarrollo de la economía social en las distintas comunidades autónomas.
Asimismo, se potenciará en el seno del grupo de trabajo de la Conferencia sectorial la puesta en común de buenas prácticas.
11. Reforzar las medidas de coordinación con el Plan Estatal de Integración Asociativa 2015-2020 impulsado por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. El Plan Estatal de Integración Asociativa tiene como finalidad eliminar los obstáculos que causan debilidad al sector productor e instaurar medidas legales y económicas que favorezcan la integración, en la búsqueda de la mejora de la adaptación a los nuevos retos de los mercados agroalimentarios. Dicho Plan se realiza en coordinación con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, coincidiendo con las sinergias y objetivos de la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020.
12. Apoyo a la internacionalización de las empresas de economía social. Se fomentará la internacionalización de las empresas de la economía social, prestando especial atención a Iberoamérica, mediante la puesta en marcha de iniciativas de impulso, asistencia y asesoramiento para que las entidades de la economía social vean la salida al exterior como una oportunidad de negocio y de expansión, favoreciendo la imagen de las empresas españolas en el exterior y la recuperación de la economía. Para ello se prevén las siguientes actuaciones:
12.1 Celebración de cursos de formación dirigidos a los trabajadores de las empresas de Economía Social que les permitan adquirir las habilidades necesarias para la internacionalización de su empresa y organización de talleres que contribuyan a la sensibilización sobre la importancia de dicha internacionalización.
12.2 Asesoramiento integral para el diseño de un plan completo de internacionalización, adaptado a los distintos sectores de las empresas de la economía social, y acompañamiento en los inicios del proceso de internacionalización.
12.3 Fomento de la innovación en las entidades de la economía social para ayudarles en la búsqueda de nuevas oportunidades de negocio e incremento de su actividad. Para ello se articularán los oportunos convenios de colaboración con entidades especialistas en la búsqueda de nuevas oportunidades de empleo.
12.4 Apoyo a las empresas de la economía social en lo referente a los procedimientos, preparación y metodología con objeto de aumentar las posibilidades de éxito en las licitaciones y concursos internacionales.
Eje 3. Análisis y desarrollo del marco jurídico de la economía social, con el objeto de eliminar las barreras que puedan impedir o limitar su desarrollo
Objetivos: Desarrollar y clarificar la normativa vigente, sistematizar los incentivos que existen en el ámbito de la economía social para proporcionar una mayor transparencia y seguridad jurídica, y eliminar trabas para la creación, crecimiento o desarrollo de la actividad que realizan las distintas entidades que conforman la economía social es otra de las líneas de actuación de este documento en cuyo marco se incluyen las siguientes actuaciones:
Medidas:
13. Revisar la normativa vigente para eliminar las limitaciones o trabas a las entidades de economía social para actuar en determinados sectores de actividad. Se analizará la normativa vigente con el objetivo de eliminar las trabas o limitaciones para la creación, crecimiento o desarrollo de la actividad empresarial que realizan las entidades que conforman la economía social, y favorecer en lo posible la innovación social.
14. Estudio del concepto de empresa social en el marco español y análisis de su posible relación con los conceptos de empresa social en el ámbito europeo. Se analizarán las posibles implicaciones del reconocimiento de la figura de empresa social definida por la «Social Business Initiative» (Iniciativa a favor del Emprendimiento Social) y su encuadre, en su caso, en el marco de la Ley 5/2011, de Economía Social.
15. Adopción de las medidas necesarias para garantizar la eficacia de la lucha contra el fraude en el sector. Al objeto de preservar los valores inherentes a la economía social, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la eficacia de la lucha contra el fraude en el sector, en coordinación con el resto de administraciones públicas con competencia en la materia, y evitar así la actuación de entidades que, aparentemente bajo fórmulas de economía social, desarrollen sin embargo su actividad en fraude de ley, todo ello en aras de salvaguardar la legalidad y garantizar los derechos de los trabajadores del sector.
16. Desarrollo normativo de la Ley 44/2015 de Sociedades Laborales y Participadas. Se impulsará el desarrollo reglamentario de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, en particular en lo relativo a las sociedades participadas por los trabajadores y al funcionamiento del Registro Administrativo de Sociedades Laborales.
17. Creación del Registro Telemático de Cooperativas de ámbito estatal. Con el fin de eliminar trabas administrativas y agilizar la relación entre los ciudadanos y el Registro de Cooperativas, así como para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procederá a habilitar un Registro Telemático de Cooperativas de ámbito estatal.
18. Elaboración del «Catálogo de las entidades de la economía social». En orden a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, se impulsará la elaboración del Catálogo de entidades de la economía social, teniendo en cuenta los principios establecidos en la propia ley y de forma coordinada con los catálogos existentes en el ámbito autonómico. Dicho catálogo contendrá los diferentes tipos de entidades integrantes de la economía social, y deberá mantenerse actualizado y garantizarse su publicidad, que se hará efectiva por medios electrónicos.
19. Creación del Sello de Entidad de la Economía Social. En paralelo a la elaboración del Catálogo al que se refiere la medida anterior, se articulará un Sello de reconocimiento para las entidades que forman parte de la Economía Social, que permitirá, por un lado, identificar a todas y cada una de las empresas y organizaciones que conforman el sector y, por otro, dotarlas de visibilidad de manera que sean reconocidas por la sociedad en su conjunto.
Para ello, la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas articulará un mecanismo en el que se expresen las condiciones de este distintivo, que se desarrollará mediante Orden Ministerial, y que contendrá los requisitos necesarios para la obtención del mismo.
Eje 4. Generación de mecanismos innovadores de participación de la Economía Social en sectores estratégicos
Objetivos: Se estudiarán las distintas fórmulas de participación de las empresas y entidades de la economía social en la prestación de servicios públicos y de carácter estratégico para nuestra economía y sociedad, favoreciendo el desarrollo de iniciativas innovadoras, transparentes, generadoras de bienestar, cercanas a lo local y que contribuyen a la eficiencia en la gestión del gasto público. Para ello, se mejorarán los modelos de colaboración público-privada con este tipo de empresas en ámbitos como el educativo, sanitario, de seguridad social, o servicios sociales, entre otros, y se incentivará la participación de las entidades de la economía social en todos aquellos sectores de carácter emergente y vinculados al desarrollo de las nuevas tecnologías.
Medidas:
20. Promover que las empresas de la economía social participen en las actividades de I+D+i recogidas en el «Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020», en los ámbitos de la salud, el cambio demográfico y el bienestar. La transformación demográfica, la cronificación de ciertas enfermedades, el big data y el impacto económico de los nuevos tratamientos, plantean no solo la necesidad de fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación orientados a dar respuesta a estas manifestaciones, sino también claras oportunidades económicas.
Estas nuevas dinámicas suponen efectivamente retos y oportunidades económicas en materia de salud y servicios sociales, no solo desde una perspectiva asistencial y sanitaria, sino también tecnológica, de investigación, desarrollo e innovación, que afectarán al diseño de los sistemas sociales y sanitarios, haciéndolos más sostenibles, eficaces, eficientes y de mayor calidad.
En este contexto, la economía de la salud, clave para la incorporación horizontal del enfoque económico en la búsqueda y generación de valor y de eficiencia; la economía de plata y la economía de la discapacidad, son ámbitos de actuación que brindan nuevos mercados y nuevas formas de abordarlos.
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