Orden DEF/849/2019, de 29 de julio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa
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1 acto modificador · 2023-05-20, Orden DEF/498/2023, de 5 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de f…
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 3.º | Curso 3.º | Curso 3.º | Curso 3.º | Curso 3.º | Curso 3.º |
| Principios de Navegación, Cinemática y Tiro Naval. | ESFSTS1 | Principios de navegación, coordenadas terrestres y cartas náuticas. Navegación por estima, precisión y hombre al agua. Conceptos básicos de cinemática, los movimientos directo e indirecto y resolución de problemas de cálculo de rumbo y velocidad de un contacto. Conocimientos básicos de Tiro Naval, Balística y Alineación, y resolución de problemas de cálculo de velocidad inicial y conocimiento del manejo de las tablas de tiro. | 50 | ||
| Comunicaciones Tácticas. | ESFSTS2 | Generalidades de las Comunicaciones Navales, tanto interiores como exteriores, sus necesidades, sistemas, nomenclatura y subdivisiones de seguridad. Formatos de los mensajes. Redes tácticas más utilizadas. Procedimientos de comunicaciones. Códigos de autenticación y cifrado. Mensajes operativos más comunes durante el desarrollo de operaciones o ejercicios. | 45 | ||
| Fundamentos de Táctica Naval. | ESFSTS3 | Estructura de Mando de una fuerza marítima. Formaciones que pueden emplear los buques, las reglas de maniobra y las evoluciones en una formación. Empleo de las Reglas de enfrentamiento de una fuerza naval. Generalidades sobre las publicaciones de Táctica Naval y su contenido. | 50 | ||
| Fundamentos de Operaciones Navales y de Proyección I. | ESFSTS4 | Guerra Antisubmarina: Estructura de Mando: funciones y responsabilidades. Criterios de clasificación de un contacto submarino y diferentes unidades empleadas. Conceptos, definiciones y procedimientos básicos utilizados en las acciones antisubmarinas. Publicaciones. Guerra de Minas: Tipos de minas, empleo y operaciones de caza de minas. Guerra de superficie: Estructura de Mando, planeamiento, misiones, procedimientos y operaciones. Fases de la acción de superficie. Guerra antiaérea: Estructura de Mando y Control en AAW. Conceptos y procedimientos empleados para la Coordinación de la AAW. Unidades que se pueden emplear en la AAW y normas de seguridad, funciones y procedimientos de coordinación que se emplean en los ejercicios aeronavales. Procedimientos coordinados aire/mar, y conceptos generales de las operaciones aéreas. Guerra asimétrica y operaciones M1O y FP: Procedimientos y normas utilizados en operaciones M1O, FP y AASYW. Fuego Naval de Apoyo: Organización y función del equipo de FNA. Cartografía empleada. Tipos de fuegos y procedimiento de petición de FNA. Informes y órdenes de fuego. Operaciones Anfibias: Organización, zonas y fases de una operación anfibia, y procedimiento movimiento buque-costa. Operaciones MSA: Procedimientos de las operaciones MSA. Seguridad: Normas para la Protección de la Documentación. Material Clasificado. | 95 | ESCAÑO | |
| Sistemas de Detección sobre la superficie y Sistemas de Guerra Electrónica I. | ESFSTS7 | Fundamentos de la propagación de la energía electromagnética en la atmósfera. Líneas de transmisión y guías de ondas. Principios generales de funcionamiento del radar, la importancia de la ecuación radar como herramienta fundamental para entender su funcionamiento, características principales de las diferentes unidades que forman parte del radar, así como los diferentes tipos de radares existentes y los diferentes métodos que permiten mejorar el rendimiento de los sistemas radar. Principios de funcionamiento y características generales de los sistemas de radar secundarios y sistemas de ayuda a la navegación aérea. Compatibilidad electromagnética: Principios básicos, tipos de interferencias electromagnéticas y peligros inherentes al trabajo bajo la influencia de emisores electromagnéticos. | 80 | ||
| Fundamentos de Operaciones Navales y de Proyección II. | ESFSTS5 | Inteligencia Naval: Organización, misiones y funcionamiento de una célula de inteligencia a nivel táctico. Recopilación, presentación, y custodia de la información de inteligencia, obtenida por los medios disponibles a bordo. Análisis y evaluación de la información de inteligencia recopilada con la finalidad de asesoramiento al mando. Guerra electrónica: Generalidades y teoría de la guerra electrónica. | 20 | ||
| Sistemas de Combate I. | ESFSTS6 | Principios básicos del sistema de Presentación Táctica Naval. Operación, capacidades, limitaciones y generalidades operativas de los Sistemas de Combate disponibles en la Armada. | 20 | ||
| Fundamentos de Sonar y Acústica Submarina. | ESFSTS8 | Conocimientos de ámbito general sobre: el sonido, características y propiedades. Principios de acústica submarina. Estructura del océano. Trazas batitérmicas (trazas tipo).Trayectorias de propagación acústica. Fundamentos: transductores, transmisores y receptores sonar. Estructura básica y teoría de funcionamiento de los equipos de sonar activos y pasivos. Ecuaciones del sonar y sus parámetros. Cálculo de la fi de mérito (FOM). Sistemas de predicción de alcances sonar específico Cálculo e interpretación de alcances sonar pronosticados. Elaboración, tramitación e interpretación de los mensajes asociados a predicción de alcances sonar. Anchos de banda. Espectro sonoro. Niveles de banda y nivel espectral. Bandas de octava. Detección en banda ancha y banda estrecha. Principios de identificación de fuentes. Principios de detección sonar activa y pasiva. | 30 | ||
| Sistemas de Guerra Bajo la Superficie I. | ESFSTS9 | Conocimiento de los sistemas de detección y exploración sonar pasivos y sistemas auxiliares de guerra bajo la superficie en uso en las unidades de superficie de la Armada, en cuanto a los aspectos siguientes: descripción general, principios de funcionamiento y principios de manejo operativo. | 35 | ESCAÑO | |
| Armas. | ESFSTS10 | Descripción general, capacidades y limitaciones de las municiones, misiles, torpedos, minas y cargas, así como de los montajes de artillería principal y secundaria, de los lanzadores de misiles y de los montajes de tubos lanzatorpedos instalados en los buques de la Armada. | 25 | ||
| Sistemas de Transmisión Automática de Datos. | ESFSTS11 | Principios básicos de los sistemas de transmisión automática de datos disponibles en la Armada. | 20 | ||
| Sistemas de Detección sobre la Superficie y Sistemas de Guerra Electrónica II. | ESFSTS13 | Diagrama de bloques de los radares de navegación, exploración de superficie LP1, exploración aérea, multifunción, seguimiento e iluminación disponibles en los buques de la Armada, sus principios de funcionamiento y controles. Principios de funcionamiento y los diferentes elementos que forman los sistemas de Guerra Electrónica disponibles en la Armada. Principios de funcionamiento y los diferentes elementos que forman los sistemas optrónicos disponibles en la Armada. | 60 | ||
| Sistemas de Combate II. | ESFSTS12 | Conceptos y generalidades sobre los sistemas de combate y sistemas de mando y control. Generalidades sobre los equipos y publicaciones técnicas relacionadas con los sistemas de combate. Equipos pertenecientes a los diferentes Sistemas de Combate disponibles en los buques de la Armada y su integración. | 85 | ||
| Sistemas de Mando y Control. | ESFSTS14 | Principios básicos de los sistemas de Mando y Control disponibles en la Armada y su empleo operativo. | 20 | ||
| Sistemas de Guerra bajo la Superficie II. | ESFSTS15 | Conocimiento de los sistemas de detección y exploración sonar activos y sistemas auxiliares de guerra bajo la superficie en uso en las unidades de superficie de la Armada, en cuanto a los aspectos siguientes: descripción general, principios de funcionamiento y principios de manejo operativo. | 45 | ||
| Sistemas de Control de Armas. | ESFSTS16 | Descripción general, funcional, capacidades y limitaciones, y operación y mantenimiento de las direcciones de tiro y los sistemas de lanzamiento de misiles instalados en buques de la Armada. Descripción general, funcional, capacidades y limitaciones de las direcciones de lanzamiento de torpedos instaladas en buques de la Armada. | 50 | ||
| Total 3.º curso. | Total 3.º curso. | Total 3.º curso. | 730 horas | 730 horas | 730 horas |
| Total. | Total. | Total. | 730 horas | 730 horas | 730 horas |
ESFSTS: Módulos de la especialidad fundamental de Operaciones y Sistemas.
2.3.8 Infantería de Marina.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Administración. | ESFIFM1. | La administración de una compañía de fusiles. Modelos de escritos en vigor. | 15 | ||
| Operaciones Anfibias. | ESFIFM2. | Concepto de operaciones anfibias. Procedimientos de la ejecución de una operación anfibia a nivel compañía. Actuación como auxiliar del oficial de embarque. | 30 | ||
| Táctica. | ESFIFM3. | Conocimientos teóricos y prácticos a nivel equipo de fuego/pelotón/sección en los siguientes contenidos: formaciones de combate y señales, combate ofensivo, combate defensivo, patrullas y técnicas y tácticas especiales. Operaciones de Interdicción Marítima. Mando y control. Comunicaciones tácticas. Inteligencia. Operaciones con helicópteros. Operaciones retrogradas. Operaciones complementarias. Operaciones no bélicas. Operaciones COIN. Operaciones de control de zona. Técnicas individuales de combate y ambiente NBQ. | 200 | ||
| Armamento. | ESFIFM4. | Conocimientos teóricos del armamento individual y colectivo del batallón de fusiles (granada de mano, granada de fusil, ametralladoras y C-90). Elementos acoplables del fusil. Empleo, medidas de seguridad y mantenimiento del lanzagranadas acoplable, LAG-40, Barret, Accuracy y morteros de 60 mm y 81 mm. Generalidades sobre misiles, misiles contracarro y antiaéreos de la Infantería de Marina. Ametralladora Browning 12,7 mm. | 85 | EIMGAF | |
| Tiro. | ESFIFM5. | Empleo táctico de la escuadra y pelotón de ametralladoras ligeras. Empleo táctico armas contra-carro. Prácticas en el manejo del armamento individual y colectivo. Empleo táctico del pelotón de morteros de 60 m/m y de 81 m/m. Escalón de fuego. Dirección del Centro Director de Fuegos (FDC) de la sección de morteros de 81 mm, utilizando tanto la parrilla de conversión como las calculadoras y programas de tiro. Prácticas de tiro. La observación diurna y nocturna del fuego de morteros. Empleo táctico de la sección de armas. | 110 | ||
| Topografía. | ESFIFM6. | Cartografía militar reglamentaria. Realización de ejercicios topográficos diurnos y nocturnos con ayuda de brújula y plano. Sistemas GPS y navegadores terrestres. Carta digital y aplicaciones informáticas básicas complementarias a la navegación GPS y tratamiento de cartografía militar. | 130 | ||
| Adiestramiento Físico Militar. | ESFIFM7. | Actividades físico-deportivas individuales. Entrenamiento deportivo. Evaluación de la condición física, biológica y motivacional. Bases anatómicas y fisiológicas del deporte. Actividades físico-deportivas militares. Animación y dinámica de grupos. Actividades físico-deportivas de equipo. | 95 | ||
| Seguridad. | ESFIFM8. | Legislación y normas aplicables a la seguridad. Actuación ante diversas situaciones que comprometan la seguridad pasiva o activa de su unidad. | 35 | ||
| Total 3.º curso. | Total 3.º curso. | Total 3.º curso. | 700 horas | 700 horas | 700 horas |
| Total. | Total. | Total. | 700 horas | 700 horas | 700 horas |
ESFIFM: Módulos de la especialidad fundamental de Infantería de Marina.
2.4 Módulos profesionales.
Incluyen los módulos que para cada uno de los títulos de Formación Profesional de Grado Superior impartidos, contemplan los correspondientes currículos. En lo relativo a su distribución temporal, se ha adaptado conforme a lo indicado en el artículo 4.3 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares.
2.4.1 Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Administración correspondientes al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Gestión de la documentación jurídica y empresarial. | 0647 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 95 | ESENGRA | |
| Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. | 0648 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 95 | ESENGRA | |
| Ofimática y proceso de la información. | 0649 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 160 | ESENGRA | |
| Proceso integral de la actividad comercial. | 0650 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 140 | ESENGRA | |
| Comunicación y atención al cliente. | 0651 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 160 | ESENGRA | |
| Formación y orientación laboral. | 0658 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 90 | ESENGRA | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 90 | ESENGRA | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 830 horas. (1) Computan 740 h en la carga lectiva. | 830 horas. (1) Computan 740 h en la carga lectiva. | 830 horas. (1) Computan 740 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Inglés. | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 130 | ESENGRA | |
| Gestión de recursos humanos. | 0652 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 100 | ESENGRA | |
| Gestión financiera. | 0653 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 120 | ESENGRA | |
| Contabilidad y fiscalidad. | 0654 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 120 | ESENGRA | |
| Gestión logística y comercial. | 0655 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 80 | ESENGRA | |
| Simulación empresarial. | 0656 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 140 | ESENGRA | |
| Proyecto de administración y finanzas. | 0657 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 40 | ESENGRA | |
| Formación en centros de trabajo. | 0658 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 400 | ESENGRA | (2) |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 40 | ESENGRA | (1) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1170 horas. (1) (2) Computan 730 h en la carga lectiva. | 1170 horas. (1) (2) Computan 730 h en la carga lectiva. | 1170 horas. (1) (2) Computan 730 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
2.4.2 Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Alojamiento y Restauración correspondientes al título de Técnico Superior de Dirección de Cocina.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Control del aprovisionamiento de materias primas. | 0496 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 65 | ESENGRA | |
| Procesos de preelaboración y conservación en cocina. | 0497 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 265 | ESENGRA | |
| Procesos de elaboración culinaria. | 0499 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 265 | ESENGRA | |
| Gestión de la calidad y de la seguridad e higiene alimentarias. | 0501 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 95 | ESENGRA | |
| Formación y orientación laboral. | 0506 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 90 | ESENGRA | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 90 | ESENGRA | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 870 horas. (1) Computan 780 h en la carga lectiva. | 870 horas. (1) Computan 780 h en la carga lectiva. | 870 horas. (1) Computan 780 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Elaboraciones de pastelería y repostería en cocina. | 0498 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 140 | ESENGRA | |
| Gestión de la producción en cocina. | 0500 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 170 | ESENGRA | |
| Gastronomía y nutrición. | 0502 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 55 | ESENGRA | |
| Recursos humanos y dirección de equipos en restauración. | 0504 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 65 | ESENGRA | |
| Gestión administrativa y comercial en restauración. | 0503 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 70 | ESENGRA | |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 0507 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 60 | ESENGRA | |
| Proyecto de dirección en servicios de restauración. | 0505 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 40 | ESENGRA | |
| Formación en centros de trabajo. | 0508 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 400 | ESENGRA | (2) |
| Inglés. | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 90 | ESENGRA | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 40 | ESENGRA | (1) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1130 horas. (1) (2) Computan 690 h en la carga lectiva. | 1130 horas. (1) (2) Computan 690 h en la carga lectiva. | 1130 horas. (1) (2) Computan 690 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
2.4.3 Módulos profesionales de las especialidades fundamentales de Armas y de Sistemas, correspondientes al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Circuitos electrónicos analógicos. | 1051 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 220 | ESCAÑO | |
| Equipos micro programables. | 1052 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 210 | ESCAÑO | |
| Técnicas y procesos de montaje y mantenimiento de equipos electrónicos. | 1058 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 190 | ESCAÑO | |
| Formación y orientación laboral. | 1061 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 90 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 90 | ESCAÑO | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 800 horas. (1) Computan 710 h en la carga lectiva. | 800 horas. (1) Computan 710 h en la carga lectiva. | 800 horas. (1) Computan 710 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Mantenimiento de equipos de Radiocomunicaciones. | 1053 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 120 | ESCAÑO | |
| Mantenimiento de equipos de voz y datos. | 1054 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 125 | ESCAÑO | |
| Mantenimiento de equipos de electrónica industrial. | 1055 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 160 | ESCAÑO | |
| Mantenimiento de equipos de audio. | 1056 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 95 | ESCAÑO | |
| Mantenimiento de equipos de vídeo. | 1057 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 100 | ESCAÑO | |
| Infraestructuras y desarrollo del mantenimiento electrónico. | 1059 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 60 | ESCAÑO | |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 1062 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 60 | ESCAÑO | |
| Proyecto de mantenimiento electrónico. | 1060 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 40 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 40 | ESCAÑO | (1) |
| Formación en centros de trabajo. | 1063 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 400 | ESCAÑO | (2) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1200 horas. (1) (2) Computan 760 h en la carga lectiva. | 1200 horas. (1) (2) Computan 760 h en la carga lectiva. | 1200 horas. (1) (2) Computan 760 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
2.4.4 Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Comunicaciones y Sistemas de Información correspondientes al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones. | 0525 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 125 | ESCAÑO | |
| Elementos de sistemas de telecomunicaciones. | 0551 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 130 | ESCAÑO | |
| Sistemas informáticos y redes locales. | 0552 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 155 | ESCAÑO | |
| Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones. | 0553 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 135 | ESCAÑO | |
| Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones. | 0601 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 100 | ESCAÑO | |
| Formación y orientación laboral. | 0559 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 90 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 90 | ESCAÑO | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 825 horas. (1) Computan 735 h en la carga lectiva. | 825 horas. (1) Computan 735 h en la carga lectiva. | 825 horas. (1) Computan 735 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 0560 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 60 | ESCAÑO | |
| Sistemas de producción audiovisual. | 0554 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 145 | ESCAÑO | |
| Redes telemáticas. | 0555 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 130 | ESCAÑO | |
| Sistemas de radiocomunicaciones. | 0556 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 130 | ESCAÑO | |
| Sistemas integrados y hogar digital. | 0557 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 95 | ESCAÑO | |
| Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos. | 0558 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 40 | ESCAÑO | |
| Sistemas de telefonía fija y móvil. | 0713 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 135 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 40 | ESCAÑO | (1) |
| Formación en centros de trabajo. | 0561 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 400 | ESCAÑO | (2) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1175 horas. (1) (2) Computan 735 h en la carga lectiva. | 1175 horas. (1) (2) Computan 735 h en la carga lectiva. | 1175 horas. (1) (2) Computan 735 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
2.4.5 Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Energía y Propulsión correspondientes al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Formación y orientación laboral. | 1316 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 90 | ESCAÑO | |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 1317 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 60 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. | 1308 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 200 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. | 1309 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 200 | ESCAÑO | |
| Control de las emergencias. | 0800 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 120 | ESCAÑO | |
| Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | 0802 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 70 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 90 | ESCAÑO | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 830 horas. (1) Computan 740 h en la carga lectiva. | 830 horas. (1) Computan 740 h en la carga lectiva. | 830 horas. (1) Computan 740 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Inglés. | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 130 | ESCAÑO | |
| Programación y mantenimiento de automatismo hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. | 1310 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 150 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. | 1311 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 140 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. | 1312 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 150 | ESCAÑO | |
| Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | 1313 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 60 | ESCAÑO | |
| Organización de la guardia de máquinas. | 1314 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 60 | ESCAÑO | |
| Proyecto de organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | 1315 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 40 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 40 | ESCAÑO | (1) |
| Formación en centros de trabajo. | 0561 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 400 | ESCAÑO | (2) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1170 horas. (1) (2) Computan 730 h en la carga lectiva. | 1170 horas. (1) (2) Computan 730 h en la carga lectiva. | 1170 horas. (1) (2) Computan 730 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
2.4.6 Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Maniobra y Navegación correspondientes al título de Título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Formación y orientación laboral. | 0806 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 90 | ESENGRA | |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 0807 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 60 | ESENGRA | |
| Maniobra y Estiba. | 0798 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 225 | ESENGRA | |
| Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. | 0799 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 225 | ESENGRA | |
| Control de las emergencias. | 0800 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 140 | ESENGRA | |
| Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | 0802 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 70 | ESENGRA | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 90 | ESENGRA | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 900 horas. (1) Computan 810 h en la carga lectiva. | 900 horas. (1) Computan 810 h en la carga lectiva. | 900 horas. (1) Computan 810 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Inglés. | 0179 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 130 | ESENGRA | |
| Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. | 1310 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 150 | ESENGRA | |
| Guardia de Puente. | 0804 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 180 | ESENGRA | |
| Pesca de altura y gran altura. | 0805 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 160 | ESENGRA | |
| Proyecto de implementación de una ruta de transporte marítimo. | 0808 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 40 | ESENGRA | |
| Formación en Centros de Trabajo. | 0809 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 400 | ESENGRA | (2) |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 40 | ESENGRA | (1) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1100 horas. (1) (2) Computan 660 h en la carga lectiva. | 1100 horas. (1) (2) Computan 660 h en la carga lectiva. | 1100 horas. (1) (2) Computan 660 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
2.4.7 Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Infantería de Marina correspondientes al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. | 0648. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 95 | EIMGAF | |
| Ofimática y proceso de la información. | 0649. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 160 | EIMGAF | |
| Proceso integral de la actividad comercial. | 0650. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 140 | EIMGAF | |
| Comunicación y atención al cliente. | 0651. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 160 | EIMGAF | |
| Formación y orientación laboral. | 0665. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 90 | EIMGAF | |
| Inglés. | 0179. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 130 | EIMGAF | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 90 | EIMGAF | (1) |
| Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | Total 1.º curso. | 865 horas. (1) Computan 775 h en la carga lectiva. | 865 horas. (1) Computan 775 h en la carga lectiva. | 865 horas. (1) Computan 775 h en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Gestión de la documentación jurídica y empresarial. | 0647. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 95 | EIMGAF | |
| Protocolo empresarial. | 0661. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 140 | EIMGAF | |
| Organización de eventos empresariales. | 0662. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 170 | EIMGAF | |
| Gestión avanzada de la información. | 0663. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 120 | EIMGAF | |
| Proyecto de asistencia a la dirección. | 0664. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 40 | EIMGAF | |
| 2.ª lengua extranjera francés. | 0180. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 130 | EIMGAF | |
| Formación en centros de trabajo. | 0665. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 400 | EIMGAF | (2) |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 40 | EIMGAF | (1) |
| Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | Total 2.º curso. | 1135 horas. (1) (2) Computan 695 h en la carga lectiva. | 1135 horas. (1) (2) Computan 695 h en la carga lectiva. | 1135 horas. (1) (2) Computan 695 h en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. | 2000 horas. (1) (2) Computan 1470 h en la carga lectiva. |
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril, por la que se adaptan ciertos aspectos de las órdenes de currículo de ciclos formativos de formación profesional a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo autorizadas en centros docentes militares. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés.
(2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013, que indica que «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. Durante estos treinta días se dispondrán los medios que aseguren que los alumnos completan los resultados de aprendizaje que constituyen este módulo profesional, puestos en relación con el contexto productivo en el que se desarrolla el perfil profesional del título.
Artículo 3. Módulos susceptibles de ser impartidos a distancia, por razón de embarazo, parto o posparto.
A continuación se relacionan aquellos módulos susceptibles de ser impartidos en la modalidad «a distancia», con indicación del carácter total «T» o parcial «P», para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan desarrollar la enseñanza de manera presencial.
3.1 Módulos formativos obligatorios (OFAS) y específicos (EAR) comunes a todas las especialidades.
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| Módulo | Código | Carácter |
| FORMACIÓN MILITAR GENERAL | OFAS1 | P |
| FORMACIÓN SANITARIA | OFAS2 | P |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO | OFAS5 | P |
| CIENCIAS NAVALES | EAR1 | P |
| Curso 3.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | P |
| LOGÍSTICA | EAR2 | P |
| INFORMÁTICA | EAR3 | T |
3.2 Módulos formativos obligatorios y de especialidad fundamental.
3.2.1 Administración.
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
|---|---|---|
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Cursos 2.º y 3.º | Centro: ESENGRA | Centro: ESENGRA |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| TEORÍA Y PRÁCTICA ADMINISTRATIVA I | ESFADS01 | P |
| APROVISIONAMIENTO I | ESFADS02 | P |
| GESTIÓN ECONÓMICA | ESFADS03 | P |
| TÉCNICA DE EXPRESIÓN ESCRITA | ESFADS04 | T |
| TEORÍA Y PRÁCTICA ADMINISTRATIVA II | ESFADS05 | P |
| APROVISIONAMIENTO II | ESFADS06 | P |
| GESTIÓN ECONÓMICA II | ESFADS07 | P |
| CONTRATACIÓN | ESFADS08 | T |
3.2.2 Alojamiento y Restauración.
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Cursos 2.º y 3.º | Centro: ESENGRA | Centro: ESENGRA |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN BAR-CAFETERÍA I | ESFALS01 | P |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN RESTAURANTE I | ESFALS02 | P |
| HABITABILIDAD | ESFALS03 | T |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN BAR-CAFETERÍA II | ESFALS04 | P |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN RESTAURANTE II | ESFALS05 | P |
| PLANIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE EVENTOS EN RESTAURACIÓN | ESFALS06 | P |
| GESTIÓN DE VÍVERES A BORDO I | ESFALS07 | P |
| PANADERÍA | ESFALS08 | P |
| GESTIÓN DE VÍVERES A BORDO II | ESFALS09 | P |
3.2.3 Armas.
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| ORGANIZACIÓN DEL DESTINO | ESFAMS1 | P |
| FUNDAMENTOS BÁSICOS | ESFAMS2 | P |
3.2.4 Comunicaciones y sistemas de información.
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| GUERRA ELECTRÓNICA | ESFTIS1 | P |
| ORG. Y PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIONES | ESFTIS2 | P |
| SISTEMAS DE COMUNICACIONES | ESFTIS4 | P |
| ESTRUCTURA Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN | ESFTIS6 | T |
| EQUIPOS DE COMUNICACIONES | ESFTIS3 | P |
| SISTEMAS DE MANDO Y CONTROL | ESFTIS5 | P |
| ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD EN REDES | ESFTIS7 | P |
3.2.5 Energía y Propulsión.
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| INSTALACIONES NAVALES | ESFMQS2 | P |
| FLUIDOS | ESFMQS3 | P |
| COMUNICACIONES INTERIORES | ESFMQS6 | P |
| MOTORES ESPECÍFICOS ARMADA. PROPULSORES | ESFMQS11 | P |
| MOTORES ESPECÍFICOS ARMADA. AUXILIARES | ESFMQS12 | P |
| TURBINAS DE GAS | ESFMQS7 | P |
| CONTROL DE PLATAFORMA | ESFMQS8 | P |
3.2.6 Maniobra y Navegación.
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Cursos 2.º y 3.º | Centro: ESENGRA | Centro: ESENGRA |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| OPERACIONES I | ESFMNS01 | P |
| OPERACIONES II | ESFMNS02 | P |
| COMUNICACIONES ARMADA I | ESFMNS03 | P |
| COMUNICACIONES ARMADA II | ESFMNS04 | P |
| PROCEDIMIENTOS DE MANIOBRA EN LA ARMADA I | ESFMNS05 | P |
| PROCEDIMIENTOS DE MANIOBRA EN LA ARMADA II | ESFMNS06 | P |
| ORGANIZACIÓN DEL PUENTE Y PROCEDIMIENTOS DE NAVEGACIÓN EN LA ARMADA | ESFMNS07 | P |
| SEGURIDAD INTERIOR Y NBQ | ESFMNS08 | P |
3.2.7 Sistemas.
| Curso 1.º y 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| PRINCIPIOS DE NAVEGACIÓN, CINEMÁTICA Y TIRO NAVAL. | ESFSTS1 | P |
| SISTEMAS DE DETECCIÓN SOBRE LA SUPERFICIE Y SISTEMAS DE GUERRA ELECTRÓNICA I | ESFSTS7 | P |
| FUNDAMENTOS DE SONAR Y ACÚSTICA SUBMARINA | ESFSTS8 | P |
| SISTEMAS DE GUERRA BAJO LA SUPERFICIE I | ESFSTS9 | P |
| SISTEMAS DE GUERRA BAJO LA SUPERFICIE II | ESFST15 | P |
3.2.8 Infantería de Marina.
| Curso 1.º | Centro: EIMGAF | Centro: EIMGAF |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Curso 2.º | Centro: EIMGAF | Centro: EIMGAF |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| Curso 3.º | CENTRO: EIMGAF | CENTRO: EIMGAF |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS | OFAS4 | T |
| ADMINISTRACIÓN | ESFIFM1 | T |
| SEGURIDAD | ESFIFM8 | P |
Artículo 4. Distribución temporal del plan de estudios en horas por tipos de módulos y cursos.
El número máximo de horas del currículo, cuando para el ingreso no se exija la titulación de técnico superior será de 3000 horas a desarrollar en tres cursos académicos.
En los periodos de tiempo en que las enseñanzas conducentes a la obtención del título de técnico superior sean prioritarias sobre cualquier otra actividad, se podrán dedicar, como máximo, 5 horas semanales a actividades relacionadas con la práctica de la formación física y el orden cerrado, entendido este último como la preparación de actos y ceremonias militares, que no computarán en la carga lectiva asignada a la formación militar.
La carga asociada al currículo, en horas lectivas, es la que a continuación se expresa para cada especialidad fundamental:
4.1 Especialidad Fundamental de Administración (ADS).
| Tipo de módulos | Curso 1.º | Curso 2.º | Curso 3.º | Total |
|---|---|---|---|---|
| Obligatorios. | 400 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A | 125 h. Computan 0 h (1) 10 semanas de I+A | 315 h. Computan 315 h (1) 7 semanas de I+A | 840 h. Solo computan 590 h (1) 23 semanas de I+A |
| Especificos. | 40 h | – | 40 h | 80 h |
| Especialidad fundamental. | – | 240 h | 460 h | 700 h |
| Profesionales. | 740 h | 730 h | – | 1470 h |
| Total PLAEST. | 1055 h + 6 semanas de I+A | 970 h + 10 semanas de I+A | 815 h +7 semanas de I+A | 2840 h + 23 semanas de I+A |
(1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril.
4.2 Especialidad Fundamental de Alojamiento y Restauración (ALS).
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