Orden PCI/932/2019, de 30 de agosto, por la que se actualizan, de acuerdo con el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo Pesquera, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por el Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho Catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.
El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de las Cualificaciones, la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4, la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el Catálogo.
La Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dio una nueva redacción al artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, incorporando una nueva vía de actualización rápida del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en la que se rebajan las exigencias de aprobación, para los casos en que los cambios en los sectores productivos y en el mercado laboral no afecten a la competencia profesional definida en la cualificación. En su desarrollo, se aprobó el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Por tanto, la presente orden se dicta en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre.
Así, en la presente orden se actualizan, por sustitución completa de sus anexos, dos cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo Pesquera que cuentan con una antigüedad en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales igual o superior a cinco años, a las que les es de aplicación el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre.
Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral, cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129 de la Ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de información pública, y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
En el proceso de elaboración de esta orden han sido consultadas las comunidades autónomas y el Consejo General de Formación Profesional, y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado.
En su virtud, a propuesta conjunta de las Ministras de Educación y Formación Profesional y de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, dispongo
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta orden tiene por objeto actualizar dos cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Marítimo Pesquera, procediéndose a la sustitución de los anexos correspondientes, en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Las cualificaciones profesionales que se actualizan son:
Operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura. Nivel 2. MAP170_2.
Navegación en aguas interiores y próximas a la costa. Nivel 2. MAP171_2.
Las cualificaciones profesionales actualizadas por este procedimiento tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional, y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
Artículo 2. Modificación del Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales, cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CLXX y CLXXI del citado real decreto:
Uno. Se da una nueva redacción al anexo CLXX, Cualificación Profesional «Operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura». Nivel 2. MAP170_2, que se sustituye por la que figura en el anexo I de la presente orden.
Dos. Se da una nueva redacción al anexo CLXXI, Cualificación Profesional «Navegación en aguas interiores y próximas a la costa». Nivel 2. MAP171_2, que se sustituye por la que figura en el anexo II de la presente orden.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de agosto de 2019.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo Poyato.
ANEXO I
(Sustituye al Anexo CLXX establecido por el Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre)
Cualificación profesional: Operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura
Familia Profesional: Marítimo – Pesquera.
Nivel: 2.
Código: MAP170_2.
Competencia general.
Organizar, gestionar y ejecutar las actividades del transporte marítimo en puente y máquina, extracción y conservación de la pesca, en aguas interiores y en las proximidades de la costa, en condiciones de seguridad y cumpliendo la normativa aplicable nacional e internacional.
Unidades de competencia.
UC0537_2: Obtener el despacho del buque y arrancharlo a son de mar.
UC0538_2: Organizar y realizar las operaciones de maniobra y carga del buque.
UC0539_2: Efectuar la navegación del buque.
UC0540_2: Organizar y controlar la seguridad, lucha contra incendios y las emergencias a bordo.
UC0541_1: Controlar los parámetros de funcionamiento de la máquina propulsora y de los equipos e instalaciones auxiliares del buque.
UC0542_2: Organizar y realizar las operaciones extractivas y de conservación de la pesca.
Entorno Profesional.
Ámbito Profesional.
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura dedicado a la navegación de buques dedicados al transporte marítimo de carga y/o pasajeros, a servicios de practicaje, seguridad y salvamento marítimo, a servicios auxiliares de acuicultura, investigación, buceo, u otros, en puertos, rías, bahías y lugares próximos a la costa con limitaciones en el tonelaje del buque, navegaciones a realizar, número máximo de pasajeros a transportar y potencia propulsora del motor y en buques pesqueros dirigiendo las actividades extractivas y de conservación de la pesca dentro de los límites correspondientes a la pesca de bajura, en entidades de naturaleza pública o privada, empresas de tamaño pequeño, mediano, grande o microempresas, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.
Sectores Productivos.
Se ubica en el sector productivo marítimo-pesquero, en el subsector relativo a navegación y, concretamente, en las siguientes actividades productivas: Pesca extractiva. Empresas pesqueras en tierra. Transporte marítimo de mercancías. Transporte marítimo de pasajeros. Practicaje, seguridad y salvamento marítimo. Acuicultura, buceo, investigación, entre otros.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes.
Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.
Patrones dedicados a servicios de practicaje, seguridad y salvamento marítimo con las limitaciones que se establezcan.
Patrones responsables de embarcaciones vinculadas a actividades asociadas a la acuicultura con las limitaciones que se establezcan.
Patrones y Jefes de máquinas de buques pesqueros de hasta 24 metros de eslora y potencia no superior a 400 kW, hasta 60 millas de la costa española.
Patrones y Jefes de máquinas de embarcaciones auxiliares de la pesca o de la acuicultura, no superior a 24 metros de eslora y potencia no superior a 400 kW, hasta 60 millas de la costa española.
Primeros Oficiales en buques de pesca litoral.
Jefes de máquinas de buques pesqueros de hasta 550 kW de potencia.
Primeros Oficiales de máquinas en buques de pesca o auxiliares de pesca de menos de 750 kW.
Patrones responsables de embarcaciones vinculadas a actividades asociadas al buceo con las limitaciones que se establezcan.
Patrones responsables de embarcaciones vinculadas a actividades de investigación con las limitaciones que se establezcan.
Jefes de máquinas en buques mercantes de hasta 400 kW de potencia efectiva en un motor o en dos o más motores.
Patrones y Jefes de máquinas de buques pesqueros de hasta 12 metros de eslora y potencia no superior a 100 kW, hasta 12 millas de la costa española.
Jefes de máquinas de buques pesqueros de hasta 180 kW de potencia.
Patrones de embarcaciones mercantes de hasta 24 metros de eslora entre perpendiculares y 400 kW de potencia efectiva de la máquina, en aguas interiores.
Formación Asociada (630 horas).
Módulos Formativos.
MF0537_2: Administración y arranchado del buque (30 horas).
MF0538_2: Maniobra y estabilidad del buque (120 horas).
MF0539_2: Navegación y comunicaciones del buque (150 horas).
MF0540_2: Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en la mar (90 horas).
MF0541_1: Motores de combustión interna, y máquinas y equipos auxiliares del buque (120 horas).
MF0542_2: Extracción, manipulación y conservación de la pesca (120 horas).
UNIDAD DE COMPETENCIA 1: OBTENER EL DESPACHO DEL BUQUE Y ARRANCHARLO A SON DE MAR.
Nivel: 2.
Código: UC0537_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Despachar el buque para salir a la mar conforme a lo establecido en la normativa aplicable.
CR1.1 El rol para el despacho del buque se cumplimenta conforme a lo establecido en la normativa aplicable.
CR1.2 La relación de tripulantes y/o pasajeros se cumplimenta siguiendo normas y criterios nacionales e internacionales.
CR1.3 El manifiesto de la carga se cumplimenta y presenta a la entrada y salida del buque.
RP2: Cumplir los requisitos administrativos y laborales para realizar la actividad marítima según lo establecido por las administraciones competentes.
CR2.1 Los reconocimientos del buque se efectúan de acuerdo con la normativa aplicable y los certificados reglamentarios se comprueban que están actualizados.
CR2.2 Los contratos, títulos y certificados profesionales de la tripulación se comprueban que están en vigor y de acuerdo con lo establecido por las autoridades competentes.
CR2.3 Las reclamaciones por averías se redactan y formalizan según lo establecido en la normativa aplicable, y de acuerdo con lo acaecido durante la carga, descarga o el viaje.
RP3: Planificar el avituallamiento, recepción y estiba para que el buque salga a la mar.
CR3.1 Los pedidos de provisiones, pertrechos y consumos se realizan según las necesidades del buque.
CR3.2 Las provisiones, pertrechos y consumos se recepcionan comprobando que cumplen los requisitos de calidad.
CR3.3 Las provisiones, pertrechos y consumos se estiban y almacenan en la forma y lugares establecidos en las normas internas de trabajo.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Publicaciones, libros, certificados, y demás documentos obligatorios para este tipo de buques y de navegaciones. Patente de navegación. Rol de despacho y dotación. Diario de navegación. Diario del servicio de radiocomunicaciones. Certificados de Navegabilidad, de Seguridad de equipo, de Arqueo, de Franco-Bordo, de Material náutico, de Seguridad radioeléctrica, de Reconocimiento e Inspección de balsas salvavidas, de Reconocimiento sanitario y desratización y de Registro Mercantil, Acta de Pruebas de estabilidad y Libro de Estabilidad, Tablilla de desvíos. Licencia de estación del buque. Libretas Marítimas de los tripulantes. Lista de tripulantes y/o pasajeros. Lista de pertrechos y provisiones. Inventario de consumos, lubricantes y agua dulce. Partes de averías. Pólizas de seguro y fletamentos.
Productos y resultados:
Despacho del buque previo a la salida o llegada a puerto. Requisitos administrativos y laborales cumplidos. Travesías planificadas.
Información utilizada o generada:
Normas sobre despacho del buque. Reglamento de reconocimiento de buques. Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en la mar. Legislación de puertos y de la marina mercante. Disposiciones de las capitanías marítimas para la entrada y salida de buques. Pólizas de seguro marítimo. Vocabulario marítimo de la Organización Marítima Internacional (OMI).
UNIDAD DE COMPETENCIA 2: ORGANIZAR Y REALIZAR LAS OPERACIONES DE MANIOBRA Y CARGA DEL BUQUE.
Nivel: 2.
Código: UC0538_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Manejar los elementos mecánicos en las maniobras de carga, descarga, atraque, desatraque y fondeo para obtener con seguridad un rendimiento eficiente de las operaciones.
CR1.1 Los equipos mecánicos de izado y arriado de carga se manejan observando las medidas de seguridad establecidas al respecto.
CR1.2 Los cabos y cables de amarre se viran con el molinete, cabrestante y/o cabirón, y después de abozarlos se pasan a los puntos de amarre.
CR1.3 Las operaciones de destrincado y alistado del molinete se hacen de forma eficaz para el apeo y arriado del ancla.
RP2: Maniobrar el buque de acuerdo con las reglas marítimas establecidas y respetando las buenas prácticas marineras con el fin de preservar la seguridad del mismo.
CR2.1 Los equipos de gobierno se comprueban, antes de la salida, durante la navegación y llegada a puerto o fondeadero, cerciorándose de su funcionamiento y disponibilidad.
CR2.2 La capacidad de maniobra del buque se evalúa de acuerdo con las reglas marítimas establecidas y respetando las buenas prácticas, para realizar las maniobras de atraque, desatraque, fondeo y abarloado.
CR2.3 Las maniobras del buque con respecto a las demás embarcaciones, se realizan cumpliendo lo dispuesto en el «Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar» y, en su caso, las del dispositivo de separación de tráfico marítimo.
RP3: Organizar y dirigir las maniobras y operaciones de búsqueda y rescate de náufragos en la mar de acuerdo a la normativa aplicable para efectuar el salvamento.
CR3.1 La maniobra de «hombre al agua» se realiza siguiendo los procedimientos de navegación utilizados en estos casos.
CR3.2 La maniobra de búsqueda y rescate de náufragos, se realiza siguiendo los procedimientos de navegación utilizados en estos casos.
CR3.3 Las operaciones con aeronaves se realizan según procedimientos y métodos establecidos por normas y reglamentos al efecto.
RP4: Efectuar las operaciones de carga y descarga cumpliendo la normativa aplicable de seguridad para controlar la estabilidad y el trimado del buque.
CR4.1 La carga del buque se trinca según normativa aplicable para evitar su corrimiento.
CR4.2 La carga del buque se estiba según normativa aplicable para obtener su estabilidad y trimado.
CR4.3 Las escotillas, portillos y lumbreras se comprueban, verificando que están en condiciones de garantizar su estanqueidad.
CR4.4 Los desagües e imbornales se comprueban que se encuentran en condiciones de no producir retenciones de agua en caso de mal tiempo.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Timón de gobierno, clinómetro, servomotor de gobierno, silbato, vista clara, juego de banderas del Código Internacional de señales, lámpara de destellos morse, maquinillas, molinete, aparejos, puntales, defensas de mano, escotillas, puertas estancas, bitas, guías, gateras, escala de gato, aros salvavidas, motones, pastecas, tensores, grilletes, guardacabos, ganchos, cuadernales, rezón ancla, cadena, cabos, cables, mordazas, trincas, hélice, trancaniles, desagües, imbornales, pañoles, gambuzas, bodegas.
Productos y resultados:
Maniobras de atraque, desatraque y fondeo de la embarcación ejecutadas. Embarque y desembarque de mercancías y/o pasajeros efectuados. Maniobrar a los buques de acuerdo con el reglamento evitando abordajes. Maniobrar en casos de búsqueda y rescate de náufragos y operaciones con aeronaves con resultado satisfactorio. Trincaje y estiba de la carga y pertrechos efectuados. Puesta del buque en calados y con la estabilidad garantizada.
Información utilizada o generada:
Reglamentación sobre carga y pasaje. Reglamento internacional para prevenir los abordajes en la mar. Código internacional de señales por bandera, destellos y señales acústicas. Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en la mar. Normas complementarias del SOLAS. Criterios de estabilidad de la Organización Marítima internacional (OMI) Certificado de navegabilidad. Planos de formas del buque. Curvas hidrostáticas. Planos de disposición general, capacidades, y coordenadas del centro de gravedad de bodegas y tanques. Curva de evolución. Diario de navegación. Cuaderno de bitácora. Manuales MERSAR e IMOSAR. Vocabulario marítimo de la Organización Marítima Internacional (OMI).
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: EFECTUAR LA NAVEGACIÓN DEL BUQUE.
Nivel: 2.
Código: UC0539_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Mantener actualizadas las publicaciones náuticas para realizar la navegación de forma segura.
CR1.1 Las cartas y publicaciones náuticas se corrigen y ponen al día con la información recibida en los avisos a los navegantes y empleando las últimas ediciones.
CR1.2 Las cartas electrónicas se actualizan con la información Navtex o de cualquier otra fuente.
CR1.3 Las cartas y publicaciones náuticas se seleccionan en función de las derrotas previstas.
CR1.4 Las cartas y publicaciones náuticas se ordenan quedando dispuestas para su fácil localización.
RP2: Determinar la posición del buque y trazar las derrotas para garantizar la seguridad del buque.
CR2.1 Las líneas de posición tomadas a los puntos conocidos de la costa, balizas y boyas se miden, corrigen y trazan sobre la carta obteniendo la situación del buque de forma exacta.
CR2.2 Las líneas de posición se obtienen utilizando los equipos de radionavegación o vía satélite y se determina la situación del buque.
CR2.3 Los rumbos y distancias de las derrotas trazadas sobre la carta se miden y trazan con precisión, para determinar sobre la carta la situación estimada del buque.
RP3: Efectuar una navegación segura cumpliendo los reglamentos para evitar abordajes, varadas, embarrancadas y prevenir la contaminación marina.
CR3.1 Los buques que navegan en proximidad se observan con atención, determinando si existe riesgo de abordaje, con el fin de evitarlo.
CR3.2 Las derrotas a seguir sobre la carta se estudian identificando y delimitando con precisión las zonas seguras y las peligrosas por las que va a navegar el buque, con el fin de preservar la seguridad del mismo.
CR3.3 Los libros de faros, derroteros, anuarios de mareas y demás publicaciones náuticas, se consultan y analizan con el fin de navegar con seguridad.
CR3.4 La situación del buque se determina a intervalos regulares de tiempo, comprobando que se sigue la derrota establecida.
CR3.5 Los instrumentos y equipos de ayuda a la navegación se comprueban, verificando el estado de su funcionamiento.
CR3.6 Las medidas reglamentarias específicas, en caso de navegación con visibilidad reducida, en aguas restringidas o en dispositivos de separación de tráfico se adoptan con el fin de preservar la seguridad del buque.
CR3.7 Las precauciones para evitar la contaminación marina se llevan a cabo, cumpliendo las legislaciones nacionales e internacionales.
CR3.8 Las guardias de navegación se efectúan siguiendo los principios establecidos en la normativa internacional.
RP4: Interpretar las informaciones meteorológicas mediante los datos obtenidos o suministrados para garantizar la seguridad del buque.
CR4.1 Las variables meteorológicas y el estado de la mar se observan y miden con precisión, con el fin de obtener la información meteorológica.
CR4.2 Las estaciones radiotelefónicas se seleccionan y sintonizan con el fin de obtener la información meteorológica.
CR4.3 La información meteorológica recibida de las estaciones radiotelefónicas y los datos tomados a bordo del buque se analizan, con el fin de realizar una previsión de la evolución del tiempo y el estado de la mar.
RP5: Analizar e interpretar la información radar para ayudar a la navegación y prevenir abordajes.
CR5.1 El modo de presentación de la pantalla del radar se selecciona en función de las circunstancias del momento.
CR5.2 Los factores y deficiencias que afectan al rendimiento y presentación de la imagen radar se tienen en cuenta y se corrigen utilizando los mandos.
CR5.3 Los buques que se observan en la pantalla radar se puntean con el fin de determinar si existe riesgo de colisión.
RP6: Obtener información y manejar los equipos y sistemas de comunicación según protocolos aplicables para establecer las comunicaciones.
CR6.1 Los equipos de comunicación y seguridad se sintonizan, prueban y manejan atendiéndolos según protocolos aplicables.
CR6.2 El tráfico entre buques y/o estaciones costeras se realiza de acuerdo con el Reglamento Internacional de Radiocomunicaciones.
CR6.3 El tráfico de socorro, urgencia y seguridad se emite cumpliendo las normas y códigos establecidos al respecto.
CR6.4 La información sobre seguridad marítima se recepciona como resultado de la manipulación según protocolos de los equipos y sistemas de comunicación.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Material náutico: cartas de navegación, avisos a los navegantes, derroteros, anuario de mareas, escuadra, cartabón, reglas paralelas, lupa, transportador náutico, compás, lápiz, goma de borrar, rotuladores de colores, alidada azimutal, reloj de bitácora, cronógrafo. Material meteorológico: barómetro, termómetro, higrómetro. Instrumentos de navegación y equipos de posicionamiento: aguja magnética, aguja giroscópica, repetidores, simulador radar, gonio, sonda, corredera, Sistema de Posicionamiento Global (GPS), plotter. Equipos de seguridad y comunicaciones: instalación radioeléctrica de ondas métricas (VHF), Sistema mundial de socorro y seguridad marítima (GMDSS), radiobaliza de localización de siniestros. Simulador de navegación. Buque.
Productos y resultados:
Publicaciones náuticas actualizadas. Posición del buque determinada y derrotas trazadas. Navegación efectuada. Informaciones meteorológicas interpretadas. Información radar interpretada y analizada. Obtener información obtenida y equipos y sistemas de comunicación manejados.
Información utilizada o generada:
Catálogo de cartas y publicaciones náuticas. Carta OD de símbolos y abreviaturas empleadas en las cartas españolas. Derroteros. Libros de faros y de señales de niebla. Libro de radioseñales. Reglamento de Balizamiento. Avisos a los navegantes. Anuario de mareas. Reglamento para prevenir los abordajes en la mar. Convenio MARPOL. Convenio SOLAS. Sistema INMARSAT de comunicaciones. Sistema mundial de socorro y seguridad marítima. Reglamento de radiocomunicaciones. Diario de navegación. Cuaderno de bitácora. Vocabulario marítimo de la Organización Marítima Internacional (OMI).
UNIDAD DE COMPETENCIA 4: ORGANIZAR Y CONTROLAR LA SEGURIDAD, LUCHA CONTRA INCENDIOS Y LAS EMERGENCIAS A BORDO.
Nivel: 2.
Código: UC0540_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Organizar y controlar la seguridad del buque en caso de emergencia por varada, colisión, «hombre al agua» y operaciones de búsqueda y rescate de acuerdo con los planes de emergencia del buque.
CR1.1 La protección y la seguridad de los pasajeros se organiza y controla con prontitud y conforme a la escala de la emergencia.
CR1.2 Las averías se evalúan inicialmente y se controlan conforme a los planes de emergencia del buque.
CR1.3 La maniobra de varar un buque en la playa se ejecuta siguiendo los procedimientos establecidos.
CR1.4 Los daños causados por un abordaje y/o una varada se evalúan inicialmente y se toman las medidas que indiquen los planes de emergencia del buque.
CR1.5 El buque se gobierna para controlar la emergencia.
CR1.6 La maniobra y equipo para dar y tomar remolque se ejecuta siguiendo los procedimientos establecidos.
CR1.7 Las señales de socorro o emergencia en la mar se ejecutan cumpliendo las instrucciones del Manual internacional de los Servicios Aeronáuticos y Marítimos (IAMSAR), previa identificación.
CR1.8 Las operaciones y maniobras para asistir a un buque en peligro se llevan a cabo teniendo en cuenta la seguridad del propio buque.
CR1.9 Las medidas ante emergencias portuarias se adoptan con prontitud realizándose según se indica en los planes de emergencia del buque.
RP2: Organizar y dirigir las operaciones de prevención y lucha contra incendios investigando y recopilando previamente los informes sobre sucesos en los que se produzcan, de acuerdo con los planes de emergencia del buque, para garantizar la seguridad.
CR2.1 Los sistemas y el equipo de detección y extinción de incendios se mantienen en función de las inspecciones realizadas según normas internas establecidas para asegurar la puesta a disposición de dicho equipamiento en condiciones de uso.
CR2.2 Las medidas y los procedimientos preventivos para responder a un incendio se mantienen previa observación de su actualización continuada, confirmando que la tripulación está adiestrada para intervenir en caso de emergencia.
CR2.3 El tipo y escala del incendio se detectan basándose en la evaluación completa y precisa de las fuentes de información disponibles, aplicando medidas conforme a la secuencia, el orden y las prioridades según las exigencias generales del suceso, reduciendo al mínimo los daños al personal y al buque y de acuerdo a los procedimientos, planes de emergencia del buque y prácticas de seguridad personal para garantizar una actuación rápida.
CR2.4 Las causas del incendio se analizan previa recopilación, investigación y propuesta de diagnóstico, para realizar la evaluación de la eficacia de las medidas de lucha contra incendios tomadas.
RP3: Organizar y dirigir las operaciones de emergencia, de abandono de buque y supervivencia en la mar, de acuerdo con los planes de emergencia del buque, para garantizar la seguridad.
CR3.1 Los equipos individuales y colectivos de salvamento y supervivencia en la mar, se revisan, mantienen y reparan para confirmar que están en condiciones de ser utilizados de forma inmediata.
CR3.2 La simulación de un abandono de buque y de supervivencia en la mar, se realiza utilizando las técnicas y procedimientos prefijados en función de las circunstancias.
CR3.3 Las operaciones y maniobras de «hombre al agua» y búsqueda y rescate de supervivientes en la mar se realizan conforme al Manual internacional de los Servicios Aeronáuticos y Marítimos (IAMSAR).
CR3.4 El funcionamiento de las embarcaciones de supervivencia y botes de rescate, sus dispositivos y medios de puesta a flote y de su equipo, incluidos los dispositivos radioeléctricos de salvamento, se identifican para asumir la responsabilidad de uno de ellos durante y después de la puesta a flote, si procede.
RP4: Aplicar medidas urgentes de primeros auxilios a bordo a enfermos, accidentados y supervivientes según los procedimientos establecidos, para minimizar las posibles lesiones o patologías.
CR4.1 El botiquín del buque se revisa para comprobar que está listo para su uso inmediato, identificando los medicamentos y material de cura.
CR4.2 Los primeros auxilios se dispensan en caso de accidente o enfermedad a bordo para garantizar la asistencia de la tripulación y los pasajeros del buque.
CR4.3 El asesoramiento médico se obtiene utilizando los métodos y procedimientos establecidos al respecto.
CR4.4 El tratamiento, en caso de naufragio, accidente, hemorragia, quemadura, fractura, u otros, se realiza aplicando en cada caso las medidas sanitarias.
RP5: Controlar la seguridad en el trabajo, organizando las medidas que impliquen la incorporación de las relativas a la prevención de riesgos laborales en la mar para evitar la contaminación marina.
CR5.1 El embarque y desembarque del personal y/o pasajeros, se realiza utilizando los medios que garanticen la seguridad de acuerdo con la normativa aplicable.
CR5.2 Los trabajos en cubierta o en cualquier parte del buque, incluidas la entrada en espacios cerrados y los trabajos en caliente y trabajos en altura, se verifican que se efectúan utilizando los procedimientos y medios de protección que garanticen la seguridad de la tripulación y de los pasajeros de acuerdo con la normativa aplicable y las normas internas de trabajo.
CR5.3 Los equipos eléctricos e instalaciones peligrosas y los trabajos de mantenimiento y reparación, se verifica que están protegidos y señalizados de acuerdo con la normativa aplicable y las normas internas de trabajo.
CR5.4 Los espacios y servicios dedicados a la tripulación y/o pasajeros se comprueba que cumplen y se mantienen en las condiciones establecidas por la normativa aplicable.
CR5.5 Las medidas para prevenir la contaminación del medio marino se aplican de acuerdo con la normativa aplicable y las normas internas de trabajo.
CR5.6 Las medidas para controlar la fatiga en la tripulación se adoptan siguiendo la normativa aplicable y las normas internas de trabajo.
CR5.7 Los procedimientos de protección marítima se cumplen, conforme a la normativa aplicable y las normas internas de trabajo, teniendo en cuenta la evaluación de riesgos, amenazas marítimas, contramedidas, planes de respuesta, ataque químico, biológico, piratería, secuestros, entre otros, para favorecer su posterior evaluación.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Medios de seguridad en el trabajo (equipos de protección individual y colectiva): arneses, guindolas, guantes, cascos, gafas, cinturones, ropa, calzado, medidores de gases tóxicos e inflamables y todo el material de uso en el trabajo de acuerdo con la ley de protección de riesgos laborales. Botiquín reglamentario. Medios para prevenir la contaminación: bolsas, contenedores y material de acuerdo con el convenio MARPOL. Medios de detección y extinción de incendios: equipo automático de detección y extinción de incendios con rociadores de agua. Sistemas de detección de alarmas, detectores de humo, detectores de calor, entre otros. Instalaciones fijas de extinción de incendios con gases inertes. Sistemas de extinción con CO2. Sistemas de cierres automáticos de puertas y portillos. Bomba de agua de emergencia contra incendios. Red de colectores de agua. Compartimentos cerrados. Bocas contra incendios. Instalaciones fijas de extinción: espuma, polvo químico. Equipos portátiles de extinción: de polvo, de espuma, de gas inerte. Mangueras, lanzas, conexiones y hachas. Equipos de respiración: autónomos y manuales. Traje de bombero. Medios de salvamento: chalecos salvavidas, aros salvavidas, trajes de supervivencia, balsas salvavidas, botes de rescate, dispositivos para puesta a flote de balsas salvavidas, botes salvavidas y botes de rescate, equipos de las embarcaciones de supervivencia, radiobaliza de localización, respondedor de radar, radioteléfonos portátiles de VHF del Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM), señales pirotécnicas de socorro: cohetes y bengalas, señales fumígenas, heliógrafo, estación portátil de socorro.
Productos y resultados:
Seguridad del buque organizada y controlada. Operaciones de prevención y lucha contra incendios organizadas y dirigidas. Operaciones de emergencia, de abandono de buque y supervivencia en la mar organizadas y dirigidas. Medidas urgentes de primeros auxilios a bordo aplicadas. Seguridad en el trabajo controlada.
Información utilizada o generada:
Normativa de prevención de riesgos laborales. Convenio Internacional de Seguridad de la Vida Humana en la Mar (SOLAS). Convenio sobre el trabajo marítimo (MLC) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Normativa nacional de contaminación marina. Cuadros orgánicos de buques. Código Internacional de Dispositivos de Salvamento (IDS) y Código Internacional de Sistemas de Seguridad Contra Incendios (FSS). Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP). Plan nacional de salvamento marítimo y de lucha contra la contaminación. Manual Internacional de los Servicios Aeronáuticos y Marítimos de Búsqueda y Salvamento (IAMSAR). MOB del GPS en caso de «hombre al agua». Manuales sobre materiales inflamables y combustibles, de clasificación y extinción de incendios, de química del fuego, de disposición de los mamparos y cubiertas del buque. Guía sanitaria. Registro médico. Vocabulario marítimo de la Organización Marítima Internacional (OMI). Manuales de los sistemas fijos de lucha contra incendios. Manuales de los dispositivos de puesta a flote de las embarcaciones de supervivencia, botes salvavidas y botes de rescate, manuales de las propias de las embarcaciones de supervivencia, botes salvavidas y botes de rescate. Manuales de los equipos de salvamento, radiocomunicaciones, señales pirotécnicas de socorro y de cualquier otro equipo o sistema mencionado. Manuales de lucha contra incendios, de técnicas de supervivencia. Procedimientos para la entrada en espacios cerrados, trabajos en caliente y trabajos en altura. Código de seguridad para pescadores y buques pesqueros (FAO/OIT/OMI).
UNIDAD DE COMPETENCIA 5: CONTROLAR LOS PARÁMETROS DE FUNCIONAMIENTO DE LA MÁQUINA PROPULSORA Y DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES AUXILIARES DEL BUQUE.
Nivel: 1.
Código: UC0541_1.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Efectuar la puesta en marcha y posterior observación de los parámetros de trabajo del sistema propulsor del buque, teniendo en cuenta los principios de seguridad a seguir en una guardia de máquinas para evitar daños a la maquinaria y al propio buque.
CR1.1 El motor propulsor se prepara para su arranque, poniendo en funcionamiento sus servicios auxiliares siguiendo los procedimientos establecidos.
CR1.2 El sistema inversor del equipo propulsor se comprueba garantizando su funcionamiento desde todos los puestos donde es posible controlar la propulsión.
CR1.3 El funcionamiento del motor se comprueba mediante los indicadores de presión, temperatura, nivel, velocidad, caudal (de combustible) y carga.
CR1.4 Las alarmas acústicas y visuales de presiones, temperaturas y niveles de los circuitos de lubricación, refrigeración y combustible, se comprueban, al tiempo que el sistema de parada automática por velocidad actúa según protocolos establecidos.
CR1.5 Las anomalías producidas durante el funcionamiento de los motores que no han sido advertidas por las alarmas, o en ausencia de esta, se detectan y controlan garantizando su corrección.
CR1.6 Los circuitos de los servicios se verifican, en especial los de combustible y aceite lubricante, comprobando la estanqueidad, el funcionamiento de válvulas de seguridad y sistemas de regulación y control.
CR1.7 Las sentinas de los espacios de maquinaria se mantienen secas y limpias, y las alarmas de alto nivel se prueban periódicamente.
RP2: Controlar los parámetros de funcionamiento de los generadores de la fuente principal de energía eléctrica en el cuadro principal de distribución, relativos a las fuentes de alimentación, equipos eléctricos, electrónicos y luces de navegación aplicando normas de seguridad, para evitar el riesgo de origen eléctrico, preservar la seguridad del buque al igual que de las personas que se encuentren a bordo.
CR2.1 Los sistemas de distribución de energía eléctrica y las tensiones eléctricas más comúnmente utilizadas en la construcción de buques se conocen para realizar el trabajo en un entorno seguro y evitar los riesgos de origen eléctrico.
CR2.2 El acoplamiento de alternadores se efectúa teniendo en cuenta la sincronización, y una vez acoplado, se procede a la distribución de carga en cada generador.
CR2.3 Los instrumentos de medida y las lámparas de señalización del cuadro principal de distribución, se verifican para garantizar su funcionamiento.
CR2.4 El funcionamiento de las fuentes de alimentación de los equipos y luces de navegación se comprueban atendiendo a protocolos establecidos para garantizar su eficacia.
CR2.5 La fuente de energía eléctrica de emergencia se comprueba que entra en funcionamiento, tanto en automático (ante una caída de planta) como manualmente.
RP3: Verificar que los parámetros de funcionamiento de los sistemas neumáticos e hidráulicos, están dentro de los valores establecidos, siguiendo los protocolos y los manuales de instrucciones para evitar daños a la maquinaria y al propio buque.
CR3.1 Los planos y especificaciones técnicas de los componentes de los circuitos neumáticos e hidráulicos, se interpretan para conocer con claridad el trabajo que deben realizar.
CR3.2 Los compresores de aire y demás equipo asociado como recipientes de almacenamiento y válvulas de seguridad se vigilan comprobando que trabajan cumpliendo sus especificaciones técnicas.
CR3.3 Los reductores de presión, filtros y lubricadores de los circuitos neumáticos, se comprueban verificando que trabajan dentro de los valores señalados.
CR3.4 Los separadores de aceite y secadores de aire se comprueban validando que funcionan según protocolos establecidos.
CR3.5 La activación de las alarmas acústicas y visuales de los niveles de aceite, baja presión de aire comprimido, de agua y de lubricación, se efectúa en los valores establecidos.
CR3.6 El sistema hidráulico del timón, se comprueba garantizando que funciona antes de salir a la mar, tanto en modo automático como en manual.
CR3.7 El sistema de achique y baldeo se comprueba garantizando que funciona antes de salir a la mar.
RP4: Efectuar operaciones sencillas de mantenimiento, de reparación y sustitución de elementos averiados, siguiendo las recomendaciones e instrucciones de mantenimiento de los fabricantes de los equipos y sistemas del buque para evitar daños a la maquinaria y alcanzar su rendimiento y disponibilidad.
CR4.1 Los manuales de instrucciones y mantenimiento del fabricante de la maquinaria y del equipo se comprenden para conocer con claridad el trabajo de mantenimiento y chequeos rutinarios a realizar.
CR4.2 El cambio de aceite y la sustitución o limpieza de filtros, se realiza de acuerdo con las instrucciones de los manuales respectivos.
CR4.3 Las operaciones de limpieza de enfriadores se realiza cuando los parámetros de presión y temperatura así lo aconsejan.
CR4.4 La estanqueidad de los circuitos neumáticos e hidráulicos se verifica, sustituyendo o reparando, si fuera necesario, conductos flexibles o tuberías.
CR4.5 Las piezas dañadas, de fácil recuperación, se reparan mediante operaciones de sencilla ejecución.
CR4.6 Los bornes de las baterías se limpian y engrasan según necesidades de uso.
CR4.7 La carga de las baterías y el nivel del líquido de todos los vasos se comprueba que se ajusta a lo establecido en los protocolos.
CR4.8 El cargador de baterías se verifica que funciona tanto en modo manual como en automático.
CR4.9 Las anomalías que durante el funcionamiento de la planta se produzcan sin ser advertidas por el sistema de alarmas, o a su defecto se detecten, se controlan según protocolos de trabajo establecidos para garantizar su corrección.
CR4.10 Los trabajos rutinarios de mantenimiento se registran para conseguir llevar un plan básico de mantenimiento programado.
RP5: Asegurar el cumplimiento de los requisitos de prevención de la contaminación en los espacios de maquinaria, tomando las precauciones de seguridad adecuadas para el control y vigilancia de las operaciones a bordo, para cumplir con la normativa aplicable sobre protección del medio marino.
CR5.1 Las medidas para prevenir la contaminación marina se aplican en los espacios de máquinas, de acuerdo con las normas y reglamentos legales establecidos al respecto.
CR5.2 Las operaciones de toma de combustible y trasiegos de combustible se realizan tomando todas las precauciones necesarias para evitar la contaminación marina.
CR5.3 Los desechos generados durante la operación y el mantenimiento de la maquinaria se retienen a bordo y se descargan a tierra, de acuerdo con las normas y reglamentos legales establecidos al respecto.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Motores de combustión interna. Bombas centrífugas. Intercambiadores de calor. Válvulas. Filtros. Baterías de acumuladores. Sistemas de carga.
Productos y resultados:
Sistema propulsor del buque puesto en marcha y controlado durante su funcionamiento. Parámetros de funcionamiento de los generadores de la fuente principal de energía eléctrica controlados. Parámetros de funcionamiento de los sistemas neumáticos e hidráulicos verificados. Operaciones sencillas de mantenimiento, de reparación y sustitución de elementos averiados efectuadas. Monitorización de las operaciones a bordo que puedan originar contaminación controladas.
Información utilizada o generada:
Manuales de instrucciones y de mantenimiento. Listado de piezas y componentes. Sistemas de carga de baterías de acumuladores eléctricos. Órdenes recibidas. Interpretación de esquemas y planos.
UNIDAD DE COMPETENCIA 6: ORGANIZAR Y REALIZAR LAS OPERACIONES EXTRACTIVAS Y DE CONSERVACIÓN DE LA PESCA.
Nivel: 2.
Código: UC0542_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Preparar y reparar todas las partes del equipo de pesca para que la captura pueda realizarse en las mejores condiciones de rendimiento y seguridad.
CR1.1 El útil, aparejo o arte a utilizar se prepara en función de la especie a capturar, características del fondo, condiciones meteorológicas y tipo de buque.
CR1.2 Las averías y daños producidos en el equipo de pesca durante el lance se detectan, evalúan y reparan con el fin de mantenerlo en perfectas condiciones.
CR1.3 Las deficiencias observadas durante las faenas de pesca, en el útil, aparejo o arte utilizado se corrigen para su posterior uso.
RP2: Controlar y manejar todos los elementos mecánicos y de laboreo utilizados en las maniobras de largada y virada, interpretando la información proporcionada por los equipos electrónicos para obtener un rendimiento de calidad.
CR2.1 El estado y funcionamiento de las maquinillas, haladores, pastecas y jarcia auxiliar, necesarios para las maniobras de largado, virado y transbordo de la pesca, se comprueba antes del comienzo de las mismas.
CR2.2 Las informaciones suministradas por los equipos electrónicos para la pesca se toman en cuenta a la hora de elegir la zona de largada del útil, aparejo o arte de que se trate.
CR2.3 La distribución de la tripulación se supervisa, teniendo en cuenta las condiciones meteorológicas del momento, de manera que se hagan más fáciles y con mayor seguridad las maniobras de largado y virado.
RP3: Coordinar las operaciones de manipulación de las capturas y controlar las condiciones higiénico-sanitarias para garantizar la elaboración y conservación de la pesca.
CR3.1 Las maniobras de introducción del pescado a bordo se realizan, tratando de evitar el deterioro de las especies.
CR3.2 El grado de limpieza de cubierta y parque de pesca, se comprueba antes de comenzar la carga y/o manipulación de las especies capturadas.
CR3.3 El descabezado, eviscerado, lavado y clasificado, si procede, se realiza teniendo en cuenta la normativa higiénico-sanitaria.
CR3.4 La salubridad de bodegas y/o neveras, así como la resistencia de estantes y mamparas de las mismas, se revisan antes de introducir las capturas.
CR3.5 La estiba en cajas o a granel de la pesca, se efectúa atendiendo a la presentación posterior en el mercado, y en las condiciones de conservación e higiene que correspondan.
CR3.6 Las posibilidades de corrimiento de cajas y capturas a granel, se prevén y estudian de forma que se preserve la estabilidad del buque.
RP4: Reconocer los datos biológicos según la información proporcionada para estimar la situación de un caladero.
CR4.1 Las especies capturadas se reconocen mediante simple observación ocular.
CR4.2 El tamaño y cantidad de las capturas, se compara con los datos de años anteriores para tener una idea aproximada de la situación biológica de la zona de pesca.
CR4.3 El número de barcos que trabajan durante un tiempo determinado en el mismo caladero se evalúa con el fin de determinar las posibilidades futuras de la zona de pesca.
RP5: Llevar a cabo las labores de pesca, observando las normas que limitan el esfuerzo total de pesca en una zona o caladero determinado, para garantizar una pesca responsable.
CR5.1 La posición del buque se determina antes y durante el lance, para garantizar que se está faenando en aguas permitidas.
CR5.2 Las mallas y capturas se miden comprobando la legalidad de las mismas.
CR5.3 Los diarios de pesca se formalizan después de cada lance.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Nasas: armazones para las mismas, trozos de paños de red, trozos de paños de mallas sintéticas, bolsas para carnada, carnadas, trampas o embudos, dispositivos de cierre, calas y cabos, pesos y/o anclotes, boyas señalizadoras y haladores. Aparejos: anzuelos, carnadas, hilos sintéticos, alambres, mosquetones, espárragos, giratorios, calas y cabos, pelotas y balones, boyas señalizadoras, pesos y/o anclotes, haladores, tambores de estiba y largado, poteras y plomadas. Artes de enmalle: paños de red, flotadores, lastres, pesos y/o anclotes, boyas señalizadoras, muñón halador, tambor de estiba. Artes de cerco: paños de red, flotadores, lastres, maquinilla, potencia, cabos y cables, jareta, pies de gallo, anillas o eslabones de escape, polea motriz, mesa de maniobras y puntales, rodillo, embarcación auxiliar o panga. Artes de arrastre: paños de red, flotadores, lastres y burlones, cables, malletas, cadenas, calones, esferas y diábolos, puertas, maquinillas, tambor de red, carreteles auxiliares, tangones. Elementos de detección, comunicación y ayuda: sonda, sonda de red, scantrol, sensores, sonar, programas informáticos pesqueros, sistema TUNAFIS, Sistema de Posicionamiento Global (GPS), plotter, telefonía, radar. Elementos de elaboración y conservación de las capturas: descabezadoras, lavadoras, fileteadoras, peladoras, cintas transportadoras, neveras, depósitos para conservación en agua. Elementos de reparación y montaje de útiles, aparejos y artes: agujas, malleros, calibrador, metro, navajas, tijeras, hilos, paños, cabos, boyas, anclotes, piedras, giratorios, anzuelos, plomos, cadenas, eslabones de escape, anillas, eslabones, grilletes, mallas, esferas, diablos, campanas, elementos de goma para burlones, pasadores, tenazas, guardacabos, mordazas, alicates, mandiletas o parpallas.
Productos y resultados:
Útiles, aparejos y artes preparados. Maniobras y demás faenas de pesca realizadas. Mínimo impacto sobre el caladero. Mantenimiento de los equipos de pesca.
Información utilizada o generada:
Planos de útiles. Aparejos y Artes. Tablas internacionales para cortes de paños. Vocabulario pesquero con los símbolos y abreviaturas internacionales. Cartas de pesca. Anuarios y Cuadernos de pesca. Información facilitada por los suministradores de aparatos de detección y ayuda pesquera. Reglamentaciones pesqueras. Reglamentaciones y recomendaciones higiénico-sanitarias que tienen que ver con la pesca. Catálogos varios de hilos, cables, cadenas, anillas, eslabones especiales y ganchos.
MÓDULO FORMATIVO 1: ADMINISTRACIÓN Y ARRANCHADO DEL BUQUE.
Nivel: 2.
Código: MF0537_2.
Asociado a la UC: Obtener el despacho del buque y arrancharlo a son de mar.
Duración: 30 horas.
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Formalizar los requisitos para la obtención del despacho del buque, de acuerdo con lo establecido por las autoridades marítimas.
CE1.1 Describir los documentos para el despacho del buque de acuerdo con la legislación vigente.
CE1.2 Cumplimentar los documentos utilizados en las operaciones de entrada y salida del buque (despacho del buque) atendiendo a la normativa aplicable.
CE1.3 En un supuesto práctico de administración y arranchado de buque:
- Efectuar las operaciones para el despacho del buque de entrada y/o salida, revisando los certificados, las características de los miembros de la dotación tanto en número como en titulaciones, y que todos ellos se encuentren en vigor, verificación de los certificados médicos, anotación de los mismos en el rol del buque, puesta al día de las Libretas Marítimas de cada tripulante, seguros según el tipo de buque y tráfico.
- Revisar el estado de arranchado de la embarcación previamente a la salida a la mar.
C2: Interpretar los documentos y certificados en la actividad marítima según las normas y reglamentos requeridos por las autoridades marítimas.
CE2.1 En un supuesto práctico de documentos y certificados correspondientes a la actividad del buque:
- Describir e identificar los certificados que le corresponde tener a la embarcación (navegabilidad, arqueo, francobordo, seguridad radioeléctrica, seguridad de equipo, entre otros) y a sus equipos (balsas, salvavidas).
- Definir los periodos de validez de los certificados y los periodos de tiempo para pedir la renovación o refrendo de los mismos.
- Interpretar el Cuaderno de Estabilidad y el Acta de Estabilidad.
- Describir y cumplimentar la Patente de Navegación y su trascendencia jurídica, obligatoriedad del Diario de Navegación y del Cuaderno de Bitácora, en su caso.
- Identificar los documentos acreditativos de la propiedad de la embarcación (Hoja de Asiento, Escritura de propiedad, Inscripción en el Registro de Bienes Muebles).
- Interpretar y describir la relevancia jurídica de la Resolución de Tripulación Mínima de Seguridad.
- Identificar las Titulaciones Profesionales y Certificados de Especialidad de los tripulantes en función del buque y el tráfico desarrollado.
CE2.2 En un supuesto práctico de administración de buque:
- Relacionar los certificados del buque y los contratos, títulos y certificados de especialidad de la tripulación en función del buque y el tráfico desarrollado.
CE2.3 En un supuesto práctico de daños a bordo del buque:
- Presentar una reclamación por averías producidas durante la operativa del buque relatando los hechos acaecidos.
C3: Confeccionar las necesidades de suministros, pertrechos y provisiones considerando las condiciones de su almacenamiento, estiba o marea a realizar.
CE3.1 Describir los suministros, pertrechos y provisiones para marea o derrota en función del tiempo en la mar, los puertos de escala, el número de tripulantes, y la operativa y/o actividad del buque.
CE3.2 Explicar las condiciones idóneas de almacenamiento y estiba de los distintos pertrechos según sus características.
CE3.3 En un supuesto práctico de administración de buque:
- Estimar la cantidad de suministros, pertrechos y provisiones para la navegación prevista en función del tiempo en la mar, los puertos de escala, el número de tripulantes, y la operativa y/o actividad del buque.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:
C1 respecto a CE1.3; C2 completa; C3 respecto a CE3.3.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización integrándose en el sistema de relaciones técnico-laborales.
Interpretar y ejecutar las instrucciones que recibe y responsabilizarse de la labor que desarrolla, comunicándose de forma eficaz con la persona adecuada en cada momento.
Organizar y ejecutar la actividad de acuerdo a las instrucciones recibidas, con criterios de calidad y seguridad, aplicando los procedimientos establecidos.
Habituarse al ritmo de trabajo cumpliendo los objetivos de rendimiento diario definidos en la organización.
Mostrar en todo momento una actitud de respeto hacia los compañeros, procedimientos y normas internas.
Contenidos:
1. Derecho marítimo aplicable en aguas españolas.
El buque: concepto y naturaleza jurídica. Formas de adquirir la propiedad del buque. Inscripción del buque. El Registro de Buques y el Registro de Bienes Muebles.
Funciones y responsabilidades legales del patrón del buque.
Pólizas de fletamento. Arrendamiento de buques.
Derecho marítimo recogido en acuerdos y convenios internacionales aplicable en aguas españolas.
2. Administración de un buque.
Documentación del buque.
Documentación de los tripulantes.
Reglamento de Despacho de Buques.
Accidentes marítimos: averías, remolques, auxilios y salvamentos.
Seguros marítimos.
Reglamentaciones portuarias. Planificación de la marea: previsión de necesidades.
Normativa pesquera nacional y comunitaria en medidas de control y técnicas.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal, diseño universal o diseño para todas las personas y protección medioambiental.
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la obtención del despacho del buque y arrancharlo a son de mar, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
MÓDULO FORMATIVO 2: MANIOBRA Y ESTABILIDAD DEL BUQUE.
Nivel: 2.
Código: MF0538_2.
Asociado a la UC: Organizar y realizar las operaciones de maniobra y carga del buque.
Duración: 120 horas.
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Describir los elementos mecánicos utilizados en operaciones de carga, descarga y en las maniobras del buque, teniendo en cuenta la máxima seguridad y eficacia.
CE1.1 Identificar y describir los equipos y elementos utilizados para el manejo de pesos y explicar su funcionamiento, teniendo en cuenta las normas de seguridad.
CE1.2 Reconocer y describir los equipos y elementos utilizados en las maniobras del buque, y explicar su funcionamiento.
CE1.3 En un supuesto práctico de funcionamiento de elementos mecánicos:
- Explicar los efectos combinados de la hélice y el timón durante las maniobras.
CE1.4 Describir los efectos de las estachas y el ancla para realizar las maniobras del buque.
C2: Ejecutar todo tipo de maniobras, teniendo en cuenta las condiciones del buque, el tiempo reinante y el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar, con el fin de garantizar su seguridad.
CE2.1 Interpretar el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar y el Sistema Internacional de Balizamiento (IALA), con el fin de garantizar la seguridad del buque.
CE2.2 Explicar cómo dar y tomar un remolque indicando los tipos de remolque en puerto o en la mar según criterios de maniobra y seguridad.
CE2.3 En un supuesto práctico de ejecución de maniobras del buque:
- Seleccionar y realizar la maniobra de atraque, desatraque, abarloado, fondeo y leva en función de las condiciones de mar, viento y corriente reinantes.
- Manejar y gobernar buques pesqueros con temporal, con aptitud para mantener la velocidad adecuada a las condiciones externas, especialmente con mar de popa y de través.
- Prestar auxilio a un buque o una aeronave en peligro, en función de condiciones externas e internas del buque auxiliado.
- Maniobrar con un buque de difícil manejo de modo que quede atravesado a la mar y disminuir el abatimiento.
CE2.4 En un supuesto práctico de ejecución de maniobras del buque mediante un simulador:
- Efectuar las maniobras para evitar abordajes con otros buques, y en dispositivos de separación de tráfico, cumpliendo el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar.
C3: Ejecutar las maniobras para la búsqueda y rescate de náufragos, considerando la normativa reguladora, las características del buque y las condiciones meteorológicas.
CE3.1 Identificar las normas y criterios que regulan las maniobras de búsqueda y rescate de náufragos para efectuar los salvamentos.
CE3.2 Explicar las maniobras de búsqueda y rescate de náufragos, significando las precauciones a tomar en función del estado de la mar.
CE3.3 Explicar los procedimientos de salvamento en caso de hombre al agua y de personas de un buque en peligro.
CE3.4 Relacionar el método de búsqueda y rescate con las características de la exploración, considerando la maniobra a realizar.
CE3.5 En un supuesto práctico de naufragio:
- Realizar la maniobra de búsqueda y efectuar el salvamento de náufragos en la mar.
C4: Programar y ejecutar operaciones de carga y descarga aplicando criterios de estabilidad y estiba según una interpretación de los planos del buque.
CE4.1 Identificar los elementos de consolidación y los espacios interiores, sobre un plano de disposición general del buque, indicando sus características.
CE4.2 Describir los elementos estructurales de consolidación longitudinal, transversal y vertical del buque.
CE4.3 En un supuesto práctico de operaciones de carga y descarga:
- Planificar la distribución de pesos a bordo para dejar el buque con reserva de flotabilidad y con los calados previstos.
CE4.4 Explicar los movimientos del centro de gravedad del buque como consecuencia de cargas, descargas y traslados de pesos.
CE4.5 Describir los efectos que sobre la estabilidad del buque, produce la inundación de un compartimento, el navegar con tanques parcialmente llenos y el agua embarcada en cubierta.
CE4.6 Evaluar los efectos que sobre la estabilidad del buque produce el suspender pesos sobre la cubierta.
CE4.7 Describir la importancia de la velocidad reducida para evitar los daños que puede causar la ola de proa o de popa.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:
C1 respecto a CE1.3; C2 respecto a CE2.3 y CE2.4; C3 respecto a CE3.5; C4 respecto a CE4.3.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización integrándose en el sistema de relaciones técnico-laborales.
Interpretar y ejecutar las instrucciones que recibe y responsabilizarse de la labor que desarrolla, comunicándose de forma eficaz con la persona adecuada en cada momento.
Organizar y ejecutar la actividad de acuerdo a las instrucciones recibidas, con criterios de calidad y seguridad, aplicando los procedimientos establecidos.
Habituarse al ritmo de trabajo cumpliendo los objetivos de rendimiento diario definidos en la organización.
Mostrar en todo momento una actitud de respeto hacia los compañeros, procedimientos y normas internas.
Contenidos:
1. Estructura del buque.
Dimensiones del buque.
Planos y líneas de referencia.
Elementos transversales, longitudinales y verticales de consolidación.
Centro de gravedad, centro de carena y metacentro.
Tipos de construcción.
Arqueo y francobordo.
Líneas de máxima carga.
2. Estiba y medios de carga y descarga.
Utillaje empleado en la estiba.
Carga y descarga de mercancías.
Transbordo de pescado en la mar a buques factoría o a otros buques.
3. Equipos de propulsión y gobierno.
Hélices y timones.
Efectos evolutivos de la hélice y el timón.
4. Equipos y elementos de fondeo y amarre.
Anclas: sus tipos.
Equipos de maniobra.
5. Normativa relativa a maniobra de buque.
Reglamento Internacional para prevenir abordajes en la mar.
Sistemas de Balizamiento Marítimo.
Código Internacional de Señales.
Disposiciones de «SEVIMAR».
6. Estabilidad transversal y longitudinal del buque.
Planos y curvas de estabilidad. Teorías y factores que afectan al asiento y la estabilidad.
Calados y asiento del buque.
Uso de las tablillas de estabilidad y asiento. Cálculos apriorísticos de las condiciones operacionales.
Pesos suspendidos: efectos negativos en la estabilidad.
Carenas líquidas.
Sincronismo.
Varada: precauciones al hacer varar a un buque en la playa, medidas a tomar antes y después de varar, puesta a flote de un buque varado, con y sin ayuda.
Integridad a la intemperie y estanqueidad.
Inundación.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal, diseño universal o diseño para todas las personas y protección medioambiental.
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la organización y realización de las operaciones de maniobra y carga del buque, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
MÓDULO FORMATIVO 3: NAVEGACIÓN Y COMUNICACIONES DEL BUQUE.
Nivel: 2.
Código: MF0539_2.
Asociado a la UC: Efectuar la navegación del buque.
Duración: 150 horas.
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Corregir las cartas y publicaciones náuticas, interpretando las informaciones recibidas a bordo con el fin de actualizarlas y navegar con seguridad.
CE1.1 Describir las publicaciones náuticas de interés para la navegación costera.
CE1.2 Explicar cómo se actualizan las cartas y publicaciones náuticas mediante la información recibida a bordo del buque.
CE1.3 En un supuesto práctico de navegación:
- Seleccionar las cartas y publicaciones náuticas utilizadas para realizar una travesía.
C2: Calcular la situación del buque a la vista de la costa o por medios electrónicos, planificando las derrotas sobre la carta náutica.
CE2.1 Definir el compás y determinar los errores que pueden influir en el rumbo a trazar.
CE2.2 Definir las líneas de posición utilizadas en la navegación costera con el fin de determinar la posición del buque.
CE2.3 Interpretar la información recibida en los equipos de navegación electrónica con el fin de conocer la situación del buque.
CE2.4 En un supuesto práctico de navegación:
- Calcular sobre la carta la situación del buque por marcaciones, demoras, enfilaciones, entre otros, mediante observaciones a puntos conocidos de la costa, a marcas, a balizas y/o a boyas.
- Trazar sobre la carta la derrota más conveniente a seguir por el buque, una vez identificados y valorados los peligros.
- Trazar la derrota del buque en aguas restringidas, con visibilidad reducida, por dispositivos de separación de tráfico y en zonas afectadas por mareas y corrientes.
- Calcular la situación del buque por estima en la carta, después de navegar un cierto tiempo, conociendo la posición de salida, el rumbo y la distancia navegada.
C3: Describir las medidas y precauciones a tener en cuenta durante la navegación, utilizando los medios del buque con el fin de prevenir accidentes.
CE3.1 Enumerar los medios del buque que pueden ser utilizados durante la navegación con el fin de evitar accidentes.
CE3.2 Explicar el proceso para determinar si hay riesgo de abordaje con los buques que naveguen en nuestras proximidades.
CE3.3 Expresar las condiciones en las que debemos efectuar la navegación cuando la visibilidad es reducida y/o cuando el buque se halla en aguas restringidas o en dispositivos de separación de tráfico.
CE3.4 Enumerar los principios fundamentales sobre realización de guardias de navegación según el STCW-F y STCW.
CE3.5 En un supuesto práctico de navegación:
- Calcular la posición del buque sobre la carta para comprobar que la derrota que seguimos se ajusta a la definida previamente.
C4: Explicar las operaciones de consumo y control de residuos para evitar la contaminación marina, aplicando los convenios nacionales e internacionales.
CE4.1 Describir las obligaciones derivadas de los convenios nacionales e internacionales (MARPOL) sobre descargas y vertidos al mar que afectan a nuestro buque.
CE4.2 Enumerar medidas de protección del medio marino en función de las operaciones y actividades del buque.
CE4.3 Identificar las acciones o elementos de la actividad pesquera que puedan provocar la contaminación marina y sus consecuencias legales.
C5: Analizar las informaciones meteorológicas obtenidas desde el buque o por medio de las estaciones costeras, con el fin de identificar el estado del tiempo y su posible evolución.
CE5.1 Distinguir y calcular los valores de las variables meteorológicas utilizadas a bordo con el fin de analizar el estado del tiempo.
CE5.2 Seleccionar medios de comunicación para recibir la información meteorológica e interpretar el estado del tiempo, teniendo en cuenta: los canales de radio desde donde se recibe, las horas a las que se emite, la selección del canal, el mantenimiento de la escucha para recibir la predicción meteorológica, manejo del NAVTEX y programación de las estaciones relativas a la zona de navegación concreta a fin de tomar las medidas a bordo de arranchando, aseguramiento de la carga, cambio de rumbo y/o velocidad.
CE5.3 En un supuesto práctico de navegación:
- Interpretar la información meteorológica recibida para realizar una predicción del tiempo.
- Calcular la altura de la marea en un momento y lugar determinados.
C6: Operar con el radar, interpretando su información con el fin de determinar la posición del buque y evitar abordajes y varadas.
CE6.1 Explicar el manejo de un equipo de radar identificando sus partes, funcionamiento y funciones considerando los movimientos relativos y absolutos, encendido y alcance, configuración de la ganancia, sintonía, brillo, estado de la mar, entre otros, para garantizar la visión de los blancos y la detección de deficiencias en la presentación de información, ecos falsos, ecos de mar, entre otros.
CE6.2 Identificar ecos críticos que pueden ser peligrosos para la navegación.
CE6.3 Calcular el rumbo y velocidad de otros buques detectando los cambios de rumbo y velocidad de los mismos.
CE6.4 Calcular el alcance y marcación, y el momento y distancia de máxima aproximación de un buque que cruza, que viene de vuelta encontrada o que alcanza.
CE6.5 Calcular los efectos de los cambios de rumbo y/o velocidad relativos al buque propio.
CE6.6 Utilizar un simulador radar para demostrar el conocimiento de sus fundamentos y aptitud para hacer funcionar y utilizar el mismo analizando la información obtenida con este equipo.
CE6.7 Utilizar una rosa de maniobra para demostrar el conocimiento de sus fundamentos y aptitud para hacer funcionar y utilizar el mismo analizando la información obtenida con este equipo.
CE6.8 En un supuesto práctico de navegación:
- Calcular con la información radar la situación del buque, tomando marcaciones y distancias a puntos conocidos de la costa.
C7: Operar con los equipos de comunicación, con el fin de recibir y establecer todo tipo de mensajes y comunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.