Decreto 3/2019, de 1 de abril, de la Presidenta de las Illes Balears, de convocatoria de elecciones a los Consejos Insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza

Rango Decreto
Publicación 2019-04-02
Estado Caducada
Texto Tal como se publicó
Comunidad Autónoma Illes Balears
Departamento Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos Sin indexar

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

Historial de reformas JSON API

El artículo 64 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears establece que cada uno de los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza está integrado por los consejeros elegidos en las respectivas circunscripciones, por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, mediante un sistema de representación proporcional, respetando el régimen electoral general.

Asimismo, el artículo 6 de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, Electoral de los Consejos Insulares, dispone que la convocatoria de elecciones a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza se realizará por decreto del presidente de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con las condiciones y los plazos establecidos en el artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG). La fecha de las elecciones insulares coincidirá en cualquier caso con la de las municipales.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 6, anteriormente mencionado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.b) de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, y el artículo 42.3 de la LOREG, decreto:

Primero.

Se convocan elecciones a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza, que se celebrarán el día 26 de mayo de 2019.

Segundo.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, Electoral de los Consejos Insulares, las circunscripciones electorales insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza elegirán, respectivamente, 33, 13 y 13 consejeros.

Tercero.

La campaña electoral tendrá una duración de quince días: empezará a las cero horas del día 10 de mayo de 2019 y finalizará a las veinticuatro horas del día 24 de mayo de 2019.

Cuarto.

Este decreto se publicará conjuntamente en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado», y entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Palma, 1 de abril de 2019.–La Presidenta, Francesca Lluch Armengol i Socias.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.