Orden APA/524/2019, de 26 de abril, por la que se publican las nuevas relaciones de zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos en el litoral español
Esta norma se deja sin efecto, desde el 18 de julio de 2021, por el apartado segundo de la Orden APA/771/2021, de 7 de julio. Ref. BOE-A-2021-11952#se
El Reglamento n.º (CE) 854/2004 prevé en su anexo II, capítulo II, A, apartados 1 y 2, que la autoridad competente debe determinar la ubicación y los límites de las zonas de producción y de reinstalación de moluscos bivalvos vivos y su clasificación en tres categorías de acuerdo con el grado de contaminación fecal. También se atenderá lo dispuesto en los apartados 3, 4 y 5 y su referencia a las normas sanitarias contempladas en el capítulo V de la sección VII del anexo III del Reglamento (CEE) n.º 853/2004.
Dentro de este marco normativo, las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, hacen públicas las relaciones de sus zonas de producción de moluscos bivalvos. Las relaciones de zonas de producción de moluscos y otros invertebrados vivos en el litoral español aprobadas por las comunidades autónomas se recogieron por primera vez en la Orden de 20 de diciembre de 1993, modificada sucesivamente en diversas ocasiones, siendo su última actualización la realizada por medio de la Orden APM/392/2017, de 21 de abril, por la que se publican las nuevas relaciones de zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos en el litoral español.
Desde la publicación de la última orden, determinadas comunidades autónomas han introducido diversas modificaciones, consistentes en la variación de algunos aspectos de las zonas de producción declaradas con anterioridad.
En consecuencia, y en virtud a la competencia de coordinación conferida al Estado en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, dispongo:
Primero. Zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos vivos en el litoral español.
Se hacen públicas, como anexo a la presente orden, las nuevas relaciones de zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos vivos en el litoral español, en el que se podrán recolectar moluscos bivalvos vivos, gasterópodos marinos, tunicados vivos y equinodermos vivos.
Segundo. Efectos.
La presente orden será eficaz desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 2019.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
ANEXO
Orden de 27 de abril de 2018, por la que se adaptan las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los controles oficiales de las mismas.
Tabla I.I Zonas de producción de moluscos bivalvos de Andalucía
Tabla II. Relación de vértices utilizados en la delimitación geográfica de las zonas de de producción de Andalucía
Tabla III. Relación de puntos de exclusión para las zonas de producción de Andalucía
Orden MED/6/2017, de 9 de marzo, por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos del litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la calidad de sus aguas («BOC» n.º 56 de 21 de marzo de 2017).
Orden MED/46/2017, de 17 de noviembre, por la que se modifica la Orden MED/6/2017, de 9 de marzo, por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos del litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la calidad de sus aguas («BOC» n.º 229 de 29 de noviembre de 2017).
Orden AAM/89/2011, de 17 de mayo, por la que se declaran zonas de producción de moluscos bivalvos y gasterópodos, equinodermos y tunicados en el litoral de Cataluña.
Resolución de 25 de mayo de 2016, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos en aguas de la Comunitat Valenciana.
Orden de 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 177 del 13 de septiembre de 2006).
Corrección de errores de la orden de 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 235 del 7 de diciembre de 2006).
Orden de 19 de julio de 2010 por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 2006, por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 143 del 28 de julio de 2010).
Orden del 14 de marzo de 2011 por la que se modifica la Orden del 8 de septiembre de 2006, por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOGA 60, viernes, 25 de marzo de 2011).
Orden del 6 de julio de 2011 por la que se modifica la Orden del 8 de septiembre de 2006, por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia da Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 136 del 15 de julio de 2011).
Orden del 28 de julio de 2011 por la que se modifica la del o de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 148 del 3 de agosto de 2011).
Orden del 23 de noviembre de 2011 por la que se modifica la Orden del 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOGA 227 del 28 de noviembre de 2011, Página 35.024).
Orden de 23 de noviembre de 2011 por la que se declaran y clasifican las zonas de reinstalación de moluscos bivalvos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOGA 227 del 28 de noviembre de 2011, Página 35.021).
Orden del 8 de marzo de 2012 por la que se modifica la Orden del 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 58 del 23 de marzo de 2012, Página 10.164).
Orden de 20 de julio de 2012 por la que se derroga la Orden de 28 de julio de 2011, por la que se declaran y clasifican las zonas de reinstalación de moluscos bivalvos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA147 del 2 de agosto de 2012).
Orden de 5 de octubre de 2012 por la que se modifica la Orden del 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOGA 194 del 10 de octubre de 2012)
Orden del 24 de abril de 2013 por la que se modifica la Orden del 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 83 de 30 de abril de 2013).
Orden de 24 de julio de 2015 por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 147 de 5 de agosto de 2015).
Orden de 28 de octubre de 2015 por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 220 de 18 de noviembre de 2015).
Orden de 24 de noviembre de 2016 por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 2006 por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOGA 243 del 22 de diciembre de 2016).
Equinodermos:
Polígonos de bateas:
Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 2 de julio de 2009, por la que se establecen las zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos en las Illes Balears.
Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino de día 28 de enero de 2014, de inclusión de una nueva especie de referencia en la zona de producción de moluscos bivalvos BAL1/02 Costa Este de Menorca (BOIB N.º 19 de 6 de febrero de 2014).
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino, de 20 de abril de 2016, de actualización de las especies que pueden ser objeto de marisqueo profesional en las zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos de las Illes Balears (BOIB N.º51 de 23 de abril de 2016).
Orden de 29 de mayo de 1998, por la que se establecen y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos en aguas interiores de la Región de Murcia.
Orden de 26 de septiembre de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se establece la clasificación de las zonas de producción de moluscos bivalvos del litoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco («BOPV» n.º 196, de 10 de octubre de 2018).
Resolución de 29 de abril de 2009, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se declaran y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos en aguas competencia del Principado de Asturias.
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