Acuerdo Técnico entre el Ministerio de Defensa del Reino de España y el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Lituania, relativo a la dotación de apoyo de la nación anfitriona a las Fuerzas Armadas Españolas visitantes para la Operación de Refuerzo de la Policía Aérea de los Estados Bálticos (BLOCK 47), hecho en Madrid y Kaunas el 25 de julio de 2018
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2019-01-30, BOE-A-2019-1103
(9) Operará la NEC CCIS según el procedimiento operativo de seguridad dado por la Nación Anfitriona.
(10) Permitirá al personal de seguridad designado por la Nación Anfitriona inspeccionar la NEC CCIS y manejar los materiales impresos.
APÉNDICE I-1
Distribución de las Líneas Directas
Resumen de las Líneas Directas:
1. Desde el CRC de Karmèlava a la Sala de Operaciones.
2. Desde el CRC de Karmèlava a la Sala de Operaciones.
3. Desde la WOC de Base a la Sala de Operaciones.
ANEXO J. Necesidades domésticas y administrativas
1. General. La Nación Anfitriona abonará la cantidad fija de 125.000 euros al mes durante todo el periodo para cubrir los gastos de subsistencia, conforme se estipula en el anexo G.
2. Alojamiento. La Nación Anfitriona ayudará a la Fuerza Visitante a encontrar el alojamiento hotelero adecuado. En caso de solicitarse, la Nación Anfitriona ayudará a la Fuerza Visitante a celebrar un contrato con las compañías hoteleras.
3. Servicios de comida y bebida:
a. A petición de la Fuerza Visitante, la Nación Anfitriona ayudará a la Fuerza Visitante a concluir contratos con las empresas civiles para proveer productos de clase I.
b. Se permitirá a la Fuerza Visitante establecer sus propias instalaciones de cocina y servicio (para aproximadamente 140 personas).
c. La Nación Anfitriona no dispone de instalación de servicio disponible en la Base Aérea ni en el CRC Combinado de Karmèlava.
d. La Nación Anfitriona proporcionará a la Fuerza Visitante agua potable sin coste alguno (3 litros por persona y día).
4. Administración y equipo. La Nación Anfitriona proporcionará una fotocopiadora y se ocupará de su mantenimiento. Se permitirá al personal destacado en el CRC Karmèlava utilizar las fotocopiadoras allí ubicadas.
Durante el cambio (de una Fuerza Visitante a otra), la infraestructura utilizada por la Fuerza Visitante saliente deberá entregarse a la Nación Anfitriona en las mismas condiciones en las que las recibió la Fuerza Visitante.
Todo el consumo de agua, electricidad, calefacción, aguas residuales, utilización y desperdicios de la Fuerza Visitante no tendrá ningún coste para la Fuerza Visitante.
La Nación Anfitriona proporcionará un (1) trabajador de la limpieza a diario, excepto los sábados y domingos, para la Zona QRA II, sin ningún coste. La Nación Anfitriona proporcionará limpiadores adicionales a petición de la Fuerza Visitante, que asumirá el pago.
Los contenedores sanitarios proporcionados por la Nación Anfitriona se limpiarán a diario.
5. Obras en las infraestructuras. La Nación Anfitriona realizará servicios de mantenimiento y obras menores en las infraestructuras en la zona y contenedores de la QRA II, en caso de solicitarse y sin coste alguno para la Fuerza Visitante. Entre estos se incluyen:
a. Tala y poda de árboles.
b. Zanjeado.
c. Limpieza periódica.
d. Limpieza de la nieve y deshielo.
La Fuerza Visitante está autorizada a instalar grupos de generadores para cubrir las necesidades de las operaciones en la QRA II.
6. Disposiciones varias. La Nación Anfitriona, en caso de solicitarse, prestará a la Fuerza Visitante la ayuda necesaria para concluir contratos con fuentes comerciales para utilizar instalaciones deportivas.
La Nación Anfitriona facilitará el uso de una sala de reuniones en el edificio del personal de la Base Aérea para conferencias de prensa o visitas VIP, sin coste alguno para la Fuerza Visitante.
Se permite a la Fuerza Visitante celebrar ceremonias religiosas en la Base Aérea de Šiauliai.
La Nación Anfitriona proporcionará intérpretes en lengua inglesa para traducir del lituano al inglés y viceversa y personal de enlace sin coste ninguno para la Fuerza Visitante.
ANEXO K. Financiación del petróleo, lubricantes y oxígeno líquido
Necesidades POL (Petróleo y Lubricantes)
1. General. La Nación Anfitriona proporcionará carburante mediante rembolso, de conformidad con los STANAG 3113 y 2034, para todas las aeronaves, vehículos y el Equipo de Apoyo en Tierra (GSE) operado por la Fuerza Visitante. Todos los documentos de expedición deberán incluir el nombre del código de operación, la fecha, el tipo de vehículo o equipo, el número de registro, el tipo de combustible y la cantidad expedida. Cada documento deberá mostrar además el nombre y apellido, rango o posición y la firma legible del personal autorizado que expide y recibe el combustible. Se entregarán copias de los documentos expedidos por la Nación Anfitriona a la Fuerza Visitante con carácter diario. Además, la Nación Anfitriona proporcionará a la Fuerza Visitante un informe de petróleo y lubricantes (POL) durante los días hábiles (de lunes a viernes), incluyendo una vista general acumulativa del petróleo y lubricantes expedidos. Se entregará al representante de la Fuerza Visitante un certificado de calidad con cada entrega de carburante Jet A-1 (en la entrega del carburante desde la fábrica, uno por cada camión).
2. La Nación Anfitriona proporcionará a la Fuerza Visitante el contacto de proveedores civiles para:
a. Combustible de aviación: El carburante JP-8 deberá cumplir el estándar mínimo identificado en los STANAG 3149 y 3747 de la OTAN.
(1) Necesidades diarias de:
| Aeronaves de transporte aéreo. | Mediante solicitud. |
| Aeronaves de combate. | Un máximo de 40 m³ de carburante JP-8 estará disponible entre las 8:00 y las 17:00 horas de lunes a viernes Un máximo de 20 m3 de carburante JP-8 estará disponible entre las 8:00 y las 15:00 horas de sábado a domingo. Un máximo de 20 m3 de carburante JP-8 estará disponible 24 horas al día previa solicitud con tres horas de antelación. |
(2) La Nación Anfitriona proporcionará carburante JP-8 a la Fuerza Visitante y garantizará el equipo necesario con medidores calibrados para llenar los camiones cisterna. En caso de alta demanda, la Fuerza Visitante podrá proporcionar sus propios camiones cisterna para rellenarlos, aunque será la Nación Anfitriona la que provea normalmente los camiones cisterna para el repostaje de las aeronaves. La Fuerza Visitante proporcionará sus propios camiones cisterna para las extracciones de depósito.
(3) La Nación Anfitriona será responsable del enriquecimiento del combustible siguiendo las normas necesarias.
b. LOX y nitrógeno:
(1) La Nación Anfitriona proporcionará gases de oxígeno y nitrógeno a la Fuerza Visitante mediante un sistema de rembolso.
(2) La Fuerza Visitante proporcionará su propio equipo para repostar las instalaciones de las aeronaves con oxígeno, nitrógeno y aire comprimido.
c. Carburante para vehículos de tierra. A solicitud de la Fuerza Visitante, la Nación Anfitriona entregará carburante entre las 8:00 y las 17:00 horas de lunes a viernes como sigue:
(1) Gasóleo (F54): La Nación Anfitriona proporcionará y entregará 2,5 m³ al día para equipamiento técnico directamente a los vehículos y GSE.
(2) MOGAS (F50): Sin plomo, 95 octanos; 0,2 m³ al día disponible en la gasolinera de la base.
d. Aceites y fluidos hidráulicos:
(1) A solicitud de la Fuerza Visitante, y según disponibilidad en la base, la Nación Anfitriona proporcionará aceites y lubricantes a la Fuerza Visitante mediante rembolso. La Nación Anfitriona proporcionará una lista de aceites y fluidos hidráulicos disponibles en la Base Aérea de Šiauliai AB, identificados con los símbolos de la OTAN, IAW STANAG 1135.
e. Equipo:
(1) La Fuerza Visitante proporcionará su propia capacidad de repostaje.
(2) A solicitud de la Fuerza Visitante, y según disponibilidad en la base, la Nación Anfitriona proporcionará mangueras, empalmes, racores, conectores, etc.
3. Protección medioambiental y desecho de residuos óleos:
a. Protección medioambiental: La Fuerza Visitante dispondrá de equipamiento de primera intervención para luchar contra la contaminación terrestre como consecuencia de un incidente en la zona de almacenamiento de los tanques de combustible.
b. Desecho de residuos óleos:
La Fuerza Visitante dispondrá de equipo de almacenamiento para residuos del petróleo.
La Nación Anfitriona permitirá el acceso a la zona de almacenamiento de residuos de petróleo de la Base Aérea de Šiauliai y estará a cargo del procesamiento o eliminación de dichos productos.
ANEXO L. Extinción de incendios
1. General. Los servicios contra incendios, accidentes, de rescate y médicos, tanto en como fuera de la base los facilitará la Nación Anfitriona en cooperación con la Fuerza Visitante (CAT 7 en cumplimiento del STANAG 3712). La Nación Anfitriona instalará extintores de incendios en la zona de estacionamiento de aeronaves, instalaciones de mantenimiento y demás ubicaciones que emplee la Fuerza Visitante.
2. Nación Anfitriona:
a. Los servicios contra incendios deberán poder reaccionar, en principio, en un plazo de 2 (dos) minutos, no superior a 3 (tres) minutos, 24 horas (durante las operaciones de vuelo) en las pistas y en toda la zona de operaciones en condiciones óptimas de visibilidad. Se entiende por tiempo de reacción el transcurrido desde la alarma inicial hasta que el primer vehículo de intervención consiga un mínimo de un 50 % de eficiencia de los recursos contra incendios con arreglo a las normas CAT 6 ICAO. Transcurridos otros 4-5, la Nación Anfitriona podrá reaccionar con arreglo a las normas CAT 7 ICAO.
b. La Nación Anfitriona proporcionará recursos contra incendios 24/7 y de actuación inmediata. El resto de vehículos que se requieran con arreglo a las normas CAT 7 ICAO deberá poder llegar al lugar del accidente en un tiempo de 2-3 minutos desde la llegada del primer vehículo de emergencia.
c. Además, los servicios contra incendios proporcionarán al menos un vehículo de emergencia en espera en caso de operaciones sensibles conforme perciba la Fuerza Visitante (p. ej. durante el repostaje, o al comprobar motores).
d. La Nación Anfitriona proporcionará una capacidad contra incendios inicial local para la Zona QRA II y la zona de mantenimiento «Norte». La Nación Anfitriona proporcionará un seguimiento especializado de las capacidades contra incendios.
e. El departamento de lucha contra incendios local ofrecerá una reunión informativa al equipo de la Fuerza Visitante de extinción de incendios sobre los procedimientos y normativa locales.
f. La Nación Anfitriona proporcionará los planes detallados de protección contra incendio y operativa de rescate a la Fuerza Visitante.
g. La Nación Anfitriona proporcionará los siguientes extintores de incendios:
(1) 6 ea x 25 kg (de polvo).
(2) 5 ea x 12 kg (de polvo).
(3) 9 ea x 6 kg (de polvo).
(4) 8 ea x 4 kg (de polvo).
(5) 3 ea x 5 kg (CO2).
3. Fuerza Visitante:
a. La Fuerza Visitante no facilitará capacidades contra incendios sino un equipo especializado en procedimientos de rescate que estará integrado en y coordinado con el servicio local de extinción de incendios. Este personal especializado llevará a cabo las tareas de los equipos de rescate españoles, y se activará durante las operaciones de vuelo españolas. El equipo de rescate español estará situado en la Zona QRA II, aunque durante los aterrizajes, despegues o emergencias se desplegará en la ubicación que resulte más idónea a fin de reducir su tiempo de reacción.
b. La Fuerza Visitante facilitará planes de evacuación para la Zona QRA II.
c. En caso de accidentes o emergencias que afecten al personal, los vehículos o las aeronaves españolas, el equipo de rescate español servirá integrado con el servicio de extinción de incendios de la Nación Anfitriona que dirigirá las intervenciones conforme a la información y el asesoramiento que ofrezca el personal especializado español. Con el fin de poder ofrecer el tiempo de reacción mínimo y la máxima eficiencia, todos los equipos participantes mantendrán reuniones de coordinación y ejercicios de entrenamiento conjuntos según lo estimen conveniente.
4. Gestión de las emergencias:
a. La gestión de accidentes corresponderá a los equipos contra incendios, servicios de emergencia, servicios ante accidentes, SAR y servicios médicos de la Nación Anfitriona. Dichos accidentes atañen a la zona de la Nación Anfitriona íntegramente. La Nación Anfitriona, en estrecha colaboración con el Comandante de la Fuerza Visitante, dispondrá acuerdos similares con Letonia y Estonia.
b. En caso de accidentes en la Zona QRA II, la Fuerza Visitante comenzará las acciones iniciales de extinción de incendios e informará a la Nación Anfitriona. A su llegada, la Nación Anfitriona ejercerá el mando in situ (On Scene Command) (OSC).
c. Una vez concluida la extinción del incendio y la operación de rescate del piloto, se cederá el control de emergencia al Jefe de Mantenimiento de la Fuerza Visitante, que asumirá en ese momento la función de OSC.
d. De solicitarlo la Fuerza Visitante, la Nación Anfitriona podrá auxiliar en caso de tener lugar otros accidentes relacionados con incendios.
e. La Fuerza Visitante será responsable de la entrega del equipo específico de accidentes y rescate que se emplea en operaciones de accidente y rescate de EF-2000.
ANEXO M. Apoyo médico
1. General. El presente anexo incluye el acuerdo relativo al apoyo médico entre la Nación Anfitriona y la Fuerza Visitante durante todo el periodo de operación y se le ofrecerá a todo el personal de la Fuerza Visitante. Los estándares y calidad del apoyo médico de la Nación Anfitriona deberán adecuarse a la normativa de la UE y la OTAN.
2. Apoyo médico:
a. La Fuerza Visitante proporcionará apoyo médico ROLE 1, incluida cirugía en vuelo y medicina aeroespacial, con su propio equipo y suministros médicos en la Zona QRA II (prestando primeros auxilios inmediatos al personal de la Fuerza Visitante en Šiauliai).
b. La Nación Anfitriona proporcionará instalaciones aptas para exámenes médicos en la Zona QRA II (que consistirán en un doble contenedor separado con control del acceso, instalaciones de almacenamiento para el equipo médico y los medicamentos, bancos para exámenes médicos y un despacho de oficina) para el uso del personal sanitario de la Fuerza Visitante.
c. La Nación Anfitriona proporcionará acceso a ROLE 1 MTF y asistencia médica de urgencia al personal de la Fuerza Visitante en el CRC de Karmèlava.
d. El cirujano en vuelo de la Nación Anfitriona estará disponible físicamente en el centro médico de emergencia de la base aérea de Šiauliai de lunes a jueves entre 8:00 y 17:00, viernes entre 8:00 y 16:00, y 24/7 por teléfono móvil.
e. La Nación Anfitriona enviará una ambulancia y un equipo de actuación contra accidentes formado por 1 (un) paramédico y 1 (un) auxiliar de médico militar (enfermero) que prestarán apoyo inmediato y atenciones sanitarias 24/7.
f. De solicitarlo la Fuerza Visitante, la Nación Anfitriona facilitará apoyo general práctico y cuidados médicos posteriores, incluida la atención odontológica de emergencia, pruebas de laboratorio, suministro de O2 médica y la medicación necesaria.
g. Servicios de Búsqueda y Rescate (SAR) con un equipo médico en caso necesario.
h. Al menos una estación de radio y una línea telefónica fija para alertar a los recursos de apoyo médico de conformidad con el presente anexo.
i. Ducha de emergencia para la descontaminación de personal expuestos a sustancias químicas peligrosas. La instalación deberá disponer de acceso directo desde el exterior al objeto de minimizar el riesgo de contaminación a otras habitaciones o edificios.
3. Hospitalización. Disponibilidad y ubicación de los hospitales: Niveles de atención médica: Role 2, 3, y 4 disponibles en los hospitales de Šiauliai, Kaunas y Vilna, con número de camas suficiente, y de todas las especialidades médicas, de conformidad con la normativa de la UE, con un método de rembolso. El tiempo estimado de llegada al hospital de Šiauliai es de 20 minutos. El tiempo estimado hasta el hospital de Kaunas desde el CRC de Karmėlava combinado es de 20 minutos. Los miembros del personal de la Fuerza Visitante están obligados a disponer de Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), con arreglo a normativa de la UE, que autoriza a obtener servicios médicos.
4. Situaciones de emergencia (MASCAL):
a. En caso de emergencia, incluido el de situación de bajas masivas, la Nación Anfitriona proporcionará todos los servicios y medios necesarios para afrontarlo, de conformidad con los planes ante emergencias en el ámbito local.
b. La Nación Anfitriona permitirá a la Fuerza Visitante hacer uso de los servicios médicos a niveles superiores en los hospitales de Šiauliai, Kaunas y Vilna.
c. Se facilitarán los servicios de emergencia de Role 2 y 3 con arreglo a lo previsto en la normativa de la UE.
5. Disposiciones de evacuación médica (MEDEVAC):
a. De solicitarlo la Fuerza Visitante, la Nación Anfitriona proporcionará servicio de ambulancia para MEDEVAC desde las instalaciones de la Fuerza Visitante hasta el hospital local.
b. El MEDEVAC estratégico será responsabilidad de la Fuerza Visitante. En caso de así requerírsele, la Nación Anfitriona tomará todas las medidas necesarias para permitir a las aeronaves de MEDEVAC de la Fuerza Visitante aterrizar en el aeropuerto más cercano y adecuado de la Nación Anfitriona para proceder a la evacuación del personal de la Fuerza Visitante.
6. Cuestiones financieras:
a. Todo el personal de la Fuerza Visitante deberá llevar una Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) que autorice la cobertura de los servicios médicos.
b. El uso de instalaciones odontológicas civiles y de recursos de laboratorio clínico civiles será rembolsable por la Fuerza Visitante.
c. El uso de instalaciones odontológicas civiles y de recursos de laboratorio clínico civiles será gratuito en casos graves.
7. Equipo y suministros médicos. La Fuerza Visitante proporcionará su propio equipo y suministros médicos. Será responsabilidad de la Fuerza Visitante proporcionar los equipos médicos dentro de la Zona QRA II. La Nación Anfitriona proporcionará suministros y equipo en caso necesario, con rembolso posterior.
8. Residuos médicos. Corresponderá a la Nación Anfitriona la gestión de los residuos médicos con arreglo a la normativa internacional, y sin coste para la Fuerza Visitante.
ANEXO N. Aduanas
1. Capacidad de la Nación Anfitriona. El Oficial de Enlace (LO) de Aduanas de la Nación Anfitriona proporcionará el despacho de aduanas en caso necesario.
2. General. La Nación Anfitriona autorizará el despliegue del equipo y los suministros que sean necesarios para uso tanto militar como personal, con arreglo a lo previsto en el SOFA OTAN.
3. Documentación:
a. La Nación Anfitriona solicitará copias de los manifiestos de personal y carga, declaraciones de bienes tanto generales como peligrosos y órdenes de desplazamiento, a modo de prueba para las autoridades aduaneras lituanas.
b. La Fuerza Visitante cumplimentará las órdenes de desplazamiento individuales o colectivas, y el formulario de aduanas 302 de importación de bienes exentos de impuestos, armas y munición (1 copia para cada funcionario de aduanas).
c. El POC para el procedimiento de devolución de impuestos será el Director del Departamento Financiero y Presupuestario del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Lituania.
4. Notificación. La Fuerza Visitante deberá, si se solicita, poder informar a la Nación Anfitriona acerca de lo siguiente:
a. Tipos, cantidad y Cantidad Explosivo Neto (NEQ) de las armas/munición.
b. Tipos y números de registro de los vehículos.
c. Tipos y números de serie de las armas.
d. Tipos y números de registro (si procede) de los artículos del equipo técnico más importantes.
ANEXO O. Protección de la fuerza y defensa terrestre
1. General. La Protección de la Fuerza abarca la capacidad de las fuerzas militares de defenderse y protegerse en entornos de guerra tanto convencionales como CBRN. La Protección de la Fuerza abarca las disciplinas de defensa activa, defensa pasiva y recuperación. La Nación Anfitriona y la Fuerza Visitante deberán ser capaces conjuntamente de defenderse y protegerse frente a dichas amenazas durante toda la operación en su conjunto.
La Fuerza Visitante mantendrá reuniones diarias de cooperación FP con la Nación Anfitriona.
2. Mando y Control (C2) de la Protección de la Fuerza. La Nación Anfitriona proporcionará el C2 de la protección de la fuerza en general para la coordinación de todos los activos desplegados de la Protección de la Fuerza. La coordinación de todas las cuestiones relativas a la Protección de la Fuerza con la Nación Anfitriona corresponderá al FP LO de la Fuerza Visitante.
El Comandante de la Fuerza Visitante deberá poder instalar cualquier medio físico, técnico o humano (instalar vallas, o alambre de espino, sistemas de vigilancia SP TAOR CCTV interiores, QRF interior…) con el fin de aplicar las medidas de seguridad necesarias en el interior de la zona táctica española de responsabilidad, la Zona QRA II en tanto no se incumplan las normas de seguridad en vuelo.
El Comandante de la Fuerza Visitante se reserva el derecho de limitar el acceso a zonas específicas dentro de la Zona QRA II en caso necesario por razones de seguridad.
3. Defensa activa. La Nación Anfitriona:
a. Garantizará la seguridad y la defensa activa del personal, las aeronaves y todo el material de la Fuerza Visitante en la Zona QRA II, así como la torre ATC y la zona de mantenimiento y del CRC Combinado de Karmèlava, incluido el control del acceso a estas zonas.
b. Facilitará un equipo de intervención (de 2 (dos) soldados y un vehículo con chófer) de reacción ante incidentes con periodo de actuación de hasta 10 minutos de desplazamiento previo aviso.
c. Ofrecerá actualizaciones rutinarias sobre la situación de amenazas locales al FP LO de la Fuerza Visitante. La Nación Anfitriona ofrecerá de forma inmediata a la Fuerza Visitante una reunión informativa en relación con los cambios más importantes que tengan lugar en cuanto a la situación de amenazas locales.
d. Facilitará mapas de la base y su zona adyacente (1:50000).
e. La base podrá suministrar un resumen del plan de defensa local si lo solicita la Fuerza Visitante solicitud, aunque no un documento completo (en lengua inglesa).
f. Facilitará la iluminación de la zona de estacionamiento de las aeronaves durante horas nocturnas.
g. Dispondrá al menos un (1) guardia armado 24/7 en la pista para aeronaves de la Zona QRA II si se da la necesidad de aumentar la seguridad.
h. Facilitará un Puesto de Control de Entrada (ECP) a la Zona QRA II con dotación de 1(un) soldado.
i. Facilitará un sistema de supervisión de la Zona QRA II mediante 1 (una) cámara exterior y una patrulla de seguridad 2 (dos) veces al día (1 (una) durante el día, 1 (una) por las noches).
j. Facilitará, si se da la necesidad de aumentar la seguridad, una QRF compuesta por una guardia adicional en el interior de la Zona QRA II (2 soldados con un coche).
k. Ofrecerá cooperación con la policía militar local y el oficial de seguridad.
l. En caso necesario facilitará tarjetas de identificación militares.
4. Defensa pasiva. La capacidad de defensa CBRN de la Nación Anfitriona no se incluye en la organización estándar NATO CBRN. No será aplicable en principio a la región ningún supuesto de amenaza específica de CBRN, por lo que la Fuerza Visitante, siempre y cuando el nivel de amenaza no varíe, no precisará asistencia de la Nación Anfitriona en este sentido.
5. Apoyo en materia de EOD. La Nación Anfitriona podrá facilitar sin coste a la Fuerza Visitante una capacidad de Desactivación de Artefactos Explosivos (EOD):
a. Desactivación de artefactos explosivos improvisados (IED) (casos de emergencia).
b. Apoyo en desactivación de materiales explosivos.
c. Desactivación de munición por fallo técnico.
d. Demolición de munición debida a la falta de capacidad de transporte.
La Fuerza Visitante deberá ser capaz, en caso de solicitarse, de informar a la unidad de EOD de la Nación Anfitriona acerca de los siguiente:
a. Tipos de munición o posible tipo de fallo técnico.
b. Ofrecer procedimientos seguros para cierto tipo de munición o de material explosivo.
6. Seguridad:
a. El personal de la Fuerza Visitante se identificará mediante una tarjeta de identificación militar, o pasaporte.
b. A su llegada, la Fuerza Visitante entregará una lista completa de su personal (que incluirá apellidos, nombre y rango), número de identificación, número de pasaporte) a la oficina de seguridad local de la Nación Anfitriona y al Departamento de Segunda Investigación del Ministerio de Defensa Nacional.
c. A su llegada, la Fuerza Visitante entregará una lista completa de su personal que vaya a trabajar en la Zona QRA II (que incluirá apellidos, nombre y rango y copia del documento de autorización de acceso) a la oficina de seguridad local de la Nación Anfitriona.
d. A su llegada, la Fuerza Visitante entregará una lista completa de su personal autorizado a acompañar a visitantes a la Zona QRA II desde el emplazamiento de la Fuerza Visitante (que incluirá apellidos, nombre y rango) a la oficina de seguridad local de la Nación Anfitriona.
e. Los contratistas locales que visiten la Zona QRA II estarán autorizados únicamente a acceder a la zona QR si disponen de una acreditación como visitantes junto con un permiso de la Fuerza Visitante y una identificación válida.
f. Los fallos de seguridad en la zona de la Fuerza Visitante los investigará y gestionará la Nación Anfitriona en cooperación con un CI/SEC LO de la Fuerza Visitante o un FP LO y la Policía Militar de la Fuerza Visitante.
g. La Nación Anfitriona elaborará, de acuerdo con lo previsto en el AD 70-1, una lista de autorizaciones para el personal de la Nación Anfitriona que necesite acceder a la parte de la Fuerza Visitante de la Zona QRA II.
h. Todos aquellos documentos clasificados que se reciban del NEC CCIS de la Nación Anfitriona o de la Nación Anfitriona deberán serles devueltos a esta antes de que concluya la misión.
ANEXO P. Gráfico de la base aérea de Šiauliai
* * *
El presente Acuerdo Administrativo entró en vigor el 25 de julio de 2018, fecha de su firma según se establece en punto catorce.
Madrid, 8 de enero de 2018.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.
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