Resolución de 31 de enero de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.
Primero.
Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:
A) CIGARROS Y CIGARRITOS
| PVP ‒ Euros/Unidad | |
|---|---|
| MONTECRISTO | MONTECRISTO |
| Linea 1935 Dumas (20). | 14,60 |
| Linea 1935 Leyenda (20). | 19,80 |
| Linea 1935 Maltes (20). | 18,75 |
| PERDOMO | PERDOMO |
| Factory Tour Connecticut 5x52 (24). | 9,00 |
| Factory Tour Maduro 5x52 (24). | 9,00 |
| Factory Tour SunGrown 5x52 (24). | 9,00 |
Segundo.
La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de enero de 2020.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.S. (Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre), el Vicepresidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.