Orden APA/1250/2020, de 18 de diciembre, por la que se fija para el año 2021 la renta de referencia
Téngase en cuenta que la presente Orden se dicta para el año 2021, por lo que ha agotado su vigencia.
La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, en su disposición final sexta, establece que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se realizará periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de esta Ley. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística.
En su virtud, dispongo que la renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2021 en la cuantía de 30.622,23 euros.
La presente orden tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2021.
Madrid, 18 de diciembre de 2020.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.