Ley Foral 11/2020, de 22 de abril, por la que se concede un crédito extraordinario por importe de 409.637 euros en la partida de nueva creación 900003-91600-4300-231500 "Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa"
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se concede un crédito extraordinario por importe de 409.637 euros en la partida de nueva creación 900003-91600-4300-231500 «Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa».
PREÁMBULO
El Departamento de Derechos Sociales solicita la creación, en el presupuesto de gastos de 2020, de la partida 900003-91600-4300-231500 «Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa» por importe de 409.637 euros.
La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 párrafo primero que cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista el crédito, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario. Asimismo, en su párrafo segundo dispone que el crédito extraordinario pueda financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto.
Artículo 1. Concesión de crédito extraordinario.
Se concede un crédito por importe de 409.637 euros en el ejercicio 2020 para compensar a la Fundación por el gasto incurrido en los meses de enero y febrero de 2020.
Este crédito se aplicará a la partida presupuestaria 900003-91600-4300-231500 «Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa» por importe de 409.637 euros.
Artículo 2. Financiación del crédito extraordinario.
La financiación de este crédito extraordinario y por el citado importe de 409.637 euros se realizará con cargo al crédito disponible en la partida del vigente presupuesto de gastos 900003-91600-2279-231500 «Encargo a Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa».
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 22 de abril de 2020.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 85, de 24 de abril de 2020)
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