Real Decreto 524/2020, de 19 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Cultura y Deporte y sus organismos públicos a diversas entidades e instituciones culturales
Téngase en cuenta que la vigencia de este Real Decreto ha quedado agotada por haberse cumplido su finalidad.
El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta del Ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.
El Ministerio de Cultura y Deporte, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución Española, es el órgano de la Administración General del Estado encargado de la planificación, el diseño, la ejecución y el seguimiento de la política cultural del Gobierno, que tiene entre sus objetivos, conforme al artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, la promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria y de los libros y bibliotecas estatales, la promoción y difusión de la cultura en español, así como el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
Para ello, desde las distintas áreas de gestión del Departamento, en cooperación con otras administraciones y entidades públicas y privadas se desarrollan múltiples actuaciones, entre las cuales destacan la promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas, la promoción del sector del libro y del sector bibliotecario, el fomento de la actividad cultural mediante acciones directas o a través de instituciones culturales de todo tipo, el fortalecimiento de las diversas industrias culturales, la consolidación de los sistemas nacionales de archivos y de museos, o la protección del patrimonio histórico en sus diversas modalidades.
Concretamente y siguiendo lo dispuesto en el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, en relación con el artículo 14 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, les corresponde a los centros directivos que se indican a continuación, desarrollar las siguientes funciones:
A la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura la promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas, la promoción del libro mediante la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales y el estudio y propuesta de actuaciones en relación con la industria editorial y del libro en general y la coordinación y promoción de la cooperación bibliotecaria.
A la Dirección General de Bellas Artes le corresponde el desarrollo de las funciones de cooperación con otras administraciones y entidades públicas y privadas en materia de archivos y de museos, la elaboración de planes para la conservación y restauración de los bienes inmuebles del patrimonio histórico, directamente o en colaboración con otras entidades públicas o privadas para el desarrollo de dichos planes.
Por su parte, el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte al que se le atribuye, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la consecución de los siguientes fines: la promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones, la proyección exterior de estas actividades y la comunicación cultural entre las comunidades autónomas en las materias propias del Organismo, de acuerdo con ellas. Para el cumplimiento de sus fines, el INAEM está facultado para realizar acciones de fomento y difusión, en particular mediante premios, ayudas y subvenciones.
En su virtud, el INAEM contribuye a la financiación de las actuaciones desarrolladas por una pluralidad de instituciones y entidades culturales en el ámbito de las artes escénicas y musicales mediante la concesión de subvenciones nominativas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las actividades que llevan a cabo tales instituciones, dentro de las que se cuentan administraciones públicas, organizaciones internacionales y entidades sin fines de lucro, abarcan un amplio espectro de modalidades de impulso y fomento de las artes escénicas y musicales, incluyendo festivales, temporadas líricas, circuitos, acciones formativas y otros proyectos que coadyuvan a potenciar la cultura española, tanto en el territorio nacional como en el exterior.
Por último, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (en adelante, ICAA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte al que se le atribuye, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la consecución de distintos fines como desarrollar la creación, incrementar la producción y favorecer la distribución de producciones cinematográficas españolas, la proyección exterior de estas actividades, la salvaguarda y difusión del patrimonio cinematográfico español y la comunicación cultural entre las comunidades autónomas en las materias propias del organismo, de acuerdo con ellas. Para el cumplimiento de sus fines, el ICAA está facultado para realizar acciones de fomento y difusión, en particular mediante premios, ayudas y subvenciones.
De esta manera, el ICAA contribuye a la financiación de las actuaciones desarrolladas por una pluralidad de instituciones y entidades culturales en el ámbito de la cinematografía mediante la concesión de subvenciones nominativas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las actividades que llevan a cabo tales instituciones, dentro de las que se cuentan organismos públicos y entidades sin fines de lucro, abarcan un amplio espectro de modalidades de impulso y fomento de la cinematografía, incluyendo festivales y otros proyectos que coadyuvan a potenciar la cultura española tanto en el territorio nacional como en el exterior.
Por otro lado, la actual situación derivada de la pandemia del COVID-19 ha cambiado el paradigma de acción de los poderes públicos reorientando sus actuaciones en el ámbito económico, social o humanitario. Esta excepcionalidad ha supuesto que, en el ámbito de la cultura y como consecuencia de la emergencia sanitaria, se hayan adoptado medidas como la dispuesta en el artículo 10 de Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, mediante la que se decretó la suspensión de la apertura al público de museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollasen espectáculos públicos o de ocio. Como resultado, se ha producido una intensa merma de los ingresos, un aumento de los costes, una pérdida de patrocinadores cuando no, una paralización de la actividad que ha aumentado la vulnerabilidad de un sector que adolece de una fragilidad estructural. Estas circunstancias, entre otras, motivaron la aprobación del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
En esta situación, el Ministerio de Cultura y Deporte considera necesario, en aras del interés público y social, promover y apoyar la realización de determinadas actuaciones culturales ejecutadas bien directamente por otras instituciones, de carácter público o privado, no integradas en la estructura administrativa del Departamento; bien por entidades de otras administraciones públicas, asociaciones o fundaciones, que forman parte fundamental del tejido institucional que permite la extensión sobre el territorio de nuestra política cultural. Ello de conformidad con el artículo 44 de la Constitución Española, que establece la obligación de los poderes públicos de garantizar el acceso de todos ciudadanos a la cultura y el deber de promover la cultura como derecho inalienable de todos los españoles.
Estas actuaciones presentan un interés público y social, en los términos previstos en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tal y como se expone a continuación, y tal y como fue avalado anteriormente mediante el Real Decreto 659/2019, de 18 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para la promoción de las artes escénicas y musicales en el año 2019; el Real Decreto 673/2019, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para la realización de actividades relacionadas con la cinematografía en el año 2019; el Real Decreto 678/2019, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a diversas instituciones museísticas públicas para la ejecución de sus respectivos proyectos; el Real Decreto 675/2019, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando para el desarrollo de sus actividades museísticas; el Real Decreto 674/2019, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones para la promoción internacional del sector del libro y el desarrollo del sector bibliotecario; o el Real Decreto 677/2019, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a diversas instituciones museísticas privadas para la ejecución de sus respectivos proyectos.
En el presente real decreto se conceden subvenciones, pues, en el ámbito competencial de la Direccion General del Libro y el Fomento de la Lectura, a la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE), a la Asociación de Archiveros, Bibliotecarios, Arqueólogos, Museólogos y Documentalistas (ANABAD), a la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID), y a la Sociedad Española de Documentación e Información Científica (SEDIC).
La FGEE promueve y da a conocer la producción editorial española en el exterior mediante la participación en las principales ferias y eventos internacionales del sector. De entre todas ellas cabe destacar la imprescindible presencia de la FGEE, por razones de interés público, en las próximas dos ediciones de la Feria del Libro de Fráncfort hasta la consecución de la participación de España en 2021 como País Invitado de Honor. Dicho status permite dar a conocer la cultura del país invitado en todas sus vertientes, si bien con un especial protagonismo de la industria editorial autóctona. Se facilita la comercialización de derechos de las obras de escritores españoles, y se difunden a nivel internacional las letras españolas. La condición de España como País Invitado de Honor en 2021 va a acompañada de un gran proyecto de actividades, promovido por la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura del Ministerio de Cultura y Deporte, que tendrán lugar durante las próximas dos ediciones con el objetivo de seguir ganando visibilidad y haciendo la imagen del país cada vez más presente en esta Feria, que es la feria del libro más importante de nuestro entorno. Por otra parte, la FGEE es la promotora de LIBER, la principal feria profesional de carácter internacional que se celebra en España en torno al sector del libro. La continuada presencia de las principales empresas editoras y el importante programa de actividades y encuentros de carácter profesional ha consolidado esta Feria como la primera muestra dedicada al libro en lengua española y como principal centro de negocio e intercambio profesional del sector del libro en nuestro país.
Para llevar a cabo la consecución de estas y otras actividades de internalización la FGEE precisa una subvención directa que facilite la participación de los editores, como elemento clave del sector del libro, en las principales ferias y eventos internacionales y la utilización de recursos para la difusión internacional y venta de derechos en el exterior.
ANABAD agrupa a cuantos se ocupan profesionalmente de los archivos, las bibliotecas, los museos, los centros de documentación e información, parques arqueológicos y centros de interpretación o bien tienen un interés profesional por estas instituciones. ANABAD tiene por misión fundamental promover el desarrollo profesional de sus asociados y el de los servicios a ellos encomendados y dedica los beneficios eventualmente obtenidos al desarrollo de sus actividades. La actividad de ANABAD ha destacado principalmente en todo aquello relacionado con el estudio y análisis de las necesidades del sector, a las que cada año les dan máxima difusión mediante la publicación de tres boletines. Por ello se considera de interés público dar continuidad a sus actividades de estudio y análisis de las necesidades del sector.
FESABID es una entidad de derecho privado, sin ánimo de lucro, fundada en 1988 con el fin de reunir a las asociaciones profesionales más relevantes del sector. La Federación constituye un lugar de encuentro de los profesionales españoles representados por sus respectivas asociaciones, a fin de intercambiar conocimientos y experiencias y realizar juntos proyectos de interés común.
FESABID realiza una importante labor para dar visibilidad a la profesión en el ámbito nacional mediante la organización de actividades de formación y encuentros entre los profesionales del sector, en permanente colaboración con las administraciones públicas. Además, dirige de forma destacada la presencia de los intereses de la profesión en la esfera internacional, mediante su participación en los órganos de gobierno y grupos de trabajo de diversas asociaciones europeas e internacionales.
Así, para llevar a cabo la consecución de todas estas actividades y en pos del interés público, FESABID precisa una subvención directa que continúe promoviendo la visibilidad de los profesionales del sector así como la representación de sus intereses en el ámbito tanto nacional como internacional.
Por último, SEDIC es una asociación de documentalistas, bibliotecarios y gestores de la información, sin ánimo de lucro. Entre sus fines principales se encuentran las de fomentar la colaboración entre los especialistas en gestión de la información y documentación y las instituciones encuadradas en este campo, contribuir a crear las mejores condiciones posibles para que los profesionales puedan ejercer sus actividades, promover la imagen de los profesionales que trabajan en las áreas de actividad en las que actúa la asociación y su perfeccionamiento profesional, contribuir al conocimiento, aplicación y desarrollo de las actividades de información y documentación y fomentar la colaboración con otras asociaciones profesionales.
Estos objetivos se materializan mediante la organización de jornadas profesionales, la formación continua para bibliotecarios, documentalistas, archiveros y gestores de información, el desarrollo de seminarios y talleres o la concesión de premios a la calidad e innovación.
De esta manera y dada su labor fundamental, se concede una subvención directa para dar continuidad a su actividad de fomento de la colaboración entre los especialistas en gestión de la información y documentación y otras instituciones y asociaciones profesionales que trabajan en este ámbito.
En consecuencia, se entiende que concurren razones de interés público, de carácter cultural, para que el Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, participe directamente en las actividades de promoción exterior del libro y las letras llevadas a cabo por la FGEE así como en las actividades de promoción y desarrollo del sector bibliotecario que llevan a cabo por ANABAD, FESABID y SEDIC. Asimismo, no cabe aplicar el principio de concurrencia en el otorgamiento porque se trata de subvenciones que tratan de financiar actuaciones concretas que no pueden ser realizadas por entidades diferentes. Se garantiza así la continuidad de la representación española en los principales eventos internacionales vinculados al sector del libro. De la misma manera se justifica la adjudicación directa de estas subvenciones para permitir la continuidad de las actividades de promoción y desarrollo del sector bibliotecario que realizan ANABAD, FESABID y SEDIC en el marco de su misión, que se materializan entre otros aspectos, en la representación de los intereses de la profesión en el ámbito nacional e internacional, la realización de estudios y análisis de las necesidades del sector, la organización de actividades de formación y encuentros entre los profesionales del sector, y el fomento de la colaboración entre los especialistas en gestión de la información y documentación y las instituciones encuadradas en este campo.
Adicionalmente, hay que señalar que no procede aplicar el sistema de convocatoria pública ya que en la naturaleza de las entidades beneficiarias concurre un carácter asociativo y representativo del sector bibliotecario que no concurre en otras entidades. Las actividades concretas objeto de subvención solo pueden ser realizadas por ANABAD, FESABID y SEDIC que son las que ejercen la representación de los profesionales del sector.
En el ámbito competencial de las Bellas Artes, el Ministerio se propone seguir colaborando con las entidades, y por las razones que se indican a continuación, y que justifican la concesión directa de las subvenciones:
La Fundación Casa de Medina Sidonia es una institución de naturaleza privada, sin ánimo de lucro. Su archivo está considerado uno de los archivos privados de carácter nobiliario más importantes de Europa y su consulta es imprescindible para abordar cualquier trabajo de investigación relativo a los reinos que integraron la Monarquía Hispánica durante la Baja Edad Media y el Antiguo Régimen, las relaciones con Portugal y el control y las actividades pesqueras en el estrecho de Gibraltar y las relaciones con los territorios norteafricanos que forman parte en la actualidad del Reino de Marruecos. Sus fondos documentales tienen un valor excepcional desde el punto de vista histórico, filológico, paleográfico, diplomático y archivístico.
El Ministerio considera de interés público mantener los proyectos de conservación y difusión del patrimonio documental y artístico que albergan las dependencias de su archivo histórico, asegurando la necesaria cobertura presupuestaria para garantizar su continuidad.
Por su parte, la Fundación Marco (Museo de Arte Contemporáneo de Vigo), constituye la propuesta más vanguardista de la ciudad. Inaugurado en 2002 en un singular edificio panóptico, nació con el objetivo de conservar, investigar y exhibir obras de arte, estando entre sus prioridades la producción, formación, comunicación y difusión de la cultura contemporánea. Alguna de sus exposiciones ha sido señalada como la mejor realizada en España en la década que va a terminar.
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