Resolución de 15 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se modifican las direcciones electrónicas de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Rango Resolución
Publicación 2020-07-18
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de enero de 2020, crea el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y suprime el Ministerio de Fomento. En consecuencia, resulta necesario modificar las direcciones electrónicas correspondientes a la sede electrónica y al portal de dicho Ministerio en internet.

La Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo, por la que se crea la sede electrónica del Ministerio de Fomento, dictada en aplicación del artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos prevé, en su disposición final primera, que la modificación de las direcciones electrónicas que figuran en la misma se llevarán a cabo mediante resolución de la Subsecretaría del Departamento, publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En uso de la habilitación otorgada por la disposición final primera de la Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo, esta Subsecretaría resuelve:

Primero. Modificar las direcciones electrónicas de referencia de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en internet.

Las direcciones electrónicas de referencia de la sede electrónica y del portal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en internet, quedan fijadas como sigue:

a)

La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica será: https://sede.mitma.gob.es

b)

La dirección electrónica de referencia del portal será: https://www.mitma.gob.es

Segundo. Efectos.

La presente resolución iniciará sus efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previo anuncio en la propia sede electrónica con 48 horas de antelación.

Madrid, 15 de julio de 2020.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana, Jesús M. Gómez García.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

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