Resolución de 28 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se aprueba el formato del documento registral M4R, del Registro Central de Personal
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento del Registro Central de Personal, aprobado por el Real Decreto 2073/1999, de 30 de diciembre, corresponde al Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública la aprobación de los formatos normalizados de los documentos registrales utilizados por el Registro Central de Personal.
Las universidades públicas que inscriben en el citado registro a su personal laboral en virtud de lo establecido en el artículo 5.3 del mencionado Reglamento del Registro Central de Personal, han expresado la necesidad de contar con un documento de inscripción del personal docente y/o investigador laboral que no exija la firma del trabajador, similar al documento M3R ya existente para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Por consiguiente, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero.
Aprobar el formato del documento registral M4R, recogido en el anexo de la presente resolución.
Segundo.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de julio de 2020.–El Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, P. D. (Orden TFP/296/2019, de 12 de marzo), la Directora General de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés.
ANEXO
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