Real Decreto 426/2021, de 15 de junio, por el que se modifican el Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, y el Real Decreto 1180/2018, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea; para actualizar la aproximación en pistas paralelas y las separaciones mínimas en las salidas y llegadas de los vuelos en los aeropuertos
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
ii) M, MEDIA, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de menos de 136.000 kg (300.000 lb), pero de más de 7.000 kg;
iii) L, LIGERA, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de 7.000 kg o menos.»
Cinco. En el anexo V, apartado 1.1.2., Cambios de nivel, notificaciones y régimen de variación de altitud, la letra a), pasa a tener la siguiente redacción:
| a) SUBA (o DESCIENDA); | a) CLIMB (or DESCEND); |
| seguido, si es necesario, de: | followed as necessary by: |
| 1) PARA (nivel); | 1) TO (level); |
| … instrucciones de que comience el ascenso (o descenso) hasta un determinado nivel dentro de la gama vertical especificada de niveles. | … instrucciones de que comience el ascenso (o descenso) hasta un determinado nivel dentro de la gama vertical especificada de niveles. |
| 2) Y MANTENGA BLOQUE DE NIVELES ENTRE (nivel) Y (nivel); | 2) TO AND MAINTAIN BLOCK (level) TO (level); |
| 3) PARA ALCANZAR (nivel) A (o ANTES DE) LAS (hora) (o EN punto significativo); | 3) TO REACH (level) AT (or BY) (time or significant point); |
| 4) NOTIFIQUE ABANDONANDO (o ALCANZANDO o PASANDO POR) (nivel); | 4) REPORT LEAVING (or REACHING or PASSING) (level); |
| 5) A (número) PIES POR MINUTO (o METROS POR SEGUNDO) [O SUPERIOR (o O INFERIOR)]; | 5) AT (number) METRES PER SECOND (or FEET PER MINUTE) [OR GREATER (or OR LESS)]; |
Seis. En el anexo V, apartado 1.4.8, Procedimientos de rodaje, las letras a) a d), ambas inclusive, quedan redactadas como sigue:
| «... para la salida: | «... para la salida: |
| *a) [(tipo de aeronave)] [(categoría de estela turbulenta si es «súper» o «pesada»)] [(emplazamiento de la aeronave)] SOLICITO RODAJE [(intenciones)]; | *a) [(aircraft type)] [(wake turbulence category if «super» or «heavy»)] [(aircraft location)] REQUEST TAXI [(intentions)]; |
| *b) [(tipo de aeronave] [(categoría de estela turbulenta si es «súper» o «pesada»)] [(emplazamiento de la aeronave)] (reglas de vuelo) A (aeródromo de destino) SOLICITO RODAJE [(intenciones)]; | *b) [(aircraft type)] [(wake turbulence category if «super» or «heavy»)] [(aircraft location)] (flight rules) TO (aerodrome of destination) REQUEST TAXI [(intentions)]; |
| c) RUEDE A PUNTO DE ESPERA [(número)] [PISTA (número)] [MANTENGA FUERA (o MANTENGA CORTO) DE PISTA (número) (o CRUCE PISTA (número))] [HORA (hora)]; | c) TAXI TO HOLDING POINT [(number)] [RUNWAY (number)] [HOLD SHORT OF RUNWAY (number) (or CROSS RUNWAY (number))] [TIME (time)]; |
| ... cuando se necesitan instrucciones detalladas para el rodaje. | ... cuando se necesitan instrucciones detalladas para el rodaje. |
| *d) [(tipo de aeronave] [(categoría de estela turbulenta si es «súper» o «pesada»)] SOLICITO INSTRUCCIONES DE RODAJE DETALLADAS; | *d) [(aircraft type)] [(wake turbulence category if «super» or «heavy»)] REQUEST DETAILED TAXI INSTRUCTIONS;» |
Siete. En el anexo V, el apartado 1.4.9, Mantener (en tierra), queda modificado como sigue:
«1.4.9 Mantener (en tierra).
| ‡a) MANTENGA (dirección) DE (posición, número de la pista, etc.); | ‡a) HOLD (direction) OF (position, rumway number, etc.); |
| ‡b) MANTENGA POSICIÓN; | ‡b) HOLD POSITION; |
| ‡c) MANTENGA (distancia) DE posición); | ‡c) HOLD (distance) FROM (position); |
| ... para esperar no más cerca de una pista de lo indicado en 4.5.6.4.1.6.1: | |
| ‡d) MANTENGA FUERA (o MANTENGA CORTO) DE (posición); | ‡d) HOLD SHORT OF (position); |
| *e) MANTENIENDO; | *e) HOLDING; |
| *f) MANTENGO FUERA (o MANTENGO CORTO) | *f) HOLDING SHORT. |
| ‡ Requiere acuse de recibo concreto por parte del piloto. | ‡ Requires specific acknowledgement from the pilot. |
| * Indica transmisión del piloto. Las palabras de procedimiento RECIBIDO y COMPRENDIDO representan un acuse de recibo insuficiente a las instrucciones MANTENGA, MANTENGA POSICIÓN y MANTENGA FUERA (o MANTENGA CORTO) DE (posición). En cada caso, el acuse de recibo consistirá en las frases MANTENGO o MANTENGO FUERA (o MANTENGO CORTO), según corresponda. | * Denotes pilot transmission. The procedure words ROGER and WILCO are insufficient acknowledgement of the instructions HOLD, HOLD POSITION and HOLD SHORT OF (position). In each case the acknowledgement shall be by the phraseology HOLDING or HOLDING SHORT, as appropriate.» |
Ocho. En el anexo V, apartado 1.4.11, Preparación para el despegue, la letra q) pasa a tener la siguiente redacción:
| «q) ALINEE (o ENTRE) Y MANTENGA EN PISTA (número), INTERSECCIÓN (nombre de la intersección), (información de tránsito esencial); | q) LINE UP AND WAIT RUNWAY (number), INTERSECTION (name of intersection), (essential traffic information);» |
Nueve. En el anexo V, la nota del apartado 2.1.5, maniobras, queda redactada como a continuación se indica:
| «Nota: Cuando sea necesario especificar un motivo para la guía vectorial radar (o vectores) o para las maniobras mencionadas se utilizará la fraseología siguiente: a) TRÁNSITO PREVISTO; b) PARA SEPARACIÓN; c) PARA SECUENCIA CON TRÁNSITO (POSICIÓN) d) PARA TRAMO A FAVOR DEL VIENTO (o BÁSICO o FINAL). e) PARA PRIMER (o ÚLTIMO) TERCIO DE TRAMO A FAVOR DEL VIENTO PISTA (número). | Note: When it is necessary to specify a reason for radar vectoring or for the maneuvers mentioned the next phraseology should be used: a) DUE TRAFFIC; b) FOR TRAFFIC SEPARATION; c) FOR TRAFFIC SEQUENCE; d) FOR DOWNWIND (BASE, or FINAL). e) FOR FIRST (or LAST) THIRD DOWNWIND LEG RUNWAY (number).» |
Disposición adicional única. Medios personales y materiales.
Las medidas incorporadas en este real decreto no suponen incremento de las asignaciones presupuestarias, ni de dotaciones o retribuciones u otros gastos de personal.
Disposición final primera. Actualización de referencias.
Las referencias del Reglamento de Circulación Aérea al Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea, deben entenderse realizadas al Real Decreto 1180/2018, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifican el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea; el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y el Reglamento de certificación y verificación de aeropuertos y otros aeródromos de uso público; el Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo; y el Reglamento de la Circulación Aérea Operativa, aprobado por Real Decreto 601/2016, de 2 de diciembre.
Disposición final segunda. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 148.1.20.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencias exclusivas en materia de control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 15 de junio de 2021.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,
CARMEN CALVO POYATO
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