Orden EFP/81/2021, de 28 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar

Rango Orden
Publicación 2021-02-04
Última actualización 2024-07-01
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Departamento Ministerio de Educación y Formación Profesional
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2024-07-01, Orden EFD/659/2024, de 25 de junio, por la que se determina el currículo y se regulan det…

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El Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar y se fijan los aspectos básicos del currículo, actúa de conformidad con el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que define en el artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional y de los cursos de especialización, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social e implanta el mencionado título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que las administraciones educativas desarrollarán el currículo de los títulos de formación profesional, a partir del currículo básico y en las condiciones establecidas en su artículo 6.4. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso y según lo establecido por las administraciones educativas, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía tal como se recoge en el capítulo II del título V de la citada ley.

De conformidad con lo anterior y una vez que el Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre, ha fijado el perfil profesional del título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar, los aspectos básicos del currículo y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que aseguran una formación común y garantizan la validez de los títulos en todo el territorio nacional, procede ahora determinar, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, la ampliación y contextualización de los contenidos de los módulos profesionales incluidos en el título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar, respetando el perfil profesional del mismo.

Las necesidades de un mercado de trabajo integrado en la Unión Europea requieren que las enseñanzas de formación profesional presten especial atención a los idiomas de los países miembros, incorporándolos en su oferta formativa. En este sentido, este ciclo formativo incorpora en el currículo formación en lengua inglesa, dando respuesta a lo dispuesto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

Asimismo, el currículo de este ciclo formativo se establece desde el respeto a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros que impartan formación profesional, impulsando estos el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación, investigación e innovación en su ámbito docente y las actuaciones que favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.

Por otra parte, los centros de formación profesional desarrollarán el currículo establecido en esta orden, teniendo en cuenta las características del alumnado, con especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad.

Finalmente, cabe precisar que el currículo de este ciclo formativo integra los aspectos científicos, tecnológicos y organizativos de las enseñanzas establecidas para lograr que el alumnado adquiera una visión global de los procesos productivos propios del perfil profesional del Técnico Superior en Termalismo y bienestar.

Asimismo, cabe mencionar que esta orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de formación profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación entre las administraciones educativas, así como con los agentes sociales y las empresas privadas; no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.

En el proceso de elaboración de esta orden ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.

Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I. Dis

posiciones generales

Artículo 1. Objeto.

Esta orden tiene por objeto determinar el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar, a partir del currículo básico establecido en el Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El currículo establecido en esta orden será de aplicación en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

CAPÍTULO II. Currículo

Artículo 3. Currículo.

1. El currículo para las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo correspondiente al título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar, establecido en el Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre, queda determinado en los términos fijados en esta orden.

2. El perfil profesional del currículo, que viene expresado por la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, y las cualificaciones y las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, será el incluido en el título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar, referido en el apartado anterior.

3. Los objetivos generales del currículo del ciclo formativo, los objetivos de los módulos profesionales expresados en términos de resultados de aprendizaje y sus criterios de evaluación serán los incluidos en el título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar, referido en el apartado 1 de este artículo.

4. Los contenidos de los módulos profesionales que conforman este currículo, adaptados a la realidad socioeconómica, así como a las perspectivas de desarrollo económico y social del entorno, serán los establecidos en el anexo I de esta orden.

Artículo 4. Adaptación al entorno socio-productivo.

1. El currículo del ciclo formativo regulado en esta orden se implantará teniendo en cuenta la realidad socioeconómica y las características geográficas socio-productivas y laborales propias del entorno de implantación del título.

2. Los centros de formación profesional dispondrán de la necesaria autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica para el desarrollo de las enseñanzas y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional.

3. Los centros autorizados para impartir este ciclo formativo concretarán y desarrollarán las medidas organizativas y curriculares que resulten más adecuadas a las características de su alumnado y de su entorno productivo, de manera flexible y en uso de su autonomía pedagógica, en el marco general del proyecto educativo, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

4. El currículo del ciclo formativo regulado en esta orden se desarrollará en las programaciones didácticas o desarrollo curricular, potenciando o creando la cultura de prevención de riesgos laborales en los espacios donde se impartan los diferentes módulos profesionales, así como promoviendo una cultura de respeto ambiental, la excelencia en el trabajo, el cumplimiento de normas de calidad, la creatividad, la innovación, la igualdad de géneros y el respeto a la igualdad de oportunidades, el «diseño para todas las personas» y la accesibilidad universal, especialmente en relación con las personas con discapacidad.

Artículo 5. Adaptación al entorno educativo.

1. Los centros de formación profesional gestionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional desarrollarán el currículo establecido en esta orden, teniendo en cuenta las características del alumnado y del entorno, atendiendo especialmente a las personas con discapacidad, en condiciones de accesibilidad y con los recursos de apoyo necesarios para garantizar que este alumnado pueda cursar estas enseñanzas en las mismas condiciones que el resto.

2. Asimismo, las enseñanzas de este ciclo se impartirán con una metodología flexible y abierta, basada en el autoaprendizaje y adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales del alumnado, de forma que permitan la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades.

Artículo 6. Duración y secuenciación de los módulos profesionales.

1. La duración total de las enseñanzas correspondientes a este ciclo formativo, incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, es de 2000 horas.

2. Los módulos profesionales de este ciclo formativo, cuando se oferten en régimen presencial, se organizarán en dos cursos académicos y se ajustarán a la secuenciación y distribución horaria semanal determinadas en el anexo II de esta orden.

3. El primer curso académico se desarrollará íntegramente en el centro educativo. Para poder cursar el segundo curso, será necesario haber superado los módulos profesionales que supongan en su conjunto, al menos, el ochenta por ciento de las horas del primer curso.

4. Se garantizará el derecho de matriculación de quienes hayan superado algún módulo profesional en otra comunidad autónoma en los términos establecidos en el artículo 48.3 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

5. Con carácter general, durante el tercer trimestre del segundo curso, y una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo, se desarrollará el módulo profesional de Formación en centros de trabajo.

6. Excepcionalmente, y con el fin de facilitar la adaptación del número de personas matriculadas a la disponibilidad de puestos formativos en las empresas, aproximadamente la mitad del alumnado de segundo curso podrá desarrollar dicho módulo profesional de Formación en centros de trabajo durante el segundo trimestre del segundo curso, siempre y cuando hayan superado positivamente todos los módulos profesionales del primer curso académico.

7. Sin perjuicio de lo anterior y como consecuencia de la temporalidad de ciertas actividades económicas que puede impedir que el desarrollo del módulo profesional de Formación en centros de trabajo pueda ajustarse a los supuestos anteriores, este se podrá organizar en otros periodos coincidentes con el desarrollo de la actividad económica propia del perfil profesional del título.

8. En cualquier caso, la evaluación del módulo profesional de Formación en centros de trabajo quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo.

Artículo 7. Módulo profesional de proyecto.

1. El módulo profesional de proyecto tiene un carácter interdisciplinar e incorpora las variables tecnológicas y organizativas relacionadas con los aspectos esenciales de la competencia profesional del título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar.

2. Con carácter general este módulo será impartido por el profesorado que ejerce la tutoría de formación en centros de trabajo.

3. El módulo profesional de proyecto se desarrollará durante el último periodo del ciclo formativo, compaginando la tutoría individual y la colectiva, de forma que, al menos, el 50 % de la duración total se lleve a cabo de forma presencial y se complete con la tutoría a distancia en la que se emplearán las tecnologías de la información y la comunicación.

4. En todo caso y antes del inicio del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, el profesorado responsable deberá anticipar las actividades de enseñanza y aprendizaje que faciliten el desarrollo del módulo profesional de Proyecto.

5. La evaluación de este módulo profesional quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo, incluido el de Formación en centros de trabajo.

Artículo 8. Enseñanza bilingüe.

1. El currículo de este ciclo formativo incorpora la lengua inglesa de forma integrada al menos en dos módulos profesionales de entre los que componen la totalidad del ciclo formativo. Estos módulos se impartirán por el profesorado con atribución docente en los mismos y que, además, posea la habilitación lingüística correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.

2. Al objeto de garantizar que la enseñanza bilingüe se imparta en los dos cursos académicos del ciclo formativo de forma continuada, se elegirán módulos profesionales de ambos cursos.

3. Los módulos susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa son los señalados el anexo III.

4. Como consecuencia de la mayor complejidad que supone la transmisión y recepción de enseñanzas en una lengua diferente a la materna, los módulos profesionales impartidos en lengua inglesa incrementarán su carga horaria lectiva, en tres horas semanales para el conjunto de los módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso. Además, el profesorado que imparta dichos módulos profesionales tendrá asignadas, en su horario individual, al menos tres horas semanales para su preparación. Estas horas tendrán el mismo carácter que las horas lectivas.

5. Con carácter excepcional, y para quienes lo soliciten, en el caso de alumnos o de alumnas con discapacidad que puedan presentar dificultades en su expresión oral (parálisis cerebral, sordera…) se establecerán medidas de flexibilización y/o alternativas en el requisito de impartición de módulos en lengua inglesa, de forma que puedan cursar todas las enseñanzas de los módulos profesionales en lengua castellana. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

CAPÍTULO III. Profesorado, espacios y equipamie

ntos

Artículo 9. Titulaciones y acreditación de requisitos del profesorado.

1. Las especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas establecidas para el título referido en el artículo 1 de esta orden, así como las titulaciones equivalentes a efectos de docencia, son las recogidas respectivamente en los anexos III-A) y III-B) del Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre.

2. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el anexo III-C) del Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre.

3. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales, expresados en resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos, y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

La certificación de la experiencia laboral deberá ser justificada en los términos del artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

4. Con objeto de garantizar el cumplimiento del artículo 12.3 del Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre, para la impartición de los módulos profesionales que lo conforman, se deberá acreditar que se cumple con todos los requisitos establecidos en el citado artículo, aportando la siguiente documentación:

a)

Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido, de conformidad a las titulaciones incluidas en el anexo III-C) del Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre citado.

b)

Al objeto de justificar que las enseñanzas conducentes a la titulación aportada engloban los objetivos de los módulos profesionales que se pretende impartir:

1.º Certificación académica personal de los estudios realizados, original o fotocopia compulsada, expedida por un centro oficial, en la que consten las enseñanzas cursadas detallando las asignaturas y las calificaciones.

2.º Programas de los estudios aportados y cursados por la persona interesada, original o fotocopia compulsada de los mismos, sellados por la propia Universidad o Centro docente oficial o autorizado correspondiente.

Cuando las enseñanzas conducentes a las titulaciones incluidas en el anexo III-C), citado en el apartado a), no engloben los objetivos del módulo profesional que se desea impartir, además de la titulación se aportarán los documentos indicados en el apartado c).

c)

Al objeto de justificar mediante la experiencia laboral que, al menos durante tres años, ha desarrollado su actividad en el sector vinculado a la familia profesional, su duración se acreditará mediante la Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, al que se le añadirá:

1.º Certificación de la empresa u organismo empleador en la que conste específicamente la actividad desarrollada por la persona interesada o contrato de trabajo. Esta actividad ha de estar relacionada implícitamente con los resultados de aprendizaje del módulo profesional que se pretende impartir.

2.º En el caso de quienes trabajan por cuenta propia, declaración de la persona interesada de las actividades más representativas relacionadas con los resultados de aprendizaje.

Artículo 10. Espacios y equipamientos.

Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros de formación profesional, para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza, son los establecidos en el anexo IV de esta orden y deberán cumplir lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 699/2019, de 29 de noviembre, así como la normativa sobre igualdad de oportunidades, «diseño para todas las personas» y accesibilidad universal, prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el puesto de trabajo.

CAPÍTULO IV. Otras ofertas y modalidad de est

as enseñanzas

Artículo 11. Oferta a distancia.

1. Los módulos profesionales ofertados a distancia, cuando por sus características lo requieran, asegurarán al alumnado la consecución de todos los objetivos expresados en resultados de aprendizaje, mediante actividades presenciales.

2. Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas a los centros que estén autorizados para impartir este ciclo formativo en régimen presencial, para la puesta en marcha y funcionamiento de la oferta del mismo a distancia.

3. Los centros autorizados para impartir enseñanzas de formación profesional a distancia contarán con materiales curriculares adecuados que se adaptarán a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Artículo 12. Oferta combinada.

Con el objeto de responder a las necesidades e intereses personales y dar la posibilidad de compatibilizar la formación con la actividad laboral, con otras actividades o situaciones, la oferta de estas enseñanzas para las personas adultas y jóvenes en circunstancias especiales podrá ser combinada entre regímenes de enseñanza presencial y a distancia simultáneamente, siempre y cuando no se cursen los mismos módulos en las dos modalidades al mismo tiempo.

A tal efecto, se considerarán circunstancias especiales aquellas a las que se refieren los artículos 3.9 y 67.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, u otras que determine la administración educativa en el ámbito de sus competencias.

Artículo 13. Oferta para personas adultas.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales podrán ser objeto de una oferta modular destinada a las personas adultas.

2. Esta formación se desarrollará con una metodología abierta y flexible, adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales que les permita la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, cumpliendo lo previsto en el capítulo I del título IV del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio. Además, dicha formación será capitalizable para conseguir un título de formación profesional, para cuya obtención será necesario acreditar los requisitos de acceso establecidos.

3. Con el fin de conciliar el aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación podrán establecer medidas específicas para cumplir lo dispuesto en el artículo 41 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, y posibilitar una oferta presencial y a distancia de forma simultánea.

4. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Secretaría General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional podrá autorizar a las Direcciones Provinciales, y a las Consejerías de Educación la impartición, en los centros de su competencia, de módulos profesionales organizados en unidades formativas de menor duración. En este caso, cada resultado de aprendizaje, con sus criterios de evaluación y su correspondiente bloque de contenidos, será la unidad mínima e indivisible de partición.

Disposición adicional primera. Autorización para impartir estas enseñanzas.

Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación tramitarán ante la Secretaría General de Formación Profesional la autorización para poder impartir las enseñanzas de este ciclo formativo, de forma completa o parcial, en régimen presencial y a distancia, de los centros que lo soliciten y cumplan los requisitos exigidos conforme a la legislación vigente.

Disposición adicional segunda. Habilitación lingüística del profesorado de enseñanza bilingüe.

El profesorado que vaya a impartir docencia en lengua inglesa deberá estar en posesión, antes de la fecha de inicio de cada curso académico, de la habilitación lingüística correspondiente, a cuyo efecto el Ministerio de Educación y Formación Profesional llevará a cabo un procedimiento de habilitación antes del comienzo de cada curso.

Disposición adicional tercera. Formación del profesorado de enseñanza bilingüe.

Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación programarán cursos y actividades de formación en lengua inglesa destinados a todo el profesorado de formación profesional que vaya a impartir docencia en módulos profesionales susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa, quienes tendrán la obligación de asistir a los mismos hasta que consigan la habilitación requerida. Estas medidas serán aplicables, al menos, hasta el año 2025.

La formación que se oferte será de tres tipos:

a)

Formación intensiva, mediante un curso realizado, preferentemente en la modalidad presencial, durante el mes de septiembre.

b)

Formación de larga duración a lo largo del año escolar, mediante un curso que combine la forma presencial y en línea, que se realizará fuera del horario de obligada permanencia en el centro formativo. Durante el periodo de realización del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, este curso se intensificará y se realizará, en lo posible, dentro del horario de obligada permanencia en el centro.

c)

Formación en país anglófono, mediante cursos, que a ser posible incluirán visitas culturales y a instituciones y asistencia a conferencias, y que se realizará al final del curso una vez finalizadas las actividades escolares en los centros formativos.

Disposición transitoria única. Profesorado de enseñanza bilingüe no habilitado.

Con carácter excepcional y de forma transitoria hasta el año 2025, cuando el profesorado con atribución docente no cuente con el nivel de inglés exigido en estos módulos profesionales, compartirá un total de tres horas semanales para el conjunto de los módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso con un profesor o una profesora de la especialidad de inglés. En este supuesto, la programación de dichos módulos incluirá, al menos, una unidad de trabajo o didáctica que se desarrollará exclusivamente en lengua inglesa y el resto de unidades didácticas incorporarán actividades de enseñanza aprendizaje, impartidas exclusivamente en inglés en ese tiempo asignado.

Disposición final primera. Aplicación de la orden.

Se autoriza a la persona titular de la Secretaría General de Formación Profesional, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar las instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de enero de 2021.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María Isabel Celaá Diéguez.

ANEXO I. Módulos Profesionales

1. Módulo Profesional: Inglés.

Código: 0179.

Contenidos:

a)

Análisis de mensajes orales:

– Obtención de información global y específica de conferencias y discursos sobre temas concretos y con cierta abstracción.

– Estrategias para comprender e inferir significados no explícitos: ideas principales.

– Claves contextuales en textos orales sobre temas diversos o para comprobar la comprensión.

– Comprensión global de un mensaje, sin necesidad de entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

– Comprensión de mensajes profesionales y cotidianos: Mensajes directos, telefónicos, radiofónicos, grabados.

– Terminología específica de la actividad profesional. Ideas principales y secundarias.

– Identificación del propósito comunicativo de los elementos del discurso oral.

– Recursos gramaticales: tiempos verbales, preposiciones, locuciones, expresión de la condición y duda, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos preposicionales, verbos modales y otros.

– Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, sugerencias, argumentaciones, instrucciones, acuerdos y desacuerdos, hipótesis y especulaciones, opiniones y consejos, persuasión y advertencia.

– Diferentes acentos de lengua oral. Identificación de registros con mayor o menor grado de formalidad en función de la intención comunicativa y del contexto de comunicación.

– Utilización de estrategias para comprender e inferir significados por el contexto de palabras, expresiones desconocidas e información implícita en textos orales sobre temas profesionales.

b)

Interpretación de mensajes escritos:

– Predicción de información a partir de elementos textuales y no textuales en textos escritos sobre temas diversos.

– Recursos digitales, informáticos y bibliográficos, para solucionar problemas de comprensión o para buscar información, ideas y opiniones necesarias para la realización de una tarea.

– Comprensión de mensajes, textos, artículos básicos profesionales y cotidianos: Soportes telemáticos: fax, e-mail, burofax.

– Terminología específica de la actividad profesional.

– Análisis de los errores más frecuentes. Sinónimos y antónimos, adjetivos descriptivos. Idea principal e ideas secundarias.

– Identificación del propósito comunicativo de los elementos textuales y de la forma de organizar la información, distinguiendo las partes del texto.

– Recursos gramaticales: tiempos verbales, preposiciones, verbos, preposicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos modales, verbos seguidos de infinitivo o formas en «-ing», usos de las formas en «-ing» después de ciertos verbos, preposiciones y con función de sujeto, participios en «-ing» o en «-ed» y otros.

– Relaciones lógicas: oposición, concesión, comparación, condición, causa, finalidad y resultado.

– Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad y simultaneidad.

– Comprensión de sentidos implícitos, posturas o puntos de vista en artículos e informes referidos a temas profesionales concretos o de actualidad.

– Estrategias de lectura según el género textual, el contexto de comunicación y la finalidad que se persiga.

c)

Producción de mensajes orales:

– Mensajes orales:

○ Registros utilizados en la emisión de mensajes orales según el grado de formalidad.

○ Terminología específica de la actividad profesional.

○ Expresiones de uso frecuente e idiomático en el ámbito profesional.

○ Fórmulas básicas de interacción socio-profesional en el ámbito internacional.

○ Recursos gramaticales: tiempos verbales, preposiciones, verbos preposicionales, locuciones, expresión de la condición y duda, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos modales y otros.

○ Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, sugerencias, argumentaciones, instrucciones, acuerdos y desacuerdos, hipótesis y especulaciones, opiniones y consejos, persuasión y advertencia.

○ Fonética. Sonidos y fonemas vocálicos y sus combinaciones, y sonidos y fonemas consonánticos y sus agrupaciones.

○ Marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía y diferencias de registro.

– Mantenimiento y seguimiento del discurso oral:

○ Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y de su ámbito profesional.

○ Participación. Opiniones personales. Intercambio de información de interés personal.

○ Recursos utilizados en la planificación del mensaje oral para facilitar la comunicación. Secuenciación. Uso de circunloquios y paráfrasis para suplir carencias lingüísticas y mecanismos para dar coherencia y cohesión al discurso.

○ Discurso oral y medios para expresar lo que se quiere comunicar. Adaptación a la situación y al receptor, adoptando un registro adecuado.

○ Estrategias para participar y mantener la interacción y para negociar significados: elementos paratextuales, aclarar opiniones, resumir, preguntar o repetir con otras palabras parte de lo dicho para confirmar la comprensión mutua.

○ Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra. Apoyo, demostración de entendimiento y petición de aclaración, entre otros.

○ Entonación como recurso de cohesión del texto oral: uso de los patrones de entonación.

d)

Emisión de textos escritos:

– Composición de una variedad de textos de cierta complejidad. Planificación y revisión.

– Uso de mecanismos de organización, articulación y cohesión del texto. Expresión y cumplimentación de mensajes y textos profesionales y cotidianos.

– Currículum vítae y soportes telemáticos: fax, e-mail, burofax.

– Terminología específica de la actividad profesional. Idea principal e ideas secundarias.

– Propósito comunicativo de los elementos textuales y de la forma de organizar la información distinguiendo las partes del texto.

– Recursos gramaticales: tiempos verbales, preposiciones, verbos preposicionales, verbos modales, locuciones, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto. Nexos: «because of», «since», «although», «even if», «in spite of», «despite», «however», «in contrast», entre otros.

– Relaciones lógicas: oposición, concesión, comparación, condición, causa, finalidad, resultado y consecuencia. Secuenciación del discurso escrito: «first», «after», «then», «finally».

– Derivación: sufijos para formar adjetivos y sustantivos.

– Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

– Coherencia textual: Adecuación del texto al contexto comunicativo.

– Tipo y formato de texto. Variedad de lengua. Registro. Uso apropiado al lector al que va dirigido el texto. Selección léxica, de estructuras sintácticas y de contenido relevante. Estructuras formales en los textos escritos. Selección y aplicación. Ordenación lógica de frases y párrafos.

– Textos coherentes. Elementos de enlace adecuados. Inversión: después de «neither», «nor» y de «so». Después de expresiones negativas y de «only».

– Inicio del discurso e introducción del tema.

– Desarrollo y expansión: ejemplificación.

– Conclusión y/ o resumen del discurso. Uso de los signos de puntuación.

– Redacción, en soporte papel y digital, de textos de cierta complejidad: correspondencia, informes, resúmenes, noticias o instrucciones, con claridad, razonable, corrección gramatical y adecuación léxica al tema. Elementos gráficos para facilitar la comprensión: ilustraciones, tablas, gráficos o tipografía, en soporte papel y digital.

– Argumentos: razonamientos a favor o en contra de un punto de vista concreto y explicación de las ventajas y desventajas de varias opciones.

e)

Identificación e interpretación de los elementos culturales más significativos de los países de lengua extranjera (inglesa):

– Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones internacionales.

– Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la empresa.

– Reconocimiento de la lengua extranjera para profundizar en conocimientos que resulten de interés a lo largo de la vida personal y profesional.

– Uso de registros adecuados según el contexto de la comunicación, la situación y la intención de los interlocutores.

– Interés por la buena presentación de los textos escritos, tanto en soporte papel como digital, con respeto a las normas gramaticales, ortográficas y tipográficas.

2. Módulo Profesional: Características y necesidades de las personas en situación de dependencia.

Código: 0212.

Contenidos:

a)

Caracterización del concepto de autonomía personal:

– Conceptos básicos de psicología: ciclo vital, procesos cognitivos, emocionales y conductuales.

– Autonomía y dependencia:

○ Vida independiente: concepto, origen, filosofía. Autodeterminación.

○ Identificación de los diferentes grados y niveles de dependencia.

○ Indicadores generales de la pérdida de autonomía.

○ Habilidades de autonomía personal.

– Promoción de la autonomía personal. Procesos básicos y factores influyentes:

○ Prevención de la pérdida de autonomía.

○ Identificación de barreras físicas y psicosociales para la autonomía de las personas.

○ Alteraciones emocionales y conductuales asociadas a la pérdida de autonomía.

○ Valoración de la prevención y la promoción de la autonomía personal como estrategia de actuación frente a la dependencia.

– Sensibilización acerca de la importancia de respetar la capacidad de elección de las personas en situación de dependencia.

– Papel del entorno familiar en el ámbito de la autonomía personal y la dependencia.

b)

Clasificación de los procesos de envejecimiento:

– El proceso de envejecimiento.

– Cambios biológicos, psicológicos y sociales asociados al envejecimiento.

– Incidencia del envejecimiento en la calidad de vida y la autonomía de la persona mayor.

– Evolución del entorno socio-afectivo y de la sexualidad de la persona mayor.

– Patologías más frecuentes en la persona mayor.

– Identificación de las necesidades especiales de atención y apoyo integral de las personas mayores.

– Indicadores de deterioro personal y social en la persona mayor.

– Calidad de vida, apoyo y autodeterminación en la persona mayor.

– Apoyo y orientación a los cuidadores no profesionales de las personas mayores.

– El proceso de adaptación de la persona mayor al servicio de atención y a los profesionales que lo atienden. Conductas y comportamientos característicos.

– Sensibilización hacia las repercusiones del envejecimiento en la vida cotidiana de las personas mayores y su entorno.

– El respeto a la capacidad de autodeterminación en las personas mayores.

c)

Reconocimiento de las características de las personas con discapacidad:

– Concepto, clasificación y etiologías frecuentes.

– Evolución de los modelos de la discapacidad: modelo de la prescindencia, rehabilitador, social, de la diversidad.

– Identificación de las características y necesidades de las personas con discapacidad.

– Discapacidad, autonomía y niveles de dependencia. Influencia de los diversos tipos y niveles de discapacidad en la vida cotidiana de las personas afectadas. Tipos de apoyo.

– Influencia de las barreras físicas en la autonomía de las personas con discapacidad.

– Promoción de la autonomía en las personas con discapacidad.

– Vida independiente: concepto (perspectiva filosófica, sociopolítica y económica) y marco legal:

○ El Movimiento de Vida Independiente: orígenes, evolución, filosofía y marco legislativo.

– Calidad de vida, apoyo y autodeterminación de la persona con discapacidad.

– Apoyo y orientación a las personas del entorno de la persona con discapacidad.

– La perspectiva de género en la discapacidad.

– Participación y discapacidad.

– Sensibilización acerca de la incidencia de la discapacidad en la vida cotidiana de las personas afectadas y su entorno.

d)

Descripción de las enfermedades generadoras de dependencia:

– Conceptos fundamentales.

– Situaciones de dependencia asociadas a enfermedades crónicas o degenerativas.

– Identificación de las características y necesidades en situaciones de enfermedad y convalecencia.

– Las personas con enfermedad mental. Principales trastornos. Influencia de la enfermedad en el estado emocional y la conducta de la persona.

– Apoyo y orientación a los cuidadores no profesionales de la persona enferma.

– Calidad de vida y necesidades de apoyo de las personas en situación de dependencia por enfermedad.

– Sensibilización hacia las repercusiones de la enfermedad en las personas que las padecen y su entorno.

3. Módulo Profesional: Estética hidrotermal.

Código: 0745.

Contenidos:

a)

Organización de las instalaciones, recursos técnicos y profesionales:

– Centros de aplicación de técnicas hidroestéticas:

○ Balnearios: características, entorno balneario y cura balnearia.

○ Centros de talasoterapia.

○ Establecimientos spa: clasificación.

– Instalaciones generales de los establecimientos hidrotermales:

○ Instalaciones profesionales (áreas individuales y colectivas).

○ Instalaciones complementarias (recepción, vestuarios y almacén, entre otros).

○ Diseño y distribución de las instalaciones y recursos técnicos.

– Recursos profesionales de los centros hidrotermales:

○ Organigrama del centro.

○ Formación y funciones de los profesionales de centros hidrotermales.

○ Organización y distribución del trabajo.

b)

Caracterización de los recursos hídricos:

– El agua como fuente de salud y bienestar. Historia del termalismo y la hidroterapia. Actualidad del sector termal:

○ Termalismo: conceptos generales (hidroterapia, crenoterapia e hidrología médica, entre otros).

○ El agua: estructura y propiedades. Hidrogeología: ciclo del agua. Mecanismo de acción del agua: mecanismos hidroterápicos. Tipos de aguas.

– El agua mineromedicinal:

○ Composición y clasificación según su origen, su temperatura, su mineralización global y la composición química del contenido mineral.

○ Mecanismo de acción del agua mineromedicinal: mecanismos crenoterápicos, indicaciones en función de su composición.

○ Formas de aplicación interna del agua mineromedicinal: vía oral (cura hidropínica), vía respiratoria y vías especiales.

○ Aplicaciones en estética.

– Agua de mar:

○ Composición y características (caracteres organolépticos, salinidad, calor específico, punto de congelación, densidad, viscosidad y gases en solución).

○ Mecanismo de acción.

○ Aplicación en estética.

c)

Identificación de las necesidades del usuario en el servicio de hidrotermales:

– Importancia del análisis en tratamientos hidrotermales.

– Reconocimiento de las indicaciones y alteraciones estéticas de interés en la aplicación de técnicas hidrotermales. Contraindicaciones.

– Ejecución práctica de análisis estético:

○ Metodología para el diagnóstico: entrevista, exploración, recogida de datos, ficha técnica e información al cliente.

○ Técnicas de aplicación de equipos y medios.

○ Cumplimentación del consentimiento informado y de informes de derivación a otros profesionales.

○ Elaboración de documentos para la detección de necesidades de los usuarios.

○ Aplicación de normas deontológicas.

d)

Selección de técnicas de aplicación de agua:

– Técnicas de balneación:

○ Tipos: baños, baños con aditivos, baños con movilización del agua (baños de hidromasaje y baños de burbujas).

○ Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

○ Instalaciones colectivas para el baño: piscina terapéutica y piscina de relax, entre otras.

– Técnicas de aplicación de agua con presión:

○ Tipos: duchas, chorros a presión y técnicas combinadas (masaje subacuático y masaje bajo ducha).

○ Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

○ Instalaciones colectivas con presión: jacuzzi y dispositivos para piscinas dinámicas.

– Aplicaciones hidroterápicas parciales:

○ Tipos: abluciones y afusiones; envolturas, compresas y fomentos; baños parciales y cura de Kneipp.

○ Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

– Antroterapia:

○ Tipos: estufa seca o sauna, termas y estufa o baño de vapor.

○ Mecanismo de acción, efectos, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

○ Combinación de técnicas de hidroterapia: circuitos termales.

– Talasoterapia y técnicas asociadas: clima marino, helioterapia y psamoterapia.

e)

Selección de los cosméticos termales:

– Arcillas:

○ Concepto, composición, tipos, propiedades, acciones, técnicas de aplicación, indicaciones y precauciones.

– Peloides:

○ Definición, composición, propiedades, clasificación internacional, acciones, técnicas de aplicación, indicaciones y contraindicaciones.

– Aguas termales como cosmético:

○ Concepto, acciones y aplicación en estética.

– Parafinas y parafangos:

○ Composición, efectos, modo de aplicación, indicaciones, precauciones y contraindicaciones.

– Vinoterapia, chocolaterapia y otros tratamientos (olivoterapia y cerezoterapia, entre otros):

○ Propiedades, efectos e indicaciones.

– Algoterapia:

○ Algas: composición, tipos, obtención, efectos, indicaciones y técnicas de aplicación.

○ Otros productos marinos (plancton, cartílago de peces, huevas, ADN marino, polvo de perlas y sales, entre otros).

– Masaje de sales.

– Aromaterapia:

○ Concepto, aceites esenciales (composición, obtención, vías de penetración, efectos, forma de aplicación, precauciones y acciones cosméticas).

f)

Aplicación de técnicas hidrotermales:

– Procedimientos de aplicación de técnicas hidrotermales:

○ Procedimientos de aplicación de técnicas de balneación: objetivos, medios técnicos, indumentaria, parámetros (temperatura, tiempos y presión, entre otros), secuenciación de la técnica y manipulaciones. Ejecución práctica.

○ Procedimientos de aplicación de técnicas de aplicación de agua con presión: objetivos, medios técnicos, indumentaria, parámetros (temperatura, tiempos y presión, entre otros), secuenciación de la técnica y manipulaciones. Ejecución práctica.

○ Procedimientos de aplicación de técnicas hidroterápicas parciales: objetivos, medios técnicos, indumentaria, parámetros (temperatura, tiempos y presión, entre otros), secuenciación de la técnica y manipulaciones. Ejecución práctica.

○ Procedimientos de aplicación de técnicas de antroterapia: objetivos, medios técnicos, indumentaria, parámetros (temperatura, tiempos y presión, entre otros), secuenciación de la técnica y manipulaciones. Ejecución práctica.

○ Procedimientos de aplicación de cosmética termal: objetivos, técnicas de aplicación, secuenciación de la técnica y manipulaciones. Ejecución práctica.

– Tratamientos combinados de técnicas de hidroterapia y cosmética termal. Tipos de tratamientos. Ejecución técnica.

– Protocolos de aplicación de técnicas en circuitos termales: secuenciación y sistema de trabajo.

g)

Organización de la ejecución de protocolos de seguridad e higiene:

– Contaminación bacteriológica del agua. Análisis de las técnicas de tratamiento de aguas usadas en estos centros.

– Higiene de las instalaciones: protocolo de limpieza. Normas de higiene para el usuario y los profesionales.

– Conservación y manipulación de los productos cosméticos.

– Organización del mantenimiento de instalaciones y equipos.

– Gestión medioambiental: ahorro de energía y agua. Gestión de residuos.

– Riesgos laborales en centros hidrotermales. Técnicas preventivas.

– Señalización, emergencias y primeros auxilios.

– Normativa de centros hidrotermales.

h)

Evaluación de la calidad en los centros y servicios hidrotermales:

– Concepto y principios de calidad.

– La calidad en la prestación del servicio.

– Normas de calidad para instalaciones, medios técnicos y productos. Parámetros que la definen.

– Técnicas para medir el grado de satisfacción de la clientela.

4. Módulo Profesional: Masaje estético.

Código: 0747.

Contenidos:

a)

Características de las técnicas de masaje:

– Origen, evolución y concepto de masaje: escuelas de masaje y autores. Diferencias entre masaje estético y terapéutico.

– Criterios de clasificación de los masajes en función de los medios utilizados, efectos, técnica, origen de procedencia, zona de aplicación y alteración, entre otros.

– Tendencias actuales de masaje estético: sueco, quiromasaje, masaje sensitivo (sensorial, integral y californiano), Sambucy, Vogler, holístico con piedras volcánicas, metamórfico, ayur-veda, reiki, masaje gestáltico y otros masajes.

– Maniobras básicas de masaje estético:

○ Clasificación de las maniobras: afloración, frotación, fricción, presiones, amasamientos, pellizqueos, percusiones y vibraciones.

○ Descripción.

○ Parámetros para la realización de las maniobras: dirección, intensidad, ritmo, número y tiempo.

○ Secuenciación.

○ Técnica de realización.

○ Efectos del masaje en el organismo. Indicaciones y contraindicaciones.

b)

Diagnóstico estético en el masaje:

– Análisis de la documentación técnica para masaje. Historial estético, ficha técnica y consentimiento informado.

– Aplicación de técnicas de comunicación con los usuarios y otros profesionales:

○ Técnicas para detectar las demandas, necesidades y expectativas del usuario.

○ Comunicación con otros profesionales.

– Aplicación del procedimiento de análisis estético en los procesos de masaje:

○ Aplicación de métodos de análisis estético previo al masaje.

○ Identificación de la zona que se va a tratar: identificación de alteraciones estéticas o patológicas que influyen en el masaje.

○ Precauciones.

– Diseño y elaboración de procedimientos de trabajo de masaje: descripción del proceso. Materiales y medios. Secuenciación y temporalización. Asesoramiento profesional.

c)

Preparación del espacio de trabajo:

– Adecuación de la cabina de masaje:

○ Características básicas de la cabina de masaje: condiciones ambientales, temperatura, iluminación, mobiliario y equipamiento.

○ Higiene y mantenimiento.

– Preparación del profesional:

○ Ejercicios preparatorios.

○ Ergonomía. Preparación de las manos.

○ Imagen del profesional. Higiene personal y vestuario.

– Acomodación y preparación del usuario: posiciones anatómicas adecuadas al masaje.

– Cosméticos: criterios de selección para la aplicación del masaje.

d)

Realización de masaje estético manual:

– Protocolo de masaje estético facial: adaptación del protocolo estándar al tipo de masaje (relajante, reafirmarte, circulatorio, preoperatorio, postoperatorio descongestivo y de penetración de productos, entre otros):

○ Finalidad.

○ Características de la técnica.

○ Criterios de selección de las maniobras.

○ Parámetros.

○ Secuenciación.

○ Efectos del masaje en cada zona (reflejos, inmediatos y retardados).

○ Precauciones en caso de alteraciones funcionales y estructurales (acné, alteraciones de las secreciones, cúmulo adiposo localizado, relajación cutánea o muscular y arrugas, entre otras).

○ Ejecución.

– Protocolo de masaje estético corporal: adaptación del protocolo estándar al tipo de masaje (relajante, reafirmante, circulatorio, descongestivo, tonificante, reafirmante, modelador, preoperatorio, postoperatorio, embarazo y postparto, entre otros):

○ Finalidad.

○ Características de la técnica.

○ Criterios de selección de las maniobras.

○ Parámetros.

○ Secuenciación.

○ Efectos del masaje en cada zona (reflejos, inmediatos y retardados).

○ Precauciones en caso de alteraciones funcionales y estructurales (circulatorias, celulitis, obesidad, relajación cutánea o muscular y tensión muscular localizada, entre otras).

○ Ejecución.

○ Zonas corporales que requieren precaución.

e)

Aplicación de técnicas asociadas al masaje:

– Técnicas respiratorias: características, efectos, indicaciones y técnicas de aplicación.

○ Clasificación:

– Respiración diafragmática.

– Respiración costal.

– Respiración clavicular.

– Respiración completa.

– Respiración rítmica.

– Estiramientos y movilizaciones: técnicas, beneficios, contraindicaciones y precauciones. La posición de las manos.

– Descripción de las posiciones del cliente y del profesional.

– Integración de estas técnicas en el masaje.

f)

Aplicación de técnicas sensoriales:

– Aplicación de aromaterapia en protocolos de tratamientos estéticos y actividades

asociadas:

○ Criterios de selección de aceites esenciales y plantas aromáticas.

○ Métodos directos e indirectos de aplicación de productos de aromaterapia en tratamientos estéticos: manual, vaporizadores, soportes impregnados, baños y compresas, entre otros.

– Musicoterapia: la música y la estética:

○ Influencia de la música sobre el organismo.

○ Importancia de la influencia de la música en la ambientación de cabinas profesionales.

○ Tipos de melodías: condicional, relajante, intermedia y estimulante, entre otros.

○ Criterios de selección musical.

○ Criterios y parámetros de aplicación de las melodías.

○ Aplicación en tratamientos estéticos y actividades asociadas.

– Cromoterapia:

○ Utilización de color con fines estéticos. Efectos e indicaciones. Introducción en protocolos estéticos.

○ Aparatología de cromoterapia. Criterios de selección.

○ Parámetros y técnicas de aplicación de la cromoterapia: ambiental, puntual, barrido y baño.

○ Productos cosméticos que asocian color.

– Utilización de accesorios en el masaje:

○ Tipos: pindas, piedras y toallas calientes, entre otros.

○ Indicaciones.

○ Criterios de asociación a tratamientos estéticos.

g)

Aplicación de normas de calidad:

– Parámetros que definen la calidad de los procesos de masaje: calidad en los servicios de masaje estético. Evaluación y control de calidad. Cuestionarios de contraste.

– Desviaciones en la prestación de los servicios de masaje estético.

– Deontología profesional.

– Técnicas de resolución de quejas y reclamaciones.

– Asesoramiento profesional y propuestas de otros tratamientos. Tratamientos estéticos asociados al masaje: electroestética, técnicas cosmetológicas, técnicas hidrotermales, cromoterapia y musicoterapia.

5. Módulo Profesional: Actividades de ocio y tiempo libre.

Código: 1123.

Contenidos:

a)

Planificación de proyectos de ocio y tiempo libre:

– Ocio y tiempo libre:

○ Características del tiempo libre en la sociedad actual.

○ Análisis de la sociedad y el tiempo libre.

○ Diferencias entre ocio y tiempo libre.

– Pedagogía del ocio:

○ Concepto.

○ Características de la pedagogía del ocio.

○ Finalidades de la pedagogía del ocio.

– Fundamentos pedagógicos de la educación en el tiempo libre.

– Ocio inclusivo. La ocupación del tiempo libre en las personas con discapacidad.

– Planificación de proyectos de ocio y tiempo libre.

– Planificación de proyectos de ocio y tiempo libre para colectivos específicos:

○ Infancia.

○ Juventud.

○ Edad adulta.

○ Personas de la tercera edad.

○ Personas con discapacidad.

○ Otros colectivos.

– Metodología de la animación de ocio y tiempo libre. Estrategias y técnicas.

– Análisis de recursos y equipamientos de ocio y tiempo libre. Centros de ocio y tiempo libre:

○ Ludotecas. Marco legislativo. Estructura organizativa y funcional.

○ Parques infantiles.

○ Espacios de juego privado.

○ Campamentos y granjas-escuelas.

○ Club de ocio.

○ Movimiento asociativo.

○ Actividades de respiro.

○ Hogares de mayores y club de ancianos.

○ Balnearios.

○ Otros.

– El papel del animador en las actividades de ocio y tiempo libre.

– Dinamización y coordinación de actividades de ocio y tiempo libre.

– Valoración del ocio y tiempo libre para la educación en valores.

b)

Organización de actividades de ocio y tiempo libre educativo:

– Pedagogía del juego. El valor educativo del juego.

– El juego:

○ Tipos y funciones.

○ Características.

○ Evolución del juego.

– Uso del juego en la animación de ocio y tiempo libre.

– El juguete:

○ Clasificación de los juguetes.

○ Juego y juguete tradicional.

○ Normativa de seguridad.

– Espacios de juego:

○ Ludotecas. Marco legislativo. Estructura organizativa y funcional.

○ Parques infantiles de ocio: espacios abiertos y cerrados.

– Tipos de actividades lúdicas:

○ Macromontajes o grandes juegos.

○ Actividades fuera de la escuela.

○ La fiesta.

○ Las veladas.

○ Los pasacalles.

– Recursos lúdicos.

– Organización de espacios de ocio:

○ Ludotecas.

○ Albergues, campamentos y granjas escuelas.

○ Espacios de juego en grandes superficies.

○ Otros espacios (centros hospitalarios y clubs de ocio, entre otros).

– Organización y selección de materiales para las actividades de ocio y tiempo libre.

– Prevención y seguridad en espacios de ocio y tiempo libre.

– Valoración de la importancia de la generación de entornos seguros en las actividades de ocio y tiempo libre.

c)

Implementación de actividades de ocio y tiempo libre:

– Animación y técnicas de expresión.

– Creatividad, significado y recursos.

– Aplicación de técnicas para el desarrollo de la expresión oral, plástica, motriz, musical y audiovisual.

– Realización de actividades para el desarrollo de la expresión:

○ Realización de actividades de expresión oral.

○ Realización de actividades de expresión plástica.

○ Realización de actividades de expresión motriz.

○ Realización de actividades de expresión musical.

○ Realización de actividades de expresión audiovisual.

– Juegos para el desarrollo de las habilidades sociales e intelectuales.

– Juegos para el desarrollo motor de la persona:

○ Identificación de las habilidades motrices básicas: trepa, saltos, desplazamientos y lanzamientos.

○ Juegos específicos para el desarrollo motor.

○ Criterios de selección de los juegos según las posibilidades motrices de las personas usuarias.

– Los talleres en la educación del tiempo libre.

– Aplicaciones de los recursos audiovisuales e informáticos en la animación de ocio y tiempo libre.

– Diseño de actividades para el ocio y tiempo libre a partir de recursos y técnicas expresivas.

– Adecuación de los recursos expresivos a las diferentes necesidades de los usuarios.

– Diseño de actividades de ocio y tiempo libre normalizadas para personas con discapacidad.

d)

Realización de actividades de ocio y tiempo libre en el medio natural:

– Educación ambiental:

○ Características y principios de la educación ambiental.

○ Ecología. Meteorología.

○ Funciones del animador en la educación ambiental.

○ Educación ambiental y sostenibilidad.

○ Marco legislativo en las actividades al aire libre.

– Uso y mantenimiento de los recursos en el medio natural.

– Instalaciones para la práctica de actividades en el medio natural:

○ Marco legislativo de uso de las instalaciones.

○ Protocolos de seguridad e información a los usuarios.

– Organización y desarrollo de actividades para el medio natural.

– Técnicas de descubrimiento del entorno natural.

○ Orientación en la naturaleza: técnicas y procedimientos. Mapa y brújula.

○ Senderismo.

– Análisis y aplicación de recursos de excursionismo:

○ Relieve.

○ Previsión de itinerarios.

– Actividades de orientación en el medio natural:

○ Juegos y carreras de orientación.

– Rutas y campamentos:

○ Diseño, organización, materiales y medidas de seguridad.

○ Rutas de reconocimiento del entorno.

○ Adaptación a personas con discapacidad.

– Juegos y actividades medioambientales.

– Ecosistema urbano.

– Coordinación de los/as técnicos/as a su cargo:

○ Pautas de intervención para las actividades.

– Prevención y seguridad en las actividades de ocio y tiempo libre en el medio natural.

– Situaciones de emergencia en el medio natural.

e)

Desarrollo de actividades de seguimiento y evaluación de las actividades de ocio

y tiempo libre:

– Evaluación de proyectos de animación de ocio y tiempo libre:

○ Características.

○ Momentos de la evaluación.

– Técnicas e instrumentos para la realización de la evaluación en el ámbito del ocio y tiempo libre:

○ Observación.

○ Entrevistas.

○ Cuestionarios.

– Indicadores de evaluación.

– Elaboración y cumplimentación de registros de seguimiento.

– Elaboración de memorias e informes.

– Importancia de la transmisión de la información para el desarrollo de proyectos de animación de ocio y tiempo libre.

– Gestión de calidad en los proyectos y actividades de ocio y tiempo libre.

6. Módulo Profesional: Dinamización grupal.

Código: 1124.

Contenidos:

a)

Desarrollo de estrategias de creación de un grupo:

– Principios de intervención con grupos. Iniciación y dinamización de procesos grupales: aplicación de técnicas orientadas a la creación de grupos en situación de ocio.

– Análisis del ámbito de intervención de los técnicos superiores. Instalaciones hoteleras, campings, casas de colonias, campamentos, ludotecas, instalaciones deportivas y centros escolares en horario extraescolar, entre otros.

– Psicología social aplicada a grupos.

– Cognición social. Análisis de elementos relacionados con la cognición social: esquemas sociales y percepción social.

– Motivación social. Emociones y motivaciones.

– Grupo. Características. Elementos que forman un grupo. Tipos.

– Valoración del respeto al otro como principio de interacción en un grupo.

– Métodos activos y técnicas de participación grupal en animación turística. Importancia de la participación en la creación de grupos.

b)

Dinamización de grupo:

– Procesos y estructura de grupo:

○ Elementos estáticos y dinámicos del grupo. Estáticos: tamaño del grupo, grado de homogeneidad, características psicosociales de los miembros, estatus y poder.

○ Dinámicos: microentorno, recursos, redes comunicativas, influencia, normas, conflictos, afiliación, roles, sistemas ideológicos y naturaleza de las tareas.

– Fenómenos que afectan al grupo. La cohesión social. Factores que favorecen la cohesión grupal.

– El liderazgo:

○ Tipos y funciones del liderazgo.

○ Habilidades para el desarrollo del liderazgo.

○ Liderazgo e inteligencia emocional.

– Fases de desarrollo de un grupo.

– Técnicas de dinámica de grupos como metodología de intervención. Espacios y medios necesarios.

– Aplicación de técnicas de grupo:

○ Técnicas de presentación.

○ Técnicas de motivación.

○ Técnicas de trabajo.

○ Técnicas de comunicación.

○ Técnicas de resolución de conflictos.

○ Técnicas finales o de evaluación.

– Papel del animador como iniciador y dinamizador de procesos grupales. Función relacional orientada al mantenimiento de un grupo: seguimiento grupal.

c)

Selección de técnicas de comunicación:

– El proceso de comunicación. Características y funciones: la interacción grupal, la retroalimentación, la comunicación interpersonal y la comunicación en grandes grupos.

– Elementos en el proceso de la comunicación.

– Estilos de comunicación. Asertividad.

– Sistemas de comunicación. Tipos de comunicación: verbal y no verbal.

– Aplicación de las nuevas tecnologías para la comunicación.

– Barreras en la comunicación:

○ Dificultades más habituales. Comunicación y personas con discapacidad.

○ Localización de las barreras: en el animador, en el usuario y en el entorno.

○ Estrategias de superación de barreras y de potenciación de la comunicación.

– Habilidades sociales básicas de comunicación:

○ Características generales de las habilidades básicas de comunicación. Pautas de conducta en la atención a los participantes.

○ Escucha activa.

– Tipos de estrategias para valorar los diferentes sistemas de comunicación.

d)

Organización de equipos de trabajo:

– Coordinación y dinamización de equipos de trabajo dentro de una organización.

– El trabajo en equipo.

– Comunicación horizontal y vertical en el equipo de trabajo.

– Estrategias de distribución de tareas y funciones.

– Técnicas de motivación y apoyo en el desarrollo de las funciones de los miembros del equipo de trabajo.

– Conducción de reuniones. Tipos de reuniones. Técnicas.

– Técnicas de información, motivación y orientación dentro del equipo de trabajo:

○ Formación de las personas que forman parte del equipo sobre las normas de seguridad de las actividades e instalaciones.

○ Supervisión y seguimiento de las tareas y funciones.

– El ambiente de trabajo. Problemas relacionados con el ambiente de trabajo. Burning. Moobing.

– Valoración de la promoción de la igualdad en la generación de equipos de trabajo.

– Valoración de la importancia de los procesos de comunicación y coordinación dentro de un equipo de trabajo.

e)

Aplicación de estrategias de solución de conflictos:

– Los conflictos individuales y colectivos en el grupo. Causas y efectos en la integración grupal. Carácter del conflicto: funcional y disfuncional. Tipos de conflictos: de tareas, de relaciones y por los procesos.

– La toma de decisiones. Fases del proceso de toma de decisiones.

– Las actitudes de los grupos ante los conflictos.

– Técnicas para la gestión y resolución del conflicto:

○ Negociación y mediación.

○ Debate, resolución de problemas y reestructuración cognitiva.

○ Técnicas y procedimiento.

– Importancia de las estrategias de comunicación en la solución de problemas grupales.

f)

Evaluación de los procesos de grupo y de la propia competencia social:

– Recogida de datos. Técnicas.

– Evaluación de la competencia social.

– Evaluación de la estructura y procesos grupales. Técnicas de observación y sociometría básica. Evaluación de la situación y de la dinámica grupal.

– Aplicación de las técnicas de investigación social al trabajo con grupos.

– Análisis de estrategias e instrumentos para el estudio de grupos.

– Valoración de la autoevaluación como estrategia para la mejora de la competencia social.

7. Módulo Profesional: Valoración de la condición física e intervención en accidentes.

Código: 1136.

Contenidos:

a)

Relación de la intensidad del ejercicio con los sistemas cardiorrespiratorio y de regulación:

– Actividad física y salud. Efectos de la actividad física sobre la salud. El estilo de vida. Concepto y tipos. Relación con el ejercicio físico:

○ Vertiente psicológica del concepto salud en acondicionamiento físico.

○ Vertiente social del concepto salud en acondicionamiento físico.

○ Vertiente orgánica del concepto salud en acondicionamiento físico. Salud percibida.

– Hábitos no saludables y conductas de riesgo para la salud.

– Contraindicaciones absolutas o relativas de la práctica de actividad física.

– Funciones orgánicas y adaptaciones al ejercicio físico:

○ Metabolismo energético. Sistemas de producción de energía. Utilización de los sistemas e intensidad del ejercicio físico. Los productos de desecho en los procesos de obtención de energía para el ejercicio físico.

○ Sistema cardiorrespiratorio. Funcionamiento y adaptaciones agudas y crónicas en diferentes tipos de ejercicio físico. Factores de la condición física relacionados con el funcionamiento del sistema cardiorrespiratorio.

○ Sistema de regulación. Función nerviosa y función hormonal en distintos tipos de ejercicio físico. Maduración hormonal e intensidad del ejercicio.

– La fatiga. Mecanismos de fatiga: aspectos hormonales, inmunitarios y patológicos de la fatiga. Percepción de la fatiga y percepción de la recuperación. Síndrome de sobreentrenamiento: diagnóstico, prevención y tratamiento. Relación trabajo/descanso como factor en las adaptaciones fisiológicas.

– El equilibrio hídrico: rehidratación y ejercicio físico.

– Termorregulación y ejercicio físico: mecanismos de regulación. La termorregulación en el medio acuático.

b)

Relación de la mecánica del ejercicio con el sistema músculo-esquelético:

– Sistema músculo-esquelético:

○ Anatomía del sistema osteoarticular y del sistema muscular. Características mecánicas y funcionales de las articulaciones. Cadenas musculares y fascias. El músculo: tipos, elementos pasivos y activos. Funciones del músculo y del tendón.

○ Reflejos relacionados con el tono y los estiramientos.

○ Adaptaciones agudas y crónicas del sistema músculo-esquelético a diferentes tipos de ejercicio físico. Hipertrofia, hiperplasia, tonificación, distensibilidad muscular y movilidad articular, entre otros.

– Comportamiento mecánico del sistema músculo-esquelético:

○ Biomecánica de la postura y del movimiento. Tipos de contracción muscular y biomecánica de la contracción muscular.

○ Análisis de los movimientos. Ejes, planos, intervención muscular y grados de libertad fisiológicos en los movimientos articulares. Sistemas de palancas en el aparato locomotor. Descripción y demostración de los movimientos.

○ Sistema de representación de los movimientos. Nomenclatura y terminología. Usos de las tecnologías en la representación de movimientos.

– Construcción de ejercicios a partir de los movimientos. Factores de la condición física relacionados con:

○ Ejercicios de fuerza. Diseño y adaptación a diferentes niveles. Factores: postura global y segmentaria, acciones musculares y tipo de contracción durante las fases de ejecución, efecto de la acción de la gravedad sobre el tipo de contracción, ritmo, velocidad, amplitud y tipo de cargas.

○ Ejercicios por parejas o en grupo. Precauciones, localización, agarres y acciones externas.

○ Ejercicios de amplitud de movimiento. Diseño y adaptación a diferentes niveles.

○ Factores: rango de amplitud de las articulaciones en cada plano o eje, tipo de ejercicio, acciones musculares durante las fases de ejecución, tiempo de mantenimiento de posturas, ritmo, velocidad y amplitud. Precauciones, localización, agarres y acciones externas. Consignas de interpretación de las sensaciones propioceptivas. Ejercicios por parejas o en grupo.

c)

Elaboración de programas de acondicionamiento físico básico:

– Factores de la condición física y motriz. Condición física, capacidades físicas y capacidades perceptivo-motrices. Capacidad física y rendimiento deportivo versus capacidad física y salud:

○ Capacidad aeróbica y anaeróbica. Sistemas orgánicos implicados en su desarrollo.

○ Fuerza. Tipos de fuerza y sistemas orgánicos implicados en su desarrollo.

○ Amplitud de movimiento, movilidad articular y elasticidad muscular.

○ Velocidad. Tipos.

○ Capacidades perceptivo-motrices: propiocepción, esquema corporal, espacialidad, temporalidad, estructuración espacio-temporal, equilibrio y coordinación.

– Metodología del entrenamiento. Aplicación de los principios del entrenamiento en los métodos de mejora de las capacidades físicas. Efectos sobre la composición corporal.

– Principios generales del desarrollo de las capacidades físicas.

– Desarrollo de las capacidades aeróbica y anaeróbica: sistemas y medios de entrenamiento. Métodos continuos y métodos fraccionados. Márgenes de esfuerzo para la salud.

– Desarrollo de la fuerza: sistemas y medios de entrenamiento. Métodos: intensivo, isométrico, isocinético y extensivo. Electroestimulación y vibraciones, entre otros. Márgenes de esfuerzo para la salud.

– Desarrollo de la amplitud de movimientos: sistemas y medios de entrenamiento. Métodos activos, pasivos y asistidos.

– Desarrollo integral de las capacidades físicas y las perceptivo-motrices.

– Actividades de acondicionamiento físico aplicadas a los diferentes niveles de autonomía personal. Limitaciones de autonomía funcional: factores limitantes del movimiento en función del tipo de discapacidad.

– Singularidades de la adaptación al esfuerzo y contraindicaciones en situaciones de limitación en la autonomía funcional.

– Discapacidad. Clasificaciones médico-deportivas: tipos y características. Organización y adaptación de recursos. Consideraciones básicas para la adaptación de materiales. Barreras arquitectónicas y adaptación de las instalaciones.

d)

Evaluación de la condición física y biológica:

– Ámbitos de la evaluación de la aptitud física. Test, pruebas y cuestionarios en función de la edad y del género. Ventajas y dificultades. Requisitos de los test de condición física. Cualidades de los datos obtenidos.

– Valoración antropométrica en el ámbito del acondicionamiento físico:

○ Biotipología. Aplicación al ámbito de la actividad física. Pruebas antropométricas en actividades físicas y deportivas. Protocolos, mediciones e índices antropométricos y de robustez. Aplicación autónoma y colaboración con técnicos especialistas.

○ Valoración de la composición corporal. Valores de referencia de la composición corporal en distintos tipos de usuarios. Modelos de composición corporal. Composición corporal y salud: índice de masa corporal, porcentaje de grasa corporal y patrón de distribución de la grasa corporal. Determinación de la composición corporal mediante los pliegues cutáneos. Determinación de la masa y la densidad ósea en poblaciones de riesgo.

– Pruebas de medición de capacidades perceptivo-motrices. Protocolos y aplicación de los tests de percepción espacial, de percepción temporal, de estructuración espaciotemporal, de esquema corporal, de coordinación y de equilibrio.

– Pruebas biológico-funcionales en el ámbito del acondicionamiento físico. Requisitos, protocolos, instrumentos y aparatos de medida. Aplicación autónoma o en colaboración con técnicos especialistas:

○ Evaluación de la capacidad aeróbica y de la capacidad anaeróbica. Pruebas indirectas y tests de campo. Umbrales. Indicadores de riesgo.

○ Evaluación de la velocidad. Pruebas específicas de evaluación: tiempo de reacción, velocidad segmentaria y capacidad de aceleración.

○ Evaluación de las diferentes manifestaciones de la fuerza. Pruebas específicas de evaluación de la fuerza máxima, la fuerza veloz y la fuerza resistencia.

○ Evaluación de la amplitud de movimiento. Pruebas específicas de movilidad articular y de elasticidad muscular.

– Valoración postural:

○ Alteraciones posturales más frecuentes: recuperables y patológicas.

○ Pruebas de análisis postural en el ámbito del acondicionamiento físico: protocolos, aplicación autónoma o en colaboración con técnicos especialistas. Instrumentos y aparatos de medida.

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