Real Decreto 936/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a varios centros de la Red Española de Supercomputación, para el desarrollo del proyecto Quantum ENIA, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Rango Real Decreto
Publicación 2021-10-28
Última actualización 2024-08-02
Estado Vigente texto desactualizado
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Departamento Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2024-08-02, Real Decreto 536/2024, de 11 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 936/2021, d…

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a)

Las desviaciones entre el presupuesto financiable del proyecto y el importe justificado y validado, como consecuencia de los gastos imputados al proyecto que no tienen la consideración de gastos subvencionables, dará lugar al reintegro parcial de la ayuda asignada a cada beneficiario en el porcentaje correspondiente a dicha desviación y a la ayuda concedida.

b)

El incumplimiento parcial de la realización de la inversión financiable o de la obligación de justificación, dará lugar al reintegro parcial de la ayuda asignada a cada beneficiario en el porcentaje correspondiente a la inversión no efectuada o no justificada.

Artículo 18. Modificación de la resolución de concesión.

1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 64 y 86 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y siempre que no se dañen derechos de tercero, se podrá autorizar una modificación de la resolución de concesión cuando concurran las siguientes circunstancias:

a)

Que el cambio no afecte a los objetivos fundamentales del proyecto, ni a las actividades subvencionables a que se hace referencia en el artículo 3 ni a otros aspectos que hayan sido determinantes para la concesión de ayuda.

b)

Que las modificaciones obedezcan a causas sobrevenidas que no pudieron preverse en el momento de la solicitud.

c)

Que el cambio no suponga un incremento de la subvención concedida.

d)

Que el cambio no suponga prórrogas del plazo de ejecución del proyecto, salvo la ampliación que, en su caso, conceda de oficio, o a solicitud de la entidad coordinadora del proyecto, el órgano competente. En todo caso, las prórrogas deberán solicitarse, con una antelación de al menos 6 meses con respecto a la fecha de finalización del proyecto (31 de diciembre de 2025).

e)

Que el cambio no implique modificaciones de presupuesto que supongan un incremento de más de un 20% en los conceptos indicados en el anexo V que figuren en la resolución de concesión, compensables con disminuciones de otros conceptos, sin que en ningún caso se incremente el importe de la subvención total.

f)

Que el cambio no afecte a cualquiera de las obligaciones recogidas en la normativa europea y nacional aplicable.

2. Requerirá autorización previa a su realización, cualquier modificación que afecte a los siguientes aspectos del proyecto:

a)

Determinación de los beneficiarios, como consecuencia de que de la entidad coordinadora o uno de los participantes de un proyecto en cooperación lo abandone.

b)

Entregables o criterios de aceptación que se hayan definido para dichos entregables.

c)

Requisitos técnicos del producto o servicio a desarrollar.

d)

Condiciones técnico-económicas que se establezcan en la resolución de concesión.

e)

Perfil profesional del equipo que participa en el proyecto.

3. Para las modificaciones que requieran autorización previa, se deberá presentar la correspondiente solicitud de modificación, que se acompañará de una memoria, en la que se expondrán la motivación de los cambios y el cumplimiento de los requisitos expuestos en el apartado 1 anterior. Dicha memoria deberá incluir, al menos, una relación de los Paquetes de Trabajo, los entregables y las actividades afectadas, el gasto financiable implicado y un análisis de impacto y viabilidad sobre los objetivos y resultados del proyecto. Salvo causa de fuerza mayor, la solicitud deberá presentarse, al menos, seis meses antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto.

4. Otras modificaciones que no afecten a los aspectos del apartado 2 y que cumplan con lo establecido en el apartado 1, no requerirán autorización previa y expresa siendo suficiente su comunicación al órgano instructor, debidamente motivada, en el momento de la justificación de la subvención. Estas otras modificaciones, quedarán en todo caso condicionadas al resultado de las actuaciones de comprobación del órgano competente para la justificación de la ayuda concedida y su resultado quedará reflejado implícitamente en la validación de gastos de la certificación final.

5. La modificación de las resoluciones de concesión se dictará por el titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Esta modificación no podrá suponer en ningún caso la asunción de compromisos financieros superiores a los inicialmente alcanzados en la resolución inicial.

Artículo 19. Incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas.

La subvención cuya concesión es objeto, no es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para el mismo objeto, procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales, al margen de los aportados por los propios beneficiarios.

Artículo 20. Régimen sancionador.

Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por las entidades beneficiarias se graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Título IV del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 21. Órgano competente.

El órgano competente para la gestión, seguimiento y comprobación de la ayuda es la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, a través de la Subdirección General de Inteligencia Artificial y Tecnologías Habilitadoras Digitales.

La Responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos de la subvención le corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en las reglas 15.ª y 21.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y en materia de telecomunicaciones, respectivamente.

Disposición final segunda. Régimen jurídico aplicable.

1. Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este real decreto y en la resolución de concesión, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia; por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo previsto en las demás disposiciones legales, reglamentarias y convencionales que resulten de aplicación; por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR, así como el Reglamento (UE) n.º 241/2021, que regula el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

2. En particular, las subvenciones de concesión directa, en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública se encuentran reguladas en el artículo 67 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Se aplicará, en caso de que la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que daban someterse a esta ley, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Disposición final tercera. Facultades de desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital para adoptar las disposiciones y actos necesarios en desarrollo y ejecución de este real decreto.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 26 de octubre de 2021.

FELIPE R.

**La Vicepresidenta Primera del Gobierno

y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital,**

NADIA CALVIÑO SANTAMARÍA

ANEXO I. Quantum ENIA: creación de un ecosistema de computación cuántica para la Inteligencia Artificial (IA)

Descripción del proyecto

La propuesta Quantum ENIA persigue tres objetivos:

1. Crear un computador cuántico de altas prestaciones, a partir de una aproximación tecnológica de cúbits basados en corrientes superconductoras.

2. Crear un servicio de acceso remoto en la nube al procesador, para permitir a la industria y al sector público experimentar con los nuevos algoritmos cuánticos.

3. Desarrollar librerías de algoritmos cuánticos útiles, aplicables a problemas reales, para usuarios finales tanto de empresas como de entidades públicas. Este software hará especial hincapié en el desarrollo de «Quantum Machine Learning», en profunda conexión con los avances en IA.

La propuesta pretende crear un ecosistema cuántico competitivo, con implicaciones de medio y largo plazo en tecnologías de hardware «deep tech».

El objetivo principal del proyecto es la puesta en marcha de la primera infraestructura de computación cuántica situada en el sur de Europa, que de acceso a las empresas y al sector público, con especial atención al desarrollo del «Quantum Machine Learning».

En una fase inmediata, se desarrollarán los aspectos tecnológicos de esta infraestructura en colaboración con empresas de este sector emergente, centros con competencias próximas y con los programas europeos de tecnología y computación cuántica como el EuroHPC Joint Undertaking.

En una segunda fase, debe ser incorporado el tejido industrial como usuario de computación cuántica. Desde este punto de vista, la infraestructura de computación cuántica debe preexistir a la invitación al uso por parte de los diferentes sectores productivos. Es importante notar que la computación cuántica tiene potenciales aplicaciones en IA, en química cuántica, en finanzas, en optimización de procesos de la cadena productiva, en criptografía y en cualquier problema de necesidades computacionales intensas. Sobre estos temas se desarrollarán los primeros casos de uso del proyecto. En particular, cabe destacar las aplicaciones que va a tener en el campo de la inteligencia artificial, donde se desarrollarán los primeros casos de uso, en la que se denomina «Quantum Machine Learning» (QML). La arquitectura computacional de la infraestructura cuántica puede facilitar el proceso de entrenamiento de ciertos algoritmos de aprendizaje profundo, que ahora mismo tienen ciertas limitaciones por parte de las instalaciones de supercomputación clásica, aun maximizando el uso de aceleradores. Se trata de acelerar el propio procedimiento de aprendizaje utilizando algoritmos diseñados para computación cuántica.

Un segundo grupo de casos de uso se desarrollarán alrededor del campo de la criptografía y la ciberseguridad. El objetivo es desarrollar casos donde, algoritmos como el de Glover o el de Shor, permitan entender el impacto futuro sobre la seguridad de las comunicaciones, y de qué manera las empresas e instituciones tiene que proteger las mismas, entrando en lo que se conoce como la criptografía post-cuántica.

Finalmente, otro grupo de casos de uso, se desarrollará alrededor del campo de la industria química y farmacéutica. El uso de los supercomputadores clásicos está muy extendido en estos sectores, porque permiten hacer simulaciones en temas como la modelización molecular, la creación y parametrización de nuevos materiales o el descubrimiento de nuevos catalizadores. La computación cuántica debería permitir acelerar algunos cálculos necesarios en estos procedimientos, lo que abre las puertas a grandes avances para las industrias de estos sectores.

A parte de estos primeros casos, se trabajará para desarrollar pilotos también en temas como las finanzas, donde la computación cuántica debería permitir acelerar metodologías como Monte Carlo, comúnmente aplicadas a problemas de optimización en finanzas o al análisis de riesgos, o la logística, donde el tradicional problema del viajante podrá ser resuelto a niveles nunca vistos a través de la computación cuántica, cuando exista un computador cuántico suficientemente potente.

El coste global del proyecto asciende a 22 millones de euros para un período de ejecución a contar desde el día siguiente a la publicación de este real decreto en el BOE, hasta el 31 de diciembre de 2025, salvo las prórrogas contempladas en el artículo 18.

ANEXO II. Tabla resumen con estimaciones de algunos de los hitos más importantes

Objetivo Indicador cualitativo Fecha Descripción de cada objetivo Riesgos
PT1 Puesta en marcha de una primera infraestructura experimental. Construcción de infraestructura de computación cuántica. Q4-2022 Creación de un laboratorio con refrigeradores y electrónica rápida para computación cuántica. Retraso obras.
PT2 Chips. Producción de chips generación 1. Q4-2022 Producción de chips de 1 y 2 cúbits operativos. Retraso obras.
PT2 Chips. Producción de chips generación 2. Q4-2024 Producción de chips de 5 cúbits operativos. Acceso intenso a sala blanca, atracción y generación de talento competitivo.
PT2 Chips. Producción de chips generación 3. Q4-2025 Producción de chips de 20 cúbits operativos con corrección de errores. Acceso intenso a sala blanca, atracción y generación de talento competitivo.
PT3 Plataforma middleware. Middleware operativo. Q2-2024 Plataforma de acceso remoto, middleware con backends de chips cuánticos y de supercomputación. Ninguno.
PT4 Librería Quantum Machine Learning. Algoritmos para solucionar problemas reales. Q3-2024 Algoritmos cuánticos, con énfasis en aprendizaje automatizado, híbridos para computación cuántica y clásica. Ninguno.

ANEXO III. Presupuesto (miles de Euros)

Total del proyecto Total
PT1: LAB. 3.600
PT2: CHIPS. 6.400
PT3: Plataforma. 5.000
PT4: Algoritmos. 7.000
Quantum ENIA. 22.000

ANEXO IV. Intensidades máximas de ayuda

Entidad Acrónimo CIF Tipo de entidad Marco comunitario de ayudas a la I+D
CONSORCIO BARCELONA SUPERCOMPUTING CENTER-CENTRO NACIONAL DE SUPERCOMPUTACIÓN. BSC-CNS S-0800099-D ORGANISMO DE LA ADMINISTRACIÓN. 100% COSTES MARGINALES (*)
FUNDACIÓN COMPUTACIÓN Y TECNOLOGÍAS AVANZADAS DE EXTREMADURA. COMPUTAEX G10391704 ASOCIACIÓN U OTROS TIPOS NO DEFINIDOS. En el patronato se encuentra la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura. 100% COSTES MARGINALES (*)
FUNDACIÓN PÚBLICA GALLEGA CENTRO TECNOLÓGICO DE SUPERCOMPUTACIÓN DE GALICIA. CESGA G15852981 ASOCIACIÓN U OTROS TIPOS NO DEFINIDOS. La Xunta de Galicia y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) participan como únicos miembros en el Patronato del CESGA. 100% COSTES MARGINALES (*)
CONSORCIO INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS. IAC Q3811001A ORGANISMO PÚBLICO DE INVESTIGACIÓN. 100% COSTES MARGINALES (*)
CONSORCIO DE SERVICIOS UNIVERSITARIOS DE CATALUÑA. CSUC Q5856253I ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO QUE AGRUPA A LA MAYOR PARTE DE LAS UNIVERSIDADES CATALANAS. 100% COSTES MARGINALES (*)
CIEMAT (CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS). CIEMAT Q2820002J ORGANISMO PÚBLICO DE INVESTIGACIÓN. 100% COSTES MARGINALES (*)
FUNDACIÓN CENTRO DE SUPERCOMPUTACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN (SCAYLE). SCAYLE G24574113 ASOCIACIÓN U OTROS TIPOS NO DEFINIDOS. En el patronato se encuentra la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y la Universidad de León. 100% COSTES MARGINALES (*)
NAVARRA DE SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS (NASERTIC). NASERTIC A31098064 EMPRESA PÚBLICA. 100% COSTES MARGINALES (*)
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA. UZ Q5018001G UNIVERSIDAD PÚBLICA. 100% COSTES MARGINALES (*)
UNIVERSIDAD DE VALENCIA. UV Q4618001D UNIVERSIDAD PÚBLICA. 100% COSTES MARGINALES (*)
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. UAM Q2818013A UNIVERSIDAD PÚBLICA. 100% COSTES MARGINALES (*)
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA. UM Q2918001E UNIVERSIDAD PÚBLICA. 100% COSTES MARGINALES (*)
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA. UC Q3918001C UNIVERSIDAD PÚBLICA. 100% COSTES MARGINALES (*)
a) (*) En el caso de los organismos públicos de investigación, de las universidades públicas y en general de los organismos cuyos presupuestos son consolidables en los presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas y/o cuya actividad sea susceptible de financiación mediante las correspondientes transferencias internas entre presupuestos, se financiarán a costes marginales. Por tanto, no se considerarán subvencionables los gastos relativos a los costes de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los mismos, que ya estén cubiertos por las dotaciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en las Leyes de Presupuestos de las Comunidades Autónomas. a) (*) En el caso de los organismos públicos de investigación, de las universidades públicas y en general de los organismos cuyos presupuestos son consolidables en los presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas y/o cuya actividad sea susceptible de financiación mediante las correspondientes transferencias internas entre presupuestos, se financiarán a costes marginales. Por tanto, no se considerarán subvencionables los gastos relativos a los costes de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los mismos, que ya estén cubiertos por las dotaciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en las Leyes de Presupuestos de las Comunidades Autónomas. a) (*) En el caso de los organismos públicos de investigación, de las universidades públicas y en general de los organismos cuyos presupuestos son consolidables en los presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas y/o cuya actividad sea susceptible de financiación mediante las correspondientes transferencias internas entre presupuestos, se financiarán a costes marginales. Por tanto, no se considerarán subvencionables los gastos relativos a los costes de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los mismos, que ya estén cubiertos por las dotaciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en las Leyes de Presupuestos de las Comunidades Autónomas. a) (*) En el caso de los organismos públicos de investigación, de las universidades públicas y en general de los organismos cuyos presupuestos son consolidables en los presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas y/o cuya actividad sea susceptible de financiación mediante las correspondientes transferencias internas entre presupuestos, se financiarán a costes marginales. Por tanto, no se considerarán subvencionables los gastos relativos a los costes de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los mismos, que ya estén cubiertos por las dotaciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en las Leyes de Presupuestos de las Comunidades Autónomas. a) (*) En el caso de los organismos públicos de investigación, de las universidades públicas y en general de los organismos cuyos presupuestos son consolidables en los presupuestos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas y/o cuya actividad sea susceptible de financiación mediante las correspondientes transferencias internas entre presupuestos, se financiarán a costes marginales. Por tanto, no se considerarán subvencionables los gastos relativos a los costes de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los mismos, que ya estén cubiertos por las dotaciones previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en las Leyes de Presupuestos de las Comunidades Autónomas.

ANEXO V. Costes subvencionables

El presupuesto del proyecto se ciñe únicamente a la modalidad de costes marginales, según lo indicado en el cuadro que se adjunta más abajo. La ayuda financiará el 100 % de los costes marginales solicitados.

Ayudas para proyectos de I+D a) Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida que estén dedicados al proyecto. b) Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período que se utilice para el proyecto. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto calculados según buenas prácticas de contabilidad. c) Costes de edificios y terrenos, en la medida en que se utilicen para el proyecto durante el período del mismo. En el caso de los edificios, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto calculados con arreglo a las buenas prácticas de contabilidad. En el caso de los terrenos, serán subvencionables los costes de traspaso comercial o los costes de capital en que efectivamente se haya incurrido. d) Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. e) Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto. Dentro de los gatos generales suplementarios se incluyen los costes indirectos. Se consideran costes indirectos aquellos que forman parte de los gastos del proyecto, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa al no poder individualizarse. Los costes indirectos serán un 15% de los costes de personal del proyecto. Respecto de estos costes no será necesario aportar justificantes de gasto. Los gastos derivados de viajes del personal propio que imputa horas de trabajo al proyecto no pueden imputarse de forma separada, ya que se consideran incluidos dentro del concepto de costes indirectos. f) Otros gastos de funcionamiento, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
Ayudas a estudios de viabilidad Costes de estudios.
Ayudas para la construcción y mejora de infraestructuras de investigación Costes de inversión en activos inmateriales y materiales.
Ayudas a la innovación en favor de las PYMES: a) Costes necesarios para la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales b) Costes de envío en comisión de servicio de personal altamente cualificado procedente de un organismo de investigación y difusión de conocimientos o una gran empresa, que trabaje en actividades de I+D+i en una función recientemente creada en la entidad beneficiaria y que no sustituya a otro personal. c) Costes de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación.
Acciones para el cumplimiento del principio DNSH (Do No Significant Harm) Los costes necesarios para el cumplimiento de todas las condiciones DNSH que se recogen para la reforma C16.R1 en el apartado 8 del Componente 16 del PRTR; para no causar daño significativo a cada uno de los seis objetivos medioambientales siempre que sean aplicables al resto de gastos subvencionables. Por ejemplo: a) Los equipos que se utilicen cumplirán con los requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. b) Para la instalación de las infraestructuras IT, se seguirá la versión más reciente del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 "Instalaciones e infraestructuras de centros de datos - Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética. c) Se realizará una evaluación del riesgo climático y la vulnerabilidad de las instalaciones de infraestructuras IT. d) Los equipos utilizados cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, u ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas. Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19 / UE.

ANEXO VI. Plan de Proyecto

Paquetes de Trabajo Presupuesto global (millones de Euros) Coordinador Paquete de trabajo (PT) Actividades Beneficiarios Presupuesto actuación (millones de Euros)
PT1: Creación de un laboratorio para la explotación de computación cuántica. 3,6 Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) Adecuación y montaje de la instalación, incluyendo provisión de un programa de simuladores. Mantenimiento y consumos durante los años de funcionamiento. Se adjudicará a través de un concurso público, de acuerdo a la legislación vigente. Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) 3,60
PT2: Creación de chips cuánticos de capacidades crecientes en el tiempo. 6,4 Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) Desarrollo de chips cuánticos de acuerdo con el roadmap tecnológico acordado. Se adjudicará a través de un concurso público, de acuerdo a la legislación vigente. Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) 6,40
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Universidad de Zaragoza 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (Computaex) 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. CIEMAT (PIC) 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Fundación Centro de Supercomputación de Castilla y León (SCAYLE) 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Nasertic 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Universidad de Valencia 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Universidad Autónoma de Madrid 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Universidad de Málaga 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Instituto Astrofísico de Canarias 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. CSUC 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa de computación cuántica de la RES. Incluye actuaciones de formación, seminarios, acceso de los usuarios a través de los procesos de la RES, gestión de los comités de acceso, etc. El objetivo último es establecer la plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas existentes, y haber generado en paralelo un gran número de usuarios potenciales. Universidad de Cantabria 0,20
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Programa nacional de formación en computación cuántica Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) 1,50
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Cofinanciación para la adquisición de pequeños simuladores Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) 0,30
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Cofinanciación para la adquisición de pequeños simuladores Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) 0,30
PT3: Fortalecimiento del ecosistema. Creación de una plataforma de acceso en la nube a las capacidades cuánticas creadas. 5,0 Fundación Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA) Cofinanciación para la adquisición de pequeños simuladores Fundación Centro de Supercomputación de Castilla y León (SCAYLE) 0,30
PT4: Creación de un software cuántico, con especial énfasis en «Quantum Machine Learning» y su hibridación con IA 7,0 Universidad de Zaragoza Investigación orientada al desarrollo de librerías de algoritmos cuánticos útiles, aplicables a problemas reales, para usuarios finales tanto de empresas como de entidades públicas. Este software hará especial hincapié en el desarrollo de «Quantum Machine Learning», en profunda conexión con los avances en inteligencia artificial, y será desarrollado por el nodo coordinador de la RES en cooperación con instituciones académicas españolas líderes en el campo de la investigación en software cuántico. Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) 6,50
PT4: Creación de un software cuántico, con especial énfasis en «Quantum Machine Learning» y su hibridación con IA 7,0 Universidad de Zaragoza Investigación orientada al desarrollo de librerías de algoritmos cuánticos útiles, aplicables a problemas reales, para usuarios finales tanto de empresas como de entidades públicas. Este software hará especial hincapié en el desarrollo de «Quantum Machine Learning», en profunda conexión con los avances en inteligencia artificial, y será desarrollado por el nodo coordinador de la RES en cooperación con instituciones académicas españolas líderes en el campo de la investigación en software cuántico. Universidad de Valencia 0,25
PT4: Creación de un software cuántico, con especial énfasis en «Quantum Machine Learning» y su hibridación con IA 7,0 Universidad de Zaragoza Investigación orientada al desarrollo de librerías de algoritmos cuánticos útiles, aplicables a problemas reales, para usuarios finales tanto de empresas como de entidades públicas. Este software hará especial hincapié en el desarrollo de «Quantum Machine Learning», en profunda conexión con los avances en inteligencia artificial, y será desarrollado por el nodo coordinador de la RES en cooperación con instituciones académicas españolas líderes en el campo de la investigación en software cuántico. Universidad de Zaragoza 0,25
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