Orden EFP/1209/2021, de 2 de noviembre, por la que se actualizan, de acuerdo con el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades físicas y deportivas, Agraria, Artes y Artesanías, Servicios socioculturales y a la comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por determinados reales decretos

Rango Orden
Publicación 2021-11-08
Última actualización 2022-05-09
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación y Formación Profesional
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2022-05-09, BOE-A-2022-7514

Historial de reformas JSON API

CR2.7 Los fármacos o dietas especiales se suministran a los animales, según vía de administración indicada, enteral o parenteral en sus distintas variables, y cumpliendo los requerimientos del ensayo.

CR2.8 Los animales se socializan, mediante contacto con su cuidador o con otros animales, según necesidades concretas del procedimiento, garantizando su bienestar, la seguridad del personal, evitando reacciones adversas y la distorsión de los resultados.

RP3: Inmovilizar a los animales aplicando diversas técnicas (métodos manuales, jaulas, cuerdas, entre otros), colaborando con la persona responsable para facilitar la aplicación de los procedimientos experimentales y asegurar su bienestar.

CR3.1 Los animales se inmovilizan, aplicando técnicas manuales o mediante equipos de contención, asegurando su bienestar.

CR3.2 Los animales se inmovilizan introduciéndolos en cepos específicos para la especie, facilitando la aplicación de los procedimientos.

CR3.3 Los animales grandes agresivos se inmovilizan utilizando jaulas específicas con pared retráctil facilitando la aplicación de tranquilizantes por el responsable superior.

CR3.4 Los animales grandes se sujetan utilizando cabos, cuerdas o ataduras, disponiéndolos según la especie para su inmovilización.

CR3.5 Los animales grandes tranquilizados y atados se derriban con destreza para evitar lesiones, colocándolos en la posición requerida por el procedimiento experimental.

CR3.6 Las jaulas y sistemas de retención para inmovilizar o sedar animales se manejan evitando agresiones y daños a los trabajadores y a los animales.

RP4: Realizar la eutanasia de animales, aplicando métodos que causen el menor sufrimiento posible, adaptados a cada especie y circunstancia, en colaboración y bajo la supervisión de la persona responsable, para minimizar dolor, temor o angustia.

CR4.1 Los animales se sacrifican, aplicando métodos que causen el menor sufrimiento posible y siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa aplicable en cuanto a capacitación del personal para la eutanasia.

CR4.2 Los animales que deban ser sacrificados en la jornada se seleccionan, en base al procedimiento experimental y según instrucciones, para la aplicación el método eutanásico indicado según su especie, edad y estado de salud.

CR4.3 Los animales que deben sacrificarse se separan en grupos, garantizando que el número de individuos de cada grupo es acorde con el método eutanásico a aplicar.

CR4.4 Los instrumentos, equipos e instalaciones se revisan previamente al sacrificio, comprobando su estado y funcionamiento para inducir una muerte rápida, evitando el sufrimiento del animal.

CR4.5 Los animales vivos pendientes de ser sacrificados se mantienen fuera de la sala en la que se está realizando el procedimiento eutanásico a animales de su misma especie, evitándoles temor y recelo.

CR4.6 Los animales se tranquilizan con fármacos, si el método eutanásico así lo requiere, siguiendo instrucciones, y antes de aplicar el método para evitarles angustia o estrés y riesgos al manipulador.

CR4.7 El método eutanásico se aplica de forma que la inducción sea lo más rápida y efectiva posible, reconociendo y confirmando la muerte mediante un método distinto y complementario.

CR4.8 Los animales sacrificados se eliminan, atendiendo a los planes de gestión de residuos y prevención de riesgos, preservando la salud humana, animal y del medio ambiente.

CR4.9 La sangre, orina y heces de los animales sacrificados se limpian previamente a la entrada de nuevos animales vivos pendientes de ser eutanasiados para evitarles el temor y el recelo.

RP5: Preparar envíos de animales a otros centros, comprobando su correspondencia con los solicitados, para su utilización en procedimientos experimentales, asegurando su viabilidad y bienestar durante el traslado.

CR5.1 Las solicitudes de animales por parte de otros centros se comprueban, verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos, en colaboración con el responsable superior para su expedición a nuevos destinos.

CR5.2 Los contenedores para el transporte de los animales se seleccionan, garantizando la contención y permitiendo libertad de movimientos atendiendo a la duración del transporte, especie, cantidad, edad y estado sanitario de los animales a expedir.

CR5.3 Los contenedores se proveen de lechos, alimento y agua o sustituto, adaptado tanto al transporte, como a la especie animal, teniendo en cuenta la duración del transporte.

CR5.4 Los animales se introducen en contenedores, asegurando su viabilidad, bienestar y mantenimiento de su estado sanitario.

CR5.5 Los contenedores con los animales se trasladan, a través de las estructuras diseñadas a tal efecto en los centros, salvaguardando el estado sanitario de los locales.

CR5.6 Los contenedores con los animales se acompañan de la documentación referente a traslado de animales de experimentación emitida por el responsable facultativo designado por el centro.

RP6: Archivar datos de animales de experimentación, utilizando registros o bases de datos informáticas, para disponer de un censo actualizado.

CR6.1 Los datos de los animales en el momento del nacimiento o del destete, según proceda, se archivan como entradas en el registro y/o en la base de datos informática del centro haciendo constar su origen para disponer de un censo actualizado.

CR6.2 Los datos de los animales procedentes de otro centro se archivan en el momento de su llegada como entradas en el registro y/o en la base de datos informática del centro haciendo constar su origen.

CR6.3 Los datos de los animales utilizados en procedimientos experimentales se archivan en el registro y/o en la base de datos informática del centro, indicando el número de proyecto.

CR6.4 Los datos de los animales sacrificados o muertos, utilizados o no utilizados en procedimientos, se archivan como salidas en el registro y/o en la base de datos informática del centro haciendo constar el método de eutanasia utilizado y las causas de la muerte, cuando se conozcan.

CR6.5 Los datos de los animales expedidos a otros centros se archivan como salidas en el registro y/o en la base de datos informática del centro haciendo constar su destino y destinatario.

CR6.6 Los datos de perros, gatos, primates, entre otros animales superiores, se archivan en el registro y/o en la base de datos informática del centro, identificándolos individualmente cumpliendo la normativa aplicable sobre identificación individual de especies.

CR6.7 Los datos de las especies de producción sometidos a normativa específica, se archivan en el registro y/o en la base de datos informática del centro, incorporándose asimismo datos de animales por razones de salud pública o sanidad animal.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Jaulas de transporte. Contenedores homologados de transporte. Sistemas de seguridad aérea (SAS). Sistemas de identificación individual de animales. Fármacos. Dietas especiales. Alimento hidratado. Jaulas de contención. Cepos adaptados a las diversas especies. Gafas de protección. Indumentaria de trabajo. Botas u otro calzado adecuado. Mascarillas. Guantes de seguridad. Cuerdas. Carros de transporte. Mesas de sujeción. Guillotinas. Cámaras de CO2. Agujas. Jeringas. Cerbatanas. Pistolas de bala cautiva. Productos químicos. Fármacos anestésicos. Fármacos tranquilizantes. Bolsas de plástico. Congelador para cadáveres. Jaulas con sistemas de inmovilización de animales. Cabinas de bioseguridad. Cabinas de flujo laminar. Estanterías («racks») móviles ventiladas con miniaisladores. Equipos de protección individual: buzos de bioseguridad, mascarillas de bioseguridad, gorros y cubrezapatos. Equipo básico de primeros auxilios. Materiales de señalización. Sistemas de comunicación para emergencia. Sistemas informáticos. Lavaojos.

Productos y resultados:

Recepción de animales procedentes de otros centros de cría, suministradores o usuarios de animales de experimentación. Animales preparados para su posterior utilización en procedimientos experimentales. Animales inmovilizados para facilitar la aplicación de los procedimientos experimentales. Animales eutanasiados aplicando métodos humanitarios. Preparación de envíos de animales a otros centros. Datos de animales de experimentación registrados para disponer de un censo actualizado.

Información utilizada o generada:

Normativa aplicable relativa a protección medioambiental y planificación de la actividad preventiva en cuanto a seguridad y bioseguridad. Normativa aplicable sobre protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. Normativa aplicable sobre capacitación del personal que manipula animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. Normativa aplicable sobre adiestramiento, explotación bienestar, transporte, sacrificio y eliminación de animales. Normativa aplicable sobre utilización de productos tóxicos y peligrosos. Normativa sobre organismos modificados genéticamente. Hoja de solicitud de animales. Datos de animales para incluir en el registro de entradas y salidas. Libro de registro o base de datos informática de censo de animales. Protocolos sobre manipulación de animales. Protocolos de preparación de animales para cirugía u otros experimentos. Manuales de uso de equipos. Manuales de equipos de protección. Manuales de inmovilización de animales. Criterios de punto final. Prospecto informativo y fichas de datos de seguridad de los productos utilizados en los tratamientos. Documentos de seguridad y de identificación de riesgos laborales. Información suministrada por el servicio de prevención de riesgos laborales del centro. Instrucciones preventivas y protocolos de actuación. Partes de comunicación de riesgos e incidencias. Estándares de calidad.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: REALIZAR PROCEDIMIENTOS EXPERIMENTALES CON ANIMALES

Nivel: 3

Código: UC1737_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Realizar operaciones de obtención de muestras biológicas y administración de sustancias a animales de experimentación, garantizando su bienestar, según indicaciones y bajo la supervisión de la persona responsable, registrando los resultados, entre otros datos biológicos, para su posterior procesado y análisis.

CR1.1 La sustancia objeto de estudio se selecciona, identificándola y administrándola por vía oral, subcutánea, intramuscular, intraperitoneal, intravenosa, entre otras, según especificaciones del procedimiento experimental, en función de sus características, distribución, eliminación y dosificación, considerando la especie del animal.

CR1.2 La sustancia o sustancias administradas se registran, anotando dosis y periodicidad, en documentos normalizados según principios de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) y de reducción, refinamiento y reemplazo (3R) para garantizar unos resultados fidedignos.

CR1.3 Las incidencias o anomalías presentadas y otros datos indicados en el protocolo se registran, almacenándose en hojas de registro protocolizado u otros sistemas electrónicos.

CR1.4 Las muestras biológicas se obtienen con el animal consciente, en caso de que su recogida no requiera un procedimiento invasivo o no produzca un estrés elevado, preservando la calidad de la muestra.

CR1.5 Las muestras biológicas, cuya obtención requiera procedimientos invasivos (como punciones, entre otros) se extraen, aplicando técnicas de cirugía, anestesiando a los animales previamente para evitar su sufrimiento.

CR1.6 Los procedimientos experimentales se aplican a los animales, valorando su bienestar en relación con la severidad del procedimiento para la aplicación de medidas según criterios de punto final.

CR1.7 Los métodos de refinamiento (minimizan el dolor o angustia y mejoran el bienestar animal muerte) se actualizan de forma continua, potenciando la utilización de anestesia y analgesia, el enriquecimiento ambiental, clasificando la severidad de los procedimientos, estableciendo criterios de punto final tempranos, según fuentes de información de experiencia probada.

RP2: Realizar operaciones de anestesia, general o local, y analgesia, administrando fármacos y aplicando las técnicas indicadas por la persona responsable, para evitar el sufrimiento animal durante el procedimiento experimental.

CR2.1 Los animales de experimentación se seleccionan, mediante exploración física, pruebas de laboratorio y exámenes de salud, valorando la necesidad de ayuno y el modelo experimental empleado o la necesidad de técnicas como la aclimatación, entre otras.

CR2.2 La medicación preanestésica se administra al animal, en su caso, empleando sedantes, u otros fármacos pertinentes, a dosis indicadas, para minimizar su estrés, facilitar la manipulación, inducción y mantenimiento de la anestesia, reduciendo la incidencia de complicaciones.

CR2.3 Los equipos (de ventilación, monitores, entre otros) y fármacos (anestésicos, analgésicos, sedantes, entre otros) se manejan, según necesidades del ensayo y disponibilidad de los medicamentos, minimizando o eliminando el dolor de los animales y obteniendo resultados válidos de la investigación.

CR2.4 Las técnicas anestésicas se aplican a los animales, según el procedimiento experimental, combinando, en su caso, fármacos de efectos complementarios (triada anestésica) para conseguir su inconsciencia, antinocicepción e inmovilización, así como una anestesia equilibrada, registrándose las dosis e incidencias para su control.

CR2.5 El equipo de anestesia se comprueba con antelación, verificando su funcionamiento, estado de sus componentes y adaptación a la especie del animal de experimentación, garantizando la seguridad de la anestesia.

CR2.6 El plano anestésico y los parámetros fisiológicos vitales, se evalúan, monitorizando al animal para garantizar el desarrollo del procedimiento experimental y minimizar los efectos adversos de la anestesia.

CR2.7 Las complicaciones durante la anestesia se detectan mediante sistemas de monitorización, manteniendo los registros para tomar las medidas correctoras.

CR2.8 Las medidas de soporte ventilatorio, como ventiladores mecánicos, cardiovascular o de mantenimiento de la temperatura se aplican durante la anestesia, efectuando controles mediante monitorización para garantizar la seguridad del animal.

CR2.9 La medicación analgésica se aplica al animal, según diferentes vías de administración, momento (antes, durante o después de la cirugía), intensidad y duración del dolor esperado o real, especie, considerando su potencia y duración.

CR2.10 El animal se observa durante el periodo postoperatorio, manteniendo la monitorización, detectando alteraciones en su estado general y en la herida quirúrgica, para prevenir y resolver posibles complicaciones.

CR2.11 La recuperación de la anestesia se controla mediante la observación del estado de consciencia, atendiendo a los fármacos empleados durante la anestesia y la necesidad de antagonización para que el animal se recupere en las mejores condiciones posibles.

RP3: Preparar las intervenciones quirúrgicas, según la especie animal y procedimiento experimental, para que las condiciones del campo quirúrgico y del animal, se ajusten a lo establecido por la persona responsable.

CR3.1 Las soluciones de limpieza y desinfección del material quirúrgico se preparan, atendiendo a su tipología y características propias, estando disponibles para su utilización.

CR3.2 El instrumental quirúrgico se esteriliza, mediante métodos físicos o químicos, para empaquetarlo, almacenarlo y conservarlo, en las condiciones requeridas, estando disponible para la intervención.

CR3.3 La indumentaria de quirófano y la instrumentación quirúrgica se preparan en condiciones de asepsia y esterilidad, para minimizar la aparición de contaminaciones e infecciones de la herida quirúrgica y garantizar los resultados de la intervención.

CR3.4 El animal se prepara para la cirugía mediante el rasurado y lavado de la piel con soluciones antisépticas del campo operatorio para minimizar la contaminación del mismo.

CR3.5 La temperatura corporal del animal se mantiene mediante el empleo de sistemas de calentamiento con el fin de prevenir la hipotermia.

RP4: Realizar operaciones de asistencia en intervenciones quirúrgicas, aplicando técnicas, en su caso, para la obtención de fluidos, tejidos o la administración de sustancias, entre otras acciones.

CR4.1 El estado de salud del animal se evalúa, previamente a la intervención, para evitar complicaciones perioperatorias y garantizar el éxito de la intervención.

CR4.2 La técnica quirúrgica seleccionada, según procedimiento experimental y referencias bibliográficas de calidad, se aplica en condiciones de asepsia para la evolución favorable de la herida y del animal.

CR4.3 El material requerido, quirúrgico o de otro tipo, seleccionado previamente, se maneja, considerando el tejido u órgano a intervenir y el procedimiento quirúrgico, minimizando el daño de los tejidos y el riesgo de infección.

CR4.4 El campo quirúrgico se delimita, rasurando, lavando, desinfectando la zona y colocando paños estériles, garantizando condiciones de asepsia para evitar infecciones.

CR4.5 La herida quirúrgica se practica, para el abordaje de órganos y tejidos, prestando asistencia, en su caso, a la persona responsable, según referencias anatómicas y técnicas de disección que minimicen daños a los tejidos, aplicando técnicas de hemostasia con el objetivo de mantener limpio el campo operatorio y minimizar pérdidas de sangre.

CR4.6 La herida quirúrgica se sutura, en su caso, aproximando los bordes, según técnicas dependientes del tejido y región anatómica intervenida, para favorecer la cicatrización y minimizar complicaciones como la infección o la dehiscencia de la herida, entre otros.

CR4.7 La canulación de los vasos sanguíneos, u otros conductos anatómicos, se practica, prestando asistencia, en su caso, a la persona responsable, utilizando materiales previamente seleccionados y aplicando técnicas según la especie animal y tipo de canulación, para obtener fluidos, tejidos o administrar sustancias, entre otros objetivos.

CR4.8 La medicación antibiótica profiláctica indicada se administra a los animales, con la antelación, frecuencia y duración requeridas, según su especie y procedimiento quirúrgico para evitar la aparición de infecciones quirúrgicas.

CR4.9 La herida quirúrgica postoperatoria se cura, utilizando guantes, cambiando el vendaje y desinfectándola, con la frecuencia y técnica requerida para favorecer la cicatrización y evitar la aparición de infecciones.

CR4.10 Los órganos de los animales se perfunden, según sistemas, técnicas y líquidos que mejor preserven los tejidos para la obtención de muestras de calidad que serán posteriormente procesadas.

RP5: Detectar factores que interfieran en el experimento, evaluando el comportamiento del animal y signos clínicos, para comunicarlos a la persona responsable y poder determinar la validez de los resultados experimentales o la modificación del protocolo.

CR5.1 Las complicaciones derivadas del procedimiento se prevén, en función de su gravedad o impacto en el animal y resultados, determinando, en su caso, medidas para minimizarlas o evitarlas.

CR5.2 El comportamiento y signos clínicos en los animales se exploran durante la manipulación previa al procedimiento, para poder valorar los cambios tras el ensayo, identificar complicaciones y prevenir posibles interferencias en los resultados, transmitiendo la información.

CR5.3 La respuesta anómala a la administración de un fármaco o sustancia se registra, de forma manual, utilizando monitores, entre otros, transfiriendo los datos para determinar su posible interferencia en los resultados.

CR5.4 Las complicaciones detectadas durante el procedimiento experimental, derivadas de su ejecución o de fallos en el equipamiento empleado, se comunican, transmitiendo la información para la adopción de medidas correctoras.

RP6: Detectar dolor y angustia en los animales de experimentación mediante la observación y valoración de parámetros comportamentales y fisiológicos, evaluando su estado de bienestar para minimizar su sufrimiento.

CR6.1 El estado de salud de los animales de experimentación se valora mediante observación, atendiendo a su variabilidad, adoptando las medidas para garantizar su bienestar.

CR6.2 Los parámetros fisiológicos y de comportamiento de animales se comparan con los valores de referencia atendiendo a la especie para identificar alteraciones.

CR6.3 El sufrimiento, dolor y angustia del animal se detectan, mediante la supervisión de indicadores incorporados en escalas de puntuación, que permitan aplicar los criterios de punto final para evitar un sufrimiento innecesario.

CR6.4 Los efectos de uno o varios procedimientos aplicados sobre el mismo animal a lo largo de su vida, se evalúan en relación con su severidad o severidad acumulada (suma de la severidad de varios ensayos), manteniendo el equilibrio ético entre los resultados del experimento y dicha severidad.

CR6.5 La analgesia y anestesia de los animales de experimentación se aplican, administrando los medicamentos indicados por el personal facultativo, siempre que permitan reducir la severidad del procedimiento, para garantizar el máximo bienestar animal.

CR6.6 Las enfermedades latentes o asintomáticas se detectan mediante observación de signos clínicos u otras pruebas diagnósticas, adoptando medidas en función del bienestar del animal y el posible impacto en los resultados de la investigación.

RP7: Sacrificar animales de experimentación, aplicando métodos incruentos, prestando, en su caso, asistencia a la persona responsable del procedimiento y siguiendo sus indicaciones, para evitar el sufrimiento de los animales.

CR7.1 La eutanasia se aplica a los animales de experimentación, mediante distintas técnicas, asistiendo, en su caso, al procedimiento, de forma que la inducción de la muerte sea efectiva y no produzca sufrimiento.

CR7.2 El método incruento se selecciona en función del ensayo experimental y técnicas descritas en la normativa aplicable referente a protección de animales utilizados con fines científicos.

CR7.3 Los animales se sacrifican, aplicando las técnicas y atendiendo a los requisitos para personal competente indicados en la normativa aplicable de protección de animales utilizados con fines científicos, adoptando medidas para la prevención de los riesgos laborales específicos.

RP8: Realizar operaciones de asistencia en técnicas de necropsia de animales de experimentación, obteniendo muestras de tejidos y recopilando datos, para la evaluación postmortem, siguiendo indicaciones de la persona responsable.

CR8.1 Los órganos y fluidos corporales de los animales muertos se obtienen, aplicando técnicas de necropsia, procesándolos para su estudio posterior.

CR8.2 Los órganos y fluidos corporales se introducen en recipientes con los conservantes indicados, etiquetándolos o aplicando otros métodos de identificación, para remitirlos al laboratorio, garantizando su viabilidad.

CR8.3 Los datos relevantes de la necropsia, como lesiones macroscópicas, entre otros, se detectan, registrándolos en soporte y formato disponibles, para su procesado y análisis posterior.

CR8.4 La mesa y sala de necropsias se higienizan, limpiándolas y desinfectándolas, disponiéndolas para nuevo uso.

CR8.5 Los cadáveres de animales y otros restos biológicos generados durante la necropsia se recogen en contenedores, eliminándolos a través de la entidad gestora responsable.

RP9: Registrar la información obtenida del experimento, utilizando monitores, entre otros equipos, para su análisis posterior por la persona responsable de la investigación.

CR9.1 Los equipos de registro, monitores entre otros, se preparan, previa selección, mediante calibración, para obtener resultados fiables de investigación.

CR9.2 Las variables fisiológicas del animal, parámetros funcionales, entre otros datos, se registran, de forma manual o utilizando monitores, entre otros equipos de registro, en base a los objetivos del procedimiento experimental.

CR9.3 Los procedimientos no invasivos se registran, utilizando los equipos disponibles (imagen, telemetría, comportamiento, pletismografía, entre otros), previa selección, según las necesidades y objetivos de la investigación, para la obtención de datos de la investigación.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Animales de experimentación. Sustancias a administrar en el procedimiento experimental. Material para la administración de sustancias. Fármacos. Material para la recogida de muestras. Sistemas de identificación y registro de muestras. Equipos para el almacenamiento y conservación de las muestras. Congeladores destinados al almacenamiento de cadáveres. Monitores anestésicos. Equipamiento anestésico. Desinfectantes quirúrgicos. Sistemas de esterilización. Material específico de necropsia. Indumentaria de quirófano (material de seguridad: ropa de trabajo, mascarilla, guantes, gorro, calzado). Rasuradora. Sistemas de calentamiento corporal. Instrumental quirúrgico. Material de sutura. Gasas y vendas. Sondas, catéteres, jeringas y agujas. Sistemas de cateterización y canulación. Equipamiento y soluciones de perfusión. Sistemas de registro de datos manuales y electrónicos. Ordenadores. Sistemas de identificación. Monitores y sistemas de registro. Equipos de imagen, pletismógrafos, equipos para pruebas de comportamiento, equipos de telemetría, transductores, equipos de medida o estudio de metodología no invasiva.

Productos y resultados:

Administración de sustancias a animales de experimentación. Muestras biológicas recogidas. Operaciones de anestesia, general o local, y analgesia realizadas. Preparación de intervenciones quirúrgicas, según la especie animal y procedimiento experimental. Operaciones de asistencia en técnicas quirúrgicas realizadas. Detección de factores que interfieran en procedimiento experimental. Dolor y angustia detectados en los animales de experimentación. Operaciones de sacrificio incruento de los animales de experimentación realizadas. Operaciones de asistencia en técnicas de necropsia de animales de experimentación realizadas. Registro de datos obtenidos del procedimiento experimental.

Información utilizada o generada:

Normativa y prácticas seguras en lo relativo al uso, almacenamiento y eliminación de anestésicos y analgésicos. Normativa sobre el uso de animales con fines de investigación u otros fines científicos. Normativa sobre eliminación de cadáveres según la especie y riesgo biológico. Normativa sobre protección medio ambiental. Normativa referente a prevención de riesgos laborales. Normativa de bienestar animal. Protocolos de registro de datos. Protocolos de administración de sustancias. Protocolos normalizados de trabajo de técnicas de anestesia, analgesia y cirugía. Protocolos de recogida y procesado de muestras biológicas. Protocolos de limpieza, desinfección, esterilización y almacenamiento de material quirúrgico. Protocolos de supervisión del procedimiento experimental. Hojas de registro de datos. Datos de investigación. Procedimiento experimental. Recomendaciones de preparación y administración de sustancias. Manuales de utilización de monitores y equipos de registro. Bibliografía sobre aspectos éticos y normativos de los cuidados proporcionados a los animales de experimentación. Estándares de calidad.

UNIDAD DE COMPETENCIA 3: REALIZAR TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN EN ANIMALES UTILIZADOS EN PROCEDIMIENTOS EXPERIMENTALES

Nivel: 3

Código: UC1738_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Planificar la reproducción de animales y colonias, según objetivos del procedimiento experimental y previsiones de la persona responsable, optimizando los recursos, para cubrir las necesidades de investigación y garantizar su viabilidad.

CR1.1 El programa de gestión reproductivo se maneja registrando los cruces, entre otros datos, para garantizar el mantenimiento de la colonia y su definición genética.

CR1.2 Las tareas reproductivas, como cruces y destetes, se programan, atendiendo a los objetivos del procedimiento, viabilidad de las crías y optimización de recursos.

CR1.3 Los animales se reproducen aplicando técnicas de detección del celo, cubrición y gestación, considerando cada especie, garantizando la investigación.

CR1.4 La información para la gestión de los animales y sus colonias se extrae, utilizando aplicaciones informáticas específicas.

RP2: Establecer la definición genética de los animales, manteniéndola, mediante su genotipado y selección, para garantizar la estabilidad de los modelos experimentales y su idoneidad en la investigación.

CR2.1 La nomenclatura para definir las diferentes líneas de animales y sus alteraciones genéticas se utiliza, según el sistema de identificación establecido según especie (microchips, tatuajes, marcas en piel o pelo, entre otros), evitando errores en la reproducción.

CR2.2 Los animales alterados genéticamente se identifican, indicando la alteración genética que presentan, para su uso como modelo experimental, garantizando su reproducción y bienestar.

CR2.3 La identidad genética de los animales se confirma, mediante el análisis de muestras para genotipado (biopsia de tejido de una muestra de la cola del ratón, entre otros), aplicando técnicas de biología molecular, entre otras.

CR2.4 Los animales que no presentan el genotipo deseado se separan, procediendo a su eutanasia en caso de no considerarse válidos para los fines de la investigación eliminándose estos a través de la entidad gestora responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP3: Obtener gametos y embriones, para su transferencia a hembras receptoras, garantizando su «estatus» genético y sanitario, según protocolos, indicaciones del responsable y fines de la investigación.

CR3.1 Las técnicas de extracción de semen o espermatozoides e inseminación artificial se seleccionan, dependiendo de la especie, garantizando la viabilidad de la muestra o gametos y el bienestar de los animales.

CR3.2 Los tratamientos hormonales, para inducir la superovulación en hembras o la sincronización de celos, se administran a los animales, considerando cada especie y asegurando la producción de óvulos o la implantación de los embriones.

CR3.3 Los medios requeridos para la obtención de gametos y embriones se preparan, considerando medios de lavado, de cultivo de embriones y de dilución de esperma.

CR3.4 Los ovarios, ovocitos, oviductos, útero, epidídimo y eyaculado se extraen, considerando cada especie, asegurando la obtención de oocitos y espermatozoides viables y el bienestar de los animales.

CR3.5 Los embriones definidos genéticamente se obtienen, aplicando técnicas de fecundación in vitro y de manipulación embrionaria, teniendo en cuenta la finalidad del experimento.

CR3.6 Los embriones, en diferentes fases de desarrollo, se extraen mediante técnicas específicas que garanticen el bienestar animal para su conservación y transferencia, clasificándose en función de su viabilidad, fase de desarrollo y aspecto morfológico.

CR3.7 Los embriones viables se transfieren a las hembras receptoras sincronizadas, aplicando técnicas anestésicas y quirúrgicas, en función de la especie, asegurando la viabilidad de los mismos y el bienestar animal.

CR3.8 Las intervenciones de cesárea se practican, aplicando las técnicas anestésicas y quirúrgicas que aseguren el bienestar animal, para garantizar la obtención de las crías y su viabilidad.

RP4: Conservar gametos y embriones de animales de experimentación, aplicando técnicas de manipulación y criopreservación, según protocolos e indicaciones de la persona responsable del procedimiento, para su utilización en investigación y reproducción.

CR4.1 Los gametos o embriones se conservan, seleccionando previamente y preparando medios de cultivo, materiales y técnicas de criopreservación, para garantizar su posterior viabilidad.

CR4.2 Las muestras de gametos o embriones criopreservados se identifican mediante el sistema de codificación establecido para garantizar su control.

CR4.3 Las muestras de gametos o embriones criopreservadas se conservan en condiciones específicas, tales como tanques de nitrógeno u otros sistemas similares.

CR4.4 El registro de las muestras criopreservadas se mantiene actualizado anotando el código de identificación, entradas y salidas para garantizar su control y mantenimiento.

CR4.5 Las muestras se descongelan, utilizando baños termostáticos, para la obtención de gametos o embriones viables.

CR4.6 Los gametos y embriones viables se mantienen, aplicando técnicas de cultivo en placas y medios de cultivo específicos, cumpliendo las condiciones que garanticen su desarrollo y viabilidad.

CR4.7 Los restos biológicos generados durante la necropsia se separan atendiendo a su tipología, eliminándose a través de la entidad gestora responsable.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Ropa de trabajo. Equipos de protección individual (EPI): pantalla completa, mascarilla, guantes, guantes de seguridad, gorro, gafas, calzado, entre otros. Preparados hormonales. Solución salina. Jeringas y material para la administración de sustancias. Material para la recogida de muestras. Placas, frascos, pajuelas y medios de cultivo. Equipamiento y medios de cultivo. Pipetas. Equipamiento anestésico. Anestésicos. Desinfectantes quirúrgicos. Sistemas de esterilización. Instrumental quirúrgico. Material de sutura. Microscopio. Lupas. Sistemas de calentamiento corporal. Sistemas de cateterización y canulación. Sistemas de identificación y registro de muestras. Rasuradora. Sistemas de inmovilización y retención. Jaulas para animales. Sistemas de identificación. Equipos para el almacenamiento y conservación de las muestras. Tanques de nitrógeno líquido. Nitrógeno líquido. Congeladores y neveras. Baños termostáticos para la descongelación. Cronómetro. Termo. Estufa de cultivo. Sistemas de registro Equipo informático. Aplicaciones informáticas específicas.

Productos y resultados:

Reproducción de animales de experimentación y colonias planificada. Establecimiento y mantenimiento de la definición genética de los animales. Gametos y embriones obtenidos. Conservación de gametos y embriones.

Información utilizada o generada:

Normativa aplicable sobre el uso de animales con fines de investigación u otros fines científicos. Normativa aplicable sobre organismos modificados genéticamente. Normativa aplicable sobre bienestar animal. Normativa sobre gestión de residuos y protección medio ambiental. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. Recomendaciones de preparación y administración de sustancias. Protocolos normalizados de trabajo sobre detección de celos y cubrición. Protocolos sobre tratamiento hormonal para superovulación y sincronización. Protocolos sobre extracción de oocitos, ovarios, oviductos, epidídimo y eyaculado. Protocolos sobre obtención de embriones Protocolos sobre preparación de medios. Protocolos sobre criopreservación, descongelación. Procedimiento experimental. Protocolos sobre recogida y procesado de muestras biológicas. Protocolos sobre limpieza, desinfección y almacenamiento de material quirúrgico. Protocolos de anestesia, analgesia y eutanasia. Registro de muestras. Bibliografía especializada. Guías sobre manejo de animales. Estándares de calidad.

UNIDAD DE COMPETENCIA 4: REALIZAR PROCEDIMIENTOS EXPERIMENTALES CON ÓRGANOS AISLADOS, TEJIDOS Y CÉLULAS DE ANIMALES

Nivel: 3

Código: UC1739_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Preparar equipos, soluciones y medios de cultivo específicos, verificando su funcionamiento y ajustando parámetros, para el mantenimiento y viabilidad de órganos aislados, tejidos y células animales.

CR1.1 Los equipos específicos para procedimientos experimentales con órganos aislados, tejidos y células animales como estufas, cabinas de flujo laminar, baños termostáticos, entre otros, se comprueban, verificando su funcionamiento y estado de mantenimiento.

CR1.2 Las soluciones y medios de cultivo o perfusión específicos para procedimientos experimentales se preparan, según tipo de órgano, tejido o célula animal, ajustando, mediante cálculos, su osmolaridad, pH, temperatura, viscosidad, entre otras características.

CR1.3 Las placas de cultivo se manejan, entre otras tareas a desarrollar, como lavado, en la cabina de flujo laminar o sobre la mesa del laboratorio, según los protocolos de asepsia establecidos por la persona responsable del procedimiento experimental, evitando contaminaciones y garantizando la viabilidad celular.

CR1.4 La reserva de gases se controla, mediante revisiones visuales, con la periodicidad establecida, garantizando el procedimiento experimental, suministrando oxígeno y dióxido de carbono en la cantidad requerida para el mantenimiento de la viabilidad de órganos, tejidos y células.

RP2: Obtener órganos o tejidos, aplicando técnicas quirúrgicas de disección, para su procesado u obtención de células en procedimientos experimentales.

CR2.1 Los órganos y tejidos se obtienen mediante la disección del animal, sacrificado según normativa aplicable sobre protección de animales utilizados con fines científicos, y aplicando la técnica quirúrgica seleccionada en base al procedimiento experimental.

CR2.2 El órgano aislado o tejido del animal se perfunde aplicando el medio de perfusión oxigenado específico, garantizando su mantenimiento.

CR2.3 Las células se obtienen incubando el tejido en el medio de digestión seleccionado para permitir la segregación celular y, al mismo tiempo, garantizar la viabilidad de las células.

CR2.4 El tipo de células requerido se obtiene mediante el cultivo en medios selectivos específicos o aplicando otras técnicas de separación, como la centrifugación por gradiente, entre otras.

CR2.5 La supervivencia de las células y su viabilidad se mantiene mediante la supervisión periódica de las condiciones y la renovación de los medios de cultivo para garantizar la continuidad del procedimiento experimental.

CR2.6 Los cultivos celulares se restablecen mediante la descongelación de células criopreservadas, según protocolos.

CR2.7 Los cadáveres, tejidos animales y células se eliminan siguiendo el protocolo de gestión de residuos establecido para garantizar la seguridad de las personas y animales.

RP3: Conservar células animales, mediante criopreservación, para su almacenamiento y uso posterior en procedimientos experimentales.

CR3.1 Las células obtenidas de cultivos celulares se envasan, disponiendo alícuotas en medios de cultivo seleccionados, para su criopreservación y almacenamiento en tanques de nitrógeno líquido u otros sistemas de mantenimiento en congelación.

CR3.2 Las muestras de células criopreservadas se identifican mediante su etiquetado, registrándose para su utilización posterior en procedimientos experimentales.

CR3.3 Los tanques de nitrógeno u otros sistemas congeladores se comprueban, mediante revisiones periódicas, determinando el nivel de nitrógeno para evitar la descongelación accidental de las muestras.

CR3.4 Los tanques de nitrógeno se manipulan, utilizando los equipos de protección individual descritos en los documentos de seguridad del plan de prevención de riesgos laborales, evitando daños para las personas.

CR3.5 Las muestras se identifican mediante su etiquetado, descongelándose para su empleo en los procedimientos experimentales.

CR3.6 El registro del contenido de los tanques y las muestras se comprueba, verificando su correspondencia, para evitar errores de identificación.

RP4: Aplicar procedimientos experimentales a órganos aislados, tejidos y células animales, según los objetivos de la investigación, para la obtención de resultados fiables.

CR4.1 Los materiales para el baño de órganos o tejidos se verifican, comprobando el funcionamiento de los equipos, la disponibilidad de medios de perfusión específicos y la temperatura para garantizar la viabilidad del órgano o tejido.

CR4.2 El órgano perfundido, tejido animal o cultivo de células, se expone a sustancias o condiciones, según indicaciones descritas en el procedimiento experimental, obteniendo muestras y datos de la investigación.

CR4.3 Las características de crecimiento o de viabilidad celular se evalúan, aplicando técnicas de contaje o de tinción vital, para la obtención de resultados.

CR4.4 Las células y muestras de tejido obtenidas durante el experimento se almacenan, aplicando procedimientos de conservación y utilizándolas para su posterior análisis.

CR4.5 Los equipos de registro de señales se utilizan, según instrucciones de la persona responsable de la investigación, previa verificación, para la obtención de resultados fiables.

CR4.6 Los resultados obtenidos, entre otros datos, se registran, según soporte y formato disponibles, almacenándolos, para su análisis posterior por el responsable de la investigación.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Material de seguridad (ropa de trabajo, pantalla completa, gafas, mascarilla, guantes, gorro, calzado, entre otros). Fármacos. Sistemas de inmovilización. Jaulas para animales. Sistemas de identificación. Material para la administración de sustancias. Material para la recogida de muestras. Placas, frascos y medios de cultivo. Medios de tinción vital. Pipetas. Equipos para el almacenamiento y conservación de las muestras. Sistemas de identificación y registro de muestras. Equipamiento anestésico y de eutanasia. Desinfectantes quirúrgicos. Sistemas de esterilización. Instrumental de disección. Lupa y microscopio. Material de sutura. Equipamiento y soluciones de cultivo. Campanas extractoras. Cabina de flujo laminar. Autoclave. Bombonas de gases. Manorreductores. Recipientes para residuos tóxicos y biológicos. Reactivos químicos y biológicos. Material de laboratorio: gradillas, pipetas, matraces, tubos de ensayo, entre otros. Material desechable: puntas de pipeta, tubos de ensayo desechables, entre otros. Centrífugas. Microcentrífugas. Frigoríficos. Congeladores. Agitadores. Baños termostáticos. Balanzas. pHmetro. Destiladores de agua. Sistemas de registro. Termo. Tanques de nitrógeno líquido. Nitrógeno líquido. Estufa de cultivo. Baño de órganos. Sistemas de perfusión.

Productos y resultados:

Preparación de equipos, soluciones y medios de cultivo específicos para el mantenimiento de órganos aislados, tejidos y células animales. Órganos o tejidos obtenidos mediante técnicas de disección. Células conservadas mediante criopreservación. Aplicación de procedimientos experimentales a órganos aislados, tejidos y células animales.

Información utilizada o generada:

Normativa sobre el uso de animales con fines de investigación u otros fines científicos. Protocolos normalizados de trabajo referente a técnicas de preparación de soluciones y medios, aislamiento y perfusión de órganos, disección y obtención de tejidos, obtención de células y preparación y mantenimiento de cultivos celulares. Protocolos de cultivo de células, tejidos y órganos. Protocolos de recogida y procesado de muestras biológicas. Normativa sobre gestión de residuos y protección medio ambiental. Protocolos de funcionamiento y mantenimiento de centrífugas, estufas, cabinas de flujo laminar, tanques de nitrógeno, congeladores, neveras. Protocolos de limpieza, desinfección y almacenamiento de material quirúrgico. Procedimiento experimental. Recomendaciones de preparación y administración de sustancias. Bibliografía especializada. Estándares de calidad.

UNIDAD DE COMPETENCIA 5: RECOGER MUESTRAS BIOLÓGICAS ANIMALES Y REALIZAR ANÁLISIS DE LABORATORIO

Nivel: 3

Código: UC1586_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Recoger muestras biológicas animales para su posterior análisis de laboratorio, siguiendo los protocolos establecidos, identificando y registrando los datos requeridos en el soporte establecido y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y gestión de residuos.

CR1.1 La zona de trabajo destinada a muestras biológicas animales se prepara, comprobando que está limpia y ordenada, seleccionando los materiales y equipos de protección individual (EPIs) requeridos según protocolos establecidos y normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.

CR1.2 Las solicitudes de análisis de muestras biológicas se registran en el soporte manual o informático requerido, anotando los parámetros a determinar en el laboratorio.

CR1.3 Las muestras biológicas se recogen en el recipiente requerido, considerando tipo de muestra, volumen, aditivos, conservación y análisis solicitado, según protocolos establecidos.

CR1.4 Las muestras biológicas para estudios anatomopatológicos u otras, se obtienen, en colaboración con el veterinario, asistiéndole en caso de que se requieran técnicas invasivas.

CR1.5 Las muestras animales se identifican, utilizando sistema de codificación y soporte establecidos, para evitar errores en la adjudicación de resultados de los análisis de laboratorio.

CR1.6 Las muestras biológicas recogidas o recibidas se seleccionan, aceptándolas o rechazándolas aplicando los criterios de exclusión establecidos en el centro.

CR1.7 Las muestras biológicas animales, que precisen técnicas no aplicables en el propio centro, se envían, identificadas y acondicionadas, a laboratorios externos para su análisis, según protocolos establecidos.

CR1.8 Los residuos generados durante la recogida y obtención de muestras se separan para su posterior eliminación, cumpliendo la normativa aplicable referente a gestión de residuos.

RP2: Preparar los reactivos y las muestras de sangre de animales, siguiendo los protocolos establecidos para su análisis, cumpliendo la normativa aplicable.

CR2.1 El plan de trabajo diario se elabora a partir de las solicitudes de análisis registradas con el sistema informático o manual establecido.

CR2.2 La sangre entera se recoge en el tubo indicado en el protocolo de toma de muestras, en función del análisis a realizar.

CR2.3 La sangre entera se centrifuga, siguiendo el protocolo de trabajo, de obtención de suero o plasma.

CR2.4 La muestra de sangre conservada se prepara para su análisis por medio de una extensión o frotis, según protocolo.

CR2.5 Las muestras y reactivos se diluyen, en caso requerido, en las condiciones definidas en los protocolos de trabajo.

CR2.6 Las muestras no procesadas en el día se conservan, según los protocolos establecidos hasta su uso posterior.

RP3: Analizar las muestras biológicas animales por medio de determinaciones analíticas de hematología y bioquímica general para obtener los resultados analíticos solicitados, siguiendo los protocolos de análisis establecidos, con los equipos y las técnicas disponibles y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.

CR3.1 El código de la muestra hematológica problema se coteja con el listado de trabajo, comprobando su coincidencia para evitar errores.

CR3.2 Los equipos se calibran, siguiendo los protocolos establecidos, ajustando con la mayor exactitud posible, la medida de los valores analíticos.

CR3.3 Los valores de los controles se verifican, comprobando que se encuentran dentro de los de referencia para cada serie analítica y asegurando la calidad de los resultados obtenidos.

CR3.4 Las muestras biológicas animales se analizan por medio de determinaciones analíticas de hematología y bioquímica general con los instrumentos y equipos disponibles en el laboratorio, mediante los métodos establecidos en los protocolos.

CR3.5 Los valores analíticos obtenidos se validan técnicamente cuando son coherentes y se han seguido los procedimientos normalizados de trabajo, repitiéndose el análisis en caso contrario, informando al responsable.

CR3.6 Los resultados se registran en el historial del animal, manual o informáticamente.

RP4: Preparar las muestras de orina para su análisis en el laboratorio clínico, siguiendo el protocolo establecido y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de gestión de residuos biológicos.

CR4.1 El código de la muestra de orina problema se coteja con el listado de trabajo, comprobando su coincidencia para evitar errores.

CR4.2 La orina se analiza para determinar su densidad y los valores bioquímicos establecidos, siguiendo protocolos.

CR4.3 La orina se centrifuga, obteniendo un sedimento procesándolo a continuación para su posterior observación al microscopio por el veterinario.

CR4.4 La muestra de orina se siembra, cuando se requiera estudio microbiológico, utilizando los medios de cultivo, las técnicas de siembra y condiciones de incubación determinadas en los protocolos de estudio microbiológico de la misma.

CR4.5 Las muestras de orina cuyo cultivo resulte positivo al crecimiento de microorganismos se analizan, mediante un antibiograma para determinar el tratamiento más indicado.

CR4.6 Los resultados del análisis de orina se registran en el historial del animal, en el soporte establecido, para su posterior uso por el responsable.

RP5: Preparar las muestras de heces, siguiendo el protocolo establecido, para su análisis en el laboratorio cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de gestión de residuos biológicos.

CR5.1 El código de la muestra de heces problema se coteja con el listado de trabajo, comprobando su coincidencia para evitar errores.

CR5.2 La muestra de heces se procesa, según los protocolos establecidos para el tipo de análisis requerido: bioquímico, sangre oculta, entre otros.

CR5.3 La muestra de heces, destinada a estudio microbiológico o parasitológico se procesa para su observación en fresco o para su siembra, utilizando las técnicas, medios de cultivo en condiciones de incubación, determinadas en los protocolos de técnicas microbiológicas.

CR5.4 La muestra de heces, destinada a estudio microbiológico o parasitológico se procesa para su observación en fresco o sembrándola en medios de cultivo y condiciones de incubación, cumpliendo los protocolos de técnicas microbiológicas.

CR5.5 Los resultados del estudio de las heces se registran en el historial del animal, en el soporte establecido, para su posterior uso por el veterinario.

RP6: Preparar otras muestras biológicas específicas para el estudio bioquímico, microbiológico o microscópico para su análisis en el laboratorio cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de gestión de residuos biológicos.

CR6.1 El código de otras muestras biológicas problema se cotejan con el listado de trabajo, comprobando su coincidencia para evitar errores.

CR6.2 Las muestras se procesan, según el método establecido para cada una de ellas y el tipo de estudio solicitado.

CR6.3 Los medios de cultivo, las técnicas de siembra y las condiciones de incubación se seleccionan en función de la muestra y siguiendo los protocolos establecidos para el estudio microbiológico.

CR6.4 Los análisis microscópicos se preparan en fresco para su posterior interpretación por el veterinario.

CR6.5 Las muestras de epidermis, obtenidas por raspado cutáneo se extienden sobre el portaobjetos de forma homogénea, mezclándose con aceite mineral para permitir la visualización de parásitos al microscopio.

CR6.6 Las muestras identificadas inequívocamente, que deban ser analizadas en un laboratorio externo se preparan para su envío en condiciones de seguridad y conservación para obtener resultados válidos.

CR6.7 Las fechas, muestras y datos remitidos al laboratorio externo se registran de forma manual o en formato electrónico, para llevar un control de la actividad, hasta la recepción de los resultados.

CR6.8 Los resultados remitidos por el laboratorio externo se registran en el historial del animal de forma manual o en soporte informático, para su posterior uso por el responsable.

CR6.9 Los contenedores de residuos se disponen en el laboratorio en tipo y cantidad suficientes para permitir la eliminación de los residuos producidos durante la actividad diaria.

CR6.10 Los materiales utilizados en la eliminación de residuos generados de muestras biológicas animales se tratan para su esterilización o eliminación en recipientes homologados de modo que se prevengan accidentes y la transmisión de enfermedades.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Material básico de laboratorio (pipetas, gradillas, tubos, portaobjetos, cubreobjetos u otros). Pipetas automáticas. Materiales desechables para la realización de cultivos (placas, frascos, tubos de cultivo, asas de siembra, entre otros). Medios de cultivo. Refractómetro. Fijadores. Microscopios. Reactivos químicos y biológicos. «Kits» de diagnóstico. Baterías de tinción. Etiquetas. Material para la recogida de muestras. Recipientes de recogida de residuos biológicos. Recipientes para recogida de residuos cortantes y punzantes. Centrífugas. Frigoríficos. Estufas. Balanzas. Equipos de bioquímica líquida o seca. Equipos de hematología. Material de seguridad (batas, guantes, mascarillas). Sistemas informáticos de gestión. Redes locales. Procesadores de textos. Programa informático de gestión. Libros de registro.

Productos y resultados:

Muestras recogidas para su estudio. Reactivos y muestras de sangre preparados para su analítica. Determinaciones analíticas de hematología y bioquímica general realizadas. Muestras de orina preparadas para su análisis. Muestras de heces preparadas para su estudio. Otras muestras biológicas preparadas para el estudio bioquímico, microbiológico o de anatomía patológica. Equipos de protección individual requeridos para prevenir riesgos laborales aplicados. Residuos biológicos eliminados según protocolos.

Información utilizada o generada:

Listados de trabajo. Fichas clínicas o registros. Protocolos técnicos. Manuales de manejo de los distintos equipos. Protocolos normalizados de trabajo. Bibliografía de consulta especializada. Normativa aplicable sobre: seguridad y prevención de riesgos laborales, aplicación y manipulación del material biológico; gestión de residuos biológicos, tóxicos y peligrosos. Normativa aplicable de bienestar animal.

UNIDAD DE COMPETENCIA 6: REALIZAR ANÁLISIS DE BIOLOGÍA MOLECULAR EN MUESTRAS BIOLÓGICAS

Nivel: 3

Código: UC1740_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Extraer ADN y/o ARN, cuantificándolos y purificándolos, mediante sistemas manuales o automáticos determinados por la persona responsable del procedimiento experimental, para su procesamiento y análisis posterior.

CR1.1 El listado de trabajo se comprueba, verificando su correspondencia con las muestras para extracción de ADN y/o ARN, mediante la comparación de los códigos de ambos, evitando errores.

CR1.2 Los equipos y materiales para la extracción de ADN y/o ARN se seleccionan, según el tipo de muestra a analizar, verificando su funcionamiento y estado de uso para su disponibilidad.

CR1.3 Los procedimientos previos a la extracción de ADN y/o ARN, como homogenización, centrifugación, entre otros, se ejecutan, según tipo de muestra a analizar, evitando la contaminación de ADN o degradación del ARN.

CR1.4 Los reactivos se comprueban, verificando que están preparados o, en su caso, procediendo a su reconstitución o dilución, evitando la contaminación por RNAsas.

CR1.5 La técnica de extracción de ADN y/o ARN se aplica, mediante sistemas manuales o automáticos, asegurándose que la cantidad obtenida es suficiente para el desarrollo del procedimiento.

CR1.6 El ADN extraído se comprueba, cuantificándolo y/o purificándolo para su valoración posterior.

CR1.7 La integridad del ARN se comprueba, cuantificándolo y/o purificándolo para su valoración posterior.

CR1.8 El ADN y/o ARN se almacenan en viales específicos, aplicando técnicas de conservación por congelación, registrándolos, controlando la temperatura y, en el caso de ARN, utilizando el reactivo indicado en el protocolo para garantizar su viabilidad.

CR1.9 Los residuos generados, durante el procedimiento de extracción de ADN y/o ARN, se separan atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP2: Extraer proteínas totales, cuantificándolas y purificándolas, mediante sistemas manuales o automáticos determinados por la persona responsable del procedimiento experimental, para su procesamiento y análisis posterior.

CR2.1 El listado de trabajo se comprueba, verificando su correspondencia con las muestras para extracción de proteínas totales, mediante la comparación de los códigos de ambos, evitando errores.

CR2.2 Los equipos, materiales y reactivos para la extracción de proteínas totales se seleccionan, según el tipo de muestra a analizar, verificando su funcionamiento y estado de uso para su disponibilidad.

CR2.3 Los procedimientos previos al análisis, como homogeneización, centrifugación, entre otros, se ejecutan según tipo de muestra a analizar, evitando la degradación de las proteínas.

CR2.4 La técnica de extracción de proteínas se aplica, mediante sistemas manuales o automáticos.

CR2.5 Las proteínas extraídas se comprueban, cuantificándolas y/o purificándolas, en su caso, verificando que la cantidad obtenida ha sido suficiente para el desarrollo del procedimiento.

CR2.6 Los resultados obtenidos se comparan con los valores esperados, verificando la validez de la técnica.

CR2.7 Las proteínas se almacenan en los viales específicos aplicando técnicas de conservación mediante frio, registrándolos y controlando la temperatura para garantizar su viabilidad.

CR2.8 Los residuos generados, durante el procedimiento de extracción de proteínas totales, se separan, atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP3: Amplificar regiones específicas de ADN aplicando la técnica de la Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) y ARN con la técnica de retro-PCR (RT-PCR) para la obtención de ADN complementario (ADNc) y posterior estudio por la persona responsable del procedimiento experimental.

CR3.1 El listado de trabajo se comprueba, verificando su correspondencia con las muestras para amplificación de regiones específicas de ADN o ARN, mediante la comparación de los códigos de ambos, evitando errores.

CR3.2 Los reactivos se comprueban, verificando su disponibilidad y estado de utilización, así como las condiciones ambientales, para asegurar resultados fiables.

CR3.3 El termociclador se comprueba, verificando su estado, así como la programación de la técnica a aplicar, siguiendo las instrucciones del manual del fabricante del equipo para evitar errores de procesado.

CR3.4 Las técnicas de PCR y RT-PCR se aplican (mediante ciclos de amplificación y transcriptasa inversa respectivamente), garantizando la fiabilidad de los resultados.

CR3.5 La cantidad de material genético obtenido se comprueba, verificando que es suficiente, para obtener resultados y continuar el procedimiento.

CR3.6 Los amplificados de ADN o ARN se almacenan, en su caso, controlando la temperatura de conservación, para su posterior procesamiento.

CR3.7 Los residuos generados, durante el procedimiento de amplificación de regiones específicas de ADN, se separan, atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP4: Separar fragmentos de ADN y/o proteínas, purificándolos, aplicando técnicas de electroforesis indicadas por la persona responsable del procedimiento experimental, para su procesamiento y análisis posterior.

CR4.1 El listado de trabajo se comprueba, verificando su correspondencia con las muestras para separación de fragmentos de ADN y/o proteínas, mediante la comparación de los códigos de ambos, evitando errores.

CR4.2 El tipo, tiempo, voltaje y fuente de alimentación de la electroforesis a aplicar, se seleccionan, según la determinación solicitada, permitiendo la separación e identificación de fragmentos de ADN y/o proteínas.

CR4.3 Los reactivos se preparan, considerando sus concentraciones, diluciones y condiciones, para garantizar la fiabilidad de los resultados.

CR4.4 El tipo de marcaje, peso molecular del marcador y/o tinción específicos, se seleccionan, según tipo de electroforesis aplicada y muestra a analizar.

CR4.5 La separación de fracciones electroforéticas se comprueba mediante inspección visual, verificando que es suficiente para su posterior cuantificación.

CR4.6 Los fragmentos de ADN se visualizan aplicando técnicas según el marcaje y/o tinción elegidos, para su posterior cuantificación.

CR4.7 El producto amplificado se cuantifica, en el caso de que el protocolo así lo requiera, mediante procedimientos específicos (como espectrofotometría o fluorimetría).

CR4.8 La validez de la técnica se verifica mediante la introducción de controles, garantizando la fiabilidad de los resultados.

CR4.9 Los residuos generados, durante el procedimiento de separación de fragmentos de ADN y/o proteínas, se separan atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP5: Aplicar técnicas de hibridación, mediante sondas específicas y análisis de fragmentos de ADN, para la identificación de genes, según protocolos establecidos por la persona responsable del procedimiento experimental.

CR5.1 El listado de trabajo se comprueba, verificando su correspondencia con las muestras para identificación de genes, mediante la comparación de los códigos de ambos, evitando errores.

CR5.2 Los reactivos y equipos a utilizar en la hibridación, electroforesis y detección de la señal, se comprueban, verificando su disponibilidad y comprobando su funcionamiento y condiciones de mantenimiento para obtener resultados fiables.

CR5.3 El soporte, sonda con el marcaje, tiempo y temperatura, se seleccionan en función del procedimiento experimental, para que se produzca la hibridación, permitiendo la identificación específica.

CR5.4 La señal de la sonda se detecta dependiendo del tipo de marcaje (radiactividad, fluorocromo, técnicas inmunohistoquímicas, entre otros) para proceder a la identificación del gen o genes objeto de estudio.

CR5.5 Los fragmentos de ADN, objeto del análisis, se obtienen mediante enzimas de restricción específicas.

CR5.6 El tipo de marcaje o tinción específica y la técnica de electroforesis o hibridación (Southern, «in situ», entre otras) se seleccionan en base al tipo de fragmento de ADN, objeto del análisis y tipo de soporte elegido para su visualización.

CR5.7 Los fragmentos de ADN se visualizan aplicando diferentes técnicas (película de rayos X, película sensible a la luz, fluorescencia), según marcaje y tinción elegidos para su identificación.

CR5.8 Los resultados técnicos se comparan con los valores esperados, verificando la validez de la técnica aplicada.

CR5.9 Los residuos generados, durante la aplicación de técnicas de hibridación, se separan atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP6: Secuenciar fragmentos de ADN, amplificando y purificando sus productos, para su posterior identificación y análisis.

CR6.1 El listado de trabajo se comprueba, verificando su correspondencia con las muestras para secuenciación de fragmentos de ADN, mediante la comparación de los códigos de ambos, evitando errores.

CR6.2 El tamaño de los productos amplificados se comprueba, aplicando técnicas de electroforesis, para determinar que es suficiente para la posterior secuenciación.

CR6.3 La región de ADN que se precisa secuenciar se amplifica con sus cebadores específicos, utilizando didesoxinucleótidos trifosfato marcados con distintos fluorocromos para identificación.

CR6.4 Los productos amplificados se purifican, aplicando diversas técnicas (precipitación por sales, solventes orgánicos, adsorción en columna de sílice, separación magnética), procediendo a su posterior secuenciación.

CR6.5 Los materiales para la secuenciación del ADN se comprueban, previamente a la aplicación de la técnica, verificando la disponibilidad de los reactivos, la configuración, calibración y programación del secuenciador y las condiciones de utilización.

CR6.6 La técnica aplicada se verifica, a partir de los resultados obtenidos, comunicando, en su caso, la problemática surgida a la persona responsable del procedimiento experimental para buscar posibles soluciones.

CR6.7 Los residuos generados, durante el procedimiento de secuenciación de fragmentos de ADN, se separan atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

RP7: Separar proteínas mediante técnicas de cromatografía, inmunodetección y proteómica, seleccionadas por la persona responsable del procedimiento experimental, para su identificación y análisis.

CR7.1 La técnica a aplicar, cromatografía, inmunodetección o proteómica, se selecciona en función del tipo de muestra y finalidad.

CR7.2 Los reactivos y equipos se preparan, mediante concentraciones, diluciones y verificando sus condiciones según técnica a aplicar para la separación de proteínas.

CR7.3 La técnica cromatográfica (de gases, de alta resolución, entre otras) se selecciona, en función de la muestra, para la separación de las diferentes fracciones del cromatograma que permita su posterior cuantificación.

CR7.4 La técnica de inmunodetección se selecciona en función del tipo de muestra y finalidad, considerando enzimoinmunoanálisis, quimioinmunoluminiscencia, inmunofluorescencia, radioinmunoanálisis, inmunohistoquímica, inmunofijación, microarrays, inmunoelectroforesis, entre otras.

CR7.5 Las proteínas se separan mediante la técnica electroforética indicada en función de la muestra, tratándolas, una vez separadas, con los enzimas específicos para su identificación.

CR7.6 Los péptidos se analizan en el espectrómetro de masas, consultando la base de datos para la identificación de la proteína.

CR7.7 Los resultados se validan técnicamente para verificar que el procedimiento analítico se ha desarrollado siguiendo criterios de calidad, validándose posterior y definitivamente por el responsable del procedimiento experimental.

CR7.8 Los péptidos se secuencian, en casos en los que el resultado no sea concluyente, en un sistema de espectrometría de masas en tándem, para confirmar los resultados.

CR7.9 Los residuos generados, durante el procedimiento de separación de proteínas, se separan atendiendo a su tipología, para su retirada posterior por la entidad responsable, cumpliendo la normativa aplicable de gestión de residuos.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Sistemas de información del laboratorio. Material de seguridad: guantes, mascarillas, batas, entre otros. Campanas extractoras. Cabina de flujo laminar. Autoclave. Recipientes para residuos tóxicos y biológicos. Material para recoger muestras biológicas. Reactivos químicos y biológicos. Material de laboratorio: gradillas, pipetas, matraces, tubos de ensayo y otros. Material desechable: puntas de pipeta, tubos desechables y otros. Homogeneizador. Estufa. Olla. Centrífugas. Microcentrífugas. Frigoríficos. Congeladores. Microondas. Agitadores. Baños termostáticos. Balanzas. pHmetro. Destiladores de agua. Equipo automático de extracción de ácidos nucleicos. Equipo automático de extracción de proteínas. Espectrofotómetro. Termocicladores. Secuenciadores. Densitómetro. Equipo de inmunoensayo. Equipos de inmunoquímica. Equipos de electroforesis. Transiluminador UV. Equipos fotográficos. Equipos de cromatografía. Microscopio óptico. Microscopio de fluorescencia. Microscopio invertido. Contadores de radioactividad. Soporte y sistema de lectura para microarrays. Espectrómetro de masas.

Productos y resultados:

ADN y ARN extraídos y cuantificados. Proteínas totales extraídas y cuantificadas. Regiones de ADN y ARN amplificados. Fragmentos de ADN y proteínas, separados y purificados. Identificación de genes. Secuenciación de fragmentos de ADN, ARN y proteínas. Separación de proteínas mediante técnicas de cromatografía, inmunodetección y proteómica.

Información utilizada o generada:

Normativa aplicable referente a certificación o acreditación de laboratorios, instalaciones radiactivas, tratamiento de residuos, control de calidad, seguridad y prevención de riesgos laborales. Protocolos de investigación. Protocolos normalizados de trabajo. Solicitudes analíticas. Listados de trabajo. Manuales de manejo y mantenimiento de los equipos. Normas ISO para el control de calidad en laboratorio de análisis. Base de datos sobre genómica y proteómica. Bibliografía especializada de consulta. Estándares de calidad.

UNIDAD DE COMPETENCIA 7: PREVENIR RIESGOS LABORALES ASOCIADOS AL MANEJO DE ANIMALES Y PRODUCTOS TÓXICOS Y PELIGROSOS

Nivel: 2

Código: UC1725_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Detectar riesgos asociados al manejo de animales, equipos y productos tóxicos y peligrosos, a partir de los documentos de seguridad contenidos en el plan de prevención de riesgos laborales y de autoprotección de la empresa, para la promoción de comportamientos seguros y de la utilización de los equipos de protección individual.

CR1.1 Los documentos de seguridad se seleccionan, a partir de los manuales generales del plan de prevención de riesgos laborales y de autoprotección de la empresa para la aplicación de medidas preventivas descritas.

CR1.2 Los equipos de protección individual (EPI) se preparan, siguiendo las indicaciones de las evaluaciones de riesgos, de los documentos de seguridad del plan de prevención de riesgos laborales y de autoprotección de la empresa, para evitar accidentes.

CR1.3 La necesidad de reconocimientos médicos específicos se detecta a partir de las evaluaciones de riesgos, sometiéndose a ellos, incluidos análisis de muestras biológicas, con la periodicidad establecida.

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