Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
ANEXO II. Cualificación profesional: Asistencia en centros de protección animal
Familia Profesional: Agraria
Nivel: 3
Código: AGA781_3
Competencia general
Desarrollar los protocolos de actuación y de gestión del centro de protección animal, así como tramitar documentación de entrada y salida de animales, atendiendo la prevención y el tratamiento de enfermedades, complicaciones de salud y control de natalidad, garantizando la aplicación de los protocolos higiénico-sanitarios y de seguridad de los materiales y recintos, proporcionando cuidados y estableciendo programas de gestión emocional, teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales asociados al manejo de animales y productos tóxicos y peligrosos, cumpliendo con la normativa sobre protección y bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección medioambiental y gestión de residuos.
Unidades de competencia
UC2601_3: Desarrollar los protocolos de actuación y de gestión del centro de protección animal
UC2602_3: Tramitar la documentación de entrada y salida de animales del centro de protección, la del núcleo zoológico y la relativa a las inspecciones
UC2603_3: Realizar operaciones de prevención y el tratamiento de enfermedades y otras complicaciones de salud y en el control de natalidad en animales del centro de protección
UC2604_3: Garantizar la aplicación de los protocolos higiénico-sanitarios y de seguridad de los materiales y recintos del centro de protección de animales
UC2605_3: Proporcionar cuidados en centros de protección a animales recogidos
UC2606_3: Realizar operaciones de establecimiento de programas de gestión emocional en animales en centros de protección
UC1725_2: Prevenir riesgos laborales asociados al manejo de animales y productos tóxicos y peligrosos
Entorno Profesional
Ámbito Profesional
Desarrolla su actividad profesional en el área de protección y bienestar de animales de compañía, realizando actividades auxiliares veterinarias en centros de protección animal, en entidades de naturaleza pública o privada, empresas de tamaño pequeño, mediano, grande o microempresas, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.
Sectores Productivos
Se ubica en el sector agrario, en el subsector de actividades con animales en centros de protección.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.
Encargados de la recogida de animales en centros de protección animal
Técnicos de mantenimiento en centros de protección animal
Gestores de documentación en centros de protección animal
Técnicos en cuidados de animales en centros de protección animal
Ayudantes en prevención de riesgos asociados al manejo de animales y productos tóxicos y peligrosos
Formación Asociada (750 horas)
Módulos Formativos
MF2601_3: Desarrollo de los protocolos de actuación y de gestión del centro de protección animal (120 horas)
MF2602_3: Tramitación de la documentación de entrada y salida de animales del centro de protección, la del núcleo zoológico y la relativa a las inspecciones (90 horas)
MF2603_3: Operaciones de prevención y el tratamiento de enfermedades y otras complicaciones de salud y en el control de natalidad en animales del centro de protección (150 horas)
MF2604_3: Garantía de la aplicación de los protocolos higiénico-sanitarios y de seguridad de los materiales y recintos del centro de protección de animales (90 horas)
MF2605_3: Aplicación de cuidados en centros de protección a animales recogidos (90 horas)
MF2606_3: Establecimiento de programas de gestión emocional en animales en centros de protección (150 horas)
MF1725_2: Prevención de riesgos laborales asociados al manejo de animales y productos tóxicos y peligrosos (60 horas)
UNIDAD DE COMPETENCIA 1: DESARROLLAR LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN Y DE GESTIÓN DEL CENTRO DE PROTECCIÓN ANIMAL
Nivel: 3
Código: UC2601_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Elaborar los protocolos de actuación del personal (laboral, voluntariado, entre otros) que comprenden las responsabilidades, áreas de acción, determinación de actividades a realizar y cuadrantes periódicos, para garantizar el funcionamiento del centro de protección animal.
CR1.1 El protocolo de actuación del personal laboral se elabora, diferenciando las áreas de acción del centro de protección animal: administración, cuidado de la limpieza y alimentación de los animales, servicio veterinario, personal de recogida de animales.
CR1.2 El protocolo de gestión del personal laboral (turnos, horarios, libranzas, vacaciones, entre otros) se redacta, señalando aquellos aspectos a comprobar (que se encarga de los pedidos -material de oficina, limpieza, alimentos de animales, entre otros-, entrevistas para adopciones o acogidas de animales albergados en el centro de protección, recogida de los avisos de animales abandonados o maltratados, de las consultas que ayudan a mejorar la convivencia de los animales con los particulares y que se controla las labores atribuidas a los voluntarios).
CR1.3 La atención diaria de los animales se establece en el protocolo de actuación, indicando que se alimentan, teniendo en cuenta la especie y que se limpian las zonas de cuarentena, zona infecciosa, hospitalización y zona de adopción, entre otras, teniendo en cuenta las normas de funcionamiento del centro de protección y el calendario de desinfección.
CR1.4 Las revisiones de los animales recién llegados al centro de protección se establecen en el protocolo de actuación, indicando quién se encarga de ellas (servicio veterinario), tratamientos físicos y emocionales que se aplican para garantizar su bienestar, así como la adaptación del calendario de vacunación y desparasitación de todos los animales, teniendo en cuenta su especie.
CR1.5 El protocolo de actuación relativo a pruebas diagnósticas a realizar a los animales para detectar posibles enfermedades se establece, señalando que se procede a cirugías de control de natalidad y en caso necesario a intervenciones que se puedan llevar a cabo en el centro de protección por la disponibilidad de medios.
CR1.6 El traslado de los animales al centro de protección, se determina en el protocolo de actuación, teniendo en cuenta la especie y su sociabilización, indicando quién se encarga de ello (servicio de recogida), medio de transporte (vehículo autorizado por la administración competente) y medio de captura a utilizar, así como que se cumplen las normas de funcionamiento del mismo.
CR1.7 El protocolo de actuación del voluntariado se elabora, especificando las funciones a realizar según las normas de funcionamiento del centro de protección animal.
CR1.8 El protocolo de actuación en las labores con animales a los que se han detectado problemas de comportamiento se elabora, destacando que se firma por cada voluntario y asume el compromiso de su aplicación.
RP2: Elaborar el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad y normas de funcionamiento del centro de protección animal, para garantizar el estado de salud general de los animales en las instalaciones del mismo.
CR2.1 La limpieza diaria de los habitáculos de los animales se establece para evitar la propagación de enfermedades, indicando que se comienza por los animales sanos y se termina por la zona de infecciosos, así como que se siguen las indicaciones del responsable del centro de protección.
CR2.2 El protocolo higiénico-sanitario se establece, determinando las actuaciones en materia de desinfección periódica de los recintos, elaborando un calendario de ejecución, teniendo en cuenta la especie y señalando las precauciones a tomar para la manipulación y utilización de productos de desinfección, así como las normas de seguridad, instrucciones de manejo del fabricante y cómo se registran dichas actuaciones.
CR2.3 El traslado de los animales con signos de enfermedades infecto-contagiosas a las zonas de infecciones se establece en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, indicando las medidas preventivas a tomar para minimizar riesgos de transmisión, así como la utilización de indumentaria y material específico: EPI, cepillo, cubo o fregona, entre otros, marcados con color diferente para evitar su traslado a otras zonas.
CR2.4 La desinfección del equipamiento propio de limpieza, con todos sus elementos se desarrolla en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, señalando cada una de las actividades a realizar e indicando condiciones en que queda para poderse utilizar posteriormente.
CR2.5 La puesta en marcha de los programas antiparasitarios se establece, en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, siguiendo sus indicaciones, teniendo en cuenta la especie a tratar, indicando actuaciones a llevar a cabo y cómo se registran (papel o formato digital).
CR2.6 La puesta en marcha de los programas de desratización, desinfección y desinsectación se determina en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, teniendo en cuenta si el centro de protección dispone de personal con carnet de manipulador de productos específicos o si es necesario acudir a expertos profesionales externos, así como, señalando cómo se registran las actuaciones a llevar a cabo.
RP3: Determinar los objetivos y calendario de actividades anuales, revisando la disponibilidad del personal laboral y del voluntariado y, necesidades del centro de protección animal, para fortalecer la concienciación, ingresos económicos, visibilidad y su labor por la protección y bienestar animal.
CR3.1 Los objetivos y calendario de actividades se determinan, con una periodicidad anual, balanceando la necesidad de obtener ingresos, visibilidad y concienciación, sobre la labor que realiza el centro de protección animal, con la capacidad realista de ejecutarlas, según el personal, voluntariado y presupuestos disponibles.
CR3.2 El número de actividades a realizar se marcan, respetando un mínimo de actividades en el transcurso de un año y registrándolas en papel o formato digital para garantizar su cumplimiento y desarrollo, según el personal laboral y voluntariado, así como, de los presupuestos disponibles.
CR3.3 Las actividades que se realizan anualmente (eventos, jornadas de adopción, charlas, talleres, entre otras) se programan, persiguiendo el cumplimiento de los objetivos de visibilidad, ingresos y concienciación sobre bienestar y protección animal.
CR3.4 El calendario de actividades se define, favoreciendo los eventos con la fecha más idónea para obtener el mayor alcance en los objetivos perseguidos.
CR3.5 Las actividades se difunden, en los medios elegidos para tal fin, con el tiempo suficiente para garantizar la mayor participación y éxito de las mismas.
CR3.6 Las actividades, tanto dentro como fuera del centro de protección, se realizan, respetando el bienestar de los animales y su seguridad, cumpliendo la normativa sobre bienestar animal, según proceda.
RP4: Elaborar los protocolos de compra y aprovisionamiento con los proveedores, para garantizar el abastecimiento de los materiales y servicios que se necesiten, respetando el presupuesto destinado a tal efecto.
CR4.1 Los presupuestos de cada área de acción para la adquisición de productos o servicios, se determinan, en función del capital financiero disponible y previsible, siendo de prioridad las relativas a la atención de los animales.
CR4.2 La selección de los proveedores de servicios o productos, ya sea pienso, mantenimiento de maquinaria, material, entre otros, se establece en los protocolos de compra y aprovisionamiento, teniendo en cuenta el presupuesto de cada área de acción, indicando que se solicitan al menos tres presupuestos, así como el criterio de selección (mejor relación calidad-precio).
CR4.3 El protocolo de compra y aprovisionamiento para la adquisición de productos y suplementos alimenticios, medicamentos, productos de limpieza y desinfección, entre otros se elabora, teniendo en cuenta la previsión de operaciones a realizar, las necesidades de los animales a los que se les administra, el presupuesto asignados.
CR4.4 El protocolo de compra y aprovisionamiento para la adquisición de maquinaria, equipos, útiles y herramientas, se desarrolla, teniendo en cuenta los requerimientos de cada operación, ritmo de trabajo y presupuestos asignados.
CR4.5 La compra de materiales alimenticios y medicamentosos, entre otros, para su reposición se establece en el protocolo de compra y aprovisionamiento, indicando que se realiza con el tiempo suficiente para que su recepción en el centro de protección animal garantice que no haya roturas de stock de ningún producto.
CR4.6 La compra de maquinaria, equipos, útiles y herramientas a los proveedores se establece en el protocolo de compra y aprovisionamiento, indicando que pasa el menor plazo de tiempo posible entre el momento en el que termina su vida útil o no pueden seguir usándose porque no cumplen la normativa sobre prevención de riesgos laborales y/o no ofrezcan seguridad en su uso, y la adquisición de nueva maquinaria, equipos, útiles o herramientas.
CR4.7 El registro de proveedores seleccionados y descartados, para la compra y aprovisionamiento de productos y/o servicios se determina en el protocolo de compra y aprovisionamiento, señalando cómo se anota (papel o formato digital) para mantener el control de las compras y cumplir los presupuestos designados.
CR4.8 El registro de la documentación relativa a las compras de productos o servicios, como albaranes, facturas, presupuestos, entre otros, se determina en el protocolo de compra y aprovisionamiento, señalando cómo se anota (papel o formato digital) para mantener el control de las compras, control de presupuestos, cumplimiento de plazos y contrato.
RP5: Elaborar los protocolos de recepción y de registro de los animales, reuniendo la información relativa a la capacidad, zonas del centro de protección, personal, seguridad y manejo de los animales y acuerdos externos, para su posterior ejecución, según proceda en cada caso.
CR5.1 El protocolo de recepción de animales en el centro de protección se elabora, indicando factores a tener en cuenta para su realojo (estado de salud, disponibilidad de recintos, entre otros) y orden de prioridad: atención al animal, por rescate y llegada concertada, respetando la seguridad de estos y de las personas.
CR5.2 El traslado de los animales a las estancias disponibles de cuarentena se determina en el protocolo de recepción, señalando la realización de un triaje inicial, valoración de su estado.
CR5.3 La inscripción de los animales que ingresan en el centro de protección se desarrolla en el protocolo de registro, señalando datos que se recogen (fecha, especie, edad, sexo, procedencia, número de identificación -si lo tuviera- y cualquier dato que sea necesario para su reseña y trazabilidad.
CR5.4 La identificación de la reseña del animal se establece en el protocolo de registro, indicando soporte físico donde se coloca una vez alojado y datos que figuran (alimentación, valoración del comportamiento, medicamentos y control diario de administración, así como, cualquier otro dato de interés) para garantizar su atención y la seguridad del resto de animales y personas.
CR5.5 La entrega de la ficha veterinaria con la reseña del animal se establece en el protocolo de registro, indicando el formato (papel o formato digital) para que lleve a cabo el examen clínico y valoración del comportamiento, así como, los datos que se recogen de los tratamientos sanitarios, alimenticios y comportamentales, entre otros, que precise durante su estancia en el centro de protección animal.
CR5.6 La revisión de los libros de registros se determina en el protocolo de registro, indicando periodicidad (diaria o cuando exista necesidad) y datos que se evalúan (acontecimientos, pautas, indicaciones, entre otros) para la atención y trazabilidad del animal.
RP6: Gestionar la información relativa a las obligaciones fiscales y contables para conocer el balance económico de la entidad, presentando la documentación ante la Agencia Tributaria.
CR6.1 El alta del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de la entidad se gestiona, al inicio de su constitución, tramitando la documentación en la Agencia Tributaria.
CR6.2 El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en el caso que exista actividad económica, se declara, presentando la documentación en el plazo establecido dentro del calendario Fiscal de la Agencia Tributaria y registrándolo en papel o formato digital.
CR6.3 Las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el caso que se tengan trabajadores y/o proveedores profesionales con retenciones se declaran, presentando la documentación en el plazo establecido dentro del calendario Fiscal de la Agencia Tributaria y registrándolo en papel o formato digital.
CR6.4 El Impuesto de Actividades, en el caso que se supere una facturación superior indicada en la normativa vigente, se declara, presentando la documentación en el plazo establecido dentro del calendario Fiscal de la Agencia Tributaria y registrándolo en papel o formato digital.
CR6.5 El Balance anual contable se presenta ante la Agencia Tributaria, con fecha tope indicada en la normativa vigente, para aportar información sobre lo que se ingresa y se gasta y registrándolo en papel o formato digital.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos informáticos, de archivo y documentales.
Productos y resultados:
Protocolos de actuación del personal laboral y del voluntariado elaborados. Protocolo higiénico sanitario y de seguridad elaborado. Objetivos y calendario de actividades anuales determinados. Protocolos de compra y aprovisionamiento con los proveedores elaborados. Protocolos de recepción y registro de los animales elaborados. Información relativa a las obligaciones fiscales y contables gestionadas.
Información utilizada o generada:
Protocolos de actuación y de gestión. Protocolo higiénico-sanitario y de seguridad. Protocolos de compra y aprovisionamiento. Protocolos de recepción y de registro. Documentación relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Contabilidad, Impuestos de Actividades. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Libros de Registros internos. Manuales, guías o documentos técnicos para recogida y captura de animales. Manuales sobre manipulación y manejo de animales. Normativa reguladora de la actividad. Normativa sobre protección medioambiental y planificación de la actividad preventiva en cuanto a seguridad y bioseguridad. Normativa sobre bienestar, sanidad y transporte de animales. Normativa sobre protección animal. Normativa sobre uso sostenible de los productos fitosanitarios. Normativa sobre régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 2: TRAMITAR LA DOCUMENTACIÓN DE ENTRADA Y SALIDA DE ANIMALES DEL CENTRO DE PROTECCIÓN, LA DEL NÚCLEO ZOOLÓGICO Y LA RELATIVA A LAS INSPECCIONES
Nivel: 3
Código: UC2602_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Tramitar la entrada de los animales al centro de protección, según su procedencia, especie y características, cumpliendo los protocolos de recepción de animales establecidos por la dirección del mismo.
CR1.1 Los animales entregados por sus dueños en el centro de protección se examinan, requiriendo su documentación y preparando los impresos reglamentarios para su entrega legal.
CR1.2 Los animales recogidos en vía pública se identifican (mediante lectura de microchip, crotal, anilla, entre otros), llevando a cabo las actuaciones que correspondan, según la situación que se encuentra asociada a su estado de reconocimiento.
CR1.3 Los animales identificados recogidos en vía pública se custodian, alojándolos en el centro de protección mientras se intenta la localización de sus propietarios legales, procurando que tengan sus necesidades de bienestar cubiertas.
CR1.4 Los animales no identificados recogidos en vía pública se custodian, alojándolos en el centro de protección, iniciando el procedimiento de identificación y sanitario establecidos por el mismo.
CR1.5 Los animales que ingresen en el centro de protección procedentes de una incautación asociada a un proceso judicial se custodian en el mismo hasta que el proceso concluya o se determine por la autoridad judicial competente, atendiendo sus necesidades sanitarias, comportamentales y de alojamiento.
CR1.6 Los animales que ingresan en el centro de protección se clasifican inicialmente, mediante examen veterinario y de comportamiento, estableciendo con esos datos su alojamiento y pautas de alimentación y manejo.
RP2: Tramitar la documentación de los animales que han ingresado en el centro de protección para regularizar su situación, reflejando, mediante los medios informáticos disponibles: identificación, vacunación y fallecimientos, entre otros.
CR2.1 La identificación de los animales que ingresan en el centro de protección se comprueba, según la especie e inscribiéndolos en el registro de identificación de animales correspondiente a la Comunidad Autónoma.
CR2.2 La cartilla sanitaria de los animales se revisa, asegurando que figuran los tratamientos obligatorios y que están al día según especie.
CR2.3 El seguro de responsabilidad civil del centro de protección se supervisa, comprobando su vigencia, documentación y que la especie animal que ha ingresado en el centro está incluida, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica de determinados animales.
CR2.4 El fallecimiento de los animales se comunica, inscribiéndolos como tal en el registro de identificación correspondiente.
RP3: Formalizar denuncias por abandono en los casos de animales identificados y cuyos propietarios no se localizan o renuncian a recoger al animal y que han ingresado en el centro de protección, mediante los medios informáticos y telemáticos disponibles.
CR3.1 El procedimiento de denuncia por abandono se inicia, enviando la documentación a los servicios de la comunidad autónoma para los animales cuyos propietarios no se localizan o se niegan a recogerlos.
CR3.2 La base de datos de identificación correspondiente a la especie del animal se consulta, comprobando si se ha notificado su pérdida o robo para proceder a intentar la localización del propietario.
CR3.3 La comunicación con el propietario se establece al menos, en el número mínimo de ocasiones y en los canales establecidos en el protocolo de recepción de animales, guardando la información relativa a las mismas para poder llevar a cabo las denuncias correspondientes, si fuera necesario.
CR3.4 La documentación correspondiente a la tramitación de la denuncia se cumplimenta, anotando los datos recogidos anteriormente y siguiendo el protocolo de recepción de animales que determinará las pruebas a anexarse a la misma.
CR3.5 La documentación correspondiente a la tramitación de la denuncia se presenta ante la autoridad competente en la materia, aportando toda la información recogida sobre la identificación del animal.
RP4: Formalizar denuncias en los casos de animales maltratados y que han ingresado en el centro de protección, mediante los medios informáticos y telemáticos disponibles para que se inicie el proceso penal o administrativo correspondiente.
CR4.1 Los casos detectados de maltrato animal se tramitan, acompañándolos de pruebas diagnósticas, reportaje fotográfico, determinando el tipo de maltrato (físico, comportamental, por negligencia o abuso sexual, entre otros) y las secuelas que presenta el animal.
CR4.2 La denuncia, en el caso de que el propietario del animal no sea localizado, por carecer de identificación, se presenta ante la autoridad competente, adjuntando la documentación relativa al animal para el inicio de una investigación.
CR4.3 La denuncia, en el caso de que el propietario sea localizado, ya sea porque el animal está identificado acorde a su especie, porque haya un testigo o porque proceda de una incautación, se tramita, vía administrativa o penal, según proceda.
CR4.4 El informe de la evolución del animal se aporta, posteriormente a la denuncia, incluyendo todos los tratamientos y pruebas que ha requerido para su recuperación y su coste.
CR4.5 El animal, en el caso de fallecer, se traslada a un centro autorizado, procediendo a su necropsia para determinar el motivo de la muerte, aportando el informe resultante a la denuncia.
RP5: Formalizar los contratos de adopción y acogida de los animales, siguiendo los modelos establecidos por la dirección del centro de protección animal para su gestión.
CR5.1 Los contratos que acompañan a los animales que salen del centro de protección, en régimen de acogimiento, se cumplimentan, según los modelos establecidos por la dirección del mismo, teniendo que ir acompañados de una copia de la documentación oficial de la persona que va a realizar el acogimiento.
CR5.2 Los contratos que acompañan a los animales que salen del centro de protección en adopción, se cumplimentan, según los modelos estipulados por la dirección del mismo, teniendo que ir acompañados de una copia del documento identificativo (DNI, NIE, pasaporte) de la persona que adopta al animal.
CR5.3 Los datos del animal que se reflejan en el contrato se comprueban antes de su firma, usando las bases de datos de identificación y los registros internos del centro de protección para asegurar su corrección.
CR5.4 Los datos de la persona que va a acoger o adoptar al animal se comprueban, visualmente, en la documentación oficial (DNI, NIE, pasaporte) antes de cumplimentarlos en el contrato, poniendo especial cuidado en su correcta transcripción y veracidad.
CR5.5 Los contratos se leen, junto a las personas que van a realizar la adopción o acogimiento, asegurando su compresión y resolviendo las dudas que puedan surgir sobre sus cláusulas.
CR5.6 Los contratos se firman, en el momento de la entrega del animal en adopción o acogida según el procedimiento y modelos establecidos por la dirección del centro de protección, entregando a la persona adoptante o que realiza el acogimiento copia de los mismos.
RP6: Gestionar la documentación relativa al núcleo zoológico y a las inspecciones periódicas, mediante los medios informáticos disponibles para disponer de la información en caso de inspección al centro de protección animal.
CR6.1 La autorización de núcleo zoológico se tramita, presentando la solicitud y la documentación requerida por la normativa sobre a Núcleos Zoológicos de la administración competente.
CR6.2 La licencia de actividades económicas se tramita, presentando la solicitud y la documentación indicada en la ordenanza de la administración competente.
CR6.3 Las labores de inspección de las instalaciones por parte de la administración correspondiente o de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado se facilita, entregando la documentación relativa al centro de protección y a los animales para comprobar el cumplimiento de las obligaciones que establece la normativa sobre protección animal.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos informáticos, de archivo y documentales.
Productos y resultados:
Entrada de los animales al centro de protección tramitada. Documentación de los animales que han ingresado en el centro de protección tramitada. Denuncias por abandono formalizadas. Denuncias en los casos de animales maltratados formalizadas. Contratos de adopción y acogida formalizados. Documentación relativa al núcleo zoológico y a las inspecciones periódicas gestionadas.
Información utilizada o generada:
Documentación del núcleo zoológico, protocolos de admisión de animales y contratos de adopción y acogida del centro de protección, documentación del seguro, cartillas veterinarias, fichas de control interno, documentación judicial, informes forenses, licencias de actividad. Protocolo de recepción de animales. Normativa sobre identificación de especies animales. Normativa sobre protección animal. Normativa específica de determinados animales. Normativa sobre adopción de animales de compañía. Normativa sobre núcleos zoológicos. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. Normativa sobre protección medioambiental.
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: REALIZAR OPERACIONES DE PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y OTRAS COMPLICACIONES DE SALUD Y EN EL CONTROL DE NATALIDAD EN ANIMALES DEL CENTRO DE PROTECCIÓN
Nivel: 3
Código: UC2603_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Valorar el estado del animal a su llegada al centro de protección y cada vez que exista interacción con él, de forma minuciosa, sistemática y protocolizada, sin pasar por alto cualquier síntoma relevante, registrando en papel o formato digital los cambios detectados para el seguimiento de su estado de salud y el establecimiento de las medidas sanitarias.
CR1.1 El aspecto del animal, su postura corporal, estado de conciencia, aspecto de los anejos corporales se exploran a diario, visualmente, de forma minuciosa, para su valoración.
CR1.2 Los orificios naturales se exploran, visualmente, para determinar la ausencia o presencia de secreciones anormales.
CR1.3 Los cambios de apetito, problemas para desplazarse, cambios de conducta o aparición de conductas extrañas para su especie, edad o condición se valoran, observando al animal.
CR1.4 La presencia de toses, estornudos, vómitos, el aspecto anormal de las heces o la orina se registran, anotando cualquier alteración en el animal o su entorno.
CR1.5 El peso de los animales se controla, periódicamente, con las técnicas de manejo establecidas por el centro de protección para cada especie y con los equipos disponibles.
RP2: Someter a los animales recién llegados al período de cuarentena, teniendo en cuenta su especie y estado sanitario, para evitar contagios de los demás individuos ya alojados en el centro de protección, en el caso de que el nuevo animal sea portador de alguna enfermedad transmisible.
CR2.1 Los animales se someten a un período de aislamiento o cuarentena a su llegada al centro de protección y/o en caso de padecer una enfermedad transmisible, con una duración definida, según la especie y posibles enfermedades presentes en el área geográfica, para evitar la propagación de tales enfermedades.
CR2.2 Los animales durante el periodo de cuarentena se someten a análisis preventivos, teniendo en cuenta su especie y los métodos analíticos disponibles, para suministrarles el tratamiento que corresponda, en función de los resultados.
CR2.3 Las medidas higiénicas como el uso de guantes desechables o el cambio de bata al salir de la instalación, entre otras, se toman al tener contacto con los animales en cuarentena, siguiendo el protocolo higiénico-sanitario y de bioseguridad, para evitar la propagación de enfermedades a través de fómites.
CR2.4 Los tratamientos prescritos, en función del resultado de los análisis preventivos, se administran vía oral o parenteral, según corresponda, durante la cuarentena.
CR2.5 Los análisis se repiten, al finalizar el tratamiento, para determinar la necesidad de administrar de nuevo o no el tratamiento.
CR2.6 El animal se traslada, cuando los resultados de los análisis son negativos y no ha manifestado síntomas de enfermedad alguna, en trasportines, jaulas, envueltos en toallas, con arnés y correa, entre otros; dependiendo de la especie e individuo concreto, desde los recintos de cuarentena hasta otros recintos.
RP3: Proporcionar los primeros auxilios a los animales que lo precisen.
CR3.1 El estado de salud del animal se valora inicialmente, de forma visual y mediante exploración manual, para determinar las prioridades de actuación, en función de su gravedad, hasta recibir la asistencia facultativa.
CR3.2 La permeabilidad de la vía aérea, ventilación, circulación y nivel de conciencia se comprueban, visualmente y mediante exploración manual para valorar el estado del animal.
CR3.3 La permeabilidad de las vías aéreas y ventilación se facilita, retirando cualquier artefacto que las oprima u obstaculice para la entrada libre de aire y, en caso necesario, utilizando técnicas de soporte ventilatorio y/o circulatorio y atendiendo a criterios de bienestar animal para restaurar la ventilación o la circulación sanguínea del animal hasta recibir la asistencia facultativa.
CR3.4 Las fracturas se tratan, inmovilizando sus extremos con la técnica determinada en función de cada especie y tipo de fractura, conduciendo al animal hasta un centro de atención veterinaria, a la mayor brevedad posible.
CR3.5 El golpe de calor se trata, lo antes posible, colocando al animal en un lugar fresco, a la sombra, procediendo a su refrigeración e hidratación corporal con toallas húmedas o con agua para restablecer, si es posible, las constantes vitales mientras se procede a su traslado al centro de atención veterinaria.
CR3.6 La hipotermia se trata, inmediatamente, trasladando al animal a un lugar más caliente, subiéndole la temperatura con los medios disponibles (secador de pelo, estufas, bolsas de agua caliente, entre otros) hasta recibir la asistencia facultativa.
CR3.7 El ahogamiento, heridas, reacciones alérgicas, convulsiones, sangrado, quemaduras, envenenamientos, distocias, cuerpos extraños ingeridos o clavados en el cuerpo del animal, cólicos, dilatación y/o torsión de estómago, deshidratación o desnutrición, entre otros se atienden, de forma preliminar, según los protocolos de urgencias veterinarias, adecuados a la especie y patología, a la espera de su intervención.
RP4: Gestionar las enfermedades y otras complicaciones en la salud de los animales, siguiendo los protocolos de prevención y tratamiento.
CR4.1 El animal enfermo se traslada a un recinto específico para proceder a su tratamiento, evitando el contagio de enfermedades a los demás animales (sin contacto físico, protegiendo de la inhalación de aerosoles, utilizando EPI específico, entre otros) según la vía de transmisión de la enfermedad en cuestión.
CR4.2 Los productos y medios a emplear en el tratamiento se preparan, con antelación, verificando su estado.
CR4.3 El tratamiento indicado para un animal o grupo de animales se administra, empleando las técnicas, equipos y productos indicados para cada caso, teniendo en cuenta la enfermedad, producto, especie animal y necesidades del individuo enfermo, anotándolo en la ficha de cada animal o grupo de animales tratado.
CR4.4 Las vacunaciones y desparasitaciones se administran, con la periodicidad, productos, medios y dosis específicos, dejando constancia por escrito.
CR4.5 Las muestras prescritas se toman, conforme al protocolo de muestreo establecido para cada tipo de muestras y especie animal, por el centro de protección para practicar análisis preventivos periódicos, anotándolo en la ficha de cada animal o grupo de animales.
CR4.6 Los animales, si procede, se eutanasian, cumpliendo las condiciones relativas al bienestar animal, garantizando el respeto al entorno, para evitar sufrimiento al animal.
CR4.7 Las Enfermedades de Declaración Obligatoria que padezcan los animales se comunican, oficialmente, por escrito al organismo competente.
CR4.8 Las medidas preventivas (EPI, lavado de manos, entre otras) se aplican, siguiendo el protocolo sobre prevención de riesgos laborales, para evitar el contagio de enfermedades zoonóticas al personal del centro.
RP5: Realizar operaciones en la toma de medidas del control de natalidad, teniendo en cuenta especie y sexo de cada animal, para que no se reproduzcan, siguiendo sus indicaciones.
CR5.1 Los machos de las especies de mamíferos se esterilizan mediante orquiectomía, durante el período de cuarentena, siempre que su estado de salud lo permita, de forma que el tratamiento posterior haya finalizado y el animal no sea fértil al terminar la cuarentena.
CR5.2 Las hembras de las especies de mamíferos de tamaño pequeño o mediano (perros, gatos, roedores, lagomorfos, porcinos, entre otros) se esterilizan, mediante una ovariohisterectomía, siempre que su estado de salud lo permita, de forma que el tratamiento posterior haya finalizado y el animal no sea fértil al terminar la cuarentena.
CR5.3 Los huevos de las aves susceptibles de estar fecundados se desechan, sustituyéndolos por otros falsos, en los días inmediatamente posteriores a la puesta, evitando que el animal repita la puesta por faltarle los mismos y consiguiendo que no haya eclosión al finalizar el periodo de incubación.
CR5.4 Los huevos de reptiles susceptibles de estar fecundados se buscan, desenterrándolos, si es necesario, y desechándolos de forma segura en los días inmediatamente posteriores a la puesta para que no haya eclosión al finalizar el período de incubación.
CR5.5 Los animales mamíferos que por su especie o estado de salud no estén esterilizados se alojan, separándolos de los individuos de sexo contrario de su especie y especies afines no esterilizados para evitar su reproducción.
CR5.6 Los implantes hormonales se colocan, según su criterio como método alternativo en el caso de animales que no puedan ser operados para evitar su reproducción y alteraciones del aparato reproductor.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Cuadras, boxes, jaulas, recintos adaptados a las especies. Medicamentos, material para el transporte, conservación y aplicación de medicamentos de primeros auxilios. Termómetro. Mangas acondicionadas para el tratamiento de grandes animales. Piensos. Forrajes. Aditivos para piensos. Correctores vitamínico-minerales. Almacenes de pienso y forrajes. Sistemas para la identificación de los animales. Material de curas. Material fungible. Material para limpieza y desinfección personal, del material, instrumental y equipos (biocidas). Materiales desechables. Material de seguridad (batas, guantes, mascarillas). Recipientes para recogida de residuos cortantes y punzantes. Recipientes de recogida de residuos biológicos. Materiales absorbentes de celulosa. Equipos de climatización. Comederos y bebederos. Correa. Bozal. Collar. Cabezada. Ramal. Material de inmovilización. Jaulas de transporte.
Productos y resultados:
Estado del animal valorado. Animales recién llegados sometidos al periodo de cuarentena. Primeros auxilios proporcionados. Enfermedades y otras complicaciones en la salud de los animales manejadas. Participación en la toma de medidas del control de la natalidad.
Información utilizada o generada:
Manuales del funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Fichas técnicas sobre composición nutritiva del alimento. Protocolo higiénico-sanitario y de seguridad. Protocolo de urgencias veterinarias. Protocolo de prevención de enfermedades. Protocolo de muestreo. Protocolo sobre prevención de riesgos laborales. Normativa reguladora de la actividad. Partes o estadillos de control interno. Guías sanitarias. Guías de uso del material. Normativa sobre: higiene y prevención de riesgos laborales, protección animal, gestión de residuos biológicos y tóxicos. Normativa sobre bienestar animal. Revistas y bibliografía especializada. Normativa sobre protección medioambiental.
UNIDAD DE COMPETENCIA 4: GARANTIZAR LA APLICACIÓN DE LOS PROTOCOLOS HIGIÉNICO-SANITARIOS Y DE SEGURIDAD DE LOS MATERIALES Y RECINTOS DEL CENTRO DE PROTECCIÓN DE ANIMALES
Nivel: 3
Código: UC2604_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Supervisar las condiciones de aislamiento, infraestructura, seguridad, entre otras, de los recintos del centro de protección de animales para garantizar que están en el estado que permite el desarrollo de su actividad y que no entrañan peligro para el personal laboral, voluntariado y animales.
CR1.1 La limpieza, desinsectación, desratización, seguridad de recintos exteriores, entre otros, se garantiza, comprobando la frecuencia, productos, cumplimiento de los protocolos higiénico-sanitarios y de seguridad y, que no hay insectos y/o roedores, registrándolo en papel o formato digital para la adopción de medidas preventivas y correctivas, según proceda.
CR1.2 La aparición de plagas se registra, en papel o formato digital, para la adopción de medidas tempranas para su erradicación.
CR1.3 La limpieza de los recintos del centro de protección se supervisa, comprobando que se siguen los protocolos higiénico-sanitarios y de seguridad establecidos en el mismo y que se encuentran libres de residuos orgánicos, preparados y, acondicionados para su próximo uso.
CR1.4 La seguridad de los recintos exteriores se garantiza, verificando que se mantienen con la periodicidad establecida en los protocolos de prevención de incendios y evacuación para garantizar la integridad de los animales y personas.
RP2: Planificar las operaciones de higiene para lograr detectar y prevenir enfermedades, teniendo en cuenta especie animal y garantizando su bienestar.
CR2.1 Las operaciones de higiene se planifican, describiendo los procesos relativos al bienestar de los animales y periodicidad de los mismos, estableciendo los formularios de seguimiento a implementar.
CR2.2 El material para llevar a cabo las tareas de higiene se selecciona, atendiendo al cepillado, limpieza e higiene de la zona corporal a intervenir, dejándolo desinfectado en los espacios designados para el mismo, tras su uso.
CR2.3 El estado sanitario de los animales se garantiza, mediante la implementación de un plan de observación y prevención de enfermedades (parásitos, infecciones, entre otras) y revisiones periódicas.
CR2.4 La prevención sobre riesgos laborales se supervisa, comprobando que las actividades se ejecutan, siguiendo las indicaciones del experto del centro de protección animal o de la empresa que asesora al respecto.
RP3: Supervisar las zonas de alojamiento, esparcimiento y medios de transporte, comprobando que se mantienen en condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad, para garantizar a los animales condiciones físicas y psíquicas.
CR3.1 Las condiciones higiénico-sanitarias de las áreas del centro de protección se supervisan, comprobando que se mantienen con la periodicidad y técnica de ejecución indicadas en el protocolo de higiénico-sanitario establecido en el mismo.
CR3.2 La limpieza de las zonas de alojamiento se comprueba diariamente, verificando que se efectúa de forma intensiva, en dos ocasiones a lo largo de la jornada laboral, que quedan secas e higienizadas, listas para el descanso del animal y que se registra en los partes de trabajos establecidos para tal fin.
CR3.3 Las áreas de esparcimiento se revisan con carácter diario, comprobando la retirada de las secreciones, la aplicación de desinfectante y su higienización para la siguiente jornada, así como, la selección de productos a usar, atendiendo a su impacto sobre el animal.
CR3.4 La desinfección de los medios de transporte y del material de contención se revisa tras cada uso, verificando que se sigue el protocolo higiénico-sanitario y que el material en contacto con positivos a enfermedades infecto-contagiosas se retira y pone en cuarentena.
CR3.5 La higiene y limpieza de las áreas de cuarentena y sanitarias, se supervisan, comprobando que se aplican los protocolos higiénicos-sanitarios, que se extreman las medidas preventivas en ellas y que se atiende a la observación de las posibles enfermedades (parásitos, infectocontagiosas, entre otras).
CR3.6 Las instalaciones se revisan, periódicamente, comprobando que garantizan la imposibilidad de fugas del centro de protección, así como que el material usado no provoca daños al animal.
RP4: Controlar el estado de instalaciones, cerramientos, espacios exteriores, dormitorios, recintos y otras instalaciones del centro de protección animal, para su mantenimiento, atendiendo a las condiciones higiénico-sanitarias y ambientales del mismo, así como a las condiciones físicas óptimas para el bienestar de los animales.
CR4.1 Las instalaciones, recintos y equipos del centro de protección se comprueban, verificando la ventilación, calefacción, funcionamiento y limpieza de comederos, bebederos, filtros de los estanques, equipos de monitorización, neveras para alimentos, medicamentos, arcones congeladores, entre otros, según los estándares sanitarios y de bienestar animal establecidos internamente referidos a las necesidades de los animales.
CR4.2 El estado de higiene de estancias interiores, incluidas jaulas y recintos exteriores se controla, comprobando que se depositan en contenedores específicos que facilitan su recogida separada.
CR4.3 Los recintos y estancias para animales se comprueban, verificando que se baldean con agua, utilizando mangueras u otros mecanismos de agua caliente a presión (de varios tamaños para cheniles, trasportines, entre otros), empleando detergentes y desinfectantes, manipulando los instrumentos, vestuario y equipo de protección individual requeridos (guantes, botas y en su caso, mascarilla) para prevenir riesgos laborales asociados.
CR4.4 Los comederos, mantas, material de quirófano, en caso de que lo hubiera, entre otros, se revisa, comprobando que están limpios y desinfectados, según recursos disponibles (friegaplatos industrial, lavadora y secadora a altas temperaturas, autoclave, entre otros).
CR4.5 Los cerramientos, mecanismos de puertas de comunicación de alojamientos de los animales con los recintos exteriores, trampillas, jaulas, sistemas de retención, estado de alojamientos, entre otras estancias, se revisan periódicamente, registrándolos para su valoración e indicación, en caso necesario, de medidas correctoras para garantizar la seguridad de las personas y animales.
CR4.6 El equipo de protección individual (EPI), botiquines, material sanitario, alimentación, productos, medicamentos, entre otros, se revisan, con la frecuencia necesaria para garantizar que se dispone de material suficiente y, que se cumplen las caducidades.
CR4.7 Las revisiones se registran, en papel o formato digital, para la adopción de medidas preventivas y correctivas, según proceda, cumpliendo con los protocolos higiénicos sanitarios y seguridad.
RP5: Revisar la maquinaria, equipos, útiles y herramientas del centro de protección animal, manteniéndolos, manejándolos y conservándolos, siguiendo las indicaciones del manual de instrucciones del fabricante para que estén en condiciones de funcionamiento y detectar posibles deficiencias que no garanticen la seguridad en su uso.
CR5.1 La maquinaria, equipos, útiles y herramientas del centro de protección animal se revisan, con la periodicidad indicada en los manuales de instrucciones del fabricante, detectando que se mantienen en condiciones de uso, cumpliendo el plan de prevención de riesgos laborales y de seguridad establecidos.
CR5.2 Las averías de maquinaria, equipos, útiles y herramientas se delegan en el momento de su detección, mediante adjudicación de tareas en cuadrante al personal interno capacitado, reparándolos con las operaciones y repuestos requeridos para ello.
CR5.3 El manejo de la maquinaria, equipos, útiles y herramientas se supervisa, comprobando que se cumplen los requisitos de seguridad y protección laboral, que se tienen los conocimientos técnicos y competenciales definidos internamente, considerando la labor a realizar y que se controla su funcionamiento.
CR5.4 Los contratos, servicios técnicos, revisiones de personal externo, entre otros, se revisan, con la suficiente antelación, comprobando la fecha de toda la documentación, para cumplir con los plazos de renovación o cambio que garanticen el cumplimiento de los presupuestos elaborados y el protocolo de compra y aprovisionamiento.
CR5.5 La maquinaria, equipos, útiles y herramientas se verifica, diariamente, comprobando que quedan ordenados después de su uso en los lugares destinados para ello y en condiciones de uso para la próxima utilización, preservando su vida y la seguridad de animales y personas.
CR5.6 El chequeo periódico del estado de la maquinaria, equipos, útiles y herramientas, se registra, en papel o formato digital, para la adopción de medidas preventivas y correctivas según proceda.
RP6: Elaborar un plan de gestión de residuos respetuoso con el medioambiente para su posterior ejecución, garantizando su tratamiento y la seguridad higiénico sanitaria.
CR6.1 Los lugares de almacenamiento de residuos y reciclaje de desechos se establece, teniendo en cuenta el tipo de residuos y desechos quese generan en el centro.
CR6.2 El destino de las secreciones de los animales (fosa séptica, estercolero, entre otros) se determina, atendiendo a cada especie animal, en concreto.
CR6.3 Los envases para la retirada de residuos orgánicos y material fungible por parte de las empresas autorizadas se determinan, teniendo en cuenta cuales están autorizados para cada uno de los casos.
CR6.4 El espacio destinado al almacenamiento de los cadáveres hasta que sean eliminados por la empresa o procedimiento autorizado se establece en el plan de gestión de residuos, señalando sus condiciones climáticas (temperatura, humedad, entre otras) y su disponibilidad dentro del centro de protección.
CR6.5 Los puntos SIGRE para la gestión de fármacos en mal estado o caducados se determinan, en el plan de gestión de residuos, teniendo en cuenta las farmacias más cercanas al centro de protección.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos informáticos, de archivo y documentales. Materiales y productos de limpieza. Maquinaria, equipos, útiles y herramientas. EPI.
Productos y resultados:
Condiciones de aislamiento, infraestructura, seguridad, entre otras, supervisadas. Operaciones de higiene planificadas. Zonas de alojamiento, esparcimiento y medios de transporte supervisados. Estado de instalaciones, cerramientos, espacios exteriores, dormitorios, recintos y otras instalaciones del centro de protección animal controlado. Maquinaria, equipos, útiles y herramientas del centro de protección animal revisados. Plan de gestión de residuos respetuoso con el medioambiente elaborado.
Información utilizada o generada:
Manuales del funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Fichas técnicas. Protocolos internos de actuación en el centro de protección animal. Partes o estadillos de control interno. Guías sanitarias, Guías de uso del material. Protocolo higiénico-sanitario y de seguridad. Protocolo de prevención de incendios y evacuación. Protocolo de compra y aprovisionamiento. Normativa sobre: higiene y prevención de riesgos laborales, protección animal, gestión de residuos biológicos y tóxicos. Normativa sobre bienestar animal. Guías de uso de maquinarias. Informes técnicos. Manuales de uso. Ficha técnica del funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Índices e informes de objetivos relacionados con la estructura del centro de protección animal. Normativa reguladora de la actividad. Normativa sobre protección medioambiental y planificación de la actividad preventiva en cuanto a seguridad y bioseguridad. Normativa sobre núcleos zoológicos. Normativa sobre a bienestar, sanidad y transporte de animales. Normativa sobre seguridad vial. Manuales de uso de equipos de protección individual. Guías especializadas sobre instalaciones y recintos para animales salvajes, silvestres y exóticos. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 5: PROPORCIONAR CUIDADOS EN CENTROS DE PROTECCIÓN A ANIMALES RECOGIDOS
Nivel: 3
Código: UC2605_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Recoger animales abandonados, manualmente (mediante técnicas físicas o químicas) o empleando métodos de contención (jaulas, lazos, jaulas trampa, contacto protegido, entre otros) minimizando su estrés, para su traslado a centros de protección, entre otras instituciones, revisión y tratamiento facultativos, identificación y marcaje.
CR1.1 Los avisos referentes a animales abandonados se reciben, a través de conversación telefónica, correo electrónico, mensajes, entre otros canales de comunicación, organizando su recogida, minimizando el tiempo transcurrido y aplicando condiciones de eficacia y seguridad, tanto para las personas como para los animales.
CR1.2 Los animales se capturan, aplicando métodos físicos o químicos de contención, para su manejo seguro, evitando accidentes, seleccionando previamente la técnica a aplicar mediante consulta de documentación especializada, atendiendo a su peligrosidad, especie, escenario y variables de la captura.
CR1.3 Los animales se manipulan, según cada situación, considerando su peligrosidad, que están nerviosos, asustados y desubicados, aplicando técnicas que minimicen su estrés (tapar con mantas las jaulas, trampa para gatos, cubrir a las aves que pueden morir al ser capturadas, proteger la cabeza a los corzos, entre otros), asegurando su bienestar y garantizando la integridad de las personas.
CR1.4 Los materiales usados en la contención se higienizan, tras su uso, o en su defecto se trasladan a la zona de limpieza y desinfección, evitando riesgos sanitarios asociados para las personas y los animales.
CR1.5 El estado general del animal y la presencia de posibles lesiones vitales (fracturas de huesos de extremidades, heridas importantes, entre otros) se valora, mediante una exploración física y de actitud del animal, prestando primeros auxilios dentro del ámbito de su competencia, y comunicando la llegada al centro de protección de un ejemplar nuevo para la preparación de su atención inmediata o trasladándolo a un centro externo (clínica veterinaria de urgencias) si fuera urgente su atención por peligro para su vida o si la lesión le estuviera causando dolor o sufrimiento.
CR1.6 Los animales se trasladan, en vehículo autorizado, equipado y adaptado a las diferentes especies y necesidades individuales.
RP2: Manejar a los animales a su llegada al centro de protección, salida del mismo y en el día a día, coordinando las actuaciones con el resto de compañeros para evitar accidentes y anticipándose a situaciones que pongan en peligro la vida o bienestar de los animales (síntomas de enfermedad, cambios de conducta, entre otros).
CR2.1 Los animales se manejan, siguiendo las pautas establecidas para cada una de las especies, en función de sus necesidades y teniendo en cuenta las particularidades que pueda tener cada animal dentro de su especie.
CR2.2 El material utilizado para movilizar a cualquier animal se adapta, teniendo en cuenta el tipo de manejo que necesita la especie en cuestión para ese desplazamiento.
CR2.3 Los grupos de animales se mueven, contando con el personal y los medios necesarios para garantizar un movimiento seguro, ordenado y causando el mínimo estrés posible a los animales.
CR2.4 El individuo nuevo que se integra por primera vez en un grupo se introduce, mediante presentaciones, respetando los tiempos y espacios y, teniendo en cuenta el carácter, edad y lugar en el que van a convivir, proporcionando un espacio seguro para todos los animales, para minimizar los riesgos en su adaptación.
CR2.5 Los animales que han sufrido un cambio en su situación (llegada al centro de protección, cambio de habitáculo, introducción en un grupo, o cualquier otro) se vigilan, de forma continuada, mediante observación directa, hasta asegurar que no hay riesgos ni para ese individuo ni para los compañeros.
CR2.6 Los animales apartados de urgencia se aíslan, acomodándolos en un alojamiento limpio, seco y cómodo, adecuado para la especie e individuo.
CR2.7 Los animales en cuarentena y/o enfermos se manejan, aplicando técnicas de contención físicas o químicas, para la realización de pruebas veterinarias, chequeos de enfermedades infecciosas, entre otras pruebas y aplicación de tratamientos veterinarios.
CR2.8 Los cadáveres de animales se trasladan, con carácter de urgencia, si es posible, al lugar acondicionado para ello en el centro de protección y en función de la especie, llamando a la empresa contratada o al servicio municipal para que lo retiren a la mayor brevedad o para la realización de necropsia.
RP3: Suministrar una alimentación equilibrada a cada especie e individuo, para satisfacer las necesidades en cada etapa fisiológica.
CR3.1 Los piensos y forrajes se almacenan, conservándolos en los lugares establecidos para evitar su deterioro y el acceso por parte de los animales del centro de protección, empleando los medios y maquinaria apropiados para su almacenamiento y conservación.
CR3.2 Los alimentos se preparan, en caso necesario, empleando técnicas de procesado, medios y maquinaria y siguiendo criterios de limpieza e higiene.
CR3.3 Los alimentos, previa comprobación de su estado, se distribuyen en los lugares habilitados para ello, suministrando a cada animal o grupo en concreto las cantidades estipuladas.
CR3.4 La alimentación de cada animal o grupo se complementa, añadiendo, en cada caso los suplementos alimenticios estipulados.
CR3.5 La alimentación de cada animal se ajusta, en función de su situación particular (dieta veterinaria si está indicada, dosis mayor o menor en función de su estado corporal, entre otras variaciones que se puedan dar, como época del año o actividad) para garantizar su nutrición.
CR3.6 La lactancia artificial se suministra, a los animales que la precisan, con la ingesta de leche en la cantidad y con los productos establecidos para cada caso particular.
CR3.7 Los sistemas de bebedero se revisan, comprobando que están limpios y llenos para que los animales dispongan de agua limpia y fresca, «ad libitum» las 24 horas del día, para su hidratación.
CR3.8 La cantidad de alimento no consumido, u otras incidencias observadas en la alimentación de los animales alojados se registran, en papel o formato digital, informando al departamento responsable para que indiquen las medidas a aplicar (modificación de la dieta, exploración física, entre otras).
RP4: Controlar accesos a dormitorios y recintos exteriores, vigilando la salida y entrada de los animales, detectando y comunicando las incidencias al responsable para garantizar la seguridad de las personas y el bienestar de los animales.
CR4.1 Las puertas de los espacios que ocupan los animales se abren o cierran, mediante diferentes mecanismos de seguridad, permitiendo que estos salgan o entren de los dormitorios a recintos exteriores.
CR4.2 Las incidencias relacionadas con los accesos a los dormitorios se detectan, vigilando la entrada y salida de los animales, comunicando la información, verbalmente, al responsable para la adopción de soluciones, lo antes posible.
CR4.3 Las observaciones e incidencias se registran, posteriormente, en papel o formato digital, en documentos normalizados, para valorar su trascendencia en las actividades diarias, actuando en consecuencia.
CR4.4 Los mecanismos de apertura y cierre de los recintos se revisan, comprobando su estado y funcionamiento, informando de cualquier fallo o problema relacionado con los mismos.
CR4.5 Las relaciones entre diferentes individuos, diferentes especies o con el entorno se vigilan, de forma continuada, mediante observación directa, detectando posibles cambios de comportamiento en algún individuo y avisando al responsable para aumentar la observación o aislar al animal para valorar su estado.
RP5: Prevenir la aparición del síndrome de fatiga por compasión en el personal del centro de protección animal, mediante técnicas de mejora de gestión emocional.
CR5.1 El síndrome de fatiga por compasión se previene, entre el personal del centro (laboral, voluntariado, entre otros), mediante ejercicios de autocuidado (tomar descansos en momentos complicados, compartir las experiencias negativas con compañeros, mejorar hábitos de sueño y alimenticios, recurrir a un profesional de la psicología, entre otros).
CR5.2 Los síntomas de fatiga por compasión se detectan, mediante la búsqueda de alteraciones emocionales (frustración, insomnio, agotamiento, aislamiento social, inestabilidad emocional, entre otros) para diagnosticar un posible caso y actuar en consecuencia.
CR5.3 La terapia de grupo se proporciona al personal del centro (laboral y voluntariado), reuniéndose y poniendo en común los problemas emocionales que han padecido durante la actividad en el centro de protección.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos para recogida, captura y contención de animales. Equipos y elementos para traslado de animales. Carros de transporte. Equipos de seguridad, trampillas, sistemas de retención, entre otros. Cheniles o alojamientos. Jaulas. Peceras. Lechos. Material de manejo y transporte de animales (cabezadas de cuadra de diferentes tamaños, collares, arneses, trasportines). Mantas. Equipamiento para limpieza y desinfección de las instalaciones y materiales. Comederos colectivos. Comederos individuales. Bebederos colectivos automáticos. Bebederos individuales automáticos. Mangueras. Tomas de agua. Fregaderos y pilones. Medidas para piensos. Carretillas y cubos. Medios motorizados para la preparación y distribución de piensos y forrajes y para el transporte de material (dúmpers, tractores con remolque). Friegaplatos industrial. Productos de limpieza y desinfección. Vestuario adaptado a las tareas. Equipos para mantenimiento y conservación de los alimentos una vez abiertos. Contenedores de residuos. Mobiliario de las instalaciones. Juguetes dispensadores de comida. Equipos y aplicaciones informáticas específicos. Conexión a internet. Alarmas. Pastores eléctricos. Sistemas de confinamiento. Sistemas de comunicación para emergencia.
Productos y resultados:
Animales abandonados recogidos. Animales manejados. Alimentación equilibrada a cada especie e individuo suministrada. Accesos a dormitorios y recintos exteriores controlados. Aparición del síndrome de fatiga por compasión prevenido.
Información utilizada o generada:
Ficha técnica del funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Índices e informes de objetivos relacionados con la estructura del centro de protección animal. Normativa reguladora de la actividad. Partes o estadillos de control interno. Normativa sobre protección medioambiental y planificación de la actividad preventiva en cuanto a seguridad y bioseguridad. Normativa sobre núcleos zoológicos. Normativa sobre bienestar, sanidad y transporte de animales. Normativa sobre protección de animales de compañía. Normativa sobre seguridad vial. Manuales de comportamiento animal y su manipulación. Manuales de nutrición animal. Manuales de uso de equipos de protección individual. Manuales, guías o documentos técnicos para recogida y captura de animales. Manuales sobre manipulación y manejo de animales. Guías especializadas sobre instalaciones y recintos para animales salvajes, silvestres y exóticos. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 6: REALIZAR OPERACIONES DE ESTABLECIMIENTO DE PROGRAMAS DE GESTIÓN EMOCIONAL EN ANIMALES EN CENTROS DE PROTECCIÓN
Nivel: 3
Código: UC2606_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Detectar síntomas de estrés en los animales para valorar la necesidad de aplicar programas terapéuticos, ayudando a un diagnóstico inicial de diferentes patologías, usando programas de gestión emocional.
CR1.1 Los animales se observan, de forma regular, recogiendo los datos de su comportamiento y rutinas, tales como hábitos higiénicos inadecuados, vocalizaciones, estereotipias, aislamiento social, cambios llamativos de comportamiento, entre otros.
CR1.2 La ingesta de alimentos de los animales se revisa, diariamente, anotando las variaciones en cantidad y otras observaciones según los métodos.
CR1.3 Los animales se revisan, diariamente, buscando signos de lesiones, autolesiones o similares, anotando los hallazgos.
CR1.4 La relación del animal con las personas se valora, según los parámetros, anotando las observaciones en las fichas de registro del animal.
CR1.5 Las anotaciones recogidas sobre cada animal se revisan, periódicamente, para detectar problemas de estrés, registrando los síntomas de estrés (estereotipias, vocalización excesiva, anorexia, autolesiones, entre otros).
CR1.6 La valoración periódica de los síntomas de estrés (estereotipias, vocalización excesiva, anorexia, autolesiones, entre otros) registrados diariamente se comunican, cuando contenga factores de riesgo, a través de los canales establecidos en el centro de protección.
RP2: Realizar operaciones vinculadas al establecimiento de métodos de reducción de estrés para mejorar el estado general de los animales, mediante actuaciones directas sobre el mismo, según su carácter y condición.
CR2.1 Los animales se manejan físicamente, siguiendo técnicas de manejo amable (silencio en el manejo, cuidado de la distancia, baja estimulación sensorial, manipulación específica según especie, entre otros).
CR2.2 La limpieza de los habitáculos se supervisa, comprobando que se ejecuta respetando el espacio del animal, atendiendo a su lenguaje corporal y que no se le invade e incómoda.
CR2.3 La exposición visual o física del animal a otros animales de la misma o distinta especie se controla, mediante barreras físicas o manejo del mismo, siempre dentro de las limitaciones de su especie.
CR2.4 Los animales se manipulan para garantizar su bienestar, en las curas, administración de medicamentos, entre otros, actuando con rapidez, precisión y evitando molestar al animal más de lo estrictamente necesario.
CR2.5 El animal, en el caso de que proceda, por su especie y condición, se saca a las zonas comunes desde su habitáculo, controlando el tiempo de permanencia, según sus características individuales.
CR2.6 Los animales se manejan, ante cualquier situación, intentando mantener las pautas de comportamiento personal, en silencio, evitando lenguajes corporales intimidatorios.
RP3: Ejecutar las rutinas para atención integral a los animales, implementando el enriquecimiento ambiental de los espacios, según el carácter y condición de cada especie.
CR3.1 La distribución de las estancias y las áreas de esparcimiento se asigna, atendiendo a la idiosincrasia de cada especie albergada en la colectividad.
CR3.2 Las estancias se adecúan para el descanso y la permanencia de los animales, instalando los elementos necesarios para tal fin (camas, elementos de ocultación, de elevación, entre otros), siendo revisados en los plazos establecidos para ello.
CR3.3 Las áreas de esparcimiento se preparan, con los elementos necesarios para su enriquecimiento (de estimulación olfativa, como alimento escondido o diferentes perfumes, visual, de colores y formas, entre otros), buscando la novedad, el entretenimiento del animal y la estimulación sensorial.
CR3.4 La rutina se define, acotando los tiempos y atendiendo a una planificación del equipo de trabajo, con el fin de crear hábitos basados en las rutinas de esparcimiento, alimentación y descanso.
CR3.5 Los animales se tratan, durante las rutinas, con el respeto adecuado a las necesidades según la especie, promoviendo el trato amable y su adaptación cognitiva.
CR3.6 La documentación relativa a las estancias, rutinas y enriquecimiento ambiental se registra, en papel o formato digital, para su supervisión.
RP4: Tratar los problemas de comportamiento de perros, para mejorar su bienestar, aplicando los programas de gestión emocional.
CR4.1 El personal se instruye, de manera continua, mediante un programa de formación en educación canina que incluye tratamiento amable, eliminación de estrés y problemas derivados del mismo, entre otros.
CR4.2 Los perros se revisan, periódicamente, atendiendo a cuestiones de bienestar animal, tales como: alimentación, descanso, ausencia de dolor y miedo y, modulación del estrés, registrando dichas revisiones en un documento para su supervisión.
CR4.3 Los perros se manejan, evitando situaciones que puedan generar estrés, dando prioridad a generar las cortinas acústicas y visuales que permitan la calma en las estancias y áreas de esparcimiento con ambientes enriquecidos sensorialmente, prestando especial atención al olfato.
CR4.4 El miedo se trata, atendiendo a su identificación, practicando intervenciones con la menor manipulación posible y respetando las distancias que el perro tolere, permitiéndole recortar dichas distancias en el tiempo y prestando atención a los signos de miedo que el perro emita.
CR4.5 Los paseos se establecen, atendiendo al bienestar del perro, usando las herramientas que busquen la confortabilidad y seguridad, respondiendo a los criterios de socialización, entretenimiento y su desarrollo comportamental y, midiendo la calidad de estos.
CR4.6 El conocimiento del individuo se mide, mediante los marcadores de vínculo y satisfacción en el paseo, adaptación al mundo real y su socialización para facilitar su adopción.
CR4.7 Los problemas de agresividad, estereotipias, entre otros, asociados al estrés se trabajan, comunicándolo para que establezcan las pautas específicas, según cada individuo.
RP5: Tratar los problemas de comportamiento de gatos, para mejorar su bienestar, aplicando los programas de gestión emocional.
CR5.1 La frecuencia y cantidad de alimentación de los gatos se vigila, rigurosamente, con más intensidad en animales recién llegados, comunicando cualquier cambio o variación.
CR5.2 La información correspondiente a las rutinas higiénicas, de descanso y zonas de permanencia diarias del gato se anota, registrando, diariamente, los datos relevantes en las fichas habilitadas para tal fin.
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