Real Decreto 958/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a varios centros de carácter científico para impulsar las tecnologías del lenguaje, en el marco del PERTE Nueva Economía de la Lengua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Rango Real Decreto
Publicación 2022-11-16
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Fuente BOE
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artículos 20

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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5. Finalmente, deberá cumplir con las obligaciones de publicidad que, en su caso, se determinen en la resolución de concesión.

Artículo 20. Licenciamiento.

Con el objetivo de impulsar lo máximo posible las tecnologías del lenguaje, los entregables y resultados de las actividades realizadas en esta subvención, se publicarán y serán de acceso abierto y libre para los operadores públicos y privados, frente a los cuales no se podrá hacer valer ningún derecho de exclusiva.

Disposición adicional única. Colaboración de los servicios técnicos de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

Los servicios técnicos de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, a través de la Subdirección General de Inteligencia Artificial y Tecnologías Habilitadoras, prestarán la colaboración oportuna para que la entidad pública empresarial Red.es pueda efectuar las actuaciones de seguimiento técnico de la ayuda. En este sentido, la mencionada subdirección general tiene la competencia para la ejecución de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial; la definición y gestión coordinada de los programas y actuaciones, impulso y fomento de la I+D+i en el ámbito de la Inteligencia Artificial, incluyendo la política de datos abiertos aplicados a la inteligencia artificial y resto de las tecnologías habilitadoras digitales en los sectores productivos de la economía y de la sociedad; y, el impulso, coordinación y ejecución de los planes y líneas de actuación de las administraciones públicas en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales en colaboración con el conjunto de agentes del sector con los correspondientes programas e iniciativas de la Unión Europea y con otros programas internacionales, tal y como establece el artículo 8, letras b), e) y f), del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, de conformidad con lo establecido por el artículo 149.1.13.ª y 15.ª de la Constitución Española.

Disposición final segunda. Habilitación normativa.

1. La persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este real decreto.

2. Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y a la persona titular de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, en uso de sus respectivas competencias, para llevar a cabo las actuaciones precisas para la aplicación de este real decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 15 de noviembre de 2022.

FELIPE R.

**La Vicepresidenta Primera del Gobierno

y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital,**

NADIA CALVIÑO SANTAMARÍA

ANEXO I. Actividades financiadas

1. Actividades comunes por un importe de 1.000.000 de euros

El Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) dará soporte transversal al desarrollo de las capacidades lingüísticas del resto de lenguas cooficiales, a través de actuaciones comunes. En concreto, estas actuaciones deberán estar dirigidas a impulsar las tecnologías del lenguaje de las diferentes lenguas ibéricas, para que las iniciativas estén lo más alineadas posible y se maximicen las sinergias entre ellas, de forma que las posibles tareas redundantes se realicen una única vez. Las actividades comunes mínimas serán:

– Colaborar en la creación de corpus en las diferentes lenguas (definición de guías de anotación, apoyo y seguimiento de actuaciones para la alineación de los diferentes corpus de cada lengua, etc.).

– Apoyo en el entrenamiento de modelos del lenguaje y en el entrenamiento de modelos multilenguaje con una visión ibérica.

– Colaborar en las campañas de recogida de audio para la elaboración de corpus de voz en las diferentes lenguas de la península ibérica.

Facilitar la creación de benchmarking de los diferentes modelos para buscar un mínimo de calidad en todos los modelos desarrollados en el marco de cada proyecto.

– Cualquier otra actividad que pueda ser común a todas las lenguas, que pueda implementarse una única vez, para ser reutilizada por todo el resto de iniciativas, con el objeto de facilitar las sinergias y minimizar los costes globales.

– Además, dará apoyo específicamente al proyecto VIVES encontrando sinergias con AINA y ayudando a reutilizar el máximo número de servicios y productos.

2. Proyecto GAITU

El Plan de Acción GAITU es una iniciativa tractora de la administración vasca que, a través de tecnología de la lengua de calidad en euskera, pretende desarrollar y ofrecer servicios lingüísticos básicos y transversales para utilizarlos en todas las administraciones públicas y, en definitiva, para ofrecer mejores servicios públicos a la ciudadanía. El plan de acción recoge los proyectos concretos que utilizan tecnología lingüística y que se están desarrollando en diferentes áreas estratégicas del Gobierno Vasco.

Los ejes del Plan de Acción GAITU contemplan:

– Gestión y principios.

– Recursos lingüísticos: Recogida, tratamiento y etiquetado de materiales textuales y orales.

– Herramientas para el procesamiento del lenguaje.

– Adquisición y reutilización de recursos lingüísticos y herramientas.

– Traducción automática.

– Tratamiento del habla: Interfaces de voz.

Actividad a financiar dentro de este real decreto por un importe de 2.000.000 de euros.

Actualmente, GAITU no incluye proyectos para el desarrollo y evaluación de grandes modelos de lenguaje neuronal para el análisis y generación de voz y texto. Con este punto de partida, la subvención se orientará hacia:

– Aumentar la cantidad y calidad de los corpus actuales, garantizando la heterogeneidad y representatividad de los mismos.

– Generación de datos anotados de calidad que permitan entrenar y evaluar los modelos. Especialmente en los corpus de texto, voz, monolingües, multilingües y multimodales.

– Identificación de casos de uso de alto impacto con la participación de la industria fomentando la transferencia tecnológica.

– Entrenar modelos de lenguaje en diferentes arquitecturas y tamaños, de voz, texto y multimodales, para el análisis y la generación, monolingües y multilingües, así como modelos de traducción automática basados en los anteriores. Evaluación de los modelos en distintas tareas. Generación de modelos de lenguaje.

3. Proyecto AINA

AINA tiene como objetivo prioritario garantizar que los datos generados en el proyecto formen parte de las principales iniciativas multilingües nacionales e internacionales. El proyecto busca desarrollar una infraestructura lingüística que permita:

– El desarrollo de servicios lingüísticos básicos y transversales que sirvan como baselines y/o módulos básicos sobre los que desarrollar aplicaciones complejas.

– La compilación y preparación de datos masivos en todas las modalidades (texto, voz e imagen) y de calidad para entrenar modelos genéricos de lengua y modelos para tareas específicas, incluyendo datos anotados y datos sintéticos.

– El entrenamiento de modelos computacionales de la lengua, generales y adaptados a dominio y/o tarea, listos para servir de base para crear nuevas aplicaciones. Incluye también los modelos de reconocimiento y síntesis del habla para el catalán, que puedan ser incorporados a los asistentes de voz más comunes del mercado.

– El entrenamiento de motores de traducción automática entre el catalán y las principales lenguas mundiales: lenguas del entorno (incluyendo las cooficiales españolas), lenguas de la Unión Europea, lenguas de negocio (chino, ruso, etc.) y lenguas de la inmigración (árabe, urdu, etc.).

– El desarrollo de casos de uso de alto impacto con la incorporación de las empresas que ejerzan de proyecto tractor.

Actividades a financiar con este real decreto por un importe de 2.000.000 de euros:

– Aumento de la cantidad y calidad de los corpus actuales, garantizando la heterogeneidad y representatividad de los mismos, especialmente en los corpus de voz.

– Generación de recursos y modelos multilingües, explorando y aprovechando las capacidades de transfer learning entre lenguas tanto en modelos textuales como en modelos de voz.

– Generará datos anotados de calidad que permitan entrenar y evaluar los modelos, prestando especial atención en los contextos multilingües y tareas de alto impacto y alta complejidad.

– Identificación y ejecución de casos de uso de alto impacto con la participación de la industria fomentando la transferencia tecnológica.

4. Proyecto NÓS

El proyecto NÓS pretende recopilar una amplia variedad de recursos en gallego de alta calidad que se publicarán en formato digital bajo licencias libres y se desarrollarán herramientas de código abierto que podrán ser utilizadas, de forma gratuita, por instituciones y empresas.

El proyecto está diseñado en 3 fases: La nuclear, la fase de demostradores y los casos de uso, esta última concebida como un espacio abierto a la innovación en torno a la lengua gallega. Hasta el momento el proyecto ha logrado:

– Compilar corpus paralelos gallego-español y gallego-inglés para el entrenamiento de modelos neuronales integrables en motores de traducción.

– Generar un corpus textual del gallego extraído de la web.

– Entrenar modelos semánticos monolingües en gallego, de carácter general, con la arquitectura neuronal de Transformers (BERT).

– Compilar corpus texto-voz alineados para el desarrollo de un prototipo de pruebas de reconocimiento de voz del gallego.

– Crear un corpus de voz de alta calidad para el desarrollo de un sintetizador de voz.

Actividad a financiar dentro de este real decreto por un importe de 2.000.000 euros:

– Aumentar la cantidad y calidad de los corpus actuales, garantizando la heterogeneidad y representatividad de los mismos.

– Generación de datos anotados de calidad que permitan entrenar y evaluar los modelos. Especialmente en los corpus de texto, voz, monolingües, multilingües y multimodales.

– Identificación de casos de uso de alto impacto con la participación de la industria fomentando la transferencia tecnológica.

5. Proyecto VIVES

VIVES pretende crear corpus masivos (en formato texto y voz) del valenciano. Para ello se prevé:

– Impulsar campañas de adquisición de datos de voz y textos a partir de la participación ciudadana y de los recursos existentes en la administración pública, Les Corts Valencianes, y la radio y televisión valenciana (A Punt). Estudio de las implicaciones de privacidad para las personas y garantía de preservación de la privacidad de estas en la captura y análisis de los datos.

– Generar modelos del lenguaje para cada una de las variedades del valenciano, y establecer correlación y comparación entre ellos. Además, generar modelos del lenguaje especializados en un ámbito concreto (turismo y audiovisual) o en una tarea concreta (por ejemplo, resúmenes y simplificación de textos).

– Definir estrategias de calidad de los datos.

– Estudiar la interacción entre los sistemas que utilizan los modelos del lenguaje y sus usuarios, con un foco especial en las consideraciones éticas de dicha interacción.

– Fomentar la inclusión digital en la administración pública, proporcionando herramientas digitales para personas con discapacidad y diversidad cognitiva, para conseguir Lenguas accesibles.

Actividades a financiar con este real decreto por un importe de 500.000 euros:

– Creación de corpus masivos en formato texto y voz del valenciano.

– Campaña de adquisición de recursos de voz, y transcripción a partir de los datos de les Corts Valencianes y la radio y televisión pública (A Punt).

– Generación de modelos de lenguaje localizados especialmente de voz y generación de textos a partir de los modelos del lenguaje generales creados en el proyecto AINA y de los corpus específicos del valenciano.

– Generación de modelos de lenguaje específicos para las diferentes variantes del valenciano especialmente de voz.

– Validación de corpus libres de sesgos y justos.

– Estudio de la interacción entre los modelos de lenguaje y las personas.

ANEXO II

Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI)

La persona firmante de la presente declaración, ……………………………, en calidad de ……………………………, y en relación con procedimiento arriba referido en el que interviene como …………………………… competente 16, Reforma 1, declaro:

Primero. Estar informado/s de lo siguiente:

1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal».

2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.

3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente, siendo estas:

a)

Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

b)

Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c)

Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.

d)

Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e)

Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».

Segundo. Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión.

Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.

Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que se falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación.

En Madrid, a la fecha que consta en la firma electrónica.

Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

Don/doña ………………, con DNI ………………, como titular del órgano/Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ………………, con NIF ………………, y domicilio fiscal en ……………… en la condición de beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/ente destinatario del encargo/ subcontratista, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 16, Reforma 1, manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.

Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («DNSH» por sus siglas en inglés «do not significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.

En Madrid, a la fecha que consta en la firma electrónica.

Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

Don/doña ……………………….., DNI ……………………….., como Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ……………………….., con NIF ……………………….., y domicilio fiscal en ………………………..beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 16, Reforma 1, declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:

1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:

i. El nombre del perceptor final de los fondos;

ii. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;

iii. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de las personas titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, (26);

iv. Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».

2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».

Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.

En Madrid, a la fecha que consta en la firma electrónica.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

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