Real Decreto 148/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen, actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Artes Gráficas, Hostelería y Turismo, Industrias Alimentarias y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Rango Real Decreto
Publicación 2022-03-17
Estado Vigente
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Departamento Ministerio de Educación y Formación Profesional
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y los requerimientos de cualificación del sistema productivo, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad de mercado laboral. Dicho Catálogo estará constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo. Asimismo, existirá un Catálogo Modular de formación profesional, que incorporará la formación asociada a las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales. Estará organizado en módulos de formación asociada y constituirá el referente para el diseño de los títulos de formación profesional del sistema educativo, los certificados de profesionalidad y otras formaciones que contemple el sistema de formación profesional.

Conforme al artículo 7.2 de la misma ley orgánica, se encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional, determinar la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobar las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, así como garantizar su actualización permanente.

El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de las Cualificaciones la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4 la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el Catálogo.

El Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea el Instituto Nacional de las Cualificaciones, establece en su artículo 2 apartado k) que es función de dicho Instituto el proponer las medidas necesarias para la regulación del sistema de correspondencias, convalidaciones y equivalencias entre los tres subsistemas, incluyendo la experiencia laboral.

Por su parte, el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 3, bajo el epígrafe «Exclusiones», recoge las modificaciones de cualificaciones y unidades de competencia que no tendrán la consideración de modificación de aspectos puntuales, cuya aprobación se llevará a cabo por el Gobierno, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional.

La creación, actualización o supresión de determinadas cualificaciones profesionales conlleva la desaparición de algunas unidades de competencia. Toda vez que el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, define en su artículo 5 la unidad de competencia como «el agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial, a los efectos previstos en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional», resulta oportuno y necesario establecer la correspondencia y los requisitos adicionales, en su caso, entre aquellas suprimidas y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, con el fin de garantizar su validez en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y en los términos previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio.

El presente real decreto establece determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Artes Gráficas, Hostelería y Turismo, Industrias Alimentarias y Química, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Asimismo, se actualiza una cualificación profesional de la Familia Profesional Industrias Alimentarias, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecida por real decreto, sustituyendo el anexo correspondiente por el anexo del presente real decreto. Por otro lado, se suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Artes Gráficas, Hostelería y Turismo, Industrias Alimentarias y Química. Las cualificaciones profesionales que se establecen, se actualizan y se suprimen, son las que aparecen relacionadas en el artículo 1 del presente real decreto. Finalmente, se establece la correspondencia y los requisitos adicionales, en su caso, entre unidades de competencia suprimidas como consecuencia del presente real decreto y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Según establece el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, corresponde a la Administración General del Estado, en el ámbito de la competencia exclusiva que le es atribuida por el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, la regulación y la coordinación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las comunidades autónomas y de la participación de los interlocutores sociales.

Las comunidades autónomas han participado en el elaboración y actualización de las cualificaciones profesionales que se anexan a la presente norma, a través del Consejo General de Formación Profesional, en las fases de solicitud de expertos para la configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo y en la emisión del informe positivo que de las mismas realiza el propio Consejo General de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como real decreto.

Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral, cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129 de la ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y el Consejo General de Formación Profesional, y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de febrero de 2022,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Este real decreto tiene por objeto establecer determinadas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Del mismo modo actualizar, procediéndose a la sustitución del anexo correspondiente, una cualificación profesional y sus módulos profesionales asociados, y suprimir determinadas cualificaciones profesionales.

a)

Las cualificaciones profesionales que se establecen son:

1.º Familia Profesional Agraria:

Herrado para equinos. Nivel 2. AGA768_2.

Herrado ortopédico y/o terapéutico y barefoot en equinos. Nivel 3. AGA769_3.

2.º Familia Profesional Artes Gráficas:

Fabricación de complejos y aplicación de tratamientos superficiales de soportes gráficos. Nivel 2. ARG770_2.

Fabricación de envases, embalajes y otros artículos de papel y cartón. Nivel 2. ARG771_2.

3.º Familia Profesional Hostelería y Turismo:

Gestión de productos turísticos. Nivel 3. HOT772_3.

4.º Familia Profesional Industrias Alimentarias:

Elaboración de productos cárnicos a nivel industrial. Nivel 2. INA773_2.

Elaboración y venta de productos cárnicos. Nivel 2. INA774_2.

Preparación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura. Nivel 2. INA775_2.

Producción de conservas de pescado a nivel industrial. Nivel 2. INA776_2.

Venta al detalle de frutas y hortalizas. Nivel 2. INA777_2.

5.º Familia Profesional Química:

Control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3. QUI778_3.

b)

La cualificación profesional que se actualiza es:

Familia Profesional Industrias Alimentarias:

Fabricación de conservas vegetales. Nivel 2. INA103_2, establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.

c)

Las cualificaciones profesionales que se suprimen son:

Familia Profesional Hostelería y Turismo: Venta de servicios y productos turísticos. Nivel 3. HOT095_3, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.

Familia Profesional Industrias Alimentarias: Carnicería y elaboración de productos cárnicos. Nivel 2. INA104_2, establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.

Familia Profesional Industrias Alimentarias: Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura. Nivel 2. INA109_2, establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.

Familia Profesional Química: Organización y control del acondicionado de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3. QUI115_3, establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.

Familia Profesional Química: Organización y control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3. QUI116_3, establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.

Familia Profesional Hostelería y Turismo: Creación y gestión de viajes combinados y eventos. Nivel 3. HOT330_3, establecida por el Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre.

Familia Profesional Agraria: Herrado de equinos. Nivel 3. AGA349_3, establecida por el Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero.

Familia Profesional Artes Gráficas: Fabricación de complejos, envases, embalajes y otros artículos de papel y cartón. Nivel 2. ARG416_2, establecida por el Real Decreto 1955/2009, de 18 de diciembre.

2. Las cualificaciones que se establecen en este real decreto y la cualificación profesional actualizada tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación de profesión regulada alguna.

Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen.

Las cualificaciones profesionales que se establecen en este real decreto corresponden a distintas familias profesionales y son las que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

1.º Familia Profesional Agraria:

Herrado para equinos. Nivel 2. AGA768_2. Anexo I.

Herrado ortopédico y/o terapéutico y barefoot en equinos. Nivel 3. AGA769_3. Anexo II.

2.º Familia Profesional Artes Gráficas:

Fabricación de complejos y aplicación de tratamientos superficiales de soportes gráficos. Nivel 2. ARG770_2. Anexo III.

Fabricación de envases, embalajes y otros artículos de papel y cartón. Nivel 2. ARG771_2. Anexo IV.

3.º Familia Profesional Hostelería y Turismo:

Gestión de productos turísticos. Nivel 3. HOT772_3. Anexo V.

4.º Familia Profesional Industrias Alimentarias:

Elaboración de productos cárnicos a nivel industrial. Nivel 2. INA773_2. Anexo VI.

Elaboración y venta de productos cárnicos. Nivel 2. INA774_2. Anexo VII.

Preparación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura. Nivel 2. INA775_2. Anexo VIII.

Producción de conservas de pescado a nivel industrial. Nivel 2. INA776_2. Anexo IX.

Venta al detalle de frutas y hortalizas. Nivel 2. INA777_2. Anexo X.

5.º Familia Profesional Química:

Control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3. QUI778_3. Anexo XI.

Artículo 3. Supresión de una cualificación profesional establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, se procede a la supresión de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el Anexo XCV del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Venta de servicios y productos turísticos. Nivel 3. Anexo XCV».

2. Se suprime el Anexo XCV, relativo a la cualificación profesional «Venta de servicios y productos turísticos». Nivel 3. HOT095_3.

Artículo 4. Actualización y supresión de determinadas cualificaciones profesionales establecidas por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se procede a la actualización de una cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CIII, del citado real decreto, y a la supresión de las cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CIV, CIX, CXV y CXVI del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del Anexo CIII «Fabricación de conservas vegetales. Nivel 2», por la siguiente:

«Producción de conservas vegetales a nivel industrial. Nivel 2.»

Así mismo, se suprimen las cualificaciones profesionales «Carnicería y elaboración de productos cárnicos. Nivel 2. Anexo CIV», «Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura. Nivel 2. Anexo CIX», «Organización y control del acondicionado de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3. Anexo CXV» y «Organización y control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3. Anexo CXVI».

2. Se da una nueva redacción al Anexo CIII, cualificación profesional «Fabricación de conservas vegetales». Nivel 2. INA103_2, que se sustituye por la que figura en el Anexo XII el presente real decreto, donde consta la cualificación profesional «Producción de conservas vegetales a nivel industrial». Nivel 2. INA103_2.

3. Se suprime el Anexo CIV, relativo a la cualificación profesional «Carnicería y elaboración de productos cárnicos». Nivel 2. INA104_2.

4. Se suprime el Anexo CIX, relativo a la cualificación profesional «Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura». Nivel 2. INA109_2.

5. Se suprime el Anexo CXV, relativo a la cualificación profesional «Organización y control del acondicionado de productos farmacéuticos y afines». Nivel 3. QUI115_3.

6. Se suprime el Anexo CXVI, relativo a la cualificación profesional «Organización y control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines». Nivel 3. QUI116_3.

Artículo 5. Supresión de una cualificación profesional de la Familia Profesional Hostelería y Turismo establecidas por el Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece cualificaciones profesionales de la familia profesional hostelería y turismo.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece cualificaciones profesionales de la familia profesional hostelería y turismo, se procede a la supresión de una cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CCCXXX, del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Creación y gestión de viajes combinados y eventos. Nivel 3. Anexo CCCXXX».

2. Se suprime el Anexo CCCXXX, relativo a la cualificación profesional «Creación y gestión de viajes combinados y eventos». Nivel 3. HOT330_3.

Artículo 6. Supresión de una cualificación profesional de la Familia Profesional Agraria establecida por el Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero, por el que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de ocho cualificaciones profesionales de la Familia profesional agraria.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero, por el que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de ocho cualificaciones profesionales de la Familia profesional agraria, se procede a la supresión de una cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CCCXLIX, del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Herrado de equinos. Nivel 3. Anexo CCCXLIX».

2. Se suprime el Anexo CCCXLIX, relativo a la cualificación profesional «Herrado de equinos». Nivel 3. AGA349_3.

Artículo 7. Supresión de una cualificación profesional de la Familia Profesional Artes Gráficas establecida por el Real Decreto 1955/2009, de 18 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Artes Gráficas.

1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Fabricación de complejos, envases, embalajes y otros artículos de papel y cartón. Nivel 2. Anexo CDXVI».

2. Se suprime el Anexo CDXVI, relativo a la cualificación profesional «Fabricación de complejos, envases, embalajes y otros artículos de papel y cartón». Nivel 2. ARG416_2.

Disposición adicional única. Correspondencia entre unidades de competencia suprimidas y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Se establecen las correspondencias y los requisitos adicionales, en su caso, contenidos en el anexo XIII-a, entre unidades de competencia de determinadas familias profesionales suprimidas como consecuencia del presente real decreto y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Por otra parte, se establecen las correspondencias y los requisitos adicionales, en su caso, contenidos en el Anexo XIII-b, entre unidades de competencia actuales de determinadas familias profesionales y sus equivalentes suprimidas del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

La declaración de equivalencia de dichas unidades de competencia tiene los efectos de acreditación parcial acumulable previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.

Se habilita al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional a dictar las normas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este real decreto, en el ámbito de sus competencias.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 22 de febrero de 2022.

FELIPE R.

La Ministra de Educación y Formación Profesional,

MARÍA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE

ANEXO I. Cualificación profesional: Herrado para equinos

Familia Profesional: Agraria

Nivel: 2

Código: AGA768_2

Competencia general

Realizar las operaciones auxiliares de preparación y acabado del herrado de equinos y ejecutar las acciones del servicio de atención al cliente, consumidor y usuario, en concordancia con los objetivos del establecimiento, cumpliendo la normativa medioambiental, planificación de la actividad preventiva, normativa específica (bienestar animal, entre otras) y los estándares de calidad.

Unidades de competencia

UC1136_2: Realizar las operaciones auxiliares de preparación y acabado del herrado de equinos

UC1137_2: Realizar el recorte del casco, forjado, adaptación y colocación de herraduras y otros complementos de herrado en equinos

UC0241_2: Ejecutar las acciones del servicio de atención al cliente/consumidor/usuario

Entorno Profesional

Ámbito Profesional

Desarrolla su actividad profesional en el área de ganadería en actividades relacionadas con el herrado de equinos, en entidades de naturaleza pública o privada, empresas de tamaño pequeño, mediano o grande, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.

Sectores Productivos

Se ubica en el sector de ganadería de equinos y de servicios asociados a este tipo de ganado.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

Empleados de información al usuario

Auxiliares-herradores de ganado equino

Herradores de ganado equino

Trabajadores en empresas de servicios relacionados con el sector ganadería de equinos

Formación Asociada (540 horas)

Módulos Formativos

MF1136_2: Preparación y acabado del herrado de equinos (150 horas)

MF1137_2: Recorte del casco, forjado, adaptación y colocación de las herraduras y otros complementos del herrado en equinos (240 horas)

MF0241_2: Información y atención al cliente/consumidor/usuario (150 horas)

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: REALIZAR LAS OPERACIONES AUXILIARES DE PREPARACIÓN Y ACABADO DEL HERRADO DE EQUINOS

Nivel: 2

Código: UC1136_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Preparar los medios requeridos (herramientas, materiales y equipos) para el herrado del equino, en función del trabajo a realizar, para asegurar la calidad y operatividad en condiciones de comodidad, tanto del trabajador como del equino, siguiendo instrucciones de la persona responsable.

CR1.1 La información existente en el mercado sobre los tipos de herramientas y materiales de herrado se recopila, recogiendo referencias de utilidad para el trabajo auxiliar del herrado.

CR1.2 Las herramientas (cepillo metálico, entre otros) y equipos requeridos en las operaciones de preparación y acabado del herrado de equinos se preparan, garantizando su estado de uso, en función del tipo de equino y la técnica de trabajo.

CR1.3 Las herramientas y los equipos se localizan, en un lugar preferente y accesible para su utilización inmediata.

CR1.4 El espacio de trabajo para el herrado se selecciona, considerando que sea un lugar accesible, en el que puedan realizarse con seguridad los trabajos y disponga de un atadero seguro para efectuar el amarre del equino.

RP2: Trasladar al equino hasta el lugar donde se va a efectuar su herrado, mediante los medios de conducción disponibles, y amarrarlo al mismo con un nudo de seguridad, para facilitar el desarrollo de los trabajos a realizar sobre sus cascos.

CR2.1 El equino se conduce al paso hasta el lugar determinado para efectuar su herrado, utilizando los medios de conducción disponibles (cabezadas, ramales, entre otros).

CR2.2 Las condiciones físicas y el carácter del equino se valoran, observando sus reacciones durante el manejo y conducción hasta el lugar de trabajo, para prever su posterior comportamiento en las diferentes fases del herrado.

CR2.3 El equino se amarra en el lugar seleccionado, sobre una cuerda débil y un nudo de seguridad, para prevenir accidentes y daños en caso de intento de liberación forzada de su atadura, recurriendo a veces a la colaboración de un ayudante para facilitar el trabajo con equinos difíciles de herrar para que sujete las extremidades y lo tranquilice, evitando la violencia en su manejo.

RP3: Preparar el casco del equino, desremachando los clavos viejos, levantado la herradura vieja y limpiando la suela y ranilla del casco, para permitir su posterior recorte, siguiendo instrucciones de la persona responsable.

CR3.1 El casco se limpia de elementos que dificulten y perjudiquen la acción de las herramientas sobre el mismo, empleando un cepillo de alambres o un limpiacascos.

CR3.2 Los remaches viejos se levantan, mediante el uso de un desremachador y un martillo de nylon, procurando no dañar la muralla del casco.

CR3.3 La herradura se levanta, utilizando las tenazas extractoras, apalancando en diagonal y sujetando el casco con la otra mano, para evitar dañar la muralla del casco y producir dolor al equino.

CR3.4 La suela exfoliativa se elimina, utilizando una cuchilla o una legra, eliminando también los trozos de ranilla sueltos o que no presenten un aspecto sano, evitando dañar los tejidos vivos del casco.

CR3.5 Los residuos de material desechado se retiran del lugar de trabajo, según van produciéndose, depositándolos en los contenedores de basura asignados a cada tipo de residuo.

RP4: Realizar las operaciones auxiliares de terminación y acabado del herrado, utilizando las herramientas y materiales necesarios en cada operación para complementar el herrado, siguiendo instrucciones de la persona responsable.

CR4.1 Las cabezas de los clavos se embuten a fondo en el interior de las claveras de la herradura, golpeando con precisión con el martillo sobre sus cabezas.

CR4.2 Las espigas de los clavos se cortan, horizontalmente con la tenaza u otra herramienta segura, igualándolas en altura y depositando los restos en los lugares asignados.

CR4.3 Los nichos para alojar el remache de cada clavo se abren, con la cuchilla de muescas a pocos milímetros por debajo de su salida, procurando que la profundidad sea la requerida al tamaño del remache.

CR4.4 La lámina del clavo se dobla, mediante la tenaza de remachar o con la tenaza y el martillo, alojándola en el nicho.

CR4.5 El remache se aprieta en el nicho, golpeándolo con el martillo de forma repetida y suave para embutirlo, de forma que no sobresalga excesivamente de la superficie de la muralla del casco y sujetando la cabeza del clavo con la boca de la tenaza o el tas.

CR4.6 El remache se afianza, mediante la boca de la tenaza o el tas, realizando un golpe de seguridad sobre cada clavo, si procede.

CR4.7 La superficie de la muralla se repasa, con la escofina y/o lima, por debajo de los remaches, para eliminar cualquier resto cortante, evitando debilitar los remaches, ni eliminar el barniz perióplico por encima de ellos.

CR4.8 El equino, tras el herrado, se mueve al paso y/o al trote, para comprobar su movilidad general, alojándolo en el lugar y condiciones que se determinen.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Cabezadas de cuadra, ramales. Limpiacascos cepillo metálico, desremachador, martillo de nylon, tenazas de desherrar, legras, cuchillas, tenazas universales, tenazas extractoras, escofinas, limas, cuchillas de muescas, tenazas de remachar, martillo de clavar. Guantes y botas de protección. Mandil. Trípode. Carro/caja de herramientas.

Productos y resultados:

Preparación de los medios requeridos para el herrado. Traslado del equino hasta el lugar de herrado. Preparación del casco del equino. Realización de las operaciones auxiliares de terminación y acabado del herrado.

Información utilizada o generada:

Catálogos de material y herramientas. Información existente en el mercado sobre los tipos de herramientas y materiales de herrado. Bibliografía relacionada con el herrado de equinos. Normativa sobre prevención de riesgos laborales, de protección y bienestar equino, y protección medioambiental.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: REALIZAR EL RECORTE DEL CASCO, FORJADO, ADAPTACIÓN Y COLOCACIÓN DE HERRADURAS Y OTROS COMPLEMENTOS DE HERRADO EN EQUINOS

Nivel: 2

Código: UC1137_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Preparar los equipos, herramientas y materiales requeridos, para llevar a cabo las operaciones de herrado (recorte del casco, forjado, adaptación, y colocación de herraduras y otros complementos), verificando su disponibilidad, así como su valoración presupuestaria, asegurando las condiciones de comodidad al trabajador y al equino.

CR1.1 La información existente en el mercado sobre los diferentes tipos de herramientas y materiales de herrado y complementos se recopila, recogiendo referencias de utilidad para el herrado de equinos.

CR1.2 Las herramientas y equipos requeridos en las operaciones de recorte del casco, forjado y adaptación y colocación de herraduras y otros complementos se seleccionan, atendiendo al tipo de equino y herrado a realizar.

CR1.3 Las herramientas, materiales y equipos una vez seleccionadas se disponen en estado de uso, en el lugar de trabajo, de una forma preferente y accesible.

CR1.4 El espacio de trabajo se selecciona, considerando que sea un lugar accesible para el equino y el herrador, en el que se disponga de un atadero seguro para efectuar el amarre del equino y puedan realizarse con seguridad los trabajos establecidos.

CR1.5 Los trabajos de herrado se presupuestan, en función de sus características, teniendo en cuenta el tiempo y el material que se prevé emplear.

RP2: Detectar el estado de los cascos, aplomos del equino y las posibles alteraciones, antes del herrado, para determinar el tipo de trabajo a realizar, repitiendo dicho análisis una vez finalizado este.

CR2.1 El lugar para la comprobación del estado de los cascos y aplomos del equino se selecciona, buscando una superficie lisa, dura y sin obstáculos que permita la visualización de toda la extremidad y en la que se pueda mover al equino en círculo y en línea recta.

CR2.2 El estado de los cascos y aplomos del equino se comprueba, mediante la observación del equino en estación y en movimiento, antes y después del recorte y del herrado, para poder realizar el herrado que necesita el equino y comprobar posteriormente sus resultados.

CR2.3 La información obtenida del estado de los cascos y aplomos y sus posibles alteraciones, antes y después del herrado, se anota, en el soporte establecido para consultar en fases posteriores y tomar posibles medidas correctoras.

RP3: Adaptar el casco a la funcionalidad de la extremidad del equino para optimizar su ajuste, recortando o rebajándolo con las herramientas, evitando dañar al equino.

CR3.1 La eliminación de la suela exfoliativa y limpieza de la ranilla del casco se comprueba que está en los límites naturales, completándolos, en caso requerido, dejando el casco limpio y en condiciones para su recorte.

CR3.2 La pared del casco se recorta, con la cuchilla y el martillo de nylon o con la tenaza de corte, utilizando como referencias el nivel de la suela funcional y los puntos de estrés, midiendo los dos talones con el compás a la misma longitud desde el borde coronario en los pulpejos.

CR3.3 La pared del casco en su cara solear se escofina, desde el centro de las lumbres hasta cada uno de los talones, para dejar un solo plano en cada uno de los lados del casco, dejando el casco equilibrado.

CR3.4 La caja para alojar la pestaña central de la herradura, en el casco, en el caso de que la lleve, se realiza con la cuchilla, con la tenaza de corte o con la escofina, en el lugar marcado por la herradura.

CR3.5 La pared del casco en su cara dorsal, hasta una altura de 1/3 de su longitud total, se escofina longitudinalmente, siguiendo el contorno del casco, dejándola limpia de irregularidades y/o posibles deformaciones y acampanamientos, facilitando su equilibrio y funcionalidad.

RP4: Seleccionar la herradura idónea para el casco del equino y adaptarla al mismo, utilizando las herramientas de forja y torneado, para el herrado del equino con herraduras mecánicas.

CR4.1 La herradura se selecciona, atendiendo a factores como material, tipo, talla, actividad del equino y tamaño del casco.

CR4.2 La herradura mecánica se ajusta a la forma y características específicas del casco, torneándola en caliente o en frío, dependiendo de la técnica aplicada, utilizando el yunque, martillo de forja, tenazas de forja y fragua de gas.

CR4.3 La herradura se coloca en caliente sobre la superficie solear del casco, en caso indicado, con las herramientas específicas, asegurando que la temperatura y tiempo de contacto es el requerido para realizar el marcaje sobre la superficie de la pared, sin lesionar los tejidos vivos del casco.

CR4.4 La herradura se enfría, sumergiéndola en un recipiente con agua para poder manipularla en las siguientes etapas del herrado, comprobando que se ha enfriado totalmente, antes de su manipulación.

CR4.5 Los bordes de la herradura se biselan, mediante las herramientas requeridas para mejorar su funcionalidad y prevenir posibles lesiones o su arranque, durante la locomoción del equino.

RP5: Forjar a mano una herradura, utilizando las herramientas y el material de forja (yunque, tenazas de forja, tajadera, martillos de forja, cepillo metálico, fragua de gas o carbón y accesorios, entre otros), para adaptarla a las dimensiones y morfología específica del casco.

CR5.1 La pletina para el forjado de la herradura se selecciona, dependiendo del tipo y talla de la herradura a forjar, de la actividad del equino, del tamaño y de las características específicas del casco.

CR5.2 La pletina seleccionada para el forjado de la herradura se corta a la medida determinada por el perímetro del casco, aplicando un factor de corrección, mediante una cizalla, radial, cortacallos o cualquier otro procedimiento adaptado.

CR5.3 La pletina cortada se calienta, utilizando una fragua de gas o carbón, dándole la forma que requiere el casco.

CR5.4 Las claveras se perforan a la medida de la cabeza del clavo elegido, utilizando el martillo estampador indicado.

CR5.5 Las deformaciones originadas por la abertura de las claveras se eliminan, cuidando de no cerrar la clavera correspondiente.

CR5.6 Las contraclaveras se abren, mediante un puntero pasador, cuidando que las láminas de hierro no queden adheridas al fondo de la clavera.

CR5.7 La pestaña o pestañas que requiera la herradura se extraen de su material, cuidando no reducir demasiado la anchura de la tabla.

CR5.8 La herradura se aplana, realizando el acabado final, sin dejar bultos ni rebabas que impidan la adaptación al casco.

RP6: Clavar la herradura, para fijarla al casco, empleando los clavos que más se adapten a su modelo y al tipo de casco.

CR6.1 Los clavos se seleccionan, en función del casco y tipo de herradura, atendiendo a su material, longitud, grosor y tipo de cabeza y cuello.

CR6.2 La herradura se coloca sobre el casco, de forma centrada, procurando que los callos queden equidistantes de la laguna media de la ranilla.

CR6.3 Los dos primeros clavos se ponen con precisión, procurando que salgan a una altura aproximada de 1/3 de la total del casco, doblando la espiga sobrante y evitando colocar la mano en la trayectoria del clavo.

CR6.4 La buena posición de la herradura se verifica con respecto al contorno del casco, corrigiéndola, en caso necesario.

CR6.5 La/s pestaña/s en las herraduras que la/s porten se brida/n, siempre que la herradura esté centrada con respecto al casco, mediante suaves golpes de martillo, comenzando en su base y terminando en la punta.

CR6.6 El resto de clavos, en un número requerido al tamaño del casco, se clavan, siguiendo el orden establecido al tipo y posición de la herradura, evitando colocar la mano en la trayectoria del clavo.

CR6.7 La espiga sobrante de cada clavo se dobla inmediatamente después de que el clavo haya salido en su totalidad, utilizando el martillo y procurando que la punta del clavo quede alineada con su cabeza.

RP7: Aplicar complementos (antideslizantes, amortiguadores, reconstructores del casco), o los complementos prescritos para el caso de herrados ortopédicos o terapéuticos.

CR7.1 Los materiales (resinas, siliconas, entre otros), complementos del herrado (conos de tungsteno, ramplones, plantillas, entre otros) y herramientas (tenaza cortacascos, tenaza de remachar, cuchilla, desremachador, escofina y legra, martillo, entre otros) se seleccionan, en función de los trabajos a realizar.

CR7.2 Las herraduras se modifican, utilizando el taladro y la roscadora, manual o automática, para la posterior aplicación de ramplones, conos de tungsteno y placas protectoras o amortiguadoras.

CR7.3 Las herraduras de materiales plásticos se preparan, limpiándolas y desengrasándolas con el disolvente establecido para el tipo de resina o pegamento a utilizar.

CR7.4 El casco se prepara, utilizando lija, disolvente adecuado al tipo de resina o pegamento y pistola térmica, para la posterior aplicación de resinas amortiguadoras, reconstructoras, siliconas o pegamentos.

CR7.5 Los herrados que incorporen ramplones, vidias, plantillas, herraduras de materiales plásticos, siliconas, resinas o pegamentos se realizan con la técnica que corresponda en cada caso.

CR7.6 Los herrados que incorporen ramplones, vidias, plantillas, herraduras de materiales plásticos, siliconas, resinas o pegamentos se realizan, con la técnica que corresponda, en cada caso.

RP8: Hacer el seguimiento del equino, anotando en las fichas de control, por medios manuales o informáticos, la información de los trabajos realizados, para optimizar el control de los equinos y el rendimiento del trabajo.

CR8.1 La información del resultado final del herrado se obtiene, mediante la observación, en primer lugar, del equino en estación, atendiendo a los planos frontal, sagital y horizontal, moviéndolo posteriormente, al paso y al trote en diferentes tipos de suelo, para comprobar si existen cambios con respecto a la situación inicial y tomar en su caso las medidas correctoras adecuadas.

CR8.2 Los datos del equino tomados en campo y del trabajo efectuado se registran, en las fichas de control, con detalle, para el seguimiento del historial del equino, una vez finalizado el herrado.

CR8.3 El herrado siguiente se programa, teniendo en cuenta las características del equino y su actividad, comunicando su fecha al responsable del equino.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Cabezadas de cuadra, ramales. Legras, cuchillas, martillo de nylon, tenazas de corte, tenazas universales, tenazas extractoras, escofinas, compás, martillo de clavar, mortajera (cuchilla de nichos). Material de forja: tenazas de forja, martillos de forja, cepillo metálico, fraguas de gas o carbón y accesorios, yunques. Cubos. Martillo estampador para claveras, martillo ranurador, granete, puntero pasador para las claveras, tenazas para aplicar la herradura caliente, lijadora de banda, taladro, roscadora (mecánica o manual), pistola térmica, fresadora, guantes de látex, gafas de protección, guantes y botas de protección, mandil, trípode, carro/caja de herramientas. Clavos de diferentes modelos y medidas. Pletinas de diferentes medidas. Herraduras básicas de diferentes modelos y tallas. Complementos del herrado: conos de tungsteno, ramplones, plantillas, pistola para siliconas y resinas, siliconas, resinas reconstructoras, resinas amortiguadoras, pegamentos, cinta adhesiva ancha, film plástico. Medios de transporte para materiales y equipos. Contenedores para los residuos.

Productos y resultados:

Preparación de los equipos, herramientas y materiales requeridos, para llevar a cabo las operaciones de herrado. Identificación de las posibles alteraciones y aplomos del equino. Adaptación del casco a la funcionalidad de la extremidad del equino. Selección de la herradura idónea al casco equino y adaptación del mismo. Forjado a mano de una herradura. Clavado de la herradura para fijarla al casco. Aplicación de complementos (antideslizantes, amortiguadores, reconstructores del casco), o los complementos prescritos. Seguimiento del equino.

Información utilizada o generada:

Catálogos de material y herramientas. Normativa de prevención de riesgos laborales. Normativa de protección equino y de bienestar equino. Fichas de control y seguimiento del trabajo. Normas de bioseguridad en establecimientos de equinos. Bibliografía relacionada con el herrado de equinos. Bibliografía relacionada con la anatomía de los equinos.

UNIDAD DE COMPETENCIA 3: EJECUTAR LAS ACCIONES DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE/CONSUMIDOR/USUARIO

Nivel: 2

Código: UC0241_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Proporcionar la información requerida por el cliente, consumidor y usuario a través de los canales de comunicación, adaptando el lenguaje y la forma de comunicación al canal utilizado, considerando la normativa aplicable de protección de datos de carácter personal con el fin de atender su demanda y cumplir sus expectativas.

CR1.1 La primera toma de contacto con el cliente, consumidor y usuario se efectúa, atendiendo al tratamiento protocolario y respetando las normas establecidas por la organización, en función del canal de comunicación presencial y no presencial –telefonía, e-mail, sms, página Web, networking, e-commerce, website, chats, e-CRM, e-newletters, redes sociales, u otros canales digitales–.

CR1.2 Los datos personales se solicitan, en su caso, de acuerdo al procedimiento establecido por la organización y el canal de comunicación utilizado, registrando la información recibida en las aplicaciones informáticas de gestión de relación con clientes –CRM (Customer Relationship Management)– en sistemas de Planificación de Recursos Empresariales - ERP (Enterprise Resource Planning) o en las definidas por la organización.

CR1.3 La información solicitada se obtiene, de las aplicaciones informáticas de gestión de relación con clientes, de los manuales establecidos por la organización, folletos, documentos informativos, publicidad, del superior jerárquico, u otros medios disponibles.

CR1.4 La información se proporciona con claridad y exactitud, empleando los canales y herramientas de comunicación online/offline, según los protocolos establecidos por la organización.

CR1.5 La demanda solicitada por el cliente, consumidor y usuario se resuelve personalmente permitiendo una gestión inmediata o bien canalizándola al departamento y/o responsable correspondiente, cuando exceda del ámbito de su responsabilidad, según las normas internas establecidas por la organización.

CR1.6 La despedida con el cliente, consumidor y usuario se efectúa contrastando que las demandas del cliente quedan resueltas con preguntas sobre la necesidad de facilitar más información, según el canal utilizado y los protocolos establecidos por la organización.

RP2: Efectuar el seguimiento postventa del producto y/o servicio vendido, ofertar en su caso, programas de fidelización de clientes, consumidores y usuarios a través de los canales de comercialización, adaptando el lenguaje y la forma de comunicación al canal utilizado, según los criterios establecidos por la organización para premiar su lealtad con un sistema de incentivos y vincularle a la marca, producto o servicio adquirido.

CR2.1 La relación con el cliente, consumidor y usuario se mantiene durante el proceso postventa, utilizando técnicas de comunicación online/offline comprobando su grado de satisfacción, idoneidad y calidad del producto y/o servicio.

CR2.2 Las posibles incidencias en el proceso postventa se resuelven, dentro del ámbito de su responsabilidad, de acuerdo a las normas internas de la organización o derivándolas al nivel jerárquico superior.

CR2.3 El programa de fidelización al cliente, consumidor y usuario se ofrece, en su caso, premiando con promociones, ofertas, descuentos u otros, la lealtad y vincularle con la marca del producto y/o servicio.

CR2.4 El programa de fidelización de clientes se tramita por medios físicos o digitales ofertados por la organización CRM, e-commerce, redes sociales, Internet, documentación u otros.

CR2.5 El documento acreditativo del programa de fidelización –tarjeta física, magnética, código u otros–, se facilita al cliente, consumidor y usuario, en su caso, para que acceda a los beneficios ofertados por la organización.

RP3: Tramitar la información y documentación facilitada por el cliente, consumidor y usuario de forma coordinada con el resto del equipo, utilizando aplicaciones de gestión con clientes y técnicas organizativas, según la normativa aplicable de protección de datos de carácter personal y defensa de los consumidores y usuarios, con el fin de disponer de datos que optimicen costes de gestión y tiempos de acceso.

CR3.1 La información recibida se registra en las aplicaciones informáticas de gestión de relación con cliente, consumidor y usuario, de forma manual u otros medios, en función de las características de la documentación y de las normas internas de la organización.

CR3.2 La documentación recibida del cliente, consumidor o usuario se clasifica de forma manual o por medios informáticos, aplicando técnicas de organización y archivo en función de las características de los documentos y de las normas internas de la organización.

CR3.3 La documentación se codifica, en su caso, según los procedimientos establecidos por la organización generando un justificante de entrada asociado al documento que le identifique y optimice los tiempos en procesos de búsqueda de la información.

CR3.4 La información registrada y/o clasificada se almacena en los dispositivos de seguridad –unidades de memoria externas o internas, ubicaciones de red, servidores, aplicaciones específicas, servicios en la nube u otros– o en medios físicos –archivos, armarios, carpetas u otros–, según los medios y procedimientos establecidos por la organización.

CR3.5 Las consultas de clientes, consumidores o usuarios, se efectúan aplicando los métodos de búsqueda masiva en archivos propios o en la red por los diferentes canales de comunicación empleados, seleccionando aquéllos que generen una respuesta idónea y dote de calidad al servicio prestado.

CR3.6 Las bases de datos de la organización se actualiza con la información recopilada, de acuerdo con los protocolos internos, cumpliendo la normativa aplicable de protección de datos y defensa de los consumidores y usuarios.

RP4: Ejecutar instrucciones de evaluación del grado de satisfacción de los clientes, consumidores y usuarios sobre el servicio prestado, recopilando la información proporcionada según el canal de comunicación, con el fin de optimizar el proceso de gestión y mejorar la calidad del servicio prestado.

CR4.1 Las posibles deficiencias en el servicio prestado se detectan recopilando la información del cliente, consumidor y usuario por medio de encuestas, formularios u otros documentos y/o medios, según el canal utilizado y los criterios establecidos por la organización.

CR4.2 La información recopilada sobre clientes, consumidores y usuarios se registra en las aplicaciones informáticas correspondientes y/o se archivan de forma manual, según los procedimientos establecidos por la organización.

CR4.3 La información recopilada se contrasta, en su caso, con la archivada sobre informes de satisfacción, documentación con consultas, peticiones, incidencias, reclamaciones, u otra información de la organización.

CR4.4 Las incidencias detectadas durante del proceso de atención al cliente en productos y/o servicios, se transmiten al superior jerárquico utilizando los medios y procedimientos establecidos por la organización y en su caso, resolviendo en el ámbito de su responsabilidad.

CR4.5 Las reclamaciones, quejas y/o sugerencias expresadas por los clientes, consumidores y usuarios se contrastan con la información procedente de las aplicaciones establecidas por la organización, para su posterior tratamiento en la toma de decisiones.

CR4.6 Los informes referidos al grado de satisfacción y de las expectativas de los clientes, consumidores y usuarios se elaboran con aplicaciones informáticas específicas de gestión de clientes, incluyendo conclusiones y aportando propuestas en el ámbito de su responsabilidad, que puedan optimizar la calidad del servicio prestado.

CR4.7 La calidad del servicio se gestiona, colaborando de forma coordinada con el equipo de trabajo y cumpliendo con las órdenes recibidas por la organización.

Contexto profesional:

Medios de producción:

Canales de comunicación presencial y no presencial: telefonía, e-mail, sms, página web, networking, e-commerce, website, chats, e-CRM, e-newletters, redes sociales, u otros canales digitales. Aplicaciones informáticas de gestión de relación con clientes: CRM (Customer Relationship Management). Planificación de Recursos Empresariales - ERP (Enterprise Resource Planning). Manuales. Folletos. Documentos informativos. Publicidad. Formularios de registro de entrada de información. Ordenes de trabajo. Canales de comunicación. Dispositivos de copias de seguridad: unidades de memoria externas, internas, ubicaciones de red, servidores, aplicaciones específicas, servicios en la nube u otros. Encuestas. Formularios. Informes de satisfacción. Documentación con consultas, peticiones, incidencias, reclamaciones, u otra información de la organización.

Productos y resultados:

La información requerida por el cliente, consumidor y usuario a través de los canales de comunicación proporcionada. El lenguaje y forma de comunicación al canal utilizado adaptado. Demandas atendidas. Expectativas cumplidas. Seguimiento postventa del producto y/o servicio vendido efectuado. Programas de fidelización de clientes, consumidores y usuarios a través de los canales de comercialización ofertados. Lealtad al cliente, consumidor y usuario premiada. Cliente consumidor y usuario vinculado a la marca. Producto o servicio adquirido. Información y documentación facilitada por el cliente, consumidor y usuario tramitada. Aplicaciones de gestión con clientes y técnicas organizativas utilizadas. Datos que optimicen costes de gestión y tiempos de acceso dispuestos. Instrucciones para evaluar el grado de satisfacción de los clientes, consumidores y usuarios sobre el servicio prestado ejecutadas. Información proporcionada según el canal de comunicación recopilada. Proceso de gestión de venta optimizado. Calidad del servicio prestado mejorada.

Información utilizada o generada:

Normativa de protección de datos de carácter personal. Normativa aplicable de defensa de los consumidores y usuarios. Normas de la organización para la gestión de clientes, consumidores y usuarios. Información del cliente, consumidor y usuario procedente de: informes de satisfacción, consultas, peticiones, incidencias, reclamaciones, u otros. Bases de datos. Registros de entrada de consultas y reclamaciones. Procedimiento interno de calidad. Registros de satisfacción del cliente. Informes de propuestas de mejora. Manuales de gestión de clientes de la organización.

MÓDULO FORMATIVO 1: PREPARACIÓN Y ACABADO DEL HERRADO DE EQUINOS

Nivel: 2

Código: MF1136_2

Asociado a la UC: Realizar las operaciones auxiliares de preparación y acabado del herrado de equinos

Duración: 150 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Aplicar técnicas de preparación y mantenimiento de herramientas, materiales y equipos requeridos para la preparación y acabado del herrado.

CE1.1 Describir características de las herramientas y materiales de herrado y utilidad de cada uno de ellos.

CE1.2 Definir criterio de elección de las herramientas y equipos en función del tipo de equino y técnica de trabajo.

CE1.3 Citar manera de distribuir cada una de las herramientas y equipos a utilizar en el trabajo, así como condiciones mínimas de mantenimiento de cada una de ellas que asegure su funcionalidad.

CE1.4 Definir condiciones requeridas del espacio de trabajo para realizar un herrado completo, de forma que los trabajos puedan realizarse con seguridad.

CE1.5 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino, relacionadas con la elección y disposición de los medios necesarios para la preparación y acabado del herrado.

CE1.6 En un supuesto práctico de selección y disposición de los medios requeridos para la preparación y acabado del herrado de un equino:

- Seleccionar las herramientas y equipos requeridos, en función del tipo de equino y la técnica de trabajo.

- Distribuir ordenadamente las herramientas y los equipos de trabajo.

- Realizar el mantenimiento de las herramientas que lo precisen.

- Elegir el espacio de trabajo para realizar el herrado.

- Preparar los medios necesarios para la preparación y acabado del herrado, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y bienestar equino.

C2: Aplicar técnicas de manejo (aproximación, conducción y sujeción) de equinos, teniendo en cuenta la etología de la especie.

CE2.1 Describir normas de seguridad aplicables durante la aproximación y conducción del equino.

CE2.2 Explicar proceso de evaluación de las pautas de comportamiento de un equino durante la aproximación en la cuadra, el manejo y su conducción hasta el lugar de trabajo, para prever su comportamiento general en las diferentes fases del herrado.

CE2.3 Explicar medios y técnicas utilizados en la conducción y el amarre de equinos, para lograr un manejo eficaz y prevenir accidentes y daños en los equinos en caso que intenten librarse de su atadura.

CE2.4 Definir criterios que hacen necesaria la colaboración de un ayudante que sostenga las extremidades y facilite el trabajo en equino, en condiciones de seguridad.

CE2.5 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino relacionadas con la conducción y sujeción del equino.

CE2.6 En un supuesto práctico de aproximación, manejo y conducción del equino hasta el lugar elegido para realizar su herrado y amarre:

- Abordar al equino en el lugar de estabulación, siguiendo las normas de seguridad establecidas y las técnicas indicadas.

- Conducir al equino, desde el lugar donde se encuentra, hasta el lugar de trabajo.

- Evaluar el comportamiento del caballo, durante la aproximación, el manejo y conducción.

- Amarrar el equino, de forma segura, para prevenir accidentes.

- Comprobar la necesidad de utilizar un ayudante que sostenga las extremidades y facilite el trabajo.

- Realizar la conducción del equino y su amarre hasta el lugar elegido para realizar el herrado, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y bienestar equino.

C3: Aplicar técnicas de preparación del casco para el herrado del equino, levantando la herradura vieja y limpiando la suela y ranilla del casco del equino, para permitir su recorte y aplomado.

CE3.1 Describir rutina a seguir en el trabajo de levantado de la herradura y limpieza de la suela y ranilla del casco, de forma secuencial, sin producir dolor al animal.

CE3.2 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino, relacionadas con el levantado de la herradura y limpieza de la suela y ranilla.

CE3.3 En un supuesto práctico de levantado de la herradura, limpieza de la suela y la ranilla del casco de un equino:

- Limpiar el casco de elementos que dificulten y perjudiquen la acción de las herramientas sobre él.

- Realizar la operación de levantar los remaches con el desremachador, procurando no dañar la muralla del casco.

- Levantar la herradura con las técnicas y medios necesarios, evitando dañar el casco y producir dolor al equino.

- Eliminar la suela sobrante, mediante cuchilla, legra u otras herramientas seguras, eliminando los trozos sueltos de ranilla o que no presenten un aspecto sano y cuidando de no dañar los tejidos vivos, durante todo el proceso.

- Retirar del lugar de trabajo los restos de casco y materiales desechados, según se van produciendo, depositándolos en los lugares indicados para ello.

C4: Aplicar técnicas relacionadas con las fases de acabado del herrado, indicando las características y especificidades de cada fase.

CE4.1 Describir secuencialmente fases de terminación del herrado, indicando herramientas, materiales y equipos utilizados en cada una de ellas.

CE4.2 Explicar técnicas aplicadas en el remachado de los clavos y en el acabado del herrado, especificando en cada caso las condiciones a considerar para que transcurran con calidad y seguridad.

CE4.3 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino relacionadas con el remachado y acabado del herrado.

CE4.4 En un supuesto práctico de terminación de herrado en un equino:

- Embutir las cabezas de los clavos, a fondo, en las claveras de la herradura.

- Cortar las espigas de los clavos, horizontalmente, con la tenaza u otra herramienta segura.

- Abrir los nichos con la cuchilla de muescas, procurando que la profundidad se adapte al tamaño del remache.

- Doblar la lámina del clavo con la tenaza de remachar o la tenaza y el martillo, alojándola en el nicho correspondiente.

- Embutir el remache en el nicho con el martillo, de forma que no sobresalga excesivamente de la superficie de la muralla del casco.

- Afianzar el remache, mediante la boca de la tenaza o el tas y el martillo.

- Repasar la superficie de la muralla con la escofina y/o lima, por debajo de los remaches, para eliminar cualquier resto cortante.

- Conducir el equino, una vez terminado el trabajo de herrado, para alojarlo dónde y cómo se determine.

- Valorar económicamente el trabajo de herrado, teniendo en cuenta sus características.

C5: Definir criterios de eliminación de los residuos originados durante el herrado de una forma segura.

CE5.1 Diferenciar residuos orgánicos de los inorgánicos generados durante el proceso de herrado.

CE5.2 Identificar tipos de contenedores establecidos para el depósito de los residuos originados durante el herrado, y detallando las condiciones en las que debe quedar el lugar de trabajo, una vez finalizado éste.

CE5.3 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental relacionadas con la eliminación de los residuos originados durante el herrado.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:

C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.6; C3 respecto a CE3.3 y C4 respecto a CE4.4.

Otras capacidades:

Adaptarse a la organización específica de la empresa, integrándose en el sistema de relaciones técnico-laborales.

Interpretar y ejecutar las instrucciones que recibe y responsabilizarse de la labor que desarrolla, comunicándose, de manera eficaz, con la persona adecuada, en cada momento.

Habituarse al ritmo de trabajo de la empresa, cumpliendo los objetivos de rendimiento diario definidos en su propia organización.

Mostrar en todo momento una actitud de respeto hacia los clientes, compañeros, procedimientos y normas internas de la empresa.

Favorecer la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el desempeño competencial.

Promover la igualdad de trato entre mujeres y hombres, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo.

Contenidos:

1. Anatomía y fisiología de los equinos

Identificación de las diferentes regiones corporales. Nombres y terminología específica.

Capas y pelos.

Características diferenciales de las principales razas equinas. Partes externas del casco de los equinos.

Anatomía interna del casco de los equinos. Características de la caja córnea. Mecanismo funcional del casco de los equinos.

Influencia del herrado en el funcionamiento del casco de los equinos. Aspecto del casco sano.

2. Materiales, herramientas y lugares para el herrado de equinos

El herradero.

La herradura y el clavo: características generales.

Condiciones que debe cumplir una buena herradura de fábrica. Otros materiales de herrado.

Las herramientas y los recursos del herrador. Conservación y mantenimiento de las herramientas. Lugar para el herrado: condiciones que debe reunir. El herradero.

3. Manejo y conducción de equinos

Etología equina: principios básicos.

Técnicas de acercamiento y control del equino en diferentes situaciones.

Colocación y uso de diferentes materiales y equipos para la conducción y manejo del equino pie a tierra. Técnicas de amarre y sujeción de los equinos para su herrado.

4. Secuencia en el herrado de equinos

Observación de aplomos.

Desherrado y emparejado del casco.

Adaptación en caliente y clavado de la herradura. Terminación y acabado del herrado. Evaluación del resultado final: características de un herrado correcto.

Gestión de residuos en el proceso de herrado de equinos.

5. Preparación y acabado del herrado de equinos

Técnicas específicas de desherrado: eliminación de remaches y levantamiento de la herradura. Técnicas específicas de limpieza de la ranilla y de la suela del casco de los equinos.

Técnicas específicas de acabado del herrado de equinos: remachado de clavos y terminación del herrado. Organización de las tareas de preparación y del acabado del herrado de equinos. Comprobación de los resultados del trabajo de herrado de equinos.

Normativa sobre protección del medio ambiente, prevención de riesgos laborales, bienestar y seguridad de los equinos.

6. Historia del herrado de equinos

Antes de la herradura.

Antecedentes históricos del herrado de equinos actual.

Diferentes técnicas de herrado de equinos (escuelas inglesa y francesa).

Situación actual en España y en el resto de Europa del herrado de equinos.

Parámetros de contexto de la formación:

Espacios e instalaciones:

Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:

Perfil profesional del formador o formadora:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de las operaciones auxiliares de preparación y acabado del herrado de equinos, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:

2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

MÓDULO FORMATIVO 2: RECORTE DEL CASCO, FORJADO, ADAPTACIÓN Y COLOCACIÓN DE LAS HERRADURAS Y OTROS COMPLEMENTOS DEL HERRADO EN EQUINOS

Nivel: 2

Código: MF1137_2

Asociado a la UC: Realizar el recorte del casco, forjado, adaptación y colocación de herraduras y otros complementos de herrado en equinos

Duración: 240 horas

Capacidades y criterios de evaluación:

C1: Aplicar técnicas de preparación de los equipos, herramientas, materiales y complementos del herrado, definiendo sus características.

CE1.1 Describir utilidad y técnicas de aplicación de los materiales, equipos, herramientas y complementos del herrado, atendiendo al tipo del equino y herrado a aplicar.

CE1.2 Argumentar selección de materiales, equipos, herramientas y complementos del herrado, en función del tipo de equino, actividad y técnica de trabajo.

CE1.3 Citar forma de distribución de cada una de las herramientas y los equipos en el lugar trabajo, así como las condiciones mínimas de mantenimiento de cada una que asegure su funcionalidad.

CE1.4 Definir condiciones mínimas del espacio de trabajo para realizar el herrado que asegure la seguridad del trabajador y del equino.

CE1.5 Explicar forma segura de manejo de la forja y del resto de equipamiento del taller en el herrado de equinos.

CE1.6 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino, relacionadas con la elección y disposición de los medios necesarios para la realización del herrado.

CE1.7 En un supuesto práctico de elección y disposición de los medios necesarios para la realización de un herrado básico:

- Realizar la selección de las herramientas y equipos, en función del tipo de equino, actividad y técnica de trabajo.

- Realizar el mantenimiento de los equipos y herramientas.

- Elegir el espacio de trabajo idóneo para realizar el herrado.

- Disponer los medios necesarios para la realización del herrado, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y bienestar equino.

- Utilizar de forma segura el equipo de forja y el resto de equipamiento del taller.

C2: Describir métodos y lugares utilizados para la observación de los aplomos de los equinos, antes y después de su herrado.

CE2.1 Explicar cuáles son los aplomos correctos en un equino y los defectos que se pueden presentar, explicando consecuencias de cada uno de ellos.

CE2.2 Definir procedimiento indicado para realizar la observación de los aplomos de los equinos, así como las condiciones que debe reunir el lugar elegido para efectuar dicha observación, en cada caso.

CE2.3 Indicar normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino, relacionadas con el análisis de los aplomos de los equinos.

CE2.4 En un supuesto práctico de observación de los aplomos de un equino:

- Realizar la observación de los aplomos del equino en estación y en movimiento, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y bienestar equino.

- Estimar la necesidad de la ayuda de un auxiliar, para poder llevar a cabo el caso práctico en condiciones de seguridad.

- Recopilar la información suficiente, tras la observación de los aplomos del equino, para poder realizar el herrado que precisa el casco.

C3: Aplicar procedimientos y técnicas de recorte y aplomado de los cascos en equinos, evitando dañar al equino.

CE3.1 Definir condiciones óptimas que deben reunir la eliminación de la suela exfoliativa y la limpieza de la ranilla del casco de los equinos, para respetar los límites naturales del casco.

CE3.2 Explicar criterio a emplear en el recorte del casco, según referencias que observemos en él.

CE3.3 Explicar uso del compás en el recorte de la pared del casco.

CE3.4 Describir forma de uso de la escofina sobre la cara solear del casco.

CE3.5 Explicar cuál es la parte más indicada del casco para realizar la caja de la pestaña, en caso requerido, indicando herramientas a utilizar.

CE3.6 Definir criterio a emplear para escofinar las irregularidades y/o posibles malformaciones en la cara dorsal del casco de los equinos, respetando y buscando su equilibrio y funcionalidad.

CE3.7 Indicar normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino, relacionada con el aplomado de los cascos del equino.

CE3.8 Indicar normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de bienestar equino, relacionada con el recorte de los cascos del equino.

CE3.9 En un supuesto práctico de recorte y aplomado de los cascos:

- Seguir el protocolo de eliminación de la suela exfoliativa y limpieza de ranilla, en caso necesario, dejando el casco limpio y en las mejores condiciones para su recorte.

- Recortar la pared del casco, con la herramienta indicada, en cada caso.

- Escofinar la pared del casco en su cara solear para dejarla plana y equilibrada.

- Adaptar en el casco la caja para alojar la pestaña de una herradura que así lo precise.

- Escofinar la pared del casco en su cara dorsal, dejándola limpia de irregularidades y/o posibles deformaciones, respetando y buscando su equilibrio y funcionalidad.

C4: Aplicar técnicas de selección de la herradura, indicando idoneidad con el equino, especificando herramientas y equipos utilizados para su adaptación.

CE4.1 Definir criterio de selección del material, tipo y talla de la herradura, en función de la actividad del equino y del tamaño y otras características del casco.

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