Resolución de 29 de marzo de 2022, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA)
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2022-05-03, BOE-A-2022-7136
ANEXO 11
Anexo XV-C
Códigos de documentos justificativos H7 (DATO 1203000000)
NOTAS:
La relación de códigos vigentes de documentos puede consultarse en la Sede Electrónica de la AEAT, tabla H7CL213. La presente relación es la vigente el 1 de enero de 2022.
Además de declarar el código de tipo de documento, este deberá identificarse según el documento de que se trate, normalmente, mediante la inclusión del código del país donde fue emitido, su número de registro y la fecha de expedición.
| Código | Código | Descripción |
|---|---|---|
| N380 | N380 | Numero de factura. |
| 1003 | 1003 | Declaración de valor. |
| 1014 | 1014 | Autorización esporádica IOSS. |
| 1018 | 1018 | Autorización de despacho. |
| 1230 | 1230 | Justificante de pago. |
| 1315 | 1315 | Declaración del OEA de que NO PROCEDE certificación RD 330/2008 por ser un envío de hasta 5 unidades y con destino a un particular. |
| 1316 | 1316 | Declaración del operador de que NO PROCEDE certificación RD 330/2008 por ser un envío de hasta a 5 unidades y con destino a un particular. |
| 1317 | 1317 | Declaración del OEA de que la operación está exenta de control sistemático (y de certificación RD 330/2008) por ser un envío de hasta 5 unidades y con destino. |
ANEXO 12
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