Terminación del Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos, en nombre de las Antillas Holandesas y el Reino de España, hecho en Madrid y Willenstad el 26 de noviembre de 2004 y el 12 de abril de 2005
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
El Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos, en nombre de las Antillas Holandesas y el Reino de España, hecho en Madrid y Willenstad el 26 de noviembre de 2004 y el 12 de abril de 2005, entró en vigor el 23 de noviembre de 2005.
Mediante Nota verbal de 3 de junio de 2022, los Países Bajos notificaron su intención de dar por terminado el Acuerdo para todos los territorios del Reino de los Países Bajos que formaban las antiguas Antillas Holandesas dada la derogación de la Directiva 2003/48/CE de 3 de junio de 2003 en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses y la incorporación de todos los territorios a la Convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal.
Por lo anterior, y de conformidad con el artículo 13 del citado Canje de Notas que señala que «…la denuncia surtirá efecto una vez concluido el año civil en que se haya comunicado», el Tratado dejará de tener efectos jurídicos el 1 de enero del año 2023.
Madrid, 9 de junio de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.
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