Real Decreto 545/2023, de 27 de junio, por el que se actualizan y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Informática y Comunicaciones; Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
RP5: Evaluar al perro después de la fase de socialización y adiestramiento, mediante las pruebas definidas en el protocolo establecido para decidir si está preparado para pasar a la fase de adiestramiento específico de perro de asistencia.
CR5.1 La conducta del perro se evalúa en función de sus relaciones sociales (intraespecíficas, con el adiestrador, otros seres humanos y otras especies) y la reacción a estímulos ambientales, para identificar si está preparado para pasar a la fase de adiestramiento específico o en su defecto, decidir si se mantiene en esta etapa durante un tiempo determinado o se descarta como perro de asistencia.
CR5.2 Los perros que puedan ser destinados al programa de cría se valoran, atendiendo a las condiciones físicas y el temperamento para obtener nuevos reproductores según las condiciones requeridas.
CR5.3 El informe de evaluación del perro se elabora, incluyendo el grado de consecución de los objetivos señalados en el programa de trabajo específico para cada familia y proceso de socialización, a los problemas detectados y a la valoración técnica sobre el adiestramiento específico posterior (especialidad de asistencia a la que será destinado, idoneidad para ser adiestrado) para tener un registro de cada uno de los perros.
RP6: Valorar la idoneidad de perros no procedentes de líneas de cría de perros de asistencia, para facilitar la utilización de perros externos de diversas razas y cruces como perros de asistencia en sus distintas modalidades y según sus aptitudes específicas.
CR6.1 La conducta del perro se evalúa en función de su historial (facilitado por su dueño anterior o el personal de centros de acogida de perros abandonados entre otros), sus relaciones sociales (intraespecíficas, con el adiestrador, otros seres humanos y otras especies) y la reacción a diversos estímulos ambientales (sonidos, sillas de ruedas, espacios públicos, entre otros) para identificar si reúne las aptitudes necesarias para ser adiestrado como perro de asistencia en alguna de sus modalidades (guía, alerta de sonidos, perro de servicio, entre otras).
CR6.2 Los perros externos seleccionados se integran en el programa de adiestramiento de perros de asistencia, tras un periodo de adaptación y estabilización, atendiendo a sus aptitudes, condiciones físicas, temperamento y necesidades concretas de socialización y/o rehabilitación para su nueva labor antes de pasar a recibir el entrenamiento específico para el cual han sido seleccionados.
CR6.3 El informe de evaluación del perro se elabora, incluyendo el grado de consecución de los objetivos especificados en el programa de adiestramiento y proceso de socialización y/o rehabilitación, a los problemas detectados y a la valoración técnica sobre el adiestramiento específico posterior (especialidad más adecuada, idoneidad para ser adiestrado) para tener un registro de cada uno de los perros.
RP7: Comprobar el cumplimiento de las condiciones legales para el ejercicio regular de la actividad y del derecho de acceso al entorno con el perro de asistencia en formación.
CR7.1 El cumplimiento de la obligación de identificación del perro se comprueba a través del documento sanitario oficial expedido por la persona responsable según normativa sanitaria aplicable y la documentación administrativa de registro del animal, verificando la implantación de microchip normalizado, la inscripción en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad Autónoma y, en caso de venir impuesto por la Ordenanza aplicable, en el censo municipal del Ayuntamiento de residencia del perro.
CR7.2 Las actuaciones sanitarias obligatorias (vacunaciones, revisiones, desparasitaciones, tests periódicos de antropozoonosis, entre otras) se comprueban mediante el documento sanitario oficial emitido para el perro de asistencia en formación o certificados veterinarios específicos expedidos al efecto, verificando la constancia en los mismos, con la periodicidad legalmente requerida, de los datos necesarios y la firma de la persona responsable según normativa sanitaria aplicable que realizó la actuación.
CR7.3 El cumplimiento de las obligaciones que la normativa sobre sanidad animal o sobre perros de asistencia imponga para las actividades e instalaciones de cría, albergue y adiestramiento, así como las relativas a la declaración y autorización administrativa de núcleos zoológicos, se comprueban mediante la documentación emitida por las Administraciones competentes en cada caso.
CR7.4 La cobertura de la responsabilidad civil derivada de la posesión del perro durante las fases de acogimiento en familia y adiestramiento, así como respecto de los perros reproductores, cuando exista obligación legal de asegurarla, se comprueba mediante la póliza o certificado del seguro emitido por la compañía aseguradora o mediadora.
CR7.5 La cobertura de los riesgos derivados de la actividad (instalaciones, accidentes de personal voluntario, entre otros) que, según la normativa aplicable, sea obligatoria se comprueba mediante las pólizas o certificados de seguro emitidos por la compañía aseguradora o mediadora.
CR7.6 El cumplimiento de los requisitos legales que garantizan al instructor y a la familia de acogida el ejercicio de su derecho de acceso al entorno acompañados del perro de asistencia en formación se comprueba mediante la resolución administrativa que acredite esta condición del perro, el carné y/o el distintivo oficial emitidos por la administración competente o los carnés acreditativos expedidos a los educadores por la entidad de adiestramiento, verificando que cumplen, en cada caso, lo requerido por la normativa aplicable a los perros de asistencia en formación en la Comunidad Autónoma.
Contexto profesional
Medios de producción
Sala de adiestramiento. Material de sujeción del perro. Capa distintiva. Entornos naturales, específicos para el adiestramiento. Entornos urbanos, específicos para el adiestramiento. Entornos domésticos, específicos para el adiestramiento. Material de adiestramiento y de demostración variado. Documentación de seguimiento (en papel o en soporte informático). Medios de transporte. Espacios de habituación con estímulos visuales, sonoros y táctiles. Documentación administrativa de identificación animal. Documentación sanitaria oficial del perro. Pólizas de seguro y partes de siniestro. Formularios administrativos de solicitud. Distintivos oficiales y carnés de identificación de educadores y adiestradores.
Productos y resultados
Programa de cría elaborado. Programa de estimulación de cachorros gestionado. Selección y formación de las familias de acogida gestionadas. Seguimiento del proceso de acogida y adaptación de los cachorros al hogar de la familia realizado. Perro después de la fase de socialización y adiestramiento evaluado. Perros no procedentes de líneas de cría de perros de asistencia valorados. Cumplimiento de las condiciones legales para el ejercicio regular de la actividad y del derecho de acceso al entorno comprobado.
Información utilizada o generada
Manuales de adiestramiento de perros de asistencia. Manuales de selección de perros de asistencia. Protocolos de actuación. Normativa aplicable vinculada a los perros de asistencia. Fichas y test de evaluación de consecución de los objetivos. Fichas e informes de progreso y de evaluación. Normativa sobre prevención de riesgos laborales, de accesibilidad y de bienestar animal. Normativa aplicable sobre identificación, sanidad animal y tenencia de animales de compañía. Normativa aplicable sobre voluntariado.
Unidad de competencia 2: adiestrar al perro con técnicas de adiestramiento de base
Nivel: 2
Código: UC1741_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Identificar las condiciones físicas y la conducta del perro, a través de la observación visual y en contacto directo con él, para optimizar el proceso de aprendizaje del mismo.
CR1.1 Las zonas de entrenamiento y supervisión (entornos variables, interacción con personas entre otros) se eligen, previamente preparados los medios técnicos y/o materiales necesarios en función de la actividad a realizar para el desarrollo del adiestramiento de base del perro.
CR1.2 La aproximación al perro se realiza de manera progresiva y tranquila, aplicando las ayudas verbales y/o gestuales y/o posición corporal, para transmitir confianza y establecer vínculos afectivos con el mismo.
CR1.3 Las condiciones físicas y otras variables disposicionales (tales como tamaño, la raza, la edad) así como las conductas del perro (agresividad, sociabilidad, apego, entre otras) se identifican de forma visual y documental para determinar el tipo de técnicas de adiestramiento de base a emplear y las posibles actividades de apoyo o adiestramiento específico, que mejor se adapten a su temperamento, conducta y condiciones físicas.
CR1.4 La forma de comunicación que transmite el perro se identifica a través de la observación y medición de posturas y movimientos realizados con las distintas partes del cuerpo, ladridos y jadeos, entre otras, ante estímulos propuestos, con el fin de poder visualizar la interacción de éste con el medio y/o las personas a fin de poder aplicar técnicas de adiestramiento futuras y/u otros estímulos que nos permitan conseguir la confianza del mismo.
CR1.5 Las aptitudes del perro (capacidad de cobro, capacidad olfativa, reactividad al sonido, arrastre, localización de objetivos, capacidad de concentración, motivación por determinados reforzadores, entre otras) se identifican, en contacto con él, físico y/o visual, como factores que influyen de una manera determinante en su adaptabilidad a las tareas que vaya a desempeñar para caracterizar tipos de actividades adaptadas al mismo.
CR1.6 El ejercicio se finaliza con el reforzamiento de las conductas deseadas.
RP2: Consolidar los conocimientos adquiridos mediante las técnicas de adiestramiento de base, teniendo en cuenta el bienestar del animal para garantizar el adiestramiento deseado.
CR2.1 Las técnicas de adiestramiento de base se fijan teniendo en cuenta las condiciones físicas y otras disposicionales del perro (tales como tamaño, raza, temperamento, historial de adiestramiento, edad, entre otras) para garantizar el adiestramiento deseado.
CR2.2 Los ejercicios de adiestramiento de base llevados a cabo con el perro se ejecutan, en entornos variables y/o en interacción con personas, mediante una serie de acciones dirigidas para alcanzar en el mismo la fluidez necesaria en estos comportamientos.
CR2.3 Los ejercicios de adiestramiento de base realizados con el perro se ejecutan durante el tiempo requerido hasta desarrollar las habilidades de base para garantizar el cumplimiento del programa de trabajo de adiestramiento de base del perro.
CR2.4 Los ejercicios de adiestramiento de base se realizan, descartando métodos violentos, para garantizar el bienestar animal.
CR2.5 Los ejercicios de adiestramiento de base se aplican de forma progresiva, adaptándolos a sus aptitudes para lograr que la conducta aprendida se consolide.
CR2.6 La consecución de los ejercicios de adiestramiento de base se registran para ver los logros alcanzados por el perro y emitir el correspondiente informe de progresión.
CR2.7 El perro se contacta, cumpliendo las especificaciones establecidas en el plan de prevención de riesgos laborales, respetando la normativa relativa al bienestar animal, para evitar posibles daños.
RP3: Realizar el adiestramiento de base al perro con técnicas de conducción, con y/o sin uso de la correa, dando instrucciones al mismo para conseguir el nivel previsto en el programa de entrenamiento establecido, teniendo en cuenta el bienestar animal y la prevención de riesgos laborales.
CR3.1 El inicio de la marcha del perro con y/o sin uso de la correa, la adaptación a los cambios de dirección y ritmo marcado se realiza, utilizando la orden verbal y/o gestual y/o posición corporal, para conseguir la fijación y control del mismo.
CR3.2 La instrucción dada al perro de caminar sobre un itinerario en línea recta, con y/o sin uso de la correa se realiza de manera verbal y/o gestual y/o mediante la posición corporal, para mantener un ritmo de marcha de pasos cortos y uniformes.
CR3.3 El paso de marcha impuesto al perro, con y/o sin uso de la correa se realiza a partir de la orden verbal y/o gestual y/o posición corporal, sin adelantarse, retrasarse, separarse o juntarse excesivamente para adaptarse al ritmo de marcha del dueño y/o persona responsable.
CR3.4 Los cambios de dirección exigidos al perro, con y/o sin uso de la correa se realizan de forma verbal y/o gestual y/o posición corporal, para conseguir la ejecución de los mismos.
CR3.5 La orden dada al perro, con y/o sin uso de la correa, de sentarse, tumbarse o quedarse quieto, responder a estímulos verbales y/o gestuales y/o posición corporal, entre otras, se realiza situándose al lado o a cierta distancia, para conseguir el nivel de fijación y control de los movimientos por el mismo.
CR3.6 El paso del perro, con y/o sin uso de la correa, al lado de personas ejerciendo diferentes actividades tales como correr, patinar, montar en bicicleta se realiza en lugares públicos para adaptarse a diferentes situaciones sociales y comprobar el nivel de adiestramiento de base del mismo.
CR3.7 Los ejercicios se finalizan mediante la entrega de refuerzos como consecuencia de la conducta deseada.
CR3.8 Los ejercicios relativos a la conducción del perro, con y sin correa, se evalúan constatando el logro alcanzado, registrando los informes de progresión en el cuaderno de seguimiento del adiestramiento de base.
RP4: Realizar posiciones con permanencias de duración variada en múltiples contextos para adiestrar al perro.
CR4.1 Las posiciones de permanencia se realizan eligiendo lugares donde el animal pueda permanecer de manera estable y segura.
CR4.2 Las ordenes relativas a la permanencia dadas al perro de forma verbal o gestual se realizan de la forma adecuada en función del progreso del mismo para fijar la consecución del objetivo propuesto.
CR4.3 Las permanencias se realizan en diferentes entornos y con múltiples distracciones, valorando el grado de control, para confirmar el nivel de adiestramiento de base.
CR4.4 La valoración de los ejercicios de permanencia (sentado, tumbado, de pie, entre otros) se realiza constatando la solidez del ejercicio para dar por finalizado el adiestramiento de base.
CR4.5 Los informes de progresión se incorporan una vez cumplimentados en el cuaderno de seguimiento del adiestramiento de base del perro para verificar la consecución de los objetivos establecidos en el mismo.
Contexto profesional
Medios de producción
Correas y arneses. Cintas de pista. Collares. Collar de cabeza. Clickers. Obstáculos. Pelotas. Casetas y tarimas «camas de perros». Bebederos y comederos. Comida. Jaulas. Silbatos. Premios, motivadores de diferentes materiales. Apports, vehículos de transporte, juguetes, juguetes cognitivos. Ropa y calzado. Transportines.
Productos y resultados
Condiciones físicas y conducta del perro en la zona de trabajo identificadas. Técnicas de adiestramiento de base fijadas. Adiestramiento de base al perro con técnicas de conducción, con y/o sin uso de la correa realizado. Ejercicios de permanencia de duración variada realizados.
Información utilizada o generada
Manuales de adiestramiento de base, aprendizaje canino y psicología canina. Cuaderno de instrucción del perro. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. Plan de prevención de riesgos laborales. Criterios de bienestar animal.
Unidad de competencia 3: adiestrar para vincular perros guía para personas con discapacidad visual
Nivel: 3
Código: UC2017_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Planificar las actividades de adiestramiento específico del perro guía para la asistencia a personas con discapacidad visual, para atender las necesidades de estas personas, teniendo en cuenta el bienestar del animal y la normativa aplicable sobre derecho de acceso al entorno.
CR1.1 El programa de trabajo de adiestramiento específico del perro guía se elabora, incluyendo como contenidos la introducción al material de trabajo (arnés de guía y correa, entre otros), obediencia, órdenes de control, órdenes direccionales, velocidad y tensión, trabajo de línea recta, posición de guía, localización de bordillos, parada y salida, cruce de calles y carreteras, trabajo de hombro derecho (THD), detección y negociación de obstáculos móviles y fijos (y, entre estos últimos, sólidos, de altura y cambios de nivel en el suelo), obstrucciones totales del pavimento (OTP), negociación del tráfico artificial y natural y respuesta a tráfico cercano y lejano, localización de objetivos (cruces, puertas, escalones, escaleras mecánicas, ascensores, entre otros), subida y bajada de vehículos (coche, metro, bus, entre otros), comportamiento social, utilización de escaleras, escaleras y rampas mecánicas y ascensores, rutina de evacuaciones, suelta y respuesta a la llamada, teniendo en cuenta el aprendizaje alcanzado por el perro en las etapas anteriores, la calidad del servicio y la prevención de riesgos, para conseguir la satisfacción de las necesidades específicas de movilidad de las personas con discapacidad visual en todo tipo de entornos.
CR1.2 El derecho de acceso al entorno del adiestrador acompañado del perro durante el proceso de adiestramiento se garantiza mediante su reconocimiento o acreditación como perro de asistencia en formación, cuando la normativa autonómica que resulte aplicable lo exija, así como disponiendo del carné o documentación que le acredite como instructor, para conseguir que el adiestramiento pueda desarrollarse en todo tipo de entornos reales de trabajo.
CR1.3 El informe de idoneidad del perro guía se elabora de acuerdo con los estándares técnicos fijados por la International Guide Dog Federation (IGDF) haciendo constar conducta, temperamento, aptitud, capacidad de aprendizaje en el entorno real de trabajo y su posterior generalización, centrándose especialmente en valorar los aspectos siguientes: voluntad de trabajo, adaptabilidad, no ser basurero ni pedir comida, sin instinto de caza, sólido y confiado (sin miedos), entre otros, registrándolo en soporte informático y/o papel, para iniciar el programa de trabajo de adiestramiento específico.
CR1.4 Los perros se seleccionan para iniciar su adiestramiento específico como perros guía, evaluando su aptitud y potencial a través de los datos que consten en su historial, el informe de idoneidad, el informe de salud elaborado por la persona responsable según normativa sanitaria aplicable y el informe de evaluación del cachorro en la etapa de socialización y de habituación.
CR1.5 El adiestramiento específico del perro guía se planifica, orientándolo al aprendizaje de un conjunto de conductas (adecuación de la velocidad y tensión, mantenimiento de la línea recta, trabajo de bordillo y cruce de calles, negociación de obstáculos, negociación del tráfico, localización de objetivos, mantenimiento de un comportamiento social adecuado, entre otras) que constituyen el estándar de trabajo de guía y que permiten a una persona con discapacidad visual grave obtener, mediante su asistencia y a través del arnés, una movilidad autónoma y segura en todo tipo de entornos sociales, programando las actividades en función del aprendizaje ya alcanzado por el perro en el programa de trabajo de adiestramiento de base y atendiendo al grado de dificultad para el mismo, la reiteración de los ejercicios de corta y/o larga duración y los refuerzos a aplicar, con el fin de consolidar los objetivos alcanzados.
CR1.6 El proceso de evaluación del perro se planifica definiendo indicadores (adaptabilidad, solidez, excitabilidad, constancia, concentración, distracción, agresividad, ansiedad, estrés, reacciones negativas, expresiones vocales, lenguaje corporal y trabajo de guía, entre otros) para identificar y medir la consecución de los objetivos del programa de trabajo de adiestramiento específico.
RP2: Adiestrar al perro guía para la asistencia a personas con discapacidad visual, en un entorno controlado de trabajo, en habilidades de guía y teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal para proporcionar un desplazamiento autónomo seguro y eficaz a la persona guiada.
CR2.1 El material necesario (collar de cuero, correa, arnés, asa, silbato, entre otros) se prepara, con antelación a la aplicación del programa de trabajo de adiestramiento específico, teniendo en cuenta la normativa sobre prevención de riesgos laborales y el bienestar animal, a fin de conseguir progresos en la consolidación del aprendizaje.
CR2.2 Los perros en proceso de adiestramiento específico se derivan a la persona responsable según normativa sanitaria aplicable cuando por observación se detectan problemas en sus condiciones físicas para evaluar la situación y proporcionarle el tratamiento adecuado, así como en los momentos o situaciones marcados por los protocolos establecidos, para que la persona responsable según normativa sanitaria aplicable realice el seguimiento necesario de su salud y los informes preceptivos para su historial, permitiendo estos informes decidir sobre la continuidad del adiestramiento, garantizando el bienestar animal.
CR2.3 El perro guía se adiestra, de acuerdo con el programa de trabajo de adiestramiento específico, en conductas tales como obediencia, trabajo de guía y comportamiento social, consolidando su aprendizaje y procurando su generalización a otros entornos, para garantizar la seguridad y eficacia en los desplazamientos de las personas con discapacidad visual.
CR2.4 El progreso del perro guía en el programa de adiestramiento específico se evalúa periódicamente, atendiendo a los indicadores fijados en la planificación del mismo, tales como adaptabilidad, solidez, excitabilidad, constancia, concentración, distracción, agresividad, ansiedad, estrés, reacciones negativas, expresiones vocales, lenguaje corporal y trabajo de guía, teniendo en cuenta su grado de consecución y cumplimentando en los registros en soporte informático y papel, los informes de progresión en los que se recoja el seguimiento de la evolución, las dificultades detectadas y los refuerzos utilizados.
CR2.5 Los problemas graves de conducta o de aprendizaje del perro guía se afrontan evaluando su naturaleza, causas y entidad, proponiendo medidas correctoras (actividades adicionales de refuerzo, reeducación, entre otras) redefiniendo, si procede, el programa de trabajo conforme a sus necesidades o proponiendo su rechazo y retirada del mismo si se considera que no es viable su adiestramiento.
RP3: Generalizar la conducta consolidada por el perro guía para la asistencia a personas con discapacidad visual a entornos reales, con técnicas de adiestramiento específico (tales como introducción, desarrollo y consolidación) para cumplir con los objetivos fijados en el programa de trabajo, teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.
CR3.1 El perro guía se traslada físicamente a entornos reales (espacios públicos, transportes, entre otros), a los que tendrá acceso con la persona con discapacidad visual, teniendo en cuenta la normativa aplicable sobre derecho de acceso al entorno, para conseguir el adiestramiento específico definido en el programa de trabajo.
CR3.2 El entrenamiento del perro guía se desarrolla en entornos reales de trabajo, incrementando progresivamente la presencia de personas, realizando distintas actividades (corriendo, subiendo y bajando del autobús o metro, entre otras), para consolidar las conductas buscadas, de acuerdo con el programa de trabajo de adiestramiento específico.
CR3.3 El progreso del perro guía en la generalización de conductas a entornos reales (espacios públicos, transportes, entre otros), se evalúa periódicamente atendiendo a los indicadores fijados en la planificación del mismo, tales como adaptabilidad, solidez, excitabilidad, constancia, concentración, distracción, agresividad, ansiedad, estrés, reacciones negativas, expresiones vocales, lenguaje corporal y trabajo de guía, teniendo en cuenta su grado de consecución y cumplimentando en los registros en soporte informático y papel los informes de progresión en los que se recoja el seguimiento de la evolución, las dificultades detectadas y los refuerzos utilizados.
CR3.4 Los problemas graves de conducta o de aprendizaje del perro guía en la generalización de conductas a entornos reales de trabajo se afrontan evaluando su naturaleza, causas y entidad, proponiendo medidas correctoras (actividades adicionales de refuerzo, reeducación, entre otras) redefiniendo, si procede, el programa de trabajo conforme a sus necesidades o proponiendo su rechazo y retirada del mismo si se considera que no es viable su adiestramiento.
CR3.5 Las tareas de adiestramiento del perro guía realizadas en entornos reales (espacios públicos, transportes, entre otros), se desarrollan teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal, con el fin de garantizar tanto la seguridad del adiestrador y de los terceros presentes en los espacios utilizados como la salud e integridad del propio perro.
CR3.6 Las características físicas y temperamentales particulares de los perros (peso, altura, sensibilidades, edad, madurez, resistencia, paso, pelo, iniciativa, capacidad de concentración, adaptabilidad, responsabilidad, potencial de trabajo, voluntad de trabajo, velocidad, tensión, autointerés, comportamiento social, entre otras) se valoran, atendiendo a criterios técnicos para tenerlas en cuenta a la hora de realizar la vinculación.
RP4: Evaluar la aptitud general de la persona con discapacidad visual solicitante del perro guía y la determinación de sus características específicas mediante el análisis de un perfil integral de condiciones personales y sociales para programar su vinculación con un perro adiestrado.
CR4.1 La aptitud genérica de una persona con discapacidad visual solicitante de un perro guía para acceder a la utilización de este medio auxiliar de movilidad se evalúa apreciando conforme a criterios técnicos todas las condiciones personales y sociales que la determinan, con el fin de recabar todos los datos precisos para llevar a cabo una valoración objetiva de su capacidad para asumir la movilidad con perro guía y de su responsabilidad y recursos para hacerse cargo de la atención y cuidado del mismo.
CR4.2 Las condiciones de la persona solicitante que no puedan ser apreciadas directamente por el instructor se analizan sobre la base de informes emitidos por profesionales o personas responsables según normativa sanitaria aplicable, con un enfoque multidisciplinar e integrado, con el fin de obtener un perfil completo y riguroso de sus capacidades que permita decidir si cuenta con la aptitud precisa para acceder a la movilidad con perro guía.
CR4.3 La capacidad de la persona solicitante se analiza valorando, como mínimo, sus condiciones de aptitud psicofísica (estado de salud general, patologías previas, resto visual, limitaciones anatómicas y funcionales, forma física, estilo de vida, capacidad de control de un perro, motivación, responsabilidad, capacidad de aprendizaje, presencia de trastornos de personalidad, entre otras), sus características y nivel de orientación y movilidad autónoma con bastón (orientación, capacidad de seguimiento, paso y velocidad, recorridos y rutas habituales, características y accesibilidad del entorno, utilización de medios de transporte público, capacidad de interpretación del tráfico, experiencia previa de movilidad con perro guía, entre otras) y sus condiciones socioeconómicas (núcleo familiar o de convivencia, vivienda y entorno físico, situación laboral, recursos económicos, nivel de integración social, red de apoyo, entre otras), con el fin de obtener un perfil integral de la persona solicitante que permita determinar su aptitud genérica para la movilidad con perro guía.
CR4.4 Las características y condiciones específicas de la persona solicitante que sea considerada apta para acceder a la entrega de un perro guía se analizan sobre la base de los datos que consten en los informes profesionales emitidos, de los obtenidos en entrevistas personales y/o entrevistas con la unidad familiar, de la valoración realizada mediante visitas y seguimientos presenciales llevados a cabo por el instructor, en su caso, y de cualquier otro elemento relevante obtenido en un proceso de evaluación técnica de sus capacidades y habilidades, con el fin de contar con todos los datos necesarios para valorar sus específicas necesidades de movilidad y decidir sobre el perro que resulte más adecuado para la vinculación.
CR4.5 El perro adiestrado más adecuado para la vinculación con una persona solicitante se selecciona, atendiendo a las características específicas de uno y otra, evaluadas conforme a criterios técnicos, garantizando la mayor compatibilidad y complementariedad entre ambos, con el fin de hacer posible un acoplamiento eficaz de la unidad.
RP5: Vincular la unidad entre la persona con discapacidad visual y el perro guía mediante un curso de formación, utilizando la información disponible conforme a criterios técnicos para conseguir una adaptación sólida y duradera de dicha unidad, teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.
CR5.1 La unidad de vinculación entre la persona con discapacidad visual y el perro guía se constituye desarrollando un curso de formación presencial, que podrá tener carácter residencial, domiciliario o semidomiciliario, en función de las específicas necesidades de la persona usuaria, llevando a cabo la adaptación a sus rutinas diarias y requerimientos de movilidad, analizando la evolución del proceso en su entorno y elaborando un informe que ponga de manifiesto todos los aspectos relevantes del curso, para conseguir el acoplamiento final y realizar una evaluación continua.
CR5.2 El curso se desarrolla incluyendo la formación teórico-práctica de la persona con discapacidad visual en las competencias y habilidades precisas para que consiga alcanzar un manejo adecuado del perro guía asignado y lograr una convivencia conjunta en su entorno (acomodación del perro en la casa, lugar de evacuaciones, lugar adecuado para el cepillado, entre otros), conforme a los estándares técnicos fijados por la International Guide Dog Federation (IGDF), teniendo en cuenta las necesidades de la persona y el bienestar del animal con el fin de conseguir una movilidad segura y eficaz.
CR5.3 La persona usuaria se forma garantizando que tenga un conocimiento suficiente de las obligaciones legales que le incumben como propietaria y/o poseedora del perro de asistencia (en especial en materia de acreditación administrativa de la condición de perro de asistencia, seguro obligatorio, condiciones higiénico-sanitarias y normas de uso y manejo en lugares públicos), así como de la alimentación, cuidados, atención y trato que debe dispensar al mismo para garantizar su bienestar, con el fin de que su tenencia y utilización del perro se ajusten a los estándares legales y éticos establecidos.
CR5.4 El resultado del curso se evalúa valorando conforme a criterios técnicos objetivos el nivel de manejo y movilidad alcanzado por la persona con discapacidad visual tras la formación, la consecución de los objetivos programados y la seguridad del funcionamiento de la unidad y elaborando un informe final que se registrará en soporte informático o papel, con el fin de decidir la constitución de la unidad de vinculación o la no superación del curso por el aspirante.
CR5.5 La constitución de la unidad de vinculación se formaliza, firmando un contrato de cesión del uso del perro guía cuando éste no sea propiedad de la persona usuaria, conforme a un modelo previamente conocido por ésta, que incluirá los derechos y obligaciones de las partes firmantes, con el fin de que pueda hacer uso del perro guía adiestrado y vinculado a ella para el apoyo de su movilidad.
CR5.6 La documentación necesaria para la realización de los trámites administrativos de acreditación o reconocimiento de la condición de perro de asistencia se entrega a la persona usuaria, facilitándole el asesoramiento y la orientación necesarios cuando sea ella la encargada de su realización, con el fin de que pueda cumplimentarlos y obtener dicha acreditación y reconocimiento, junto con los distintivos y credenciales que justificarán su derecho de acceso al entorno en compañía del perro.
RP6: Supervisar el funcionamiento de la unidad de vinculación para detectar y resolver problemas de funcionamiento o adoptar decisiones sobre su suspensión o disolución, conforme a criterios técnicos y teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.
CR6.1 El programa de supervisión técnica del funcionamiento de la unidad de vinculación constituida se elabora, estableciendo fórmulas de evaluación periódica de indicadores generales del funcionamiento de la unidad (autonomía y seguridad en los desplazamientos, mantenimiento del estándar de trabajo del perro, condición física del mismo, entre otros) basadas en canales de comunicación con la persona usuaria y/o actuaciones de supervisión presencial (seguimientos), así como fijando, en su caso, pautas, protocolos o indicadores específicos adaptados a las concretas condiciones y necesidades de la unidad, con el fin de definir un proceso de supervisión que dé respuesta a las incidencias y problemáticas que pudieran plantearse durante la vida de la unidad.
CR6.2 Los requerimientos de supervisión técnica que tengan carácter urgente por poner de manifiesto o indicar problemas graves de funcionamiento de la unidad capaces de comprometer la seguridad de la persona con discapacidad visual se atienden, realizando seguimientos presenciales de carácter prioritario, adoptando, en caso necesario, las medidas preventivas precisas según criterios técnicos y procediendo, tras el seguimiento y evaluación de la problemática, a las actuaciones de formación o reentrenamiento de la persona usuaria, de reciclaje del perro guía o de suspensión o disolución de la unidad, con el fin de garantizar en todo momento un funcionamiento adecuado de la misma y la seguridad de la persona usuaria.
CR6.3 La suspensión de la unidad de vinculación se acuerda, atendiendo a la evaluación realizada en la supervisión técnica, cuando se detectan problemas o incidencias de funcionamiento que requieren la retirada temporal de la posesión del perro guía a la persona usuaria con el fin de proceder a su reciclaje por parte del instructor, cuando se verifican incumplimientos relevantes de la persona usuaria que afecten al uso del perro o al bienestar animal y que se estima que pueden ser resueltos sin llegar a la disolución de la unidad o en otros casos en que así lo prevea el contrato de cesión del uso del perro, con el fin de facilitar la resolución de la situación detectada y/o proteger el interés y el bienestar del animal hasta dicha resolución.
CR6.4 La disolución de la unidad de vinculación se acuerda, atendiendo a la evaluación realizada en la supervisión técnica, cuando se detectan problemas o incidencias de funcionamiento no susceptibles de resolución mediante reentrenamiento de la persona usuaria o reciclaje del perro guía, cuando se verifican incumplimientos graves de la persona usuaria que afectan al uso del perro o al bienestar animal que se estiman como causa de disolución según el contrato de cesión, cuando la edad y/o el estado de salud del perro guía aconsejan la disolución conforme a criterios técnicos y/o de bienestar animal o cuando se verifica cualquier otra circunstancia que impida la continuidad de la unidad de vinculación, con el fin de garantizar la seguridad de la persona usuaria y/o el bienestar del animal.
CR6.5 Las actuaciones de supervisión técnica de la unidad de vinculación, tanto de carácter ordinario o periódico como prioritario, se registran dentro del programa de supervisión elaborado, en soporte informático o papel, documentando el tipo de actuaciones llevadas a cabo, los problemas o incidencias que las motivan y el resultado de las mismas y, en su caso, las soluciones prescritas o decisiones adoptadas respecto a la unidad, elaborando un informe de seguimiento detallado en aquellos casos en que se verifique un seguimiento presencial y cuando se acuerde la suspensión o disolución de la unidad, con el fin de contar con una constancia adecuada de esta actividad respecto de cada unidad de vinculación constituida.
RP7: Realizar actividades de difusión de las funciones del perro guía (presentación, exhibición, charla informativa, mesa redonda, entre otras) en eventos públicos y privados, con atención a los medios de comunicación, a las autoridades públicas asistentes y al público participante, para facilitar la aceptación social del perro guía, teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.
CR7.1 El guion para las actividades de difusión de las tareas del perro guía se elabora teniendo en cuenta las características del público asistente, la edad, el temperamento y el nivel de entrenamiento de los perros para disminuir riesgos y ansiedad en los perros y lograr la difusión social deseada.
CR7.2 La programación de una presentación pública de las funciones del perro guía se prepara, atendiendo al guion establecido que recoja las demostraciones que se llevarán a cabo, a través de una pista de obstáculos artificial, el perro demostrará su capacidad de iniciativa para evitar los obstáculos de forma segura, realizando un buen trabajo de guía, además de ejercicios de obediencia, rechazo de alimentos y comportamiento social, teniendo en cuenta el tiempo disponible, la selección del perro, las características del local, el tipo de público, la accesibilidad, entre otros, para prevenir factores que afecten a los riesgos laborales y el bienestar animal.
CR7.3 Los ensayos de la exhibición de perros guía se hacen repetidamente y de manera coordinada en la pista de obstáculos para detectar y realizar los ajustes o modificaciones que permitan al público asistente ver y experimentar cómo se comporta socialmente un perro guía y su capacidad para guiar a una persona con discapacidad visual, mediante las explicaciones y demostraciones de los adiestradores, así como de su propia práctica.
CR7.4 El material necesario para la exhibición (antifaces, vallas, cintas de obra, señales de perros guía «sí», mesas, sillas, conos, cambios de superficie, rejilla, elementos de altura, comida para practicar el rechazo de alimentos, equipo de sonido, carteles informativos, material de publicidad, entre otros) se instala cumpliendo con las medidas de prevención de riesgos laborales para realizar la exhibición en un entorno seguro y teniendo en cuenta el bienestar animal.
CR7.5 La exhibición se desarrolla siguiendo el guion y adaptándose a los imprevistos que puedan surgir por el comportamiento de los perros guía (reacciones negativas, ansiedad, distracciones, entre otras) o por otras situaciones no previstas (perros entre el público, interferencias del público en el desarrollo de la exhibición, ruidos generados por los ajustes del equipo de sonido, mal tiempo, entre otros) para asegurar la receptividad del público a la información que se desea transmitir.
CR7.6 Las preguntas de los asistentes y medios de comunicación se responden con explicaciones claras y contenidos técnicos comprensibles para transmitir la información relativa al trabajo de los perros guía, para hacer llegar a la sociedad en general la información relativa al trabajo desarrollado por los perros guía y su derecho de acceso, así como para la captación de familias de acogida.
Contexto profesional
Medios de producción
Material de manejo del perro guía (arnés, asa, correa de cuero, correa extensible, silbato, collar de cuero, halti, premios, trasportines, entre otros). Entorno controlado (instalaciones del centro de adiestramiento, perreras, parques, pista de obstáculos artificial, centro veterinario) y vehículos para su transporte. Entorno real (vías rurales, entorno residencial, entorno urbano, centros comerciales, grandes superficies, estaciones de transportes públicos, parques, tráfico de distinta intensidad, escaleras, escaleras y rampas mecánicas, ascensores). Transportes públicos. Juguetes. Juguetes cognitivos. Comida. Camas de perros. Comedero. Obstáculos fijos y móviles. Medios diagnósticos y tratamientos. Medios informáticos (hardware y software). Solicitudes y documentación oficial para acreditación de perro de asistencia. Distintivo oficial y carné de unidad de vinculación. Pista de obstáculos artificial para exhibiciones (conos, vallas, escalera, otros elementos de altura, mobiliario urbano, equipo de sonido, antifaz, cinta de obra, señal de «perros guía sí», carteles). Perreras. Furgonetas. Material de difusión (DVD, folletos, obsequios publicitarios).
Productos y resultados
Planificación de actividades de adiestramiento específico del perro guía para la asistencia a personas con discapacidad visual realizada. Adiestramiento del perro guía para la asistencia a personas con discapacidad visual realizado. Conducta consolidada por el perro guía para la guía a personas con discapacidad visual generalizada. Evaluación de la aptitud general de la persona con discapacidad visual realizada. Vinculación de la unidad entre la persona con discapacidad visual y el perro guía realizada. Supervisión técnica del funcionamiento de la unidad de vinculación efectuada. Actividades de difusión de las funciones del perro guía realizadas.
Información utilizada o generada
Manual de formación de adiestramiento de perros guía. Manual de formación de adaptación de la unidad persona con discapacidad visual y perro guía. Manual de psicología del aprendizaje. Manual de formación en psicología: aceptación y ajuste al déficit visual. Manual de formación de oftalmología, óptica y necesidades derivadas de la deficiencia visual. Manual de formación relativo a la repercusión de otras enfermedades y deficiencias asociadas a la ceguera. Manual de primeros auxilios. Manual de formación en orientación y movilidad. Manual de formación en habilidades de vida diaria. Normativa aplicable vinculada a perros de asistencia, bienestar animal y prevención de riesgos. Programa de trabajo de adiestramiento específico en tareas de perro guía. Informes de seguimiento de la evolución del adiestramiento. Informe de idoneidad del perro guía. Historial del perro. Informes de salud del perro. Informe de evaluación del cachorro en la etapa de socialización. Indicadores para la planificación del proceso de evaluación. Protocolos con criterios para el seguimiento veterinario. Informes de progreso de la evolución del adiestramiento específico. Registros en soporte informático y papel. Informes de los profesionales relativos a las condiciones sociales, físicas, psicológicas, de orientación y movilidad y estilo de vida de las personas solicitantes del servicio de perros guía. Informe de entrevista a persona solicitante de perro guía. Programa de vinculación persona con discapacidad visual y perro guía. Informe de final de curso de vinculación de la unidad. Informes de seguimiento de la unidad (post-curso rutinarios y prioritarios). Folletos divulgativos para los asistentes a exhibiciones, charlas y otros actos de difusión.
Unidad de competencia 4: adiestrar para vincular perros para personas con trastornos del espectro del autismo
Nivel: 3
Código: UC2021_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Planificar las actividades de adiestramiento específico del perro para la asistencia a personas con discapacidad por trastornos del espectro del autismo, para proveer seguridad tanto en la calle como en casa, teniendo en cuenta el bienestar del perro.
CR1.1 El programa de trabajo de adiestramiento específico en tareas del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se elabora para conseguir la satisfacción de las necesidades de las personas con trastornos del espectro del autismo, teniendo en cuenta el aprendizaje alcanzado por el perro en las etapas anteriores, la calidad del servicio y la prevención de riesgos, registrándolo en soporte informático o papel.
CR1.2 El informe de idoneidad del perro se elabora para iniciar el programa de trabajo de adiestramiento específico, haciendo constar conducta, temperamento, aptitud, capacidad de aprendizaje en el entorno real de trabajo y su posterior generalización y registrándolo en soporte informático y/o papel.
CR1.3 La selección de los perros aptos para ser adiestrados como perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se realiza para proceder a iniciar su adiestramiento específico, teniendo en cuenta su historial, el informe de idoneidad, el informe de salud elaborado por la persona responsable según normativa sanitaria aplicable y el informe de evaluación del cachorro en la etapa de socialización y de habituación, si corresponde, para elegir los mismos con el potencial requerido.
CR1.4 El adiestramiento específico del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se planifica en la realización de un conjunto de conductas tales como retener al usuario anticipando situaciones que supongan un riesgo a su integridad física, acompañarle en los momentos de descanso, acompañarle durante las crisis y avisar de la aparición de las mismas, programables en función del aprendizaje alcanzado en el programa de trabajo de adiestramiento de base atendiendo al grado de dificultad para el perro, reiteración de los ejercicios de corta y/o larga duración y refuerzos a aplicar, para consolidar los aprendizajes.
CR1.5 El proceso de evaluación del perro se planifica para determinar los indicadores, para identificar la consecución de los objetivos del programa de trabajo de adiestramiento específico.
RP2: Adiestrar al perro para la asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo, en un entorno controlado de trabajo, en las habilidades de retención en caso de fuga, alejarles de fuentes de peligro, dirigir la marcha, entre otros, teniendo en cuenta las medidas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal para proveer una mayor seguridad y facilitar la convivencia familiar con personas con trastornos del espectro del autismo.
CR2.1 El material necesario (hojas de toma de datos, material de registro de la sesión, reforzadores adecuados, entre otros) se prepara, previo a la aplicación del programa de trabajo de adiestramiento específico teniendo en cuenta la normativa sobre prevención de riesgos laborales y el bienestar animal, a fin de conseguir evoluciones en la consolidación de conductas.
CR2.2 Los problemas en las condiciones físicas del perro que surgen durante la aplicación del programa de trabajo de adiestramiento específico se detectan por observación derivando, en su caso, a la persona responsable según normativa sanitaria aplicable, para decidir sobre la continuidad del adiestramiento, garantizando el bienestar animal.
CR2.3 El perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se adiestra, acorde con el programa de trabajo de adiestramiento específico, en conductas tales como retener al usuario en caso de fuga, retirar al usuario de fuentes de peligro, dirigir la marcha del usuario, siguiendo las instrucciones del guía, entre otras y reforzando las mismas para garantizar la asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo y generalizar dicha conducta a otros entornos.
CR2.4 El perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se evalúa mediante evaluaciones periódicas atendiendo a los indicadores fijados en la planificación del mismo, consistencia en la topografía de los comportamientos entrenados, velocidad de respuesta a las señales establecidas, discriminación de señales, entre otras, teniendo en cuenta su grado de consecución y cumplimentando los informes de progresión en el que se recoja, seguimiento de la evolución, dificultades detectadas y refuerzos utilizados, registrándolo en soporte informático o papel.
CR2.5 Los problemas graves de adiestramiento del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se evalúan, proponiendo medidas correctoras (actividades adicionales de refuerzo, reeducación y/o rechazo del perro para el adiestramiento específico, entre otros), para si procede redefinir el programa de trabajo conforme a las necesidades.
RP3: Generalizar la conducta consolidada por el perro para la asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo a diferentes entornos, con técnicas de adiestramiento específico para cumplir con los objetivos fijados en el programa de trabajo, teniendo en cuenta las medidas de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
CR3.1 El perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo se traslada físicamente a entornos tales como espacios públicos, transportes, entre otros, a los que tendrá acceso con la persona usuaria para conseguir el adiestramiento descontextualizado y especificado en el programa de trabajo de adiestramiento específico, teniendo en cuenta la normativa aplicable reguladora vinculada a perros de asistencia.
CR3.2 El adiestramiento en entornos (espacios públicos, transportes, entre otros) se desarrolla en presencia de personas, realizando distintas actividades (corriendo, subiendo y bajando del autobús o metro, entre otras) para generalizar la conducta del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo de acuerdo con el programa de trabajo de adiestramiento específico.
CR3.3 El proceso de evaluación del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo en la generalización de conductas de entornos controlados a entornos tales como espacios públicos, transportes, entre otros, se desarrolla mediante evaluaciones periódicas, atendiendo a los indicadores fijados en la planificación del mismo, tales como fiabilidad en los comportamientos entrenados, homogeneidad en las respuestas ofrecidas, velocidad de respuesta ante las señales establecidas, discriminación de señales, entre otros, teniendo en cuenta su grado de consecución y cumplimentando los informes de progresión en el que se recoja, seguimiento de la evolución, dificultades detectadas y refuerzos utilizados.
CR3.4 Los problemas graves de adiestramiento del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo en la generalización de conductas de entornos controlados a entornos tales como espacios públicos, transportes, entre otros, se evalúan, proponiendo medidas correctoras (actividades adicionales de refuerzo, reeducación y/o rechazo del perro para el adiestramiento específico, entre otros), para si procede redefinir el programa de trabajo conforme a las necesidades.
CR3.5 Las conductas del perro de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo realizadas en entornos (espacios públicos, transportes, entre otros), se desarrollan, salvaguardando la integridad física de las personas presentes en el mismo y del perro.
CR3.6 Las características físicas y temperamentales particulares de los perros de asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo (peso, altura, sensibilidades, edad, madurez, resistencia, paso, pelo, iniciativa, capacidad de concentración, adaptabilidad, responsabilidad, potencial de trabajo, voluntad de trabajo, velocidad, tensión, autointerés, comportamiento social, entre otras) se valoran, teniéndolas en cuenta a la hora de realizar la vinculación.
RP4: Vincular a la persona con trastorno del espectro del autismo y al perro de asistencia específico, considerando las actitudes y aptitudes respectivamente, la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal, para garantizar la unidad.
CR4.1 Las características de las personas con trastorno del espectro del autismo se reconocen por parte de una persona responsable según normativa sanitaria aplicable, considerando los condicionantes de la misma para poder determinar sus necesidades y favorecer su autonomía personal.
CR4.2 Las características particulares de las personas solicitantes se identifican a partir de los informes de las personas responsables según normativa sanitaria aplicable, de la entrevista personal y de la visita domiciliaria, si procede, para valorar sus necesidades concretas y garantizar la compatibilidad y complementariedad de la unidad.
CR4.3 La capacidad para asumir o no la responsabilidad de atender al perro se determina, teniendo en cuenta la información disponible para decidir si se considera apta para formar una unidad.
CR4.4 Las visitas y entrevistas a las personas solicitantes del servicio de perro de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo se llevan a cabo, atendiendo a factores como la presencia de otros animales en el domicilio, reacción de la persona beneficiaria ante la presencia de un perro, comportamiento de la misma en espacios públicos, entre otros, para obtener los datos complementarios a fin de decidir el potencial emparejamiento con la persona con trastorno del espectro del autismo.
CR4.5 El programa de acoplamiento entre la persona usuaria y el perro, se elabora a partir de la documentación recogida en el cuaderno de seguimiento de adiestramiento específico y la información de la persona específica para optimizar los resultados del proceso.
CR4.6 La/s persona/s que guiarán al perro (asesoramiento en la adaptación de la casa al perro, sus necesidades, selección de objetos que faciliten al perro su trabajo, la adaptación del mobiliario, entre otros) se forma para facilitar la convivencia conjunta, así como para mantener la calidad del trabajo del perro teniendo en cuenta las necesidades de la persona usuaria y el bienestar del animal.
CR4.7 La unidad persona con trastorno del espectro del autismo - perro de asistencia se conforma llevando a cabo la adaptación a las rutinas diarias de la persona usuaria, analizando la evolución del proceso para conseguir el acoplamiento final.
CR4.8 El programa de acoplamiento persona usuaria y perro se evalúa mediante evaluaciones periódicas atendiendo a los indicadores fijados, tales como acoplamiento autónomo, teniendo en cuenta su grado de consecución y cumplimentando el informe de progresión en el que se recoja el seguimiento de la evolución y las dificultades detectadas para, si procede, redefinir el programa de trabajo conforme a las necesidades, registrándolo en soporte informático o papel.
CR4.9 El entrenamiento se desarrolla, si el usuario/a o unidad familiar del mismo participa en el adiestramiento del perro, produciendo los mismos resultados en el trabajo del perro de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo y acceso público y respetando, igualmente el bienestar del animal.
RP5: Realizar actividades de difusión de las tareas del perro de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo (presentación y/o exhibición, entre otras) en eventos públicos y privados, con atención a los medios de comunicación, para facilitar su aceptación social, teniendo en cuenta las medidas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.
CR5.1 La elaboración del guion para la difusión de las tareas del perro se diseña, teniendo en cuenta criterios didácticos tales como la representación de los contenidos explicados, estructuración de la información siguiendo un orden lógico, entre otros, para dar a conocer el trabajo que desempeña el perro de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo.
CR5.2 La programación de una presentación pública de las tareas del perro de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo, se prepara, atendiendo al guion establecido que recoja las demostraciones que se llevarán a cabo, teniendo en cuenta el tiempo disponible, la selección del perro, las características del local, el tipo de público asistente, la accesibilidad, entre otros.
CR5.3 Los ensayos de la presentación se hacen repetidamente y de manera coordinada para detectar y realizar los ajustes o modificaciones que permitan cumplir con las previsiones del acto público explicitadas en la programación.
CR5.4 El material necesario para la exhibición se prepara para realizar la exhibición en un entorno seguro y teniendo en cuenta el bienestar del animal.
CR5.5 La demostración se ejecuta, siguiendo el guion y adaptándose a los imprevistos que puedan surgir por el comportamiento de los animales o por otras situaciones no previstas para asegurar la receptividad del público a la información que se desea transmitir.
CR5.6 La atención a los asistentes y a los medios de comunicación se hace respondiendo las preguntas con explicaciones claras y contenidos técnicos comprensibles para transmitir la información relativa al trabajo de los perros de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo.
Contexto profesional
Medios de producción
Espacio específico para el adiestramiento. Material específico de anclaje del perro. Capa distintiva. Documentación de seguimiento (en papel o en soporte informático). Entornos naturales, específicos para el adiestramiento. Entornos urbanos, específicos para el adiestramiento. Entornos domésticos, específicos para el adiestramiento. Material de adiestramiento y de demostración variado: semáforos, señales de circulación, alarmas, otros equipos de grabación y reproducción de sonidos. Documentación de seguimiento (en papel o en soporte informático). Medios de transporte.
Productos y resultados
Actividades de adiestramiento específico del perro para la asistencia a personas con discapacidad por trastornos del espectro del autismo planificadas. Adiestramiento del perro para la asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo realizado. Conducta consolidada por el perro para la asistencia a personas con trastornos del espectro del autismo generalizada. Vinculación entre la persona con trastorno del espectro del autismo y el perro de asistencia realizada. Actividades de difusión de las tareas del perro de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo realizadas.
Información utilizada o generada
Manuales de adiestramiento de perros de asistencia para personas con trastornos del espectro del autismo. Programa de adiestramiento específico. Protocolos de actuación. Normativa aplicable de los perros de asistencia. Manuales de formación de las personas que manejaran al perro. Indicadores de consecución del acoplamiento. Fichas y test de evaluación de consecución de los objetivos. Fichas e informes de progreso y de evaluación. Programa de supervisión técnica de la unidad. Normativa sobre prevención de riesgos laborales y de bienestar de los animales. Manual sobre los trastornos del espectro del autismo. Contrato de cesión del uso de perro de asistencia.
Unidad de competencia 5: adiestrar para vincular perros de aviso para personas con enfermedades crónicas que producen situaciones de riesgo
Nivel: 3
Código: UC2019_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Planificar los programas de adiestramiento específico del perro de aviso o alerta médica para atender las necesidades de las personas con enfermedades crónicas que produzcan situaciones de riesgo teniendo en cuenta el bienestar del animal y la normativa reguladora del derecho de acceso al entorno de la comunidad autónoma correspondiente.
CR1.1 El programa de trabajo de adiestramiento específico en tareas del perro de aviso o alerta médica, se elabora para conseguir la satisfacción de las necesidades de las personas usuarias, introducción del material de trabajo, capacidad de discriminación de olores asociados a una enfermedad específica, reacción y comportamiento ante un determinado lenguaje corporal del usuario, claridad en la alerta al usuario o persona cercana a él mediante una señal clara antes de que padezca una situación de riesgo , perseverancia para atraer la atención de personas cercanas al usuario y/o para conducirle hasta él, facilidad para trabajar en entornos con elementos distractores, entre otros, teniendo en cuenta el aprendizaje alcanzado por el perro en las etapas anteriores, la calidad del servicio y la prevención de riesgos, registrando los progresos en soporte informático y/o papel.
CR1.2 El derecho de acceso al entorno del adiestrador acompañado del perro durante el proceso de adiestramiento se garantiza mediante su reconocimiento o acreditación como perro de asistencia en formación, cuando en caso de que la normativa que resulte aplicable lo exija, así como disponiendo del carné o documentación que le acredite.
CR1.3 El informe de idoneidad del perro de aviso o alerta médica se elabora para iniciar el programa de trabajo de adiestramiento específico, haciendo constar conducta, temperamento, aptitud, capacidad de aprendizaje en el entorno real de trabajo, capacidad de discriminación de olores, reacción y comportamiento ante el lenguaje corporal del usuario, claridad en la alerta a la persona usuaria o persona cercana a él mediante una señal clara antes de que padezca una situación de riesgo , perseverancia para atraer la atención de personas cercanas a la persona usuaria y para conducirle hasta él, facilidad para trabajar en entornos con elementos distractores entre otros y su posterior generalización, centrándose especialmente en valorar los aspectos siguientes: voluntad de trabajo, adaptabilidad, no ser basurero ni pedir comida, sin instinto de caza, sólido y confiado (sin miedos), entre otros, registrándolo en soporte informático y/o papel.
CR1.4 La selección de los perros aptos para ser adiestrados como perro de aviso o alerta médica se efectúa según criterios de aptitud para el aprendizaje de determinados ejercicios específicos, facilidad para la lectura del lenguaje corporal humano, la discriminación de olores, su condición física, sociabilidad, docilidad y falta absoluta de agresividad para proceder a iniciar su adiestramiento tanto de base como específico, teniendo en cuenta su historial, el informe de idoneidad, el informe de salud elaborado por la persona responsable según normativa sanitaria aplicable y el informe de evaluación del cachorro en la etapa de socialización y de habituación, si corresponde, para elegir los perros con el potencial requerido.
CR1.5 La planificación del adiestramiento específico del perro de aviso o alerta médica se concreta en un conjunto de conductas, como la discriminación de olores, la lectura del lenguaje corporal, realizar una señal clara a la persona usuaria antes de que padezca una situación de riesgo , alertar a una persona cercana al usuario y conducirle hasta él, recuperar objetos con o sin orden previa por parte de la persona usuaria, programables en función del aprendizaje alcanzado en el programa de trabajo de adiestramiento de base atendiendo al grado de dificultad para el perro, reiteración de los ejercicios de corta y/o larga duración y refuerzos y/o modificación de conductas, para consolidar los aprendizajes.
CR1.6 La planificación del proceso de evaluación del perro se elabora, determinando los indicadores tales como rapidez en la discriminación de olores asociados a la enfermedad, comportamiento ante un determinado lenguaje corporal de la persona usuaria, claridad en la alerta mediante una señal clara antes de que padezca una situación de riesgo , perseverancia para atraer la atención de personas cercanas a la persona usuaria para conducirle hasta ella, facilidad para trabajar en entornos con elementos distractores para identificar la consecución de los objetivos del programa de trabajo de adiestramiento específico.
RP2: Adiestrar al perro de aviso o alerta para la asistencia a personas con enfermedades crónicas que produzcan situaciones de riesgo en un entorno controlado de trabajo, en las habilidades de alerta de una situación de riesgo derivada de la enfermedad para la que está siendo preparado, asistencia al usuario y alerta a personas cercanas, teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal para mejorar el control sobre el entorno de estas personas.
CR2.1 El material necesario (muestras de olor, sonidos, obstáculos, motivadores, clicker, entre otros) se preparan, previo a la aplicación del programa de trabajo de adiestramiento específico teniendo en cuenta la normativa sobre prevención de riesgos laborales y el bienestar animal, a fin de conseguir progresos en la consolidación de conductas.
CR2.2 Los problemas en las condiciones físicas del perro de aviso o alerta médica que surgen durante la aplicación del programa de trabajo de adiestramiento específico se detectan por observación derivando, en su caso, a este a la persona responsable según normativa sanitaria aplicable, para decidir sobre la continuidad del adiestramiento, garantizando en todo momento el bienestar animal.
CR2.3 El perro de aviso o alerta médica se adiestra, de acuerdo a un programa de trabajo de adiestramiento específico, en conductas de discriminación de olores asociados a una enfermedad específica, señalización específica a la persona usuaria, desplazamiento entre persona usuaria y persona cercana a fin de conducirle a la misma, reforzando este tipo de conductas, para garantizar la asistencia a personas con enfermedades crónicas que produzcan situaciones de riesgo y generalizar dicha conducta a entornos.
CR2.4 El proceso de evaluación del perro de aviso o alerta médica se lleva a cabo mediante evaluaciones periódicas, atendiendo a los indicadores fijados en la planificación del mismo, teniendo en cuenta la precisión en los ejercicios y cumplimentando los informes de progresión registrándolo en soporte informático o papel, tales como la identificación y discriminación entre olores, respuesta condicionada a un olor específico, mediante acciones concretas para marcar / avisar a la persona usuaria a través de una seña con la pata, con un toque tumbándose, sentándose o cualquier otro tipo de señal preconcebida.
CR2.5 Los problemas graves de adiestramiento del perro de aviso o alerta médica en un entorno, controlado de trabajo (sala de adiestramiento, laboratorio, entre otros), se evalúan, proponiendo medidas correctoras (actividades adicionales de refuerzo, modificación de conducta, reeducación y/o rechazo del perro para el adiestramiento específico, entre otros), para si procede redefinir el programa de trabajo conforme a las necesidades.
RP3: Generalizar la conducta consolidada del perro de aviso o alerta médica para el acceso a lugares públicos con su usuario, con técnicas de adiestramiento específico para cumplir con los objetivos fijados en el programa de trabajo, teniendo en cuenta la prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.
CR3.1 El perro de aviso o alerta médica se traslada físicamente a los escenarios de trabajo (transportes, centros comerciales, edificios públicos, entre otros) a los que tendrá acceso con la persona usuaria para conseguir su adiestramiento especificado en el programa de trabajo, teniendo en cuenta la normativa reguladora del derecho de acceso al entorno que resulte aplicable.
CR3.2 El trabajo en entornos (transportes, centros comerciales, edificios públicos, entre otros) se desarrolla, sociabilizando al perro de manera selectiva en relación a su programa de trabajo específico (acompañamiento de la persona usuaria, alertar a personas cercanas, discriminación de olores, entre otros), reforzando la alerta y la asistencia a la persona usuaria y consolidando la conducta deseada del perro de aviso o alerta médica de acuerdo con el programa de trabajo específico, para poder adaptar lo más rápido posible y de manera segura al perro en los entornos, consolidando la conducta del perro de aviso o alerta médica de acuerdo al programa de trabajo específico.
CR3.3 El proceso de evaluación del perro de aviso o alerta médica en su comportamiento en espacios públicos se lleva a cabo mediante evaluaciones periódicas, atendiendo a los indicadores fijados en la planificación del mismo, teniendo en cuenta la precisión y la fiabilidad en la realización de los ejercicios y la capacidad de mantener un comportamiento tranquilo y obediente ante una diversidad de estímulos y distractores, teniendo en cuenta su grado de consecución y cumplimentando los informes de progresión en el que se recoja, el seguimiento de la evolución, las dificultades detectadas y los refuerzos y técnicas de modificación de conducta utilizadas, registrándolo en soporte informático o papel, tales como respuesta a señales de control verbal y/o gestual, trabajo instintivo, respuesta del trabajo frente a personas conocidas y/o desconocidas, respuesta del trabajo frente a obstáculos (físicos, acústicos y/o químicos, entre otros), identificación y discriminación de olores derivados de una enfermedad específica (epilepsia, diabetes entre otras) entre otros olores y en diversos escenarios y/o en presencia de personas y obstáculos, respuesta condicionada a un olor específico, mediante acciones concretas (señalar con la pata, tocar al usuario, tumbarse, sentarse, ladrar, entre otros), avisar/alertar al usuario (marcar), esperar reacciones de su usuario, recuperación de objetos con o sin señal previa, respuestas pasivas ante las reacciones del usuario (echarse, sentarse o quedarse al lado), perseverancia para atraer la atención de personas cercanas al usuario, guiar a una persona conocida hasta el usuario.
CR3.4 Los problemas graves de adiestramiento del perro de aviso o alerta médica en la generalización de conductas de entornos controlados a entornos reales en accesos públicos, transportes, entre otros se evalúan, proponiendo medidas correctoras (actividades adicionales de refuerzo, modificación de conductas, reeducación y/o rechazo del perro para el adiestramiento específico, entre otros), para si procede redefinir el programa de trabajo conforme a las necesidades.
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